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Penal 2.2 Tema 24

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Título del Test:
Penal 2.2 Tema 24

Descripción:
Tema 24 - Delitos contra la seguridad colectiva

Fecha de Creación: 2025/02/07

Categoría: Otros

Número Preguntas: 35

Valoración:(46)
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1. En el delito de estragos, si además del peligro se hubiere producido una lesión para la vida, la integridad física o la salud de las personas: a) El delito de lesión quedará absorbido en el delito de estragos, por contemplar éste una pena superior. b) El delito de estragos quedará absorbido en el delito de lesión, por contemplar éste una pena superior. c) Se castigará el delito más grave en su mitad superior, al producirse un concurso ideal de delitos. d) Los hechos se castigarán separadamente, con la pena correspondiente al delito cometido.

2. Conforme al art. 341 del CP, se castiga a quien libere energía nuclear o elementos radiactivos que pongan en peligro: a) La vida o la salud de las personas, pero no de sus bienes, cuando se produzca explosión. b) La vida, salud o integridad de las personas o de sus bienes, aunque no se produzca explosión. c) La vida o la salud de las personas o sus bienes, aunque no se produzca explosión. d) La vida o la salud de las personas o de sus bienes, sólo si se produce explosión.

3. Un incendio provocado por una persona que es propietaria de un piso, en un edificio de doce alturas, por imprudencia grave, sin haber puesto en peligro la vida o integridad de las personas, será constitutivo de: a) No será delito de incendio. b) Un delito de incendio doloso, ya que no se contempla la imprudencia. c) Un delito de incendio por imprudencia grave. d) Un delito de incendio en bienes propios.

4. Señale cuál de las siguientes circunstancias constituye un supuesto agravado en el delito de incendios forestales cuando éste no llega a propagarse: a) Que el incendio afecte a una superficie de considerable importancia. b) Que el incendio afecte a zonas próximas a núcleos de población o a lugares habitados. c) En todo caso, cuando se ocasione grave deterioro o destrucción de los recursos afectados. d) Ninguna de las circunstancias descritas.

5. La persona que libera energía nuclear en un paraje desértico originando una gran explosión de forma que no pone en peligro la salud de las personas que se encuentran en un oasis próximo, realiza: a) Un delito de riesgo catastrófico. b) Un delito contra el medio ambiente. c) Una conducta atípica. d) Un delito de daños.

Pedro, con antecedentes por delito de incendios forestales, prende fuego a un pinar de especial protección, sin ser consciente de que, al ser fin de semana, pueden encontrarse en su interior personas realizando actividades de senderismo, y fruto de su acción, resultan calcinadas dos hectáreas de pinar y muere una persona que se encontraba paseando por una vereda. a) Pedro es autor exclusivamente de un delito de incendios forestales. b) Pedro es autor exclusivamente de un delito de homicidio consumado. c) Pedro es autor de un delito de incendios forestales en su modalidad de supuesto agravado. d) Pedro es autor de un delito de incendios forestales, en concurso ideal con un delito de homicidio imprudente, a resolver por el art.77CP.

El delito de incendio del art. 351 CP exige como elemento típico que el incendio comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas ¿Qué prevé este mismo articulo cuando no concurra tal peligro para la vida o la integridad física de las personas?: a) La atipicidad de la conducta. b) La pena inferior en grado a la prevista para el supuesto en que se haya 
producido tal peligro. c) Que los hechos se castiguen como daños previstos en el art. 266 CP. d) Una excusa absolutoria.

¿Es punible el delito de incendio de bienes propios previsto en el art. 357 CP?:
. a) No, en ningún caso, ya que se trata de daños sobre la cosa propia. b) Si, en todo caso, ya que para el Código penal es irrelevante a quien pertenezcan los bienes. c) Si, en determinados supuestos, como cuando tuviera por propósito defraudar o perjudicar a terceros. d) Si, en determinados supuestos, como cuando tuviera por propósito provocar la muerte o lesiones graves a terceros.

El delito de estragos recogido en el art. 346 CP castiga a los que provocando explosiones o utilizando cualquier otro medio de similar potencia destructiva, causaren la destrucción de determinadas instalaciones críticas (aeropuertos, puertos, estaciones, etc.). ¿Prevé nuestro actual Código penal el delito de estragos por imprudencia?: a) Sí, siempre que la imprudencia sea grave. b) Sí, con una pena en función de si la imprudencia es grave o menos grave. c) No, ya que se trata de un delito doloso. d) No, aunque el art. 346.3 CP prevé un concurso ideal en los supuestos en los que se hubiere producido la lesión para la vida, integridad física o salud de las personas.

Emilio se encuentra de campamento en un bosque cuando, en un momento dado, decide prender un fuego que llega a afectar a la masa forestal. Sin embargo, pronto se da cuenta de la gravedad de su conducta y decide apagar el incendio por sí mismo antes de que llegue a propagarse ¿Sería punible tal conducta conforme al delito de incendio forestal del art. 354 CP?: a) Sí, en todo caso, ya que el delito de incendio forestal no exige la propagación. b) Sí, en todo caso, pero por un delito en grado de tentativa. c) No, ya que el delito de incendio forestal exige la puesta en peligro para la vida o integridad física de las personas. d) No, ya que sería de aplicación la excusa absolutoria prevista en el art. 354.2 CP.

El que prendiere fuego a montes o masas forestales sin que llegue a propagarse el incendio de los mismos,. a) No cometerá ningún delito, ya que no ha causado ningún daño al medio ambiente. b) Cometerá un delito de incendio forestal que quedará exento de pena si el incendio no se propaga por la acción voluntaria y positiva de su autor. c) Será castigado como autor de un delito de incendio forestal en grado de tentativa. d) Todas las respuestas anteriores son falsas.

Señale cuál de las siguientes circunstancias constituye un supuesto agravado específico en el delito de incendios forestales cuando éste no llega a propagarse: a) Que el incendio afecte a una superficie de considerable importancia. b) Que el incendio afecte a zonas próximas a núcleos de población o a lugares habitados. c) En todo caso, cuando se ocasione grave deterioro o destrucción de los recursos afectados. d) Ninguna de las circunstancias descritas.

En el delito de estragos, si además del peligro se hubiere producido una lesión para la vida, la integridad física o la salud de las personas...: a) El delito de lesión quedará absorbido en el delito de estragos, por contemplar éste una pena superior. b) El delito de estragos quedará absorbido en el delito de lesión, por contemplar éste una pena superior. c) Se castigará el delito más grave en su mitad superior, al producirse un concurso de leyes. d) Los hechos se castigarán separadamente, con la pena correspondiente al delito cometido.

El delito de perturbación o alteración en el funcionamiento de instalaciones o actividades nucleares o radiactivas (artículo 342 del Código penal), puede considerarse, según el Manual recomendado de la asignatura, como un delito de: a) Peligro abstracto, creando un grave peligro para la vida, salud o integridad física de las personas. b) Peligro concreto, creando un grave peligro para la vida o la salud de las personas. c) Peligro hipotético. d) De resultado material, creando un grave peligro para la vida, salud o integridad física de las personas.

¿Cuál de los siguientes es un requisito esencial, esto es un elemento del tipo, de nuestro Código Penal, en el delito de liberación de energía nuclear o elementos radioactivos?: a) Que se ponga en peligro la vida o la salud de las personas o sus bienes. b) Que se ponga en grave peligro la vida o la salud de las personas o sus bienes. c) Que exista dolo o imprudencia profesional. d) Que se produzca explosión.

El que provoca un incendio que no es un incendio forestal, ni en zona no forestal ni en bienes propios y que no comporta peligro para la integridad física de las personas: a) Comete un delito de incendio atenuado. b) Comete un delito de incendio, pero el juez o tribunal puede rebajar la pena atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho. c) Los hechos se castigan como daños. d) No comete ningún delito.

La perturbación del funcionamiento de una instalación radiactiva será constitutiva de delito si: a) Se causa una explosión. b) Se producen daños catastróficos. c) Se crea un peligro grave para la vida de las personas. d) Se origina un perjuicio para el medio ambiente.

La persona que perturbe el funcionamiento de una instalación radiactiva y origine un grave peligro para la salud de las personas, su conducta será constitutiva de: a) Un delito contra la integridad. b) Un delito de lesiones. c) Un delito contra el medio ambiente. d) Un delito contra la seguridad colectiva.

La emisión de radiaciones ionizantes en el aire será constitutiva de delito si: a) Pone en peligro la integridad de una persona. b) Pone en peligro la seguridad colectiva. c) Pone en peligro el medio ambiente. d) Pone en peligro las especies protegidas.

El responsable de un depósito de explosivos que pueden causar estragos que no cumple la orden de la Administración en la que se le indica que debe subsanar las anomalías detectadas en el depósito relativas a la seguridad, comete: a) Un delito de desobediencia. b) Un delito contra la seguridad colectiva. c) Un delito contra la seguridad de los trabajadores. d) Un delito contra el medio ambiente y los recursos naturales.

El que por imprudencia grave prendiere fuego a montes o masas forestales sin que llegue a propagarse el incendio de los mismos, en un momento en el que las condiciones climatológicas o del terreno incrementen de forma relevante el riesgo de propagación del mismo,. a) Estará exento de pena, ya que el incendio no ha llegado a causar ningún daño. b) Será castigado con la pena inferior en grado a la establecida para el delito de incendio sin propagación. c) Será castigado como autor de un delito de incendio forestal en grado de tentativa. d) Incurrirá en la concurrencia de una de las circunstancias que agravan el delito de incendio forestal.

Los que provocando explosiones o utilizando cualquier otro medio de similar potencia destructiva, causaren, entre otros daños, la destrucción de aeropuertos, puertos, estaciones, edificios, locales públicos, depósitos que contengan materiales inflamables o explosivos, vías de comunicación, medios de transporte colectivos, deberán ser condenados por: a) Un delito de daños. b) Un delito de estragos. c) Un delito agravado de daños. d) Un delito de terrorismo.

Cuando como consecuencia de un vertido de material o radiación ionizante en el aire además de poner en riesgo la calidad del aire se produce la muerte de una persona ¿Qué regla concursal se aplica?. a) Se aprecia un concurso real de delitos. b) Se aprecia tan solo la infracción más gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior. c) Se aprecia un concurso de normas. d) Se aprecia un concurso medial de delitos.

Para que la utilización de materiales nucleares u otras sustancias radiactivas peligrosas sea constitutiva de delito es necesario que tal conducta se realice: a) Contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general. b) Sin la debida autorización. c) Con la intención de causar un daño irreversible al medio ambiente. d) Todas las respuestas son incorrectas.

El Código penal castiga al que libere energía nuclear o elementos radiactivos ¿qué otros elementos del tipo se tienen que dar para la perfección del delito?. a) Se trata de un delito de peligro abstracto que solo requiere para su consumación la puesta en peligro de la vida o la salud de las personas. b) Se trata de un delito de mera actividad que solo requiere para su consumación la liberación de energía nuclear o elementos radioactivos. c) Se trata de un delito de peligro concreto que requiere para su consumación la puesta en peligro de la vida o la salud de las personas o sus bienes y que se produzca explosión. d) Se trata de un delito de peligro concreto que requiere para su consumación la puesta en peligro de la vida o la salud de las personas o sus bienes, aunque no se produzca explosión.

El delito de estragos se castiga: a) Si se provocan con dolo exclusivamente. b) Si se provoca con dolo directo y dolo eventual exclusivamente. c) Si se provocan con dolo o imprudencia grave. d) Si se provocan con dolo eventual o con imprudencia menos grave.

La persona que vierte en el agua una cantidad de materiales ionizantes que no ponen en peligro los bienes de las personas, su conducta sería: a) Constitutiva de un delito de riesgo catastrófico. b) Constitutiva de una conducta atípica. c) Constitutiva del tipo agravado del delito de riesgo catastrófico. d) Constitutiva de un delito contra el patrimonio.

La conducta de prender fuego a una masa forestal sin que llegue a propagarse el incendio: a) No será constitutiva de delito. b) Se castigará únicamente como un delito imprudente. c) Será constitutiva de delito. d) Será constitutiva de un delito de daños.

No será constitutivo de delito el incendio de bienes propios: a) Si ha perjudicado levemente un espacio natural. b) Si ha causado un perjuicio. c) Si ha perjudicado de forma grave los bosques. d) Si hay peligro de propagación a un edificio.

Para que la liberación de elementos radiactivos sea constitutiva de delito: a) Es necesario que cause la muerte o lesión de alguna persona. b) Es obligatorio que se produzca una explosión. c) No es necesario que se produzca una explosión. d) Es obligatorio que se produzcan unos estragos.

La introducción de radiaciones ionizantes en las aguas para que sea constitutiva de delito debe poner en peligro la vida de: a) 3 especies protegidas. b) Un número considerable de personas y animales. c) Un importante número de especies protegidas. d) Una o varias personas.

El que elimina elementos radiactivos sin producir explosión de forma que pone en peligro los bienes de las personas, realiza una conducta constitutiva de: a) Un delito de daños. b) Un delito contra el patrimonio. c) Un delito contra los recursos naturales. d) Un delito de riesgo catastrófico.

Cuando con ocasión de la conducta descrita en el apartado 1 del artículo 343 del Código penal, que tipifica el delito de exposición a radiaciones ionizantes, se produjere, además del riesgo prevenido, un resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad, ¿cómo se resuelve este concurso?: a) Los jueces o tribunales castigarán ambas conductas por separado. b) Los jueces o tribunales apreciarán tan sólo la infracción más gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior. c) Los jueces o tribunales resolverán caso por caso de acuerdo con las reglas generales del concurso de delitos al no establecerse ninguna norma específica en el Código penal. d) Los jueces o tribunales resolverán caso por caso de acuerdo con las reglas generales del concurso de leyes al no establecerse ninguna norma específica en el Código penal.

6) El delito de exposición de personas a radiaciones ionizantes del art. 343.1 CP requiere para su consumación: (pregunta del examen 2025 semana 1, pendiente de verificar en plantilla oficial). a) Poner en peligro los bienes materiales de una o varias personas, puesto que si solamente se pone en peligro la vida, la integridad o la salud de las personas se castigará como un delito de tentativa de lesiones agravado por el medio especialmente peligroso. b) Poner en peligro la vida, integridad, salud o bienes de una o varias personas, sin que sea necesaria la producción de ningún resultado lesivo. c) Un resultado lesivo para la vida, integridad o salud de una o varias personas. d) Un resultado lesivo para la vida, integridad, salud o bienes de una o varias personas.

7) En el delito de incendios forestales del art. 352 CP el bien jurídico protegido es: (pregunta del examen 2025 semana 1, pendiente de verificar en plantilla oficial). a) La vida, la salud y la integridad física de las personas. b) El patrimonio. c) La fauna y la flora silvestres. d) La riqueza forestal, no por su valor material, sino por su impacto medioambiental.

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