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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEpersonal laboral ministerios parte comun

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Título del test:
personal laboral ministerios parte comun

Descripción:
TEMA 4 normas seguridad prevencion riesgos laborales

Autor:
Manuel
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
07/04/2019

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 70
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Temario:
La función de vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales corresponde: A la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional. A la Delegación Provincial de Trabajo. A la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Al Servicio de Medicina Preventiva.
Los representantes de los trabajadores con competencia en materia de prevencion de riesgos laborales son: Los miembros de la Junta de Personal, de la Junta Facultativa y de la Junta de Enfermería. Los Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales. El Servicio de Medicina Preventiva. Los Delegados de Prevención.
¿Qué se entiende por riesgo laboral? La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. La posibilidad de que un trabajador sufra una enfermedad en el trabajo. La posibilidad de que un trabajador sufra acoso. El riesgo que supone el ir a trabajar.
¿Quién debe garantizar a los trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo? La Inspección de Trabajo. El propio trabajador. El empresario. Las secciones sindicales.
El derecho básico reconocido a los trabajadores por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, es: La vigilancia de su estado de salud. Una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. La formación en materia preventiva. La información, consulta y participación.
Indica cuál es la definición de prevención: La probabilidad racional de que un riesgo se materialice de forma inminente. El estudio de los procesos potencialmente peligrosos para el trabajo Conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
Quedan bajo el ámbito de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: La totalidad de las relaciones laborales reguladas en el Estatuto de los Trabajadores. La totalidad de las relaciones laborales establecidas en el ámbito de las funciones públicas de policía y seguridad. Las relaciones laborales de carácter especial del servicio del hogar familiar. La totalidad de las relaciones laborales establecidas en los servicios operativos de protección civil y peritaje forense.
¿Cuál es la vigente Ley de Prevención de Riesgos Laborales? Ley 32/1995, de 8 de noviembre. Ley 30/1996, de 8 de noviembre. Ley 31/1995, de 6 de noviembre. Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
Entre los principios de la acción preventiva recogidos por el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, no figura: Evitar los riesgos. Evaluar los riesgos que se puedan evitar. Tener en cuenta la evolución de la técnica. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
¿Cuántos Delegados de Prevención se deberán elegir en empresas entre 3001 y 4000 trabajadores? 5. 6. 7. 8.
En las empresas de hasta 30 trabajadores el Delegado de Prevención será: El propio empresario. El trabajador más antiguo. El trabajador de mayor cualificación. El delegado de personal.
Según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con: 30 o más trabajadores. 50 ó más trabajadores 75 ó más trabajadores. 100 ó más trabajadores.
Entre las obligaciones de los trabajadores recogidas por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, no figura: Informar directamente al empresario de cualquier situación que entrañe riesgo para la seguridad o salud de los trabajadores. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, ¿se aplica a los empleados de la Administración Pública? Sí, sin distinciones. A los funcionarios sí, al personal laboral no. Al personal laboral sí, a los funcionarios no. No se aplica ni a funcionarios ni a personal laboral.
El órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta re- gular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos, es: El Comité de Empresa. El Consejo de Vigilancia de la Prevención. La Comisión de Evaluación de Riesgos Laborales. El Comité de Seguridad y Salud.
¿De quién depende la Comisión Técnica de Prevención de Riesgos Laborales? De la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado. Del Comité de Seguridad y Salud. Del Comité Intercentros. De la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma.
A efectos de determinar las capacidades y aptitudes necesarias para la evaluación de riesgos y el desarrollo de la actividad preventiva, las funciones a realizar se clasifican en tres grupos de cualificación: nivel básico, nivel intermedio y nivel superior. "Participar en la planificación de la actividad preventiva y dirigir las actuaciones a desarrollar en caso de emergencia y primeros auxilios" es una función correspondiente a: Nivel básico. Nivel intermedio y Superior. Nivel Superior. Nivel básico e intermedio.
En los casos de concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo cuando existe un empresario principal, uno de los deberes de vigilancia por parte de éste, consistirá en: Impulsar la regulación de esquemas organizativos, que eviten los accidentes de trabajo. Comprobar que las empresas contratistas y subcontratistas concurrentes en su centro de trabajo han establecido los necesarios medios de coordinación entre ellas. Asegurar la correcta utilización por parte de los trabajadores de las empresas concurrentes de los correspondientes dispositivos de seguridad disponibles. Asegurarse de que los trabajadores concurrentes disponen de la formación preventiva correspondiente.
Cuando los trabajadores estén expuestos a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, y el empresario no adopte o no permita la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores, la Ley 31/1995,de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales prevé: Los trabajadores afectados podrán paralizar la actividad. El órgano de representación del personal instará formalmente al empresario a la adopción de las medidas necesarias. Los Delegados de Prevención lo comunicarán a la autoridad laboral, que adoptará las medidas necesarias. El órgano de representación de personal podrá acordar la paralización de la actividad.
Según establece el arto 4 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, se define como daños derivados del trabajo: La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo El que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores. Las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo.
El arto 23 de la LPRL establece la documentación que el empresario debe elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral. De las siguientes no está incluido: El Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo. La planificación de la actividad laboral. La relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo.
El arto 29 de la LPRL establece las obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. De las siguientes no se considera una obligación del trabajador: Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar las actualizaciones que consideren oportunas en el equipo de protección individual. No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar.
Es incorrecto en relación con la paralización de los trabajos, regulada en el art.44 de la LPRL: Es necesario que el Inspector de Trabajo y Seguridad Social, compruebe que, a su juicio, existe un riesgo grave e inminente para la seguridad y la salud de los trabajadores Dicha medida, será comunicada a la empresa responsable, que la pondrá en conocimiento de los trabajadores afectados en un plazo máximo de 24 horas. El Inspector de Trabajo y Seguridad Social dará traslado de su decisión de forma inmediata a la autoridad laboral. La empresa, sin perjuicio del cumplimiento inmediato de tal decisión, podrá impugnarla ante la autoridad laboral en el plazo de tres días hábiles.
Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales son: La evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva. La evaluación inicial de riesgos y la formación. La planificación y la gestión de la actividad preventiva. La identificación y la evaluación de los riesgos.
El posible cambio de puesto de trabajo con riesgo para una trabajadora embarazada: Deberá realizarse en caso de imposibilidad de adaptación del propio puesto. Se hará previo informe en tal sentido del Servicio de Prevención. Se determinará por el empresario, y dará información a los representantes de los trabajadores. Se extenderá al período de lactancia.
La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa a través de: La política preventiva. El plan de prevención. El consenso de las partes. El poder de decisión del empresario.
El objeto y carácter de la norma de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales dice: La presente Ley tiene por objeto promover la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. La presente Ley tiene por objeto promover la seguridad y la salud de los trabajado- res mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. La presente Ley tiene por objeto promover la seguridad de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. La presente Ley tiene por objeto promover la seguridad, la salud de los trabajadores y la negociación entre empresa y Delegados de Prevención, mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.
El Título del Capítulo II de la Ley 31/1995 Prevención de Riesgos Laborales, corresponde a: Derechos y obligaciones Servicios de prevención Política en materia de prevención de riesgos para proteger a seguridad y la salud en el trabajo. Responsabilidad y sanciones.
Las normas reglamentarias en materia de prevención las dicta: El Gobierno, a través de las correspondientes normas reglamentarias y previa consulta a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. Los Delegados de Prevención. Los Delegados de Prevención y el Empresario. El Empresario.
La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo, está compuesta por: Representantes de las organizaciones sindicales y empresariales. Un representante de cada una de las Comunidades Autónomas y representantes de las organizaciones sindicales y empresariales Representantes de la Administración y representantes de las organizaciones sindicales y empresariales. Un representante de cada una de las Comunidades Autónomas y por igual número de miembros de la Administración General del Estado y, paritariamente con todos los anteriores, por representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.
la acción preventiva en la empresa: Se planificará por el Comité de Seguridad y Salud a partir de una evaluación inicial de riesgos. Se planificará por los Delegados de Prevención a partir de una evaluación inicial de riesgos. Se planificará por el empresario a partir de una evaluación inicial de riesgos. Se planificará por los Delegados de Personal a partir de una evaluación inicial de riesgos.
¿Cuándo se deben utilizar los equipos de protección individual? Siempre. Cuando los riesgos no hayan sido evaluados. Cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse. Cuando el trabajador lo estime oportuno.
¿Pueden los trabajadores efectuar propuestas al empresario y a los órganos de par- ticipación para mejorar los niveles de protección de la seguridad y salud en la empresa? No. Sí. Según el tamaño de la empresa. Según el número de trabajadores.
¿Debe el trabajador prestar su consentimiento para que le realicen vigilancia de la salud? No Si Depende del número de trabajadores de la empresa. Esta prestación es sólo para personal fijo en la empresa.
La información y formación de los trabajadores, debe ser asesorada y apoyada a la empresa por: Por los Delegados de Prevención. Por las Secciones Sindicales. Por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Por los Servicios de Prevención.
¿En qué casos se podrán constituir los Comités de Seguridad y Salud? Se podrán constituir en cualquier empresa, independientemente del número de trabajadores de que disponga. No existen los Comités de Seguridad y Salud. Se podrán constituir en todas aquellas Empresas o Centros que cuenten con 100 o más trabajadores. Se podrán constituir en todas aquellas Empresas o Centros que cuenten con 50 o más trabajadores.
Según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, es obligación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos: La protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. Soportar el coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo. Desarrollar una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva.
Según el artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la formación teórica y práctica en materia preventiva deberá: Impartirse en horario dentro de la jornada de trabajo. Impartirse por igual en jornada de trabajo y fuera del horario de trabajo. Impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquella del tiempo invertido en la misma. La formación teórica siempre debe ser en horario dentro de la jornada de trabajo y la formación práctica puede impartirse tanto dentro como fuera de la jornada de trabajo.
Los Delegados de Prevención: Son representantes de los sindicatos con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales. Son representantes de la empresa con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales. Son representantes de 105 trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales. Son representantes ajenos a la empresa con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales.
Se considera como "condición de trabajo": Cualquier característica del trabajo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador, quedando excluidas las características generales de los locales e instalaciones, existentes en el centro de trabajo. La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia además de las instalaciones, incluidas las características organizativas del trabajo. Todas aquellas características del trabajo, excluidas las relativas a su organización y ordenación que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador. Todas son correctas.
¿Cuál de los siguientes apartados no es una disciplina técnica de la prevención de riesgos laborales? Seguridad en el trabajo. Medicina Preventiva. Higiene industrial. Ergonomía y psicosociología aplicada.
Cuál de los siguientes principios generales de la acción preventiva a aplicar en el trabajo, contenidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, es incorrecto? Evaluar los riesgos que no se pueden evitar. Priorizar medidas individuales a las colectivas. Combatir los riesgos en su origen. Tener en cuenta la evolución de la técnica.
EI color de seguridad para las señales de advertencia es: El rojo. El azul. El verde. El amarillo o amarillo anaranjado.
Las señales de prohibición tendrán forma: Rectangular. De rombo. Redonda. Cuadrada.
Se utilizan pictogramas blancos sobre fondo verde para: Señales relativas a los equipos de lucha contra incendios. Señales de salvamento o socorro. Señales de advertencia. Señales de obligación.
En relación al uso de señales acústicas de seguridad, es correcto: El uso simultáneo de dos señales acústicas. El uso de una señal acústica cuando el ruido ambiental ya es demasiado intenso. El sonido de una señal de evacuación deberá ser continuo. Si un dispositivo puede emitir señales acústicas con un tono o intensidad variables o intermitentes, o con un tono o intensidad continuos, se utilizarán las segundas para indicar, por contraste con las primeras, un mayor grado de peligro o una mayor urgencia de la acción requerida.
En los locales de trabajo, la superficie libre mínima por trabajador es de: 2 metros cuadrados. 3 metros cuadrados. 5 metros cuadrados. 10 metros cuadrados.
En los locales de trabajo, la altura mínima de las barandillas es de: 50 cm. 60 cm. 90 cm. 1 metro.
Cuando su longitud sea menor que 3 metros, las rampas de los locales de trabajo tendrán una pendiente máxima del: 12 por 100. 10 por 100 8 por 100 5 por 100.
La altura máxima entre los descansos de las escaleras en los locales de trabajo, será de: 2,20 metros. 2,90 metros. 3,70 metros 4,50 metros.
Las escaleras de mano simples se colocarán, en la medida de lo posible, formando un ángulo con la horizontal de aproximadamente: 30°. 45°. 60°. 75°.
En relación a las vías y salidas de evacuación es correcto que: Las puertas de emergencia deberán abrirse hacia el interior. Las puertas de emergencia más recomendables son las giratorias y las correderas. Las puertas de emergencia deberán cerrarse con llave. Las puertas situadas en los recorridos de las vías de evacuación se deberán poder abrir en cualquier momento desde el interior sin ayuda especial.
La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre: 20 Y 24ºc 17 Y 27ºc 14 y 25ºc 18 Y 20ºc.
Respecto a la inclinación del tronco en la manipulación manual de cargas, es correcto afirmar que: La manipulación de una carga vigilando el centro de gravedad disminuye el riesgo de lesión en la zona. La postura correcta al manejar una carga es con el tronco inclinado La postura correcta al manejar una carga es con la espalda derecha. La técnica de levantamiento de la carga no afecta para una correcta manipulación.
En general, el peso máximo que se recomienda no sobrepasar en la manipulación manual de cargas es de: 25 Kg. 30 Kg. 50 Kg. 20 Kg.
Unas condiciones ideales de manipulación manual de cargas incluyen: Levantamientos rápidos y continuados. Espalda inclinada hacia delante. Manejo de la carga sin giros ni inclinaciones. Sujeción del objeto con una posición de la muñeca en ángulo de 90º.
A efectos prácticos, la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos derivados de la manipulación manual de cargas considera carga a los objetos de Más de 1 kg. Más de 3 kg. Más de 5 kg. Menos de 60 kg.
El riesgo de lesión será menor: Cuanto más alejada esté la carga del cuerpo. Cuanto más se gire el tronco. Cuanto menor sea la frecuencia de la manipulación. Cuanto menor sea el tiempo de descanso entre manipulaciones.
La Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos derivados de la manipulación manual de cargas recomienda que la profundidad de la carga no supere: Los 25 cm. Los 35 cm. Los 60 cm. Los 90 cm.
Según la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos derivados de la manipulación manual de cargas, desde el punto de vista preventivo, lo ideal es no transportar la carga una distancia superior a: 1 metro. 3 metros. 5 metros. 1O metros.
Cuando los trayectos de manipulación manual de cargas no superan los 10 metros, el peso máximo acumulado transportado en una jornada de 8 horas de trabajo será de: 3.000 kg. 6.000kg. 10.000 kg. 12.000 kg.
Se recomienda que en locales interiores el rango de temperaturas para trabajos ligeros se encuentre entre: 10° Y 30°. 14° Y 25°. 5° y 35°. 20° Y 24°.
¿Cuál de las siguientes acciones en la manipulación manual de cargas es correcta? Doblar las piernas manteniendo en todo momento la espalda derecha, y mantener el mentón metido. No flexionar demasiado las rodillas. Juntar los pies para proporcionar una postura estable y equilibrada para el levantamiento. Girar el tronco antes de cambiar de dirección. Sujetar firmemente la carga empleando ambas manos y separarla del cuerpo.
Según la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos derivados de la manipulación manual de cargas, aquellas cargas sin asas que pueden sujetarse flexionando la mano 90° alrededor de la carga, se consideran de: Agarre óptimo. Agarre bueno. Agarre regular. Agarre malo .
El desplazamiento vertical ideal de una carga es de: Hasta 25 cm. Hasta 50 cm. Hasta 100 cm. Hasta 175 cm.
Cuando se maneja una carga entre dos personas la capacidad de levantamiento es: La suma de sus capacidades individuales. Dos tercios de la mayor de las capacidades de los dos trabajadores. Dos tercios de la suma de sus capacidades individuales. La mitad de la suma de sus capacidades individuales.
La Guía Técnica recomienda que no se deberían manipular cargas en postura sentada (siempre que sea en una zona próxima al tronco, evitando manipular cargas a nivel del suelo o por encima del nivel de los hombros y giros e inclinaciones del tronco) de más de: 3 kilos. 5 kilos. 10 kilos. 15 kilos.
Las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización, han sido establecidas por: El Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo. El Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio . El Real Decreto 488/1997, de 14 de abril. El Real Decreto 485/1997, de 14 de abril.
EI Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo: Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo, se considera: Una carga. Objeto peligroso. Equipo de trabajo. Riesgo evaluable.
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