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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEA personal B

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Título del test:
A personal B

Descripción:
A personal B

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
10/01/2023

Categoría:
Personal

Número preguntas: 922
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La CE 1978 está formada por un Preámbulo, y 169 artículos contenidos en un Título Preliminar y 10 Títulos más; junto con 4 disposiciones adicionales, 9 transitorias, 1 derogatoria y 1 final. Verdadero Falso.
La CE 1978 establece en su artículo 1.2. que "La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado". Verdadero Falso.
La CE 1978 establece en su artículo 2 que “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Verdadero Falso.
La CE 1978 establece en su artículo 3.1. que “El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla”. Verdadero Falso.
La CE 1978 establece en su artículo 6 que “Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política”. Verdadero Falso.
La CE 1978 establece en su artículo 8.1. que “Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional”. Verdadero Falso.
La CE 1978 establece en su artículo 9.1. que “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”. Verdadero Falso.
La CE 1978 establece en su artículo 10.2. que “Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España”. Verdadero Falso.
La CE 1978 establece en su artículo 14 que “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Verdadero Falso.
La CE 1978 establece en su artículo 16.3 que “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”. Verdadero Falso.
La CE 1978 establece en su artículo 20.1. que “Se reconocen y protegen los derechos a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra. d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 21.1. “el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 22.1. que “Se reconoce el derecho de asociación”. Y en el 22.2. que “Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 27.2. que “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 28.1. que “Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a formar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 35.1. que “Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo”. V F.
La CE 1978 establece en el capítulo III del Título I los principios rectores de la política social y económica, los cuales comprenden los artículos 39 a 52. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 44.1. que “Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 46 que “Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 48 que “Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 49 que “Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título [I] otorga a todos los ciudadanos”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 50 que “Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 56.1 que “El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 57.1. que “La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; el grado más próximo al remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos” V F.
La CE 1978 establece en su artículo 59.1. que “Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente de mayor edad más próximo a suceder en la Corona entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 62 que “Corresponde al Rey [siempre en los casos y términos previstos en la Constitución y las leyes]: a) Sancionar y promulgar las leyes. b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones. c) Convocar a referéndum. d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 64.1. que “Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99 [si ningún candidato obtiene la confianza del Congreso tras dos meses a partir de la primera votación de investidura], serán refrendados por el Presidente del Congreso. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 66.1. que “Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado”; 66.2. “ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución”. 66.3. “Las Cortes Generales son inviolables”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 68.1. que “El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 69.1. que “El Senado es la Cámara de representación territorial”. 69.2. “En cada provincia se elegirán 4 Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 70.1. que “La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los Diputados y Senadores, que comprenderán en todo caso: a) A los componentes del Tribunal Constitucional. b) A los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, con la excepción de los miembros del Gobierno. c) Al Defensor del Pueblo. d) A los Magistrados, Jueces y Fiscales en activo. e) A los militares profesionales y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía en activo. f) A los miembros de las Juntas Electorales”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 72.1. que “Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus presupuestos y, de común acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. Los Reglamentos y su reforma serán sometidos a una votación final sobre su totalidad, que requerirá la mayoría absoluta”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 75.1. que “Las Cámaras funcionarán en Pleno y por Comisiones”. 75.2. “Las Cámaras podrán delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley. El Pleno podrá, no obstante, recabar en cualquier momento el debate y votación de cualquier proyecto o proposición de ley que haya sido objeto de esta delegación”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 76.1. que “El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público. Sus conclusiones no serán vinculantes para los Tribunales, ni afectarán a las resoluciones judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones oportunas”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 78.1. que “En cada Cámara habrá una Diputación Permanente compuesta por un mínimo de veintiún miembros, que representarán a los grupos parlamentarios, en proporción a su importancia numérica”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 79.1. que “Para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidas reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 82.1. que “Las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley sobre materias determinadas no incluidas en el artículo anterior [reserva de ley orgánica]”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 86.1. que “En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 87.1. que “La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 91 que “El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 93 que “Mediante ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 95.1 que “La celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 97 que “El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 99.1. que “Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 101.1. que “El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 103.1. que “La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 105: “La ley regulará: a) La audiencia de los ciudadanos, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley, en el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas que les afecten. b) El acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas. c) El procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la audiencia del interesado”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 108: “El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 111.1.: “El Gobierno y cada uno de sus miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en las Cámaras. Para esta clase de debate los Reglamentos establecerán un tiempo mínimo semanal”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 113.1.: “El Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura”. 113.2. “La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, y habrá de incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 115.1.: “El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que será decretada por el Rey. El decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 116.2.: “El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 117.1.: “La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 122.1.: “La ley orgánica del poder judicial determinará la constitución, funcionamiento y gobierno de los Juzgados y Tribunales, así como el estatuto jurídico de los Jueces y Magistrados de carrera, que formarán un Cuerpo único, y del personal al servicio de la Administración de Justicia”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 123: “1. El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales. 2. El Presidente del Tribunal Supremo será nombrado por el Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, en la forma que determine la ley”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 133: “1. La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley. 2. Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes. 3. Todo beneficio fiscal que afecte a los tributos del Estado deberá establecerse en virtud de ley. 4. Las administraciones públicas sólo podrán contraer obligaciones financieras y realizar gastos de acuerdo con las leyes”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 134: “1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales su examen, enmienda y aprobación. 2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado. 3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 137: “El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 141: “1. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 143: “1. En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 145: “1. En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas. 2. Los Estatutos podrán prever los supuestos, requisitos y términos en que las Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios entre sí para la gestión y prestación de servicios propios de las mismas, así como el carácter y efectos de la correspondiente comunicación a las Cortes Generales. En los demás supuestos, los acuerdos de cooperación entre las Comunidades Autónomas necesitarán la autorización de las Cortes Generales”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 147: “1. Dentro de los términos de la presente Constitución, los Estatutos serán la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma y el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su ordenamiento jurídico”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 148: “1. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias: 1º Organización de sus instituciones de autogobierno. 2º Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio y, en general, las funciones que correspondan a la Administración del Estado sobre las Corporaciones locales y cuya transferencia autorice la legislación sobre Régimen Local. 3º Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. 4º Las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 149: “1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: 1º La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales. 2º Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo. 3º Relaciones internacionales. 4º Defensa y Fuerzas Armadas. 5º Administración de Justicia. 6º Legislación mercantil, penal y penitenciaria; legislación procesal, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas. 7º Legislación laboral; sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 149.2.: “2. Sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas, de acuerdo con ellas”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 150: “1. Las Cortes Generales, en materias de competencia estatal, podrán atribuir a todas o a alguna de las Comunidades Autónomas la facultad de dictar, para sí mismas, normas legislativas en el marco de los principios, bases y directrices fijados por una ley estatal. Sin perjuicio de la competencia de los Tribunales, en cada ley marco se establecerá la modalidad del control de las Cortes Generales sobre estas normas legislativas de las Comunidades Autónomas”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 151: “1. No será preciso dejar transcurrir el plazo de cinco años a que se refiere el apartado 2 del artículo 148 cuando la iniciativa del proceso autonómico sea acordada dentro del plazo del artículo 143, 2, además de por las Diputaciones o los órganos interinsulares correspondientes, por las tres cuartas partes de los Municipios de cada una de las provincias afectadas que representen, al menos, la mayoría del censo electoral de cada una de ellas y dicha iniciativa sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia en los términos que establezca una ley orgánica”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 152: “En los Estatutos aprobados por el procedimiento a que se refiere el artículo anterior [régimen especial], la organización institucional autonómica se basará en una Asamblea Legislativa, elegida por sufragio universal, con arreglo a un sistema de representación proporcional que asegure, además, la representación de las diversas zonas del territorio; un Consejo de Gobierno con funciones ejecutivas y administrativas y un Presidente, elegido por la Asamblea, de entre sus miembros, y nombrado por el Rey, al que corresponde la dirección del Consejo de Gobierno, la suprema representación de la respectiva Comunidad y la ordinaria del Estado en aquélla. El Presidente y los miembros del Consejo de Gobierno serán políticamente responsables ante la Asamblea. Un Tribunal Superior de Justicia, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo, culminará la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 153: “El control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá: a) Por el Tribunal Constitucional, el relativo a la constitucionalidad de sus disposiciones normativas con fuerza de ley. b) Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, el del ejercicio de funciones delegadas a que se refiere el apartado 2 del artículo 150. c) Por la jurisdicción contencioso-administrativa, el de la administración autónoma y sus normas reglamentarias. d) Por el Tribunal de Cuentas, el económico y presupuestario”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 156: “1. Las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles. 2. Las Comunidades Autónomas podrán actuar como delegados o colaboradores del Estado para la recaudación, la gestión y la liquidación de los recursos tributarios de aquél, de acuerdo con las leyes y los Estatutos”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 158: “1. En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 167: “1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado”. V F.
La CE 1978 establece en su artículo 168: “1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar, al Capítulo Segundo, Sección 1.ª del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes”. V F.
La CE 1978 establece en su Disposición Adicional Primera: “La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales. La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía”. V F.
Una forma de ampliación de competencias al margen de los Estatutos de Autonomía es la de las Leyes Marco (facultad de las Cortes de reconocer a las autonomías poder para legislar en el marco de una ley estatal). V F.
La Administración local (la provincia y el municipio) se regula en el Título VIII de la CE (cap II), y en la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local, y el Real Decreto Legislativo 781/1986 por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local. V F.
El alcalde es el presidente de la Corporación municipal, y se elige entre los concejales por mayoría absoluta (o cabeza de lista más votada si no es posible). V F.
Las competencias provinciales son: coordinación de los servicios municipales entre sí; asistencia a los municipios de menor capacidad económica y prestación de servicios públicos supramunicipales. V F.
Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para: Todos los ciudadanos Todos los españoles Todas las personas Todos los españoles y los extranjeros.
En el artículo 20 de la CE no se reconocen y protegen los derechos: A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. A la libertad de cátedra. A la libertad de culto.
Según la CE solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información: Por consentimiento del titular Por resolución judicial En el caso de flagrante delito Todas las respuestas son correctas.
Según la CE la prisión provisional no podrá durar más de: 48h 72h 24h Este aspecto no está regulado en la CE.
Indique la afirmación correcta: Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés particular Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general o particular Ninguna respuesta es correcta.
El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios: De eficiencia De economía De eficiencia y economía De eficiencia, economía y progresividad.
Según la CE, se reconoce el derecho a adoptar medidas de conflicto colectivo: Solo a los trabajadores Solo a los empresarios A ambos No se reconoce.
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de: Nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social. Nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o edad. Nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Ninguna es correcta.
Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de: La Administración civil Las organizaciones profesionales La Administración civil y las organizaciones profesionales La Administración civil y militar.
Se garantiza el secreto de las comunicaciones: Salvo por consentimiento del titular Salvo por resolución judicial Salvo en el caso de flagrante delito Todas las respuestas son correctas.
¿Quién propone al Presidente del Tribunal Supremo para que sea nombrado por el Rey? Las Cortes El Presidente del Gobierno El CGPJ El Tribunal Supremo.
Si no se alcanzase la mayoría absoluta para otorgar confianza al Presidente del Gobierno por el Congreso de los Diputados, se someterá la misma propuesta a nueva votación: Veinticuatro horas después de la anterior Cuarenta y ocho horas después de la anterior Un mes después de la anterior Dos meses después de la anterior.
En cada provincia se elegirán: 1 senador 2 senadores 3 senadores 4 senadores.
Si una moción de censura no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podrán presentar otra: En los 5 días siguientes Hasta que haya transcurrido un año En los tres meses siguientes Durante el mismo período de sesiones.
Las elecciones tendrán lugar: Entre los treinta días y sesenta días desde la terminación del mandato Dentro de los veinticinco días siguientes a la terminación del mandato Dentro de los veinte días siguientes a la terminación del mandato Entre los cuarenta días y sesenta días desde la terminación del mandato.
La moción de censura deberá ser propuesta: Al menos por la quinta parte de los Diputados Al menos por la mitad de los Diputados Al menos por la duodécima parte de los Diputados Al menos por la décima parte de los Diputados.
En las provincias insulares, en cada isla o agrupación de ellas: Corresponden 2 Senadores a cada una de las islas mayores y 1 a cada uno de las islas menores o agrupaciones de isla Corresponden 3 Senadores a cada una de las islas mayores y 1 a cada uno de las islas menores o agrupaciones de islas Corresponden 4 Senadores a cada una de las islas mayores y 1 a cada uno de las islas menores o agrupaciones de islas Corresponden 4 Senadores a cada una de las islas mayores y 2 a cada uno de las islas menores o agrupaciones de islas.
En cada Cámara habrá una Diputación Permanente compuesta por: 12 miembros 21 miembros Un máximo de 21 miembros Un mínimo de 21 miembros.
Las Cámaras pueden recibir peticiones: Individuales y colectivas Individuales Colectivas Ninguna es correcta.
Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por 1 diputado. V F.
El Rey sanciona en el plazo de 15 días las leyes aprobadas por las Cortes Generales. V F.
El título I CE habla sobre los derechos y deberes fundamentales. V F.
Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por mayoría de 3/5 de cada una de las Cámaras. V F.
Según la CE los municipios: Gozarán de personalidad jurídica plena Gozarán de personalidad jurídica propia.
En el ejercicio de funciones delegadas, el control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá: Por el Tribunal de cuentas Por el Gobierno Por el Tribunal Constitucional Por la jurisdicción contencioso-administrativa.
¿Quién sanciona y promulga las leyes autonómicas? El Rey El Presidente del Gobierno El Presidente de la Comunidad Autónoma, por delegación del Rey El Presidente de la Asamblea Legislativa.
Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre: Las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso Las provincias y los municipios Los municipios Las Comunidades Autónomas y los municipios, en su caso.
Las instituciones fundamentales de las Comunidades Autónomas son: Asamblea legislativa, el Consejo de Gobierno, el Presidente y el Tribunal de Justicia El Consejo de Gobierno, el Presidente y el Tribunal de Justicia La Asamblea legislativa, el Presidente y el Tribunal de Justicia La Asamblea legislativa, el Consejo de Gobierno y el Tribunal de Justicia.
Según la Constitución las provincias: Gozarán de personalidad jurídica plena Gozarán de personalidad jurídica propia Su gobierno y administración corresponde a las Diputaciones Su gobierno y administración corresponde a los vecinos.
¿Cuál es la división territorial para que el Estado cumpla sus actividades? La provincia El municipio La Comunidad Autónoma La región.
¿Cuál es el ente público de carácter territorial dotado de autonomía política y administrativa y consecuentemente, con poder de autogobierno? La provincia El municipio La Comunidad Autónoma La región.
El sistema institucional de las Comunidades Autónomas, se estructura orgánicamente en: El poder administrativo, el poder legislativo, el poder ejecutivo y el poder judicial El poder legislativo, el poder ejecutivo y el poder judicial.
Los tenientes de alcalde no pueden superar en número: A la mitad del número total de concejales electos A la tercera parte del número total de concejales electos A la quinta parte del número total de concejales electos A la décima parte del número total de concejales electos.
Los Estatutos de Autonomía deberán contener La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica La delimitación de su territorio y la denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas Todas las respuestas son correctas.
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Refuerza la transparencia en la actividad pública, a través de obligaciones de publicidad activa para todas las Administraciones y entidades públicas. Reconoce y garantiza el acceso a la información, regulado como un derecho subjetivo y objetivo. Establece las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos, así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento. Todas son correctas.
Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (art. 3), otros sujetos obligados de la ley son los partidos políticos, las organizaciones sindicales, las organizaciones empresariales, y las entidades privadas que perciban durante 1 año ayudas o subvenciones públicas de más de 100.000€ o cuando al menos el 40% de sus ingresos anuales sean ayudas o subvenciones públicas y sean de al menos 5.000€. V F.
Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (art. 5), las Administraciones y entidades públicas publicarán de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad. V F.
Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el cumplimiento por la AGE de las obligaciones sobre publicidad activa será objeto de control por parte del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. V F.
Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, establece que el derecho de acceso a la información pública podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para varios asuntos. V F.
Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la solicitud de acceso a la información pública se dirigirá al titular del órgano administrativo o entidad que posea la información. V F.
Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, son causas de inadmisión ante solicitudes de información pública: Referidas a información que esté en curso de elaboración o publicación general, y a información de carácter auxiliar o de apoyo interno (borradores, resúmenes, comunicaciones e informes internos, etc.). Relativas a información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración. Dirigidas a un órgano en cuyo poder no obre la información cuando se desconozca el competente (debiendo indicar en la resolución denegatoria el órgano que, a su juicio, es competente para conocer de la solicitud). Que sean manifiestamente repetitivas o tengan un carácter abusivo no justificado con la finalidad de transparencia de esta ley. Todas son correctas.
Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el acceso a la información pública se realizará preferentemente por vía electrónica, salvo cuando no sea posible o el solicitante haya señalado expresamente otro medio. V F.
Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, frente a toda resolución expresa o presunta en materia de acceso a la información pública podrá interponerse una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa. V F.
Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en lo referente al buen gobierno, en el ámbito de la AGE se aplicará a los miembros del Gobierno, a los Secretarios de Estado y al resto de los altos cargos de la AGE y de las entidades del sector público estatal, de derecho público o privado, vinculadas o dependientes de aquella. V F.
Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en lo relativo al buen gobierno, las personas comprendidas en su ámbito de aplicación no aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones. V F.
Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno se creó como organismo público por la Ley 6/1997 de Organización y Funcionamiento de la AGE, y está adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. V F.
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno está adscrito orgánicamente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. V F.
La Comisión de Transparencia y Buen Gobierno convocará a los representantes de los organismos que, con funciones similares a las desarrolladas por ella, hayan sido creados por las Comunidades Autónomas en ejercicio de sus competencias: al menos una vez al año. V F.
¿Cuál de las siguientes es una función del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno? Asesorar en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Suscribir convenios con entidades públicas y privadas. Convocar con periodicidad al menos anual a los órganos de naturaleza análoga de las Comunidades Autónomas a efectos de cooperación institucional. Todas son correctas.
¿Cuál de las siguientes es una función del Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno? Asesorar en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Suscribir convenios con entidades públicas y privadas. Convocar con periodicidad al menos anual a los órganos de naturaleza análoga de las Comunidades Autónomas a efectos de cooperación institucional. Todas son correctas.
Cuando la denegación del acceso a la información se fundamente en la protección de derechos o intereses de terceros se otorgará, previamente a la resolución de la reclamación, trámite de audiencia a las personas que pudieran resultar afectadas para que aleguen lo que a su derecho convenga. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de: tres meses, transcurrido el cual la reclamación se entiende desestimada. V F.
Del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno nos habla: La Ley 19/2013 El RD 919/2014 Todas son correctas.
El RD 259/2019, de 12 de abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de la AGE es de aplicación a la AGE y a las Unidades de Igualdad que se constituyan en los organismos públicos vinculados o dependientes de la misma. V F.
En 2008 se crea el Ministerio de Igualdad, con alcance en tres áreas: la aplicación de la Ley de la Igualdad, la lucha contra la violencia de género y la promoción laboral de las mujeres. V F.
La LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres tiene por objeto hacer efectivo el principio de igualdad de trato y la eliminación de toda discriminación contra la mujer en cualquier ámbito de la vida. Para ello aplicará la perspectiva de género a lo largo de todo el ordenamiento jurídico, modificando todas las leyes estatales afectadas por la inclusión del principio de igualdad real. V F.
Según el artículo 3 de la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la "ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y especialmente las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil". V F.
Según la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad. V F.
Según la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, es acoso sexual cualquier comportamiento verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. V F.
Según la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, entre los criterios generales de actuación de todos los poderes públicos en las políticas públicas se encuentra: Evitar la segregación laboral y eliminar las diferencias retributivas. La participación equilibrada en las candidaturas electorales y en la toma de decisiones. La erradicación de la violencia de género, la violencia familiar y todas las formas de acoso sexual y acoso por razón de sexo. La conciliación del trabajo y de la vida personal y familiar. Un lenguaje no sexista en el ámbito administrativo. Todas son correctas.
La LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres obliga al Gobierno a que las estadísticas públicas relativas a personas físicas ofrezcan sus datos desagregados por sexo. V F.
La LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres contiene medidas de fomento de la igualdad en los medios de comunicación, con reglas específicas para los de titularidad pública (como RTVE y la Agencia EFE), así como instrumentos de control de los supuestos de publicidad de contenido discriminatorio y sexista. V F.
La LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres introdujo un permiso retribuido de paternidad de 15 días ininterrumpidos, y en 2019 se amplió reformando el Estatuto de los Trabajadores. Desde 2021 son 16 semanas, y es obligatorio disfrutar de este permiso en las 6 primeras semanas tras el parto y se disfrutan a jornada completa. V F.
La LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece principios como el de libre elección de la parte contratante, salvo que dicha elección venga determinada por el sexo. V F.
La LO 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género tiene por objeto actuar contra la violencia (física y psicológica) ejercida sobre las mujeres por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. V F.
La LO 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género considera publicidad ilícita la utilización de la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio. V F.
La LO 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género reconoce derechos subjetivos con independencia del origen de las mujeres víctimas, su religión o cualquier otra circunstancia personal o social. Tienen derecho a recibir información y asesoramiento, asistencia social a través de los servicios sociales de atención, y asistencia jurídica gratuita (si acreditan insuficiencia de recursos para litigar), exigibles ante las Administraciones Públicas V F.
La LO 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género regula derechos laborales y prestaciones de Seguridad Social para trabajadoras víctimas, como el derecho a la reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica, al cambio de centro de trabajo, a la suspensión de la relación laboral con reserva de puesto de trabajo, y a la extinción del contrato de trabajo. V F.
La LO 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género crea la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, adscrita al Ministerio de Igualdad. V F.
La LO 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género crea el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer, órgano colegiado interministerial adscrito a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad del Ministerio de Igualdad a través de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género (que ejerce su presidencia). V F.
La LO 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género modifica el Código Penal, incrementando la sanción penal cuando los delitos de lesiones, coacciones leves y amenazas leves se cometan contra la mujer que sea o haya sido la esposa del autor o la pareja en una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia. V F.
La LO 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género crea los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, y la Fiscalía contra la Violencia sobre la Mujer. V F.
La LO 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género establece que la educación infantil contribuirá a desarrollar en la infancia el aprendizaje en la resolución pacífica de conflictos. V F.
El artículo 64 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, contempla la aprobación por el Gobierno, al inicio de cada legislatura, de un Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos. V F.
El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social tiene por objeto garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones respecto del resto de ciudadanos a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente y de la erradicación de toda forma de discriminación. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, son titulares de los derechos las personas con discapacidad, que son aquellas que presentan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, previsiblemente permanentes que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás. V F.
El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social incluye medidas para las personas con discapacidad que, por no desarrollar una actividad laboral, no están incluidos en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social. V F.
El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social establece medidas de habilitación o rehabilitación médico-funcional necesarias para mejorar y alcanzar la máxima autonomía personal posible, y se complementarán con el suministro de tecnologías de apoyo, prótesis, dispositivos, vehículos y otros elementos auxiliares. V F.
El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social contempla exigencias de accesibilidad de edificios y entornos, y otros apoyos complementarios como ayudas económicas, tecnologías o servicios de apoyo personal o animal. V F.
El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social fomenta el empleo de personas con discapacidad mediante ayudas que faciliten su inclusión laboral. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, el Consejo Nacional de la Discapacidad es el órgano colegiado interministerial de carácter consultivo en el que se institucionaliza la colaboración del movimiento asociativo de las personas con discapacidad y sus familias y la AGE, para la definición y coordinación de las políticas que garanticen sus derechos. V F.
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia establece servicios y prestaciones económicas destinadas a la promoción de la autonomía personal y a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria. V F.
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia reconoce una prestación económica para cuidadores familiares cuando el beneficiario esté siendo atendido por su entorno familiar, siempre que se den condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda. V F.
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia establece una prioridad en el acceso a los servicios determinada por el grado de dependencia y, a igual grado, por la capacidad económica del solicitante. V F.
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia establece políticas que intentan facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar de los cuidadores informales. V F.
Según la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, en materia de escolarización en caso de violencia de género, las Administraciones competentes deberán prever la escolarización inmediata de los hijos que se vean afectados por un cambio de residencia derivada de actos de violencia de género. V F.
Según prevé la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, para la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo las Administraciones públicas negociarán con la representación legal de las trabajadoras y trabajadores, un protocolo de actuación que comprenderá, al menos, los siguientes principios: el tratamiento reservado de las denuncias de hechos que pudieran ser constitutivos de acoso sexual o de acoso por razón de sexo, sin perjuicio de lo establecido en la normativa de régimen disciplinario. V F.
El art. 1 de la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, dice: “La Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia”. V F.
El Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género será controlado por una Comisión en la que se asegurará la presencia de: Los afectados Los profesionales y personas de reconocido prestigio social Las instituciones Todas son correctas.
Se considera discriminación indirecta por razón de sexo la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a otras del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados. V F.
¿Pueden las empresas realizar acciones de responsabilidad social en materia de igualdad? Sí, obligatoriamente Sí, con carácter voluntario No, corresponde al Estado este tipo de acciones No.
¿Promoverá la Administración Pública “la igualdad en el ámbito de la educación superior"? Si, así lo recoge la Ley 1/2004 Si, así lo recoge la Ley 3/2007 No, así lo recoge la Ley 3/2007 No, así lo recoge la Ley 1/2004.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público regula las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas, sus principios del sistema de responsabilidad y de la potestad sancionadora, así como la organización y funcionamiento de la AGE y de su sector público institucional. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tienen la consideración de órganos administrativos las unidades administrativas a las que se les atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter preceptivo. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el ámbito de la AGE la delegación de competencias deberá ser aprobada previamente por el órgano ministerial de quien dependa el órgano delegante. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a la Jefatura del Estado, la Presidencia del Gobierno de la Nación y de las CCAA, las Cortes Generales y las Asambleas Legislativas de las CCAA. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los titulares de los órganos administrativos podrán, en materias de su competencia (bien por atribución o bien por delegación de competencias), delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos en los titulares de los órganos o unidades que de ellos dependan. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, son órganos colegiados aquellos que se creen formalmente y estén integrados por 3 o más personas, a los que se atribuyan funciones administrativas de decisión, propuesta, asesoramiento, seguimiento o control, y que actúen integrados en la AGE o alguno de sus Organismos públicos. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la creación de órganos colegiados de la AGE y de sus organismos públicos solo requerirá de norma específica, con publicación en el BOE, en los caso en que se les atribuyan competencias decisorias, de propuesta o de emisión de informes preceptivos que deban servir de base a decisiones de otros órganos administrativos, o competencias de seguimiento o control de las actuaciones de otros órganos de la AGE. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas se ejercerá cuando haya sido expresamente reconocida por una norma con rango de ley, siendo de aplicación las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de producirse los hechos que constituyan infracción administrativa, produciendo efecto retroactivo solo cuando sean más favorables. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las Administraciones Públicas se relacionarán entre sí y con sus órganos, organismos públicos y entidades vinculados o dependientes a través de medios electrónicos. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, son convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, o por las Universidades públicas, entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común. No suponen la cesión de la titularidad de la competencia y no podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en los Ministerios pueden existir Secretarías de Estado y Secretarías Generales, pero contarán en todo caso con una Subsecretaría y, dependiendo de ella, una Secretaría General Técnica para la gestión de los servicios comunes. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la organización de la AGE se divide funcionalmente en departamentos ministeriales y territorialmente en Delegaciones del Gobierno en las CCAA, salvo excepciones previstas. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a los órganos superiores les corresponde establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su responsabilidad, y son los Ministros y los Secretarios de Estado. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Ministerios tienen una estructura interna jerarquizada que permite que los mandatos e instrucciones del Gobierno lleguen a todos los órganos de la Administración. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la AGE hay órganos con competencias sectoriales, que limitan su actuación a una sección del Ministerio —Secretario de Estado, Secretarios Generales, Directores y Subdirectores Generales—, y órganos con competencias horizontales, que limitan su actuación a servicios comunes, personales y materiales —Subsecretario y Secretario General Técnico—. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a los Ministros, como mando supremo de un Ministerio, les corresponde ejercer la potestad reglamentaria en las materias propias de su departamento, dirigir la actuación de sus órganos superiores y directivos (y delegarles competencias propias), fijar los objetivos del Ministerio, los planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Secretarios de Estado son nombrados y separados por Real Decreto del Consejo de Ministros, aprobado a propuesta del Presidente del Gobierno o del miembro del Gobierno a cuyo departamento pertenezcan. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Subsecretarios son órganos centrales, unipersonales y directivos que ostentan la representación ordinaria del Ministerio, y dirigen los servicios comunes, siendo un órgano de competencia general. Son nombrados y separados por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del Ministro. Los nombramientos habrán de efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado, de las CCAA o de las Entidades locales, pertenecientes al Subgrupo A1. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Secretarios Generales son órganos de carácter excepcional, directivo y con categoría de Subsecretario. Ejercen sus competencias sobre un determinado sector y son de inferior rango al Secretario de Estado. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Secretarios Generales Técnicos son órganos de carácter directivo, bajo la dependencia inmediata del Subsecretario, con competencias sobre servicios comunes y en todo caso relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Directores Generales son órganos directivos, unipersonales y de competencia específica, que responden al principio de división del trabajo y especialización por materia dentro de cada Ministerio. Se encargan de la gestión de áreas funcionales del Ministerio. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las Subdirecciones Generales son órganos directivos vinculados a Direcciones Generales y son los responsables inmediatos (bajo supervisión del Director General) de la ejecución de aquellos proyectos, objetivos o actividades que les sean asignados. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Delegados y Subdelegados del Gobierno son órganos territoriales de la AGE. Existe una Delegación del Gobierno en cada una de las CCAA, adscritas orgánicamente al Ministerio de Política Territorial y con sede en la localidad donde radique el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, salvo que el Consejo de Ministros acuerde ubicarla en otra distinta y sin perjuicio de lo que disponga expresamente el Estatuto de Autonomía. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cada CCAA pluriprovincial existirá una Comisión territorial de asistencia al Delegado del Gobierno, presidida por este e integrada por los Subdelegados del Gobierno en sus provincias. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Delegados del Gobierno representan al Gobierno de la Nación en el territorio de las CCAA, sin perjuicio de la representación ordinaria del Estado en las mismas a través de sus respectivos presidentes autonómicos. Ejercen la dirección y supervisión de la AGE en las CCAA y la coordinan con las Administraciones autonómicas y las locales. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Delegados del Gobierno nombran a los Subdelegados del Gobierno en las provincias y a los Directores Insulares, y es su superior jerárquico. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Subdelegados del Gobierno tienen nivel orgánico de Subdirector General, y son nombrados por el Delegado del Gobierno por el procedimiento de libre designación entre funcionarios de carrera del subgrupo A1. En las CCAA uniprovinciales en las que no exista Subdelegado, el Delegado del Gobierno asumirá sus competencias. V F.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por lo que se refiere a la AGE en el exterior, remite a la Ley 2/2014 de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, declarándose la aplicación supletoria de la primera. V F.
Según la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, las misiones diplomáticas y representaciones permanentes son el instrumento principal para el desarrollo de la acción exterior. Las representaciones permanentes representan a España ante la UE o una Organización Internacional. Tendrán el carácter de Representaciones de Observación cuando España no fuera parte de ella. V F.
Según la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, la organización de la Misión Diplomática o Representación Permanente se integra por: su jefatura; la cancillería diplomática, que desarrolla las funciones diplomáticas, consulares de cooperación, y de naturaleza política y representación; las consejerías y oficinas, órganos técnicos; y la Sección de Servicios Comunes, que gestiona los servicios y recursos compartidos por todos los anteriores. V F.
Según la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, las Misiones Diplomáticas Especiales representan temporalmente a España ante uno o varios Estados para un cometido concreto o especial. V F.
Según la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, las Delegaciones representan a España en un órgano de una organización internacional, en una Conferencia de Estados convocada por una o en un acto concreto organizado por un tercer Estado para el que se requiera conformar una delegación oficial. Estarán presididos por el Jefe del Estado, Presidente del Gobierno o Ministro de AE. V F.
Según la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, las Oficinas Consulares son los órganos de la AGE encargados de las funciones consulares y de prestar asistencia y protección a los españoles en el exterior. V F.
Según la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, las Agencias Consulares son oficinas dependientes de una Oficina Consular de carrera, creadas en localidades distintas de aquella en que se ubica la Oficina de la que dependen, con la finalidad de descentralizar su gestión, y estarán a cargo de un funcionario de la Carrera Diplomática. V F.
Según la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, el Gobierno podrá acordar con los órganos competentes de la UE o de sus Estados miembros la creación de Misiones Diplomáticas conjuntas con otros miembros de la UE en terceros Estados, especialmente en los que no existan Delegaciones de la UE. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las entidades que integran el sector público institucional están sometidas a los principios de legalidad, eficiencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y transparencia. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los Organismos Autónomos son entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, tesorería y patrimonio propios y autonomía en su gestión, que desarrollan actividades propias de la Administración Pública. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las autoridades administrativas independientes son las entidades de derecho público que, vinculadas a la AGE y con personalidad jurídica propia, tienen atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter externo sobre sectores económicos o actividades determinadas. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los consorcios son entidades de derecho público, con personalidad jurídica propia y diferenciada, creadas por varias Administraciones Públicas o entidades integrantes del sector público institucional, para el desarrollo de actividades de interés común, como actividades de fomento, prestacionales o de gestión común de servicios públicos. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las fundaciones del sector público son las que se constituyan (o la reciban posteriormente) con una aportación mayoritaria de la AGE o de los sujetos integrantes del sector público institucional estatal, o cuyo patrimonio esté integrado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por la AGE o cualquiera de los sujetos integrantes del sector público institucional estatal con carácter permanente, o que la mayoría de derechos de voto en su patronato corresponda a ellos. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la colaboración es el deber de actuar con el resto de Administraciones Públicas para el logro de fines comunes. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la cooperación es cuando dos o más Administraciones Públicas, de manera voluntaria y en el ejercicio de sus competencias, asumen compromisos específicos en aras de una acción común. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en virtud de la coordinación la AGE tiene la obligación de garantizar la coherencia de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas afectadas por una misma materia para la consecución de un resultado común. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Conferencia de Presidentes es un órgano de cooperación multilateral entre el Gobierno de la Nación y los respectivos Gobiernos de las CCAA y Ceuta y Melilla, y formada por sus respectivos presidentes (preside el Presidente del Gobierno de España). V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una Conferencia Sectorial es un órgano de cooperación, de composición multilateral y ámbito sectorial, presidida por el miembro del gobierno competente por razón de materia, y formada también por los correspondientes miembros de los Consejos de Gobierno de las CCAA y Ciudades Autónomas. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las Comisiones Bilaterales de Cooperación reúnen, por un número igual de representantes, a miembros del Gobierno en representación de la AGE y a miembros del Consejo de Gobierno de las Comunidades o Ciudades Autónomas, en cada caso. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, podrán crearse Comisiones Territoriales de Coordinación, de composición multilateral, entre Administraciones cuyos territorios sean coincidentes o limítrofes, para mejorar la coordinación de la prestación de servicios, prevenir duplicidades y mejorar la eficiencia y calidad de los servicios. V F.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Esquema Nacional de Interoperabilidad comprende el conjunto de criterios y recomendaciones en materia e seguridad, conservación y normalización de la información, de los formatos y de las aplicaciones que deberán ser tenidos en cuenta por las Administraciones Públicas para la toma de decisiones tecnológicas que garanticen la interoperabilidad. V F.
¿A quién corresponde el desarrollo y ejecución de los planes de actuación de la organización? A los órganos superiores A los órganos directivos A los órganos periféricos A los órganos exteriores.
Representan al Reino de España en un órgano de una Organización internacional o en una Conferencia de Estados convocada por una Organización internacional o bajo sus auspicios: Las Misiones Diplomáticas Permanentes Las Misiones Diplomáticas Especiales Las Delegaciones Las Oficinas Consulares.
En la organización territorial de la Administración General del Estado son órganos directivos: Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Los Subdelegados del Gobierno en las provincias Los Secretarios generales técnicos Las respuestas a) y b) son correctas.
El órgano que ejerce sus competencias en un determinado sector de la actividad administrativa del Ministerio es: El Subsecretario Los Secretarios Generales Los Directores Generales El Secretario de Estado.
¿Quién ejecuta y desarrolla la Política Exterior y la Acción Exterior del Estado? Los Ministros Las Misiones Diplomáticas y Representaciones Permanentes Los Secretarios generales técnicos Los Vicepresidentes.
¿Cuál de los siguientes no es un órgano sectorial? El Secretario de Estado Los Secretarios Generales Los Directores Generales El Secretario General Técnico.
¿Cuál de los siguientes es un órgano horizontal? El Subsecretario Los Secretarios Generales Los Directores Generales El Secretario de Estado.
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta? Los Subdirectores Generales se nombran entre funcionarios de carrera del Estado, o de otras Administraciones, cuando así lo prevean las normas de aplicación, pertenecientes al Subgrupo A1 Los Directores Generales se nombran entre funcionarios de carrera, pertenecientes al Subgrupo A1 Los Subsecretarios se nombran entre funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades locales, pertenecientes al Subgrupo A1 Todas las afirmaciones son correctas.
Los órganos con competencias horizontales: Son órganos territoriales de la Administración General del Estado Actúan en servicios comunes, personales y materiales Limitan su actuación a una sección del Ministerio Ninguna respuesta es correcta.
¿A quién corresponde establecer los planes de actuación de la organización situada bajo su responsabilidad? A los órganos superiores A los órganos directivos.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos de cooperación son órganos de composición multilateral o bilateral, de ámbito general o especial. V F.
Si alguna disposición atribuye competencia a una Administración, sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a los órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio, y, de existir varios de éstos, al superior jerárquico común. V F.
Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante. V F.
¿Quién levantará el acta de cada sesión que celebre el órgano colegiado? El presidente El secretario.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las Administraciones públicas deberán respetar en su actuación y relaciones los principios de: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho Buena fe, confianza legítima y lealtad institucional Cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas Las respuestas b) y c) son correctas.
Los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas. V F.
La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es de 1 de octubre. Y se aplica al sector público, que comprende: la AGE, las Administraciones autonómicas, las entidades que integran la Administración local, y el sector público institucional. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones por medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a ello. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la lengua de los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado será el castellano. No obstante lo anterior, los interesados que se dirijan a los órganos de la Administración General del Estado con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma podrán utilizar también la lengua que sea cooficial en ella. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa legitima al interesado para entenderla estimada por silencio administrativo, excepto en los supuestos en que una norma con rango de ley o de derecho de la UE o de derecho internacional aplicable en España establezcan lo contrario. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los procedimientos iniciados de oficio, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa: En procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento de derechos u otras situaciones jurídicas favorables, los interesados podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo. En procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad, archivándose las actuaciones. Ambas son correctas.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las disposiciones administrativas son normas jurídicas de rango reglamentario (inferior a la ley). Los actos administrativos constituyen la aplicación de esas normas, por lo que no tienen carácter normativo. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la motivación de los actos administrativos que pongan fin a los procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva se realizará de conformidad con lo que dispongan las normas que regulen sus convocatorias, debiendo quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos de las Administraciones sujetos al derecho administrativo serán ejecutivos y se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las normas y actos dictados por los órganos de las Administraciones en el ejercicio de su competencia deberán ser observadas por el resto de los órganos administrativos, aunque no dependan jerárquicamente entre sí o pertenezcan a otra Administración. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las normas con rango de ley, los reglamentos y disposiciones administrativas habrán de publicarse en el diario oficial correspondiente para que entren en vigor y produzcan efectos jurídicos. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano que dicte las resoluciones y actos administrativos los notificará a los interesados cuyos derechos sean afectados dentro de 10 días a partir de que el acto sea dictado. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con independencia del medio utilizado para notificar, las notificaciones de las Administraciones serán válidas siempre que permitan tener constancia de su envío o puesta a disposición, de la recepción o acceso por el interesado o su representante, de sus fechas y horas, del contenido íntegro y de la identidad fidedigna del remitente y destinatario. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos de las Administraciones Públicas pueden ser nulos de pleno derecho o anulables. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos de las Administraciones Públicas pueden ser nulos de pleno derecho o anulables. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el procedimiento administrativo es el cauce formal de producción de las disposiciones y resoluciones administrativas. Su finalidad es la eficacia administrativa mediante el control de las actuaciones, su fundamento y objetividad; y garantizar los derechos e intereses de los ciudadanos. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las fases del procedimiento administrativo son: iniciación, ordenación, instrucción, finalización. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entiende por declaración responsable el documento suscrito por un interesado en el que este manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, un expediente administrativo es el conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el procedimiento, sometido al principio de celeridad, se impulsará de oficio en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad, siguiendo la tramitación de los expedientes un riguroso orden de incoación en asuntos de homogénea naturaleza, salvo que por el titular de la unidad administrativa se dé orden motivada en contrario, de la que quede constancia. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la instrucción es la fase del procedimiento en la que se aportan los conocimientos de todo tipo (hechos, fundamentos jurídicos...) para la decisión administrativa en la que deba pronunciarse la resolución. Se realizará de oficio y a través de medios electrónicos por el órgano que tramite el procedimiento. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las fases principales de la instrucción de un procedimiento son: alegaciones, prueba, informes, audiencia al interesado, información pública. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las fases principales de la instrucción de un procedimiento son: alegaciones, prueba, informes, audiencia al interesado, información pública. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las fases principales de la instrucción de un procedimiento son: alegaciones, prueba, informes, audiencia al interesado, información pública. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las fases principales de la instrucción de un procedimiento son: alegaciones, prueba, informes, audiencia al interesado, información pública. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las fases principales de la instrucción de un procedimiento son: alegaciones, prueba, informes, audiencia al interesado, información pública. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pondrán fin al procedimiento administrativo: la resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud (cuando no esté prohibida por el ordenamiento jurídico), y la declaración de caducidad. También la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, antes de dictar resolución, el órgano competente podrá decidir motivadamente la realización de actuaciones complementarias indispensables para resolver el procedimiento. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los procedimientos sancionadores, el órgano instructor resolverá la finalización y archivo del procedimiento sin que sea necesaria la propuesta de resolución cuando en la instrucción se ponga de manifiesto: la inexistencia de los hechos, la no acreditación de los mismos, la no constitución de infracción administrativa de los mismos, cuando no se haya podido identificar a la persona responsable, o bien aparezcan exentos de responsabilidad, o cuando haya prescrito la infracción. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su paralización por causa imputable al mismo, la Administración le advertirá que, transcurridos 3 meses, se producirá la caducidad del procedimiento. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando razones de interés público o la falta de complejidad del procedimiento lo aconsejen, las Administraciones podrán acordar, de oficio o a solicitud del interesado, la tramitación simplificada del procedimiento, pudiendo los interesados, en el caso de ser acordada de oficio, manifestar su oposición expresa, en cuyo caso la Administración deberá seguir la tramitación ordinaria. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones podrán proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de los actos administrativos, salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la ley, o cuando la CE o la ley exijan la intervención de un órgano judicial. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de la revisión de los actos en vía administrativa trata el Título V. Los recursos administrativos son actos del administrado en los que pide a la Administración la revocación o reforma de un acto simple o de una disposición de rango inferior a la ley con base en un título jurídico específico. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando un procedimiento se haya iniciado de oficio, el transcurso de 6 meses desde su inicio sin dictarse resolución producirá la caducidad del mismo. En el mismo plazo, podrá entenderse desestimada por silencio administrativo si se hubiera iniciado a solicitud del interesado. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, iniciado el procedimiento de revisión de oficio de un acto administrativo, el órgano competente para declarar la nulidad o lesividad podrá suspender la ejecución del acto cuando pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, podrán revocar sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que ello no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el ámbito estatal serán competentes para la revisión de oficio de las disposiciones y actos administrativos nulos y anulables: El Consejo de Ministros, respecto de sus propios actos y disposiciones y de los Ministros. Los Ministros, respecto de los actos y disposiciones de los Secretarios de Estado y de órganos directivos de su Ministerio no dependientes de una Secretaría de Estado. Los Secretarios de Estado, respecto de los actos y disposiciones dictados por los órganos directivos dependientes de ellos. Los órganos a los que estén adscritos los organismos públicos y entidades de derecho público, respecto de los actos y disposiciones dictados por el máximo órgano rector de estos. Los máximos órganos rectores de los organismos públicos y entidades de derecho público, respecto de los actos y disposiciones dictados por los órganos de ellos dependientes. Todas son correctas.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán interponerse por los interesados los recursos de alzada y potestativo de reposición, en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en la ley, contra las resoluciones y contra los actos de trámite, si estos últimos deciden el fondo del asunto, o producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ponen fin a la vía administrativa: Las resoluciones de los recursos de alzada. Las resoluciones de los procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje en ámbitos sectoriales determinados y cuando la materia lo justifique. Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una ley establezca lo contrario. Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración de finalizadores del procedimiento. La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial. La resolución de los procedimientos complementarios en materia sancionadora cuando las conductas sancionadas hubieran causado daños o perjuicios a las Administraciones. Las demás resoluciones de órganos administrativos cuando una disposición legal o reglamentaria así lo establezca. Todas son correctas.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la interposición del recurso deberá expresar: Nombre y apellidos del recurrente, así como la identificación personal del mismo. El acto que recurre y la razón de su impugnación. Lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio y del lugar que se señale a efectos de notificaciones. Órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige, y su correspondiente código de identificación. Todas son correctas.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, serán causas de inadmisión de recurso: La incompetencia del órgano administrativo, cuando la competencia perteneciera a otra Administración. Carecer de legitimación del recurrente. Tratarse de un acto no susceptible de recurso. Haber transcurrido el plazo para la interposición de recurso. Carecer manifiestamente el recurso de fundamento. Todas son correctas.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la interposición de cualquier recurso (excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario) no suspenderá por sí misma la ejecución del acto impugnado. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la ejecución del acto impugnado en un recurso administrativo se entenderá suspendida si transcurrido 1 mes desde que la solicitud entra en el registro electrónico la Administración, organismo u órgano competente para decidir sobre la misma no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en un recurso administrativo, cuando hayan de tenerse en cuenta nuevos hechos o documentos no recogidos en el expediente originario, se pondrán de manifiesto a los interesados, para que en un plazo entre 10 y 15 días formulen alegaciones y presenten documentos y justificantes que estimen procedentes. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando en un recurso administrativo, existiendo vicio de forma, no se estime procedente resolver sobre el fondo, se ordenará la retroacción del procedimiento al momento en que el vicio fue cometido, sin perjuicio de que pueda acordarse la convalidación de actuaciones por el órgano competente para ello. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las resoluciones y actos de trámite, cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos en alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo para la interposición del recurso de alzada será de 1 mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido el plazo sin haberse interpuesto recurso, la resolución será firme a todos los efectos. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado, o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. V F.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra los actos firmes en vía administrativa podrá interponerse el recurso extraordinario de revisión ante el órgano administrativo que los dictó, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes: Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente. Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida. Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme. Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado en sentencia judicial firme. Todas son correctas.
¿Cuál de los siguientes actos no son nulos de pleno derecho? Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio Los actos de la Administración que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder Los que tengan un contenido imposible.
Contra los actos firmes en vía administrativa cabe: El recurso de alzada El recurso potestativo de reposición No cabrá recurso en vía administrativa Podrá interponerse el recurso extraordinario de revisión.
Son actos anulables: Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio Los actos de la Administración que incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder Los que tengan un contenido imposible.
La resolución que ponga fin al procedimiento: Deberá ser motivada en todo caso Deberá ser motivada si es positiva Deberá ser motivada si es negativa.
¿En qué artículo de la Ley 39/2015 están previstos los motivos de nulidad? En el artículo 47. V F.
Para que las disposiciones administrativas produzcan efectos jurídicos: Habrán de notificarse Habrán de notificarse o publicarse Habrán de publicarse en el Diario oficial que corresponda Ninguna respuesta es correcta.
Los procedimientos de oficio se iniciarán: Por propia iniciativa Como consecuencia de orden superior Por denuncia Todas las respuestas son correctas.
Cuando el recurso tenga por objeto la impugnación de un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas, la suspensión de su eficacia habrá de ser: Notificada Publicada Publicada o notificada Publicada en el periódico oficial en que aquél se insertó.
Contra las resoluciones y los actos de trámite, si estos últimos deciden el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrá interponerse: El recurso de alzada El recurso potestativo de reposición No cabrá recurso en vía administrativa Las respuestas a) y b) son correctas.
Los procedimientos administrativos se iniciarán: De oficio A solicitud de persona interesada De oficio o a solicitud de persona interesada De oficio, a solicitud de persona interesada o por instrucción.
Salvo disposición expresa en contrario, en un proceso administrativo los informes serán: Preceptivos y vinculantes Facultativos y vinculantes Preceptivos y no vinculantes Facultativos y no vinculantes.
La fase en la que se aportan los conocimientos de todo tipo para la decisión administrativa es la: Iniciación Ordenación Instrucción Finalización.
Las resoluciones y actos de trámite previstos en la Ley 39/2015, cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos mediante: El recurso de alzada El recurso potestativo de reposición No cabrá recurso en vía administrativa Las respuestas a) y b) son correctas.
Contra la resolución de un recurso de alzada cabe: El recurso de alzada El recurso potestativo de reposición No cabrá recurso en vía administrativa No cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de revisión.
Pueden recurrirse en el recurso potestativo de reposición: Algunas resoluciones y actos, cuando no pongan fin a la vía administrativa Los actos firmes en vía administrativa Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa Todas las respuestas anteriores son correctas.
No es un medio de ejecución forzosa por las Administraciones Públicas: Apremio sobre el patrimonio Ejecución subsidiaria Multa coaccionaria Compulsión sobre las personas.
Los procedimientos administrativos se iniciarán de oficio: Por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior A petición razonada de otros órganos Por denuncia Todas las respuestas son correctas.
Si nadie pudiera hacerse cargo de la notificación administrativa, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. V F.
Pueden recurrirse en el recurso de alzada: Algunas resoluciones y actos, cuando no pongan fin a la vía administrativa Los actos firmes en vía administrativa Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa Todas las respuestas anteriores son correctas.
Si antes del vencimiento del plazo, los interesados manifiestan su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones: El trámite continuará hasta el vencimiento del plazo El plazo del trámite se reducirá a la mitad Se le aplicará el procedimiento de urgencia Se tendrá por realizado el trámite.
(L 39/2015) Excepcionalmente, podrá acordarse la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, y no podrá ser superior al establecido para la tramitación del procedimiento. V F.
(L 39/2015) Salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa no podrá exceder de 6 meses. V F.
(L 39/2015) Cuando en un plazo, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. V F.
(L 39/2015) Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. V F.
Las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de las Administraciones públicas no podrán presentarse: En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan En las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero Todas las respuestas anteriores son incorrectas.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, es de 30 de octubre, y tiene por objeto establecer las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos. También tiene por objeto determinar las normas aplicables al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Se aplica a dicho personal, en la AGE, las autonómicas, las locales, los OO.PP., agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes, y a las universidades públicas. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el personal laboral al servicio de las Administraciones públicas se rige, además de por la legislación laboral, por los preceptos de este Estatuto que así lo dispongan. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los funcionarios se clasifican en tres grandes grupos con subgrupos, en función del título exigido para su ingreso: un grupo A (título universitario de Grado), con los subgrupos A1 y A2; un grupo B (título de Técnico Superior); y un grupo C, con los subgrupos C1 (Título de Bachiller o Técnico) y C2 (Título de ESO). V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el personal funcionario de las entidades locales se rige por la legislación estatal que resulte de aplicación, de la que forma parte este Estatuto, y por la legislación de las CCAA, con respeto a la autonomía local. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sus disposiciones solo se aplicarán directamente al siguiente personal cuando así lo disponga su legislación específica: Personal funcionario de las Cortes Generales y de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas. Personal funcionario de los demás Órganos Constitucionales del Estado y de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas. Jueces, Magistrados, Fiscales y demás personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. Personal militar de las Fuerzas Armadas, personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y personal retribuido por arancel. Personal del CNI, del Banco de España y del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito. Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en desarrollo de este Estatuto, las Cortes y las asambleas autonómicas aprobarán, en el ámbito de sus competencias, las leyes reguladoras de la Función Pública de la AGE y de las CCAA. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el personal laboral al servicio de las Administraciones públicas se rige, además de por la legislación laboral, por los preceptos de este Estatuto que así lo dispongan. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, son empleados públicos quienes desempeñan funciones retribuidas en las Administraciones públicas al servicio de los intereses generales. Se clasifican en funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral (ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal) y personal eventual. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, son funcionarios de carrera quienes están vinculados a una Administración por una relación estatutaria regulada por el derecho administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, son funcionarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales con carácter temporal para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias: La existencia de plazas vacantes, cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera, por un máximo de tres años (a los 3 años la vacante solo podrá ser ocupada por funcionarios de carrera, salvo que el proceso selectivo quede desierto) La sustitución transitoria de los titulares, durante el tiempo estrictamente necesario La ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de nueve meses, dentro de un periodo de dieciocho meses Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los procedimientos de selección del personal funcionario interino serán públicos, rigiéndose en todo caso por los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y celeridad, y tendrán por finalidad la cobertura inmediata del puesto. El nombramiento derivado de estos procedimientos de selección en ningún caso dará lugar al reconocimiento de la condición de funcionario de carrera. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Es personal laboral el que en virtud de contrato de trabajo formalizado por escrito, en cualquiera de las modalidades de contratación de personal previstas en la legislación laboral, presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas. En función de la duración del contrato éste podrá ser fijo, por tiempo indefinido o temporal. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Gobierno y los órganos de gobierno de las comunidades autónomas podrán establecer, en desarrollo de este Estatuto, el régimen jurídico específico del personal directivo así como los criterios para determinar su condición. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los empleados públicos tienen los siguientes derechos de carácter individual en correspondencia con la naturaleza jurídica de su relación de servicio: A la inamovilidad en la condición de funcionario de carrera, al desempeño efectivo de las funciones o tareas propias de su condición profesional y de acuerdo con la progresión alcanzada en su carrera profesional, y a la progresión en la carrera profesional y promoción interna según principios de igualdad, mérito y capacidad mediante sistemas objetivos y transparentes de evaluación. A la defensa jurídica y protección de la Administración en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden constitucional como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos públicos. A la formación continua y actualización permanente de sus conocimientos y capacidades profesionales, preferentemente en horario laboral. A la adopción de medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y a la intimidad en el uso de dispositivos digitales puestos a su disposición y frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización, así como a la desconexión digital. A la libertad de expresión dentro de los límites del ordenamiento jurídico, a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, a las vacaciones, descansos, permisos y licencias, y a la libre asociación profesional. Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la carrera profesional es el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la promoción interna de los funcionarios de carrera se realizará mediante procesos selectivos que garanticen el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el personal laboral tendrá derecho a la promoción profesional. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, mediante la evaluación del desempeño se mide y valora la conducta profesional y el rendimiento o el logro de resultados. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las retribuciones de los funcionarios de carrera se clasifican en básicas y complementarias. Las retribuciones básicas son las que retribuyen al funcionario según la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado subgrupo, y por su antigüedad en el mismo. Las retribuciones complementarias son las que retribuyen las características de los puestos de trabajo, la carrera profesional o el desempeño, rendimiento o resultados alcanzados por el funcionario. Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las retribuciones básicas de los funcionarios, que se fijan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, estarán integradas única y exclusivamente por: El sueldo asignado a cada subgrupo. Los trienios, que consisten en una cantidad, igual para cada subgrupo, por cada tres años de servicio. Ambas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la cuantía y estructura de las retribuciones complementarias de los funcionarios se establecerán por las correspondientes leyes de cada Administración pública, atendiendo a: La progresión alcanzada por el funcionario dentro del sistema de carrera administrativa. La especial dificultad técnica, responsabilidad, dedicación, incompatibilidad exigible para el desempeño de determinados puestos de trabajo o las condiciones en que se desarrolla el trabajo. El grado de interés, iniciativa o esfuerzo con que el funcionario desempeña su trabajo y el rendimiento o resultados obtenidos. Los servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal de trabajo. Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las Administraciones determinarán las retribuciones de los funcionarios en prácticas que, como mínimo, se corresponderán a las del sueldo del subgrupo en que aspiren a ingresar. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sin perjuicio de la sanción disciplinaria que pueda corresponder, la parte de jornada no realizada dará lugar a la deducción proporcional de haberes, que no tendrá carácter sancionador. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Función Pública están legitimadas para la interposición de recursos en vía administrativa y jurisdiccional contra las resoluciones de los órganos de selección. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la negociación colectiva, representación y participación de los empleados públicos con contrato laboral se regirá por la legislación laboral, sin perjuicio de los preceptos de este Estatuto que expresamente les son de aplicación. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, están legitimados para convocar una reunión, además de las organizaciones sindicales, directamente o a través de los delegados sindicales: Los delegados de personal. Las juntas de personal. Los comités de empresa. Los empleados públicos de las Administraciones respectivas en número no inferior al 40% del colectivo convocado. Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la jornada de trabajo de los funcionarios públicos podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los funcionarios tendrán los siguientes permisos: Por fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario, de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad y afinidad, 3 días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y 5 días hábiles cuando sea en distinta localidad. " " de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, 2 días hábiles en la misma localidad, y 4 días hábiles en distinta. Ambas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se establece un permiso por nacimiento para la madre biológica, con una duración de 16 semanas, de las cuales 6 serán de descanso obligatorio e ininterrumpidas. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las faltas de asistencia de las funcionarias víctimas de violencia de género o de violencias sexuales, totales o parciales, tendrán la consideración de justificadas por el tiempo y en las condiciones en que lo determinen los servicios sociales de atención o de salud según proceda. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el funcionario tendrá derecho, siempre que ambos progenitores trabajen, a una reducción de jornada de al menos la mitad de duración, percibiendo las retribuciones íntegras, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del hijo menor de edad afectado por cáncer o por cualquier otra enfermedad grave que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente acreditado; y como máximo hasta que el hijo cumpla los 23 años. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los funcionarios que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, su cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, y los hijos de los heridos y fallecidos, siempre que ostenten la condición de funcionarios y víctimas del terrorismo de acuerdo con la legislación vigente, así como los funcionarios amenazados, previo reconocimiento del Ministerio del Interior o de sentencia judicial firme, tendrán derecho a la reducción de la jornada con disminución proporcional de la retribución, o a la reordenación del tiempo de trabajo. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los funcionarios públicos tendrán derecho a disfrutar, durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidas de 22 días hábiles, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los funcionarios obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para poder participar en los procesos selectivos será necesario no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de una Administración pública, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral. En caso de ser nacional de otro Estado, cumplir esos requisitos en su Estado. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 7% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, de manera que al menos el 2% de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual, y el resto para cualquier otro tipo de discapacidad. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá a la paridad entre mujer y hombre. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos: 1) Superación del proceso selectivo 2) Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario Oficial correspondiente 3) Acto de acatamiento de la CE, y en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico 4) Toma de posesión dentro del plazo que se establezca Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, son causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera: La renuncia a la condición de funcionario La pérdida de la nacionalidad La jubilación total del funcionario La sanción disciplinaria se separación del servicio que tuviere carácter firme La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la renuncia voluntaria a la condición de funcionario habrá de ser manifestada por escrito y será aceptada expresamente por la Administración. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la jubilación forzosa se declarará de oficio al cumplir el funcionario los 65 años. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en caso de extinción de la relación de servicios como consecuencia de pérdida de la nacionalidad o jubilación por incapacidad permanente para el servicio, el interesado, una vez desaparecida la causa objetiva que la motivó, podrá solicitar la rehabilitación de su condición de funcionario, que le será concedida. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un 10% adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las Administraciones podrán asignar a su personal funciones, tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de trabajo que desempeñen siempre que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando las necesidades del servicio lo justifiquen sin merma en las retribuciones. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los funcionarios se agrupan en cuerpos, escalas, especialidades u otros sistemas que incorporen competencias, capacidades y conocimientos comunes acreditados a través de un proceso selectivo. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las Administraciones proveerán los puestos de trabajo del personal funcionario de carrera mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el concurso, como procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, consistirá en la valoración de méritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los candidatos por órganos colegiados de carácter técnico. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la libre designación con convocatoria pública consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las Administraciones podrán, de manera motivada, trasladar a sus funcionarios, por necesidades de servicio o funcionales, a unidades, departamentos u organismos públicos o entidades distintos a los de su destino, respetando sus retribuciones y condiciones esenciales de trabajo. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las mujeres víctimas de violencia de género o de violencia sexual que se vean obligadas a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venían prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o el derecho a la asistencia social integral, tendrán derecho al traslado a otro puesto de trabajo propio de su cuerpo, escala o categoría profesional, de análogas características. Este traslado tendrá la consideración de forzoso. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la provisión de puestos y movilidad del personal laboral se realizará de conformidad con lo que establezcan los convenios colectivos aplicables, y en su defecto por el sistema de provisión de puestos y movilidad del personal funcionario de carrera. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la AGE y las CCAA y entidades locales establecerán medidas de movilidad interadministrativa, preferentemente mediante convenio de Conferencia Sectorial u otros instrumentos de colaboración. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los funcionarios de carrera se hallan en alguna de las siguientes situaciones: servicio activo, servicios especiales, servicio en otras Administraciones públicas, excedencia, suspensión de funciones. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, quienes se encuentren en situación de servicios especiales percibirán las retribuciones del puesto o cargo que desempeñen y no las que les correspondan como funcionarios de carrera, sin perjuicio del derecho a percibir los trienios que tengan reconocidos en cada momento. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los funcionarios transferidos a las CCAA se integran plenamente en la organización de las mismas, hallándose en la situación de servicio activo en la CA en la que se integran. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la excedencia de los funcionarios de carrera podrá adoptar las siguientes modalidades: Voluntaria por interés particular Voluntaria por agrupación familiar Por cuidado de familiares Por razón de violencia de género o de violencia sexual Por razón de violencia terrorista Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, podrá concederse la excedencia voluntaria por agrupación familiar sin el requisito de haber prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas durante el periodo establecido a los funcionarios de carrera cuyo cónyuge resida en otra localidad por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter definitivo como funcionario de carrera o como laboral fijo en cualquiera de las Administraciones Públicas. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los funcionarios de carrera tendrán derecho a un periodo de excedencia de duración no superior a 3 años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción, o de cada menor sujeto a guarda con fines de adopción o acogimiento permanente, a contar desde la fecha de nacimiento o de la resolución judicial o administrativa. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las funcionarias víctimas de violencia de género o de violencia sexual, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, tendrán derecho a solicitar la situación de excedencia sin tener que haber prestado un tiempo mínimo de servicios previos. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los funcionarios que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, así como los amenazados, previo reconocimiento del Ministerio del Interior o de sentencia judicial firme, tendrán derecho a disfrutar de un periodo de excedencia en las mismas condiciones que las víctimas de violencia de género. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el funcionario declarado en la situación de suspensión quedará privado durante el tiempo de permanencia en la misma del ejercicio de sus funciones y de todos los derechos inherentes a la condición. La suspensión determinará la pérdida del puesto de trabajo cuando exceda de 6 meses. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los funcionarios públicos y el personal laboral quedan sujetos al régimen disciplinario establecido en este Estatuto y en las leyes de Función Pública que se dicten en su desarrollo. En lo no previsto aquí, el régimen disciplinario del personal laboral se regirá por la legislación laboral. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la potestad disciplinaria se ejercerá de acuerdo con: Principio de legalidad y tipicidad de las faltas y sanciones, a través de la predeterminación normativa o, en el caso del personal laboral, de los convenios colectivos Principio de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables y de retroactividad de las favorables al presunto infractor Principio de proporcionalidad, aplicable tanto a la clasificación de las infracciones y sanciones como a su aplicación Principio de culpabilidad y principio de presunción de inocencia Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las faltas disciplinarias pueden ser leves, graves y muy graves. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, son faltas disciplinarias muy graves: El incumplimiento del deber de respeto a la CE y a los respectivos Estatutos autonómicos, en el ejercicio de la función pública. Toda actuación que suponga discriminación o acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad, sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, así como acoso moral, sexual y por razón de sexo. El abandono del servicio, así como no hacerse cargo de las tareas o funciones encomendadas; y el notorio incumplimiento de las funciones esenciales inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas. La adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave a la Administración o a los ciudadanos. Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por razón de las faltas cometidas podrán imponerse las siguientes sanciones: Separación del servicio de los funcionarios, que en el caso de los interinos comportará la revocación de su nombramiento, y que solo podrá sancionar la comisión de faltas muy graves. Despido disciplinario del personal laboral, que solo podrá sancionar la comisión de faltas muy graves y comportará la inhabilitación para ser titular de un nuevo contrato de trabajo con funciones similares a las que desempeñaban. Suspensión firme de funciones, o de empleo y sueldo en el caso del personal laboral, con una duración máxima de 6 años. Traslado forzoso, con o sin cambio de localidad de residencia, por el periodo que en cada caso se establezca. Demérito, que consistirá en la penalización a efectos de carrera, promoción o movilidad voluntaria. Apercibimiento. Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las infracciones muy graves prescribirán a los 3 años, las graves a los 2 años, y las leves a los 6 meses. El plazo de prescripción comenzará a contarse desde que se hubieran cometido, o desde el cese de su comisión cuando se trate de faltas continuadas. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, solo mediante el procedimiento establecido podrá imponerse sanción por la comisión de faltas muy graves o graves. La imposición de sanciones por faltas leves se levará a cabo por procedimiento sumario con audiencia al interesado. V F.
Los empleados públicos se clasifican en funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral y personal eventual. V F.
Quienes se encuentren en situación de excedencia voluntaria por agrupación familiar no devengarán retribuciones, ni les será computable el tiempo que permanezcan en tal situación a efectos de ascensos, trienios y derechos en el régimen de Seguridad Social que les sea de aplicación. V F.
La condición de funcionario de carrera se adquiere por: superación del proceso selectivo, nombramiento por el órgano o autoridad competente, acto de acatamiento de la Constitución y toma de posesión dentro del plazo que se establezca. V F.
Los funcionarios de carrera podrán obtener la excedencia voluntaria por interés particular, cuando hayan prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas durante un periodo mínimo de 5 años inmediatamente anteriores. V F.
Quienes se encuentren en situación de excedencia para atender al cuidado de cada hijo: el tiempo de permanencia en esta situación será computable a efectos de trienios, carrera y derechos en el régimen de Seguridad Social que sea de aplicación. V F.
Los funcionarios de carrera que, en virtud de los procesos de transferencias o por los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, obtengan destino en una Administración Pública distinta: Serán declarados en la situación de servicio en otras Administraciones Públicas. Serán declarados en la situación de excedencia voluntaria por interés particular. Serán declarados en la situación de servicio activo. Serán declarados en la situación de servicios especiales.
Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de: Oposición, concurso-oposición o concurso de valoración de méritos. Oposición, concurso-oposición y el sistema de concurso que sólo podrá aplicarse en virtud de ley. Oposición y concurso-oposición. Oposición y concurso de valoración de méritos.
El nombramiento por el órgano o autoridad competente, de la condición de funcionario de carrera: Será publicado en el Boletín Oficial del Estado. No será objeto de publicación. Será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia. Será publicado en el Diario Oficial correspondiente.
El sistema de concurso en los sistemas selectivos de funcionarios de carrera sólo podrá aplicarse en virtud de ley con carácter excepcional. V F.
¿Cuál de los siguientes no está incluido en el ámbito del Estatuto Básico del Empleado Público? El personal de las Administraciones de las Entidades Locales. El personal de las Universidades Públicas. El personal de los Servicios de Salud. El personal de la Administración Militar.
El funcionario declarado en la situación de suspensión de funciones no podrá prestar servicios en ninguna Administración Pública ni en los Organismos públicos, Agencias, o Entidades de derecho público dependientes o vinculadas a ellas durante el tiempo de cumplimiento de la pena o sanción. V F.
Constitucionalmente, se garantiza el secreto de las comunicaciones: Salvo por consentimiento del titular Salvo por resolución judicial Salvo en el caso de flagrante delito Todas las respuestas anteriores son correctas.
Hasta el siglo XIX, en Europa occidental la enseñanza estuvo a cargo de la Iglesia; pero a raíz de la Revolución francesa y de la secularización, el Estado tuvo que asumir ese servicio, repartiendo la carga entre municipios y la Administración Central, y creando al efecto un departamento de instrucción pública. V F.
En 1977 se creó el Ministerio de Cultura, que pasó a ser responsable del patrimonio nacional y de desarrollo del cine, el teatro, la música y las otras artes que hasta ese momento recaían en el Ministerio de Información y Turismo. V F.
En 2004, el Ministerio de Cultura comenzó la modernización de la gestión del patrimonio cultural mediante el uso de nuevas tecnologías digitales. En 2007 se desarrolló el Portal de Archivos Españoles, una base de datos de documentos históricos. V F.
En 1977 se creó el Ministerio de Cultura. En 1996 se unificó con el de Educación. En 2004 se separó. En 2011 se integró con Educación y Deporte. Y desde 2018 se separó de nuevo de Educación y está integrado con Deporte. V F.
En España, tanto el Gobierno central como las CCAA y las administraciones locales tienen competencias culturales. El Ministerio de Cultura y Deporte se ocupa principalmente de la política cultural exterior y de las instituciones que tienen un estatuto nacional. V F.
En materia de cultura, el Estado debe facilitar la coordinación del trabajo de las CCAA y la comunicación entre ellas. La Subdirección General de Cooperación Cultural con las CCAA (dependiente de la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación) es responsable de esta cuestión. V F.
La Secretaría General de Cultura y Deporte es el órgano directivo al que corresponde, bajo la dependencia directa del Ministro de Cultura y Deporte, la superior dirección de las competencias atribuidas en materia de cultura y la coordinación de las políticas deportivas. V F.
La Subsecretaría de Cultura y Deporte tiene como funciones: La representación ordinaria del Ministerio, las relaciones administrativas con los organismos dependientes del Ministerio, así como las relaciones institucionales y administrativas con otros ministerios o administraciones públicas en el ámbito de sus propias competencias. El asesoramiento jurídico al Ministro y a los demás órganos del Ministerio, en particular en el ejercicio de su potestad normativa y en la producción de actos administrativos. La jefatura superior de todo el personal del Ministerio y, en su caso, de sus organismos públicos, gestionando sus presupuestos y sus recursos materiales y humanos. Dirección de los servicios comunes del Ministerio, servicios de seguridad, mantenimiento y régimen interior de los edificios, y formación del inventario de bienes muebles y equipamiento. Inspección general de los órganos, unidades y organismos dependientes o adscritos al Ministerio. Todas son correctas.
La Secretaría General Técnica del Ministerio de Cultura y Deporte, adscrita a la Subsecretaría de Cultura y Deporte, ejerce las siguientes funciones: La prestación de asistencia jurídica al Ministro y demás altos cargos, y las actuaciones relacionadas con la publicación en el BOE de actos y disposiciones del Ministerio. La propuesta del programa editorial del Ministerio y, en su caso, la edición y distribución o difusión de sus publicaciones. La dirección, organización y gestión de servicios de documentación, bibliotecas y Archivo Central del Departamento. El ejercicio de las funciones de la Unidad de Información de Transparencia del Ministerio, así como la planificación, impulso, coordinación y, en su caso, elaboración de las estadísticas en el ámbito competencial del Ministerio. La dirección y coordinación de los servicios de información administrativa y de relación con el ciudadano. Todas son correctas.
La Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, adscrita a la Secretaría General de Cultura y Deporte, tiene encomendadas las siguientes funciones: Promoción y difusión nacional e internacional de las letras españolas. Promoción de la lectura mediante campañas de fomento, y promoción del libro mediante ayudas a la edición y a la participación en ferias y exposiciones nacionales e internacionales. Propuesta de actuaciones en relación con la industria editorial. Ayuda a la creación literaria y a la traducción, mediante el establecimiento y la gestión de subvenciones y ayudas, becas y premios. Todas son correctas.
La Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, adscrita a la Secretaría General de Cultura y Deporte, tiene entre sus principales funciones el diseño de las políticas de promoción de las industrias culturales y de acción y promoción cultural, en dimensión nacional e internacional, así como la defensa y protección de la propiedad intelectual. V F.
Corresponde a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, adscrita a la Secretaría General de Cultura y Deporte, las siguientes funciones: La aplicación del régimen jurídico de la protección del Patrimonio Histórico, y de las medidas necesarias para su salvaguardia frente a la expoliación de bienes culturales. La promoción y gestión de proyectos de investigación arqueológica española. La formación de un fondo documental de los bienes del patrimonio histórico español, y la conservación preventiva y restauración de dicho patrimonio. La gestión y promoción de los museos, ya estén adscritos a esta DG o de gestión transferida a las CCAA. La promoción de la creación artística y de las exposiciones, y difusión de las bellas artes. La creación, dotación y fomento de archivos de titularidad estatal, y actuaciones en los archivos estatales gestionados por las CCAA. El fomento de la conservación del Patrimonio Documental y su promoción y difusión nacional e internacional, así como la gestión del Portal de Archivos Españoles (PARES). Todas son correctas.
Las grandes instituciones culturales en España se pueden dividir en 3 categorías: Instituciones nacionales clásicas, conectadas muy directamente con el Estado; la mayoría tiene sede en Madrid. Instituciones creadas por la sociedad civil, creadas por la burguesía especialmente en ciudades ricas e industriales. Instituciones nacidas en el periodo democrático, que responden a una vocación de descentralización de la cultura y han sido creadas especialmente en las dos últimas décadas, mayoritariamente fuera de la capital. Todas son correctas.
Se adscriben al Ministerio de Cultura y Deporte los siguientes organismos autónomos: La Biblioteca Nacional de España, el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, y el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. El Ministro ostenta su presidencia. Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, que se adscribe al Ministerio a través de la Secretaría, cuyo titular lo preside. El Museo Nacional del Prado y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, que se rigen por su legislación propia y son presididos por el Ministro. La Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, a través del Consejo Superior de Deportes. Todas son correctas.
Con la Ley 46/2003, reguladora del Museo Nacional del Prado, este pasó de ser un OA a convertirse en una Entidad de Derecho Público, lo que en la práctica supone una mayor autonomía de funcionamiento. Tiene los siguientes fines: Proteger y conservar los bienes del patrimonio histórico español adscritos al mismo, así como promover su enriquecimiento y mejora. Exhibir las colecciones en condiciones adecuadas para su contemplación y estudio. Fomentar el acceso a las mismas al público y facilitar su estudio a los investigadores. Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado, y establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas. Todas son correctas.
El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía es un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte, cuyo objetivos principales son: Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su contemplación y estudio y garantizar su protección, conservación y restauración. Desarrollar programas de exposiciones temporales de arte moderno y contemporáneo. Ambas son correctas.
La Biblioteca Nacional de España es la institución bibliotecaria superior del Estado, y cabeza del Sistema Bibliotecario Español. Fue fundada por Felipe V a finales de 1711 y abrió sus puertas en marzo de 1712 como Real Biblioteca Pública. Por un privilegio real, precedente del actual depósito legal, los impresores debían depositar un ejemplar de los libros impresos en España. En 1836 dejó de ser propiedad de la corona y pasó a depender del Ministerio de la Gobernación, y recibió el nombre de Biblioteca Nacional. V F.
La actividad de la Biblioteca Nacional de España se centra en: Reunir y conservar todas las publicaciones realizadas en España, en cualquier soporte, y que ingresan por el cumplimiento del depósito legal. Construir una base de datos en la que se incluyan las descripciones de los materiales que cada año se publican, así como las descripciones existentes en el sistema manual convertidas a soporte informático. Reproducción de los materiales en atención a los usuarios directos y remotos que lo soliciten. Exposiciones y reproducciones facsimilares de sus fondos. Esta labor se incrementa con el Museo. Todas son correctas.
El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte a través de su Secretaría General, que planifica las políticas de apoyo al sector cinematográfico y a la producción audiovisual (legislación, convenios, ayudas, premios, etc.). V F.
El Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Música (INAEM) es el organismo del Ministerio de Cultura y Deporte (adscrito a su Secretaría General) que se ocupa de articular y desarrollar los programas relacionados con el teatro, la danza, la música y el circo. V F.
Corresponde a Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, organismo autónomo adscrito a la Secretaría General de Cultura y Deporte, el seguimiento, impulso y ejecución de las inversiones en infraestructuras y equipamientos culturales y administrativos en los inmuebles cuya titularidad o gestión sea competencia del Ministerio de Cultura y Deporte, así como la gestión patrimonial de todos estos inmuebles. V F.
El Ministerio de Cultura y Deporte, en la actualidad desarrolla sus funciones a través de la Secretaría General de Cultura y Deporte y la Subsecretaría de Cultura y Deporte. V F.
Son archivos existentes en España el Archivo de la Corona de Aragón, el Archivo General de Simancas, el Archivo General de Indias y Archivo Histórico Nacional. V F.
La Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos es el órgano superior consultivo de la Administración General del Estado en la toma de decisiones sobre la conservación y utilización de sus documentos. V F.
Es importante sobre el patrimonio histórico español el artículo 46 CE, el cual dice: "Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio". V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, integran el PHE: Los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. El patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques que tengan valor artístico, histórico o antropológico. Los bienes que integren el Patrimonio Cultural Inmaterial. Todas son correctas.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, a la AGE compete la difusión internacional del conocimiento de los bienes del PHE, la recuperación de tales bienes cuando hubiesen sido ilícitamente exportados, y el intercambio de información cultural, técnica y científica con los demás Estados y con los Organismos Internacionales. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la comunicación y el intercambio de programas de actuación e información relativos al PHE serán facilitados por el Consejo del Patrimonio Histórico, constituido por un representante de cada CA, designado por su Consejo de Gobierno, y el Director General correspondiente de la AGE, que actuará como Presidente. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, se entiende por expoliación toda acción u omisión que ponga en peligro de pérdida o destrucción todos o alguno de los valores de los bienes que integran el PHE, o perturbe el cumplimiento de su función social. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, se entiende por exportación la salida del territorio español de cualquiera de los bienes que integran el PHE. Los propietarios o poseedores de tales bienes con más de 100 años de antigüedad y, en todo caso, de los inscritos en el Inventario General precisarán para su exportación autorización expresa y previa de la AGE en la forma y condiciones que se establezcan por vía reglamentaria. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, a efectos de esta ley se entenderá como organismos competentes para su ejecución: Los que en cada CA tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico. Los de la AGE, cuando así se indique de modo expreso o resulte necesaria su intervención para la defensa frente a la exportación ilícita y la expoliación. También respecto de los bienes integrantes del PHE adscritos a servicios públicos gestionados por la AGE o que formen parte del Patrimonio Nacional. Ambas son correctas.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, los Ayuntamientos cooperarán con los organismos competentes para la ejecución de esta ley en la conservación y custodia del PHE comprendido en su término municipal, adoptando las medidas oportunas para evitar su deterioro, pérdida o destrucción. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, gozarán de singular protección y tutela los bienes integrantes del PHE declarados de interés cultural por esta ley o mediante Real Decreto de forma individualizada. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, los propietarios y, en su caso, los titulares de derechos reales sobre Bienes de Interés Cultural, o quienes los posean por cualquier título, están obligados a permitir y facilitar su inspección por parte de los organismos competentes, su estudio a los investigadores, previa solicitud razonada de estos, y su vista pública, en las condiciones de gratuidad que se determinen reglamentariamente, al menos 4 días al mes, en días y horas previamente señalados. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, los bienes inmuebles del PHE pueden ser declarados monumentos, jardines, conjuntos y sitios históricos, así como zonas arqueológicas, todos ellos como Bienes de Interés Cultural. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la incoación de expediente de declaración de interés cultural respecto de un bien inmueble determinará la suspensión de las licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la AGE, en colaboración con las demás Administraciones competentes, confeccionará el Inventario General de aquellos bienes muebles del PHE no declarados de interés cultural que tengan singular relevancia. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, los bienes muebles del PHE podrán ser declarados de interés cultural. Tendrán tal consideración, en todo caso, los bienes muebles contenidos en un inmueble que haya sido objeto de dicha declaración y que esta los reconozca como parte esencial de su historia. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, pertenecen al Estado los bienes muebles integrantes del PHE que sean exportados sin autorización. Dichos bienes son inalienables e imprescriptibles. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, el Gobierno podrá concertar con otros Estados la permuta de bienes muebles de titularidad estatal pertenecientes al PHE por otros de al menos igual valor y significado histórico. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la Administración competente podrá ordenar la ejecución de excavaciones o prospecciones arqueológicas en cualquier terreno público o privado del territorio español, en el que se presuma la existencia de yacimientos o restos arqueológicos, paleontológicos o de componentes geológicos con ellos relacionados. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, son bienes de dominio público todos los objetos y restos materiales que posean los valores que son propios del PHE y sean descubiertos como consecuencia de excavaciones, remociones de tierra u obras de cualquier índole o por azar. V F.
A propósito del patrimonio etnográfico, según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, forman parte del PHE los bienes muebles e inmuebles y los conocimientos y actividades que son o han sido expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo español en sus aspectos materiales, sociales o espirituales. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, forma parte del PHE el Patrimonio Documental y Bibliográfico, constituido por cuantos bienes, reunidos o no en Archivos y Bibliotecas, se declaren integrantes del mismo. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, forma parte del PHE el Patrimonio Documental y Bibliográfico, constituido por cuantos bienes, reunidos o no en Archivos y Bibliotecas, se declaren integrantes del mismo. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la AGE, en colaboración con las demás Administraciones competentes, confeccionará el Censo de los bienes integrantes del Patrimonio Documental, y el Catálogo colectivo de los bienes integrantes del Patrimonio Bibliográfico. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, todos los poseedores de bienes del Patrimonio Documental y Bibliográfico están obligados a conservarlos, protegerlos, destinarlos a un uso que no impida su conservación y mantenerlos en lugares adecuados. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, son Archivos los conjuntos orgánicos de documentos, o la reunión de varios de ellos, reunidos por las personas jurídicas públicas o privadas (incluidas las instituciones culturales) en el ejercicio de sus actividades, al servicio de su utilización para la investigación, la cultura, la información y la gestión administrativa. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, son Bibliotecas las instituciones culturales donde se conservan, reúnen, seleccionan, inventarían, catalogan, clasifican y difunden conjuntos o colecciones de libros, manuscritos y otros materiales bibliográficos o reproducidos por cualquier medio para su lectura en sala pública mediante préstamo temporal, al servicio de la educación, la investigación, la cultura y la información. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, son Museos las instituciones de carácter permanente que adquieren, conservan, investigan, comunican y exhiben para fines de estudio, educación y contemplación conjuntos y colecciones de valor histórico, artístico, científico y técnico o de cualquier otra naturaleza cultural. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, quedarán sometidos al régimen que establece para los Bienes de Interés Cultural los inmuebles destinados a la instalación de Archivos, Bibliotecas y Museos de titularidad estatal, así como los bienes muebles integrantes del PHE en ellos custodiados. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, los Archivos, Bibliotecas y Museos de titularidad estatal y carácter nacional serán creados mediante Real Decreto. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, los Archivos, Bibliotecas y Museos de titularidad estatal podrán admitir en depósito bienes de propiedad privada o de otras administraciones públicas de acuerdo con las normas que por vía reglamentaria se establezcan. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, los Bienes de Interés Cultural, así como los integrantes del Patrimonio Documental y Bibliográfico custodiados en Archivos y Museos de titularidad estatal no podrán salir de los mismos sin previa autorización mediante Orden ministerial. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, los edificios en que estén instalados Archivos, Bibliotecas y Museos de titularidad pública, así como los edificios o terrenos en que vayan a instalarse, podrán ser declarados de utilidad pública a los fines de su expropiación. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, constituyen los Sistemas Españoles de Archivos, de Bibliotecas y de Museos, respectivamente, los Archivos, Bibliotecas y Museos, así como los servicios de carácter técnico o docente directamente relacionados con los mismos, que se incorporen en virtud de lo que se disponga reglamentariamente. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la exportación de un bien mueble integrante del PHE que se realice sin autorización constituirá delito o infracción de contrabando. Serán responsables solidarios cuantas personas hayan intervenido en la exportación del bien y aquellas que por su actuación u omisión, dolosa o negligente, la hubieren facilitado o hecho posible. V F.
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, constituyen infracciones administrativas (salvo que sean constitutivos de delito) la exclusión o eliminación de bienes del Patrimonio Documental y Bibliográfico que contravenga lo dispuesto. V F.
La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español está desarrollada por el RD 111/1986, que a su vez está modificado en parte por el RD 64/1994. V F.
Según el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985 sobre PHE, a cada CA corresponde la incoación de expediente, de oficio o a instancias de cualquier persona, de la declaración de interés cultural de aquellos bienes de titularidad pública o privada que se encuentren en su ámbito territorial, y al Ministerio de Cultura y Deporte hacerlo sobre los bienes adscritos a servicios públicos gestionados por la AGE. V F.
Según el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985 sobre PHE, el Ministerio de Cultura y Deporte, en colaboración con los órganos de las CCAA encargados de la protección del PHE, confeccionará el Inventario General de Bienes Muebles. V F.
Según la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, tendrán la consideración de bienes del patrimonio cultural inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. V F.
Según la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, corresponde a la AGE adoptar las medidas para la defensa frente a la exportación y la expoliación de los bienes materiales asociados al PCI. V F.
Según la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte, en colaboración con las CCAA, las siguientes funciones: Propuesta, elaboración, seguimiento y revisión del Plan Nacional de Salvaguardia del PCI. Gestión del Inventario General de PCI. Salvaguardia del PCI mediante la Declaración de Manifestación Representativa del PCI. Todas son correctas.
Según la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, por RD podrá otorgarse una singular protección a ciertos bienes culturales inmateriales, mediante su declaración como Manifestación Representativa del PCI. V F.
Según la Ley 1/2017, de 18 de abril, sobre restitución de bienes culturales que hayan salido de forma ilegal del territorio español o de otro Estado miembro de la UE, la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes será considerada autoridad central del Estado en esta materia. V F.
El Convenio para la Protección de los Bienes Culturales en caso de conflicto armado se firmó en La Haya en 1954. V F.
Serán de libre consulta los documentos del Patrimonio Documental, cuando puedan afectar a la seguridad, honor o intimidad de las personas, si hay consentimiento expreso de los afectados, si han transcurrido 25 años desde su fallecimiento o si han pasado 50 años desde la fecha del documento. V F.
En el presupuesto de cada obra pública financiada por el Estado para trabajos de conservación o enriquecimiento del PHE o de fomento de la creatividad artística, se incluirá una partida equivalente al menos al 1% de los fondos que sean de aportación estatal. V F.
La primera manifestación de las preocupaciones que originaba la necesidad de una planificación adecuada de las bibliotecas aparece en el siglo XVIII con Fray Martín Sarmiento, quien en su obra Reflexiones para una Biblioteca Real y para otras bibliotecas, expresa la idea de la necesidad de que existan bibliotecas por todo el país, aunque tuteladas por la Iglesia. V F.
El marco legal actual sobre bibliotecas comienza con la CE 1978, que supone una modificación en la organización bibliotecaria, empezando a diferenciar entre una organización estatal y otra autonómica, y cuyo punto de partida son los artículos 148 y 149 CE. V F.
Según el RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, son bibliotecas públicas del Estado aquellas adscritas al Ministerio de Cultura a través de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, destinadas tanto a la difusión y fomento de la lectura en salas públicas o mediante préstamos temporales, como a la conservación de las colecciones bibliográficas de singular relevancia que forman parte del PHE. Son funciones de las BPE: Reunir, organizar y ofrecer al público una colección equilibrada de materiales bibliográficos, gráficos y audiovisuales que permitan a todos los ciudadanos mantener al día una información general y mejorar su formación cultural. Promover y estimular el uso de sus fondos por parte de los ciudadanos, mediante los servicios necesarios y las actividades culturales complementarias. Conservar y enriquecer el patrimonio bibliográfico cuya custodia les está encomendada. Ser depositarias de al menos un ejemplar de las obras procedentes del Depósito Legal de la respectiva provincia, en el caso de las BPE que radican en capital de provincia. Cooperar con las demás BPE y con las de su CA, mediante el intercambio de información, la coordinación de adquisiciones y el préstamo interbibliotecario. Todas son correctas.
Según el RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, el fondo de las BPE se constituye con las colecciones y obras de titularidad estatal o de la Administración gestora de la Biblioteca en la que aquellas se conservan. V F.
Según el RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, las BPE deberán llevar 2 registros: Un registro para los fondos pertenecientes a la AGE y para los depositados, en su caso, por la Administración gestora de la Biblioteca. Otro registro para los fondos depositados por terceros. Ambas son correctas.
Según el RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, las BPE deberán realizar periódicamente un recuento de sus fondos, que será total al menos una vez cada 5 años. V F.
Según el RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, las BPE deben elaborar, para cada uno de los distintos tipos de materiales, al menos, los siguientes catálogos de consulta pública: Catálogo alfabético de autores Catálogo alfabético de materias Catálogo alfabético de títulos Catálogo sistemático Todas son correctas.
Según el RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, las estructuras orgánicas de la Dirección y de las áreas básicas de las BPE responderán a las características y a las condiciones específicas de cada una de ellas y serán determinadas por la Administración gestora. V F.
Según el RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, son funciones de la Dirección de una BPE: Organizar y gestionar la prestación de los servicios. Dirigir y coordinar el tratamiento administrativo y técnico de los fondos. Adaptar o proponer las medidas necesarias para la seguridad del Patrimonio Bibliográfico custodiado. Promover la cooperación técnica con otras bibliotecas y demás entidades culturales afines. Elaborar y proponer al Ministerio de Cultura o al órgano competente de la CA, cuando esta gestione la biblioteca, el plan anual de actividades relativas a las áreas básicas. Todas son correctas.
Según el RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, las funciones y servicios fundamentales de las mismas se integran en las siguientes áreas básicas de trabajo dependientes de la Dirección de la biblioteca: Proceso técnico: selección y adquisición de fondos, así como registro, catalogación y clasificación de los mismos. Referencia: ordenación de fondos, préstamo, información bibliográfica y servicio a los usuarios, y cuantas tareas contribuyan a la mejor explotación y difusión de los fondos. Administración: gestión administrativa y régimen interno. Todas son correctas.
Según el RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, el acceso a las BPE será libre y gratuito. Para acceder al servicio de préstamo facilitarán la tarjeta de usuario. V F.
Según el RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, las BPE deben prestar, al menos, los siguientes servicios: Lectura en sala, incluyendo sección infantil y sala de publicaciones periódicas. Préstamo individual, colectivo e interbibliotecario. Información bibliográfica. Todas son correctas.
Según el RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, la Administración gestora de las BPE establecerá las condiciones para autorizar la reproducción de los fondos por cualquier procedimiento, basándose en los principios de facilitar la investigación y la difusión cultural, salvaguardar los derechos de propiedad intelectual, preservar la debida conservación de la obra y no interferir en la actividad normal de la biblioteca. V F.
Según el RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas, integran el Sistema Español de Bibliotecas (SEB): La Biblioteca Nacional, que se configura como cabecera del Sistema, así como las BPE. Las bibliotecas dependientes de los Ministerios y Organismos autónomos de la AGE, excluidas las escolares. Las bibliotecas de las universidades públicas y de las Reales Academias. Las Redes o Sistemas de Bibliotecas de instituciones públicas o privadas, o las bibliotecas de excepcional interés que se incorporen mediante convenio con el Ministerio de Cultura. Todas son correctas.
La Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas tiene por objeto definir el marco jurídico del libro, desde su creación hasta su comercialización, difusión y conservación como parte del patrimonio bibliográfico español; de las publicaciones seriadas, del fomento de la lectura, de las bibliotecas y, en especial, de la cooperación bibliotecaria. V F.
Según la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, se entiende por libro la obra de cualquier índole que constituye una publicación unitaria en uno o varios volúmenes y que puede aparecer impresa o en cualquier otro soporte susceptible de lectura. V F.
Según la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, selecciona la definición correcta: Publicación seriada: toda obra de cualquier índole que aparece o se comunica de forma continuada, editada en una sucesión de fascículos o partes separadas, que lleva normalmente una numeración y que no tiene una duración determinada. Editor: persona natural o jurídica que, por cuenta propia, elige o concibe obras de cualquier temática y realiza o encarga los procesos industriales para su transformación en libro, cualquiera que sea su soporte, con la finalidad de su publicación y difusión o comunicación. Distribuidor: persona natural o jurídica que realiza servicios comerciales y que sirve de enlace entre editores y libreros, para situar y reponer libros en su punto de venta y facilitar su difusión. Librero: persona natural o jurídica que se dedica, exclusiva o principalmente, a la venta de libros al cliente final desde establecimientos mercantiles de libre acceso al público o por cualquier procedimiento de venta a distancia. Consumidor final: persona natural o jurídica que, sin asumir obligaciones subsiguientes de compra o determinados pagos de cuota, adquiere los libros para su propio uso o los transmite a persona distinta sin que medie operación comercial o a título oneroso. Todas son correctas.
Según la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, el Gobierno aprobará y desarrollará planes de fomento de la lectura, que serán elaborados, evaluados y actualizados periódicamente por el Ministerio de Cultura, y que irán acompañados de dotación presupuestaria adecuada. V F.
Según la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, el Ministerio de Cultura, con la participación de las CCAA, desarrollará campañas de promoción de los autores que se expresen en castellano o en las lenguas oficiales de las CCAA. V F.
Según la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, la AGE establecerá programas de apoyo a la industria y al comercio del libro y colaborará con las asociaciones de profesionales del sector del libro español en las actividades relacionadas con el fomento del hábito lector y de la difusión del libro. V F.
Según la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, el International Standard Book Number (número ISBN) es el número creado internacionalmente para dotar a cada libro de un código numérico que lo identifique para facilitar su circulación en el mercado. V F.
Según la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, toda persona que edita, importa o reimporta libros está obligada a establecer un precio fijo de venta al público o de transacción al consumidor final de los libros que se editen, importen o reimporten, con independencia del lugar o del procedimiento de venta. El editor o importador quedará obligado a indicar en los libros por él editados o importados el precio fijo. V F.
Según la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, las Administraciones garantizarán el acceso de los ciudadanos a las bibliotecas con la finalidad de promover la difusión del pensamiento y la cultura, y estas contribuirán a la promoción de las tecnologías de la información y las comunicaciones, procurarán de forma activa su mejor conocimiento y manejo y fomentarán su uso. Los principios y valores de las bibliotecas son: Libertad intelectual, acceso a la información y respeto a la propiedad intelectual. Igualdad para que todos los usuarios accedan a los materiales, instalaciones y servicios sin discriminación por cualquier circunstancia personal o social. Pluralidad, en virtud de la cual se deberá adquirir, preservar y hacer accesible la mayor variedad posible de documentos que reflejen la diversidad de la sociedad y su riqueza lingüística e iconográfica. Respeto del derecho de cada usuario a la privacidad y la confidencialidad de la información que busca o recibe, así como de los recursos que consulta, toma en préstamo, adquiere o transmite, protegiendo sus datos personales. Todas son correctas.
Según la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, el Sistema Español de Bibliotecas (SEB) comprende los órganos, centros y medios que, mediante relaciones de cooperación y coordinación, actúan conjuntamente con la finalidad de desarrollar los servicios bibliotecarios. Forman parte del mismo: El Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el resto de las bibliotecas de titularidad estatal. El Consejo de Cooperación Bibliotecaria. Los sistemas bibliotecarios autonómicos, provinciales y locales, y de todo tipo de entidades privadas en función de las relaciones de cooperación basadas en el principio de voluntariedad. Todas son correctas.
Según la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, la cooperación bibliotecaria comprende los vínculos que, con carácter voluntario, se establecen entre las bibliotecas y sistemas bibliotecarios dependientes de las diferentes administraciones públicas y de todo tipo de entidades privadas para intercambiar información, ideas, servicios, conocimientos especializados y medios con la finalidad de optimizar los recursos y desarrollar los servicios bibliotecarios. V F.
Según la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, la potestad sancionadora regulada en esta ley se ejercerá, en lo no previsto en ella, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo Común. Su ejercicio corresponderá a los órganos competentes de las CCAA. V F.
Siguiendo la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, actualmente está en vigor el III Plan Estratégico 2019-2023 impulsado por el Consejo de Cooperación Bibliotecaria, cuyas líneas estratégicas y objetivos generales son la promoción y fomento de las bibliotecas en la sociedad, la sostenibilidad de los servicios bibliotecarios en el nuevo entorno informacional y social y la evolución del funcionamiento del Consejo. V F.
Según el RD 2063/2008, de 12 de diciembre, de desarrollo (en lo relativo al ISBN) de la Ley 10/2007 de la lectura, del libro y de las bibliotecas, corresponde al Ministerio de Cultura la gestión del ISBN (International Standard Book Number), sin perjuicio de las competencias autonómicas. Son funciones de gestión del ISBN, entre otras: La administración del cupo de prefijos ISBN otorgado por la Agencia Internacional del ISBN. La asignación de un ISBN o un prefijo editorial del ISBN al registrador de la publicación monográfica correspondiente o a la editorial, así como la preasignación de un ISBN de prefijo editorial colectivo al autor-editor o editor no profesional. El mantenimiento de las bases de datos del ISBN. Todas son correctas.
Según el RD 2063/2008, de 12 de diciembre, de desarrollo (en lo relativo al ISBN) de la Ley 10/2007 de la lectura, del libro y de las bibliotecas, el código ISBN tiene la estructura que marquen las orientaciones y recomendaciones aprobadas internacionalmente, y debe aparecer siempre de modo visible e inequívocamente reconocible. V F.
Según el RD 2063/2008, de 12 de diciembre, de desarrollo (en lo relativo al ISBN) de la Ley 10/2007 de la lectura, del libro y de las bibliotecas, la asignación del ISBN tiene valor identificativo a los solos efectos de difusión y comercialización, sin que dicha asignación comporte elemento alguno de valoración de la obra registrada, ni acredite la publicación efectiva de la misma. V F.
Según el RD 2063/2008, de 12 de diciembre, de desarrollo (en lo relativo al ISBN) de la Ley 10/2007 de la lectura, del libro y de las bibliotecas, son publicaciones que sí deben utilizar código ISBN: Obras monográficas impresas, copias digitales de ellas o publicaciones electrónicas; publicaciones en Braille o equivalentes y publicaciones que la editorial no tenga previsto actualizar regularmente ni continuar indefinidamente. Separatas de artículos o números monográficos de una publicación seriada concreta. Películas, vídeos y transparencias educativos o didácticos siempre que sean recursos didácticos de materias que se impartan en la enseñanza reglada, y se indicará la materia y el curso al que va dirigida la publicación. Audiolibros, publicaciones multimedia cuyo componente principal sea el texto y publicaciones en microformas. Mapas; y programas informáticos educativos o didácticos diseñados con propósitos educativos o de capacitación como tutoriales para el aprendizaje. Todas son correctas.
Según el RD 2063/2008, de 12 de diciembre, de desarrollo (en lo relativo al ISBN) de la Ley 10/2007 de la lectura, del libro y de las bibliotecas, NO deben utilizar el código ISBN: Publicaciones seriadas, recursos continuados, y material impreso o en otros soportes de carácter temporal, como catálogos, folletos, programas, listas y todo material publicitario o propagandístico. Partituras (su código de identificación comercial es el ISMN). Grabaciones de sonidos musicales (su código es el ISRC). Programas informáticos que no tengan fines educativos ni didácticos. Libros, folletos y cuadernos con las hojas en blanco. Libros de colorear y de pegatinas. Materiales docentes de uso interno en centros de enseñanza. Pasatiempos. Directorios telefónicos. Manuales de usuario de materiales no librarios y publicaciones que acompañan a periódicos y revistas. Memorias, estatutos y materiales de régimen interno de empresas, instituciones o asociaciones. Publicaciones gratuitas. Publicaciones de disponibilidad limitada y recursos actualizables como las que se imprimen bajo demanda con un contenido adaptado a las peticiones del usuario. Productos audiovisuales (su código de identificación es el ISAN). Todas son correctas.
Según la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España, la BNE es un organismo autónomo y forma parte del SEB (Sistema Español de Bibliotecas). Es el centro depositario del patrimonio bibliográfico y documental español que se produce en cualquier tipo de soporte o medio. Tiene como misión reunir, catalogar, conservar, incrementar, gestionar, difundir y transmitir el patrimonio bibliográfico y documental español y sobre España publicado en el extranjero. V F.
Según la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España, son fines esenciales de la BNE (1) reunir, describir, proteger, enriquecer, conservar y transmitir el patrimonio bibliográfico y documental, tanto el producido en España como el generado sobre sus culturas; (2) garantizar el acceso y la difusión de sus colecciones; (3) y promover y desarrollar políticas bibliotecarias. Para conseguir el primer fin desarrolla las siguientes funciones: Actuar como centro depositario y de conservación de la producción cultural española en cualquier soporte, incluidas las publicaciones electrónicas y sitios web, en los términos establecidos por la legislación sobre el depósito legal y ejercer el papel de coordinación, asesoramiento y seguimiento de depósito legal. Catalogar y describir las colecciones físicas y digitales; y elaborar la bibliografía del Estado español de manera que sirva como instrumento de referencia actualizada para el control bibliográfico de la producción editorial y la creación de catálogos de sus bibliotecas. Incrementar sus colecciones, y garantizar su preservación y conservación a través de los planes de prevención necesarios y las medidas de seguridad oportunas. Todas son correctas.
Según la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España, son fines esenciales de la BNE (1) reunir, describir, proteger, enriquecer, conservar y transmitir el patrimonio bibliográfico y documental, tanto el producido en España como el generado sobre sus culturas; (2) garantizar el acceso y la difusión de sus colecciones; (3) y promover y desarrollar políticas bibliotecarias. Para conseguir el segundo fin desarrolla las siguientes funciones: Fomentar la investigación científica y el conocimiento sobre las diferentes culturas de España, proporcionando servicios de calidad a los investigadores e impulsando y apoyando programas de investigación sobre sus colecciones. Desarrollar una política de digitalización de sus colecciones y favorecer la creación de la biblioteca digital del patrimonio bibliográfico y documental español. Desarrollar una programación de exposiciones y actividades culturales. Todas son correctas.
Según la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España, son fines esenciales de la BNE (1) reunir, describir, proteger, enriquecer, conservar y transmitir el patrimonio bibliográfico y documental, tanto el producido en España como el generado sobre sus culturas; (2) garantizar el acceso y la difusión de sus colecciones; (3) y promover y desarrollar políticas bibliotecarias. Para conseguir el tercer fin desarrolla las siguientes funciones: Ejercer de centro de referencia en el ámbito de la normativa técnica bibliotecaria, mediante su elaboración y actualización. Participar activamente en foros, federaciones, fundaciones, colegios, asociaciones y otras organizaciones profesionales, así como en programas y proyectos, tanto de ámbito nacional como internacional. Fomentar y colaborar en programas de formación vinculados con la profesión bibliotecaria y con las ciencias de la documentación. Impulsar y colaborar en la creación de catálogos bibliográficos y bases de datos colectivas, así como en la unificación de bibliotecas y repositorios digitales. Todas son correctas.
Según la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España, los órganos de la BNE son: Órganos rectores: Presidencia, Real Patronato, y Dirección. Órganos consultivos: Consejo de Dirección, y Comité Científico. Ambas son correctas.
Según la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España, las Presidencia de la Biblioteca Nacional de España corresponde al titular del Ministerio de Cultura y Deporte, y le corresponde: La alta dirección y el control de eficacia de la gestión. La aprobación del plan estratégico plurianual, del plan anual de objetivos, de la Memoria anual de actividades y del anteproyecto de presupuestos del organismo. Elevar al Consejo de Ministros propuesta de nombramiento de la persona que ocupe la Dirección de la BNE, previa consulta al Real Patronato. Todas son correctas.
Según la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España, el Real Patronato es el órgano rector colegiado de la BNE. La Presidencia de honor corresponde a SS.MM. los Reyes de España. V F.
Según la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España, la persona que ocupe la Dirección de la BNE tendrá categoría de director general y será nombrada y separada por RD acordado en Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Cultura, atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia, y a los principios de mérito, capacidad e idoneidad. V F.
Según la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España, el Comité Científico de la BNE asesora en la participación de programas y proyectos de investigación nacionales e internacionales que estudien las colecciones de la BNE, así como en aquellos de desarrollo e innovación tecnológica. V F.
Según la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España, el personal al servicio de la BNE tendrá la consideración de empleados públicos con sujeción al Estatuto Básico del Empleado Público. V F.
Según el RD 624/2014, de 18 de julio, por el que se desarrolla el derecho de remuneración a los autores por los préstamos de sus obras realizados en determinados establecimientos accesibles al público, la obligación de remuneración se aplica a los préstamos de obras protegidas por derechos de autor realizados en museos, archivos, bibliotecas, hemerotecas, fonotecas o filmotecas de titularidad pública o que pertenezcan a entidades de interés general de carácter cultural, científico o educativo sin ánimo de lucro, o a instituciones docentes integradas en el sistema educativo español. V F.
Las competencias del Estado en materia de bibliotecas se basan en la acción legislativa general, sin interferencia con las CCAA; la legislación y gestión de las bibliotecas de titularidad estatal y de materias de interés general sobre patrimonio y bibliotecas; y ayuda a las CCAA más deprimidas y asistencia técnica a quienes la soliciten. V F.
La BNE fue creada como Biblioteca Real en el siglo XVIII por Felipe V. Sus fondos superan los 5 millones de volúmenes. Se trata de un organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte a través de la Subsecretaría de Cultura y Deporte, y su objetivo esencial es la preservación y comunicación del Patrimonio Bibliográfico y Documental de España. V F.
Los orígenes de las Bibliotecas Públicas del Estado se remontan al primer tercio del siglo XIX, y en la actualidad forman una Red de 53 Bibliotecas Públicas del Estado, ubicadas una en cada capital de provincia (a excepción de Barcelona, Bilbao, Pamplona y San Sebastián) y en otras importantes ciudades españolas (Gijón, Mahón, Mérida, Orihuela y Santiago de Compostela). V F.
La situación ordinaria de las Bibliotecas Públicas Provinciales consiste en ser de titularidad estatal y estar gestionadas por las CCAA en virtud de convenios. V F.
Hay 3 tipos básicos de bibliotecas: Públicas: financiadas por la administración y abiertas a todo tipo de usuarios. De uso público: financiadas por entes privados y abiertas a todo tipo de usuarios. Privadas: financiadas por entes privados y de acceso restringido. Todas son correctas.
El Sistema Español de Bibliotecas (SEB) está constituido por las bibliotecas, así como por los servicios de carácter técnico o docente directamente relacionados. V F.
Los fondos que reciban las Bibliotecas Públicas de titularidad estatal en virtud del préstamo interbibliotecario o para celebración de exposiciones temporales y actividades análogas no se incluirán en ningún registro. V F.
No forman parte del SEB (Sistema Español de Bibliotecas): El Ministerio de Cultura y Deporte, la Biblioteca Nacional y el resto de las bibliotecas de titularidad estatal. El Consejo de Cooperación Bibliotecaria. Los sistemas bibliotecarios autonómicos, provinciales y locales, y de todo tipo de entidades privadas en función de las relaciones de cooperación basadas en el principio de voluntariedad. La Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, este es la institución jurídica que permite a la AGE y a las CCAA recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo reproducidas en cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución o comunicación pública, sea esta gratuita u onerosa, con la finalidad de cumplir con el deber de preservar el patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital de las culturas de España en cada momento histórico, y permitir el acceso al mismo con fines culturales, de investigación o información, y de reedición de obras. V F.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, se entiende por: Documento: toda información o contenidos, cualquiera que sea su soporte o formato, naturaleza o forma de expresión. Documento electrónico: información o contenido de cualquier naturaleza en soporte electrónico, archivado con un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento diferenciado. Ambas son correctas.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, el depósito legal comprenderá los siguientes tipos de publicaciones y recursos, o la combinación de varios de ellos formando una unidad: Libros y folletos en papel, cualquiera que sea su forma de impresión y estén o no destinados a la venta. Hojas impresas con fines de difusión que no constituyan propaganda esencialmente comercial. Recursos continuados tales como publicaciones seriadas, revistas, anuarios, memorias, diarios. Publicaciones de impresión bajo demanda, partituras, láminas, cromos, naipes, marcapáginas, postales y tarjetas de felicitación. Catálogos comerciales de librerías, editoriales y subastas. Carteles anunciadores y publicitarios, así como la propaganda electoral. Mapas, planos, atlas, cartas marinas, aeronáuticas y celestes. Libros de texto de infantil, primaria, ESO, Bachillerato y FP. Todas son correctas.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, NO serán objeto de depósito legal las siguientes publicaciones en soporte tangible: Documentos de las Administraciones de carácter interno o que resulten susceptibles de integración en expedientes administrativos. Publicaciones destinadas a concursos de promoción o traslado de los cuerpos o escalas de las distintas administraciones. Documentos de instituciones y organizaciones, incluidas las empresariales, que versen únicamente sobre asuntos internos y estén dirigidas al personal de las mismas. Sellos de correo, impresos de carácter social, carnés de identidad, títulos o diplomas, esquelas de defunción; impresos de oficinas, formularios (incluidos los oficiales). Dosieres de prensa; publicaciones comerciales publicitarias; catálogos comerciales, con excepción de los catálogos de editoriales, librerías y subastas. Calendarios y agendas; objetos tridimensionales; manuales de instrucciones de objetos, electrodomésticos, maquinaria o análogos. Todas son correctas.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, están obligados a constituir el depósito legal los editores que tengan su domicilio, residencia o establecimiento permanente en territorio español, cualquiera que sea el lugar de impresión. V F.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, están obligados a solicitar el número de depósito legal los editores de una obra publicada en formato tangible, o el productor, en el caso de las obras sonoras, visuales, audiovisuales y películas cinematográficas. En el primer caso, si el editor obligado no lo hubiera solicitado, deberá hacerlo el productor, impresor, estampador o grabador, en ese orden. V F.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal: Son centros depositarios las oficinas de depósito legal que determinen las CCAA. Son centros de conservación la BNE, la Filmoteca Española y los que determinen las CCAA. Ambas son correctas.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, corresponde a la BNE la elaboración de la Bibliografía española, así como facilitar la información necesaria para elaborar la estadística de las publicaciones objeto de depósito legal. Ejercerá un papel de coordinación y asesoramiento entre los centros conservadores, así como de seguimiento del cumplimiento de la normativa sobre el depósito legal. Es centro de conservación de al menos: 2 ejemplares de las primeras ediciones, reediciones de libros, folletos y recursos multimedia en los que al menos uno de los soportes sea en papel. En el caso de los libros, el editor depositará igualmente el archivo digital previo a la impresión en el formato utilizado por el editor. 1 de cada una de las encuadernaciones. 2 de partituras, mapas, planos, atlas o similares. 1 de prensa y revistas, memorias y anuarios, y otro en archivo digital que contenga la versión previa a la impresión (en caso de no aportarse este, se deberán remitir 2 en papel). 1 de los libros de texto de infantil, primaria, ESO, Bachillerato y FP. 1 de grabaciones sonoras, de documentos audiovisuales, publicaciones electrónicas, videojuegos, estampas de paisajes y ciudades, carteles y marcapáginas. Todas son correctas.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, la Filmoteca Española es el centro de conservación de los materiales cinematográficos necesarios para el cumplimiento de los fines de preservación a largo plazo y su difusión, como parte integrante del patrimonio cinematográfico y audiovisual. Esta y las Filmotecas de las CCAA recibirán al menos: En películas cinematográficas rodadas en fotoquímico, los materiales de preservación y una copia nueva, con sonido. En películas cinematográficas rodadas en digital, destinadas a salas de cine, 2 copias. En otras películas y series de TV, 1 copia. Todas son correctas.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, los obligados al depósito legal de las publicaciones en soporte tangible deberán proceder a la constitución del mismo ante la oficina de depósito legal que determine la CA en la que tenga su sede social el editor a través del sistema que establece esta ley, y siempre antes de su distribución o venta. En caso de incumplimiento, la obra no podrá ser distribuida. V F.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, toda publicación electrónica en soporte tangible será depositada de modo que no sea necesaria la introducción de clave alguna para su lectura y con todos los manuales, así como el software que acompañe a la misma, a los solos efectos de investigación y conservación. V F.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, la persona obligada a realizar el depósito legal de una obra publicada en un soporte tangible solicitará el número de depósito legal antes de que finalice la producción o impresión del documento. V F.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, la potestad sancionadora corresponderá a los órganos competentes de las CCAA. Serán responsables de infracciones administrativas las personas que incurran en los supuestos tipificados por acción u omisión. V F.
Según el Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea, estas forman parte del patrimonio documental y bibliográfico. V F.
Según el Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea, los gestores del depósito legal de las publicaciones en línea son los centros de conservación, es decir, la BNE y los que determinen las CCAA. V F.
Según el Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea, no se asignará un número de depósito legal a las publicaciones en línea. V F.
El depósito legal es el procedimiento normal para el ingreso de fondos en las Bibliotecas Nacionales. El depósito legal es la base de su colección, después difundida por medio de las bibliografías nacionales. V F.
Cuando una obra se reproduce en diferentes soportes, cada uno levará un número de depósito legal. V F.
La responsabilidad del depósito legal recae en: El editor, o el productor cuando se trate de publicaciones sonoras, visuales, audiovisuales o digitales. El editor o el productor cuando se trate de publicaciones electrónicas. Ambas son correctas.
Según la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal, los editores y en su defecto o en su caso el productor, impresor, estampador o grabador que produjeran materiales en cualquier lengua oficial distinta a la española, e incluso cuando su producción se llevara a cabo en un territorio del Estado donde la única lengua oficial fuera el español, deberán librar también un ejemplar a la biblioteca pública o centro que determinen las CCAA con lengua cooficial. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, la propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación. La propiedad intelectual está integrada por derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de la obra. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, los derechos de autor son independientes, compatibles y acumulables con: La propiedad y otros derechos que tengan por objeto la cosa material a la que está incorporada la creación intelectual. Los derechos de propiedad industrial que puedan existir sobre la obra. Los otros derechos de propiedad intelectual reconocidos en esta Ley. Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, se considera autor a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica. No obstante, de la protección que esta Ley concede al autor se podrán beneficiar personas jurídicas en los casos expresamente previstos. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro, comprendiéndose entre ellas: Libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos y alocuciones, conferencias, informes forenses, explicaciones de cátedra y cualesquiera obras de la misma naturaleza. Composiciones musicales, con o sin letra; obras dramáticas y dramático-musicales, coreografía, pantomimas y obras teatrales en general; obras cinematográficas y cualesquiera otras obras audiovisuales. Esculturas y obras de pintura, dibujo, grabado, litografía, historietas gráficas, tebeos o cómics, así como sus ensayos o bocetos y las demás obras plásticas, sean o no aplicadas. Proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería; gráficos, mapas y diseños topográficos, geográficos y relativos en general a la ciencia. Las obras fotográficas y las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; los programas de ordenador. Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, también son objeto de propiedad intelectual las colecciones de obras ajenas, de datos o de otros elementos independientes como las antologías y las bases de datos que por la selección o disposición de sus contenidos constituyan creaciones intelectuales, sin perjuicio de los derechos que pudieran subsistir sobre dichos contenidos. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, corresponden al autor los siguientes derechos irrenunciables e inalienables: 1) Decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma; 2) determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o signo, o anónimamente; 3) exigir el reconocimiento de su condición de autor. 4) Exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación; 5) modificar la obra respetando los derechos adquiridos por terceros y las exigencias de protección de bienes de interés cultural. 6) Retirar la obra del comercio por cambio de sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización de daños y perjuicios a los titulares de derechos de explotación. Todas son correctas.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, los derechos de explotación de la obra durarán toda la vida del autor y setenta años después de su muerte o declaración de fallecimiento. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, no será necesaria autorización del autor cuando una obra se reproduzca, distribuya o comunique públicamente con fines de seguridad pública o para el correcto desarrollo de procedimientos administrativos, judiciales o parlamentarios. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, los titulares de los derechos de autor no podrán oponerse a las reproducciones de las obras cuando aquellas se realicen sin finalidad lucrativa por los museos, bibliotecas, fonotecas, filmotecas, hemerotecas o archivos públicos o integrados en instituciones de carácter cultural o científico, y la reproducción se realice exclusivamente para fines de investigación o conservación. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, se considera obra huérfana a aquella cuyos titulares de derechos no están identificados o, de estarlo, no están localizados a pesar de haberse efectuado una previa búsqueda diligente de los mismos. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, la ejecución de obras musicales en el curso de actos oficiales del Estado, de las Administraciones públicas y ceremonias religiosas no requerirá autorización de los titulares de los derechos, siempre que el público pueda asistir a ellas gratuitamente y los artistas que en las mismas intervengan no perciban remuneración específica por su interpretación o ejecución en dichos actos. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, la extinción de los derechos de explotación de las obras determinará su paso al dominio público. Las obras de dominio público podrán ser utilizadas por cualquiera, siempre que se respete la autoría y la integridad de la obra. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, los derechos de explotación de la obra se transmiten mortis causa por cualquiera de los medios admitidos en derecho. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, la cesión otorgada por el autor a título oneroso le confiere una participación proporcional en los ingresos de la explotación, en la cuantía convenida con el concesionario. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, si en la cesión de derechos de explotación se produjese una manifiesta desproporción entre la remuneración inicialmente pactada por el autor en comparación con la totalidad de los ingresos subsiguientes derivados de la explotación de las obras obtenidos por el cesionario o su derechohabiente, aquel podrá pedir la revisión del contrato y, en defecto de acuerdo, acudir al juez para que fije una remuneración adecuada y equitativa. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, la cesión en exclusiva deberá otorgarse expresamente con este carácter y atribuirá al cesionario la facultad de explotar la obra con exclusión de otra persona, comprendido el propio cedente, y, salvo pacto en contrario, de otorgar autorizaciones no exclusivas a terceros. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, los derechos de explotación de las obras protegidas en esta ley podrán ser objeto de hipoteca. Los derechos de explotación correspondientes al autor no son embargables, pero sí lo son sus frutos o productos, que se considerarán como salarios. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, por el contrato de edición el autor o sus derechohabientes ceden al editor, mediante compensación económica, el derecho de reproducir su obra y el de distribuirla. El editor se obliga a realizar estas operaciones por su cuenta y riesgo en las condiciones pactadas y con sujeción a lo dispuesto en esta ley. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, toda persona que divulgue lícitamente una obra inédita que esté en dominio público tendrá sobre ella los mismos derechos de explotación que hubieran correspondido a su autor. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, el Registro General de la Propiedad Intelectual tendrá carácter único en todo el territorio nacional, aunque se divide en un Registro Central dependiente del Ministerio de Cultura, y en el Registro en el territorio de las CCAA, cuya estructura, funcionamiento y gestión asumirán ellas. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, las entidades de gestión colectiva son propiedad de sus socios y estarán sometidas al control de los mismos, no podrán tener ánimo de lucro y podrán ejercer los derechos de propiedad intelectual confiados a su gestión por sus titulares mediante contrato de gestión. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, se crea adscrita al Ministerio de Cultura la Comisión de Propiedad Intelectual, como órgano colegiado de ámbito nacional para el ejercicio de las funciones de mediación, arbitraje, determinación de tarifas, control, y salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual, así como asesoramiento. V F.
Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, se protegerán los derechos de propiedad intelectual de: Los autores españoles. Los autores nacionales de otros Estados de la UE. Los nacionales de terceros países con residencia habitual en España. Los nacionales de terceros países que no tengan su residencia habitual en España, respecto de sus obras publicadas por primera vez en territorio español o dentro de los 30 días siguientes a que lo hayan sido en otro país. No obstante, el Gobierno podrá restringir el alcance de este principio en el caso de extranjeros que sean nacionales de Estados que no protejan suficientemente las obras de autores españoles. Todas son correctas.
En España la primera ley donde se declaran los derechos de propiedad de autores y traductores de obras literarias es de 1847, la segunda de 1879, la tercera de 1987 y la cuarta el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual; la cual ha sido reformada y desarrollada desde entonces en varias ocasiones. V F.
El Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas (también conocido como CBERPOLA) es un tratado internacional sobre la protección de los derechos de autor de obras literarias y artísticas, firmado en 1886 en Berna, Suiza. V F.
El Convenio Universal de Ginebra sobre el Derecho de Autor (1952) consiguió cambiar tratados multilaterales por tratados bilaterales, fundamentalmente entre un bloque europeo y otro americano, y consagró la validez internacional del símbolo ©. V F.
El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC, o TRIPS, en inglés) es un anexo (1C) del Convenio por el que se creó la OMC en 1995. V F.
Desde la perspectiva de los derechos de propiedad intelectual no existe como tal un concepto de publicación electrónica o digital. La ley española habla de ejemplar, y por tanto es válida para las publicaciones electrónicas en formatos tangibles (CD, DVD, CD-ROM), pero no para las publicaciones digitales en formatos intangibles que circulan por la Red. Pero los derechos de autor (copia, distribución, comunicación pública, etc.) continúan vigentes en Internet. Para poder usar cualquier contenido encontrado en Internet hay que atenderse a las condiciones que haya indicado su autor o titular de los derechos: Si tiene copyright se debe solicitar autorización antes de hacer cualquier uso que no sea simplemente la consulta. Si no se indica nada, hay que suponer que tiene copyright. Si tiene licencia Creative Commons hay que atenerse a las condiciones que marque. Ambas son correctas.
La Ley de Propiedad Intelectual habla de una indemnización al perjudicado, y podrá optar entre: El beneficio que hubiese obtenido presumiblemente de no mediar la utilización ilícita. La remuneración que hubiera percibido de haber autorizado la explotación. Ambas son correctas.
El Centro de Documentación de Propiedad Intelectual comenzó a funcionar en el año 1998 y depende de la Subdirección General de Propiedad Intelectual. V F.
El derecho por copia privada que compensa los derechos de propiedad intelectual dejados de percibir por razón de las reproducciones de las obras o prestaciones protegidas corresponde a los derechos meramente compensatorios. V F.
Son objeto de especial protección conforme al Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del SEB (Sistema Español de Bibliotecas) los manuscritos, los incunables y las obras de las que no conste la existencia de al menos 3 ejemplares en bibliotecas o servicios públicos. V F.
El catálogo colectivo de los Bienes Integrantes del Patrimonio Bibliográfico: Está integrado por los documentos del Catálogo General del Tesoro Bibliográfico. Recogerá toda la información sobre bibliotecas, colecciones y ejemplares bibliográficos, cualquiera que sea su soporte material. Ambas son correctas.
Los cambios significativos que se produzcan en el título de una publicación seriada requerirán nuevos números de depósito legal. V F.
El ISSN es el número internacional normalizado de publicaciones seriadas. V F.
Los derechos de explotación de una obra durarán toda la vida del autor y 70 años tras su muerte o declaración de fallecimiento. V F.
El papel fue inventado al norte de China alrededor del año 150 a.C.. Tardó 1000 años en llegar a Europa a través del primer molino de papel en Játiva (Valencia), traído por los árabes desde Fez. V F.
Las bibliotecas más antiguas conocidas son las de Mesopotamia, en las cuales no existió distinción entre archivo y biblioteca, y los documentos siempre se encontraban juntos; aunque siempre hubo mayor cantidad de documentos administrativos. Los materiales llevaban una especie de etiqueta donde se registraban los elementos identificativos de la obra. En Mesopotamia no había bibliotecas públicas, no tenían sentido en una sociedad donde solo sabían leer los miembros de un selecto grupo. V F.
Con la desintegración del Imperio romano en el siglo V se produjo una gran crisis generalizada que trajo una mayor ruralización y empobrecimiento, menor producción y comercio del libro y más analfabetismo. Entre los siglos V y XI solo los monasterios quedaban como símbolos de la cultura, lugares donde se conservaba la cultura escrita. Los libros o códices se copiaban en los monasterios con el fin casi exclusivo de satisfacer la demanda interna, pues fuera de allí casi nadie sabía leer, y la cultura popular era oral. V F.
Para la producción de libros o códices, entre los siglos V y XI existía en los monasterios una gran sala llamado scriptorium, donde se sentaban los amanuenses, también llamados escribas o copistas, que o bien copiaban un escrito o bien escribían a medida que un lector iba dictando. Los copistas dejaban en blanco los espacios que habían de ser llenados por los miniaturistas (trazaban las figuras e ilustraciones) y los iluminadores (les aplicaban el color). V F.
A partir del siglo XII se producen en Europa occidental una serie de cambios económicos, sociales y culturales, que harán que varíe el panorama del libro: se producen innovaciones técnicas, hay una extensión del comercio, se roturan nuevas tierras, aumenta la población y aparece una nueva clase social como consecuencia de los cambios económicos: los burgueses. V F.
Entre los siglos XII y XIV las universidades aparecen como nuevas instituciones que condicionan a la producción de libros. El interés de los estudios y los contenidos del libro se amplía más hacia las ciencias, el derecho, la literatura, etc. La letra gótica, más sencilla de leer, termina por abrirse paso, y los libros se llenan de abreviaturas, al tiempo que se comienza a escribir en lenguas vernáculas. V F.
Las bibliotecas durante la Alta Edad Media cristiana se encontraban casi exclusivamente en los monasterios. Las bibliotecas árabes encontraron un auge notable, tanto por la elevada alfabetización del mundo musulmán de entonces como por su conocimiento del papel. Las bibliotecas más famosas fueron la de Bagdad y la de Córdoba. Además, la mayoría de mezquitas tenía una biblioteca y una escuela coránica donde se enseñaba la lectura a partir del recitado del Corán. V F.
La xilografía, inventada en China en el 594 a.C., consiste en grabar la madera, entintarla y aplicarla presionando sobre el papel. En Europa la xilografía se utilizó tarde, atribuida la primera vez al año 1370. V F.
La invención de la imprenta de tipos móviles no es europea, sino china. Durante el periodo de la dinastía Song se utilizaron tipos móviles de madera en el año 960 d.C.. En torno al 972 se imprimió un canon budista y en el 1000 las historias dinásticas. El invento de la imprenta china se adjudica a Pi Sheng, quien diseñó una mesa giratoria donde clasificaba los tipos que él mismo hacía con arcilla cocida, madera, bronce o estaño. V F.
En 1450 Gutenberg inició la producción de impresos tras recibir el apoyo financiero de Johann Fust. En 1452 comenzaron los trabajos para la primera gran obra impresa, la 'Biblia de 42 líneas', también llamada 'Biblia mazzarina' —ya que se encontró un ejemplar en la biblioteca del cardenal Mazzarino—, 'Biblia latina' o 'Biblia de Gutenberg'; la cual se puso a la venta en 1456 con una tirada de 150 ejemplares en papel y 30 en pergamino. V F.
Peter Schöffer, que había comenzado trabajando para Gutenberg como fundidor de tipos e impresor, se asoció con Johann Fust —quien había financiado a Gutenberg—, se casó con su hija y tomó las riendas del taller que Gutenberg había perdido por motivos económicos. En 1457 sacó su primera publicación, el 'Psalterium' o 'Salterio de Maguncia'. Este libro aportó grandes novedades. Por primera vez: Se indica de manera impresa el año y lugar de publicación, lo que ahora se conoce como pie de imprenta. Lleva la marca del impresor. Emplea iniciales grabadas en lugar de dejar el espacio en blanco para completar a mano. Se utilizan tintas de varios colores, es el primer libro impreso ilustrado y el primero que lleva colofón. Todas son correctas.
En 1470 la imprenta se había difundido ya por las más importantes ciudades alemanas, como Estrasburgo, Colonia, Augsburgo o Nuremberg. Por ejemplo, Aton Koberger fundó en Nuremberg en 1471 una gran imprenta con más de 100 empleados que en 1509 manejaban ya 24 prensas. Acaparó todas las fases del comercio del libro, desde la producción hasta la distribución, exportación y venta, ya que era propietario de librerías en París, Lyón y Tolouse. V F.
A finales del siglo XV, con la expansión de la imprenta, Aldo Manuzio introdujo novedades importantes en el mundo editorial, siendo el primero en editar a los clásicos latinos en formato pequeño, para cuya impresión hubo de crear una tipografía especial que se ha dado en llamar 'aldina', consistente en caracteres estrechos e inclinados hacia la derecha a fin de poder incluir más texto en cada página. V F.
La imprenta funcionaba ya en más de 110 ciudades en 1480, y en 1500 ya había conquistado su espacio en Europa, aunque de modo desigual. En Alemania e Italia ya se habían creado importantes firmas, con redes comerciales. En Italia no había ciudad medianamente importante que no tuviera al menos un taller, estando Venecia a la cabeza de toda Europa, y siendo París la segunda ciudad en importancia. V F.
Se llama incunables —del latín 'incunabulae' (en la cuna, en alusión al estado inicial de la imprenta)— o paleotipos —del griego 'palaiós' (antiguo) y 'tipos' (modelo)— a los libros impresos entre la invención de la imprenta en Europa —por Gutenberg en Maguncia durante la década de 1440 al 1450— y el año 1500. Es decir, se denomina incunables a los libros impresos en Europa con anterioridad a enero de 1501. V F.
Se llama incunables —del latín 'incunabulae' (en la cuna, en alusión al estado inicial de la imprenta)— o paleotipos —del griego 'palaiós' (antiguo) y 'tipos' (modelo)— a los libros impresos entre la invención de la imprenta en Europa —por Gutenberg en Maguncia durante la década de 1440 al 1450— y el año 1500. Es decir, se denomina incunables a los libros impresos en Europa con anterioridad a enero de 1501. V F.
Los incunables se suelen dividir en xilográficos o tabelarios (los tipos bloque), y tipográficos (compuestos con letras sueltas). V F.
Tras la invención europea de la imprenta, la censura apareció formalmente en 1485, cuando el arzobispo de Maguncia solicitó que se examinasen cuidadosamente los libros impresos que habrían de exponerse en la feria de cuaresma. Nació así la censura religiosa aplicada al libro impreso. V F.
Son palimpsestos los códices antiguos que se borraban y utilizaban para nuevas copias de obras en pergamino; es decir, antiguos pergaminos borrados para reescribir encima. V F.
La lectura creció considerablemente en Europa durante el siglo XVI, como parece desprenderse del aumento de libros impresos, que pasaron de unos 20 millones de ejemplares impresos en el siglo XV a unos 200 en el XVI. Aumentaron a lo largo del siglo las personas capaces de leer porque creció la enseñanza primaria y aumentó la riqueza general y privada de las personas [y supongo que se redujeron costes de producción y venta al pasar de los manuscritos a los impresos], lo cual aumentó la compra de libros y la formación de bibliotecas. El siglo XVI supone el afianzamiento definitivo de la imprenta, y se caracteriza por: Distanciamiento de la tradición manuscrita; justificación del margen derecho. La portada aparece como reclamo comercial. Desde principios de siglo existe un predominio de la tipografía italiana, que terminó por imponerse en toda Europa, aunque con cierta resistencia de las tipografías nacionales, especialmente en España, siguiéndose usando durante un tiempo la letra gótica. Todas son correctas.
La historia del siglo XVI está marcada por las guerras de religión, consecuencia de la Reforma luterana, movimiento que dejó también su huella en el libro y que le debe mucho al éxito de la imprenta. Cuando en 1517 Lutero proclamó sus tesis, lo hizo clavando una copia impresa en la puerta de la iglesia de Wittenberg. Se habían impreso en alemán, y en 15 días toda Alemania disponía de ellas. Las obras de Lutero fueron un gran éxito editorial. V F.
En el siglo XVI la Biblia fue traducida a todas las lenguas cultas europeas, y se editaron también libros litúrgicos, como los misales. Además, con la Biblia Complutense, primera de las de su clase, comienza la época de las grandes biblias políglotas. V F.
La encuadernación moderna nace en Italia a principios del siglo XVI, con claras influencias orientales, especialmente persas y otomanas (ornamentación áurea, mosaicos policromados, etc.). Las encuadernaciones de orfebrería, tan comunes en la Edad Media, desaparecen en la práctica. V F.
Sentadas las bases de la censura religiosa y civil en el siglo XV, en 1501 el papa Alejandro VI introduce la censura previa de los escritos. El Concilio de Letrán, en 1515, dictó la prohibición de imprimir libros sin autorización del obispo, y León X, de acuerdo con el concilio, estableció la censura previa en toda la cristiandad. V F.
La reforma protestante, con la violencia que desató, fue causante de la destrucción de muchos libros y bibliotecas en Alemania. Pero si se destruyeron muchos libros, también se publicaron muchos otros; y si desaparecieron bibliotecas, aparecieron otras nuevas. Se crearon nuevas universidades en toda Europa, a las que fue preciso dotar de biblioteca. Muchas nuevas bibliotecas alemanas (municipales, universitarias y parroquiales) se formaron principalmente con fondos procedentes de bibliotecas de monasterios suprimidos e instituciones católicas incautadas. V F.
El siglo XVII se caracteriza por ser una época de inestabilidad política, social y religiosa, que cristaliza en la Guerra de los Treinta Años. Es el siglo del triunfo del absolutismo y del recrudecimiento de la censura, pero también de los grandes descubrimientos y de la extensión del campo de las ciencias. V F.
En el siglo XVII, los gobiernos, escarmentados por el poder del libro en la difusión de ideas y sus repercusiones en la guerra de religiones, adquieren más control sobre la producción de libros. Las características del libro en este siglo son: Triunfo del grabado en cobre, el cual gracias a su fidelidad de reproducción se convierte en un instrumento excelente para la elaboración de libros científicos ilustrados y para la cartografía. La calidad tipográfica, por el contrario, desciende, así como la del material usado. Aparecen las subastas como nuevo sistema de comercialización del libro. Encuadernaciones sencillas. Contenido mayoritariamente religioso, aunque con un gran aumento de las literaturas nacionales y, sobre todo, de los temas científicos y geográficos. Todas son correctas.
En el siglo XVII, las guerras, especialmente la de los Treinta Años, produjeron la destrucción de muchos libros y cambios en la posesión de bibliotecas y libros valiosos. Pero también aparecen las primeras bibliotecas públicas, creadas por hombres generosos. Los reyes y miembros de la alta nobleza siguen incrementando las suyas, y aumentan mucho las bibliotecas privadas de personas de la pequeña nobleza o de la burguesía, aunque con frecuencia desaparecen con ellos. V F.
La crisis que afectó a la industria del libro a lo largo del siglo XVII se superó, y el siglo XVIII (el de la Ilustración) supuso un renacer de las artes ligadas al mundo del libro. Las encuadernaciones se enriquecieron y simplificaron; las portadas prescindieron de toda ornamentación inútil; mejoró la calidad del papel, de la tinta y de los tipos. El tamaño de los libros se redujo para hacerlos más cómodos al lector y más fáciles de trasladar. V F.
En el siglo XVIII aparecen las enciclopedias, como la 'Cyclopaedia' de Chambers, en 2 volúmenes en 1728; o la célebre 'Encyclopédie' de Diderot y D'Alembert, en 17 volúmenes de texto publicados entre 1751 y 1765, y 11 volúmenes de grabados o láminas publicados entre 1762 t 1772. V F.
En el siglo XVIII, los gobiernos crearon bibliotecas nacionales poniendo al servicio de los ciudadanos las antiguas bibliotecas reales. Algunos nobles abrieron las bibliotecas de sus casas, y también las iglesias facilitaban los libros. También se crearon nuevas instituciones científicas, museos, sociedades económicas de amigos del país, jardines botánicos, academias, etc., desplazando la cultura religiosa y universitaria y abriéndose a nuevos campos de conocimiento. V F.
La defensa efectiva de los derechos del autor y del editor empieza de forma legal con la promulgación en Inglaterra de la Copyright Act en 1709. V F.
El siglo XIX es heredero de la Revolución francesa y de la Revolución industrial, cuyos efectos provocaron una explosión demográfica hasta entonces desconocida, el éxodo humano del campo a la ciudad y el cambio de las estructuras sociales y económicas. V F.
El libro en el siglo XIX se vio influido por las novedades técnicas de la Revolución industrial (desde la invención de la imprenta apenas se había modificado el modo de producción), posibilitando el desarrollo de la industria editorial, y desligando del libro el concepto de objeto precioso de uso restringido. Se pudo dar salida a un mayor número de títulos y de ejemplares por tirada, abaratando el libro y creciendo su oferta. Novedades técnicas: La pasta de papel: en 1841 se encontró la solución en la pasta de celulosa, obtenida de la madera tratada con procedimientos mecánicos y químicos. La máquina de fabricación de papel: en 1798 inventada por el francés Nicolás Louis Robert, permitiendo aumentar la producción hasta los 1.000 kg diarios, en lugar de los 100 obtenidos por el procedimiento tradicional de que cada hoja de papel se fabricase a mano, pasando por la prensa que accionaba un obrero. Esterotipia: creación de moldes en cartón que conserven la composición de las páginas, permitiendo repetir las tiradas a gran velocidad y con ahorros económicos y humanos. Monotipia y linotipia: permitieron la composición mecánica de tipos a una velocidad 5 veces superior a la conseguida con un buen cajista. Los transportes y las comunicaciones permitieron una mejor distribución del libro y una mejor transferencia de información entre puntos alejados. El uso de la publicidad hizo que la prensa y los libros fuesen más conocidos. Todas son correctas.
En el libro del siglo XIX triunfan absolutamente las lenguas vernáculas, mientras las clásicas quedan definitivamente relegadas a libros especiales, como manuales, ediciones selectas de los clásicos, etc. Junto con ello, se constata el predominio de las literaturas nacionales, potenciadas sobre todo a partir del romanticismo. V F.
A principios del siglo XIX surgió en Francia el folletín, el género literario folletinesco. Tomándolo como modelo, no tardaron en aparecer las novelas folletín. La moda folletinesca llegó a España, Alemania, Inglaterra y Estados Unidos. El papel de los folletines era de mala calidad, y los tipos de imprenta eran excesivamente grandes en un esfuerzo constante de ocupar más páginas. V F.
A finales del siglo XVIII se dan dos inventos importantes que tendrán amplia influencia en la producción del libro en los siglos XIX y XX: la máquina continua para la fabricación de papel, de Nicolas-Louis Robert; y la litografía o grabado en piedra, inventada por el checo Aloys Senefelder en 1796. V F.
El siglo XIX cambió el concepto de biblioteca y marcó el comienzo de una nueva orientación bibliotecaria. La Biblioteca Nacional Francesa, que era un caos desde la Revolución, ordenó sus fondos y comenzó a publicar sus catálogos. Comenzaron a publicarse las bibliografías nacionales en varios países. Pero los verdaderos renovadores de la biblioteconomía fueron los Estados Unidos e Inglaterra y sus bibliotecas públicas a mediados del siglo XIX. V F.
Si en el siglo XIX el libro comienza a transformarse en todos sus aspectos, es en el siglo XX cuando estas transformaciones alcanzan su momento culminante, llegando incluso a la consulta remota de libros a través de Internet. El aumento de la riqueza social, la urbanización, la política educativa y la oferta de los medios de comunicación tuvieron como resultado un aumento considerable del número de lectores. V F.
En el siglo XX las tendencias básicas en la producción, comercialización y utilización del libro siguen las orientaciones marcadas en el siglo XIX: aumento de títulos y ejemplares en las tiradas, y comercialización buscando cada vez más consumidores. Pero aparecen nuevos soportes, como los medios audiovisuales, elementos reprográficos, el ordenador e Internet, que abren un mundo de nuevas posibilidades para el libro y la edición. V F.
Durante la primera mitad del siglo XX siguió avanzando la mecanización en los procesos de producción del libro, pero a medida que avanzó se advirtió un progresivo desplazamiento de la mecánica por la electrónica, y la sustitución de la tipografía tradicional por nuevos sistemas de impresión (heliograbado, huecograbado y offset), que permiten la posibilidad de nuevas ediciones rápidas y de reproducir fotografías y colores. V F.
En 1930, una comisión de expertos británicos estudia, por encargo del 'Times' de Londres, la creación de un nuevo tipo de letra apropiado para su empleo en los diarios, dando como resultado la 'times new roman', o simplemente 'times', que fue empleada por primera vez en dicho diario en 1932. V F.
Una característica del libro del siglo XX es la variedad de sistemas de venta, los cuales han favorecido más la comercialización y han tenido una incidencia negativa en el uso de las bibliotecas. Los sistemas más conocidos son: Clubs del libro. Suprimen la figura del librero y realizan sus ofertas por catálogos. Los pedidos se hacen por correo, a partir de una cantidad fija periódica que el cliente está obligado a consumir. Venta por correo, utilizada también por editores y libreros. Venta a plazos, generalmente con vendedores a domicilio, enfocada en grandes colecciones o enciclopedias. Fascículos: se adquiere la obra al tiempo que se paga. Venta en kioskos (las editoriales ofrecen colecciones de autores u obras temáticas que se ponen a la venta casi exclusivamente en kioskos) o en grandes superficies (permitiendo abaratar el precio final del libro). Todas son correctas.
Durante el siglo XX se produjo la mayor expansión de las bibliotecas de toda la historia, por la progresiva alfabetización de la población a causa de la generalización de la enseñanza, la urbanización de la sociedad y el aumento en la producción de libros y documentos. La oferta de bibliotecas se ha diversificado para poder atender mejor las diferentes demandas. V F.
Desde una perspectiva geográfica, los rasgos diferenciadores de la situación de las bibliotecas en el siglo XX atendieron a la siguiente división: Toda la escuela internacional biblioteconómica la dirige EE.UU., y Canadá, Inglaterra y el resto de Europa siguen las directrices con éxito. En los antiguos países socialistas, basados en un sistema muy centralizado y piramidal, el crecimiento de bibliotecas fue muy rápido a partir de los años 20. Tras la caída de la URSS, acostumbradas a recibir del Estado centralizado una buena asistencia económica, las bibliotecas encontraron dificultades. Muchas de las bibliotecas vinculadas a los departamentos administrativos pasan a convertirse en bibliotecas parlamentarias o nacionales. En Iberoamérica, exceptuando países como Argentina, Brasil, México y Cuba, el resto no tiene una infraestructura bibliotecaria aceptable. Aunque hay un gran potencial teórico, ya que muchos de sus profesionales son formados en EE.UU.. Todas son correctas.
EE.UU., Reino Unido y Rusia cuentan con más bibliotecas infantiles. V F.
La imprenta llegó a España en 1472 con el alemán Johannes Parix, quien instaló el primer taller en Segovia. Allí imprimió el Sinodal de Aguilafuente. La imprenta llegó más tardíamente [por unos pocos años de diferencia] a España probablemente por la situación periférica de la península y por la falta de grandes universidades o de vida urbana floreciente. Es normal que llegase con un alemán, pues el gremio internacional estaba compuesto casi exclusivamente de ellos. V F.
En el siglo XV, aparte de Segovia, se sabe que existían talleres de imprenta en otras ciudades de España, como Barcelona (imprimiéndose el 'Tirant lo Blanch'), Zaragoza, Valencia, Sevilla, Salamanca (imprimiéndose 'Introductiones latinae' y 'Gramática castellana' (1492), ambas de Nebrija; y donde la mayoría de encargos eran libros para la universidad), Valladolid, Burgos (la primera edición de La Celestina), Zamora o Toledo. V F.
Los primeros impresores que trabajan en España en el siglo XV van de un lugar a otro, formándose y disolviéndose sociedades, lo cual pone de manifiesto la falta de un mercado que permitiera un asentamiento estable para ellos. V F.
La primera edición de 'La Celestina' fue de Fadrique de Basilea, primer impresor en Burgos. V F.
La península ibérica contó en el siglo XVI con un número reducido y disperso de imprentas. Las bibliotecas españolas y portuguesas se alimentaron fundamentalmente de importaciones, al igual que anteriormente de manuscritos en el siglo XV. Las imprentas locales se limitaron a satisfacer la demanda de textos en romance. Las prensas españolas no podían competir con las obras latinas que se traían de Italia, de Francia y, en menor medida, de Alemania. V F.
Los impresores españoles del siglo XV y XVI en algunos casos son artesanos ligados a la orfebrería que aprovechan su capacidad de fundir los tipos personalmente para cambiar de oficio. Cuando llegó la imprenta a España hacía ya varios siglos que los artesanos se organizaban en gremios y cofradías. Los impresores quedaban fuera de la protección gremial. V F.
En el siglo XVI destaca la labor del cardenal Cisneros en la Universidad de Alcalá de Henares. Llamó al impresor alemán Arnaldo Guillén de Brocar para la elaboración de la 'Biblia Políglota Complutense' o 'de Alcalá', que se publicó en 1520 (impresa entre 1514 y 1517) en 6 volúmenes. V F.
En Barcelona, Rosenbach —de origen alemán, inició su labor a finales del siglo XV y continuó trabajando hasta bien entrado el XVI— imprimió, por ejemplo, libros litúrgicos y misales (en 1521 imprime en Montserrat el 'Missale benedictinum') o, en 1518, 'El Libre del Consolat de Mar', primera recopilación de textos de derecho marítimo que engloba usos y costumbres del mar. V F.
El siglo XVI conoce la aparición de las primeras bibliotecas reales, que más tarde evolucionarán en su estructura y funcionamiento. A finales de siglo se sustituyen los pupitres con libros encadenados por estanterías murales. Una biblioteca de este tipo es la del monasterio de San Lorenzo de El Escorial (1565), creada por Felipe II a instancias del arquitecto Juan de Herrera, quien además se encargó de diseñar la biblioteca y sus estanterías. V F.
Al iniciarse el siglo XVI se creó la biblioteca de la Universidad de Alcalá de Henares, que ha llegado a ser, después de su traslado a Madrid, la biblioteca de la Universidad Complutense, la segunda de las bibliotecas españolas por el número de volúmenes. V F.
En el siglo XVII, los efectos de la crisis económica generalizada se dejaron sentir de forma acusada en las cuestiones relacionadas con el libro, ya que a la falta de medios económicos se añadían barreras políticas. El control férreo, la prohibición de imprimir en otros reinos sin especial autorización, la prohibición de Felipe IV de imprimir sin la licencia de Castilla, el excesivo control fiscal y la vigilancia eclesiástica dispuesta a censurar todo lo peligroso, hacen que la aventura de imprimir no fuese fácil. La vigilancia era doble, de la Administración y de la Inquisición, siendo esta cada vez más estricta y vigilante, pues el número de libros publicados tanto en países católicos como protestantes crecía sin parar. V F.
El siglo XVII es aquel en el cual surgen las publicaciones periódicas. En España, su aparición se retrasó considerablemente debido a que ni los reyes ni sus validos vieron en ellas más que un instrumento peligroso de subversión, difícil de controlar. La primera de las publicaciones periódicas fue la 'Relación' o 'Gazeta', llamada más tarde 'Nueva Gaceta', dirigida por Francisco Fabro bajo los auspicios de don Juan de Austria, bastardo de Felipe IV, y que informaba de sucesos políticos o militares. V F.
En la España del siglo XVII, exceptuando la brillante trayectoria de la biblioteca de El Escorial, no se creó ninguna biblioteca abierta al público, ni tampoco al servicio de una universidad; pero se formaron importantes bibliotecas privadas, como la de Gaspar de Guzmán, conde-duque de Olivares, que fue la más importante creada en este siglo en España. V F.
El siglo XVIII español coincide con la llegada de la dinastía Borbón y el triunfo del despotismo ilustrado, que iniciarán y fomentarán lo que se ha denominado cultura dirigida. Desaparecieron viejos privilegios y, aunque se perdieron las posesiones en Europa, las comunicaciones con el extranjero se hicieron más intensas y aumentó la importación de libros. El pensamiento se secularizó y los focos de interés intelectual pasaron de las universidades a los círculos eruditos y a las Reales Academias. V F.
En el siglo XVIII español, los periódicos alcanzaron círculos cada vez más amplios de la población y su número era abundante, aunque de vida accidentada. Mientras los géneros literarios perdían terreno, lo ganaban los de divulgación y pedagógicos. En cualquier caso, el libro se dirigía a círculos de cultura superior, pues por el escaso desarrollo de la enseñanza primaria no había público para la lectura popular. V F.
Entre los impresores españoles más notables del siglo XVIII figura Joaquín Ibarra, considerado por muchos como el mejor. Fue llamado para trabajar en el Consejo de Indias, en el Ayuntamiento de Madrid, en el Arzobispado de Toledo, y fue nombrado impresor de cámara de Carlos III. Buscaba el acabado perfecto, e introdujo modificaciones como la sustitución de la 'v' vocal por 'u'. Se conocen 789 obras suyas, entre ellas la edición de El Quijote (1777-1780) en 4 volúmenes, hecha por encargo de la RAE. V F.
En el siglo XVIII español aparecen bibliotecas públicas y privadas, de las asociaciones cultas y eruditas, de las reales academias, las reales sociedades económicas de amigos del país, etc. En España se creó la Biblioteca Nacional por Felipe V, conversión de la Biblioteca Real. Fue abierta al público en 1712, aunque hasta 1716 no se redactaron el decreto fundacional y los estatutos, creándose la obligación de entregar a la biblioteca un ejemplar de los libros que se imprimieran. V F.
La Biblioteca del Monasterio de El Escorial fue creada por Felipe II en 1565, y proyectada y diseñada por Juan de Herrera. V F.
En el siglo XIX español es raro el editor puro, pues normalmente era además librero e impresor. No obstante, poco a poco se fue destacando la figura del editor. La prensa conoció una época de esplendor y cambios constantes, propiciados por la inestable situación política. V F.
El primer proyecto bibliotecario español arranca en 1813 de las Cortes de Cádiz (1811) y de Bartolomé José Gallardo, quien consiguió la aprobación de un plan que preveía la creación de la Biblioteca Nacional de Cortes y bibliotecas públicas provinciales en España y ultramar. V F.
La desamortización de Mendizábal en 1836 sacó de conventos y monasterios grandes cantidades de documentos. En las ciudades que disponían de bibliotecas y universidades quedaron depositadas en ellas; pero en la mayoría de las provincias debieron crearse comisiones científicas que inventariasen los bienes. V F.
A mediados del siglo XIX español se llegó a la conclusión de la necesidad de contar con personal preparado para atender la Biblioteca Nacional y los fondos de las bibliotecas en las provincias, para lo cual se creó en 1856 la Escuela Diplomática, que expedía el título de paleógrafos (más tarde archiveros-bibliotecarios), y en 1858 el Cuerpo Facultativo, lo que supone la profesionalización de los bibliotecarios. V F.
Ruiz Zorrilla dispuso la incautación del patrimonio artístico, histórico y bibliográfico en poder de catedrales, cabildos, monasterios y órdenes religiosas, exceptuando las de uso frecuente. Más tarde, con la Ley de Instrucción iniciaba la extensión de la enseñanza primaria y creaba bibliotecas populares (1869) en todas las escuelas, proyecto definido y llevado a cabo por Echegaray. V F.
La Biblioteca Nacional sufrió durante la primera parte del siglo XIX una serie continua de cambios y traslados. Los vaivenes políticos favorecieron la incautación de bibliotecas privadas y religiosas, algunas de ellas depositadas en la Biblioteca Nacional, que adquirió definitivamente tal carácter en 1836, pasando a depender del Gobierno y no de la Corona. A final del siglo XIX ocupó el actual edificio. V F.
A principios del siglo XX la producción editorial española era escasa, su contenido pobre, su presentación mediocre y su interés puramente local. La industria editorial apenas existía y el comercio del libro estaba en manos de los libreros. El público español no era un buen consumidor, debido tanto al analfabetismo (65%) como a su débil situación económica. V F.
En el siglo XX español, tanto el mundo editorial como el de la prensa mostraron una clara tendencia a la concentración, tanto en zonas como en empresas. Unos y otros se han visto afectados por las nuevas medidas comunitarias y por el empuje del capital extranjero, aunque en ambos casos en menor medida de lo que se esperaba. La industria editorial española ha sufrido serias vicisitudes por la caída del mercado hispanoamericano; sin embargo, se le abren nuevos horizontes en la edición en otras lenguas y en el mundo árabe, para quien edita libros de texto y obras enciclopédicas. V F.
La Guerra Civil hizo desaparecer un gran número de editoriales, pero los años 40 vieron el surgimiento de otras. V F.
A principios del siglo XX España conoció la difusión de la prensa diaria y los magazines, que tuvieron una considerable aceptación. A partir de la II República, la prensa diaria conoce una época de esplendor favorecida por las inquietudes políticas, en la que aparecen diarios de toda índole; pero termina con la Guerra Civil, tras la cual el panorama era desolador. La fuerte censura a la prensa la convierte en portavoz del Régimen, mientras que el Movimiento cuenta con su propia prensa, como 'Arriba'. V F.
A principios del siglo XX, el mercado hispanoamericano estaba copado por editores franceses, alemanes, estadounidenses e ingleses. La caída de las editoriales europeas con motivo de la IGM fue aprovechada por los editores españoles, que más tarde confirmaron su hegemonía, especialmente tras el auge de la narrativa hispanoamericana en los años 60. V F.
En 1901 se promulga el 'Reglamento para el régimen y servicio de las bibliotecas públicas del Estado', y en 1902 las 'Instrucciones para la redacción de los catálogos de las bibliotecas públicas del Estado'. Los comienzos del siglo XX en España estuvieron marcados por las ideas conservadoras y conservacionistas que sobre las bibliotecas tenían Menéndez Pelayo (el más ilustre y famoso de los directores de la Biblioteca Nacional) y sus seguidores. V F.
La II República española concentró sus esfuerzos educativos en la mejora de las escuelas y de los sueldos de los maestros, y en la creación de bibliotecas públicas. Se crearon las misiones pedagógicas y se fomentaron las bibliotecas públicas, universitarias y de círculos obreros, al tiempo que se legisló con la intención de organizar un sistema bibliotecario español acorde con las exigencias del país. El Patronato de Misiones Pedagógicas logró establecer cerca de 5.000 pequeñas bibliotecas, muchas de ellas en el ámbito rural. V F.
La Biblioteca Nacional adquiere tal carácter de forma definitiva en 1836, pasando a depender del Gobierno, y no de la Corona. V F.
El primer libro impreso en España fue el Sinodal de Aguilafuente (1472). V F.
Al principio de la historia, el concepto de biblioteca y archivo era el mismo: su misión era salvaguardar y conservar documentos escritos como prueba de transacciones comerciales o de acciones judiciales. Las primeras bibliotecas-archivo fueron las de Mesopotamia, como la de Ebla o la de Nínive. V F.
En la Alta Edad Media las más importantes bibliotecas fueron las episcopales —creadas y fundadas por los obispos— y las monacales —lugares de lectura, reproducción y redacción de libros. Eran estrictamente privadas y a ellas solo podían acceder los clérigos de la sede episcopal o monasterio de la que dependiera la biblioteca. V F.
A finales del siglo XVI nacieron las primeras grandes bibliotecas reales (Francia, Austria...). En España, Felipe II decidió la creación del Monasterio de El Escorial, que albergaba una gran biblioteca. V F.
En el siglo XIX se generalizaron las bibliotecas públicas, se promulgaron las primeras leyes de bibliotecas y nacieron las primeras asociaciones profesionales de bibliotecarios. V F.
En el siglo XX se diversifican las bibliotecas (universitarias, escolares, especializadas, etc.) y se extiende la noción de lectura a todos los niveles de la sociedad. También se incorporan las nuevas tecnologías a la gestión bibliotecaria y aparecen nuevos soportes de información. V F.
Los años 70-80 suponen la consolidación de los conceptos de usuario y servicio bibliotecario, frente al anterior concepto casi exclusivamente dedicado a la conservación y transmisión. Los autores que han consagrado la biblioteconomía científica han venido definiéndola desde tres corrientes principales: Corriente técnica: a la biblioteca la define una colección y un local. Corriente humanística: la biblioteca es el principal medio para crea hábitos lectores, considerando que tiene un papel fundamental para contribuir a la paz y a la democracia. Corriente interrelacional: la biblioteca se compone por elementos interrelacionados tendentes a conseguir un fin específico, que puede ser el fomento de la lectura, la difusión cultural, el acceso al conocimiento, etc. Todas son correctas.
El término del latín 'bibliotheca' procede del griego 'bibliotheke' (biblion=libro; teka=caja o depósito). Etimológicamente es un lugar donde se guardan libros. Hasta e siglo XVIII se utilizó en Europa la palabra librería para designar a la biblioteca, siendo a partir de entonces cuando se generalizó el término biblioteca en los países latinos y germánicos, mientras que los anglosajones continuaron manteniendo 'library'. Definición formal de la UNESCO: "Institución que consiste en una colección organizada de libros, impresos y revistas, o de cualquier clase de materiales gráficos y audiovisuales y sus correspondientes servicios de personal para proveer y facilitar el uso de tales materiales, según lo requieren las necesidades de información, investigación, educación y esparcimiento de los usuarios". V F.
Funciones principales de una biblioteca: reunir los fondos bibliográficos, conservarlos, ordenarlos y difundir su contenido. Reunir los fondos comprende la selección y la adquisición. V F.
Funciones principales de una biblioteca: reunir los fondos bibliográficos, conservarlos, ordenarlos y difundir su contenido. La función de conservar y ordenar los fondos comprende las fases de registro, catalogación y clasificación. En el registro de los materiales bibliográficos e informativos que llegan a la biblioteca por la previa selección y adquisición, se marca el material con el sello de la biblioteca, dejando constancia de la propiedad sobre él y de que pasa a formar parte de su colección; y se toman los datos generales del libro en un registro, haciendo constar el día en que ingresa en la colección y su número de registro asignado. V F.
Después de seleccionar y adquirir los fondos, de registrarlos, catalogarlos y clasificarlos, viene la colocación en el depósito y en los estantes. V F.
Otra cosa que se precisa realizar en una biblioteca es la encuadernación de los ejemplares que lo necesiten, fortaleciendo la parte exterior de los materiales impresos o manuscritos. Por otra parte, la función de difundir el contenido de los fondos surgió a partir del siglo XIX, ya que hasta entonces las principales tareas habían sido la conservación y la organización. Actualmente todas las tareas bibliotecarias van encaminadas al usuario. Las tareas más comunes para difundir el contenido de los fondos son: Informar al usuario de las características de la colección, de las secciones de la biblioteca, de los horarios, de dónde y cómo proceder, con qué otras bibliotecas cuenta, etc. Ayudar a los usuarios a utilizar los recursos informativos de la biblioteca, e incluso formarles en el empleo eficaz de los mismos (catálogos, boletines de sumarios, etc.). Según el biblioteca que sea, otros servicios no serán idénticos, pues variarán las necesidades de los usuarios. Todas son correctas.
Cada clase de biblioteca tiene diferentes objetivos, lo cual establece una estructura, personal y necesidades diferentes, aun existiendo una permeabilidad entre los distintos tipos de bibliotecas y una concepción básica que subyace a todas ellas. Según la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) pueden clasificarse como bibliotecas: Nacionales De instituciones de enseñanza superior (principalmente universitarias) Escolares Públicas, también llamadas a veces populares Especializadas Todas son correctas.
En una biblioteca virtual los usuarios pueden acceder a las colecciones en cualquier momento y desde cualquier lugar. Esto supone la necesidad de reorganizar los procesos, recursos y servicios de la biblioteca. Actualmente hay una incorporación cada vez mayor de materiales en soporte electrónico, pero aunque estos acabaran dominando en las bibliotecas, estas seguirán albergando materiales en soporte papel. V F.
La descripción bibliográfica se ha normalizado internacionalmente mediante las ISBD y el formato MARC. V F.
La UNESCO define las bibliotecas nacionales como aquellas que, cualquiera que sea su denominación, son responsables de la adquisición de la producción impresa de un país, funcionen como biblioteca de depósito, sean cabeza del sistema bibliotecario nacional y desempeñen funciones como: Elaborar la bibliografía nacional, publicar la bibliografía nacional retrospectiva y actuar como centro nacional de información bibliográfica. Reunir una colección de obras extranjeras representativas o relacionadas con su país. Compilar catálogos colectivos. Todas son correctas.
El concepto de biblioteca nacional arranca de la Revolución francesa, debido a su propósito de llevar la cultura a todos los ciudadanos. En el siglo XIX estructuran sus servicios y configuran su concepto, y en el XX se consolidan y evolucionan por el desarrollo tecnológico y por los cambios sociopolíticos y culturales. V F.
Las bibliotecas nacionales: Se encargan de reunir la mayor parte de la producción literaria de un país con el fin de conservarla. Son el archivo bibliográfico de un país, encargadas de preservar y conservar la cultura nacional. Se erigen en cabeceras y coordinadoras en los sistemas bibliotecarios nacionales, y establecen relaciones con las bibliotecas de otros países. Ejercen las funciones de agencia bibliográfica nacional, desarrollando los servicios bibliográficos y bibliotecarios. Todas son correctas.
Al-Nahari establece las siguientes funciones prioritarias o esenciales de las bibliotecas nacionales (servicios y funciones básicas): Ser la colección central de la producción bibliográfica del país. Ser receptoras del depósito legal (es su forma principal de adquisición de fondos). Actuar como centro bibliográfico nacional, produciendo la bibliografía nacional y desarrollando las bases de datos bibliográficas de importancia para el país. Proporcionar directrices a las bibliotecas del país, y planificar sus servicios bibliotecarios. Reunir la producción extranjera de interés nacional, mediante compra, canje y donación. Planificar y coordinar el préstamo interbibliotecario: organizando un sistema nacional de préstamo, y centralizando el sistema de préstamo internacional. Todas son correctas.
Las Directrices sobre Bibliotecas Nacionales que establece la UNESCO en 1987 en París, se agrupan haciendo referencia a cada uno de los aspectos que integran la biblioteca. Respecto al fondo, deben adquirir, conservar y hacer accesibles todas las publicaciones del país; procurar que su adquisición se realice a través del depósito legal; adquirir obras extranjeras referidas al país; reunir colecciones extranjeras, y conservar los manuscritos de importancia nacional. V F.
En la actualidad parece complicado, debido a la enorme producción mundial y a la agilidad que requieren los investigadores para el acceso a la información, que una sola biblioteca nacional se encargue de todas las funciones en un Estado. Modelos como el estadounidense o el británico, de bibliotecas nacionales especializadas y descentralizadas, dan buenos resultados. En cualquier caso, el más generalizado es el modelo de biblioteca nacional única y centralizada, que reúne todas las funciones, fondos y servicios en una misma biblioteca y bajo una única dirección, la cual puede estar compuesta de uno o más edificios. Es el caso de España, y lo fue de Francia antes de su reestructuración. V F.
Según las directrices que marca la IFLA (Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas) respecto al comportamiento de las bibliotecas en la sociedad de la información y del conocimiento, son las bibliotecas nacionales las que mejor pueden y deben jugar un papel predominante. V F.
La Biblioteca Nacional de Francia, llamada así desde 1994 —antiguamente llamada Real o Imperial— está en París y es la más antigua de las bibliotecas nacionales europeas. Tiene su origen en el siglo XVI, cuando el rey Francisco I organiza su biblioteca, que estaba dispersa en distintos castillos. Con la Revolución francesa recibió la denominación de biblioteca nacional. V F.
The British Library se creó en 1753 como biblioteca del Museo Británico, y es la biblioteca más grande del mundo por número de elementos catalogados. En 1971 el Gobierno británico la reconoce como organismo independiente, y en 1973 se crea la Biblioteca Británica. V F.
La biblioteca nacional estadounidense se fundó en 1800 en Washington D.C., aunque como biblioteca de servicio a los miembros del Congreso (Library of Congress). A mediados del siglo XIX pasa a formar la biblioteca nacional, junto con otras bibliotecas complementarias: La Biblioteca Nacional de Medicina (1836), la mayor biblioteca médica del mundo en la actualidad; y la Biblioteca Nacional de Agricultura (1862), especializada en temas agrarios, en botánica, zoología y química. La Biblioteca Nacional de Educación (1994) y la Biblioteca Nacional de Transportes (1998). Todas son correctas.
Cuando se unieron las dos Alemanias (RFA y RDA), se unificaron también (1990) sus respectivas bibliotecas "nacionales": la Deutsche Bucherei (Leipzig) y la Deutsche Bibliothek (Frankfurt), a las que se unió también el Archivo de Música de Berlín. Se decidió conservar ambas sedes, pero manteniendo el nombre de Deutsche Bibliothek. V F.
La Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional de España, la define como el centro depositario del patrimonio bibliográfico y documental español que se produce en cualquier tipo de soporte o medio. Tiene como misión reunir, catalogar, conservar, incrementar, gestionar, difundir y transmitir el patrimonio bibliográfico y documental español, y sobre España publicado en el extranjero, como fuente de conocimiento para toda la sociedad española e internacional, facilitando el acceso a toda la ciudadanía y a las generaciones futuras. Tiene patrimonio, tesorería y personalidad jurídica propios. V F.
En 1858 se creó el Cuerpo de Archiveros, Bibliotecarios y Anticuarios, funcionarios estatales que, entre otras cosas, sustituyeron al personal del Palacio Real en la tarea de atender la Real Librería (fundada en 1712 por Felipe V), Biblioteca Nacional desde 1836, cuando dejó de ser propiedad de la Corona y pasó a depender del Ministerio de Gobernación. V F.
El servicio de préstamo interbibliotecario de la BNE está dirigido a bibliotecas que solicitan préstamo o reproducción de fondos de la BNE, y a usuarios con carné de la BNE que necesitan fondos de otras bibliotecas españolas o extranjeras. V F.
La BNE ofrece un servicio de reproducción de sus fondos con el objetivo de facilitar el acceso y la difusión de la información y los contenidos de sus fondos. Se trata de un servicio regulado por: La obligación de garantizar la adecuada conservación de sus fondos, establecida en su Estatuto. El Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, el cual establece que la reproducción de obras que no pertenecen al dominio público (es decir, que están sujetas a derechos de autor vigentes) solo será posible cuando se realice para uso privado del solicitante y exclusivamente para fines de investigación. Ambas son correctas.
Mediante el servicio de autocopia de la BNE se autoriza a los lectores a realizar fotografías a los fondos de la biblioteca con sus propios dispositivos móviles, facilitando la obtención de copias para sus investigaciones. Las fotografías se realizarán en las mesas acondicionadas para tal fin. V F.
La plataforma Second Canvas es una aplicación móvil gratuita de la BNE disponible para iOS y Android, que permite explorar obras maestras en súper-alta resolución siguiendo un itinerario diseñado y contado por los expertos de la BNE. V F.
Las normas de acceso de la BNE, reguladas en la Orden Ministerial 1152/2014 y modificada por la Orden 330/2020, establecen dos tipos de carné que dan acceso a los servicios bibliotecarios: de lector y de investigador. V F.
Cualquier persona que necesite consultar en la BNE los libros e impresos editados a partir de 1958 (o anteriores si se encuentran digitalizados o microfilmados) conservados en la biblioteca —excepto aquellos cuya consulta o utilización se halle restringida por razones de seguridad o conservación—, puede obtener el carné de lector, que tiene una vigencia de 5 años. V F.
El carné de investigador de la BNE está dirigido a personas que están realizando una investigación, con una vigencia de 5 años. Permite el acceso a todos los fondos de la biblioteca —excepto aquellos cuya consulta o utilización esté restringida por razones de seguridad o conservación—, así como a los servicios ofrecidos en la Sala de Información Bibliográfica, y hacer uso del servicio de préstamo domiciliario. V F.
El ISSN (International Standard Serial Number, o Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas) es el código internacional de identificación de las publicaciones seriadas, como revistas, periódicos, boletines, anuarios, series monográficas, etc. V F.
La BNE tiene dos inventarios: el Inventario General, y el Inventario del Patrimonio Documental y Bibliográfico. Los bienes que forman parte de este último son los que determine la Ley 16/1985, de PHE, y en todo caso los bienes que forman parte del depósito legal de la biblioteca, tangible o intangible. V F.
El precedente del depósito legal comenzó con Felipe V en 1716 cuando concedió tal privilegio a la Biblioteca Real. V F.
Una biblioteca pública es una colección organizada de libros y publicaciones periódicas impresas o de otra clase de documentos, sobre todo gráficos y audiovisuales, así como los servicios del personal encargado de facilitar el uso de estos documentos por los usuarios con fines de información, de investigación, de educación o de recreo. V F.
Hasta el siglo XVII no comienza una tímida apertura de las bibliotecas a capas sociales más amplias, aunque aún muy restringidas. Es en el siglo XVIII cuando la apertura comienza a generalizarse más, influida por el espíritu de la Ilustración. V F.
Son objetivos básicos de las bibliotecas públicas: contribuir a la educación permanente, facilitar el acceso al legado de la humanidad en el campo del saber y de la cultura, garantizar que estos lleguen a todos por igual y libremente, proporcionar documentos para el esparcimiento, y ofrecer información técnica y científica actualizada. V F.
En el Manifiesto de la UNESCO de 1994 se destacan las siguientes misiones clave de una biblioteca pública, referentes a la información, la alfabetización, la educación y la cultura: Prestar apoyo a, participar en o iniciar programas y actividades de alfabetización para todos los grupos de edad; crear y consolidar hábitos de lectura en los niños desde los primeros años; brindar posibilidades para el desarrollo personal creativo; estimular la imaginación y creatividad de niños y jóvenes. Prestar apoyo a la educación autodidacta y a la educación formal en todos los niveles; garantizar a los ciudadanos el acceso a la información; facilitar el progreso en el uso de la información y su manejo a través de medios informáticos. Fomentar el conocimiento del patrimonio cultural, la valoración de las artes, de los logros y de las innovaciones científicas. Prestar servicios adecuados de información a empresas, asociaciones y agrupaciones de ámbito local. Facilitar el acceso a las expresiones culturales de todas las manifestaciones artísticas; fomentar el diálogo intercultural y favorecer la diversidad cultural; prestar apoyo a la tradición oral. Todas son correctas.
Entre los servicios básicos de una biblioteca pública se encuentran: Servicio de consulta y de préstamo (individual, colectivo [a entidades] e interbibliotecario; y servicio de obtención de documentos no disponibles en la biblioteca a la que recurre el usuario. Servicio de referencia e información bibliográfica: ofreciendo información sobre la propia biblioteca (funcionamiento, recursos y servicios), información y orientación bibliográfica, información local y comunitaria (ya sea elaborada por la propia biblioteca o por otros agentes), información básica sobre sanidad, empleo, vivienda, impuestos, protección legal, derechos políticos y sociales, consumo, educación, cultura, ocio, etc., que permitan a los ciudadanos la integración y la participación efectiva en la sociedad. Servicio para niños y jóvenes, creando y consolidando hábitos lectores, y estimulando la imaginación y la creatividad. Servicios a escuelas para promocionar y dirigir al niño hacia la lectura, normalmente mediante el préstamo colectivo. Fonoteca y videoteca. Todas son correctas.
Entre los servicios recomendables de una biblioteca pública se encuentran: Servicios a grupos especiales, como las personas discapacitadas o con dificultades de aprendizaje, las que no pueden acudir a la biblioteca (ancianos, soldados, enfermos, presos, etc.) y las minorías étnicas y lingüísticas (inmigrantes, etc.). Actividades de extensión cultural, destinadas a fomentar y reforzar el uso y conocimiento del centro, así como su vocación de espacio ciudadano colectivo, organizando actividades de tipo general o específico, en solitario o en colaboración con otras instituciones públicas o privadas. Otros servicios como actividades de formación de usuarios, sala de reuniones, auditorio, sala de exposiciones, servicio de reprografía, bibliobús, etc. Todas son correctas.
Un sistema de biblioteca pública se define como un conjunto de servicios y puntos de servicio de biblioteca pública administrado colectivamente, con personal, material y administración compartidos. Pueden entenderse como unidades administrativas o como sistemas regionales o nacionales. V F.
Las Directrices IFLA/UNESCO 2001 para el desarrollo del servicio de bibliotecas públicas aconsejan que los fondos tengan entre 1,5 y 2,5 libros por persona, siendo la cantidad mínima no inferior a 2.500 obras, y no menos de 1 libro por persona. Cuando no sea posible, aconseja aplicar un plan de crecimiento para alcanzar esos fondos mínimos en 3 años. V F.
Las Pautas del Ministerio de Educación de 2002 sobre los servicios de bibliotecas públicas establecen que la biblioteca pública es un servicio básico y obligatorio de todos los municipios con población superior a 5.000 habitantes. V F.
A excepción de los encomiables e infructuosos esfuerzos de las misiones pedagógicas en la II República, hasta la Transición no existieron verdaderos intentos de extender una auténtica red de bibliotecas públicas en España. V F.
Las Pautas sobre los servicios de las bibliotecas públicas (redactadas entre 1999 y 2002 por un grupo de trabajo formado por representantes de: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; CCAA y FEMP) destacan como servicios esenciales: Consulta y acceso a documentos en cualquier soporte; apoyo a la formación reglada y a la autoformación. Servicio a grupos con necesidades especiales, y de préstamo a domicilio. De formación de usuarios; de información local y comunitaria; de información general y de orientación e información bibliográfica. Servicios culturales. Todas son correctas.
Las Pautas sobre los servicios de las bibliotecas públicas (redactadas entre 1999 y 2002 por un grupo de trabajo formado por representantes de: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; CCAA y FEMP), estas deben ofrecer servicios dirigidos a grupos especiales, como: Préstamo para ancianos o personas obligadas a estar recluidas en sus hogares, temporal o habitualmente. Provisión de materiales para personas con dificultades de aprendizaje, y de materiales y equipamiento especialmente destinados a discapacitados físicos. Servicios para inmigrantes y para personas que buscan empleo. Servicios para hospitales, prisiones, centros de la tercera edad, y análogos, en forma de préstamos colectivos regulares, asesoramiento técnico para la organización de sus propias bibliotecas, realización de actividades culturales, etc. Todas son correctas.
Las Pautas sobre los servicios de las bibliotecas públicas (redactadas entre 1999 y 2002 por un grupo de trabajo formado por representantes de: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; CCAA y FEMP) indican que los libros y materiales de libre acceso deben estar en buen estado físico y contener información actualizada. Los libros y materiales que no tengan valor o uso actual o futuro no deben conservarse en los depósitos ni en los estantes. V F.
Las Pautas sobre los servicios de las bibliotecas públicas (redactadas entre 1999 y 2002 por un grupo de trabajo formado por representantes de: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; CCAA y FEMP) indican que una vez estabilizada la colección, el crecimiento cero debería ser un objetivo prioritario. Además, recoge recomendaciones de la IFLA; en una población igual o superior a 5.000 habitantes (hasta 99.999) con servicios bibliotecarios estabilizados: Volumen de colección: 12.500 documentos. Tasa anual de crecimiento y tasa anual de expurgo: 1.250 documentos por año. Ambas son correctas.
Las Pautas sobre los servicios de las bibliotecas públicas (redactadas entre 1999 y 2002 por un grupo de trabajo formado por representantes de: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; CCAA y FEMP) indican que las bibliotecas públicas deben contar con un acceso fácil a cualquier tipo de usuario y en particular a las personas con discapacidades físicas. V F.
Según las Pautas sobre los servicios de las bibliotecas públicas (redactadas entre 1999 y 2002 por un grupo de trabajo formado por representantes de: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; CCAA y FEMP), las plantillas de las bibliotecas públicas deben estar formadas por personal técnico bibliotecario, personal auxiliar de biblioteca, y personal subalterno de apoyo. V F.
Las Pautas sobre los servicios de las bibliotecas públicas (redactadas entre 1999 y 2002 por un grupo de trabajo formado por representantes de: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; CCAA y FEMP) recuerdan: Art. 148.1 15ª CE: "Las CCAA podrán asumir competencias en las siguientes materias: Museos, bibliotecas y conservatorios de música, de interés para la CA". Art. 149.1 28ª CE: "El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: Defensa del patrimonio cultural... museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las CCAA". Ambas son correctas.
Las Pautas sobre los servicios de las bibliotecas públicas (redactadas entre 1999 y 2002 por un grupo de trabajo formado por representantes de: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; CCAA y FEMP) recuerdan la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local: Art. 25.2. "El municipio ejercerá, en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las CCAA, en las siguientes materias: Actividades o instalaciones culturales y deportivas; ocupación del tiempo libre; turismo". Art. 26.1. "Los municipios, por sí o asociados, deberán prestar en todo caso los servicios siguientes: En los municipios con población superior a 5.000 habitantes: parque público, biblioteca pública, mercado y tratamiento de residuos". Ambas son correctas.
El primer manifiesto de la UNESCO sobre bibliotecas públicas es de 1949. Para la UNESCO, la principal finalidad de la biblioteca pública con respecto a los niños es crear y consolidar hábito de la lectura. V F.
Según el Manifiesto de la UNESCO sobre bibliotecas públicas (revisado en 1972 por la IFLA), estas son responsabilidad de las autoridades locales y nacionales. V F.
El Plan de Inversiones en las BPE (INVERCAS) se inició en 1983. V F.
Según la Declaración de Glasgow sobre las bibliotecas los servicios de información y la libertad intelectual (2002), la selección y disponibilidad de los materiales y servicios bibliotecarios deberá regirse por consideraciones profesionales y no por puntos de vista políticos, morales y religiosos. V F.
Una hemeroteca es aquella biblioteca especializada en la recolección, conservación y almacenaje de diarios, revistas u otras publicaciones seriadas para su posterior consulta. Puede funcionar como edificio propio, o en un sector determinado de una biblioteca tradicional. Del griego 'hemera' (día) y 'theke' (caja o depósito). V F.
La historia de las hemerotecas corre paralela a la aparición y desarrollo de las publicaciones seriadas. Desde el siglo XVII este tipo de publicaciones se conserva en secciones integradas en la estructura de las bibliotecas y archivos existentes. Hay que esperar a comienzos del siglo XX para que aparezcan las primeras hemerotecas como centros independientes dedicados a la formación y gestión de las colecciones de publicaciones seriadas. V F.
Sobre el origen de las publicaciones seriadas no hay acuerdo, debido a la escasa documentación conservada. Comienzan a desarrollarse a partir del siglo XVI, aunque se remontan sus antecedentes al siglo XIII, cuando aparecen los "avisos" o "noticias a mano", comunicaciones redactadas por una entidad o un particular, que contenían informaciones que interesaban a la comunidad y que se componían de varias hojas al final de las cuales se daba la fecha de la redacción del aviso. V F.
Para fijar el concepto de publicación seriada se puede recurrir a la norma ISO 3297 sobre el ISSN, la cual dice que es una publicación, impresa o no, que aparece en volúmenes o fascículos sucesivos, ligados por lo general numérica o cronológicamente, durante un tiempo no limitado de antemano. Las publicaciones seriadas comprenden las publicaciones periódicas, los diarios, las publicaciones anuales (informes, anuarios, etc.), los balances, memorias, actas de sociedades y las colecciones monográficas. V F.
Tipología de documentos seriados en función de su periodicidad: Series: periodicidad irregular, o igual o superior a un año, y de carácter monográfico. Suelen tener un título general de la serie, aunque cada volumen en particular tenga un título propio diferente. Suelen ser elaboradas por asociaciones y academias de carácter científico o cultural, recogiendo sus actividades. Publicaciones periódicas: pueden ser revistas o periódicos. Ambas son correctas.
En cuanto al tratamiento técnico de las colecciones de publicaciones seriadas, los instrumentos de localización principales son las bibliografías nacionales, los catálogos y sobre todo los catálogos colectivos de publicaciones seriadas. V F.
Sobre la catalogación de publicaciones seriadas, las ISBD(S), publicadas en 1974 y revisadas en 1977, y cuya edición se publicó en español en 1993, consiguieron la unificación de los registros bibliográficos de publicaciones seriadas asignando un orden a los elementos de la descripción bibliográfica y agrupándolos en áreas. Paralelamente se veía la necesidad de establecer un registro de publicaciones seriadas a nivel internacional, siendo así como surgió el ISSN: International Standard Serial Number, o Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas. V F.
El proyecto CONSER consiste en desarrollar una gran base de datos de publicaciones seriadas. Esta base de datos, que actúa también como catálogo colectivo, supone un intento de compartir información. Para ello es imprescindible una normalización de los registros que permitan la integración de los mismos en una base de datos bibliográfica. Todo esto no hubiese sido posible sin la aceptación por parte de las bibliotecas del formato MARC para publicaciones seriadas (la edición española salió en 1988). V F.
Las hemerotecas tienen las siguientes funciones, más allá de las 3 principales (información, formación y diversión): Formación y gestión de la colección de publicaciones seriadas, formada principalmente por revistas nacionales e internacionales de carácter científico en soporte impreso, microforma o electrónico on-line junto con bases de datos. Consulta de la prensa nacional y extranjera, así como de las publicaciones periódicas oficiales (BOE, boletines y diarios oficiales de las administraciones autonómicas y locales, y de las instituciones supranacionales). Conservación de la colección, mediante la encuadernación de los números transferidos, la microfilmación del fondo antiguo y la restauración de la colección. Control bibliográfico de la colección a través de la elaboración y mantenimiento del catálogo colectivo; e indización selectiva en razón del uso de títulos, así como por el interés temático (esta indización selectiva humana se ve suplida por la gran cantidad de bases de datos accesibles en línea). Todas son correctas.
En las hemerotecas, las publicaciones seriadas tienen sus propios muebles de exposición, antes de pasar a las estanterías. Se coloca en la sala la prensa diaria, y en algunos casos la de la última semana. Los números anteriores se solicitan al bibliotecario. Los números de años anteriores se guardan en el depósito. Tanto la prensa diaria como las revistas están en acceso libre. V F.
Las revistas científicas nacen a mitad del siglo XVII con la publicación casi simultánea de 'Le Journal des Savants', de la Academia de Sciences de París, y 'Philosophical Transactions' de la Royal Society of London. Su propósito era comunicar los resultados de los experimentos llevados a cabo en los laboratorios, invenciones y datos en física, química y anatomía. V F.
La American Library Association (ALA) define la revista científica como una publicación periódica que publica artículos científicos y/o información de actualidad sobre investigación y desarrollo acerca de un campo científico determinado. Las normas ISO (International Standardization Organization) consideran que son una publicación en serie que trata de una o más materias específicas y que contiene información general, o científica y técnica. Las funciones de las revistas científicas son: Control y certificación de calidad de los resultados de investigación; mecanismo de evaluación de la actividad investigadora. Reconocimiento intelectual para el autor, y protección legal de sus derechos de autor. Medio de transmisión y difusión pública del conocimiento; archivo del conocimiento si se garantiza su accesibilidad. Todas son correctas.
La descripción de una publicación seriada ha de hacerse basándose en el primer ejemplar disponible del título que se está procesando; en caso de basarse en un ejemplar posterior, se indicará en el área de notas. V F.
¿Cuál no es un proveedor especializado de publicaciones seriadas? CSIC Díaz de Santos Sweets EBSCO Todos lo son.
Las bibliotecas universitarias son aquellas que forman parte de una institución de enseñanza superior y cuya principal función es apoyar el programa de investigaciones y de enseñanza de la misma. Sus fondos son de carácter general, pero sus usuarios son concretos y especializados. V F.
Las misiones de la biblioteca universitaria son: Proporcionar una colección básica de acuerdo a las necesidades de introducción en el conocimiento que tengan los estudiantes; mantener una colección de materiales de referencia, y una colección especializada en las distintas materias que cubran los planes de estudio y los proyectos de investigación. Ofrecer un servicio de información, orientación, referencia y formación de usuarios. Dar un servicio de apoyo a la investigación especializada que cumpla las funciones de acceso a bases de datos internacionales, orientación bibliográfica especializada y obtención del documento original. Todas son correctas.
En las bibliotecas universitarias, el servicio de referencia se dirige a la orientación del usuario y debe estar constituido, además de por las obras básicas y especializadas de referencia, por colecciones de bibliografías, resúmenes analíticos, índices, traducciones, catálogos colectivos, etc. V F.
Toda biblioteca universitaria debe contar con un servicio de reprografía, tanto destinado a copias de seguridad de sus fondos, como a facilitar documentos a sus usuarios y a los intercambios interbibliotecarios. Sin embargo, este servicio debe ser cuidadoso en no caer en la reprografía ilegal. Según REBIUN pueden solicitarse fotocopias de la portada, preliminares o partes del texto, hasta un máximo de 5. V F.
En una biblioteca universitaria es importante contar con una sección que recoja los trabajos elaborados en esa y otras universidades (tesis, tesinas, proyectos fin de carrera, estudios parciales, etc.). Los fondos de la biblioteca prestarán especial atención a las publicaciones periódicas, las cuales contienen la información más actualizada de la investigación científica y técnica; y a las obras de referencia, fundamentales en cualquier campo de la investigación y la enseñanza. V F.
En una biblioteca universitaria, las categorías de las colecciones a considerar en relación a los distintos tipos de usuarios incluyen: Fondos básicos para el aprendizaje y formación de base (manuales, bibliografía básica, revistas, obras de divulgación, etc.); y fondos básicos para el profesorado. Material de referencia y consulta de carácter general y especializado (directorios, enciclopedias, diccionarios, bibliografías, catálogos, etc.). Fondos para la investigación (tesis, revistas, informes y demás literatura gris). Bases de datos online. Todas son correctas.
En el entorno universitario actual, el modelo de cooperación bibliotecaria por excelencia suele basarse en redes y en sistemas (consorcios), emanados de acuerdos formales para compartir recursos y ahorrar costes. Un sistema es un conjunto de bibliotecas y servicios integrados en una unidad administrativa jerárquica, mientras que la red solo supone una cooperación de determinadas funciones o materiales puestos en común para mejorar el servicio, sin que haya un nivel jerárquico dependiente. A modo de ejemplo: Red: Red de Bibliotecas Universitarias de Castilla y León. Sistema: Servicio de bibliotecas de la Universidad de Salamanca (biblioteca central, de facultades, departamentales...). Ambas son correctas.
El personal de la biblioteca universitaria: Directivos (encargados de la planificación, gestión, política de selección y adquisiciones, expurgo, evaluación de los resultados, coordinación del personal y representación de la biblioteca). Auxiliares (encargados de la catalogación, clasificación, indización, mantenimiento de catálogos, actividades de difusión, etc.). Subalternos (encargados de la colocación de los libros, seguridad, reprografía, tejuelado, etc.). Administrativos (tareas burocráticas, contables, de correspondencia, etc.). Todas son correctas.
Las bibliotecas universitarias pueden ser independientes o dependientes: Independientes: unidades o servicios que dependen directamente de la gerencia o el rectorado de las universidades, y que suelen estar dirigidas por personal técnico. Permite una gestión más ágil y eficaz al no estar sujeto a las decisiones políticas de los dirigentes universitarios. Dependientes: unidades o servicios integrados en algún vicerrectorado o departamento universitario, y que suelen estar dirigidas por un profesor o cargo universitario, quien marca las líneas a seguir. Suele perjudicar el funcionamiento de las bibliotecas, ya que las decisiones que influyen en los servicios se toman desde una perspectiva más político-universitaria que profesional. También es posible encontrarse con bibliotecas que dependen solo de sus centros. En este modelo, cada vez menos frecuente, no existe una política bibliotecaria común, sino distintos centros que trabajan totalmente descoordinados y bajo la tutela económica y administrativa de las respectivas facultades o departamentos. Todas son correctas.
La organización administrativa de las bibliotecas universitarias suele optar por dos tipos: estructura centralizada o descentralizada. La estructura centralizada consiste en agrupar todos los servicios bibliotecarios de la universidad en un único centro, tanto los técnicos como los públicos. La centralización es básica en los campos donde hay mayor interdisciplinariedad, como las humanidades y las ciencias sociales, donde hay más solapamientos de la colección o duplicidades innecesarias, debido a las materias impartidas en varias titulaciones. Ventajas: la mejor organización administrativa de las distintas secciones de la biblioteca, la mejor distribución del presupuesto y de las cargas de trabajo, mayor control de los fondos, mayor unificación de los criterios técnicos, etc. Inconvenientes: son menos útiles para investigadores y docentes, quienes necesitan tener la bibliografía más cerca y durante más tiempo; implica desplazamientos a quienes residan, estudien o trabajen lejos del centro; los fondos tienden a ser más genéricos; masificación de las salas y servicios; las colecciones hiperespecializadas nunca llegarán a ser usadas por estudiantes o profesores de otras especialidades. Ambas son correctas.
Durante el periodo de redacción de los Estatutos de las Universidades, el Centro de Coordinación Bibliotecaria promovió la elaboración de unas recomendaciones para la reglamentación de las bibliotecas universitarias en 1986. Resultan un poco obsoletas, pues no recogen la figura de los auxiliares de biblioteca (solo a los de administración) y no prevén las bibliotecas de área, el modelo que se impuso en los 90. V F.
Las Normas y Directrices para Bibliotecas Universitarias y Científicas de REBIUN (1997), de alcance nacional, establecen (entre otras cosas) recomendaciones hacia la gestión de colecciones. El número de volúmenes que debe constituir el fondo: Colección básica: 50.000; por cada titulación nueva: 5.000 Por cada programa de doctorado: 1.000; por cada programa de máster: 500 Por cada 3 usuarios: 1 título de revista. Incremento anual: 1 volumen por alumno o 10 por PDI (Personal Docente Investigador) Todas son correctas.
En España no existe un planteamiento reglamentario y de política bibliotecaria universitaria como lo hay en otros países, situación propiciada por el carácter de organismos autónomos que tienen nuestras universidades. V F.
La Red de Bibliotecas Universitarias (REBIUN, 1988) constituye la principal organización de coordinación y representación de las bibliotecas universitarias y científicas españolas. REBIUN fue una comisión sectorial en la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) entre 1998 y 2020, año en que pasó a ser una red asociada a la Sectorial I+D+i. V F.
En el año 2002 la Red de Bibliotecas Universitarias Españolas (REBIUN) propuso la denominación de los Centros de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación (CRAI). Un CRAI, además de los servicios habituales de biblioteca presencial y digital, dispone de un centro de producción donde los profesores pueden crear materiales docentes y los estudiantes pueden preparar sus presentaciones con la asistencia de un personal multidisciplinar. V F.
Son miembros de la Red de Bibliotecas Universitarias (REBIUN, 1990) 50 universidades públicas, 26 universidades privadas, 12 bibliotecas colaboradoras y 1 centro nacional de investigación. Fue fundada en 1990 por 9 bibliotecas universitarias. En 1993 nació CODIBUCE (Conferencia de Directores de Bibliotecas Universitarias y Científicas Españolas); y en 1996 se fusionaron ambas. En 1998 REBIUN se integró en la CRUE (Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas) como órgano de asesoramiento y trabajo, y tiene como fin: Mejorar los servicios bibliotecarios coordinando recursos y actividades, y llevando a cabo acciones cooperativas. Representar a las bibliotecas universitarias ante organismos públicos y privados. Favorecer el intercambio profesional y la formación del personal. Todas son correctas.
Las Normas y Directrices para Bibliotecas Universitarias y Científicas de REBIUN son de 1997. El incremento anual en la biblioteca universitaria debe ser de 1 volumen por alumno. V F.
Según la American Library Association (ALA) una biblioteca universitaria es una combinación orgánica de personal, colecciones e instalaciones cuyo propósito es ayudar a sus usuarios en el proceso de transformar la información en conocimiento. V F.
Para los fondos que puedan fotocopiarse, REBIUN permite hasta un máximo de 5 fotocopias de la portada, preliminares o partes del texto. V F.
Son bibliotecas especializadas aquellas bibliotecas, centros de documentación o de información que aglutinan, tratan y difunden información relativa a un tema o a un grupo de temas afines. Normalmente se tratará de bibliotecas vinculadas a centros de investigación, organizaciones industriales o culturales, laboratorios, asociaciones profesionales, departamentos gubernamentales y todo tipo de instituciones. Su misión principal es proporcionar información a quienes trabajan allí, para que puedan desarrollar adecuadamente sus estudios e investigaciones en beneficio del centro del cual formen parte. V F.
Las bibliotecas especializadas dependen de la institución a la que sirven. Además: Se limitan a una materia o grupo de materias determinadas; y la tipología documental es variada, y el tratamiento exhaustivo. Los usuarios son limitados, cuentan con una formación elevada y específica, y tienen unos requerimientos de información altamente especializados. Funcionamiento activo y actualización continua; actualmente automatización de sus servicios; conexión con otras bibliotecas, centros e instituciones. Pequeñas en cuanto a colección, espacio y personal. Con notables excepciones, sobre todo en EE.UU., donde hay bibliotecas especializadas de grandes dimensiones como la Biblioteca Nacional de Medicina o la de Agricultura. Todas son correctas.
El principal papel de la biblioteca especializada es suministrar información cuando se la solicitan, de manera rápida y eficaz. El papel activo que caracteriza a los bibliotecarios especializados le lleva a reunir información y a ponerla a disposición de los usuarios, lo que le obliga a estar muy bien informado para poder informar. Tiene como funciones principales: Elaborar un plan de selección y adquisición de la información de acuerdo con las necesidades de los usuarios. Se pone especial atención, por ejemplo, en manejar el Journal Citation Reports del ISI, que recoge las revistas más citadas por materias. Llevar a cabo un tratamiento exhaustivo de los documentos: descripción bibliográfica completa y análisis de contenido con clasificación, indización y resumen. Difusión activa de la información, mediante boletines con nuevas adquisiciones, novedades, circulares, resúmenes, anuncios, cursos, un servicio de Difusión Selectiva de la Información (DSI, etc.). Continua puesta al día de catálogos y materiales, que obligará a realizar tareas de evaluación de la colección y expurgo. Facilitar el acceso a bases de datos de su temática; obtener de otras bibliotecas datos o documentos que necesitan y no tienen; conocer bibliotecas virtuales y otros recursos en Internet. Todas son correctas.
Muchos servicios que se prestan en las bibliotecas especializadas coinciden con los de la biblioteca tradicional (préstamo, lectura en sala, información, etc.), aunque muchos de ellos adquieren una importancia y peso específicos, y se ofrecen servicios de valor añadido. Hay que destacar el servicio de información y referencia, pues en ellas se potencia y se convierte incluso en el más utilizado. Hay que diferenciar entre los servicios prestados a raíz de las demandas del usuario (difusión pasiva) y los prestados a iniciativa de la biblioteca (difusión activa). Las demandas habituales del usuario son: información para resolver cuestiones puntuales, información bibliográfica sobre un tema, e información sobre publicaciones seriadas especializadas. Los servicios activos de la biblioteca pueden ser: Servicios de alerta previa suscripción (boletines de adquisiciones, novedades, etc.); Difusión Selectiva de Información. Formalización de acuerdos para realizar préstamos interbibliotecarios, para cubrir los posibles déficits documentales. Formación de usuarios en las búsquedas en bases de datos, repertorios especializados, nuevos tesauros, etc. Reprografía (de fondos propios o de otros, nacionales y extranjeros); traducción. Extensión cultural: proporcionar información sobre actividades culturales, científicas y divulgativas que están conectadas con su área temática: conferencias, congresos, seminarios, talleres, grupos de trabajo, mesas redondas, etc. Todas son correctas.
El fondo de las bibliotecas especializadas es muy variado, tanto en documentos primarios como en secundarios y terciarios, y está formado por todo tipo de soportes. La colección de la mayoría está compuesta por tres tipos principales de información: Información publicada: publicaciones periódicas, monografías, normas, patentes, obras de referencia, etc. Información generada internamente por la institución donde se ubica la biblioteca: informes, estudios, proyectos, etc. Información disponible a través de fuentes externas: bases de datos y catálogos de otras instituciones. Todas son correctas.
Las bibliotecas especializadas en España son de reciente creación, pues la mayoría surgió entre los años 80 y 90. La mayor parte depende de organismos oficiales, y solo unas pocas están vinculadas a instituciones privadas. V F.
El grupo más importante de bibliotecas especializadas en España es la Red de Bibliotecas y Archivos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), el mayor organismo público de investigación en España. Esta Red está constituida por la Unidad de Recursos de Información Científica para la Investigación y por 60 bibliotecas especializadas, además de 14 archivos científicos, distribuidos en todas las CCAA. Incluye también 4 bibliotecas externas, de fundaciones relacionadas con la investigación. V F.
Las bibliotecas especiales [ojo, no confundir con las especializadas] son aquellas que reúnen un determinado material que tiene en común algún rasgo referido a la presentación formal, soporte u otra característica no vinculada al contenido informativo de los materiales (hemerotecas, bibliotecas de hospitales, de prisiones, etc.). V F.
La fase mediante la cual se incorporan los documentos seleccionados al fondo es la adquisición. V F.
El documento es todo mensaje incorporado a un soporte y empleado con una finalidad informativa. Todo documento se considera una fuente de información. Los elementos que los caracterizan y que establecerán su tipología son el soporte físico o material, los componentes formales (medio de fijación del mensaje al soporte) y el mensaje informativo que transmite. V F.
López Yépez afirma que los documentos pueden clasificarse atendiendo a: su soporte físico, su perspectiva del contenido informativo u objetivación, y su razón de difusión. El segundo es el más importante, encontrando tres parámetros distintos: Documentos textuales (los signos corresponden a la lengua escrita) o no textuales (incluyendo informáticos, que son legibles por ordenador; y compuestos o multimedia). Científicos, técnicos profesionales, culturales-divulgativos, sociales. Primarios, secundarios y terciarios. Todas son correctas.
Un documento impreso y uno electrónico pueden contener el mismo texto aunque cambie el soporte. Un documento electrónico es aquel cuyo contenido está en un soporte electrónico que, para su acceso, requiere una pantalla textual, una pantalla gráfica y/o unos dispositivos de lectura de audio, vídeo, etc., según el tipo de información que contenga. V F.
Sagredo distingue entre: Documento real: aquel con un soporte material sobre el que se inscribe o reposa un documento decodificable directamente por los sentidos. Documento irreal: cuenta también con un soporte material pero el usuario no puede acceder directamente a su información, necesitando la intermediación de aparatos lectores. Documento virtual: aquel del que no disponemos in situ ni el soporte tangible ni el mensaje. Todas son correctas.
Son documentos primarios aquellos materiales que contienen información nueva y original, la cual no ha sido sometida a ningún tipo de tratamiento documental posterior (resumen, selección, interpretación, etc.). A esta categoría pertenecen: monografías, manuscritos e incunables, publicaciones seriadas, material cartográfico, material gráfico, música impresa, medios audiovisuales, y literatura gris. V F.
Manuscrito: todos aquellos documentos producidos con anterioridad a la aparición de la imprenta, o con posterioridad pero con un valor añadido por su antigüedad o la celebridad de su autor. V F.
Materiales gráficos: aquellos en los que la información está constituida por imágenes, sean originales o reproducciones. Su consulta puede hacerse a simple vista (obras de arte originales, pinturas, dibujos, grabados, estampas, carteles, tarjetas postales, fotografías) o puede necesitar la ayuda de aparatos de proyección (materiales gráficos proyectables: diapositivas, filminas, transparencias, etc.). Tienen valor informativo autónomo y complementario a la principal fuente de información textual. V F.
Música impresa es la música escrita y publicada. En la biblioteca pública sirve para la práctica musical; en las grandes bibliotecas públicas y en las especiales sirve tanto para la práctica como para la investigación musicológica y enseñanza de la música; en las bibliotecas nacionales sirve para la constitución de archivos y bibliografías musicales. V F.
Literatura gris es todo documento que no puede ser calificado como literatura convencional. Se le conoce también como literatura no convencional, semipublicada o fugitiva. Es una fuente de información de gran valor para la comunidad científica. Se considera literatura gris al conjunto de documentos de tirada limitada (no suelen tener carácter divulgativo) y circulación restringida que no pueden obtenerse en los canales comerciales habituales. No están sujetos al depósito legal, y por tanto no suelen aparecer en las bibliografías nacionales. Tienen escasos usuarios y lectores (suelen dirigirse a un usuario especializado), poca difusión, están mecanografiados, muestran dificultad para el control bibliográfico, y suelen ofrecer información especializada de último momento. V F.
Los documentos secundarios son aquellos que resultan del procesamiento lógico y analítico-sintético de los documentos primarios, sobre los cuales informan. Es decir, son productos del análisis de las fuentes primarias para hacerlas más accesibles a los usuarios, y ofrecen información factual o referencial sobre los documentos primarios. Son resultado de las operaciones propias del análisis documental: descripción documental, indización, resumen analítico. Suelen presentarse a modo de inventarios o resúmenes de los documentos primarios. Están producidos por personas especializadas en el tratamiento documental. V F.
Los documentos secundarios pueden ser repertorios bibliográficos, o bibliografías; boletines; índices; catálogos de bibliotecas. V F.
Los documentos secundarios pueden ser repertorios bibliográficos, o bibliografías; boletines; índices; catálogos de bibliotecas. Los índices pueden ser: Índices acumulativos: recogen o acumulan los índices de un periodo de tiempo determinado (semestral, anual...). Índices de citas: índices de autores con sus correspondientes trabajos, debajo de los cuales aparecen los artículos en los que han sido citados. Se complementa con índices de materias. Índices permutados KWIC, KWOC y KWAC: destinados principalmente a la difusión del contenido de las publicaciones periódicas. Para su elaboración es necesario contar con medios informáticos. Consiste en la permutación de todas las palabras del título, donde aquellas susceptibles de contenido significativo son utilizadas como descriptores localizables en un orden alfabético. Todas son correctas.
Los documentos secundarios pueden ser repertorios bibliográficos, o bibliografías; boletines; índices; catálogos de bibliotecas. V F.
Los documentos terciarios son listas de documentos secundarios y dan información sobre el resultado del análisis de los documentos primarios. Proceden del tratamiento de la información secundaria, y a veces incluso de la primaria. Ejemplos: bibliografías de bibliografías; listas de encabezamientos de materia; tesauros; estadísticas; balances de contabilidad; gráficos, etc. Los productores de este tipo de documentos son los centros de análisis de la información. V F.
Se entiende por recurso digital una forma de publicación tanto recogida en un soporte físico [pen drive, por ejemplo], cuyo contenido puede ser recuperado por un ordenador (recurso local), como alojada en un servidor en Internet (recurso remoto). V F.
Las revistas son aquellas publicaciones periódicas en las que intervienen varios autores y que tienen una periodicidad fijada de antemano, la cual varía entre más de una semana y menos de un año. V F.
El objetivo de la normalización y la consiguiente homologación es que todas las bibliotecas y centros de documentación empleen una misma forma para la identificación de un mismo tipo de documento. V F.
Algunos identificadores bibliográficos utilizados son: NIPO (Número de Identificación de Publicaciones Oficiales): para las publicaciones emanadas de la Administración Pública en España. Ejemplo: NIPO 20701-099-1 ISBN (International Standard Book Number): identifica la edición específica de un título. Ejemplo: ISBN 978-84-9045-671-2 ISSN (International Standard Serial Number): identifica una publicación periódica o seriada. Ejemplo: ISSN 0214-4123 ISMN (International Standard Music Number): identifica todas las partituras musicales publicadas, con independencia de si están disponibles para la venta, en alquiler o gratuitamente. Ejemplo: ISMN 979-0-2306-7118-7 ISAN (International Standard Audiovisual Number): para cualquier audiovisual desde 2003. Está registrado como ISO 15706. Ejemplo: ISAN 0000-0000-515A-0000-6-0000-0000-J ISRC (International Standard Recording Code): para grabaciones de sonido y vídeos musicales. ISO 3901. Está administrado por la IFPI (International Federation of the Phonographic Industry), con sede el Londres. Permite identificar automáticamente las grabaciones para los pagos de derechos de autor. Ejemplo: ISRC JM-K40-14-00212 Todas son correctas.
El DOI (Digital Object Identifier) es un identificador persistente de objetos digitales. Ofrece un mecanismo para establecer un sistema de copyright en Internet que implica el pago por el uso de información. Sirve al mismo tiempo como URL permanente, así que no solo identifica al producto, sino que también funciona como dirección en Internet. V F.
El ISBN surgió en la 3ª Conferencia Internacional sobre Investigación y Racionalización del Mercado del libro, celebrada en Berlín en 1966. Como fruto de esto, se aprobó el ISBN como norma ISO 2108 en 1970 (la 5ª edición de esta ISO 2108 es de 2017). Su introducción en España fue por el Decreto 2984/1972. La Agencia Española del ISBN (Orden de 1987) era la encargada de desarrollar el sistema ISBN en España. V F.
La Agencia Internacional del ISBN, con sede en Londres (en sus comienzos estaba en Berlín), tiene como funciones principales la supervisión de la utilización del sistema, la asignación de números a los países o grupos que se vayan adhiriendo al sistema, su asesoramiento técnico, y la promoción del sistema a nivel mundial. V F.
Desde 2007 el ISBN cambió su formato de 10 a 13 dígitos para aumentar su capacidad combinatoria y para alcanzar la compatibilidad con el código de barras comercial EAN-13. Desde entonces está formado por 5 grupos de dígitos, en lugar de 4. Desde dicho año va precedido por 978, que identifica al producto libro. Dos ejemplos de ISBN: 978-84-608-2053-6 / 978-99957-32-00-4. Las 5 partes (en orden) son: Prefijo: número de 3 dígitos que proporciona EAN Internacional e identifica el producto libro. Ha asignado el código 978, y 979 cuando se agote. Identificador de grupo / elemento de grupo de registro: identifica al país o grupo nacional, geográfico o lingüístico de las editoriales. Puede tener hasta cinco dígitos (siendo en longitud inversamente proporcional al de títulos editados), y a España se le asignó el 84. Los países de habla ingresa tienen el 0 y el 1; el 2 es para los de habla francesa. Los identificadores de grupo son asignados por la Agencia Internacional ISBN (Londres). Un ejemplo de un país que edita mucho sería el 0; y de un país que edita poco, el 99957. Prefijo editorial / elemento del titular: identifica a un editor o editorial concreta, indicando su identificación exacta y su dirección. El prefijo editorial puede tener hasta 7 dígitos, y es asignado por la agencia de ISBN de cada país, área geográfica o lingüística en la que tenga su sede el editor. Variará según la producción editorial, asignándose un prefijo breve de uno, dos o tres dígitos a las editoriales que produzcan muchos títulos al año, y uno largo de cuatro, cinco o seis a las que tengan una producción menor. Número de título / elemento de publicación: identifica el título específico o la edición de una obra publicada. Es asignado por la editorial. Puede tener hasta 6 dígitos (dependerá de las dos partes anteriores). Los dígitos en blanco se representan con ceros a la izquierda, a la hora de completar todos los dígitos del ISBN. Dígito de control: 1 solo dígito que garantiza la correcta utilización de todo el sistema; valida matemáticamente el resto del número. Va del 0 al 9, siendo 0 si la operación da 10. Todas son correctas.
El ISBN puede ser solicitado por los editores, empresas, asociaciones, instituciones educativas, fundaciones, organismos administrativos, etc., para cada una de sus publicaciones; o bien por los autores responsables de la edición de sus propias obras. Los editores que tengan una actividad editorial ocasional o que no puedan aportar la documentación requerida, no reciben prefijo propio y se les dará de alta en la categoría genérica de autor-editor. V F.
Son ejemplos de tipos de publicaciones monográficas a las que se debe asignar un ISBN: Libros y folletos impresos; publicaciones en Braille. Publicaciones que el editor no va a actualizar regularmente o a continuar indefinidamente; artículos o números individuales de una determinada publicación seriada. Mapas; películas, vídeos y transparencias educativas; audiolibros en casete, CD o DVD. Publicaciones electrónicas monográficas, sea en soporte físico o en Internet (para descarga o streaming). Copias digitalizadas de publicaciones monográficas impresas; publicaciones en microforma. Programas de ordenador educativos o formativos; publicaciones multimedia en las que el componente principal sea textual. Todas son correctas.
Son ejemplos de tipos de material a los que NO se debe asignar un ISBN: Recursos continuados considerados en su conjunto como entidades bibliográficas (aunque a los números sueltos sí se les puede asignar); publicaciones seriadas (su código es el ISSN), aunque algunas como los anuarios pueden llevar también ISBN. Material de carácter temporal, como catálogos, folletos, programas y todo material publicitario o propagandístico; entidades abstractas (por ejemplo, a cada modalidad que se comercialice de El Quijote se le puede asignar un ISBN, pero no al Quijote en sí como obra en abstracto, en general). Partituras (su código es ISMN); impresiones artísticas y carpetas sin portada ni texto; documentos personales; tarjetas de felicitación; obras impresas en multicopistas; pasatiempos. Grabaciones de sonido musicales (su código es ISRC); programas informáticos, salvo si son educativos o formativos; tablones de anuncios electrónicos; correos electrónicos. Juegos; productos audiovisuales (su código es ISAN); materiales docentes de uso interno en centros de enseñanza; memorias, estatutos y materiales de régimen interno de empresas, instituciones o asociaciones. Publicaciones de disponibilidad limitada y recursos actualizables, como publicaciones impresas bajo demanda con un contenido adaptado a las peticiones del usuario. Almanaques, agendas, calendarios, álbumes, directorios telefónicos; guiones de cine, radio y tv, salvo que se publiquen comercialmente; libros de colorear y de pegatinas. Todas son correctas.
El ISBN debe aparecer en el propio producto, y en el caso de las publicaciones impresas en el reverso de la portada o contraportada (la página donde figura el Copyright y los demás derechos). Si no hay espacio, en el verso o en el pie de la portada, en la parte inferior de la cubierta trasera o en la parte inferior de la sobrecubierta trasera, del estuche o de cualquier otro envoltorio protector. V F.
El formato EAN-13 es un código internacional de 13 dígitos que identifica unívocamente un producto. Su forma gráfica es un código de barras. ISBN se incluye gráficamente dentro del mismo. La representación del ISBN con un código de barras EAN-13 se debe llevar a cabo de acuerdo con la ISO/IEC 15420. V F.
El ISSN permite identificar en todo el mundo, de forma unívoca y sin ambigüedades, una publicación seriada, cualquiera que sea el país de edición o el idioma, y sin importar que otras publicaciones seriadas lleven un título igual o parecido. V F.
Cada centro nacional es el único responsable de la asignación del ISSN a las publicaciones seriadas editadas en su país. Los editores de publicaciones seriadas deberán dirigirse a su centro ISSN nacional para obtener el correspondiente ISSN de sus publicaciones; y si dicho centro nacional no existe, al Centro Internacional ISSN. V F.
El ISSN, aparecido como norma ISO 3297-1975 (UNE 50-107), cuya última actualización es de 2007, consta de 8 cifras (la última es un dígito de control, siendo X cuando equivale a 10), presentado en dos grupos de cuatro, separados por un guion y precedidos por las siglas 'ISSN'. No incorpora ningún otro significado más que la identificación de la publicación seriada. V F.
A pesar del carácter público de las agencias ISSN, y a diferencia de lo que ocurre con el ISBN en España, no existen bases de datos de acceso gratuito ni en la Agencia Internacional ni en los centros nacionales [el temario los llama también a veces regionales]. El acceso y consulta de la base de datos internacional (a través del ISSN Portal) se realiza mediante suscripción anual. V F.
Las publicaciones seriadas pueden codificarse en EAN-13 para facilitar el manejo durante su almacenamiento y venta. El ISSN puede utilizarse como base para la construcción del código de barras. El Centro Nacional Español del ISSN no proporciona códigos de barras, solo el ISSN, a partir del cual pueden obtenerse recurriendo a algún fabricante o programa. V F.
El ISMN no se utiliza para libros sobre música —los cuales reciben un ISBN—, ni para cintas magnéticas, CDs o vídeos musicales, sino para publicaciones de música escrita, ya sea para su venta, alquiler, difusión gratuita o a efectos de derechos de autor. Es administrado por la Agencia Internacional del ISMN con sede en Berlín, y en España lo gestiona desde 2002 la Agencia Española del ISMN, ubicada en el Centro de Documentación de Música y Danza. V F.
Llevarán ISMN: Partituras; partituras de estudio; partituras vocales. Conjunto de partes; partes individuales disponibles por separado; hojas sueltas de música pop; antologías. Otros medios que sean un componente integrante de una publicación musical (por ejemplo, una grabación sonora que va como material anejo). Textos de canciones o libretos publicados con la música impresa (si están disponibles por separado); comentarios publicados con la música impresa (también si están disponibles por separado). Cancioneros (opcional); publicaciones musicales en microformas, o en Braille; publicaciones electrónicas con música notada; métodos y otros materiales pedagógicos. Todas son correctas.
Cada vez son más los Gobiernos que intentan identificar sus propias publicaciones de carácter oficial (impresas o electrónicas) mediante el uso normalizado de un código digital. Cada país adopta su propios sistema de control. En España está el NIPO, un código internacional de control para las publicaciones emanadas de la Administración Pública. El RD 1434/1985, de 1 de agosto, estableció la obligación de dotar a las publicaciones oficiales de un Número de Identificación de las Publicaciones Oficiales (NIPO). La Orden PRE/2418/2015, de 6 de noviembre, regula el NIPO. V F.
En el programa editorial de un ministerio se incluirá una estimación del número de títulos a editar durante el ejercicio. Para cada una de estas publicaciones se solicitará y asignará un NIPO diferente. A las publicaciones que se incluyan en más de un programa editorial por abarcar su producción más de un ejercicio se les asignará un único NIPO, el cual será tramitado durante el primer ejercicio. V F.
El NIPO (Número de Identificación de las Publicaciones Oficiales) en las publicaciones en papel aparecerá impreso en la página de créditos. En las publicaciones electrónicas, en los metadatos incorporados, además de aparecer visiblemente en el texto. En las publicaciones electrónicas en soporte tangible, en dicho soporte o en cualquiera de las etiquetas que estén adheridas de forma permanente a él; en el caso de que no fuera posible, en el embalaje permanente del soporte. En las publicaciones en línea, en la página o en la pantalla que muestra el título, en la pantalla inicial de acceso a los contenidos o en la pantalla en la que aparecen los créditos. V F.
La ISO 2108 (2005) es la relativa al Sistema Internacional para la Numeración de Libros (ISBN). V F.
La ISO 2709 (1981, última de 2008) es la relativa al formato MARC. V F.
Indizar consiste en extraer uno o más conceptos que representan el contenido temático del documento con el objetivo de recuperarlo posteriormente. Implica asignar uno o más códigos, alfanuméricos o numéricos, que representan el tema del documento, y asignar significantes que corresponden al tema y que suelen extraerse de listas ad hoc. Va destinada a permitir una búsqueda eficaz de las informaciones contenidas en un fondo documental. V F.
La indización es la técnica de caracterizar el contenido de un documento y de las demandas documentales, reteniendo las ideas más representativas para vincularlas a unos términos de indización adecuados, extraídos del lenguaje natural o de un lenguaje documental ya seleccionado. Hay tres fases u operaciones a realizar durante una indización: Examen del documento. Extraer conceptos para identificarlo (se recomienda usar listados controlados). Selección de los términos de indizacion. Todas son correctas.
Un leguaje documental, o lenguaje de indización, es todo sistema de signos que permita representar el contenido de los documentos con el fin de recuperar los documentos pertinentes en las consultas posteriores. Es el sistema convencional creado para poder expresar el contenido de los documentos sin los impedimentos del lenguaje natural. Simplifica el lenguaje común utilizando solo una pequeña parte del léxico, algunas formas y poco o casi nada de gramática. V F.
Los diversos tipos de lenguajes documentales combinatorios y de clasificación van desde las listas de palabras (los sistemas menos controlados) hasta los tesauros de descriptores (los más controlados y con mayor nivel de normalización), siendo estos últimos objeto de la ISO UNE 25964 (Tesauros y su interoperabilidad con otros vocabularios). V F.
En los tesauros hay dos tipos de sinonimia: lingüística y documental. La documental (cuasisinónimos) es la que designa términos de significado próximo. Varios tipos de relaciones: UP = usado por TP = término preferido (o descriptor); TNP = término no preferido NA = nota de alcance TE = término específico; TG = término genérico TR = término relacionado Todas son correctas.
Tipología de los lenguajes documentales en la indización: lenguajes libres y lenguajes controlados. Los lenguajes libres se construyen a posteriori mediante los términos del lenguaje natural, donde basta con extraer de los documentos los términos más apropiados y donde la búsqueda es más lenta y menos eficaz. Son libres las listas de palabras clave, las listas de descriptores libres y el sistema de clasificación PRECIS (usado hasta los 90 en la British Library, en desuso por su complejidad). Los lenguajes controlados son los lenguajes documentales, construidos antes de la indización, es decir, aquellos que han establecido una lista cerrada y nominativa de descriptores antes de proceder al análisis documental. La búsqueda y recuperación es más rápida y eficaz. Son controlados los sistemas de clasificación, los encabezamientos de materia, las listas de autoridades y los tesauros. Ambas son correctas.
En la indización, otro criterio al clasificar los lenguajes documentales es el de coordinación: lenguajes precoordinados y postcoordinados. Los precoordinados se elaboran antes de su aplicación a los documentos, y permiten pocos términos de indización por documento. Son precoordinados la CDU, la DCC, los encabezamientos de materia y el sistema PRECIS. V F.
Las ontologías. En un futuro cercano, la información que aparece en Internet va a poder interpretarse por los ordenadores sin necesidad de intervención humana, en lo que se denomina web semántica, una ampliación de la web actual. Para que esto ocurra, es necesario que la información de las páginas web se codifique mediante ontologías, las cuales representarán el conocimiento de Internet, definiendo formalmente los conceptos de los diferentes dominios y sus relaciones, con capacidad para realizar deducciones a partir de dichas relaciones entre conceptos. V F.
Clasificar es agrupar un libro dentro de una clase proporcionada por un sistema de clasificación, en función de su contenido. La clasificación sistemática consta de dos etapas: análisis del documento y traducción de su contenido al lenguaje clasificatorio. V F.
El objetivo de una clasificación bibliográfica es distribuir los documentos atendiendo a su contenido, de modo que podamos dotar a los asientos bibliográficos de un punto de acceso que permita formar un índice para saber qué hay sobre una materia determinada en la biblioteca. Un sistema de clasificación tiene una doble finalidad: determinar el contenido de los documentos para poder distribuirlos conforme a un sistema de clases, para posteriormente ubicar los documentos en la biblioteca, según las clases establecidas. Los sistemas de clasificación bibliográfica son confeccionados previamente. V F.
Podríamos remontarnos al mundo antiguo para localizar las primeras clasificaciones, como la lógica de Aristóteles o el árbol dicotómico de Porfirio, aunque la más antigua que se conoce es la del Templo de Horus en Egipto. El primer sistema de clasificación bibliográfica como tal es del siglo XVI, el de Conrad Gessner, utilizado para estructurar su 'Biblioteca Universalis'. V F.
En función de la estructura, hay tres sistemas de clasificación: monojerárquicos, facetados y mixtos. Los monojerárquicos (también llamados jerárquicos o enumerativos) son las clasificaciones más sencillas. El conjunto de las clases se unen en una única arborescencia, cada clase se conecta con la raíz siguiendo un único camino, y no se permiten mezclas de distintos principios en una misma clase. Por su contenido pueden ser especializados o sectoriales (se ocupan de una rama del saber) o enciclopédicos (abarcan el universo de conocimientos). V F.
Los sistemas de clasificación bibliográficos pueden ser alfabéticos y sistemáticos. En los primeros se emplean palabras, mientras que en los segundos se utilizan símbolos, cada uno con un significado. V F.
La Dewey Decimal Clasification (DDC) es una clasificación bibliotecaria fundamentalmente enumerativa, que revisa constantemente su esquema pero sin cambios drásticos, y se usa en la bibliografía nacional italiana y en las cintas MARC de EE.UU. y Reino Unido. V F.
La Colon Classification o Clasificación Colonada fue ideada por Ranganathan en 1933 y no es lineal ni jerárquica. Solo se ha utilizado de forma general en la India. Es el prototipo de las clasificaciones por facetas. La materia principal se descompone en facetas por la aplicación de una o varias características. Es laboriosa, pero está dotada de gran flexibilidad. Las notaciones resultan complejas y el sistema requiere un largo aprendizaje por su dificultad. V F.
La clasificación expansiva de Cutter de 1891 se compone de 7 tablas o esquemas, cada una de las cuales incluye la totalidad de los conocimientos, pero con una complejidad progresiva. La Library of Congress Classification (LCC), desarrollada originalmente por Herbert Putnam con la ayuda de Charles Ammi Cutter en 1897 y usada desde 1904, es una adaptación del sistema expansivo de Cutter realizada por la necesidad de la Library of Congress de replantearse su sistema de organización de la colección debido al gran número de volúmenes. V F.
La clasificación bibliográfica de Bliss (1935) se basa en la realidad objetiva del orden natural. Se aplica en muchas bibliotecas especializadas inglesas, y en muchas bibliotecas universitarias de la Commonwealth. Es muy similar a las facetadas. Contiene 26 clases principales y divide cada disciplina desde 4 puntos de vista: filosófico, teórico, histórico y práctico. V F.
La clasificación bibliográfica de Brunet (1810) tuvo una gran aceptación en Europa durante el siglo XIX, y es la más corriente en las bibliotecas francesas, especialmente para clasificar fondos antiguos y muertos, y muy aplicada a las colecciones de los siglos XVIII y XIX. Es un sistema lógico influido por el sistema filosófico de Francis Bacon. Parte de un fondo básico de clases en que se dividía el saber en la época: A (Teología); B (Jurisprudencia); C (Ciencias y artes); D (Literatura); E (Historia). V F.
La Clasificación Decimal Universal (CDU en francés y español; UDC en inglés; DK en alemán; y UDK en las lenguas nórdicas) es uno de los sistemas de clasificación bibliográfica más extendidos en el mundo, y es el sistema oficial de clasificación en España para las bibliotecas de titularidad estatal desde 1939, y la base para la ordenación de la Bibliografía Española. V F.
La CDU es una clasificación sistemática de carácter enciclopédico, que contiene sucesiones de conceptos ordenados por relaciones según principios de subordinación lógica. Es un sistema mixto entre las clasificaciones enumerativas y las facetadas. V F.
La puesta al día y desarrollo de la CDU son continuos, y se realizan a través del Consorcio de la CDU desde 1992 (de la cual UNE forma parte), el cual sustituye en esta tarea a la desaparecida FID (2001). Se hace anualmente y por secciones, con traducciones a múltiples idiomas. En español se comenzó a publicar en 1955. En España se encarga de su publicación y revisión UNE (asociación española de normalización, llamada AENOR hasta 2017), como UNE 50001. La última edición es la 7ª (2015). V F.
La CDU agrupa el conocimiento en 9 clases, dejando la clase 4 vacía (serían 10 si se contara la 4), y, a semejanza de la DDC, siguiendo el principio de subordinación lógica cada una de esas clases puede subdividirse sucesivamente descendiendo ilimitadamente en el nivel jerárquico. Es una clasificación decimal, pues los números se contemplan como si fueran fracciones decimales, de manera que cuanto más largo es el número más específica es la materia. Los dígitos se agrupan de 3 en 3 y se pueden complementar con notaciones alfabéticas para casos específicos. Existen subdivisiones especiales y auxiliares, y se utilizan signos especiales que sirven para introducir determinados conceptos. Con la CDU se pueden clasificar documentos muy específicos. Su estructura comprende: Introducción doctrinal, con la teoría y las normas de uso. Tablas de números principales, que serán los que conformen la notación principal. Tablas auxiliares, para identificar cada elemento que forma una notación; pueden ser tablas auxiliares comunes o especiales. Índice alfabético de las tablas. Todas son correctas.
En la CDU, las tablas principales contienen los números principales, los cuales conforman la notación principal. Representan la totalidad del conocimiento, dividido en 10 clases. En realidad son 9, pues el 4 se dejó libre para poder ser aplicado a una nueva materia en crecimiento (para ello se llevó al 8 la lingüística). V F.
En la CDU, las tablas auxiliares se dividen en tablas auxiliares comunes (que pueden utilizarse con todos los números de las clases principales) y tablas auxiliares especiales (que constituyen verdaderas facetas y pueden utilizarse solo cuando así lo indica expresamente la clasificación, y tienen que acompañar siempre a un número principal; se indican en las tablas debajo de los números a los que pueden aplicarse). V F.
La CDU adopta el sistema de indización en cadena, para evitar el problema de permutación de términos con sus numerosas variaciones. Los signos auxiliares usados son los siguientes: Doble colon :: : hay números en los que un concepto debe ser expresado por dos números, de los cuales queremos que solo uno aparezca en la notación el catálogo. Es una notación no reversible. Por ejemplo: 622.341.1::338.124.4 (Crisis económica de la minería del hierro) / 338.124.4::622.341.1 (Minería del hierro durante la crisis económica). Relación : : se emplea cuando una obra trata de dos materias estudiadas una en relación con la otra. Se usa siempre que las tablas no ofrezcan otro recurso para expresarlo. Las dos materias tienen igual valor, por lo que es reversible. Por ejemplo: 61:79 (la medicina en relación con los deportes). Adición + : para obras de diversas materias que están expresadas por números no consecutivos. Por ejemplo: 550.1+550.3 (fisiografía y geofísica). Extensión / : permite crear un grupo reuniendo índices de la CDU que se siguen en las tablas. Por ejemplo: 58/59 (botánica y zoología). Síntesis ' : sirve para la conexión de conceptos, para notaciones que comienzan con las mismas cifras. Por ejemplo, para unir 329.17, 329.23 y 329.12 (partido nacionalista republicano liberal): 329.17'23'12. Todas son correctas.
Colocar un libro dentro de una clase proporcionada por un sistema de clasificación, o agrupar los libros de características comunes en función de su contenido es: Clasificar Indizar Catalogar Seleccionar.
¿Cuál de estos lenguajes documentales es más controlado? Los tesauros de descriptores Las listas de palabras Los encabezamientos de materias Los sistemas de clasificación.
En la CDU, el símbolo + es de adición, conectando dos o más números no consecutivos para denotar una materia compuesta para la cual no existe un único número. V F.
En 1954 se crea dentro de la IFLA un grupo de trabajo para la coordinación de los principios de catalogación. La Conferencia de París en 1961 crea en colaboración con la UNESCO el programa Control Bibliográfico Universal (CBU). La IFLA lo adoptó en 1973, traduciéndose en: Crear agencias bibliográficas nacionales. Hacer que sus productos sean comunicables mediante la adopción de normas aceptadas internacionalmente. Ambas son correctas.
La normalización y la consiguiente homologación tienen como objetivo que todas las bibliotecas y centros de documentación empleen una misma forma para la descripción y catalogación de un mismo tipo de documento. La ISO, que es el principal organismo internacional de normalización, en el terreno biblioteconómico y documental trabaja en colaboración con otras organizaciones mundiales, como la IFLA y la UNESCO. V F.
Para la normalización de la descripción bibliográfica se aplican las ISBD, normas internacionales desarrolladas por la IFLA que establecen una forma y un criterio únicos para elaborar registros bibliográficos. A partir de ellas cada país crea sus propias normas, adaptándolas a sus necesidades (por ejemplo, las Reglas de Catalogación españolas). V F.
La normalización de autoridades consiste en normalizar los puntos de acceso del catálogo y las relaciones entre ellos (ordenación de sus registros). Existen dos directrices (no normas como tal), ambas elaboradas por la IFLA: GARR: para los encabezamientos de autoridad en los catálogos. GSARE: para las entradas de materias y referencias. Ambas son correctas.
Para la normalización de los formatos de intercambio de datos, MARC confiere la posibilidad de identificar un registro bibliográfico, y dentro de él todos aquellos elementos informativos necesarios en una biblioteca. V F.
Para la normalización de los estándares de comunicación, el protocolo TCP/IP es utilizado por todos los ordenadores conectados a Internet, de manera que puedan comunicarse entre sí. V F.
La ISBD (International Standard Bibliographic Description) es un estándar internacional que determina la forma y el contenido de la descripción bibliográfica. V F.
Las ISBD, normas internacionales para descripción bibliográfica, introducen el concepto de ítem, concepto de unidad bibliográfica que puede ser cualquier documento, conjuntos o partes de ellos, bajo cualquier forma física susceptible de recibir una descripción bibliográfica única. V F.
Las ISBD son un Formato Internacional de Descripción Bibliográfica que especifica todos los elementos necesarios para la identificación de los documentos, les asigna un orden y unos signos de puntuación. Cada elemento de la descripción está precedido o seguido de un elemento de la puntuación prescrita con funciones diferentes dentro del registro. V F.
El control de autoridades es el proceso de unificar con una forma normalizada los puntos de acceso de los catálogos, y mostrar las relaciones entre los distintos puntos de acceso. Es decir, supone la normalización de los nombres de personas, entidades, títulos uniformes o materias que pueden constituir el punto de acceso principal o secundario de un catálogo automatizado. Su finalidad es facilitar la identificación y la recuperación de los documentos almacenados, evitando las confusiones que pueden suscitar los homónimos, los sinónimos o la variedad de nombres con los que puede ser denominado una persona, entidad, obra, tema o concepto. V F.
Los encabezamientos de materia comienzan a emplearse en la BNE en 1958, y se crea un primer fichero de autoridades de materia. Este fichero de materias sirvió como fuente para la Lista de Encabezamientos de Materia para Bibliotecas Públicas, editada por la Dirección General del Libro en 1986. Pero estos instrumentos eran insuficientes. Ha sido la aparición de los catálogos en línea lo que ha puesto de manifiesto la necesidad del control de autoridades y la creación de ficheros de autoridades en línea. V F.
La IFLA en 1978 creó un grupo de trabajo sobre un Sistema Internacional de Autoridades que tenía dos objetivos: definir los elementos constitutivos de un registro de autoridad (es el encabezamiento normalizado de nombres de persona, entidad, congreso, título, lugar o materia, establecido por la agencia bibliográfica para que pueda ser utilizado en los registros bibliográficos), y preparar un formato para el intercambio de datos. V F.
Para pasar la información de autoridad a forma legible por ordenador los elementos incluidos en los registros deben representarse en un formato de autoridades UNIMARC u otro MARC, cuyo objetivo es facilitar el intercambio internacional de información de autoridad en formato legible por ordenador entre agencias bibliográficas nacionales. V F.
En relación con el control de autoridades, hay dos proyectos que destacan en la cooperación internacional: Anglo-American Authority File: convenio entre British Library, National Library of Canada y Library of Congress para crear un fichero de autoridades en inglés. AUTHOR: proyecto patrocinado por la Conferencia Europea de Bibliotecas Nacionales (CENL), iniciado en 1995 y en el que participan la BNE, Francia, Bélgica, Portugal y la British Library. Ambas son correctas.
Los FRBR (requisitos funcionales de los registros bibliográficos) son un modelo conceptual desarrollado por la IFLA y publicado por primera vez en 1998, concebido inicialmente para las agencias bibliográficas nacionales. Antes de los FRBR nuestras reglas de catalogación tendían a ser muy poco claras acerca del uso de palabras como obra, edición o ítem. Por ejemplo, cuando decimos 'libro' para describir un objeto físico que tiene hojas de papel y una encuadernación, las FRBR llama a esto un ítem. Utiliza 'manifestación' para referirse a una publicación en una fecha determinada; 'expresión' para un texto e idioma específico; y 'obra' para el contenido que subyace a todas las versiones lingüísticas y publicaciones [El Quijote, en abstracto]. V F.
Dublin Core es una iniciativa impulsada en 1995 por Online Computer Library Center (OCLC), regulado también en la ISO 15836. Es el formato de metainformación más divulgado, y conlleva dos niveles: simple y cualificado. V F.
El encabezamiento normalizado de nombre de persona, entidad, congreso, título, nombre geográfico o materia establecida por la agencia bibliográfica, para que pueda ser utilizado en los registros bibliográficos, es: El registro de autoridad El registro de referencia El registro explicativo El registro de materia.
En las ISBD, las áreas son 9. V F.
El término colección especial incluye aquellos documentos que por su antigüedad, temática, rareza, riqueza, etc., merecen un tratamiento y uso distinto al de los materiales bibliográficos que conforman las colecciones generales. V F.
En muchas bibliotecas se entiende por fondo antiguo de libros aquellos anteriores al siglo XIX. En otros casos se ha tomado el tope convencional de 1830, periodo reconocido como de fin de la fabricación de los libros a mano. Esta limitación es práctica pero artificial, pues las primeras máquinas compositoras de papel ya operaban a finales del siglo XVIII, y sin embargo en muchas zonas la composición mecánica del libro no se impuso hasta finales del siglo XIX. V F.
Los objetos que integran el fondo antiguo de una biblioteca tienen como característica compartida un valor patrimonial, mediante el cual justificamos tanto su separación como su restricción de acceso y las medidas especiales para su conservación. V F.
Los instrumentos para la identificación y localización de manuscritos e incunables quedan dentro de los repertorios bibliográficos que describen los documentos atendiendo a su propia naturaleza. Respecto a la gestión del fondo antiguo, los procesos de selección y adquisición se reducen a la compra a libreros anticuarios y a la compra en subastas; y por otro lado está fuera de las tareas de expurgo. V F.
El fondo antiguo en las BPE españolas está constituido fundamentalmente por manuscritos e impresos de los siglos XV al XVIII. Estas bibliotecas, fruto de las medidas desamortizadoras de Mendizábal, se crearon principalmente para ser depósitos de los fondos bibliográficos de los conventos suprimidos. Esto hace que contengan fondos antiguos en una proporción inusitadamente alta. V F.
Las colecciones de materiales gráficos en las bibliotecas incluyen los dibujos, grabados (o estampas) y fotografías. Se entiende por materiales gráficos aquellos en los que la información está constituida por imágenes, sean originales o reproducciones. Su consulta puede hacerse a simple vista (fotografías, dibujos, grabados, etc.) o requerir aparatos de proyección (diapositivas, fílmicas, estereogramas, transparencias, etc.), en cuyo caso son materiales gráficos proyectables. V F.
Entre los materiales gráficos de las bibliotecas, la principal diferencia entre el dibujo y el grabado (o estampa) es que el primero es una obra única, y el segundo una obra múltiple y en la mayoría de los casos publicada. El dibujo suele tener un único autor, y en el grabado puede haber un dibujante, un grabador, un estampador, etc. Se puede dibujar sobre casi cualquier tipo de soporte. Sobre todo antes del siglo XIX, los dibujos no suelen estar firmados. V F.
La fotografía comienza como técnica gráfica viable con su aparición pública en 1839, año en que Louis-Jacques Daguerre anuncia y da a conocer al mundo el proceso del daguerrotipo: una imagen recogida con cámara oscura y fijada en una chapa metálica previamente preparada. Las fotografías pueden ser en negativo, en positivo, en diapositivas, en ficheros digitales, etc. En España las fotografías están protegidas por la Ley del Patrimonio Histórico. V F.
Los materiales gráficos proyectables son representaciones bidimensionales que precisan proyectores o visores. Las diapositivas son los materiales gráficos proyectables más usuales en las bibliotecas. V F.
Los diferentes soportes audiovisuales son: videocinta o videocasete, videodisco, película (cinta de celuloide con una serie continua de imágenes fotográficas que se reproducen mediante proyección), VideoCD (formato de disco compacto), y DVD (surge en 1997 y significa Vídeo Disco Digital, o Disco Versátil Digital. Es un CD más rápido y con más capacidad, que puede almacenar vídeo de calidad de cine y audio de mayor calidad que un CD, así como datos de ordenador). V F.
Una vez seleccionados los documentos se procede a su adquisición, que se podrá realizar a través del canje, la compra y el donativo. El proceso técnico de los fondos bibliográficos empieza en el momento de la recepción de los mismos en la biblioteca, y termina con la puesta a disposición del usuario [a excepción del expurgo]. Etapas del proceso técnico de los fondos bibliográficos: 1. Formar y mantener una colección. Son el bibliotecario lector y el referencista los que llevan a cabo las tareas de selección, adquisición, registro y sellado. 2. Organizar la colección. Es el bibliotecario catalogador el que fabrica el catálogo. Tareas de precatalogación (en algunas bibliotecas se realiza al mismo tiempo y por la misma persona que la adquisición, catalogación, clasificación, signatura, procesado final y depósito. 3. Difusión, mantenimiento y conservación (preservación, restauración, encuadernación, etc.). Todas son correctas.
El registro es una operación administrativa y contable que permite verificar que los créditos asignados a la compra de libros se han utilizado para ese fin, y es testimonio de que un documento forma parte de la biblioteca. Se comprueba si el libro es o no defectuoso, y si el libro y el precio se corresponden con lo pedido y con la factura. En la factura se se pone el mismo número de identificación, para tramitarla a los servicios de pago. V F.
Para los registros manuales se puede usar un único libro de registro para todos los materiales, o uno para cada tipo de material. Normalmente, cuando en la colección de la biblioteca existe diversidad de materiales, por motivos administrativos y estadísticos se usa un libro de registro para cada tipo de material si el proceso es manual. En caso de que el proceso esté automatizado, un único libro de registro para todos los materiales no supone inconveniente alguno. V F.
El número de orden asignado en el registro correspondiente a cada obra se indica en la misma, normalmente precedido de la inicial R (Registro), y también se anota en los asientos bibliográficos (en las distintas fichas, principal y secundarias, o en la información de ejemplares de los catálogos automatizados). V F.
El capítulo II del RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de BPE y del SEB, indica, en su artículo 5 (registros), que las Bibliotecas Públicas del Estado deberán llevar dos registros: uno para los fondos pertenecientes a la AGE y para los depositados por la Administración gestora de la biblioteca, en su caso; y otro para los fondos depositados por terceros. No se inscribirán en dichos registros los fondos que se reciban las BPE en virtud del préstamo interbibliotecario, o para la celebración de exposiciones temporales y actividades análogas, sin perjuicio del debido control administrativo de la recepción y salida de los mismos. V F.
La colocación del sello es la identificación y prueba de la propiedad de los fondos de la biblioteca. El sello tiene su antecedente en los ex-libros que indicaban el propietario del libro; puede ser en tinta o en seco, y normalmente es ovalado o circular. Aparte de permitir probar la pertenencia de una obra a la biblioteca, el sellado ayuda a verificar la paginación y a comprobar los posibles fallos. A veces sucede que durante la encuadernación los cuadernillo se doblan, se omiten o están mal impresos [entiendo que se refiere a la encuadernación de la imprenta], en cuyo caso los materiales deberán ser devueltos al proveedor, incluso después de que los hayamos sellado. Para ello, inutilizaremos el sello de la biblioteca, redactaremos una nota comunicando la incidencia y se lo devolveremos al proveedor para que proceda al cambio. Ambas son correctas.
El lugar del sello no está determinado, pero en el material bibliográfico, según Carrión, debe colocarse en el reverso de la portada. También suele colocarse en cantoneras, en la última página o colofón y en algunas páginas intermedias, sin dañar el material o tapar información. V F.
Los sistemas antihurto en las bibliotecas van desde un sistema de alarmas que se activa en el recinto una vez este se cierra al acabar la jornada, hasta un sistema de vigilancia electrónica de artículos, a través de etiquetas inteligentes de identificación por radiofrecuencia (RFID o Radio-Frequency Identification). V F.
Una vez realizadas las tareas de registro y sellado, pasamos al tratamiento técnico propiamente dicho. Los documentos recibidos deben catalogarse y clasificarse en el momento de su recepción. La catalogación y clasificación forman parte del análisis documental, elaborando el documento secundario dotado de todos sus elementos identificativos que permiten su recuperación. La catalogación se encuentra dentro de la fase de análisis formal, y la clasificación en la de análisis de contenido. V F.
La clasificación es la tarea consistente en agrupar los materiales por su contenido, con objeto de facilitar su situación y búsqueda, y se realiza mediante la asignación de un código que indica la materia del mismo. La clasificación se hará siempre de acuerdo con un sistema establecido de antemano. Los sistemas de clasificación pueden ser alfabéticos (como las listas de encabezamientos) o sistemáticos (como la CDU). V F.
Un registro catalográfico se compone de 3 partes: la descripción bibliográfica, los puntos de acceso al registro y los datos de localización física. V F.
Terminados los procesos administrativos de registro y sellado de los fondos y los procesos técnicos de catalogación y clasificación, se procede a la ordenación de estos. La ordenación de los fondos marcará la pauta para el acceso a los mismos. El acceso a la colección puede ser directo, semidirecto, e indirecto. V F.
La organización de los fondos comienza por asignarle a los documentos un lugar preciso en la biblioteca. Para ello, la signatura topográfica, la cual indica el lugar que ocupa un documento en la biblioteca, aparece tanto en el registro bibliográfico como en el documento, materializada en forma de tejuelo. V F.
Hay algunos fondos que son utilizados antes de recibir la signatura: las publicaciones periódicas. Una vez recibidos en la biblioteca, y hechas las diligencias de comprobación y contabilidad, se inscriben en el registro de publicaciones periódicas automatizado o en el CARDEX manual (ya en desuso), se los cataloga, clasifica y dota de una signatura provisional o número de exposición. Una vez hecho esto, se sellan, se magnetizan y se colocan para disposición del público en estanterías o expositores. V F.
Para los fondos utilizados después de recibir la signatura topográfica (todos excepto las publicaciones periódicas, que pueden usarse antes), la ordenación de la biblioteca puede ser de distintos tipos: sistemática, por números currens, por grupos, por centros de interés, y otros. En la organización sistemática: Los materiales se mantienen unidos según su contenido, y la organización del conocimiento coincide con la organización física de la biblioteca. Suele complementarse con la organización alfabética (apellido del autor, etc.). Las ventajas son la facilidad con la que pueden localizarse los fondos y la facilidad de uso, pues el acceso a ellos es directo y no requiere la presencia de mediador alguno. Sus inconvenientes son mezclar fondos activos e inactivos, y la necesidad de disponer de gran cantidad de espacio [y de revisar la correcta ordenación por si los usuarios la modifican]. Este es el sistema más adecuado para bibliotecas no centradas en funciones eminentemente conservadoras o de depósito. Todas son correctas.
Mientras las bibliotecas públicas, escolares, universitarias y especializadas deben tener una parte importante de la colección en libre acceso ordenada por materias, las bibliotecas de conservación (nacionales, regionales, bibliotecas de fondos antiguos muy valiosos) normalmente guardan las colecciones en depósitos a los que no accede el usuario. En estos casos la ordenación es correlativa, con un número currens. V F.
Los depósitos deberían albergar los siguientes fondos: Documentos antiguos, libros raros o curiosos, manuscritos. Fondos de gran formato, cartografía, partituras. Documentos audiovisuales y sonoros de gran valor, tesis y fondos especiales. Revistas y publicaciones periódicas cerradas, fondos de soporte fácilmente deteriorable, fondo bibliográfico de poco uso u obsoleto. Todas son correctas.
Por razones de seguridad y funcionalidad, el depósito debe estar compartimentado en salas con una superficie mínima de 100m2 y máxima de 250m2. Para un buen almacenamiento del material bibliográfico, el mobiliario idóneo son estanterías rectangulares y alargadas con 6 a 7 baldas, en las cuales los documentos se colocan verticalmente (salvo los formatos especiales), de abajo arriba y de izquierda a derecha. Se sujetan con apoyalibros, que evitan las caídas, inclinaciones y curvaturas. Las fotografías se deben guardar en archivadores de cajones, dentro de sobres individuales para que no se rocen. Los discos de vinilo se guardarán en sobres de plástico transparente y serán limpiados antes y después de cada audición. Los materiales cartográficos, mapas y planos, se guardarán en planeras horizontales, salvo que se hayan publicado ya plegados (en cuyo caso se pueden dejar en cajas), o en tubos de cartón no ácido o plástico cuando por su excesivo tamaño lo requieran. Las grabaciones electrónicas se conservarán protegidas de campos magnéticos; y las películas en cajas de metal, en posición horizontal. Todas son correctas.
En los depósitos, la humedad, la temperatura y la luz deben mantenerse lo más estables posible, lo cual exige unas condiciones ambientales graduables. Cuando no hay usuarios se deben poder adaptar las condiciones de temperatura y humedad a los libros y documentos especiales. Todo cambio debe ser gradual para evitar deformidades o grietas. Las oscilaciones térmicas producen una rigidez en la estructura de los documentos, y finalmente su fragilidad y fragmentación. La humedad relativa descompensada produce deshidratación y sequedad por su escasez, o hidrólisis por su exceso. La luz degrada los documentos. Se debe impedir la incidencia de luz solar directa sobre los materiales raros y valiosos como manuscritos y pergaminos. La luz de los depósitos debe ser tenue colocando en las ventanas cristales actínicos o transparentes naranja. La oscuridad total favorece los microorganismos. Se debe controlar la polución en el ambiente, mediante sistemas de renovación y filtrado del aire que evite los factores de contaminación. Todas son correctas.
La ISO 11799, para almacenamiento de la colección bibliográfica, se limita al papel, excluyendo otros soportes como el pergamino. V F.
Los depósitos externos contienen generalmente obras de muy baja utilización pero que tienen interés para la conservación. Este procedimiento de almacenaje resulta costoso, tanto por el mantenimiento del depósito como por el coste de acceso a las obras relegadas, y por ello en ocasiones varias bibliotecas optan por compartir un depósito externo (depósito compartido o cooperativo), como en el caso de las universidades. V F.
Para una correcta conservación y control de los fondos (para saber que los libros que forman parte del patrimonio de la biblioteca siguen existiendo en el fondo documental) es imprescindible que periódicamente se haga un inventario o recuento de sus fondos, utilizando los medios técnicos que proporciona el Sistema Integrado de Gestión Bibliotecaria. Hay dos tipos de revisiones: Diarias: la función principal es la de localizar los libros descolocados dentro de las estanterías. Periódicas: controlan el espacio de la colección (físico y de conservación), detectan los ejemplares deteriorados o desaparecidos, y sirven como base al expurgo. Ambas son correctas.
Según el capítulo II del RD 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de BPE y del SEB, el artículo 7 (recuentos) dice: "Las BPE deberán realizar periódicamente un recuento de sus fondos, que será total al menos una vez cada 5 años. En todo caso el recuento será anual para los fondos a que se refiere el artículo 4.3 [manuscritos, incunables, obras con menos de 3 ejemplares, aquellas que por su relevancia han sido declaradas BIC, y aquellas incluidas en el Inventario General de Bienes Muebles del PHE]. Del resultado de estos recuentos se extenderá la correspondiente acta firmada por el empleado de mayor categoría de entre los que lo hayan realizado, y con el visto bueno del Director de la Biblioteca". V F.
El control de los fondos de una colección supone el conocimiento actualizado de su situación física y estado. Comprende: Control físico: conocimiento de su existencia en los fondos de la biblioteca, grado de deterioro y disponibilidad. Control intelectual: conocimiento de su grado de utilización, vitalidad u obsolescencia. Ambas son correctas.
¿Qué tipo de acceso a la colección de una biblioteca responde a una ordenación sistemática? Acceso directo Acceso indirecto Acceso semidirecto.
En cuanto a las instalaciones y el equipamiento de las bibliotecas, cabe destacar la siguiente normativa: 'Directrices para el desarrollo de bibliotecas públicas' (IFLA, 2001). 'Pautas IFLA para edificios bibliotecarios: progresos y reflexiones' (2007). 'Pautas sobre los servicios de las bibliotecas públicas' (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2002). 'Directrices y normas para bibliotecas universitarias y científicas' (REBIUN, 1997). Todas son correctas.
En cuanto al mobiliario de una biblioteca, lo normal es que las estanterías oscilen entre 1m y 2,2m de altura. Se aconseja 1,8m para libre acceso, 1,8/2 para depósitos, y 1,5/1,6m para la sección infantil; con 6 baldas móviles de 1m de longitud para los depósitos (en los depósitos cerrados las baldas pueden llegar hasta 7), 5 baldas para libre acceso, y 3 o 4 para la sección infantil. La profundidad será de 25-30cm, y 60cm para los casos de estanterías dobles. La densidad de almacenamiento en libre acceso será de 3,5-4 ml/m2, mientras que en los depósitos será de 7,5-8 ml/m2, y para los estantes compactos de 12,5 ml/m2. V F.
En la biblioteca se considera suficiente un espacio por empleado de entre 8,5-12,5 m2. Los lectores necesitan un espacio de 2,5-3 m2. V F.
El RD 420/2015 de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de Universidades y Centros Universitarios establece que las bibliotecas universitarias deberán permitir en su conjunto la utilización simultánea de al menos un 10% del número total de alumnos previstos. V F.
En 1979 la IFLA presentó un documento sobre principios de conservación y restauración, cuya última publicación es de 1998. Distingue entre: Preservación: las actividades económicas y administrativas relacionadas con el depósito e instalación de los materiales, formación del personal, planes de acción, etc. Conservación: los planes y prácticas relativas a la protección del material bibliográfico frente al deterioro, daños y abandono. Restauración: las técnicas y procedimientos del personal responsable de reparar los daños producidos por el uso, tiempo y desgaste de los documentos. Se le devuelven al libro o al documento sus características originales. Todas son correctas.
Las causas de alteración y deterioro de los materiales bibliográficos son de dos tipos: naturales y accidentales. Las causas naturales a la vez pueden ser intrínsecas (propias al material del soporte documental) y extrínsecas (externas al material del soporte). Las causad de alteración accidentales incluyen el uso, las plagas, las inundaciones, derrumbamientos, el robo y el vandalismo. V F.
Sobre la prevención y la conservación, los muros de la biblioteca han de ser de ladrillo al exterior y de yeso al interior, para garantizar un aislamiento microclimático. Los suelos deben de ser de piedra antipolvo y que no retengan la humedad, y para su limpieza no hay que utilizar escobas, pues levantan polvo; sino aspiradores semi-industriales. Los suelos de material poroso (madera, cerámica) no deben ser fregados, pues absorben el agua y alteran el control higrométrico, admitiéndolo los suelos de terrazo o de cualquier material compacto impermeable. V F.
La encuadernación es un procedimiento destinado a preservar los materiales impresos o de estructura similar, dotándolos de tapas o cubiertas apropiadas. Puede ser clásica, especial; hacerse en la biblioteca o en talleres especializados; cosida o pegada, o en espiral y anillas para los documentos que necesiten ser extraídos y devueltos con frecuencia. V F.
Los manuscritos y pergaminos requieren una temperatura menor que el libro impreso; y las tintas utilizadas, generalmente de componente orgánico (hollín y cola, son menos agresivas que las químicas utilizadas hoy. V F.
La microfilmación es un sistema de reproducción de documentos a escala mínima, traspasándolos a un soporte sintético tipo carrete, en una cinta sobre la que se fotografían los originales con fuertes reducciones. Ahorra espacio, tiene alta resolución y longevidad. Pero el acceso a la información es lento y necesita condiciones ambientales de conservación costosas por ser material fotográfico, y confina al usuario a un emplazamiento específico con un equipo de proyección incómodo de usar. La microfilmación presenta las imágenes en blanco y negro y no transmite el formato o aspecto físico inicial. Resulta un sistema apropiado para libros con papel frágil y quebradizo o que tengan mucho uso. V F.
Los tisanuros, conocidos como pececillos de plata, ocasionan en el papel pequeñas erosiones superficiales de contorno irregular. V F.
En 1998 la IFLA publicó (actualizando unos 'principios' previos de 1979) los 'Principios para el cuidado y manejo de material de bibliotecas'. En 2010 el Ministerio de Cultura publicó un manual titulado 'Conservación preventiva y plan de gestión de desastres en archivos y bibliotecas'. V F.
La conservación se orienta en dos sentidos: la prevención y la restauración. V F.
En la biblioteca, la iluminación para la consulta [entiendo que se refiere a lectura en sala] debe ser de 500-750 lux. V F.
El registro catalográfico (formado por la descripción bibliográfica del documento, los puntos de acceso al registro y la localización) contiene la información que se presenta tradicionalmente en una ficha del catálogo. Puede incluir: descripción del ítem, asiento principal, asientos secundarios, encabezamientos de materia, y clasificación o signatura topográfica. Los registros MARC contienen con frecuencia mucha información adicional. V F.
El MARC es un estándar internacional para el intercambio de información bibliográfica entre sistemas automatizados de bibliotecas. Para interpretar la información contenida en un registro catalográfico, un formato MARC contiene una guía de claves codificadas de los datos que incluye, los cuales pueden ser leídos e interpretados por un ordenador. Un formato es la estructura de la noticia bibliográfica, así como el sistema de códigos que identifican el contenido de la misma. Dentro de estos formatos se ubica el formato MARC (Machine Readable Cataloguing, o catalogación legible por máquina). V F.
El registro MARC puede definirse como una agrupación lógica de elementos, dispuestos en un orden previsto y que constituyen una sola unidad de información. La norma ISO 2709 (ANSI Z39.2) contiene los medios para identificar las partes de un registro y la guía para estructurarlo debidamente. De acuerdo con la norma, un registro o noticia dispone de 2048 caracteres, ocupados por tres partes: la cabecera o guía, el directorio y el área de datos. Los nombres distintivos de los señaladores utilizados en el área de datos son: campo, etiqueta, indicador, subcampo, código de subcampo y designador de contenido. Como recursos de identificación complementarios se usan designadores de contenido y delimitadores de campo. V F.
MARC 21 es una estructura para registro de datos bibliográficos. Es el formato de datos bibliográficos más utilizado por bibliotecas de todo el mundo. Es un protocolo de identificación para el intercambio de información que permite estructurar e identificar los datos de tal forma que puedan ser reconocidos y manipulados por computadora. Su uso permite la interoperabilidad y el intercambio automatizado de datos bibliográficos entre distintas bibliotecas. Un registro MARC 21 se compone de 3 elementos: la estructura del registro, los identificadores de contenido, y el contenido. V F.
En el formato MARC 21, los campos de datos se agrupan de acuerdo con el primer carácter de la etiqueta, el cual indica la función de los datos dentro del registro. El tipo de información del campo se identifica a través del resto de la etiqueta. V F.
En el formato MARC 21, mediante los puntos de acceso el profesional o el usuario pueden buscar y localizar en el catálogo. Los principales puntos de acceso corresponden a: Los campos 1XX (asientos principales). Los campos 4XX (menciones de serie). Los campos 6XX (encabezamientos de materia). Los campos 7XX (asientos secundarios). Los campos 8XX (asientos secundarios de serie). Todas son correctas.
Los principales campos en el formato MARC 21 son: 008 Códigos de información de longitud fija-Información general. 017 Número de registro de Copyright o de Depósito Legal. 020 Número Internacional Normalizado para Libros (ISBN). 022 Número Internacional Normalizado para Publicaciones Seriadas (ISSN). 040 Fuente de la catalogación (centro catalogador). 080 Número de la CDU (Clasificación Decimal Universal). Todas son correctas.
En noviembre de 2007 la BNE cambió de formato IBERMARC a MARC 21. Para facilitar a los usuarios de registros de la biblioteca la exportación de los mismos y ayudar a aquellas bibliotecas que en el futuro quisieran cambiar de formato, se presentaron unas tablas con las equivalencias entre ambos. V F.
Existen distintos tipos de formatos MARC 21, el cual permite la codificación de registros legibles por ordenador para 5 tipos de informaciones: datos bibliográficos (al que nos venimos refiriendo todo el tema), de autoridades, de clasificaciones, de fondos y localizaciones, y de información de la comunidad. V F.
En los últimos años, la Library of Congress y especialistas de distintas partes del mundo han identificado la necesidad de una adaptación de los formatos MARC 21 al modelo de la web semántica, el Linked Data (datos enlazados o vinculados) y el Resource Description Framework (RDF) como modelo básico de datos. V F.
¿Qué formato MARC permite relacionar las notaciones con sus encabezamientos de materia o descriptores correspondientes? El MARC para registros de clasificación. El MARC para registros de fondos y localizaciones. El MARC para registros bibliográficos. El MARC para registros de autoridad.
La IFLA elaboró en 2002 las 'Directrices para proyectos de digitalización de colecciones y fondos de dominio público, en particular para aquellos custodiados en bibliotecas y archivos'. Y la UNESCO en 2003 la 'Carta para la preservación del patrimonio digital' y las 'Directrices para la preservación del patrimonio digital'. En España existe la norma UNE-ISO/TR 13028-2011, sobre directrices para la implementación de la digitalización de documentos. V F.
Los formatos más utilizados en los procesos de digitalización son: JPEG (Jount Photographic Experts Group): se usa para las imágenes en alta calidad en color real. Permite reducir el tamaño de los ficheros, sin o con pérdida poco significativa de la calidad de imagen. Se recomienda un nivel de compresión de 15:1 (a mayor compresión, mayor pérdida de detalle). Extensión .jpg GIF (Graphics Interchange Format): muy utilizado para iconos e iconos animados, y con posibilidad de establecer fondos transparentes. TIFF (Tagged Image File Format): formato multipágina utilizado por el escáner durante la digitalización. PDF (Portable Document Format): desarrollado por Adobe Systems. PNG (Portable Network Graphics): con alto nivel de compresión sin pérdida y con soporte de modos de color. Todas son correctas.
Entre los proyector nacionales de digitalización en España se encuentra la 'Biblioteca Virtual del Patrimonio Bibliográfico' (BVPB). Con el antecedente del proyecto CODEX en 1996, como programa de digitalización del patrimonio bibliográfico de las BPE, la Biblioteca Virtual del Patrimonio Bibliográfico (2008) es un proyecto cooperativo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las CCAA, cuyo objetivo es la difusión mediante facsímiles digitales de colecciones de manuscritos y libros impresos que forman parte del PHE. La participación se ha iniciado mediante la firma de convenios con otras instituciones que conservan fondos patrimoniales. V F.
La Biblioteca Digital Hispánica es la biblioteca digital de la BNE. Es un portal libre y gratuito, creado en 2008, de documentos digitalizados, entre los que se encuentran libros impresos entre los siglos XV y XIX, manuscritos, dibujos, grabados, folletos, carteles, fotografías, mapas, atlas, partituras, prensa histórica y grabaciones sonoras. El actual sistema de gestión de objetos digitales de la BNE es Pandora; se unifica así la gestión de objetos digitales dentro de la BNE, pues Pandora es también el software que gestiona la Hemeroteca Digital. V F.
Como otros proyectos de digitalización, están la Biblioteca Digital Discórides, proyecto de digitalización del fondo antiguo de la Universidad Complutense relativo a las ciencias de la salud que arrancó en 1995; y el Proyecto PADI-CAT (Patrimonio Digital de Cataluña), puesto en marcha en 2005 por la Biblioteca de Cataluña y que tiene como objetivo recoger los recursos digitales catalanes publicados en la web. V F.
El programa actual de digitalización del Patrimonio Bibliográfico de las BPE es: Biblioteca Virtual del Patrimonio Bibliográfico Proyecto CODEX Biblioteca Digital Hispánica Memoria Hispánica.
Se entiende por fondo o colección bibliográfico al conjunto de materiales bibliotecarios que la biblioteca pone a disposición de los usuarios: tanto los ubicados físicamente en ella como la colección accesible por medios informáticos y telemáticos (documentos electrónicos y en formato digital). La formación de una colección supone la selección y la adquisición. V F.
La selección de las publicaciones seriadas planteaba problemas debido a los altos costes de las suscripciones, la explosión de títulos, el espacio que debía reservarse para ellas cada año... Gracias a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (NTIC) el número de revistas disponibles en formato electrónico ha aumentado considerablemente, y la posibilidad de acceder a ellas por medio del préstamo interbibliotecario o de licencias compartidas es ya una realidad habitual. V F.
Para incrementar y mantener actualizada la información, el bibliotecario debe recurrir al examen directo de las obras o a las fuentes bibliográficas. La enorme cantidad de publicaciones hace imposible que el bibliotecario pueda llegar a examinarlas todas, por lo que normalmente la selección se hace a partir de las fuentes de información, las cuales (en formato papel, en CD-ROM o en Internet) son fuentes bibliográficas (comerciales y no comerciales) y no bibliográficas. V F.
La selección de los fondos no lleva necesariamente a su adquisición, por lo cual lo seleccionado debe ser siempre más que lo adquirido. La adquisición viene dada por la política seguida por la biblioteca, la cual queda determinada por los recursos económicos disponibles y con el tipo de biblioteca de que se trate. Modos de adquisición: Gratuitos: depósito, depósito legal, donación y legado. Semigratuitos: canje o intercambio. Onerosos: compra. Todas son correctas.
El procedimiento de la adquisición empieza por las operaciones previas: comprobar si el documento está ya en la biblioteca o ha sido pedido. Posteriormente, los trámites son los siguientes: Cumplimentar una ficha de pedido: en la que se indiquen las características del libro, el número de ejemplares solicitados y la forma del pedido. De este documento se hacen varias copias: una va al fichero de pedidos (de carácter provisional) y otra al fichero de proveedores (con el que puede establecerse el grado de fiabilidad de cada uno de ellos, y llevar el control de las respuestas recibidas). Envío de los pedidos: supone la elección de los proveedores. Entrega y recepción de los libros: examen de su integridad individual y colectiva, y elaboración de las posibles reclamaciones. Facturación: debe realizarse por duplicado para que quede constancia en el servicio de adquisiciones y en el de contabilidad. Registro y sellado de los fondos recibidos: el registro supone la inclusión en los fondos de la biblioteca (es un inventario) y debe contener todos los datos bibliográficos del libro, mientras que el sello es el reconocimiento de pertenencia a la misma. Todas son correctas.
Las adquisiciones se pueden automatizar creando bases de datos independientes de adquisiciones e implementando el módulo de adquisición de los Sistemas Integrados de Gestión Bibliotecaria. En la actualidad, los SIGB más utilizados incluyen módulos de selección y adquisición, con importante información bibliográfica, contable, sobre proveedores, pedidos, facturación, etc., lo cual permite extraer estadísticas, llevar el control presupuestario, realizar peticiones en firme, reclamaciones... V F.
Los sistemas conjuntos de selección y adquisición de fondos pueden ser cooperativos o centralizados. En los planes cooperativos, también llamados compartidos, intervienen varias bibliotecas para llevar a cabo la compra de documentos de forma coordinada, pudiéndose repartir el proceso de selección y adquisición por especialidades o campos de interés o zonas geográficas, para evitar comprar varias veces obras costosas de consulta ocasional. V F.
El autor es la persona que realiza alguna obra destinada a ser difundida en forma de libro, pero también el traductor respecto de su traducción, el compilador y quien extracta o adapta obras originales, y el ilustrador y el fotógrafo respecto de sus correspondientes trabajos. V F.
Editor es aquella persona natural o jurídica que, por cuenta propia, elige o concibe obras literarias, científicas y en general de cualquier temática, y realiza o encarga los procesos industriales para su transformación en libro, cualquiera que sea su soporte, con la finalidad de su publicación y difusión o comunicación. En inglés se corresponde con el término 'publisher'. V F.
Distribuidor es aquella persona natural o jurídica dedicada a la distribución de libros y revistas, que realiza servicios comerciales y que sirve de enlace entre editores y libreros. V F.
En 2007 Amazon creó Kindle, un lector de libros electrónicos portátil que permite comprar, almacenar y leer libros digitalizados. En 2009 integró la prensa. V F.
La edición digital (o electrónica) es aquella que ha sido producida y distribuida por medios digitales. Sus contenidos han de ser visionados en una pantalla digital. Es decir, su carácter digital se encuentra tanto en la producción como en la lectura. V F.
El SINLI (Sistema de Información Normalizada para el Libro) fue puesto en marcha en 2003 fruto de la unión del sector del libro: FGEE (Federación de Gremios de Editores de España), CEGAL (Confederación Española de Gremios y Asociaciones de Libreros) y FANDE (Federación de Asociaciones de Distribuidores de Ediciones). El SINLI normaliza los documentos de gestión más importantes que se intercambian a diario electrónicamente entre los profesionales del sector (editores, distribuidores y libreros), facilitando la gestión editorial. En la actualidad más de 1000 empresas entre editoriales, distribuidoras y librerías están integradas en el sistema. V F.
Los primeros libros digitales se distribuyeron a principios de 1990, una buena parte de ellos en disco óptico. Se trataba de obras de referencia (enciclopedias, diccionarios, etc.) que podrían incluir imágenes gracias al soporte óptico. En poco tiempo las versiones digitales de enciclopedias (Encarta, de Microsoft; o la Enciclopedia Micronet, en España) fueron sustituyendo a las extensas y costosas enciclopedias impresas. V F.
La concepción del autor individual y reconocido de los contenidos de los libros se debe originariamente a la cultura griega. V F.
Son elementos de la cooperación interbibliotecaria: bibliotecas que compartan informaciones o servicios, acuerdos que formalicen la cooperación, normas para llevar a cabo las actividades, estructura organizativa donde estén representadas las bibliotecas, infraestructura y medios técnicos, y objetivos, programas y proyectos. V F.
Las principales actividades de cooperación bibliotecaria son: desarrollo de colecciones (adquisición cooperativa), catalogación compartida (el más frecuente), préstamo interbibliotecario, y cooperación en la conservación. Las principales actividades de cooperación bibliotecaria en línea son: comunicación entre profesionales (a través de correo electrónico, listas de distribución y grupos de noticias), fuentes de información y formación de colecciones virtuales, suministro de documentos, acceso a la información bibliográfica, adquisición, apoyo técnico, formación y desarrollo profesional, investigación y proyectos conjuntos. V F.
El concepto 'red de bibliotecas' ha sido definido por ISO como "plan o procedimiento en el que unidades de bibliotecas trabajan juntas, compartiendo servicios y recursos, obteniendo mejores servicios para los usuarios". V F.
La UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) se empezó a crear en 1945 y entró en funcionamiento en 1946. En la actualidad son miembros más de 180 Estados. Su objetivo principal es contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad a través de la educación, la ciencia, la cultura, la comunicación y la colaboración entre naciones. Se estructura en: Conferencia General: reúne a todos los Estados miembros, aprueba los programas y los presupuestos. Consejo Ejecutivo: se compone de 58 Estados y se encarga de que se desarrollen las decisiones de la Conferencia General. Secretariado: estructura administrativa. Todas son correctas.
ISO (International Standard Organization) tiene su precedente en la ISA (International Standard Association), fundada en 1926 y desaparecida durante la IIGM. La ISO es una ONG creada en 1947 y organizada como una federación de asociaciones en la que están representadas un centenar de instituciones nacionales de normalización. Sus trabajos se traducen en acuerdos internacionales, que son publicados como normas internacionales. V F.
IFLA (International Federation of Library Associations and Institutions), en español FIAB (Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios) es la institución internacional más importante en el campo bibliotecario. Fue fundada en 1927 en Edimburgo, con el objetivo de ser un foro de contacto e intercambio de ideas y experiencias entre bibliotecarios, especialmente en el campo de la bibliografía. En 1947 se llegó a un acuerdo con la UNESCO mediante el cual la IFLA pasa a ser un órgano consultivo de esta, con sede en La Haya. V F.
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