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Título del Test:
penal

Descripción:
examen final penal

Fecha de Creación: 2026/06/29

Categoría: Otros

Número Preguntas: 38

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Temario:

Contrato de comodato: Ana María le presta un departamento por tres meses a su sobrino Guido para que vaya al curso nivelatorio de la Universidad. A las pocas semanas, Ana María se entera que su sobrino no estaba yendo al curso de nivelación porque había quedado libre, así que le dice a Guido que le devuelva el inmueble. Lorena, la madre de Guido, llama a Ana María muy molesta y ofendida y le dice que le devolverán el inmueble una vez transcurrido los tres meses porque Guido quiere quedarse para unos festivales artísticos de unas bandas de rock. Ana María le consulta a ud qué puede hacer: No puede hacer nada. Debe esperar que se cumpla el plazo del comodato. Puede solicitar la restitución anticipada si el comodatario la usa con un destino distinto al pactado, aunque no la deteriore. Solo puede solicitar la restitución anticipada si el comodatario incumple su deber de conservar la cosa con prudencia y diligencia y con mayor cuidado que las cosas propias.

Contrato de depósito: María le encarga a Tadeo la custodia de un objeto valioso hasta que ella regrese de viaje, a cambio de abonarle una contraprestación en dinero. Tadeo, antes de aceptar, consulta con su abogado acerca de sus obligaciones como depositario para saber qué tipo de cuidados y diligencias debe tener, a lo que ud. le responde: Si el depósito es oneroso y la cosa depositada perece con o sin culpa del depositario (Tadeo), la pérdida debe ser soportada por el depositario (Tadeo) porque está percibiendo una remuneración a cambio de su custodia. Si el depósito es gratuito, el depositario (Tadeo) puede usar la cosa y no responde bajo ningún supuesto porque no está percibiendo ninguna contraprestación. Si el depósito es oneroso y la cosa depositada perece sin culpa del depositario (Tadeo), la pérdida debe ser soportada por el depositante (María).

Compraventa en moneda extranjera: Martina se va a ir a vivir al Reino Unido con su marido el próximo año. Como consecuencia, Martina y Carlos celebraron un contrato de compraventa, por el cual Martina le vende a Carlos su único inmueble en el país y acordaron el pago será en moneda extranjera. Firmaron un boleto de compraventa y al tiempo, Carlos le notifica a Martina que no tiene manera de conseguir los euros. ¿Puede Carlos entregar otro tipo de moneda?. No puede. El deudor solo se libera si entrega las cantidades comprometidas en la moneda pactada. Si puede. El Código Civil y Comercial autoriza al deudor a entregar su equivalente en moneda de curso legal. Solo puede hacerlo si entrega otro tipo de moneda extranjera, como dólares estadounidenses, reales o libras esterlinas.

Contrato de locación: A partir de la notificación fehaciente realizada al locador para que reciba las llaves del inmueble, y siempre que el locatario inicie la consignación judicial dentro de los diez (10) días hábiles siguientes o desde que le fuera notificado al locador el depósito judicial de la llave si la consignación se hubiese iniciado después del vencimiento de dicho plazo, el locatario: No adeuda alquileres, solo las obligaciones accesorias a su cargo. Solo debe abonar el canon locativo hasta el momento de la efectiva entrega y aceptación de las llaves. No adeuda alquileres ni ningún tipo de obligaciones accesoria.

Contrato de Locación- fianza: Matías suscribe un contrato de locación con Luisa. Luisa, como parte locadora, le exige a Matías una garantía para el cumplimiento del pago del canon locativo mensual. Matías le pide a su compañero de trabajo, Fabián, que firme el contrato como fiador, presentando su recibo de sueldo, a lo que Fabián acepta. Vencido el plazo de la locación, Matías decide renovar el contrato con Luisa por un año más, con opción de prórroga por otro año más. La locadora y el locatario firman la prórroga de la locación, sin el fiador, puesto que Fabián se encontraba de vacaciones con su familia en Brasil. Unos meses más tarde, Matías queda sin trabajo y deja de pagar el alquiler, por lo que Luisa quiere exigir el pago al fiador: No puede ya que cesa la responsabilidad del fiador al vencimiento del plazo originario de la locación porque no firmó la prórroga. Si puede porque la responsabilidad del fiador continua, dado que se trata de una prórroga del contrato originario. Si puede porque la responsabilidad del fiador continua solo en el primer año de prórroga, pero no por la opción del segundo año.

Boleto de compraventa: Un comprador de buena fe mediante boleto de compraventa ¿Cuándo tiene prioridad sobre terceros que han trabado medidas cautelares sobre el inmueble en cuestión?. Cuando el comprador contrató con el titular registral, pago como mínimo el 15 % del precio, el boleto tiene fecha cierta y la adquisición tiene publicidad suficiente solo registral y no posesoria. Cuando el comprador contrató con el titular registral, pago como mínimo el 50 % del precio, el boleto fue por instrumento público y la adquisición tiene publicidad suficiente, registral o posesoria. Cuando el comprador contrató con el titular registral, pago como mínimo el 25 % del precio, el boleto tiene fecha cierta y la adquisición tiene publicidad suficiente, registral o posesoria.

Donación: Hernán no tiene hijos y como se encuentra muy enfermo quiere donarle a su sobrina Tatiana una casa de fin de semana para que la disfrute con su familia. Hernán va a una escribanía y realiza una oferta de donación. Tatiana llevó sus pertenencias al inmueble, pero dice que irá la semana próxima a firmar porque está con mucho trabajo. Hernán fallece a los dos días de firmar. Tatiana: Puede firmar la escritura y aceptar la donación porque el donante ya firmó y la donataria está viva. No hace falta que acepte ni que firme porque ya aceptó de manera táctica al llevar sus pertenencias. Ya no puede aceptar la donación porque la aceptación debe ser por escritura pública y realizada en vida del donante y donatario.

Transacción: ¿Puede transigirse cualquier derecho?. No puede transigirse sobre derechos en los que está comprometido el orden público ni sobre derechos irrenunciables. si, todo derecho puede transigirse siempre y cuando se cuente con homologación judicial. Si, todo derecho puede transigirse siempre y cuando los derechos litigiosos se instrumenten mediante escritura pública.

¿Qué tipo de contrato tenemos? Bruno le presta a Hernán la suma de $5.000.000 para que Hernán pueda comprar un nuevo automóvil. Como consecuencia, Hernán se compromete a devolverle a Bruno la suma indicada en cuotas, más un interés mensual. ¿De qué tipo de contrato se trata?. Contrato de comodato. Contrato de mutuo. Contrato de depósito irregular.

Pasado el término de inscripción señalado en la ley para que produzca efectos con respecto a terceros, el contrato de leasing de un buque o aeronave produce efectos con respecto a terceros desde: Que se presenta para su registración. La celebración del contrato entre las partes. Que el Registro toma nota de la constitución del contrato.

Juegos y apuestas: Pablo participa de un juego de azar organizado por el Club Social y Deportivo Blanco y Rojo, sin autorización de la autoridad de aplicación. Pablo resulta ser el ganador y exige su premio, pero los dirigentes del Club se niegan a hacerlo, alegando que no cuentan con fondos suficientes para abonarle. Pablo decide iniciar acciones legales reclamando la deuda de juego respecto al cobro in natura del objeto litigioso o en su caso la indemnización sustitutiva. Si ud. fuera el Juez/a ¿cuál sería su decisorio y por qué?. Rechazaría la acción articulada, por tratarse de un juego de puro azar, esté o no prohibido por la autoridad local. Haría lugar a la acción promovida, ordenando el pago del premio, más el pago de un interés compensatorio. No haría lugar a la demanda iniciada por ya que el juego no fue autorizado por la autoridad de aplicación.

Contrato de corretaje: Julia le encarga a su amigo corredor. Raúl. que medie en la negociación y conclusión de la venta de un inmueble ubicado en la Ciudad de Buenos Aires. Raúl acepta y le dice a Julia que tiene una oferta de un señor llamado Guillermo, a quién le mostró el departamento. Julia consigue el teléfono de Guillermo. lo llama y concluye por sus propios medios la compraventa. Luego de lo ocurrido, Raúl exige el pago de su comisi6n a lo que Julia se niega. Ud. es el abogado/a de Raúl y le informa que: El corredor solo tiene derecho a la comisión si el negocio se celebra y se concluye con su intervención. La comisión se debe, aunque el corredor no concluya el contrato, si inicia la negociación y el comitente encarga su conclusión a un tercero, o lo concluye por sí mismo. El corredor no tiene derecho al pago de la comisión, pero si puede exigir el reembolso de los gastos incurridos por mostrar el departamento.

CASO: “Eduardo desea adquirir una inmueble de propiedad de Luis, el que se encuentra valuado en la suma de U$S200.000. A efectos de poder concretar la operación inmobiliaria Eduardo ofrece entregarle como parte de pago su departamento, el que se encuentra valuado en U$S 60.000, y la diferencia U$S140.000, en dinero efectivo, en 4 cuotas mensuales, iguales y consecutivas de U$S 35.000., venciendo la primera del 1 al 10 del mes de junio de 2024. Al momento del pago de la segunda cuota de U$S 35.000, Eduardo le comunica a Luis que no tiene manera de conseguir los dólares, ofreciéndole entregar su equivalente en moneda nacional al valor del dólar oficial. Luis no acepta dicha propuesta, razón por la cual, Eduardo decide recurrir a la Justicia requiriendo la adecuación del contrato” Determine frente a qué tipo de contrato estamos en el presente caso: permuta. comodato. compraventa.

Señale cual es la formalidad requerida para el contrato por Ud. señalado en la respuesta anterior: Instrumento Público, la formalidad exigida es de solemnidad absoluta, como requisito de validez, sino no se cumple con ella trae aparejada la nulidad del acto. Escritura Pública, la formalidad exigida es de solemnidad relativa, de efecto probatorio, si no se cumple con la formalidad exigida por la ley, comporta una obligación de hacer. Instrumento Privado o Instrumento Público, se aplica el principio de libertad de forma que como regla preceptúa el C C y C.

Responsabilidades, acciones y garantías en el contrato de leasing financiero - “Una persona jurídica, sociedad cuyo objeto societario es el leasing, adquiere ciertos bienes de un fabricante o proveedor, que había sido previamente elegidos o seleccionados por el tomador, con la finalidad de celebrar un contrato de leasing” ¿En el caso antes señalado hay?. Un negocio de compraventa o suministro celebrado por el fabricante o comerciante con el dador, sobre el bien indicado por el tomador y luego un leasing entre la entidad financiera y el tomador. En todas las etapas contractuales hay un leasing financiero. En la primera de las dos etapas hay un leasing financiero y en la segunda un contrato de compraventa.

¿Cuándo es oponible al concurso o la quiebra del vendedor el boleto de compraventa de inmuebles?. Cuando el acuerdo de partes proponga un trato idéntico al régimen de los acreedores quirografarios. Cuando el adquirente sea de buena fe, el instrumento tenga fecha cierta y se haya abonado el 25% del precio de venta. Cuando el instrumento tenga fecha cierta y se haya abonado el 50% del precio de venta.

¿En el contrato de locación de obra y servicios que entiende por sistema de fijación de precios por ajuste alzado?. Se fija por unidad técnica de obra o de medida. Al finalizar cada etapa se exige el pago del precio. Se determina el ajuste según las variaciones del mercado de todos los rubros o de alguno de ellos. Se establece un precio fijo, insensible a las variaciones de costos y unitario por la totalidad de la obra. El riesgo lo asume el empresario quien deberá prever cuidadosamente el precio de la obra o servicio.

Señale en el caso que nos ocupa, si se tipifican los vicios redhibitorios de la cosa en el contrato de compraventa - “Héctor adquirió un automotor 0 km en la Concesionaria SOL, el que manifestó desperfectos de mal funcionamiento del airbag y de climatización”. Es un vicio redhibitorio, vicio de hecho, que hace impropia la cosa para su destino o disminuye gravemente su utilidad. No configura un vicio redhibitorio de la cosa, pues los defectos alegados por el actor no tienen ni pueden tener el efecto de suprimir la utilización del bien, ya que no pueden ser calificados como defectos graves, en función del destino previsto para la cosa adquirida. No configura un vicio redhibitorio de la cosa por cuanto al momento de la tradición no se los pudieron apreciar.

¿Puede Javier vender un bien de propiedad de su primo Lucas?. No puede. Los bienes ajenos no pueden ser objeto de los contratos porque es ilícito. Los objetos deben ser material y jurídicamente posible. Si puede. Los bienes ajenos pueden ser objeto de los contratos. Si el que promete transmitirlos no ha garantizado el éxito de la promesa, sólo está obligado a emplear los medios necesarios para que la prestación se realice. Si puede. Los bienes ajenos pueden ser objeto de los contratos. Si el que promete transmitirlos, contrató sobre los bienes ajenos como si fueran propios, solo está sólo está obligado a emplear los medios necesarios para que la prestación se realice.

Caso. “En el contrato de donación, el nuevo C.C. y C. art. 1545, establece que la aceptación de la donación debe producirse en vida del donante y del donatario; cuando el código derogado autorizaba a que se podía aceptar la oferta de donación luego del fallecimiento del donante (art. 1795). En consecuencia, al 1ro de agosto de 2015 existe una oferta de donación pendiente aún no aceptada, con el donante fallecido”. ¿Determine en el caso que antecede, qué ley debe aplicar el Juez al dictar sentencia?. La vigente al momento de la oferta de donación, por los efectos diferidos de la ley con relacional tiempo-C.C. La vigente al momento de la aceptación-C. C. y C por los efectos inmediatos de la ley con relacional tiempo. La que beneficie al aceptante- última parte art. 7 C.C.yC.

En el caso de la pregunta anterior, estamos en presencia de una: Una relación jurídica. Una situación jurídica. Un Interés legitimo.

Su respuesta de la pregunta anterior queda atrapada por una ley de carácter: De Orden Púbico. supletoria. menos que perfeca.

Cuál es el fundamento jurídico de la respuesta anterior: El principio de seguridad jurídica. El principio de enriquecimiento sin causa. El principio de consumo jurídico.

CASO: “Roberto García, concurre a la Escribanía Teruel de la Ciudad de Mendoza donde, por medio de Instrumento Público, otorga Poder Irrevocable a favor de Esteban López, concediéndole facultades de administración y disposición de su patrimonio, por el termino de 3 años, porque ha decidido radicarse junto a su familia, en la Ciudad de Sevilla (España)” Señale si el contrato otorgado, puede considerar mandato irrevocable: Es válido por cuanto fue otorgado limitado en el tiempo. No es válido por cuanto no fue otorgado para negocios especiales. Es válido por cuanto representa la voluntad del mandante.

Imaginemos en el caso anterior, que Roberto García- mandante- regresa definitivamente al año y medio, porque los negocios que le habían ofrecido en suelo europeo no fueron tales, y desea revocar el mandato que le otorgara oportunamente a Esteban Duarte, ¿puede revocarle el poder a su mandatario?. No puede revocarlo por cuanto no se ha cumplido el plazo por el cuan fue otorgado, la irrevocabilidad es absoluta. El mandante debe dar aviso adecuado al mandatario de las circunstancias que llevan a la revocación del mandato. Si puede revocarlo por cuanto la irrevocabilidad es relativa, el mandante se halla obligado a indemnizar al mandatario por la revocación injustificada.

Determine si la renuncia de un mandatario al mandato otorgado a varios profesionales (abogados) para que actúen en forma conjunta lo extingue o no con respecto al resto de profesionales?. La renuncia de uno de los mandatarios designados para actuar conjuntamente, no trae aparejada la renuncia del resto de profesionales, pueden seguir actuando independientemente de la dimisión de uno de ellos. La renuncia de uno de los mandatarios designados para actuar conjuntamente, trae aparejada la extinción del mandato con respecto al conferido a todos ellos, ello conforme a la finalidad con que fue otorgado. Se debe considerar como si el mandato fue otorgado en forma individual, por tal razón seguirá actuando el resto de profesionales.

Caso: Lucas Ross, decide realizar un contrato de compraventa de un bien inmueble de su propiedad, ubicado en la Ciudad de Córdoba, con Martin Arieta, por la suma de u$s 100000. Ambas partes concurren a su Estudio Jurídico, buscando asesoramiento con respecto a la formalidad y carácter de la misma, que debían darle al acto jurídico antes aludido. Ud. que les respondería????. Pueden elegir libremente la formalidad que crean conveniente, en virtud del principio de libertad de forma que contempla como regla el C C y C. Deben realizarlo por Escritura Pública, formalidad solemne absoluta, si no se cumple con la formalidad exigida por el C C y C trae aparejada la nulidad del acto. Debe celebrase por Escritura Pública, formalidad solemne relativa, si no se cumple con la forma exigida por el C C y C. se produce la conversión del acto.

Conforme a su asesoramiento, “comprador y vendedor concurren al Escribano Pérez, a quien solicitan sus servicios Profesiones a fin de cumplir con la formalidad requerida. El comprador – Martin Arrieta-, entrega parte del precio acordado al Notario, con antelación al acto para aplicarlo a éste. Establezca frente a que figura jurídica nos encontramos: Deposito regular. Deposito Irregular. Deposito Necesario.

Seguimos con el caso que venimos analizando. “Imaginémonos por unos instantes, que personas no identificadas entran el Estudio antes individualizado y se alzan con el dinero dejado al Escribano” Señale, ante este evento, ¿quién debe cargar con su perdida???. El Notario no es responsable de la perdida de dinero entregado con antelación del acto- caso fortuito o fuerza mayor-. El Escribano debe cargar con su perdida, frente a la existencia de caso fortuito o fuerza mayor. El escribano solo está obligado a realizar la denuncia penal, referida al hecho.

“Roberto Díaz celebra con la Sra. Natalia Lemos un contrato de locación, cuyo vencimiento opera el 30 de Setiembre de 2024. Como el canon locativo, para su renovación, le resulta extremadamente oneroso, decidió buscar un nuevo inmueble donde cambiarse luego del vencimiento, antes aludido. Es así que, Juana Ojeda, compañera de trabajo, le cuenta que ella tiene en usufructo un departamento, ubicado en el centro de la ciudad de Santa Fe, calle Piamonte 3400, el que esta hace dos meses desocupado. Ante tal ofrecimiento, acordado el tiempo de vigencia de la Locación en 1(un año) y teniendo en cuenta el grado de confianza que existe entre ellos, deciden celebrar el acuerdo.” - Señale si Juana Ojeda puede celebrar el mencionado la convención, en su carácter de locadora. No puede celebrar el contrato precedente toda vez, que no detenta la disposición material y jurídica de la cosa. Si puede celebra el contrato aludido en su carácter de usufructuaria, por cuanto detenta el uso, goce y disposición jurídica de la cosa. No puede revestir el carácter de locadora, pues no es propietaria del inmueble en cuestión.

“Esteban Pérez contrata a una artista estadunidense para realizar una extensa gira por Argentina, teniendo que contratar a la par los “servicios” pertinentes para la gira: movilidad, hospedaje y viáticos para ella y su banda. Uno de los requisitos por ella exigido, es que todos los choferes debían ser bilingües. Unos días antes de su arribo a la Argentina, tiene un accidente automovilístico, quedando con lesiones graves, que le impiden realizar la gira prestablecida en Argentina” - Señale ante que supuesto de ineficacia contractual estamos - Puede Esteban solicitar la resolución del contrato y reclamar su resarcimiento?. Estamos frente un supuesto en el que se puede solicitar la ineficacia del contrato por aplicación de la Teoría de la Imprevisión al producirse una alteración de las circunstancias, sobreviniente; da lugar a la resolución del acuerdo, quedando firme las prestaciones cumplidas, no da lugar al resarcimiento de daños y perjuicios. Estamos frente de ineficacia del contrato por aplicación del vicio de lesión que permite solicitar la rescisión ante la afectación de la imposibilidad física de cumplimiento por una de las partes, siendo posible solicitar el resarcimiento de daños y perjuicios por la parte perjudicada. Estamos frente al supuesto de ineficacia contractual de frustración de la causa fin, que permite solicitar la resolución del contrato ante la imposibilidad física de cumplir el acuerdo- caso fortuito- , no da lugar al resarcimiento, quedando firme las prestaciones cumplidas, no así las pendientes, si se entregó algún adelanto en virtud de una prestación que no pueda ser cumplida, corresponde su restitución.

Efectos del contrato de compraventa con respecto a terceros: “¿Es procedente extender la condena por incumplimiento del contrato de compraventa de una moto, en el caso de que no haya entregado la documentación habilitante el fabricante, ya que el negocio fue concluido por el comprador y la concesionaria como vendedora, sin que conste en los recibos de pagos la intervención de aquél”. No es procedente porque el alcance subjetivo del contrato se agotó en las personas del actor y la concesionaria, siendo la compraventa res inter alias acta respecto al fabricante, ya que en ningún momento se referenció que la ejecución del contrato hubiese quedado sujeta a determinada conducta del fabricante. No es procedente, por los efectos objetivos del contrato. Si es procedente, el fabricante es parte responsable en el contrato, porque debió entregar la documentación habilitante.

El bien objeto del contrato de leasing puede: Comprarse por el dador, quien sustituye al tomador, al efecto, en un contrato de compraventa que éste ha celebrado. Estar a disposición jurídica del tomador por título que le permita constituir leasing sobre él. Comprarse por el tomador según especificaciones del dador o según catálogos, folletos o descripciones identificadas por éste.

El contrato de corretaje se entiende perfeccionado: Por la intervención conjunta de dos o más corredores. Por la intervención misma del corredor en el negocio que se pretende celebrar, sin que exista protesta expresa comunicada al corredor en forma simultánea al inicio de la gestión. Cuando exista una relación de representación con las partes.

Martina y su esposo van a vivir a Reino Unido el próximo año. Como consecuencia, Martina y Carlos celebraron u n contrato de compraventa, por el cual Martina le vende a Carlos su único inmueble en el país y acordaron el pago será en moneda extranjera- euros-. Firmaron un boleto de compraventa y al tiempo, Carlos le notifica a Martin a que no tiene forma de conseguir los euros. ¿Puede Carlos entregar otro tipo de moneda?. No puede. El deudor solo se libera si entrega las cantidades comprometidas en la moneda pactada. Si puede. El C C y C autoriza a liberar a entregar su equivalente en moneda de curso legal. Solo puede hacerlo si entrega otro tipo de moneda extranjera, como dólares estadounidenses, reales o libras esterlinas.

La sociedad “Villa Cerezas SRL” adquiere ciertos bienes de un fabricante o proveedor, que habían sido previamente elegidos o seleccionados por el tomador, con la finalidad de celebrar un contrato de leasing” ¿En el caso antes señalado hoy. En la primera de las dos etapas hay un leasing financiero y en la segunda un contrato de compraventa. En todas las etapas contractuales hay un leasing financiero. Primero hay un negocio de compraventa o suministro celebrado por el fabricante o comerciante con el dador sobre el bien indicado por el tomador y luego, hay un leasing entre la entidad financiera y el tomador.

Mandato y representación: Luisa va a vivir a Australia y decide otorgar poder general de administración a favor de su prima de 15 años de edad, Marianela, con las instrucciones de que administre la locación de un departamento de titularidad de Luisa ubicado en Mar del Plata y con ese dinero, se lo deposite para que Luisa pueda costear algunos de sus gastos. Marianela hace caso omiso y utiliza el inmueble para irse los fines de semana con su grupo de amigos a la Costa Argentina. Luisa, al tomar conocimiento de esta situación, le consulta a Ud. quien es el abogado de su familia, qué puede hacer, a lo que ud. le responde: El error es de Susana, debido a que el mandato no puede ser otorgado a persona incapaz de ejercicio. Tendría que haber otorgado el poder a favor de una persona mayor de edad o a favor de los representantes legales (padres de Marianela). El mandato puede ser conferido a una persona incapaz, pero ésta puede oponer la nulidad del contrato si es demandado por inejecución de las obligaciones o por rendición de cuentas, excepto la acción de restitución de lo que se ha convertido en provecho. El mandato puede ser otorgado a persona incapaz, pero el objeto del mandato excede los actos que puede ejecutar una menor de edad. En virtud del principio de autonomía progresiva del Código Civil y Comercial de la Nación, Marianela no puede realizar actos que impliquen la administración de dinero.

Si las partes no convinieron plazo alguno en el contrato de leasing: ¿a partir de cuándo puede el tomador ejercer la opción de compra?. Pago de las 2/3 partes del canon total acordado. Pago 3/4 partes del pago total estipulado. Pago Total del canon convenido.

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