Penalty Especial 1.6 g4
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Título del Test:
![]() Penalty Especial 1.6 g4 Descripción: Mc Penal |



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Comete petardismo o garronería, quien consume alimentos o bebidas en una casa de comidas con la intención de no pagar su precio. V. F. Comete usurpación el encargado de un edificio que se niegue a abandonar el inmueble cedido, en virtud del contrato de trabajo, una vez despedido. V. F. El homicidio calificado por el vínculo incluye el supuesto de dar muerte al concubino. V. F. La alevosía, en el homicidio, requiere que la agonía de la víctima sea extraordinaria e innecesaria, consecuencia de un acto de crueldad del agente. V. F. Las lesiones que hubieren puesto en peligro la vida del ofendido califican como gravísimas. V. F. Las lesiones leves en riña son un delito dependiente de instancia privada. V. F. Se le aplicará la pena del delito de abuso de armas a cualquier agresión con toda arma, aunque no cause herida. V. F. El delito de rapto impropio es aquel que demanda, para su comisión, el consentimiento de la víctima menor de dieciséis (16)años. V. F. Quien contactare personalmente y en la vía pública a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra su integridad sexual, comete grooming. V. F. El delito de rufianería es atípico cuando mediare el consentimiento de la víctima mayor de edad. V. F. El tipo subjetivo de los delitos de abuso sexual exige dolo más un especial elemento subjetivo, a saber: “animus libidinoso o lujurioso”. V. F. El funcionario público que, directamente, se interese en cualquier contrato u operación en que intervenga por razón de su cargo comete peculado. V. F. El funcionario público que por sí recibiere dinero para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones comete cohecho pasivo. V. F. El lavado de activos consiste en dar apariencia de legalidad al dinero o bienes procedentes de la comisión de un delito. V. F. El que hiciere uso de un documento o certificado falso o adulterado, será reprimido como si fuera el autor de la falsedad. V. F. Para la consumación del secuestro extorsivo, es necesario que se haya cobrado el rescate. V. F. El delito de asociación ilícita será agravado cuando tenga estructura celular. V. F. En el delito de encubrimiento, salvo excepciones, estarán exentos de responsabilidad criminal quienes hubieren obrado en favor de su primo hermano. V. F. Caso: Juan discute acaloradamente con su vecino Pedro, en la vía pública, por ruidos molestos. En un arrebato de ira,saca un cuchillo de gran dimensión y lo apuñala una vez en el pecho, causándole la muerte inmediata. ¿Cómo tipifica el delito?. Homicidio simple. Homicidio agravado, conforme el art. 41 bis. del Código Penal. Homicidio calificado por ensañamiento. Homicidio criminis causae. Homicidio preterintencional. Caso: Durante un asalto en la vía pública, Roberto apunta con un revólver cargado a un transeúnte y la exige la entrega de su billetera y celular. Ante la negativa, le dispara. Sin embargo, no pudo herirlo, porque el arma registraba una falla mecánica que impedía su funcionamiento como tal. Posterior, logra hacerse del botín y darse a la fuga. ¿Cómo tipifica el delito?. Robo simple. Robo calificado por haber sido cometido en poblado y en banda. Robo calificado por el uso de arma de fuego. Robo calificado por el uso de arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no pudiera tenerse de ningún modo por acreditada. Extorsión. El que dispare un arma de fuego contra una persona y le causare herida leve, siempre que el hecho no importe un delito más grave, comete abuso de armas. V. F. El delito de severidades son tratos rigurosos efectuados por un funcionario público, por fuera de la reglamentación establecida, que inciden en el cuerpo o la salud de una persona detenida, que esté bajo su cargo. V. F. Sujeto pasivo de apremios ilegales sólo pueden ser los detenidos. V. F. El delito de amenazas consiste en amedrentar a una o más personas con el propósito de obligarlas a hacer, no hacer o tolerar algo en contra de su voluntad. V. F. La fuerza en las cosas después de cometido al robo para procurar impunidad, es atípica. V. F. La comisión del robo con un arma de fuego, no apta para el disparo, subsume en el tipo básico. V. F. El robo calificado por lesiones graves se consuma con la mera producción del daño en el cuerpo o la salud de la víctima, direccionada con dicho fin. V. F. La simple tenencia de municiones de guerra, sin la debida autorización legal, es atípica. V. F. Quien utiliza ardid suficiente para lograr que alguien le pague lo que legítimamente le adeuda, no comete estafa. V. F. El que se apropiare de una cosa ajena, en cuya tenencia hubiera entrado consecuencia de un error o de un caso fortuito, comete hurto impropio. V. F. El tráfico de influencias es un delito especial que puede ser cometido, solamente, por funcionarios públicos. V. F. La injuria consiste en la falsa imputación a una persona determinada, de un delito circunstanciado que dé lugar a acción pública. V. F. En el delito de atentado a la autoridad, el bien jurídico tutelado es la integridad física del funcionario policial. V. F. La adulteración de bonos o títulos de la deuda nacional está equiparado a la falsificación de moneda de curso legal. V. F. El funcionario público que por sí, o por persona interpuesta, recibiere dinero para dejar de hacer algo relativo a sus funciones comete cohecho. V. F. El comerciante declarado en quiebra que en fraude a sus acreedores, simule deudas, enajenaciones, gastos o perdidas inexistentes comete insolvencia fraudulenta. V. F. Los delitos de abuso sexual requieren, para su consumación, un elemento subjetivo distinto del dolo, a saber: un animus libidinoso del autor. V. F. La ley presume, sin admitir prueba en contrario, que los menores de trece (13) años de edad, no son maduros para consentir un acto sexual de manera válida. V. F. Caso: Efrén Pérez, funcionario del Poder Ejecutivo Nacional, utilizó a dos camareros contratados para el comedor de la administración pública donde labora, en provecho propio y sin abonarles remuneración. Así, brindaron servicios atendiendo las mesas en la fiesta de cumpleaños de su esposa, efectuada un salón de eventos alquilado a tal efecto. Determine en qué delito tipifica su conducta. Cohecho. Concusión. Peculado de bienes y servicios. Incumplimiento de deberes de funcionario público. Malversación de caudales públicos por equiparación. Caso: Olga, aprovechando su ausencia, le sustrajo a María —quien se desempeña como crítica de arte—, sin fuerza en las cosas ni violencia física en las personas, una serie de cuadros, valuados en miles de dólares, que se encontraban colgados en el interior de su departamento. Esto, consecuencia de que son amigas, conviven en el mismo inmueble y de que la víctima se encontraba de viaje. Determine en qué delito tipifica su conducta. Robo simple. Robo en despoblado. Abigeato. Hurto simple. Hurto calamitoso. |




