PENAL II
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Título del Test:
![]() PENAL II Descripción: UCO RABASA |



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Las medidas de seguridad pretenden responder a situaciones de: Peligrosidad Criminal. Peligrosidad social. Peligrosidad jurídica. Peligrosidad personal. El sistema Vicarial imperante en nuestro derecho consiste en: Que no se aplique medida de seguridad alguna en los casos de exención plena de la responsabilidad criminal. Que en el caso de que se aplique una medida de seguridad quede extinguida en todo caso la responsabilidad puramente penal. Que en el caso de que se imponga una medida de seguridad se ejecute primero la medida y si es necesario con posterioridad se cumpla la pena. Que en el supuesto de que concurran penas y medidas de seguridad, se ejecute primero la pena y se aplique la medida de seguridad tan sólo cuando es necesario. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 del código penal: Para acordar la suspensión de la ejecución de la pena privada de libertad es imprescindible que el reo se arrepienta de los hechos preparados. Para poder acceder a la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad es requisito inexcusable que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado. Para aplicar la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad es requisito imprescindible que el condenado haya delinquido por primera vez. Para acordar la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad es requisito indispensable que la pena no sea superior a los dos años. La libertad condicional tal y como aparece regulada en el código penal: Se concibe como el 4a grado en la ejecución penitenciaria. Se entiende que debe ser valorada cuando el condenado está clasificado, al menos, en 2a grado. Es una especie de suspensión de la ejecución de la pena de prisión. Puede ser concedida antes de la ejecución de la pena si el delincuente es primario. Para la obtención de la libertad condicional es imprescindible en todo caso: Que el penado se encuentra clasificado en tercer grado, haya extinguido las tres cuartas partes de la pena impuesta, y haya observado buena conducta. Que el penado se encuentre clasificado al menos en segundo grado, haya extinguido las tres cuartas partes de la pena impuesta y haya observado buena conducta. Que el penado se encuentre clasificado en tercer grado y haya observado buena conducta. Que el penado se encuentre clasificado en tercer grado, haya extinguido las tres cuartas partes de condena y haya realizado de forma continuada o con un aprovechamiento relevante actividades generales, culturales, u ocupacionales. La responsabilidad civil derivada de los delitos: Una regulación semejante a la responsabilidad extracontractual contenida en el código civil. Se regula exclusivamente por lo dispuesto en el código civil. Concurre si se aprecia cualquier eximente de responsabilidad criminal. No nace del hecho delictivo sino del hecho antijuridico. La responsabilidad civil derivada de la muerte dolosa de un tercero: Debe ser exigida por los familiares y allegados del difunto. Debe ser exigida por los herederos del difunto. Se extingue en el caso de fallecimiento del autor al extinguirse su responsabilidad criminal. Puede transmitirse mortis causa (por herencia) a los herederos del difunto. La responsabilidad civil derivada de delito se puede extinguir: por el fallecimiento del reo. por la prescripción de la pena. por apreciarse una causa de inculpabilidad. por confusión. Son responsables subsidiarios: las personas naturales o jurídicas, en los casos de delitos cometidos en los establecimientos de los que sean titulares, cuando por parte de los que dirijan o administren, o de sus dependientes o empleados, se hayan infligido los reglamentos de policía. las personas naturales o jurídicas, en los casos de delitos cometidos en los establecimientos de los que sean titulares, cuando por parte de los que los dirijan o administren, o de sus dependientes o empleados, se haya cometido un delito relacionado con la actividad propia de la industria o comercio. las personas naturales o jurídicas, en los casos de delitos cometidos en los establecimientos de los que sean titulares, cuando por parte de los que los dirijan o administren, o de sus dependientes o empleados, se haya cometido el delito con abuso de confianza. las personas naturales o jurídicas, en los casos de delitos cometidos en los establecimientos de los que sea titulares, cuando por parte de los que los dirijan o administren, o de sus dependientes o empleados, se haya omitido el deber de información requerido en cada caso. Las costas procesales: se le imponen a todo culpable de un delito, siempre que lleve aparejada responsabilidad civil. consisten en la pérdida de los efectos e instrumentos de un delito. deben ser satisfechas por el acusado, aunque sea absuelto. se imponen por ministerio de la ley. La pena de multa: se extingue con la insolvencia del penado. se transmite mortis causa (por herencia) a los herederos del condenado. se extingue por la muerte del reo. debe ser abonada por los otros condenados como coautores en el caso de la muerte del reo. La prescripción del delito se produce por el transcurso del tiempo establecido en la ley: siempre antes de que se inicie el juicio oral. siempre antes de que se dicte sentencia condenatoria. siempre antes de que se inicie el procedimiento penal. siempre antes de que se comience la ejecución de la pena. Cuando en el homicidio concurre alevosía y premeditación: se castiga como homicidio agravado con dos circunstancias genéricas. se castiga como asesinato con una circunstancia genérica. se castiga como un subtipo de asesinato agravado. se castiga como un asesinato común. El que coopera al suicidio de otro: es castigado en todo caso. es castigado siempre que no concurran las circunstancias previstas en la ley reguladora de la eutanasia. es castigado cuando los actos cooperativos sean necesarios. es castigado cuando se haya favorecido la muerte consentida de otras personas. Respecto del aborto legal en nuestra legislación: rige el sistema mixto de plazos y supuestos. rige el sistema de plazos. rige el sistema de supuestos. d. rige el sistema de exclusión de la antijuricidad y la culpabilidad. |




