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Test Penal 3, 6
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Título del Test:
Test Penal 3, 6

Descripción:
test penal

Fecha de Creación: 2026/10/04

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

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Temario:

1. Comete delito quien no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro. si el peligro es manifiesto y grave;. cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros;. a la vez, a) y b);. Ninguna de las anteriores.

2. No se da el delito de omisión del deber de socorro en casos en que resulta imposible actuar socorriendo. Verdadero, y rige entonces el deber demandar con urgencia auxilio ajeno;. Verdadero, salvo que quien omite sea quien haya creado el peligro;. Falso, y entonces rige la exigencia de no incrementar el peligro;. Falso, ya que lo prescribe la máxima "ad impossibilia, nemo tenetur".

3. En el delito de omisión del deber de socorro, es indiferente si la víctima lo es por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio o si se debe a imprudencia. Verdadero, pues quien obra imprudentemente responderá al menos por el delito imprudente en cuestión;. Verdadero, aunque se castiga con igual pena;. Verdadero, pero se prevé también el caso de quien obra con dolo eventual;. Ninguna de las anteriores.

4. "El profesional que, estando obligado a ello, denegare asistencia sanitaria o abandonare los servicios sanitarios, cuando de la denegación o abandono se derive riesgo grave para la salud de las personas, será castigado...". sólo si media imprudencia;. a no ser que su ausencia se deba a un suceso fortuito;. sólo si obra con dolo;. Tanto a), como c), pero no b).

5. Si del abandono de servicios sanitarios se deriva riesgo grave para la salud de las personas,. se prevé expresamente un régimen concursal con el delito de lesión en cuestión;. se prevé que prevalezca el delito de omisión de socorro médico sobre el de lesión;. no se prevé nada en particular, y rigen las reglas generales;. Es imposible que se dé esa situación.

6. Aparte de otros elementos, ¿qué caracteriza estructuralmente el delito de omisión del deber de socorro del art. 195 CP frente al de omisión del deber de denunciar delitos del art. 450 CP?. Sólo el art. 195 CP se refiere al riesgo, propio o de terceros, como elemento que hace desaparecer el deber de socorrer. Sólo el art. 195 CP contempla la imposibilidad de actuación como elemento que hace desaparecer el deber de socorrer. Sólo el primero (195 CP) incluye un subtipo agravado, para casos de peligro creado por quien omite socorrer;. Todas las anteriores a la vez.

7. Quien encuentra abandonado a un menor de edad o un incapaz, y no lo presenta a la autoridad o familia, o no le presta la asistencia que requiera, comete: delito de omisión del deber de socorro;. delito de omisión de impedir riesgos a terceros que no pueden valerse por sí mismos;. No comete delito, pero sí una falta específica para ese supuesto. un ilícito meramente administrativo.

8. En caso de que el omitente haya creado el riesgo del que se deriva la producción de un resultado lesivo,. responde por el delito de omisión de socorro (art. 195.1), únicamente;. responde por delito de omisión de socorro, pero con pena agravada, en aplicación de un precepto específico (el 195.3 CP);. responde por delito de omisión de socorro en concurso con delito imprudente, en su caso, como se prevé en el art. 195 CP;. Ninguna de las anteriores.

9. El precepto del art. 196 CP (omisión de asistencia sanitaria) es más especial que el del art. 195 CP (omisión del deber de socorro). Verdadero, pues se define para determinados profesionales;. Verdadero, pues se prevé que el delito del art. 196 se castigará con las penas del 195;. Verdadero, pues el del art. 196 absorbe al del art. 195;. Verdadero, por las razones señaladas en a) y b), a la vez.

10. Quien dejare de prestar asistencia a una persona de edad avanzada o incapacitada que se encuentre desvalida,. comete delito de omisión del deber de socorro agravado;. comete una específica falta contra las personas;. realiza una conducta atípica, salvo que, por su gravedad, entre en los márgenes del tipo del art. 195 CP;. sólo comete delito de homicidio o lesiones imprudentes, si se produce resultado lesivo.

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