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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEpersonalidad 2

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Título del test:
personalidad 2

Descripción:
18 comon. contratos

Autor:
lmr
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Fecha de Creación:
24/10/2017

Categoría:
Otros

Número preguntas: 25
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Temario:
El Decreto 332/2011, crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, y NO es cierto que: . Es un órgano de carácter especializado que actuará con plena independencia funcional. . Está adscrito orgánicamente a la Consejería competente en materia de Presidencia. Actúa en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y de las entidades instrumentales de la misma que ostenten la condición de poderes adjudicadores. Todas las respuestas son correctas.
El procedimiento del recurso se iniciará mediante escrito, NO siendo correcto: Deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se tenga conocimiento del acto a impugnar El escrito de interposición se presentará en cualquier registro administrativo habilitado según la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente. A este escrito se acompañará una serie de documentos, entre ellos el justificante de haberlo anunciado previamente. Todas las respuestas son correctas.
En cuanto a las condiciones de aptitud del empresario, sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que cumplan ciertos requisitos, NO siendo cierto que: Que tengan plena capacidad de obrar. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Estén incursas en una prohibición de contratar. Acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Todas las respuestas son correctas.
En cuanto a los actos recurribles del recurso especial, NO es cierto que: Se puede presentar cuando pretendan concertar contratos las Administraciones Públicas y las entidades que ostenten la condición de poderes adjudicadores. (Todos PPAA) Los actos serán los realizados en contratos de umbrales SARA (O, COP, GSP VE >o= 5.225.000€; S y Sv. VE =o> 209.000€ en Andalucía) No se dará este recurso en relación con los procedimientos de adjudicación que se sigan por el trámite de emergencia (actuar de manera inmediata por catástrofe). Podrán ser objeto del recurso solo los acuerdos de adjudicación.
En cuanto a los efectos derivados de la interposición del recurso especial, una vez interpuesto este, si el acto recurrido es el de adjudicación: El órgano de contratación estudiará la suspensión del procedimiento. Se continuará el procedimiento de contratación, a la espera de la resolución del recurso especial Quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación. Todas las respuestas son correctas.
En cuanto al régimen de validez de los contratos y los supuestos de validez, los contratos de las Administraciones Públicas y los contratos sujetos a regulación armonizada (SARA) incluidos los contratos subvencionados SARA, serán inválidos: . Cuando derive de la ilegalidad de su clausulado. Cuando lo sea alguno de sus actos preparatorios o el de adjudicación. Por concurrir en los mismos alguna de las causas de derecho administrativo o de derecho civil. Todas las respuestas son correctas.
En cuanto al régimen especial de revisión de decisiones en materia de contratación (sin ser en caso de revisión de oficio), el TRLC crea El recurso especial en materia de contratación. La reclamación en materia de contratación. El recurso especial en materia de contratos. El recurso administrativo especial en materia de contratos.
En la tramitación del procedimiento de resolución del recurso especial, NO es cierto que: Interpuesto el recurso, el órgano encargado de resolverlo lo notificará en el mismo día al órgano de contratación con remisión de la copia del escrito de interposición y reclamará el expediente de contratación a la entidad, órgano o servicio que lo hubiese tramitado, quien deberá remitirlo dentro de los 2 días hábiles siguientes acompañado del correspondiente informe. Si el recurso se hubiera interpuesto ante el órgano de contratación autor del acto impugnado, éste deberá esperar a la reclamación del expediente por parte del órgano especializado en resolverlo (Tribunal). Se dará traslado del mismo a los restantes interesados, concediéndoles un plazo de cinco días hábiles para formular alegaciones, y, de forma simultánea a este trámite, decidirá, en el plazo de cinco días hábiles, acerca de las medidas cautelares si se hubiese solicitado. Igualmente, los hechos relevantes para la decisión del recurso podrán acreditarse por cualquier medio de prueba admisible en Derecho, abriéndose periodo de prueba El órgano competente para la resolución del recurso deberá, en todo caso, garantizar la confidencialidad y el derecho a la protección de los secretos comerciales en relación con la información contenida en el expediente de contratación, sin perjuicio de que pueda conocer y tomar en consideración dicha información a la hora de resolver.
En referencia a la resolución del recurso especial: . No hay plazo total para resolverlo desde su presentación. . Una vez recibidas las alegaciones de los interesados, o transcurrido el plazo señalado para su formulación, y el de la prueba, en su caso, el órgano competente deberá resolver el recurso dentro de los 5 días hábiles siguientes, notificándose a continuación la resolución a todos los interesados. En todo caso, la resolución será congruente con la petición y, de ser procedente, se pronunciará sobre la anulación de las decisiones ilegales adoptadas durante el procedimiento de adjudicación, incluyendo la supresión de las características técnicas, económicas o financieras discriminatorias contenidas en el anuncio de licitación, anuncio indicativo, pliegos, condiciones reguladoras del contrato o cualquier otro documento relacionado con la licitación o adjudicación, así como, si procede, sobre la retroacción de actuaciones (incluso acordar la adjudicación del contrato a otro licitador o determinar indemnización al reclamante). Todas las respuestas son correctas.
En relación al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, NO es cierto que: Estará compuesto por la persona titular de la Presidencia y 3 Vocales. Su nombramiento por Acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda. Se eligen entre personas funcionarias de carrera con licenciatura o grado en Derecho. La duración del mandato será de 5 años, renovables por una sola vez. Continúan hasta la toma de posesión. Si sustituyen a quien no complete su mandato, lo serán por lo que reste de mandato, pero si es menos de un año, pueden renovar dos veces. Serán puestos de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, con provisión por libre designación. Su remoción sólo será por causas tasadas, mediante Decreto por expiración del mandato o renuncia y Acuerdo en el resto de casos, previo procedimiento. En el Tribunal se respetará la representación equilibrada de hombres y mujeres.
En relación con el órgano competente para la resolución del recurso especial, NO es cierto que: En el ámbito de la Administración General del Estado se crea el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. En el ámbito de las Comunidades Autónomas la competencia para resolver los recursos será establecida por sus normas respectivas, debiendo crear un órgano independiente, y asimismo, pueden atribuir la competencia para la resolución de los recursos al Tribunal especial creado Administración General del Estado, pero para ello deberán celebrar el correspondiente convenio que estipule las condiciones en que la Comunidad sufragará los gastos derivados de esta asunción de competencias. (Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, creado en el Decreto 332/2011) En el ámbito de las Corporaciones Locales la competencia para resolver los recursos corresponderá al mismo órgano al que las Comunidades Autónomas, en cuyo territorio se integran las Corporaciones Locales, hayan atribuido la competencia para resolver los recursos de su ámbito. . Cuando se trate de los recursos interpuestos contra actos de los poderes adjudicadores que no tengan la consideración de Administraciones Públicas, la competencia para resolver los recursos estará atribuida a ellos mismos.
En relación con la legitimación para la interposición del recurso especial podrá interponerlo Los interesados en el procedimiento así autorizados. Toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso. Solo los excluidos de la licitación. Ninguna respuesta es correcta.
La declaración de nulidad de los actos preparatorios del contrato o de la adjudicación, cuando sea firme, llevará en todo caso consigo la del mismo contrato, y ello supondrá una serie de consecuencias, NO siendo correcto: . Que entrará en fase de liquidación Deben restituirse las partes recíprocamente las cosas que hubiesen recibido en virtud del mismo y si esto no fuese posible se devolverá su valor. La parte que resulte culpable no deberá indemnizar a la contraria de los daños y perjuicios que haya sufrido. . Todas las respuestas son correctas.
La prueba de la clasificación (en sustitución de los documentos de solvencia) y de la aptitud para contratar, a través de Registros o listas oficiales de contratistas se efectuará mediante: Declaración responsable del empresario clasificado en el Registro correspondiente Certificación del órgano encargado del Registro, que podrá expedirse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Solicitud por parte del órgano de contratación que pretenda contratar a un empresario correspondiente. Todas las respuestas son correctas.
La solvencia económica y financiera y técnica o profesional se acreditará mediante: La aportación de los documentos que se determinen por el órgano de contratación de entre los previstos en el TRLC -en el caso de ser adjudicatarios del contrato- (los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos se indicarán en el anuncio de licitación y se especificarán en el pliego del contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales al mismo). Declaración responsable (DEUC) -en primera instancia para la presentación de la oferta-. La clasificación del empresario para la celebración de contratos del mismo tipo que aquéllos para los que se haya obtenido, y para cuya celebración no se exija estar en posesión de la misma (si se exige clasificación, es la única forma de acreditar la solvencia). d. Todas las respuestas son correctas.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. La forma de acreditar esta capacidad de obrar será: . La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Todas las respuestas son correctas.
NO son causas de nulidad de derecho administrativo, en los contratos de las Administraciones Públicas y resto de poderes adjudicadores, las siguientes Las indicadas en el artículo 62.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (actual artículo 48 de la ley 39/2015). La falta de capacidad de obrar o de solvencia económica, financiera, técnica o profesional, debidamente acreditada, del adjudicatario, o el estar éste incurso en alguna de las prohibiciones para contratar. La carencia o insuficiencia de crédito, salvo los supuestos de emergencia. Todas aquellas disposiciones, actos o resoluciones emanadas de cualquier órgano de las Administraciones Públicas que otorguen, de forma directa o indirecta, ventajas a las empresas que hayan contratado previamente con cualquier Administración.
Para celebrar contratos con el sector público los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinen por el órgano de contratación. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible (para empresarios españoles), pero NO será obligatorio contar con la clasificación en los siguientes casos: 1 Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros 2 Para los contratos de servicios. 3 Para los demás tipos de contratos. 2 y 3 son correctas.
Previo a la interposición del recurso especial se podrá presentar por las personas legitimadas solicitud de medidas provisionales o cautelares, NO siendo cierto que: . Se solicitarán al órgano de contratación. Tales medidas irán dirigidas a corregir infracciones de procedimiento o impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, y podrán estar incluidas, entre ellas, las destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por los órganos de contratación. La suspensión del procedimiento que pueda acordarse cautelarmente no afectará, en ningún caso, al plazo concedido para la presentación de ofertas o proposiciones por los interesados. Las medidas provisionales que se soliciten y acuerden con anterioridad a la presentación del recurso especial decaerán una vez transcurra el plazo establecido para su interposición sin que el interesado lo haya deducido.
Reglamentariamente podrá eximirse la exigencia de acreditación de la solvencia económica y financiera o de la solvencia técnica o profesional para los contratos cuyo importe no supere un determinado umbral (esto conlleva que no hay que presentar ningún documento que acredite nada sobre solvencia). Estos umbrales son: 1 Obras, cuyo valor estimado no exceda de 80.000€. 2 Demás tipos de contratos cuyo valor estimado no exceda de 35.000 euros 1 y 2 son correctas. Ninguna es correcta.
Sobre el plazo de vigencia y revisión de las clasificaciones en el Registro correspondiente, NO es cierto que: La clasificación de las empresas tendrá una vigencia definida en tanto se mantengan por el empresario las condiciones y circunstancias en que se basó su concesión. favoreciendo a las demás libertades Para la conservación de la clasificación deberá justificarse anualmente el mantenimiento de la solvencia económica y financiera y, cada tres años, el de la solvencia técnica y profesional, a cuyo efecto el empresario aportará la correspondiente documentación actualizada en los términos que se establezcan reglamentariamente. La clasificación será revisable a petición de los interesados o de oficio por la Administración en cuanto varíen las circunstancias tomadas en consideración para concederla. En todo caso, el empresario está obligado a poner en conocimiento del órgano competente en materia de clasificación cualquier variación en las circunstancias que hubiesen sido tenidas en cuenta para concederla que pueda dar lugar a una revisión de la misma. La omisión de esta comunicación hará incurrir al empresario en la prohibición de contratar.
Sobre la resolución del recurso especial dictada en este procedimiento por parte del órgano especializado (Tribunal), NO es cierto que: Cabrá recurso administrativo. Solo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo posterior contra su resolución. No procederá la revisión de oficio. La resolución será directamente ejecutiva resultando de aplicación.
Sobre la revisión de oficio de los actos preparatorios y de los actos de adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas y de los contratos sujetos a regulación armonizada, NO es cierto que Se realizará en los supuestos de nulidad y anulabilidad. Se efectuará de conformidad con lo establecido en el propio TRLC. La competencia para declarar la nulidad o la lesividad se entenderá delegada conjuntamente con la competencia para contratar. En relación con la suspensión de la ejecución de los actos de los órganos de contratación, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Sobre las características del recurso especial, NO es cierto que: Sustituye a los recursos administrativos ordinarios recogidos en el Ley 39/2015 de Procedimiento administrativo común y no procederá la interposición de estos contra los actos en materia de contratación. Es potestativa su interposición y previo al recurso contencioso-administrativo ante el juez de esta jurisdicción (contra acto recurrido). El conocimiento y resolución de este recurso estará encomendado a un órgano especializado que actuará con plena independencia funcional en el ejercicio de sus competencias (se le da nombre de Tribunal, pero es en todo caso un órgano administrativo). Todas las respuestas son correctas y ciertas.
Todo aquel que se proponga interponer recurso especial contra alguno de los actos indicados deberá anunciarlo previamente, NO siendo correcto: Mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. Presentado ante el propio Tribunal. . En el plazo previsto para la interposición del propio recurso. Todas las respuestas son correctas.
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