PJCA
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() PJCA Descripción: Administrativo |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
A LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE SEVILLA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA DOÑA AMALIA CHACÓN AGUILAR, Procuradora de los Tribunales y de DON RODRIGO DÍAZ DE VIVAR, representación que acredito con la copia del poder para pleitos que se adjunta al presente escrito, y cuya devolución intereso, previa constancia en autos, por necesitarla para otros usos, y bajo la dirección letrada de Don José González Merelo, perteneciente al ICA Málaga con número de colegiado 5176, ante la Sala comparezco, y como mejor proceda en derecho, DIGO: Que por medio del presente escrito, interpongo Recurso Contencioso Administrativo, Procedimiento Ordinario, contra la Resolución expresa dictada por el Sr. Director de la Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga, notificada a esta parte el pasado día 19/03/2020, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto por mi principal contra la sanción administrativa recaída en el Expediente núm. 290050336666, de la Dirección General de Tráfico, Jefatura Provincial de Málaga, por la que se imponía multa de 500 € y suspensión por un mes de la autorización administrativa para conducir, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa de 13 de julio de 1998. A los efectos prevenidos en el citado Art. 45 LJ, se acompañan los siguientes documentos: - Poder acreditativo de la representación que ostento, como documento número 1. - Copia de la resolución impugnada, que desestimaba el recurso de reposición, como documento número 2. Por lo expuesto, procede y, SUPLICO A LA SALA: Se sirva admitir este escrito, con sus copias, y los documentos que se acompañan, y en su virtud, tenga por interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, Procedimiento Ordinario, contra la Resolución expresa a la que se ha hecho mención en el cuerpo de este escrito, y que desestimaba el recurso de reposición interpuesto por mi principal contra la sanción administrativa recaída en el Expediente núm. 290050336666, y, previo los trámites oportunos, reclame el Expediente Administrativo a dicho Organismo a fin de que me sea puesto de manifiesto para formalizar la demanda. Es de justicia que respetuosamente pido en Sevilla, a 14 de mayo de 2020. Determinar si la competencia objetiva o material es correcta. Es incorrecta, porque la competencia corresponde a los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, en virtud de lo establecido en el Art. 8.3 LJCA. Es correcta, porque la competencia corresponde a la Sala de lo Contencioso Administrativo , en virtud de lo establecido en el Art. 10.1 i) LJCA, dado que la normativa de Tráfico se aplica en todo el territorio nacional. Es incorrecta, la competencia objetiva corresponde a los Juzgados de Instrucción de Málaga, dado que estamos ante una sanción administrativa que se rige por los principios del derecho penal. Es correcta. La competencia corresponde a la Sala de lo Contencioso Administrativo, dado que, aparte de la sanción económica, lleva aparejada la suspensión por un mes de la autorización administrativa para conducir. A LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE SEVILLA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA DOÑA AMALIA CHACÓN AGUILAR, Procuradora de los Tribunales y de DON RODRIGO DÍAZ DE VIVAR, representación que acredito con la copia del poder para pleitos que se adjunta al presente escrito, y cuya devolución intereso, previa constancia en autos, por necesitarla para otros usos, y bajo la dirección letrada de Don José González Merelo, perteneciente al ICA Málaga con número de colegiado 5176, ante la Sala comparezco, y como mejor proceda en derecho, DIGO: Que por medio del presente escrito, interpongo Recurso Contencioso Administrativo, Procedimiento Ordinario, contra la Resolución expresa dictada por el Sr. Director de la Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga, notificada a esta parte el pasado día 19/03/2020, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto por mi principal contra la sanción administrativa recaída en el Expediente núm. 290050336666, de la Dirección General de Tráfico, Jefatura Provincial de Málaga, por la que se imponía multa de 500 € y suspensión por un mes de la autorización administrativa para conducir, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa de 13 de julio de 1998. A los efectos prevenidos en el citado Art. 45 LJ, se acompañan los siguientes documentos: - Poder acreditativo de la representación que ostento, como documento número 1. - Copia de la resolución impugnada, que desestimaba el recurso de reposición, como documento número 2. Por lo expuesto, procede y, SUPLICO A LA SALA: Se sirva admitir este escrito, con sus copias, y los documentos que se acompañan, y en su virtud, tenga por interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, Procedimiento Ordinario, contra la Resolución expresa a la que se ha hecho mención en el cuerpo de este escrito, y que desestimaba el recurso de reposición interpuesto por mi principal contra la sanción administrativa recaída en el Expediente núm. 290050336666, y, previo los trámites oportunos, reclame el Expediente Administrativo a dicho Organismo a fin de que me sea puesto de manifiesto para formalizar la demanda. Es de justicia que respetuosamente pido en Sevilla, a 14 de mayo de 2020. La competencia territorial es correcta porque: Es incorrecta, porque la competencia corresponde a los Tribunales de Málaga, dado que la sanción es impuesta por la Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga. Es incorrecta, la competencia corresponde a los Tribunales de Madrid, sede de la Jefatura Central de Tráfico. Es correcta, porque al tener el recurrente el domicilio en la provincia de Sevilla, en materia sancionadora, tiene la opción de elegir entre su propio domicilio y donde se halle la sede del órgano autor del acto originario impugnado. Es correcta, porque en materia de tráfico, la competencia territorial corresponde a los tribunales de la capital de la Comunidad Autónoma correspondiente. A LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE SEVILLA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA DOÑA AMALIA CHACÓN AGUILAR, Procuradora de los Tribunales y de DON RODRIGO DÍAZ DE VIVAR, representación que acredito con la copia del poder para pleitos que se adjunta al presente escrito, y cuya devolución intereso, previa constancia en autos, por necesitarla para otros usos, y bajo la dirección letrada de Don José González Merelo, perteneciente al ICA Málaga con número de colegiado 5176, ante la Sala comparezco, y como mejor proceda en derecho, DIGO: Que por medio del presente escrito, interpongo Recurso Contencioso Administrativo, Procedimiento Ordinario, contra la Resolución expresa dictada por el Sr. Director de la Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga, notificada a esta parte el pasado día 19/03/2020, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto por mi principal contra la sanción administrativa recaída en el Expediente núm. 290050336666, de la Dirección General de Tráfico, Jefatura Provincial de Málaga, por la que se imponía multa de 500 € y suspensión por un mes de la autorización administrativa para conducir, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa de 13 de julio de 1998. A los efectos prevenidos en el citado Art. 45 LJ, se acompañan los siguientes documentos: - Poder acreditativo de la representación que ostento, como documento número 1. - Copia de la resolución impugnada, que desestimaba el recurso de reposición, como documento número 2. Por lo expuesto, procede y, SUPLICO A LA SALA: Se sirva admitir este escrito, con sus copias, y los documentos que se acompañan, y en su virtud, tenga por interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, Procedimiento Ordinario, contra la Resolución expresa a la que se ha hecho mención en el cuerpo de este escrito, y que desestimaba el recurso de reposición interpuesto por mi principal contra la sanción administrativa recaída en el Expediente núm. 290050336666, y, previo los trámites oportunos, reclame el Expediente Administrativo a dicho Organismo a fin de que me sea puesto de manifiesto para formalizar la demanda. Es de justicia que respetuosamente pido en Sevilla, a 14 de mayo de 2020. El recurso contencioso administrativo ha sido interpuesto de forma extemporánea porque: Es extemporáneo, porque las normas dictadas en materia de plazos administrativos y procesales en este Estado de Alarma, no son de aplicación en materia de interposición de recurso contencioso administrativo. Hay extemporaneidad, pues al haberse notificado el 19/01/2020, y tener plazo de dos meses, éste vencía el 19/03/2020 (o a las 15 horas del día siguiente hábil) mientras que se ha interpuesto el RCA el día 14/05/2020. No es extemporáneo, porque las normas dictadas en materia de plazos administrativos y procesales en este Estado de Alarma, son de aplicación en materia de interposición de recurso contencioso administrativo. Por tanto, si la declaración del estado de alarma se produjo el 14/03/2020, no puede haber extemporaneidad del recurso, dado que el Estado de Alarma no ha sido levantado. No es extemporáneo, porque el plazo para interponer RCA frente a un acto expreso, es de 6 meses. Luego el plazo vence el 19/007/2020, (o a las 15 horas del día siguiente hábil) . A LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE SEVILLA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA DOÑA AMALIA CHACÓN AGUILAR, Procuradora de los Tribunales y de DON RODRIGO DÍAZ DE VIVAR, representación que acredito con la copia del poder para pleitos que se adjunta al presente escrito, y cuya devolución intereso, previa constancia en autos, por necesitarla para otros usos, y bajo la dirección letrada de Don José González Merelo, perteneciente al ICA Málaga con número de colegiado 5176, ante la Sala comparezco, y como mejor proceda en derecho, DIGO: Que por medio del presente escrito, interpongo Recurso Contencioso Administrativo, Procedimiento Ordinario, contra la Resolución expresa dictada por el Sr. Director de la Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga, notificada a esta parte el pasado día 19/03/2020, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto por mi principal contra la sanción administrativa recaída en el Expediente núm. 290050336666, de la Dirección General de Tráfico, Jefatura Provincial de Málaga, por la que se imponía multa de 500 € y suspensión por un mes de la autorización administrativa para conducir, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa de 13 de julio de 1998. A los efectos prevenidos en el citado Art. 45 LJ, se acompañan los siguientes documentos: - Poder acreditativo de la representación que ostento, como documento número 1. - Copia de la resolución impugnada, que desestimaba el recurso de reposición, como documento número 2. Por lo expuesto, procede y, SUPLICO A LA SALA: Se sirva admitir este escrito, con sus copias, y los documentos que se acompañan, y en su virtud, tenga por interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, Procedimiento Ordinario, contra la Resolución expresa a la que se ha hecho mención en el cuerpo de este escrito, y que desestimaba el recurso de reposición interpuesto por mi principal contra la sanción administrativa recaída en el Expediente núm. 290050336666, y, previo los trámites oportunos, reclame el Expediente Administrativo a dicho Organismo a fin de que me sea puesto de manifiesto para formalizar la demanda. Es de justicia que respetuosamente pido en Sevilla, a 14 de mayo de 2020. Este asunto, ¿debe tramitarse por las normas del Procedimiento Abreviado o por las normas del Procedimiento Ordinario?. Al ser competente para conocer del asunto, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, y ser la cuantía inferior a 30.000 €, el recurso contencioso administrativo debe ser tramitado por las normas del Procedimiento Abreviado. Al ser competente para conocer del asunto, los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, y ser la cuantía inferior a 30.000 €, el recurso contencioso administrativo debe ser tramitado por las normas del Procedimiento Abreviado. Este recurso debe tramitarse bajo los trámites del Procedimiento Ordinario, dado que no solo hay que tener en cuenta la cuantía de la sanción, sino también la suspensión de la autorización administrativa para conducir. Debe tramitarse por los cauces del Procedimiento Ordinario. El Procedimiento Abreviado, solo conoce de asuntos en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas, sobre extranjería, sobre inadmisión de peticiones de asilo político, y asuntos de disciplina deportiva en materia de dopaje. A LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE SEVILLA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA DOÑA AMALIA CHACÓN AGUILAR, Procuradora de los Tribunales y de DON RODRIGO DÍAZ DE VIVAR, representación que acredito con la copia del poder para pleitos que se adjunta al presente escrito, y cuya devolución intereso, previa constancia en autos, por necesitarla para otros usos, y bajo la dirección letrada de Don José González Merelo, perteneciente al ICA Málaga con número de colegiado 5176, ante la Sala comparezco, y como mejor proceda en derecho, DIGO: Que por medio del presente escrito, interpongo Recurso Contencioso Administrativo, Procedimiento Ordinario, contra la Resolución expresa dictada por el Sr. Director de la Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga, notificada a esta parte el pasado día 19/03/2020, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto por mi principal contra la sanción administrativa recaída en el Expediente núm. 290050336666, de la Dirección General de Tráfico, Jefatura Provincial de Málaga, por la que se imponía multa de 500 € y suspensión por un mes de la autorización administrativa para conducir, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa de 13 de julio de 1998. A los efectos prevenidos en el citado Art. 45 LJ, se acompañan los siguientes documentos: - Poder acreditativo de la representación que ostento, como documento número 1. - Copia de la resolución impugnada, que desestimaba el recurso de reposición, como documento número 2. Por lo expuesto, procede y, SUPLICO A LA SALA: Se sirva admitir este escrito, con sus copias, y los documentos que se acompañan, y en su virtud, tenga por interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, Procedimiento Ordinario, contra la Resolución expresa a la que se ha hecho mención en el cuerpo de este escrito, y que desestimaba el recurso de reposición interpuesto por mi principal contra la sanción administrativa recaída en el Expediente núm. 290050336666, y, previo los trámites oportunos, reclame el Expediente Administrativo a dicho Organismo a fin de que me sea puesto de manifiesto para formalizar la demanda. Es de justicia que respetuosamente pido en Sevilla, a 14 de mayo de 2020. ¿Se debería solicitar medida cautelar de suspensión del acto administrativo?. Sí es conveniente, porque de no solicitarse, la sanción podría ejecutarse pese a la existencia del RCA, con lo que, si el recurrente cumple con la suspensión por un mes de la autorización administrativa para conducir, el RCA perdería su finalidad legítima, caso de que fuera estimado. La medida cautelar no se solicita en sede judicial. Primero se interpone el RCA, y luego se presenta la copia sellada ante la administración competente para solicitar la medida cautelar frente a ella. En la Jurisdicción Contencioso Administrativa, no existen las medidas cautelares. No es necesario solicitar la medida cautelar de suspensión del acto administrativo, dado que la propia interposición del RCA, suspende los efectos del acto administrativo impugnado. SUPUESTO PRÁCTICO 1. A vuestro cliente le llega ahora una notificación del Ayuntamiento de Estepona, donde se le reclama el abono del recibo de IBI correspondiente al año 2015 de una vivienda de su propiedad, sita en esa localidad. 2. Vuestro cliente, una vez examinado el expediente, presenta un escrito al Ayuntamiento invocando la prescripción de la deuda tributaria por transcurso del plazo de cuatro años previsto en la LGT. 3. El Ayuntamiento de Estepona responde al escrito de vuestro cliente desestimándolo, debido a que la Ordenanza Fiscal de ese Municipio establece un plazo de prescripción de cinco años para aquellos supuestos en los que el propietario de un bien inmueble no esté empadronado en esta localidad, como es el caso. ¿Puede una Ordenanza Municipal contradecir materias reservadas a normas con rango de Ley, como es el caso de la prescripción?. Sí se puede, la Constitución Española otorga autonomía a las Corporaciones Locales, en el ámbito de sus competencias. Al ser este Tributo de carácter municipal, puede el Ayuntamiento regular la prescripción que le va a afectar mediante Ordenanza Municipal. Sí se puede, en los casos en los que se está buscando con la medida impuesta, un beneficio fiscal para determinados contribuyentes, en este caso, los empadronados en el municipio. No se puede, porque una Ordenanza Municipal no puede ir en contra de una norma de rango jerárquico superior, como es el caso de una Ley. SUPUESTO PRÁCTICO 1. A vuestro cliente le llega ahora una notificación del Ayuntamiento de Estepona, donde se le reclama el abono del recibo de IBI correspondiente al año 2015 de una vivienda de su propiedad, sita en esa localidad. 2. Vuestro cliente, una vez examinado el expediente, presenta un escrito al Ayuntamiento invocando la prescripción de la deuda tributaria por transcurso del plazo de cuatro años previsto en la LGT. 3. El Ayuntamiento de Estepona responde al escrito de vuestro cliente desestimándolo, debido a que la Ordenanza Fiscal de ese Municipio establece un plazo de prescripción de cinco años para aquellos supuestos en los que el propietario de un bien inmueble no esté empadronado en esta localidad, como es el caso. Aparte de impugnar el acto administrativo expreso ¿Se podría plantear una impugnación indirecta de la norma que da cobertura a dicho acto?. En este caso no, porque el tribunal competente para conocer del acto administrativo expreso, no lo es para conocer de la impugnación indirecta de la norma. Todas las respuestas son correctas. Sí sería posible, dando lugar a una cuestión de ilegalidad que elevaría el Juez que ha conocido del asunto, al Tribunal que hubiera sido competente para conocer sobre la legalidad o ilegalidad de la norma aprobada. No sería posible en este caso, dado que la norma no ha sido impugnada en tiempo y forma, siendo publicada con efectos erga omnes. SUPUESTO PRÁCTICO 1. A vuestro cliente le llega ahora una notificación del Ayuntamiento de Estepona, donde se le reclama el abono del recibo de IBI correspondiente al año 2015 de una vivienda de su propiedad, sita en esa localidad. 2. Vuestro cliente, una vez examinado el expediente, presenta un escrito al Ayuntamiento invocando la prescripción de la deuda tributaria por transcurso del plazo de cuatro años previsto en la LGT. 3. El Ayuntamiento de Estepona responde al escrito de vuestro cliente desestimándolo, debido a que la Ordenanza Fiscal de ese Municipio establece un plazo de prescripción de cinco años para aquellos supuestos en los que el propietario de un bien inmueble no esté empadronado en esta localidad, como es el caso. ¿Es preceptiva la intervención del procurador en este caso? ¿Y la del abogado?. La intervención del procurador ante órganos unipersonales es potestativa, mientras que la del letrado es preceptiva siempre. La intervención de ambos profesionales ante órganos judiciales unipersonales es preceptiva siempre. La intervención del procurador ante órganos unipersonales es preceptiva siempre, mientras que la del letrado es potestativa. La intervención de ambos profesionales ante órganos judiciales unipersonales es potestativa siempre. SUPUESTO PRÁCTICO 1. A vuestro cliente le llega ahora una notificación del Ayuntamiento de Estepona, donde se le reclama el abono del recibo de IBI correspondiente al año 2015 de una vivienda de su propiedad, sita en esa localidad. 2. Vuestro cliente, una vez examinado el expediente, presenta un escrito al Ayuntamiento invocando la prescripción de la deuda tributaria por transcurso del plazo de cuatro años previsto en la LGT. 3. El Ayuntamiento de Estepona responde al escrito de vuestro cliente desestimándolo, debido a que la Ordenanza Fiscal de ese Municipio establece un plazo de prescripción de cinco años para aquellos supuestos en los que el propietario de un bien inmueble no esté empadronado en esta localidad, como es el caso. Si se solicitara medida cautelar de suspensión del acto administrativo impugnado ¿se le debería dar traslado a la parte demandada para que formulase alegaciones?. No se da plazo para formular alegaciones, dado que en la tramitación ordinaria de una medida cautelar, no se concede plazo para alegaciones a la parte demandada, sino que se cita a las partes a una vista. Sí, siempre que la medida cautelar consista en la suspensión del acto administrativo impugnado. En el resto de medidas cautelares, no se concede plazo para alegaciones. Sí, pues en la tramitación ordinaria de una medida cautelar, está regulado el traslado a la administración demandada, para que formule alegaciones respecto a la medida cautelar interesada. No es necesario, dado que en el expediente administrativo que remite la administración al Juzgado, ya viene la fundamentación de por qué el acto administrativo es ajustado a derecho. SUPUESTO PRÁCTICO 1. A vuestro cliente le llega ahora una notificación del Ayuntamiento de Estepona, donde se le reclama el abono del recibo de IBI correspondiente al año 2015 de una vivienda de su propiedad, sita en esa localidad. 2. Vuestro cliente, una vez examinado el expediente, presenta un escrito al Ayuntamiento invocando la prescripción de la deuda tributaria por transcurso del plazo de cuatro años previsto en la LGT. 3. El Ayuntamiento de Estepona responde al escrito de vuestro cliente desestimándolo, debido a que la Ordenanza Fiscal de ese Municipio establece un plazo de prescripción de cinco años para aquellos supuestos en los que el propietario de un bien inmueble no esté empadronado en esta localidad, como es el caso. Si se solicitara medida cautelar de suspensión del acto administrativo, la caución,. Es potestativo su ofrecimiento, si bien el Tribunal, de oficio, aunque no se ofreciese, puede imponer su prestación. Es potestativo su ofrecimiento, si bien si no se plantea por ninguna de las partes, el Tribunal no podrá acordar la prestación de caución. Es preceptiva, hasta el punto de que si no se ofrece prestar caución, la medida cautelar se inadmite de plano. Es preceptiva, si bien si no se ofrece de inicio, el LAJ concede plazo de 10 días para que se subsane el defecto. SUPUESTO PRÁCTICO 1. Vuestro cliente es dueño de una industria en la ciudad de Málaga, que fabrica farolas de bronce. 2. El Ayuntamiento de Marbella, siguiendo todos los trámites administrativos pertinentes le adjudica el concurso para la instalación de 800 farolas en su Término Municipal. 3. La obra se ejecuta y el Ayuntamiento sólo ha abonado a vuestro cliente el 75 % del total del precio acordado, el cual se haya expresamente aprobado en el Presupuesto Municipal. 4. Vuestro cliente ha requerido de pago al Ayuntamiento en fecha 04/02/2020 y éste ha resuelto expresamente en fecha 04/03/2019 que se abone, pero al día de la fecha, aún no se ha cumplido la obligación. 5. El mismo supuesto, pero con la diferencia que el escrito presentado por vuestro cliente, no ha obtenido respuesta alguna al día de hoy. Determinar el tipo de actividad administrativa impugnable nos encontramos en el supuesto del punto quinto del supuesto. No tener en cuenta el Estado de Alarma. Nos encontramos ante un supuesto de inactividad material de la administración, en su vertiente de incumplimiento de la obligación de realizar una prestación concreta en favor de una o varias personas determinadas en virtud de una disposición general que no precise de actos de aplicación o en virtud de un acto, contrato o convenio administrativo. Nos encontramos ante un supuesto de vía de hecho. Nos encontramos ante un supuesto de inactividad material de la administración, en su vertiente de no ejecución de sus actos firmes. Nos encontramos ante un acto administrativo presunto. SUPUESTO PRÁCTICO 1. Vuestro cliente es dueño de una industria en la ciudad de Málaga, que fabrica farolas de bronce. 2. El Ayuntamiento de Marbella, siguiendo todos los trámites administrativos pertinentes le adjudica el concurso para la instalación de 800 farolas en su Término Municipal. 3. La obra se ejecuta y el Ayuntamiento sólo ha abonado a vuestro cliente el 75 % del total del precio acordado, el cual se haya expresamente aprobado en el Presupuesto Municipal. 4. Vuestro cliente ha requerido de pago al Ayuntamiento en fecha 04/02/2020 y éste ha resuelto expresamente en fecha 04/03/2019 que se abone, pero al día de la fecha, aún no se ha cumplido la obligación. 5. El mismo supuesto, pero con la diferencia que el escrito presentado por vuestro cliente, no ha obtenido respuesta Determinar el plazo máximo de interposición en el supuesto del punto 4º de la práctica (No existe el Estado de Alarma) entendida como inactividad material de la administración. Todas son correctas. Plazo de dos meses, a contar desde que ha transcurrido un mes desde el escrito presentado ante la administración solicitando la ejecución del acto firme. Plazo de dos meses a contar desde la fecha de notificación del acto administrativo. Plazo de un mes a contar desde que ha transcurrido un mes desde el escrito presentado ante la administración solicitando la ejecución del acto firme. SUPUESTO PRÁCTICO 1. Vuestro cliente es dueño de una industria en la ciudad de Málaga, que fabrica farolas de bronce. 2. El Ayuntamiento de Marbella, siguiendo todos los trámites administrativos pertinentes le adjudica el concurso para la instalación de 800 farolas en su Término Municipal. 3. La obra se ejecuta y el Ayuntamiento sólo ha abonado a vuestro cliente el 75 % del total del precio acordado, el cual se haya expresamente aprobado en el Presupuesto Municipal. 4. Vuestro cliente ha requerido de pago al Ayuntamiento en fecha 04/02/2020 y éste ha resuelto expresamente en fecha 04/03/2019 que se abone, pero al día de la fecha, aún no se ha cumplido la obligación. 5. El mismo supuesto, pero con la diferencia que el escrito presentado por vuestro cliente, no ha obtenido respuesta Determinar la competencia objetiva del Tribunal. La competencia corresponde a los Juzgados de lo Contencioso Administrativo. La competencia corresponde a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia. La competencia corresponde a los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo. La competencia corresponde a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional. SUPUESTO PRÁCTICO (NO EXISTE ESTADO DE ALARMA) 1. Vuestro cliente es dueño de una fábrica en la ciudad de Algeciras. Los terrenos donde se sitúa esta industria están en un polígono industrial. 2. Como consecuencia de la aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbanística de la ciudad, estos terrenos han pasado a ser zona de equipamiento hospitalario, y por tanto, el Ayuntamiento de Algeciras incoa un expediente de expropiación para todos los propietarios del polígono industrial por causa de utilidad pública. 3. El procedimiento termina con la expropiación de los propietarios, mediante fijación de la indemnización correspondiente, la cual es recurrida por todos los propietarios ante la Comisión Provincial de Valoraciones (antiguo Jurado Provincial de Expropiación). 4. Este Organismo resuelve aumentando la cantidad a indemnizar como justiprecio, la cual es recurrida por vuestro cliente ante la jurisdicción contencioso administrativa. 5. Como la expropiación ya había sido decretada, y este acto no ha sido recurrido por ningún propietario, todos desalojan sus propiedades, menos vuestro cliente que dice que hasta que le indemnicen lo que él solicita, no puede trasladar su industria a otros terrenos. 6. El Ayuntamiento de Algeciras inicia entonces un procedimiento de ejecución forzosa, ordenando el desalojo en el plazo de dos meses, el cual es desobedecido por el cliente, pero tampoco es recurrido en vía administrativa. 7. El Ayuntamiento, vista la desobediencia, dicta un Decreto de Alcaldía por el que decide entrar en la propiedad del cliente con personal municipal, sin solicitar autorización al Juzgado, y comienza el desmantelamiento y desalojo de la industria, el cual es notificado al cliente el mismo día anterior al de la entrada. 8. Actualmente están todavía desmantelando la industria, trasladando las materias primas y manufacturas a una parcela municipal. Llevan 3 días desde que entraron. ¿Puede un Ayuntamiento, en los supuestos de ejecución forzosa de un acto administrativo, entrar en propiedad privada sin autorización judicial?. Sí puede, siempre y en todo caso. Si puede, siempre que obtenga previamente autorización de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. No puede en modo alguno, pues precisa autorización judicial por parte del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo. No puede en modo alguno, pues precisa autorización judicial por parte del Juzgado de lo Contencioso Administrativo. SUPUESTO PRÁCTICO (NO EXISTE ESTADO DE ALARMA) 1. Vuestro cliente es dueño de una fábrica en la ciudad de Algeciras. Los terrenos donde se sitúa esta industria están en un polígono industrial. 2. Como consecuencia de la aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbanística de la ciudad, estos terrenos han pasado a ser zona de equipamiento hospitalario, y por tanto, el Ayuntamiento de Algeciras incoa un expediente de expropiación para todos los propietarios del polígono industrial por causa de utilidad pública. 3. El procedimiento termina con la expropiación de los propietarios, mediante fijación de la indemnización correspondiente, la cual es recurrida por todos los propietarios ante la Comisión Provincial de Valoraciones (antiguo Jurado Provincial de Expropiación). 4. Este Organismo resuelve aumentando la cantidad a indemnizar como justiprecio, la cual es recurrida por vuestro cliente ante la jurisdicción contencioso administrativa. 5. Como la expropiación ya había sido decretada, y este acto no ha sido recurrido por ningún propietario, todos desalojan sus propiedades, menos vuestro cliente que dice que hasta que le indemnicen lo que él solicita, no puede trasladar su industria a otros terrenos. 6. El Ayuntamiento de Algeciras inicia entonces un procedimiento de ejecución forzosa, ordenando el desalojo en el plazo de dos meses, el cual es desobedecido por el cliente, pero tampoco es recurrido en vía administrativa. 7. El Ayuntamiento, vista la desobediencia, dicta un Decreto de Alcaldía por el que decide entrar en la propiedad del cliente con personal municipal, sin solicitar autorización al Juzgado, y comienza el desmantelamiento y desalojo de la industria, el cual es notificado al cliente el mismo día anterior al de la entrada. 8. Actualmente están todavía desmantelando la industria, trasladando las materias primas y manufacturas a una parcela municipal. Llevan 3 días desde que entraron. ¿Qué jurisdicción autoriza la entrada de una Administración Pública en una propiedad privada para poder ejecutar sus actos?. El Tribunal de la Rota. La Jurisdicción Civil. La Jurisdicción Militar. La Jurisdicción Contencioso Administrativa. SUPUESTO PRÁCTICO (NO EXISTE ESTADO DE ALARMA) 1. Vuestro cliente es dueño de una fábrica en la ciudad de Algeciras. Los terrenos donde se sitúa esta industria están en un polígono industrial. 2. Como consecuencia de la aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbanística de la ciudad, estos terrenos han pasado a ser zona de equipamiento hospitalario, y por tanto, el Ayuntamiento de Algeciras incoa un expediente de expropiación para todos los propietarios del polígono industrial por causa de utilidad pública. 3. El procedimiento termina con la expropiación de los propietarios, mediante fijación de la indemnización correspondiente, la cual es recurrida por todos los propietarios ante la Comisión Provincial de Valoraciones (antiguo Jurado Provincial de Expropiación). 4. Este Organismo resuelve aumentando la cantidad a indemnizar como justiprecio, la cual es recurrida por vuestro cliente ante la jurisdicción contencioso administrativa. 5. Como la expropiación ya había sido decretada, y este acto no ha sido recurrido por ningún propietario, todos desalojan sus propiedades, menos vuestro cliente que dice que hasta que le indemnicen lo que él solicita, no puede trasladar su industria a otros terrenos. 6. El Ayuntamiento de Algeciras inicia entonces un procedimiento de ejecución forzosa, ordenando el desalojo en el plazo de dos meses, el cual es desobedecido por el cliente, pero tampoco es recurrido en vía administrativa. 7. El Ayuntamiento, vista la desobediencia, dicta un Decreto de Alcaldía por el que decide entrar en la propiedad del cliente con personal municipal, sin solicitar autorización al Juzgado, y comienza el desmantelamiento y desalojo de la industria, el cual es notificado al cliente el mismo día anterior al de la entrada. 8. Actualmente están todavía desmantelando la industria, trasladando las materias primas y manufacturas a una parcela municipal. Llevan 3 días desde que entraron. Determinar ante qué tipo de actividad administrativa impugnable estamos. Ante un acto administrativo expreso. Ante una inactividad material de la administración. Ante una vía de hecho. Todas son correctas. SUPUESTO PRÁCTICO (NO EXISTE ESTADO DE ALARMA) 1. Vuestro cliente es dueño de una fábrica en la ciudad de Algeciras. Los terrenos donde se sitúa esta industria están en un polígono industrial. 2. Como consecuencia de la aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbanística de la ciudad, estos terrenos han pasado a ser zona de equipamiento hospitalario, y por tanto, el Ayuntamiento de Algeciras incoa un expediente de expropiación para todos los propietarios del polígono industrial por causa de utilidad pública. 3. El procedimiento termina con la expropiación de los propietarios, mediante fijación de la indemnización correspondiente, la cual es recurrida por todos los propietarios ante la Comisión Provincial de Valoraciones (antiguo Jurado Provincial de Expropiación). 4. Este Organismo resuelve aumentando la cantidad a indemnizar como justiprecio, la cual es recurrida por vuestro cliente ante la jurisdicción contencioso administrativa. 5. Como la expropiación ya había sido decretada, y este acto no ha sido recurrido por ningún propietario, todos desalojan sus propiedades, menos vuestro cliente que dice que hasta que le indemnicen lo que él solicita, no puede trasladar su industria a otros terrenos. 6. El Ayuntamiento de Algeciras inicia entonces un procedimiento de ejecución forzosa, ordenando el desalojo en el plazo de dos meses, el cual es desobedecido por el cliente, pero tampoco es recurrido en vía administrativa. 7. El Ayuntamiento, vista la desobediencia, dicta un Decreto de Alcaldía por el que decide entrar en la propiedad del cliente con personal municipal, sin solicitar autorización al Juzgado, y comienza el desmantelamiento y desalojo de la industria, el cual es notificado al cliente el mismo día anterior al de la entrada. 8. Actualmente están todavía desmantelando la industria, trasladando las materias primas y manufacturas a una parcela municipal. Llevan 3 días desde que entraron. Plazos para interponer recurso contencioso administrativo, en los casos de Vía de Hecho. Diez días a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo establecido en el artículo 30. Y si no hubiere requerimiento, el plazo será de veinte días desde el día en que se inició la actuación administrativa en vía de hecho. Veinte días desde que se inició la actuación administrativa en vía de hecho. Quince días desde que se inició la actuación administrativa en vía de hecho. Doce días a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo establecido en el artículo 30. Y si no hubiere requerimiento, el plazo será de veintiocho días desde el día en que se inició la actuación administrativa en vía de hecho. SUPUESTO PRÁCTICO (NO EXISTE ESTADO DE ALARMA) 1. Vuestro cliente es dueño de una fábrica en la ciudad de Algeciras. Los terrenos donde se sitúa esta industria están en un polígono industrial. 2. Como consecuencia de la aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbanística de la ciudad, estos terrenos han pasado a ser zona de equipamiento hospitalario, y por tanto, el Ayuntamiento de Algeciras incoa un expediente de expropiación para todos los propietarios del polígono industrial por causa de utilidad pública. 3. El procedimiento termina con la expropiación de los propietarios, mediante fijación de la indemnización correspondiente, la cual es recurrida por todos los propietarios ante la Comisión Provincial de Valoraciones (antiguo Jurado Provincial de Expropiación). 4. Este Organismo resuelve aumentando la cantidad a indemnizar como justiprecio, la cual es recurrida por vuestro cliente ante la jurisdicción contencioso administrativa. 5. Como la expropiación ya había sido decretada, y este acto no ha sido recurrido por ningún propietario, todos desalojan sus propiedades, menos vuestro cliente que dice que hasta que le indemnicen lo que él solicita, no puede trasladar su industria a otros terrenos. 6. El Ayuntamiento de Algeciras inicia entonces un procedimiento de ejecución forzosa, ordenando el desalojo en el plazo de dos meses, el cual es desobedecido por el cliente, pero tampoco es recurrido en vía administrativa. 7. El Ayuntamiento, vista la desobediencia, dicta un Decreto de Alcaldía por el que decide entrar en la propiedad del cliente con personal municipal, sin solicitar autorización al Juzgado, y comienza el desmantelamiento y desalojo de la industria, el cual es notificado al cliente el mismo día anterior al de la entrada. 8. Actualmente están todavía desmantelando la industria, trasladando las materias primas y manufacturas a una parcela municipal. Llevan 3 días desde que entraron. En los supuestos de Vía de Hecho, la regla general es que la medida cautelar se adoptará. Sí, salvo que se aprecie con evidencia que no se dan las situaciones previstas en dichos artículos o la medida ocasione una perturbación gravede los intereses generales o de tercero, que el Juez ponderará en forma circunstanciada. Sí, siempre. No. Si, pero prestando caución obligatoria. SUPUESTO PRÁCTICO 1. A vuestro cliente le llega ahora una notificación del Ayuntamiento de Estepona, donde se le reclama el abono del recibo de IBI correspondiente al año 2015 de una vivienda de su propiedad, sita en esa localidad. 2. Vuestro cliente, una vez examinado el expediente, presenta un escrito al Ayuntamiento invocando la prescripción de la deuda tributaria por transcurso del plazo de cuatro años previsto en la LGT. 3. El Ayuntamiento de Estepona responde al escrito de vuestro cliente desestimándolo, debido a que la Ordenanza Fiscal de ese Municipio establece un plazo de prescripción de cinco años para aquellos supuestos en los que el propietario de un bien inmueble no esté empadronado en esta localidad, como es el caso. El plazo para interponer recurso contencioso administrativo es de (No existe el Estado de Alarma): Dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación del acto administrativo impugnado. La respuesta 1ª y 3ª son correctas. Tres meses, en los supuestos en los que se opta por otorgar la representación y defensa al abogado, al interponerse el RCA ante un órgano judicial unipersonal. Seis meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación del acto administrativo impugnado. Un Decreto de Alcaldía,. Pone fin a la vía administrativa, aunque resulta obligatorio el recurso de reposición si se pretende acudir a la vía contencioso administrativa. No pone fin a la vía administrativa porque puede ser recurrido ante el pleno. Pone fin a la via administrativa. No pone fin a la vía administrativa porque antes del contencioso administrativo se debe interponer el recurso de reposición. Cuando las normas reguladoras de un procedimiento no fijen el plazo máximo para resolver, este será de,. tres meses. un año. seis meses. 9 meses. La estimación por silencio administrativo tiene a todos los efectos la consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento. No. Se trata de un acto administrativo imperfecto. Un procedimiento solo finaliza con resolución expresa. si. Los plazos expresados en días, se contarán a partir del día siguiente al de su notificación o desde el día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo,. si. no. No, la desestimación por silencio no es recurrible. Sólo desde el día de la notificación. Los actos nulos son convalidables por la administración, subsanando los vicios de que adolezcan. No. Si, pero antes de 4 años. Si. Si, pero antes de un año desde que adquirió firmeza. Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible, el derecho-habiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento. No. Si, previa declaración responsable. Si, pero habrá de personarse. Si. Los actos administrativos se producirán por escrito a través de medios electrónicos, a menos que su naturaleza exija otra forma más adecuada de expresión y constancia. Si. No. Se producirán en soporte papel, archivándose por medio electrónico. No. No. El soporte informático se llevará en paralelo al Expediente Administrativo. El transcurso del plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución se podrá suspender cuando se soliciten informes preceptivos a un órgano de la misma o distinta Administración, por el tiempo que medie entre la petición, que deberá comunicarse a los interesados, y la recepción del informe, que igualmente deberá ser comunicada a los mismos. Este plazo de suspensión no podrá exceder en ningún caso de ¿.......? meses. Cinco meses. Seis meses. Tres meses. Dos meses. Las Administraciones Públicas podrán impugnar ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo los actos favorables para los interesados que sean anulables, previa su declaración de lesividad para el interés público. La declaración de lesividad no podrá adoptarse una vez transcurridos cinco años desde que se dictó el acto administrativo. Cierto. Incierto, el plazo es de 4 años. Incierto, la declaración de lesividad se refiere a los actos nulos. Incierto. No hay plazo establecido. La ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida si transcurrido un mes desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para decidir sobre la misma, el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto. Incierto, se debe aplicar la doctrina del silencio positivo. Incierto, debe haber resolución expresa. Cierto. Incierto, son tres meses. La inclusión del requisito de "especial trascendencia constitucional” en el Recurso de Amparo implica: Que todas las demandas de vulneración de Derechos Fundamentales serán admitidas a trámite. Que no basta con la posible lesión del derecho sino que deberá probarse esta especial trascendencia para su admisión. Que el Tribunal Constitucional conocerá solo de aquellas violaciones más graves de Derechos Fundamentales. El requisito de "especial trascendencia constitucional” no existe. Un requisito de la "especial trascendencia constitucional” es: El acatamiento por el Poder Judicial de la doctrina del Tribunal Constitucional. Todas las opciones anteriores son correctas. La existencia de doctrina del Tribunal Constitucional. La necesidad de aclarar o modificar la doctrina del Tribunal Constitucional. Un requisito de la "especial trascendencia constitucional” es: Todas las opciones anteriores son correctas. La negativa al deber de acatamiento por el Poder Judicial. La existencia de doctrina del Tribunal Constitucional. La violación de un Derecho Fundamental recogido en los artículos 14-29 y 30.2 CE. Para que el Tribunal Constitucional admita un a trámite un Recurso de Amparo se deberá incluir en la demanda: No es necesario incluir en la demanda el requisito de la "especial trascendencia constitucional. El cumplimiento de todos los requisitos de la "especial trascendencia constitucional". El cumplimiento de un requisito de la "especial trascendencia constitucional". Solo es necesario alegar la vulneración de un Derecho Fundamental. El Tribunal Constitucional: No se ha pronunciado nunca sobre la "especial trascendencia constitucional". Se ha pronunciado sobre la especial trascendencia constitucional, entre otras, en la STC 25/1982, de 19 de mayo, destacando su poca importancia. Se pronunció sobre la importancia de este requisito en una de las primeras sentencias de amparo, la STC 25/1982, de 19 de mayo. Se ha pronunciado sobre la especial trascendencia constitucional, entre otras, en la STC 155/2009, de 25 de junio. En la demanda se expondrán los hechos que la fundamenten (con claridad y precisión). Verdadero. Falso. En la demanda no se justificará la especial trascendencia constitucional del recurso (art. 49.1 LOTC), pues se hará en un momento posterior. Verdadero. Falso. En la demanda se citarán los preceptos constitucionales que se estiman infringidos. Verdadero. Falso. En la demanda se fijará "con precisión" el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la libertad considerado vulnerado. Verdadero. Falso. Si se incumpliesen los requisitos a incluir en la demanda se acordará la inadmisión del recurso sin posibilidad de subsanar el defecto. Verdadero. Falso. Si el acto administrativo impugnado es conforme a Derecho, de modo manifiesto, el Juez debe dictar sentencia de inadmisión. Si, el Juez no debe entrar a conocer sobre el fondo del asunto porque no se dan los requisitos procesales necesarios para ello. Depende, primero el Juez debe hacer un tramite previo de inadmisión. No, la sentencia desestimará el recurso cuando la disposición o el acto impugnados se ajusten a Derecho. ¿Para poder recurrir en casación una sentencia por incongruencia omisiva hay algún trámite previo específico que debe haberse cumplido?. Depende de si la omisión es una sentencia estimatoria o desestimatoria. Si, es necesario plantear un incidente de complemento de sentencia en la instancia. No, solo los trámites comunes a cualquier recurso de casación. La cuestión de ilegalidad ¿consiste en que al juez o tribunal puede decidir indirectamente sobre la legalidad de la disposición de carácter general cuando se recurre un acto de aplicación en los caso en que no tiene competencia para un recurso directo contra tal disposición?. No, solo significa que puede plantear la ilegalidad a los órganos jurisdiccionales que sí puedan conocer de la impugnación directa contra la disposición de carácter general. Si, por eso es un recurso indirecto, porque aunque el juez de instancia no puede decidir directamente sobre la impugnación de una disposición general, sí puede hacerlo indirectamente al enjuiciar un acto administrativo. Si, aunque el juez de instancia solo puede hacerlo cuando se haya dictado una sentencia firme estimatoria del recurso que anule el acto por considerar ilegal el contenido de la disposición general. El desistimiento de un recurso contencioso-administrativo que se puso en el plazo legalmente previsto permite siempre iniciar un nuevo proceso con el mismo objeto porque no supone renuncia del derecho. No, no es correcto, el desistimiento implica renuncia del derecho en lo formal por lo que ya no puede hacerse valer nunca. Si, es correcto, se puede iniciar siempre. No, no es correcto, debe subsistir el derecho, lo que significa que el nuevo recurso debe estar en plazo, es decir, el derecho debe subsistir. El plazo para pedir la nulidad de actuaciones ¿solo es uno, el de 20 días y se cuenta , desde la notificación de la resolución o, si no hubo notificación, contados desde que se tuvo conocimiento del defecto causante de indefensión, sea cuando sea que ocurra éste?. No, los que no fueron notificados pueden plantearlo mientras subsista su derecho. No, hay un limite de cinco años desde la notificación de la resolución, pasado el cual, los que no fueron notificados, tampoco puede plantearlo, aunque conocieran el vicio de nulidad. Es correcto, solo existe ese plazo y se cuenta así. Las sentencias de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo ¿pueden recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo?. Solo cuando es una sentencia desestimatoria y tengan una doctrina que se repute gravemente dañosa para los intereses generales y sean susceptibles de extensión de efectos. Si, cuando tengan una doctrina que se repute gravemente dañosa para los intereses generales y sean susceptibles de extensión de efectos pero además tiene que ser una sentencia estimatoria. No pueden siempre tiene que haber una segunda instancia, y es la de ésta la que será recurrible. ¿Cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por infracción sólo de normas procedentes de la Administración Local?. Si, porque no pueden encuadrarse en el recurso de casación autonómico. Si, porque aunque procedan de la la Administración Local el régimen local se configura por normas de derecho estatal o comunitario. No, porque no hay infracción de las normas de derecho estatal o comunitario. ¿Las cuestiones fácticas pueden ser revisadas en el recurso de casación?. No, nunca, aunque ello no impide que el Tribunal Supremo integre hechos que fueron omitidos por el juez o Tribunal de instancia, deben figurar en las actuaciones y deben ser relevantes para apreciar la infracción del ordenamiento jurídico o de la jurisprudencia denunciada. No, nunca, los hechos no pueden ser considerados en la casación de ningún modo. Si, cuando determinan falta de motivación o valoración irracional de la prueba y por tanto vicios in procediendo. En el nuevo recurso de casación el art. 88.3.a) LJCA, presume que existe interés casacional objetivo cuando en la resolución impugnada se hayan aplicado normas en las que se sustente la razón de decidir sobre las que no exista jurisprudencia. Supone que el TS haya declarado previamente en la admisión del recurso que no hay jurisprudencia. Ello significa que es necesario que no hayan pronunciamiento interpretativo de la norma en cuestión, de ninguna clase, en sentido absoluto, y por ningún tribunal. Ello significa que es necesario que, aunque el TS se haya pronunciado, sea necesario matizarlo, precisarlo o concretarlo para realidades jurídicas diferentes a las ya contempladas en la jurisprudencia. Las pretensiones del recurso de casación deberán tener por objeto únicamente la anulación, total o parcial, de la sentencia o auto impugnado. No, también se puede pedir la devolución de los autos al Tribunal de instancia e incluso la resolución del litigio por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo dentro de los términos en que apareciese planteado el debate. No, también se puede pedir la devolución de los autos al Tribunal de instancia. Si, es la única opción. Las disposiciones sancionadoras no se aplicarán retroactivamente. Menos aún cuando favorezcan al infractor. Efectivamente, es un principio general del derecho. Se aplican retroactivamente cuando favorecen al infractor, salvo que la resolución sea firme. Efectivamente, salvo que favorezcan al presunto infractor o infractor. La reducción del importe de la sanción por conformidad con la misma debe estar determinada en la notificación de iniciación del procedimiento y su efectividad estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. Efectivamente, así viene determinado. Efectivamente, bastando la conformidad, sin necesidad de renunciar a derecho alguno. Efectivamente, aunque no se puede renunciar a la acción jurisdiccional. No. La propuesta de resolución deberá indicar la puesta de manifiesto del procedimiento y el plazo para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que se estimen pertinentes. Si. No, tras la propuesta de resolución no cabe presentar nuevos documentos. No. La puesta de manifiesto ya se ha hecho con anterioridad. No. El órgano competente para resolver lo hará sobre la propuesta formulada, aunque considere que la infracción o la sanción pudiera revestir mayor gravedad que la determinada en la propuesta de resolución. Efectivamente, la propuesta ya formula unos máximos y mínimos. No. Si considera que la sanción debe ser mas grave, podrá notificar al inculpado para que aporte cuantas alegaciones estime convenientes en el plazo de diez días. Efectivamente, en su caso podría revocar el nombramiento del Instructor. Cuando las conductas sancionadas hubieran causado daños o perjuicios a las Administraciones y la cuantía destinada a indemnizar estos daños no hubiera quedado determinada en el expediente, se invalidará el procedimiento. No. El procedimiento sancionador no es el adecuado para determinar la indemnización. No hace falta, la indemnización se fijará mediante un procedimiento complementario, cuya resolución será inmediatamente ejecutiva. Efectivamente, la resolución debió manifestarse sobre la cuantía de la indemnización. Así es, es nula dicha Resolución. Sólo podrán ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas, así como, cuando una Ley les reconozca capacidad de obrar, los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos, que resulten responsables de los mismos a título de dolo o culpa. Verdadero. Falso. La incoación se comunicará al denunciante. Verdadero. Falso. El órgano instructor del procedimiento no es competente para resolver la finalización del procedimiento en ningún caso. Verdadero. Falso. Cuando la resolución sea ejecutiva, se podrá suspender cautelarmente, si el interesado manifiesta a la Administración su intención de interponer recurso contencioso-administrativo contra la resolución firme en vía administrativa. Verdadero. Falso. El ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a los órganos administrativos que la tengan expresamente atribuida, por disposición de rango legal o reglamentario. Verdadero. Falso. La competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo se extiende al conocimiento y decisión de las cuestiones prejudiciales e incidentales no pertenecientes al orden administrativo, aunque estén directamente relacionadas con un recurso contencioso-administrativo. Se excluye la laboral, penal y constitucional. Cierto. Cada jurisdicción debe conocer exclusivamente los temas de su competencia. Incierto. Se excluyen la penal y constitucional. La Jurisdicción Contencioso Administrativa conocerá sobre los actos y disposiciones del Consejo General del Poder Judicial . No, la competencia es del Tribunal Constitucional. Si, siempre. Según los casos, en ocasiones será el Plano del Tribunal Supremo. hay una polivalencia de jurisdicción, según la materia. Que significa que la Jurisdicción Contencioso-administrativa es improrrogable?. . Que las sentencias se ejecutar en los términos expresados en la misma, sin que se admita acuerdo alguno entre las partes. Que no se admite intromisión de otras jurisdicciones. Que los plazos del procedimiento son improrrogables. Que el conocimiento de los temas que le competen es exclusivo. La declaración de falta de jurisdicción será fundada y se efectuará indicando siempre el concreto orden jurisdiccional que se estime competente. Si la parte demandante se personare ante el mismo en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución que declare la falta de jurisdicción, se entenderá haberlo efectuado en la fecha en que se inició el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo. Incierto, si han transcurrido los plazos, es responsabilidad del demandante. Cierto. Incierto, el juzgado remitirá las actuaciones a la jurisdicción competente. Incierto. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas cuando en la producción del daño concurran con particulares o cuenten con un seguro de responsabilidad civil, no es competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. No lo es cuando hay responsabilidad penal. Si lo es. Es indiferente plantearlo ante la Civil o la Contencioso administrativa. Efectivamente. La jurisdicción Contencioso Administrativa conocerá sobre los contratos administrativos y los actos de preparación y adjudicación de los demás contratos sujetos a la legislación de contratación de las Administraciones públicas. No. Salvo las materias referidas al pago de las liquidaciones. Si, en todos los casos. No siempre. Los órganos de este orden jurisdiccional apreciarán de oficio la falta de jurisdicción y resolverán sobre la misma, previa audiencia de las partes y del Ministerio Fiscal por plazo común de cinco días. Verdadero. Falso. Los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo conocerán de las pretensiones que se deduzcan en relación con la actuación de las Administraciones públicas sujeta al Derecho Administrativo, con las disposiciones generales de rango inferior a la Ley y con los Decretos legislativos cuando excedan los límites de la delegación. Verdadero. Falso. Los actos y disposiciones de las Corporaciones de Derecho público, adoptados en el ejercicio de funciones privadas, también son competencia de la Jurisdicción contencioso administrativa.. Verdadero. Falso. La actuación de la Administración electoral, los términos previstos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, no es competencia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sino de una jurisdicción especial. Verdadero. Falso. Don José María, mayor de edad, vecino de Málaga y funcionario de profesión, cuando paseaba por la vía pública junto a su mujer, sufrió un accidente al introducir una pierna en un agujero existente en la acera que carecía de señalización. Tras solicitar asesoramiento a un abogado, formularon una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, reclamando un indemnización por los daños y secuelas sufridas por importe de 18.953 euros. La Administración, el pasado día 18 de abril, le notificó la resolución desestimatoria de la reclamación interpuesta. Don José María acude a su despacho profesional y les solicita asesoramiento jurídico. Tras analizar la reclamación y la resolución notificada, deciden interponer recurso contencioso-administrativo. Sobre la base del anterior enunciado, contestar a las preguntas tipo test, tomando como presupuesto que no existe estado de alarma. El recurso contencioso-administrativo que don José María desea interponer se tramitará por los cauces del: Procedimiento verbal. Procedimiento ordinario. Procedimiento abreviado. Procedimiento para la protección de los derechos fundamentales. Don José María, mayor de edad, vecino de Málaga y funcionario de profesión, cuando paseaba por la vía pública junto a su mujer, sufrió un accidente al introducir una pierna en un agujero existente en la acera que carecía de señalización. Tras solicitar asesoramiento a un abogado, formularon una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, reclamando un indemnización por los daños y secuelas sufridas por importe de 18.953 euros. La Administración, el pasado día 18 de abril, le notificó la resolución desestimatoria de la reclamación interpuesta. Don José María acude a su despacho profesional y les solicita asesoramiento jurídico. Tras analizar la reclamación y la resolución notificada, deciden interponer recurso contencioso-administrativo. Sobre la base del anterior enunciado, contestar a las preguntas tipo test, tomando como presupuesto que no existe estado de alarma. El Letrado de don José María desea valerse de un dictamen pericial para la defensa de sus derechos. Conforme a la legislación vigente lo tendrá que aportar: Con la demanda. En el acto de la vista. Con el escrito de interposición del recurso. Con la contestación a la demanda. Don José María, mayor de edad, vecino de Málaga y funcionario de profesión, cuando paseaba por la vía pública junto a su mujer, sufrió un accidente al introducir una pierna en un agujero existente en la acera que carecía de señalización. Tras solicitar asesoramiento a un abogado, formularon una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, reclamando un indemnización por los daños y secuelas sufridas por importe de 18.953 euros. La Administración, el pasado día 18 de abril, le notificó la resolución desestimatoria de la reclamación interpuesta. Don José María acude a su despacho profesional y les solicita asesoramiento jurídico. Tras analizar la reclamación y la resolución notificada, deciden interponer recurso contencioso-administrativo. Sobre la base del anterior enunciado, contestar a las preguntas tipo test, tomando como presupuesto que no existe estado de alarma. El Letrado de don José María presenta como testigos a su mujer e hijos que le acompañaban cuando sufrió el accidente y por tanto: Tendrá que proponer la prueba en la demanda, designando los puntos de hecho y los medios de prueba. No puede proponerlos por el grado de parentesco que ostentan con don José María. Sólo puede proponer a uno. Los propondrá en el acto de la vista. Don José María, mayor de edad, vecino de Málaga y funcionario de profesión, cuando paseaba por la vía pública junto a su mujer, sufrió un accidente al introducir una pierna en un agujero existente en la acera que carecía de señalización. Tras solicitar asesoramiento a un abogado, formularon una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, reclamando un indemnización por los daños y secuelas sufridas por importe de 18.953 euros. La Administración, el pasado día 18 de abril, le notificó la resolución desestimatoria de la reclamación interpuesta. Don José María acude a su despacho profesional y les solicita asesoramiento jurídico. Tras analizar la reclamación y la resolución notificada, deciden interponer recurso contencioso-administrativo. Sobre la base del anterior enunciado, contestar a las preguntas tipo test, tomando como presupuesto que no existe estado de alarma. El Letrado de la Administración demandada no está conforme con la prueba testifical propuesta por el Letrado de don José María y admitida por el Juez. Por tanto, tendrá que: Interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días. Interponer recurso de reposición en el acto de la vista. Hacer las observaciones oportunas sobre sus circunstancias personales al formular las conclusiones. Interponer recurso de apelación. Don José María, mayor de edad, vecino de Málaga y funcionario de profesión, cuando paseaba por la vía pública junto a su mujer, sufrió un accidente al introducir una pierna en un agujero existente en la acera que carecía de señalización. Tras solicitar asesoramiento a un abogado, formularon una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, reclamando un indemnización por los daños y secuelas sufridas por importe de 18.953 euros. La Administración, el pasado día 18 de abril, le notificó la resolución desestimatoria de la reclamación interpuesta. Don José María acude a su despacho profesional y les solicita asesoramiento jurídico. Tras analizar la reclamación y la resolución notificada, deciden interponer recurso contencioso-administrativo. Sobre la base del anterior enunciado, contestar a las preguntas tipo test, tomando como presupuesto que no existe estado de alarma. ¿Cuál es el plazo del que dispone don José María para la interposición del recurso contencioso-administrativo?. No existe plazo. Dos meses. Veinte días. Un mes. Don José María, mayor de edad, vecino de Málaga y funcionario de profesión, cuando paseaba por la vía pública junto a su mujer, sufrió un accidente al introducir una pierna en un agujero existente en la acera que carecía de señalización. Tras solicitar asesoramiento a un abogado, formularon una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, reclamando un indemnización por los daños y secuelas sufridas por importe de 18.953 euros. La Administración, el pasado día 18 de abril, le notificó la resolución desestimatoria de la reclamación interpuesta. Don José María acude a su despacho profesional y les solicita asesoramiento jurídico. Tras analizar la reclamación y la resolución notificada, deciden interponer recurso contencioso-administrativo. Sobre la base del anterior enunciado, contestar a las preguntas tipo test, tomando como presupuesto que no existe estado de alarma. En el mismo sitio, el vecino de don José María sufrió un accidente, habiendo recibido una indemnización por estos hechos del Ayuntamiento. El Letrado de don José María considera vulnerado su derecho a la igualdad e interpone un recurso para la protección de los derechos fundamentales. El plazo para la interposición del recurso es: Dos meses. Cuarenta y ocho horas. Diez días. Diez días a contar desde que don José María requiere al Ayuntamiento para que cese el trato discriminatorio. Don José María, mayor de edad, vecino de Málaga y funcionario de profesión, cuando paseaba por la vía pública junto a su mujer, sufrió un accidente al introducir una pierna en un agujero existente en la acera que carecía de señalización. Tras solicitar asesoramiento a un abogado, formularon una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, reclamando un indemnización por los daños y secuelas sufridas por importe de 18.953 euros. La Administración, el pasado día 18 de abril, le notificó la resolución desestimatoria de la reclamación interpuesta. Don José María acude a su despacho profesional y les solicita asesoramiento jurídico. Tras analizar la reclamación y la resolución notificada, deciden interponer recurso contencioso-administrativo. Sobre la base del anterior enunciado, contestar a las preguntas tipo test, tomando como presupuesto que no existe estado de alarma. Finalmente, el Letrado de don José María ha decidido que el recurso se falle sin necesidad de recibimiento a prueba ni tampoco de vista. Esta petición tendrá que realizarla: En el escrito de interposición del recuso. Antes de comenzar la vista. Por otrosí en la demanda. Dentro de los cinco primeros días a contar desde la citación para la vista. Don José María, mayor de edad, vecino de Málaga y funcionario de profesión, cuando paseaba por la vía pública junto a su mujer, sufrió un accidente al introducir una pierna en un agujero existente en la acera que carecía de señalización. Tras solicitar asesoramiento a un abogado, formularon una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, reclamando un indemnización por los daños y secuelas sufridas por importe de 18.953 euros. La Administración, el pasado día 18 de abril, le notificó la resolución desestimatoria de la reclamación interpuesta. Don José María acude a su despacho profesional y les solicita asesoramiento jurídico. Tras analizar la reclamación y la resolución notificada, deciden interponer recurso contencioso-administrativo. Sobre la base del anterior enunciado, contestar a las preguntas tipo test, tomando como presupuesto que no existe estado de alarma. ¿Qué Órgano Judicial ostenta la competencia objetiva para conocer del recurso de don José María?. Juzgado de Primera Instancia. Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo. Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Don José María, mayor de edad, vecino de Málaga y funcionario de profesión, cuando paseaba por la vía pública junto a su mujer, sufrió un accidente al introducir una pierna en un agujero existente en la acera que carecía de señalización. Tras solicitar asesoramiento a un abogado, formularon una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, reclamando un indemnización por los daños y secuelas sufridas por importe de 18.953 euros. La Administración, el pasado día 18 de abril, le notificó la resolución desestimatoria de la reclamación interpuesta. Don José María acude a su despacho profesional y les solicita asesoramiento jurídico. Tras analizar la reclamación y la resolución notificada, deciden interponer recurso contencioso-administrativo. Sobre la base del anterior enunciado, contestar a las preguntas tipo test, tomando como presupuesto que no existe estado de alarma. Analizada la documentación presentada, el Letrado de la Administración de Justicia considera que el Tribunal es competente para conocer del asunto y por tanto: Da cuenta al Juez para que resuelva lo que proceda. Admite a trámite la demanda. Dicta Providencia admitiendo a trámite la demanda. Requiere al recurrente para deducir demanda. Que significa el principio de la responsabilidad patrimonial objetiva. Que es indiferente que sea normal o anormal el funcionamiento, determinándose la responsabilidad sólo por el daño producido. Que nace del mal funcionamiento de los Servicios Públicos. Que es indiferente el sujeto al que afecte. Que la objetividad en la valoración del daño la rige el principio de igualdad. La responsabilidad directa implica que el perjudicado puede dirigirse indistintamente a la Administración o al funcionario responsable. Si. Sólo contra el funcionario. La administración no es responsable. No, sólo contra la administración responsable. Si, incluso la vía penal contra el responsable. Para que exista responsabilidad patrimonial el daño ha de ser antijurídico, lo que significa: Que atente contra la normas. Que el ciudadano no tenga el deber de soportar. Que sea ilegal. Que atente contra la normas administrativas. En el procedimiento administrativo de responsabilidad se produce,. Silencio positivo por el transcurso de 6 meses. Silencio negativo por el transcurso de un año. Silencio positivo por el transcurso de 1 año. Silencio negativo por el transcurso de 6 meses. La anulación en vía administrativa o por el orden jurisdiccional contencioso administrativo de los actos o disposiciones administrativas ... ... no es indemnizable. ... no presupone, por sí misma, derecho a la indemnización. ... determinará si existe derecho a indemnización. ... se pronunciará sobre la existencia de responsabilidad. Conforme al art. 32.2 de la Ley 40/2015 de RJAP "..., el daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente sin que sea necesario que sea individualizado con relación a una persona o grupo de personas. Verdadero. Falso. La resolución se debe pronunciar sobre la existencia o no de la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y la lesión producida y, en su caso, sobre la valoración del daño causado, la cuantía y el modo de la indemnización, cuando proceda. Verdadero. Falso. La audiencia a los interesados será anterior a la solicitud del informe del órgano competente para el asesoramiento jurídico o a la solicitud del Dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma. Verdadero. Falso. En el caso de reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, será preceptivo el informe del Consejo General del Poder Judicial que será evacuado en el plazo máximo de un mes. Verdadero. Falso. La fuerza mayor excluye la obligación de reparar el daño. Verdadero. Falso. Quiénes tienen legitimación para interponer un Recurso de Amparo por la vía del art. 46.1 b) en los casos del art. 43 LOTC. Todos los ciudadanos. Solo el Defensor del Pueblo y el MF. Quienes hayan sido parte en el proceso judicial correspondiente. El MF, el Defensor del Pueblo y las partes del proceso judicial. Tras la reforma llevada a cabo en la LOTC. La mera lesión de un DF o libertad pública tutelable en amparo es por si solo suficiente para admitir el recurso de amparo. La mera lesión de un DF o libertad pública tutelable en amparo no es por si solo suficiente para admitir el recurso de amparo. La mera lesión de un DF o libertad pública tutelable en amparo junto con el requisito de la especial trascendencia constitucional del recurso es indispensable para la admisión del recurso de amparo. Para la admisión del recurso de amparo solo es indispensable el requisito de la especial trascendencia constitucional del recurso. ¿Qué recurso cabe contra una liquidación provisional del Impuesto Sucesiones y Donaciones de la Agencia Tributaria Andaluza?. Recurso de reposición potestativo o Reclamación econ-adm, a elección del interesado. Recurso de reposición o Reclamación econ-adm, a elección del interesado. Primero Recurso de reposición, y en su caso, después de este, Reclamación econ-adm. Necesariamente R. Reposición potestativo, porque se trata de un recurso contra un acto de la Administración Autonómica. El recurso de Alzada ante el TEAC cabe: Si el recurso de la primera instancia fue contra un acto de la Administración central de Estado. Si el recurso de la primera instancia fue contra un acto de un órgano superior de una CA. c) Si la cuantía de la reclamación es superior a 150.000 (de deuda tributaria), 1.800.000€ (bases o valoraciones). Además de lo anterior c), si la cuantía es indeterminada. Los datos aportados por el sujeto en sus declaraciones tributarias: Se presumen ciertos y obligan al propio sujeto, no a terceros. Se presumen ciertos, salvo prueba en contrario. Deben ser confirmados por el sujeto en caso de comprobación tributaria, en cuyo caso, presumen ciertos. Solo los datos de contenidos en un acta o diligencia adm se presumen ciertos. Una vez que ha transcurrido el plazo de 20 días hábiles desde que se recibió la notificación del emplazamiento para formalizar demanda en el procedimiento ordinario: Será admitida la demanda únicamente si se presenta en el mismo día en que el actor reciba la notificación de que, al haber transcurrido el plazo, le ha caducado el trámite. Al ser un plazo preclusivo, transcurridos esos 20 días la demanda ya no será admitida. Únicamente será admitida la demanda si se presenta un escrito solicitando expresamente un día de gracia y es concedido por el juzgado o tribunal. El actor puede presentar la demanda hasta las 15h del día hábil siguiente a la notificación del auto de caducidad. Un cliente acude al despacho toda vez que se ve en la necesidad de interponer un recurso C-A que seguirá los trámites del Procedto Abreviado. Concretamente, nos pregunta cómo se inician estos procedimientos abreviados, debiéndole responder que: Los procedimientos abreviados comienzan con el escrito a la Adm demandada solicitando la remisión del expediente admin. Los procedimientos abreviados comienzan con el escrito de interposición del recurso C-A. Los procedimientos abreviados comienzan con el escrito de demanda. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. En el nuevo recurso de casación el art. 88.3 a) LJCA, presume que existe interés casacional cuando en la resolución impugnada se hayan aplicado normas en las que se sustente la razón de decidir sobre las que no exista jurisprudencia. Esto significa que es necesario que no haya pronunciamiento interpretativo de la norma en cuestión, de ninguna clase, en sentido absoluto y por ningún tribunal. Esto significa que es necesario que no haya pronunciamiento interpretativo de la norma en cuestión, de ninguna clase, en sentido absoluto y por el TS. Esto significa que es necesario que, aunque el TS se haya pronunciado, sea necesario matizarlo, precisarlo o concretarlo para realidades jurídicas diferentes a las ya contempladas en la jurisprudencia. Significa que el TS haya declarado previamente en la admisión del recurso que no hay jurisprudencia. Las providencias de inadmisión adoptadas por las secciones o las salas del TC: No son susceptibles de recurso alguno. Solo podrán ser recurridas en súplica por todas las partes en el plazo de 5 días. Solo podrán ser recurridas en súplica por el MF en el plazo de 3 días. Son recurribles en súplica en el plazo de 3 días para todas las partes. Sofía acude a nuestro despacho para que le informemos si tras la reforma llevada a cabo en la LOTC por haberse vulnerado su derecho al honor puede conseguir que se pronuncie sobre dicha lesión el TC interponiendo el recurso de amparo. Le informaremos: Que la mera lesión de un DF o lib pública tutelable en amparo es por sí solo suficiente para admitir el recurso de amparo. Que la mera lesión de un DF o lib pública tutelable en amparo no es por sí solo suficiente para admitir el recurso de amparo. Que a la mera lesión de un DF o lib pública tutelable en amparo ha de unirse el requisito de la especial trascendencia constitucional del recurso es indispensable para la admisión del recurso de amparo. Que para la admisión del recurso de amparo sólo es indispensable el requisito de la especial trascendencia constitucional del recurso. En el nuevo régimen legal del recurso de casación tras la ley 7/2015, si la sentencia recurrida se aparta deliberadamente de la jurisprudencia existente al considerarla errónea: No hay interés casacional objetivo. Se presume interés casacional objetivo salvo que se aprecie que el asunto, con toda evidencia, carece de trascendencia suficiente. Se presume interés casacional objetivo si afecta a una disposición general. Siempre se presume en esos casos que hay interés casacional objetivo. Alfonso recibe en su domicilio una notificación del Ayuntamiento en la que, junto con el texto íntegro de una resolución del alcalde, se le ofrece la posibilidad de formular recurso, sin mayores indicaciones. Al no estar de acuerdo con el contenido de la resolución, acude a nuestro despacho. Le informaremos: Que el plazo general y común a todos los recursos administrativos es de un mes. Que el recurso procedente es el de alzada, pues los actos del alcalde no agotan la via administrativa, por lo que dispone de tres meses para interponerlo. Que, al ser la notificación defectuosa, en principio no corre plazo alguno para recurrir el acto. Que el único recurso que cabe contra los actos del alcalde es el contencioso administrativo, al estar expresamente prohibido el de reposición potestativo. Margarita desea participar en un proceso selectivo de personal funcionario para acceder a la Adm General del Estado. La solicitud ha de presentarse en el plazo de 20 días desde la publicación de la convocatoria en el BOE. No obstante, le surgen dudas sobre este aspecto. Le informaremos que: El plazo ha de computarse excluyendo los días festivos y domingos, debiendo presentar su solicitud exclusivamente en el registro del órgano convocante. El plazo ha de computarse incluyendo los días festivos y domingos, debiendo presentar su solicitud exclusivamente en el registro del órgano convocante. El plazo ha de computarse excluyendo los días festivos y domingos, debiendo presentar su solicitud en el registro del órgano convocante. El plazo ha de computarse excluyendo los días festivos y domingos, debiendo presentar su solicitud en cualquier registro de cualquier Adm Pública que no sea local. La Adm de una Comunidad Autonoma ha constatado que el titulo de graduado en derecho que presento en su día -hace 7 años- Antonio para acceder mediante el correspondiente acto de nombramiento a una plaza de funcionario Letrado de la Administración, título obligatorio para ello, es falso, pues ha comprobado a través de la Adm educativa que nunca obtuvo el mismo. Antonio, lógicamente precoupado por las consecuencias que ello podría conllevar acude a nuestro despacho. Le informamos que: El acto de nombramiento como funcionario puede ser nulo al carecer de un requisito esencial para acceder a la plaza (el titulo), pudiendo la Adm revisarlo de oficio para declarar la nulidad. El acto de nombramiento como funcionario puede ser nulo al carecer de un requisito esencial para acceder a la plaza (el titulo), si bien la administración no puede revisarlo de oficio al haber transcurrido más de 4 años desde el dictado de aquel. El acto de nombramiento como funcionario es nulo, pero la Adm no puede ir contra sus propios actos y dejarlo sin efecto en ningún caso. Ninguna de las demás respuestas es correcta. Qué significa que el Recurso de Amparo es un recurso de naturaleza subsidiaria. Que el recurso de amparo constituye una nueva instancia judicial. Que es una vía para abreviar de amparo el procedimiento ordinario supliendo procesos de la jurisdicción ordinaria. Que exige el agotamiento de las vías jurisdiccionales previas. Que puede utilizarse indistintamente junto con los recursos de la jurisdicción ordinaria. ¿Es preceptiva la intervención de un procurador ante LOS JUZGADOS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO?. La intervención del procurador es preceptiva siempre y en todo caso. La intervención del procurador es optativa, al tratarse de un órgano judicial unipersonal. La intervención del procurador es preceptiva, solamente en procedimientos judiciales cuya cuantía superen los 30.000 euros. La intervención del procurador es preceptiva, solamente en los recursos contenciosos-administrativos en los que se soliciten medidas cautelares, dado que éstos son los encargados de su ejecución. ¿Una persona física está obligada a pagar las tasas judiciales para interponer un recurso contencioso administrativo?. Las personas físicas, salvo las que hayan obtenido el derecho a la asistencia jurídica gratuita tienen la obligación de abonar las tasas judiciales. Las personas físicas y jurídicas, en todo caso, siempre tienen obligación de abonar tasas judiciales. Las personas físicas no tienen obligación de abonar tasas judiciales. No existe la obligación de pagar tasas judiciales en nuestro Ordenamiento Jurídico. Un interesado que, sin ser recurrente, es emplazado por la Administración para que pueda personarse en el procedimiento contencioso-administrativo en el plazo de 9 días y deja transcurrir dicho plazo si personarse: Ya no podrá personarse en ese procedimiento en ningún momento. Puede personarse en cualquier momento y se le debe dar siempre la posibilidad de contestar a la demanda, pedir el recibimiento a prueba y formular conclusiones. Puede comparecer en cualquier momento, pero sólo podrá hacer uso de los trámites no precluidos. Sólo podrá personarse si acredita que no recibió el emplazamiento. La proposición de la prueba, en un procedimiento ordinario, se hará expresando: En forma ordenada los puntos de hecho sobre los que haya de versar la prueba. Los medios de prueba que propongan. Los puntos de hecho sobre los que haya de versar la prueba y los medios de prueba que se propongan. Lo procedente de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El incidente de nulidad de actuaciones: Es un remedio excepcional para reparar únicamente la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva contemplado en el art. 2.1 de la C.E. Es un remedio excepcional para reparar cualquier tipo de omisión procedimental, sin que tenga que alegarse la vulneración de derecho fundamental alguno. Es un remedio excepcional basado en cualquier vulneración de un derecho fundamental de los referidos en el art. 53.2 de la C.E. Es un remedio excepcional basado en la vulneración de cualquier derecho reconocido en la C.E. ¿Dónde vienen regulados los principios comunes para la potestad punitiva pública (legalidad, retroactividad, tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad, prescripción y concurrencia de sanciones) que afectan tanto al derecho penal como a la potestad sancionadora?. En los arts. 25 al 31 de la LPAC. En los arts. 25 al 31 de la LRJSP. En los arts. 25 al 31 de la LECrim. En los arts. 25 al 31 de la LEC. ¿A qué materia se ha extendido la potestad sancionadora en la LRJSP que no estaba comprendida en la LRJPAC?. Al régimen de contratos del sector público. A la concesión de servicios. Al ejercicio de la potestad disciplinaria respecto del personal a su servicio, cualquiera que sea la relación jurídica de empleo. Al tráfico viario. ¿Cómo debe iniciarse el procedimiento sancionador?. De oficio o a instancia de parte. A instancia de parte y supletoriamente de oficio. Siempre de oficio. A iniciativa particular pero sin que sea por comunicación previa o declaración responsable. El acuerdo de iniciación en los procedimientos sancionadores entre los requisitos mínimos contiene: Las actuaciones que deberán seguirse para identificar la persona presuntamente responsable. Identificación del instructor y secretario. La conducta seguida en los 10 días siguientes al hecho que determinó la incoación del expediente. La imposición de las sanciones que procedan. 5.- En los procedimientos sancionadores ¿Cuándo el órgano instructor resolverá la finalización con archivo de actuaciones?. la inexistencia de los hechos que pudieran constituir la infracción. Cuando los hechos no resulten acreditados. Cuando los hechos probado no constituyan, de modo manifiesto, infracción administrativa. Cuando no exista o no se haya podido identificar a la persona o personas responsables o bien que aparezcan exentos de responsabilidad. Todas son correctas. Tras la reforma llevada a cabo en la LOTC: La mera lesión de un derecho fundamental o libertad pública tutelable en amparo es por sí solo suficiente para admitir el recurso de amparo. La mera lesión de un derecho fundamental o libertad pública tutelable en amparo no es por sí solo suficiente para admitir el recurso de amparo. La lesión de un derecho fundamental o libertad pública tutelable en amparo junto con el requisito de la especial trascendencia constitucional del recurso es indispensable para la admisión del recurso de amparo. Para la admisión del recurso de amparo solo es indispensable el requisito de la especial trascendencia constitucional del recurso. Qué significa que el Recurso de Amparo es un recurso de naturaleza subsidiaria: Que el recurso de amparo constituye una nueva instancia judicial. Que es una vía para abreviar de amparo el procedimiento ordinario supliendo procesos de la jurisdicción ordinaria. Que exige el agotamiento de las vías jurisdiccionales previas. Que puede utilizarse indistintamente junto con los recursos de la jurisdicción ordinaria. Quiénes tienen legitimación para interponer un Recurso de Amparo por la vía del art. 46.1 b) en los casos del art. 43 de la LOTC: Todos los ciudadanos. Sólo el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal. Quienes hayan sido parte en el proceso judicial correspondiente. El Ministerio Fiscal, el Defensor del Pueblo y las partes del proceso judicial. Que sentencia del Tribunal Constitucional definió qué debe entenderse por el requisito de “especial trascendencia constitucional”: La STC 129/1989, de 17 de julio. La STC 7/1993, de 18 de enero. La STC 155/2009, de 25 de junio. La STC 80/1994, de 14 de marzo. Las providencias de inadmisión adoptadas por las Secciones o las Salas del Tribunal Constitucional: No son susceptibles de recurso alguno. Sólo podrán ser recurridas en súplica por todas las partes en el plazo de cinco días. Sólo podrán ser recurridas en súplica por el Ministerio Fiscal en el plazo de tres días. Son recurribles en súplica en el plazo de tres días para todas las partes. El incidente de suspensión. Con carácter general la interposición del recurso de amparo: Suspenderá los efectos del acto o sentencia impugnados. No suspenderá los efectos del acto o sentencia impugnados, en ningún caso. No suspenderá los efectos del acto o sentencia impugnados, aunque con excepciones en determinados supuestos. No suspenderá los efectos del acto o sentencia impugnados, salvo que el acto o sentencia produzca al recurrente un perjuicio que haga perder al amparo su finalidad. Criterio de la Sala o Sección. Joaquín ha interpuesto un recurso de alzada contra una resolución por la que se le impone una sanción. Siete meses más tarde, y ante la falta de respuesta por parte de la Administración, acude a nuestro despacho para asesorarse sobre qué puede hacer. Le contestaremos que: Solo puede esperar a que se resuelva el recurso. Puedo interponer recurso de reposición contra la desestimación presunta del recurso de alzada. Puede esperar a que se resuelva expresamente el recurso o bien interponer un recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del recurso de alzada. Al haberse producido el silencio negativo, debe considerar que la resolución es firme y ejecutable. La sala segunda del TS nos notifica la sentencia tras interponer el recurso de casación por vulneración del DF a la presunción de inocencia. ¿Es necesario interponer un incidente de nulidad de actuaciones con carácter previo a la interposición de un recurso de amparo?. Siempre es necesario interponerlo para acudir en amparo ante el TC. Solo cabe invocar la vía del incidente de nulidad aquellas lesiones de derechos que sean inmediata y directamente imputables a la resolución que pone fin a la vía judicial ordinaria. No cabe plantear por la vía del incidente aquellas lesiones que sean imputables a una resolución dictada en primera o segunda instancia frente a la que se haya interpuesto recurso de apelación o de casación. No es necesario interponerlo en ningún caso. Mariano ha recibido la notificación de una resolución del Ministerio de Fomento por la que se le impone una sanción al entender cierta conducta suya incardinable en un precepto de un reglamento de 2012 que tipifica infracciones en materia de actividades en zona adyacente al dominio público viario (carreteras), ofreciéndole la posibilidad de recurrir en alzada. Le informamos: Que, como todo acto administrativo, es inmediatamente ejecutivo, aunque se trate de una sanción. Que el acto es nulo de pleno derecho, por vulnerar el art. 25.1 CE, ya que un reglamento no puede tipificar infracciones. Que el acto es nulo, por tener un contenido imposible, pues Mariano no se dedica al tipo de actividad que se le imputa. Que no recurra el acto ante la posibilidad de que se agrave la sanción impuesta. Susana es interesada en un procedimiento sancionador y ha recibido el acuerdo de inicio del mismo, en el que se le concede un plazo de 15 días para formular alegaciones. La notificación la recibe el mismo día en que se marcha de viaje al extranjero durante un mes por motivos de trabajo. Le informaremos que: Puede presentar el escrito de alegaciones en la representación diplomática u oficina consular de España en el país al que viaja. Puede presentar el escrito de alegaciones en cualquier registro de la administración pública del país que visita. Únicamente puede otorgar representación a otra persona para que formule alegaciones en su nombre. Si acredita la necesidad de viajar se suspende el plazo hasta su regreso. La empresa “Limpieza de edificios SA” ha prestado sus servicios a la Administración Autonómica en virtud del correspondiente contrato administrativo. Tras presentar un escrito reclamando el pago del precio del contrato y no obtener respuestas tras seis meses nos consulta. Le informaremos que: Debe presentar demanda ante el orden jurisdiccional civil que es el competente para conocer de los conflictos suscitados en relación con todo tipo de contratos. Debe interponer el preceptivo recurso de reposición antes de acudir a los tribunales a fin de agotar la vía administrativa. El orden jurisdiccional competente al que acudir es el contencioso administrativo. Debe esperar a que se resuelva su solicitud de forma expresa para poder acudir a los tribunales. Si un cliente le trae una liquidación de una Oficina liquidadora de un Registro de la propiedad correspondiente a una donación ¿qué recursos pueden plantearse?. Un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa a opción del interesado. Un recurso de reposición necesariamente, para luego poder acceder a la jurisdicción ordinaria. Un recurso de reposición optativo o directamente a la jurisdicción ordinaria. Obligatoriamente una reclamación económico-administrativa. ¿Ante qué órgano ha de presentarse una reclamación económico-administrativo?. Ante el propio órgano que dictó el acto. Ante el superior jerárquico del que dictó el acto. Ante un Tribunal Económico-Administrativo regional necesariamente. Ante el Tribunal Económico-Administrativo que corresponda. Un cliente se ve en la obligación de presentar un recurso C-A ante un Juzgado Unipersonal de lo C-A para lo que deberá necesariamente. Conferir su representación a un procurador, sin ser necesaria la asistencia de abogado. Obligatoriamente debe conferir su representación a un procurador, y además ser asistidas por un abogado. En el caso de no actuar con abogado, deberá atribuirse la representación a un procurador. Deber ser asistido por abogado, sin ser necesario conferir la representación a un Procurador. ¿Cuál es la medida cautelar que, con carácter general, se suele solicitar en la jurisdicción C-A?. La clausura del establecimiento. La anotación preventiva de demanda. El embargo preventivo de bienes. La suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado. La Administración demandada en un procedimiento C-A al estudiar y comprobar lo bien fundada que está la demanda del recurrente y las pocas posibilidades que tiene de que se le desestime el recurso, está facultada para: Allanarse o dar satisfacción extraprocesal al demandante como otro modo de finalizar el proceso distinto a la sentencia. La Administración jamás puede allanarse al recurso C-A. La satisfacción extraprocesal no tiene trascendencia dentro del proceso C-A por producirse precisamente en vía administrativa posterior a la interposición judicial de dicho recurso. La Administración, para allanarse, debe exigir al demandante que desista previamente. En el nuevo régimen legal del recurso de casación tras la ley 7/2015, si la sentencia recurrida se aparta deliberadamente de la jurisprudencia existente al considerarla errónea: No hay interés casacional objetivo. Se presume interés casacional objetivo, salvo que se aprecie que el asunto, con toda evidencia, carece de trascendencia suficiente. Se presume interés casacional objetivo si afecta a una disposición general. Siempre se presume en estos casos que hay interés casacional objetivo. Alfonso recibe en su domicilio una notificación del ayuntamiento en la que, junto con el texto íntegro de una resolución del Alcalde, se le ofrece la posibilidad de formular recurso, sin mayores indicaciones, al no estar de acuerdo con el contenido de la resolución, acude a nuestro despacho. Le informaremos: Que el plazo general y común a todos los recursos administrativos es de un mes. Que el recurso procedente es el de alzada, pues los actos del Alcalde no agotan la vía administrativa, por lo que dispone de tres meses para interponerlo. Que, al ser la notificación defectuosa, en principio no corre plazo alguno para recurrir el acto. Que el único recurso que cabe contra los actos del alcalde es el contencioso administrativo, al estar expresamente prohibido el de reposición potestativo. Margarita desea participar en un proceso selectivo de personal funcionario para acceder a la administración general del estado. La solicitud ha de presentarse en el plazo de veinte días desde la publicación de la convocatoria del BOE. No obstante, le surgen dudas sobre este aspecto. Le informamos que: El plazo ha de computarse excluyendo los días festivos y domingos, debiendo presentar su solicitud exclusivamente en el registro del órgano convocante. El plazo ha de computarse incluyendo los días festivos y domingos, debiendo presentar su solicitud exclusivamente en el registro del órgano convocante. El plazo ha de computarse excluyendo los días festivos y domingos, pudiendo presentar su solicitud en el registro del órgano convocante. El plazo ha de computarse excluyendo los días festivos y domingos, debiendo presentar su solicitud en cualquier registro de cualquier administración pública que no sea la local. La administración de una Comunidad Autónoma ha constatado que el título de graduado en derecho que presentó en su día hace siete años Antonio para acceder mediante el correspondiente acto de nombramiento a una plazo de funcionario Letrado de la Administración, título obligatorio para ello, es falso, pues ha comprobado a través de la administración educativa que nunca obtuvo el mismo. Antonio, lógicamente preocupado por las consecuencias que ello podría conllevar acude a nuestro despacho. Le informamos que: El acto de nombramiento como funcionario puede ser nulo al carecer de un requisito esencial para acceder a la plaza (el título), pudiendo la administración revisarlo de oficio para declarar la nulidad. El acto de nombramiento como funcionario puede ser nulo al carecer de un requisito esencial para acceder a la plaza (el título), si bien la administración no puede revisarlo de oficio al haber transcurrido más de cuatro años desde el dictado de aquél. El acto de nombramiento como funcionario es nulo, pero la Administración no puede ir contra sus propios actos y dejarlo sin efecto en ningún caso. Ninguna de las demás respuestas es correcta. Qué significa que el Recurso de Amparo es un recurso de naturaleza subsidiaria: Que el recurso de amparo constituye una nueva instancia judicial. Que es una vía para abreviar de amparo el procedimiento ordinario supliendo procesos de la jurisdicción ordinaria. Que exige el agotamiento de las vías jurisdiccionales previas. Sobre la jurisdicción Contencioso Administrativo: Interposición ¿Ante qué órgano u órganos de la jurisdicción contencioso administrativa se puede interponer un recurso Contencioso administrativo tramitado por los cauces del procedimiento abreviado?. Ante los juzgados de Contencioso Administrativo y Juzgados centrales de lo Contencioso Administrativo. Ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo. Ante cualquier órgano judicial, siempre que la cuantía del procedimiento no supere los 30.000 euros. Ante las Salas de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, cuando traten de recursos Contencioso Administrativo en única instancia. Sobre la jurisdicción Contencioso Administrativo: Demanda En la demanda de un recurso Contencioso Administrativo, y mediante otrosí: Sólo debe hacerse constar mediante otrosí digo el casillero del Procurador para efectuarle las notificaciones. En las demandas de los recursos Contencioso Administrativos no existen los OTROSI DIGO. Deberá efectuarse la manifestación sobre la cuantía del recurso Contencioso Administrativo, sobre la petición de recibimiento a prueba (indicando puntos de hechos y medios concretos de prueba) y sobre la solicitud de vista y conclusiones sucintas. Mediante otrosí digo en la demanda jamás se debe solicitar el recibimiento a prueba del procedimiento ni indicar los puntos de hechos y los concretos medios de pruebas que se pretenden utilizar. Sobre la jurisdicción Contencioso Administrativo; Procedimientos abreviados ¿Cómo se inician los procedimientos Abreviados?. Los procedimientos abreviados comienzan con el escrito de interposición del recurso Contencioso Administrativo. Los procedimientos abreviados comienzan con el escrito a la administración demanda solicitando la remisión del expediente administrativo. Los procedimientos abreviados comienzan con el escrito de demanda. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Sobre la jurisdicción Contencioso Administrativo: Sentencia En la ejecución puede solicitarse;. El interés legal del dinero desde el dictado de la sentencia de apelación. El interés legal del dinero incrementado en dos puntos siempre que se aprecie falta de diligencia en su cumplimiento. El interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde el dictado de la sentencia en primera instancia. El interés legal del dinero conforme a Ley General Presupuestaria y apreciables de oficio. El incidente de nulidad de actuaciones: Es un remedio excepcional para reparar únicamente la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva contemplado en el artículo 24.1 de la Constitución española. Es un remedio que puede utilizarse a pesar de que la resolución judicial en cuestión sea susceptible de recurso ordinario. Es un remedio excepcional que sólo puede utilizarse en aquellos casos en los que la resolución judicial en cuestión no sea susceptible de recurso ordinario ni extraordinario. Es un remedio procesal que deberá hacerse valer en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución judicial en cuestión. Un recurso contencioso-administrativo: Puede concluir con una sentencia de inadmisión del recurso. La sentencia no puede inadmitir el recurso ya que para eso se articula el trámite de alegaciones previas donde los demandados, comunicada la demanda, en 5 días aducen los motivos tasados de inadmisión. La sentencia siempre tiene que entrar en el fondo, aunque se inadmita el recurso ya que en caso contrario incurriría en incongruencia omisiva. Las sentencias de inadmisión no se contemplan en la ley reguladora de la jurisdicción administrativa. Marta, funcionaria del Ministerio de Defensa, sufre un accidente el día 7/05/2013 en el edificio donde presta sus servicios, como consecuencia de un fallo en el ascensor que lleva a su oficina, que ha cerrado sus puertas de forma imprevista, atrapándole un brazo. La curación se produce el día 28 del mismo mes y año, sin quedar secuelas. El 15/05/2014 acude a su despacho, y tras consultarnos diversos aspectos del asunto, le informamos que: Al tratarse de una funcionaria de la propia Administración, no puede considerarse “particular” a efectos de reclamar responsabilidad patrimonial al ministerio de Defensa. La acción de responsabilidad que pudiera haber ejercitado frente al ministerio ha prescrito el día 7/05/2014, por lo que no es posible emprender con éxito acción alguna. La Administración Militar no está integrada en el sistema de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, dada su especificidad, por lo que no podrá reclamar nada. Ninguna de las anteriores son correctas. Tras la reforma llevada a cabo en la LOTC: La mera lesión de un derecho fundamental o libertad pública tutelable en amparo es por sí solo suficiente para admitir el recurso de amparo. La mera lesión de un derecho fundamental o libertad pública tutelable en amparo no es por sí solo suficiente para admitir el recurso de amparo. La lesión de un derecho fundamental o libertad pública tutelable en amparo junto con el requisito de la especial trascendencia constitucional del recurso es indispensable para la admisión del recurso de amparo. Para la admisión del recurso de amparo solo es indispensable el requisito de la especial trascendencia constitucional del recurso. El incidente de suspensión. Con carácter general la interposición del recurso de amparo: Suspenderá los efectos del acto o sentencia impugnados. No suspenderá los efectos del acto o sentencia impugnados, en ningún caso. No suspenderá los efectos del acto o sentencia impugnados, aunque con excepciones en determinados supuestos. No suspenderá los efectos del acto o sentencia impugnados, salvo que el acto o sentencia produzcan en el recurrente un perjuicio que haga perder al amparo su finalidad, a criterio de la sala o sección. Alfonso, interesado en un procedimiento administrativo iniciado por un tercero, acude al abogado porque el instructor del procedimiento le ha concedido un plazo de alegaciones de 10 días, y ya han transcurrido 14, si bien no ha recibido ninguna noticia sobre el siguiente trámite. Le informamos que: La preclusión de los trámites de los interesados en el procedimiento administrativo no admite excepciones, por lo que habrá perdido la posibilidad de alegar en ese trámite concreto, sin perjuicio de que pueda emplear los sucesivos que se pongan a su disposición. Al tratarse de un interesado que no ha iniciado el procedimiento, no debieron concederle ese trámite de audiencia, si bien tiene derecho a que se le notifique la resolución que ponga fin al procedimiento. La preclusión de los trámites de los interesados no impide que se presente el escrito de que se trate y surta sus efectos legales, hasta el mismo día en que se le notifique la resolución por la que se tenga por decaído en el trámite. Puede presentarlo aun cuando haya transcurrido el plazo concedido y hasta que se le tenga por decaído en el trámite, si bien sus alegaciones podrán no ser tenidas en cuenta por el instructor del procedimiento. Procedimiento sancionador: Puede facilitar la Administración modelos de solicitud con carácter obligatorio. No, siempre serán voluntarios. Solo en caso de concurrir a oposiciones. Si va a desistir del procedimiento. Si va a renunciar al procedimiento. Procedimiento sancionador: Cómo se valoran los medios de prueba. Según lo previsto en la LPAC. Según lo recogido en la LRJSP. De acuerdo con la LEC. De acuerdo con el Código Civil. Procedimiento sancionador: Los actos de instrucción a iniciativa de quién se realizan. De oficio a través de medios electrónicos por el órgano que tramita el procedimiento. Por el privado que inicie el procedimiento. Por orden del superior jerárquico del órgano responsable del procedimiento. Por el privado en caso de procedimiento sancionador. Procedimiento sancionador: En qué actuación se produce un abandono por parte del interesado del procedimiento pero deja subsistir los derechos que pudieran corresponderle y qué podrá hacer valer en otro procedimiento. En la renuncia. En la caducidad. En el desistimiento. Por silencio administrativo. Procedimiento sancionador: Quién resuelve cuando se abre el periodo de prueba. El instructor del expediente. El órgano jerárquicamente superior al instructor del expediente. El órgano jerárquicamente superior del expediente. Todas las respuestas son erróneas. ¿Es preceptiva la intervención de un procurador ante LOS JUZGADOS DE LO C-A?. La intervención del procurador es preceptiva siempre y en todo caso. La intervención del procurador es optativa, al tratarse de un órgano jurisdiccional unipersonal. La intervención de procurador es preceptiva, solamente en procedimientos judiciales que superen 30.000€. La intervención del procurador es preceptiva, solamente en los recursos contencioso administrativo en los que se soliciten medidas cautelares, dados que estos son los encargados de su ejecución. ¿Una persona física está obligada a pagar las tasas judiciales para poder interponer un recurso C-a?. Las personas físicas, salvo las que hayan obtenido el derecho de asistencia jurídica gratuita tiene la obligación de abonar las tasas judiciales. Las personas físicas y jurídicas, en todo caso, siempre tiene obligación de abonar las tasas judiciales. Las personas físicas no tienen obligación de abonar las tasas judiciales. No existe la obligación de pagar tasas juridiciales en nuestro Ordenamiento Jurídico. Un interesado que, sin ser recurrente, es emplazado por la Administración para que pueda personarse en el procedimiento contencioso administrativo (C-A) en el plazo de 9 días y deja transcurrir dicho plazo sin personarse. Ya no podrá personarse en ese procedimiento en ningún momento. Puede personarse en cualquier momento y se le debe dar siempre la posibilidad de contestar a la demanda, pedir el recibimiento del pleito a prueba y formular conclusiones. Puede comparecer en cualquier momento, pero solo para hacer uso de los tramites no precluidos. Solo podrá personarse si acredita que no recibió el emplazamiento. La proposición de la prueba, en un procedimiento ordinario, se hará expresando: En forma ordenada los puntos de hecho sobre los que haya de versar la prueba. Los medios de prueba que se propongan. Los puntos de hecho sobre los que haya de versar la prueba y los medios de prueba que se propongan. Lo procedente de la LEC. El incidente de nulidad de actuaciones: Es un remedio excepcional para reparar únicamente la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva contemplada en el art. 24.1 de la CE. Es un remedio excepcional para reparar cualquier tipo de omisión procedimental, sin que tenga que alegarse la vulneración de derecho fundamental alguno. Es un remedio excepcional basado en cualquier vulneración de un derecho fundamental de los referidos en el art. 53.2 de la CE. Es un remedio excepcional basado en la vulneración de cualquier derecho reconocido en la Constitución. CAFÉ DEL MAR S.A ha solicitado al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) el otorgamiento de una concesión para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre en el municipio de Alicante. Ha transcurrido el plazo máximo sin que el/la Ministro/a de MAGRAMA, competente para resolver, haya dictado resolución expresa. ¿Qué puede hacer CAFÉ DEL MAR S.A.? Indique la respuesta correcta: Entender la solicitud desestimada por silencio administrativo, pudiendo CAFÉ DEL MAR S.A. presentar recurso de alzada ante el propio Ministro/a de MAGRAMA. Entender la solicitud desestimada por silencio administrativo, pudiendo CAFÉ DEL MAR S.A. presentar bien recurso de reposición ante el propio Ministro/a de MAGRAMA o recurso contencioso-administrativo contra dicha desestimación. Entender la solicitud estimada por silencio administrativo, CAFÉ DEL MAR S.A. deberá en todo caso solicitar al Ministro/a de MAGRAMA certificado acreditativo de dicho silencio. Entender la solicitud estimada por silencio administrativo. El Ministro/a de MAGRAMA expedirá de oficio el certificado acreditativo de dicho silencio en el plazo de quince días desde que expire el plazo máximo para resolver el procedimiento. La empresa cosmética BLUSH S.A. pretende presentar una solicitud dirigida al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. El 5 de noviembre de 2016 acude al despacho de María, abogada en ejercicio, solicitándole consejo sobre el modo de presentación de la misma. ¿Qué respuesta le dará María? Indique la respuesta correcta: BLUSH S.A. solo puede presentar la solicitud telemáticamente. BLUSH S.A. podrá presentar la solicitud telemáticamente o en el Registro del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. BLUSH S.A podrá presentar la solicitud telemáticamente, en el Registro del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en cualquier otro Registro de las Administraciones Públicas y en las oficinas de asistencia en materia de registros. BLUSH S.A podrá presentar la solicitud telemáticamente, en el Registro del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en cualquier otro Registro de las Administraciones Públicas o sector público institucional, en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero y en las oficinas de Correos. Manuel interpone un recurso administrativo contra un acto del Ayuntamiento de Madrid por considerar que la competencia para dictar el mismo corresponde a la Comunidad de Madrid. ¿Podrá suspenderse la ejecución de dicho acto? Indique la respuesta correcta: No, en ningún caso podrá suspenderse la ejecución de los actos impugnados mediante recursos administrativos. Sí, el órgano a quien competa resolver el recurso, previa ponderación, suficientemente razonada, deberá suspender de oficio el acto del Ayuntamiento de Madrid dado que la ejecución causa en todo caso perjuicios de imposible o difícil reparación. Sí, el órgano a quien competa resolver el recurso, previa ponderación, suficientemente razonada entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el ocasionado al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido, podrá suspender el acto del Ayuntamiento de Madrid si el trascurso del plazo máximo del procedimiento previsto legalmente pudiera causar perjuicios. Sí, el órgano a quien competa resolver el recurso, previa ponderación, suficientemente razonada, entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el ocasionado al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido, podrá suspender el acto del Ayuntamiento de Madrid dado que la impugnación se fundamenta en una causa de nulidad de pleno derecho. Siguiendo con el caso anterior, el órgano competente para resolver el recurso relativo a la suspensión de ejecución del acto impugnado no ha dictado ni notificado resolución expresa al respecto a Manuel. ¿Puede entender Manuel suspendida la ejecución del acto? Indique la respuesta correcta: No, nunca puede entenderse suspendida la ejecución de un acto aun cuando el órgano a quiencompeta resolver el recurso no haya dictado y notificado resolución expresa al respecto. Sí, la ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida si transcurrido un mes desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración competente para decidir sobre la misma, el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto. La ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida si transcurrido dos meses desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración competente para decidir sobre la misma, el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto. La ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida si transcurrido veinte días desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración competente para decidir sobre la misma, el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea mediante sentencia de 15 de octubre de 2016 (publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea del 15 de noviembre de 2016) declara que la Ley de Economía Colaborativa es contraria al Derecho de la Unión Europea. Usted, abogado en ejercicio, recibe a un cliente que ha sufrido daños por la aplicación de dicha Ley. ¿Qué actuaciones recomendará emprender a su cliente? Indique la respuesta correcta: Podrá exigir responsabilidad patrimonial de la Administración Pública en todo caso, dado que la Ley ha sido declarada contraria al Derecho de la Unión Europea. Podrá exigir responsabilidad patrimonial de la Administración Pública siempre que así se hubiera previsto en la Ley de Economía Colaborativa. Podrá exigir responsabilidad patrimonial de la Administración Pública si el cliente hubiera recurrido los actos administrativos dictados en aplicación de la Ley de Economía Colaborativa alegando la infracción del Derecho de la Unión Europea posteriormente declarada, con independencia del sentido de la sentencia recaída y se cumplieran el resto de requisitos legales. Podrá exigir responsabilidad patrimonial de la Administración Pública si el cliente hubiera recurrido los actos administrativos dictados en aplicación de la Ley de Economía Colaborativa alegando la infracción del Derecho de la Unión Europea posteriormente declarada, y hubiera obtenido, en cualquier instancia, sentencia firme desestimatoria, y se cumplieran el resto de requisitos legales. Siguiendo con el caso anterior, ¿qué plazo tiene su cliente para solicitar el inicio del procedimiento de responsabilidad patrimonial? Indique la respuesta correcta: El plazo es de un año desde que se notifica el acto dictado en aplicación de la Ley de Economía Colaborativa que ha producido el daño. El plazo es de un año desde que se notifica la sentencia recaída como consecuencia del recurso contra el acto lesivo. El plazo es de un año desde que se dictó la sentencia que declara contraria al Derecho de la Unión Europea la Ley de Economía Colaborativa. El plazo es de un año desde que se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea la sentencia que declara que la Ley de Economía Colaborativa es contraria al Derecho de la Unión Europea. Emmanuel, un hombre de nacionalidad mexicana residente en España, desea reagrupar consigo a algunos de sus familiares. Acude usted, abogado en ejercicio, para que le asesore sobre la posibilidad de ejercer este derecho. Se plantea reagrupar: a Mariana, su cónyuge; a Carlos, el hijo de ésta, de 19 años; y a Mercedes, la tía de Emmanuel de 90 años ¿Con cuáles de estos familiares podrá Emmanuel ejercer el derecho de reagrupación familiar? Indique la afirmación correcta: Con ninguno. Con Mariana. Con Mariana y Carlos. Con Mariana, Carlos y Mercedes. Durante una manifestación, Carlos convence a Juan de que ambos produzcan daños sobre la fachada del edificio del Ministerio de Justicia. Juan, consciente de que dicha acción constituye una infracción administrativa que conlleva sanción pecuniaria y arrepentido de su conducta, acude a usted para que le informe sobre las ventajas que serían de aplicación si denuncia el hecho. ¿Qué le indica? Señale la respuesta correcta: Si Juan denuncia los hechos, el órgano competente para resolver el procedimiento sancionador le eximirá en todo caso del pago de la multa que le correspondería en cualquier circunstancia. Si Juan denuncia los hechos, el órgano competente para resolver el procedimiento sancionador le eximirá del pago de la multa que le correspondería si es el primero en aportar elementos de prueba que permitan iniciar el procedimiento o comprobar la infracción, siempre y cuando en el momento de aportarse aquellos no se disponga de elementos suficientes para ordenar la misma y se repare el perjuicio causado. Si Juan denuncia los hechos, el órgano competente para resolver el procedimiento sancionador negociará con él la multa aplicable, en función de la calidad y pertinencia de las pruebas aportadas por aquel. Si Juan denuncia los hechos, el órgano competente iniciará el correspondiente procedimiento sancionador, sin que se le aplique ninguna ventaja toda vez que Juan ha sido partícipe de la conducta infractora. Carmen, de nacionalidad boliviana, acudió a la Oficina de extranjería de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz para solicitar una autorización de residencia temporal por reagrupación familiar. Dicha solicitud fue rechazada y, agotada la vía administrativa, Carmen desea interponer un recurso contencioso-administrativo. ¿Qué órgano sería competente? Indique la respuesta correcta: Los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Cádiz. Los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo. La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. Siguiendo con el caso anterior, ¿qué procedimiento se seguiría ante el órgano judicial? Indique la respuesta correcta: El órgano judicial conocerá del asunto por el procedimiento ordinario en todo caso. El órgano judicial conocerá del asunto por el procedimiento abreviado en todo caso. El órgano judicial podrá decidir, si así lo solicita el demandante, en este caso Carmen, conocer del asunto por el procedimiento abreviado. El órgano judicial podrá decidir, a la vista de la demanda presentada, conocer del asunto por medio del procedimiento ordinario o por el abreviado. GENERAL COMMUNICATIONS, con sede social en Estados Unidos, desea participar en la licitación de un contrato de servicios no sujeto a regulación armonizada del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Acude a usted, abogado en ejercicio, para que le asesore sobre si una empresa extranjera puede contratar con el sector público en España. ¿Qué le contesta? Señale la afirmación correcta: GENERAL COMMUNICATIONS, como cualquier persona jurídica extranjera, puede contratar con el sector público siempre que tenga plena capacidad de obrar, no esté incursa en una prohibición de contratar y acredite su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o se encuentre debidamente clasificada sin que le sea exigible ningún otro requisito. GENERAL COMMUNICATIONS, como cualquier persona jurídica extranjera, puede contratar con el sector público siempre que tenga plena capacidad de obrar, no esté incursa en una prohibición de contratar, acredite su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o se encuentre debidamente clasificada y justifique mediante informe de la Misión Diplomática Permanente española, en este caso en Estados Unidos, que este país admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con el sector público en forma sustancialmente análoga. GENERAL COMMUNICATIONS como cualquier persona jurídica extranjera, puede contratar con el sector público siempre que tenga plena capacidad de obrar, no esté incursa en una prohibición de contratar, acredite su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o se encuentre debidamente clasificada y desarrolle más del 50% de su actividad en España. GENERAL COMMUNICATIONS no puede contratar con el sector público ya que se trata de una persona jurídica nacional de un Estado no miembro de la Unión Europea. El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), entidad pública empresarial dependiente del Ministerio de Fomento, sin estatuto específico de autonomía, se plantea recurrir ante la jurisdicción contencioso-administrativa un acto adoptado por el Ministerio de Fomento que considera contrario a sus intereses. ¿Está legitimado para interponer un recurso contencioso-administrativo contra dicho acto? Señale la respuesta correcta. ADIF está legitimado para interponer el recurso contencioso-administrativo contra la actividad del Ministerio de Fomento, si bien debe requerirle previamente para que anule o revoque el acto. ADIF está legitimado para interponer el recurso contencioso-administrativo contra la actividad del Ministerio de Fomento, si bien debe plantear previamente un recurso administrativo hasta agotar la vía administrativa. Habida cuenta de que ADIF no está dotado de un estatuto específico de autonomía, aquel carece de legitimación para plantear un recurso contencioso-administrativo contra la actividad del Ministerio de Fomento, al tratarse de una entidad de Derecho público dependiente de dicho Ministerio. ADIF carece de legitimación para plantear un recurso contencioso-administrativo contra la actividad del Ministerio de Fomento, dado que no ostenta un derecho o interés legítimo. El Ayuntamiento de Bilbao notifica a Mikel el inicio de un procedimiento sancionador en su contra. Mikel, en desacuerdo con la infracción que se le imputa, acude a usted, abogado en ejercicio, para que le represente en la interposición de un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador. ¿Puede interponer dicho recurso? Indique la respuesta correcta: Sí, puede interponer un recurso-contencioso administrativo al tratarse de un acto definitivo que pone fin a la vía administrativa. Sí, puede interponer un recurso-contencioso administrativo al tratarse de un acto de trámite que pone fin a la vía administrativa. No puede interponer un recurso-contencioso administrativo al tratarse de un acto de trámite que no decide directa o indirectamente el fondo del asunto, no determina la imposibilidad de continuar el procedimiento ni produce indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. No puede interponer un recurso-contencioso administrativo al tratarse de un acto que no pone fin a la vía administrativa. Usted representa a Don Manuel de Hurtado, que ha interpuesto un recurso contenciosoadministrativo contra un acto del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. El Juzgado le remite el expediente administrativo para que deduzca demanda, pero observa que el mismo está incompleto. Señale la afirmación correcta: Debe deducir demanda en el plazo de 20 días, pudiendo solicitar posteriormente, en la fase de vista, que se reclamen los antecedentes para completar el expediente administrativo. Debe deducir demanda en el plazo de 20 días y solicitar dentro de dicho plazo que se reclamen los antecedentes para completar el expediente administrativo, suspendiendo tal solicitud el curso de dicho plazo. Debe deducir demanda en el plazo de 10 días, pudiendo solicitar una ampliación del plazo de 5 días adicionales para que se reclamen los antecedentes para completar el expediente administrativo. Debe deducir demanda en el plazo de 20 días, sin que quepa la posibilidad de solicitar que se reclamen los antecedentes para completar el expediente administrativo, decisión que debe adoptarse, en su caso, de oficio por el Juzgado. Usted, abogado en ejercicio, representa a Lucía y Gabriel en un procedimiento contenciosoadministrativo en el que ambos ostentan la posición de demandantes. Tras la presentación de la demanda, Lucía decide desistir del recurso. ¿Qué acordará el Letrado de la Administración de Justicia? Señale la afirmación correcta. Dado que el desistimiento ha tenido lugar con anterioridad a la sentencia, el Letrado de la Administración de Justicia dictará en todo caso decreto en el que declarará terminado el procedimiento, ordenando el archivo de los autos y la devolución del expediente administrativo a la oficina de procedencia. El Letrado de la Administración de Justicia dará traslado al otro recurrente y a las demás partes, y en los supuestos de acción popular al Ministerio Fiscal, y solo dictará decreto en el que declarará terminado el procedimiento, ordenando el archivo de los autos y la devolución del expediente administrativo a la oficina de procedencia, si las demás partes prestaran su conformidad al desistimiento o no se opusieran a él y no apreciara daño para el interés público. El Letrado de la Administración de Justicia dará traslado a las demás partes, y en los supuestos de acción popular al Ministerio Fiscal, y en función de las alegaciones formuladas por todas las partes y el interés público tutelado, valorará dictar decreto en el que declarará terminado el procedimiento, ordenando el archivo de los autos y la devolución del expediente administrativo a la oficina de procedencia. Lucía no podría desistir del recurso dado que, al haber varios recurrentes, éstos deben desistir de forma conjunta. Usted representa a MERLUZAS DEL MEDITERRÁNEO S.A., que ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra el RD X/YYY por el que se aprueba el Reglamento para la explotación sostenible de los recursos pesqueros, solicitando la suspensión de la vigencia de dicha norma. El demandado ha manifestado su oposición a la aplicación de dicha medida cautelar. ¿Qué acordará el Juez? Señale la afirmación correcta: El Juez solo puede acordar una medida cautelar cuando todas las partes están conformes, por lo que en este caso, no se acordará la suspensión de la vigencia del Reglamento. El Juez solo puede acordar una medida cautelar a solicitud de la parte demandada, por lo que en este caso, no se acordará la suspensión de la vigencia del Reglamento. El Juez acordará en cualquier caso la suspensión de la vigencia siempre que considere que la aplicación del Reglamento para la explotación sostenible de los recursos pesqueros pudiera hacer perder su finalidad legítima al recurso. El Juez acordará la suspensión de la vigencia si considerase que la aplicación del Reglamento para la explotación sostenible de los recursos pesqueros pudiera hacer perder su finalidad legítima al recurso y la suspensión no produce perturbación grave de los intereses generales o de tercero. Laura desea recurrir ante la jurisdicción contencioso-administrativa un acto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que considera que vulnera su derecho a la educación, regulado en el artículo 27 de la Constitución Española. Acude a usted, abogado en ejercicio, para que le represente. ¿Qué procedimiento se seguirá y de qué plazo dispone para interponer el recurso contencioso-administrativo? Indique la respuesta correcta. El derecho a la educación es un derecho fundamental regulado en la Sección 1ª del Capítulo Segundo del Título I de la Constitución, por lo que se podría seguir el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona. El plazo para interponer este recurso será de 10 días desde el día siguiente al de notificación del acto. El derecho a la educación es un derecho fundamental regulado en la Sección 1ª del Capítulo Segundo del Título I de la Constitución, por lo que se podría seguir el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona. El plazo para interponer este recurso será de 15 días desde el día siguiente al de notificación del acto. El derecho a la educación es un derecho de los ciudadanos regulado en la Sección 2ª del Capítulo Segundo del Título I de la Constitución, por lo que no se podrá acudir al procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, siguiéndose el procedimiento ordinario o abreviado, en su caso. El plazo para interponer el recurso contenciosoadministrativo será de 2 meses contados desde el día siguiente al de la notificación del acto. El derecho a la educación es un derecho de los ciudadanos regulado en la Sección 2ª del Capítulo Segundo del Título I de la Constitución, por lo que no se podrá acudir al procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, siguiéndose el procedimiento ordinario o abreviado, en su caso. El plazo para interponer el recurso contenciosoadministrativo será de 30 días contados desde el día siguiente al de la notificación del acto. El Ministerio de Fomento expropió a Gabriel en el año 2013 una finca de su propiedad para la construcción de una carretera. Tras un año de paralización de las obras, el 6 de septiembre de 2016 el Ministerio anunció a través de los medios de comunicación que abandonaba el proyecto por falta de fondos, notificándose dicho propósito a Gabriel el 18 de septiembre. Gabriel acude a usted, abogado en ejercicio, para que le asesore sobre sus posibilidades de actuación. ¿Puede Gabriel ejercer el derecho de reversión? Indique la afirmación correcta: Si el Ministerio de Fomento no ha desafectado la finca expropiada, no habrá derecho de reversión, puesto que aquel puede decidir dedicarla a otra causa de utilidad pública o interés social. Dado que no se ha ejecutado la obra, Gabriel puede ejercer el derecho de reversión durante el plazo de 3 meses a contar desde la fecha en la que la Administración anunció a Gabriel el propósito de no ejecutar la obra. Dado que no se ha ejecutado la obra, Gabriel puede ejercer el derecho de reversión durante el plazo de 3 meses a contar desde la fecha en la que la Administración notificó a Gabriel el propósito de no ejecutar la obra, es decir, hasta el 18 de diciembre de 2016. Dado que no se ha ejecutado la obra, Gabriel puede ejercer el derecho de reversión en cualquier momento, sin que exista plazo para la presentación de dicha solicitud. Usted, abogado en ejercicio, representa a doña Jimena de Ayala en un procedimiento contencioso-administrativo. Ya en el trámite de conclusiones, su cliente le pide que solicite la realización de una prueba. ¿Se podrá solicitar el recibimiento del proceso a prueba? Señale la afirmación correcta: No, solamente se puede pedir el recibimiento del proceso a prueba por medio de otrosí en los escritos de demanda y contestación. No, solamente se puede pedir el recibimiento del proceso a prueba por medio de otrosí en los escritos de demanda y contestación y en los de alegaciones complementarias. Sí, se puede pedir el recibimiento del proceso a prueba en cualquier momento anterior a la declaración del pleito como concluso para sentencia. Sí, se puede pedir el recibimiento del proceso a prueba incluso cuando el pleito ha sido declarado concluso para sentencia. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas inició un procedimiento a solicitud de don Héctor García. No obstante, tras la solicitud, y debido a la falta de comunicación y comparecencia de don Héctor, el procedimiento quedó paralizado. Como consecuencia de dicha paralización, el Ministerio notificó a don Héctor el archivo de las actuaciones y la caducidad del procedimiento. Don Héctor, acude a usted, abogado en ejercicio, para que le informe sobre sus posibilidades de actuación. Indique la afirmación correcta: La resolución declarando la caducidad del procedimiento es irrecurrible. Tampoco puede don Héctor presentar una nueva solicitud. La resolución declarando la caducidad del procedimiento es irrecurrible. No obstante, don Héctor puede realizar una nueva solicitud siempre y cuando no haya prescrito su acción. Cabe interponer un recurso contra la resolución que declara la caducidad del procedimiento. No obstante, don Héctor no podrá presentar una nueva solicitud. Cabe interponer un recurso contra la resolución que declara la caducidad del procedimiento. Además, don Héctor puede realizar una nueva solicitud siempre y cuando no haya prescrito su acción. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte adjudicó a la empresa SICUREZZA S.L. un contrato de servicios para la vigilancia de pabellones deportivos. Posteriormente, el Ministerio decidió modificar el contrato para incluir en el mismo que SICUREZZA S.L se encargue también de la realización de cursos y limpieza de los edificios del Ministerio. ¿Puede realizarse dicha modificación? Señale la afirmación correcta: No, dado que supone una ampliación del objeto del contrato. Deberá procederse a una nueva contratación de los servicios de formación y limpieza. Sí, siempre que se haya previsto en los pliegos o en el anuncio de licitación, el Ministerio podrá modificar contrato con el fin de adicionar prestaciones complementarias a las inicialmente contratadas o ampliar el objeto del contrato a fin de que pueda cumplir finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del mismo. Sí, aunque no se hubiera previsto en los pliegos o en el anuncio de licitación, el Ministerio podrá modificar contrato con el fin de adicionar prestaciones complementarias a las inicialmente contratadas o ampliar el objeto del contrato a fin de que pueda cumplir finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del mismo. Sí, siempre que SICUREZZA S.L. estuviera de acuerdo con dicha modificación. En ejecución de un convenio de colaboración celebrado entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Consejería de Cultura de la Comunidad de Castilla y León, Marisa sufrió un daño sobre su patrimonio. En consecuencia, planteó una reclamación de responsabilidad patrimonial. ¿Quién abonará la indemnización que, en su caso, corresponda a Marisa? Indique la respuesta correcta: Responderá solo el Ministerio de Educación Cultura y Deporte, ya que tiene ámbito estatal. Responderán el Ministerio y la Consejería, en todo caso, de forma solidaria. El convenio de colaboración podrá determinar la distribución de la responsabilidad entre ambos. La responsabilidad se fijará para el Ministerio y la Consejería atendiendo a los criterios de competencia, interés público tutelado e intensidad de la intervención. La responsabilidad se fijará según el criterio marcado por quien ha sufrido el daño, en este caso, Marisa. Usted, abogado en ejercicio, representa a la empresa TAPAS Y PINCHOS S.L. en un procedimiento contencioso-administrativo contra un acto del Ministerio de Economía y Competitividad. En el seno de dicho procedimiento se alcanzó un acuerdo entre las partes que implicaba la desaparición de la controversia. En dicho acuerdo se establecía un plazo para su ejecución de dos meses. Sin embargo, transcurrido dicho plazo, el Ministerio de Economía y Competitividad no lo ha ejecutado. ¿Qué puede hacer TAPAS Y PINCHOS S.L.? Indique la respuesta correcta: Tiene que interponer un nuevo recurso contencioso-administrativo contra el acto del Ministerio de Economía y Competitividad. TAPAS Y PINCHOS S.L puede interponer ante el Ministerio de Economía y Competitividad recurso de alzada para el cumplimiento del acuerdo. TAPAS Y PINCHOS S.L. puede instar directamente su ejecución forzosa. TAPAS Y PINCHOS S.L. debe requerir al Ministerio de Economía y Competitividad el cumplimiento del acuerdo y transcurridos dos meses podrá proceder a instar su ejecución forzosa. Joaquín pretende presentar una solicitud dirigida al Ministerio del Interior y tiene dudas sobre los derechos que le corresponden en el seno del procedimiento administrativo. En primer lugar, dado que es residente en Barcelona, se plantea si puede presentar la solicitud en catalán y, en segundo lugar, quiere que se identifique el personal responsable de la tramitación su procedimiento. ¿Cuáles de estos derechos tiene reconocidos? Señale la afirmación correcta. Joaquín tiene todos los derechos descritos. Tiene derecho a presentar la solicitud en catalán pero no a identificar al personal al servicio del Ministerio del Interior bajo cuya responsabilidad se tramite el procedimiento. Tiene derecho a identificar al personal al servicio del Ministerio del Interior bajo cuya responsabilidad se tramite el procedimiento, pero no a presentar la solicitud en catalán. Joaquín no ostenta ningún de los derechos descritos. Pedro ha interpuesto una reclamación de responsabilidad patrimonial contra la Administración competente por daños por valor de 80.000 euros que ha sufrido su vivienda como consecuencia de unas obras en su calle. ¿Será preceptivo el informe del Consejo de Estado o del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma? Señale la afirmación correcta: Sí, en todos los procedimientos de responsabilidad patrimonial es preceptivo solicitar dictamen del Consejo de Estado o, en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. Sí, siempre que la indemnización reclamada sea de cuantía igual o superior a 10.000 euros es preceptivo solicitar dictamen del Consejo de Estado o, en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. Sí, siempre que la indemnización reclamada sea de cuantía igual o superior a 50.000 euros es preceptivo solicitar dictamen del Consejo de Estado o, en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. No, el dictamen del Consejo de Estado en los procedimientos de responsabilidad patrimonial es facultativo siempre. A Jaime le acaban de notificar la inadmisión de un recurso de alzada que presentó contra un acto del Ministerio de Interior. ¿Requiere motivación dicha inadmisión? Indique la respuesta correcta: No, porque únicamente deben ser motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho, los actos que resuelvan sobre el fondo del recurso planteado, no los que resuelvan sobre la admisión del mismo. Sí, porque deben ser motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho, los actos que resuelvan la inadmisión de un recurso administrativo. Sí, porque deben ser motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho, los actos que resuelvan la inadmisión de un recurso administrativo pero únicamente si éste se inadmite por estar fuera de plazo. No, porque únicamente deben ser motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho, los actos que limiten derechos subjetivos o los intereses legítimos de Jaime, pero nunca los referidos a recursos administrativos. Sonia, abogada en ejercicio, ejerce la asistencia letrada de un cliente inmerso en un procedimiento administrativo en el cual se ha solicitado un informe a otro órgano de la misma Administración Pública. No obstante, transcurrido el plazo para la emisión de dicho informe sin que éste se haya emitido, insta la continuación del procedimiento. ¿Es posible continuar con el procedimiento? Indique la respuesta correcta. Sí, el procedimiento administrativo podrá continuar salvo que se trate de un informe preceptivo, en cuyo caso se podrá suspender el transcurso del plazo máximo legal para resolver el procedimiento. No, porque ha de interrumpirse el procedimiento administrativo hasta la recepción del informe en cualquier caso. Sí, el procedimiento administrativo podrá continuar pero deberá solventarse en primer lugar la posible responsabilidad del órgano responsable de la demora. No, no podrán proseguir el procedimiento administrativo porque los informes solicitados tendrán siempre el carácter de preceptivo y por tanto, se suspendería el procedimiento hasta su recepción. Quiénes tienen legitimación para interponer un Recurso de Amparo por la vía del artículo 46.1. b) en los casos del artículo 43 de la LOTC. Todos los ciudadanos. Sólo el Defensor del Pueblo y el MF. Quienes hayan sido parte en el proceso judicial correspondiente. El MF, el Defensor del Pueblo y las partes del proceso judicial. Tras la reforma llevada a cabo en la LOTC: La mera lesión de un derecho fundamental o libertad pública tutelable en amparo es por sí suficiente para admitir el recurso de amparo. La mera lesión de un derecho fundamental o libertad pública tutelable en amparo no es por sí solo suficiente para admitir el recurso de amparo. La lesión de un derecho o libertad pública tutelable en amparo junto con el requisito de especial trascendencia constitucional del recurso es indispensable para la admisión del recurso de amparo. Para la admisión del recurso de amparo solo es indispensable el requisito de la especial trascendencia constitucional del recurso. ¿Qué recurso cabe contra una liquidación provisional del IS y de la Agencia Tributaria Andaluza?. ¿Qué recurso cabe contra una liquidación provisional del IS y de la Agencia Tributaria Andaluza?. Recurso de reposición o reclamación económico - administrativa, a elección del interesado. Primero, Recurso de reposición y, en su caso, después de este, reclamación económico – administrativa. Necesariamente recurso de reposición potestativo, porque se trata de un recurso contra un acto de la Administración autonómica. Los datos aportados por el sujeto en sus declaraciones tributarias: Se presumen ciertos y obligan al propio sujeto, no a terceros. Se presumen ciertos, salvo prueba en contrario. Deben ser confirmados por el sujeto en caso de comprobación tributaria, en cuyo caso, se presumen ciertos. Sólo los datos de contenidos en una acta o diligencia administrativa se presumen ciertos. ¿Ante que órgano hay que recurrir contra una resolución desestimatoria del TEARA relativa al impuesto sobre sucesiones y donaciones?. Ante el TEA Central, si la anterior reclamación fue en primera instancia. Ante el TEA Central, si la anterior reclamación fue en única instancia. Ante la AN, si la anterior reclamación fue en primera instancia. Ante el TSJA, en cualquier caso. Si se interpone un recurso de reposición contra una liquidación tributaria: Ya no se podrá interponer una reclamación económico-adm contra el mismo acto. Se podrá ir directamente a la vía C-A una vez emitida resolución desestimatoria. Habrá que esperar a que se resuelva para interponer la reclamación E-A. Hay que elegir entre presentar un recurso administrativo o una reclamación e-a, pero no ambos a la vez. ¿Ante qué órgano u órganos de la Jurisdicción C-A se puede interponer un recurso C-A tramitado por los cauces del procedimiento abreviado?. Ante los JCA y Juzgados Centrales de lo CA. Ante los JCA. Ante cualquier órgano jurisdiccional, siempre que la cuantía del procedimiento no supere los 30.000€. Ante las Salas de lo C-A de los TSJ, cuando se trate de recursos C-A en única instancia. TEST CV TRIBUTARIO ¿Considera correcta la fundamentación jurídica de la STSJA de 7 de mayo de 2012 conforme al art.9.1.e) de la Ley 18/1991?. Sí, porque es la ley aplicable a los hechos según la propia sentencia. No, debió aplicarse el art.7.1.d) de la Ley 40/1998, que era la ley vigente en el momento del accidente. No, la norma aplicable es el TR del IRPF del RD Legislativa 3/2004, de 5 de marzo, que estaba en vigor en el momento en que el sujeto practico la autoliquidación del impuesto. No, la norma aplicable es el TR del IRPF del RD Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, porque era la ley en vigor en el momento de la sentencia que reconoce el derecho a percibir la indemnización. TEST CV TRIBUTARIO ¿Qué recursos caben contra la sentencia de la STSJA en este caso?. Cabe recurso de casación por razón de la cuantía. Cabe recurso de casación por infracción de normas de Derecho estatal relevante y determinante del fallo impugnado. No cabe recurso de casación porque la cuantía no excede de 600.000 euros. No cabe recurso alguno. TEST CV TRIBUTARIO A raíz de la firmeza de la sentencia, ¿Qué debe hacer la AEAT?. Ha de anular la autoliquidación del interesado del IRPF 2004. Ha de practicar una liquidación nueva y notificarla al interesado. Ha de practicar una liquidación nueva contemplando la exención de las indemnizaciones percibidas y notificarla al interesado para que este se pronuncie. Ha de practicar una liquidación tributaria con exención de las indemnizaciones, notificarle y proceder a la devolución de la diferencia resultante. TEST CV TRIBUTARIO En 2014, el contribuyente pretende recuperar la cuota de más que ingreso en 2003 como consecuencia de haber incluido la indemnización percibida ese año en su autoliquidación del IRPF utilizando el procedimiento de devolución de ingresos indebidos. ¿Es este el único procedimiento posible o habría algún otro?. La devolución de ingresos indebidos es el único procedimiento posible. Lo correcto sería que la AEAT revisase de oficio la autoliquidación de 2003 con una liquidación con derecho a devolución. Claramente fue un error material, puesto que de haber sabido que estaban exentas no habría incluido esas rentas, por eso debe usarse este procedimiento de revisión sin recurso. Cabe el recurso extraordinario de revisión. TEST CV TRIBUTARIO El derecho a obtener la devolución de ingresos indebidos (LGT art.66 y ss). Prescribe a los 4 años desde la presentación de la autoliquidación. Prescribe a los 4 años desde el momento en que tuvo lugar el ingreso indebido. Prescribe a los 4 años desde que se reconoció el derecho a percibirlo. Una vez reconocido no prescribe nunca. TEST CV TRIBUTARIO ¿Cuándo comenzaría el plazo de prescripción del derecho a la devolución de ingresos indebidos en el supuesto de hecho objeto de estudio?. Al día siguiente del ingreso indebido que se produjo el día de la presentación de la autoliquidación del IRPF 2003 (el 30 de junio de 2004). El 8 de mayo de 2012, puesto que la STSJA es de 7 de mayo. Al día siguiente de la firmeza de la STSJA de 7 de mayo de 2012. A los 4 años desde el día 8 de mayo de 2012. TEST CV EVALUABLE Ante la solicitud de devolución de ingresos indebidos, la AEAT requiere al sujeto de subsanación para que diga que procedimiento es el que pretende iniciar para obtener la devolución de ingresos indebidos. ¿Es correcto este reglamento?. Lo es, porque no está indicado en el escrito. No lo es, porque claramente el interesado está pidiendo que se inicie un procedimiento de devolución de ingresos indebidos. No lo es, porque la administración debe siempre calificar los recursos que presente el ciudadano. Lo es, porque la autoliquidación de 2003 (realizada en 2004) es firme, al no haberse impugnado. TEST CV TRIBUTARIO En repuesta al requerimiento el interesado presenta un escrito en el que señala 3 procedimientos (uno en vía principal y dos en vía subsidiaria). ¿Cuál de ellos resultaría más viable?. El procedimiento de rectificación de autoliquidaciones, por no haber transcurrido 4 años desde la firmeza de la STSJA de 7 de mayo de 2012. El recurso extraordinario de revisión, para revisar la firmeza de la autoliquidación de 2003 (realización en 2004). El procedimiento de revocación. Ninguno de ellos está previsto en la LGT para este supuesto. TEST CV TRIBUTARIO - La respuesta de la AEAT al escrito del interesado presentado en subsanación del requerimiento fue el archivo de las actuaciones considerando que el sujeto no había subsanado los defectos observados. ¿es correcta esta actuación? (Art.104.3 LGT). Sí, porque el sujeto no ha hecho lo q le requirió la AEAT. Sí, porque es un procedimiento iniciado a instancia de parte, a los 3 meses sin contestación se entiende implícito un desistimiento por parte del sujeto. Sí, porque es un procedimiento iniciado a instancia de parte, a los 3 meses sin contestación se entiende implícito un desistimiento por parte del sujeto. No, porque la AEAT tendría primero que haber comunicado al sujeto que si no subsanaba, declarara la caducidad del procedimiento. La Asociación de promotores y constructores de edificios pretende plantear recurso administrativo contra un reglamento aprobado por Orden Ministerial. Señale la opción correcta: Puede plantear recurso de alzada porque la Orden Ministerial la aprueba el Ministro, y cabe recurso de alzada ante el Consejo de Ministros. No puede plantear recurso administrativo, ya que contra los reglamentos no cabe interponer recursos administrativos. No puede plantear recurso administrativo, porque el Ministro no tiene superior jerárquico. Solo cabe recurso de reposición. Una asociación ecologista considera que un Real Decreto del Consejo de Ministros que regula las especies exóticas invasoras y que se publicó hace un año, es contrario en uno de sus artículos a lo establecido en la Ley reguladora del Patrimonio Natural, y pretende que se declare su ilegalidad. Señale cuál es la fórmula correcta para intentarlo: Formular una instancia al Ministro de Medio Ambiente pidiéndole que lo modifique, y que entre tanto no aplique ese precepto del Real Decreto por ser contrario a derecho. Formular una instancia al Consejo de Ministros pidiéndole que lo revise de oficio. Plantear recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto ante el Consejo de Ministros. Impugnar en plazo un acto de aplicación del precepto ilegal del Real Decreto, fundando el recurso en la ilegalidad del mismo. Isaías, vecino de un municipio costero, pretende impugnar la ordenanza de playas aprobada por el Ayuntamiento, pero no formuló alegaciones a la aprobación inicial. Señale la opción correcta: No puede impugnar, porque tuvo oportunidad de alegar cuando se publicó la aprobación inicial y no se manifestó en contra. Puede recurrir la ordenanza siempre que afecte a sus derechos o intereses y formule el recurso en plazo. Puede recurrir solo si no se le notificó directamente que tenía plazo para hacer alegaciones. No, las ordenanzas municipales no son impugnables. Su cliente le expone un caso en el que existe un precedente administrativo. A la hora de valorar la conveniencia de plantear una solicitud en un supuesto similar, ¿qué habría de tener en cuenta? Indique la respuesta correcta: La Administración no se puede apartar del precedente, entendido este como el criterio seguido en actuaciones anteriores. La Administración se puede apartar del precedente, pero si lo hace tendrá que justificar por qué se aparta. En el derecho administrativo no existe el precedente. El derecho administrativo no recoge ninguna obligación jurídica en relación con el precedente. Su cliente le exhibe una notificación que contiene únicamente el texto íntegro del acto y pretende plantear un recurso contra la misma. Elija la respuesta más correcta. El interesado debe dirigirse a la Administración autora del acto reclamando por no haberle indicado si es o no definitivo en la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos. La notificación no surte efecto hasta la fecha en que el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución, o interponga el recurso que proceda. La notificación surtirá efecto por el transcurso de seis meses, a no ser que se haga protesta formal de que se trata de una notificación defectuosa. Es como si no se hubiera notificado. Inés acude a su despacho con una resolución dictada por un Ayuntamiento, en relación con una finca que se encuentra en otro término municipal. A la hora de argumentar en el recurso, ¿Cuál sería el argumento más correcto para usar como alegación? Indique la respuesta correcta: Dependiendo del caso concreto, la resolución será nula o anulable. La resolución será anulable. El vicio de la resolución es irrelevante. La resolución es nula de pleno derecho. En relación con el supuesto anterior, ¿en qué plazo habrá de plantearse el recurso administrativo contra la resolución? Indique la respuesta correcta: En un mes. En realidad no hay plazo, porque considero que es un acto nulo, y la nulidad se puede declarar en cualquier momento. En dos meses. En tres meses. D. Mariano solicitó la revisión de oficio de un acto nulo que se dictó hace dos años, y la Administración ha inadmitido a trámite la solicitud, sin solicitar dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo de la Comunidad Autónoma. D. Mariano le pide que recurra la inadmisión. Seleccione la respuesta más correcta que debe darle: No cabe recurrir contra la inadmisión, porque ello supondría que los tribunales controlaran actos firmes. No cabe recurrir contra la inadmisión, porque la solicitud de revisión de oficio era improcedente, ya que la revisión de actos nulos siempre se hace de oficio. Sí cabe recurrir, porque debido a la gravedad de la nulidad, se puede solicitar la revisión de oficio en cualquier momento, y la inadmisión acordada por la Administración podrá discutirse mediante un recurso administrativo o contencioso-administrativo. Sí cabe recurrir porque no se ha solicitado que se pronuncie el Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente. La empresa Papelera S.A. ha de presentar una instancia a una Administración pública y le consulta sobre cómo ha de presentarlo. Elija la respuesta correcta: El escrito se debe presentar electrónicamente. Podrá elegir entre presentar el escrito electrónicamente o en papel. Solo deberá presentar sus escritos electrónicamente si actúa a través de un profesional. El escrito debe presentarse tanto electrónicamente, como en papel. En el supuesto anterior, ¿quién tendrá que firmar el escrito y cómo se acredita la representación? Indique la respuesta correcta: Tendrá que firmar el representante legal de la empresa o quien tenga poder para hacerlo, y tendrá que acreditarlo aportando la documentación oportuna, pudiendo hacerlo mediante apoderamiento apud acta, presencial o electrónico, o acreditando la inscripción en el registro electrónico de apoderamientos. Tendrá que firmar el propio abogado, y no necesita acreditar que puede firmar, pues la representación se presume. Tendrá que firmar el representante legal de la empresa y no necesita acreditar que puede firmar, pues la representación se presume. Podrá firmar cualquier empleado de la empresa, acreditando que trabaja en la misma. Su cliente le exhibe una licencia a su favor, y le explica que se ha enterado de que la Administración pretende revisar de oficio dicha licencia. ¿Qué ha de aconsejar a su cliente para intentar evitar que pierda los derechos que le confiere la licencia? Indique la respuesta correcta: Ha de informarle que en esta situación no se puede hacer nada. Debe decirle que podrá plantear recurso contencioso administrativo contra la declaración de lesividad que previamente ha de llevar a cabo la Administración. Debe informarle que lo oportuno es recurrir en vía administrativa contra la declaración de lesividad. Ha de informarle de que lo oportuno es comparecer en el procedimiento de declaración de lesividad y hacer alegaciones, y personarse en el recurso contencioso-administrativo como demandado. La Consejería de Industria confiere a la empresa Teleco S.L. un plazo de 10 días previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, y le consulta sobre el día final del plazo. A tal efecto usted, ¿qué tendrá en consideración? Indique la respuesta correcta: En derecho administrativo los plazos fijados en días siempre son hábiles. Los días serán hábiles o naturales según notifique la Administración al principio del procedimiento. Los plazos señalados en días en derecho administrativo son naturales. En derecho administrativo los plazos fijados en días son hábiles por regla general, pero una ley o norma de la U.E. puede establecer que en determinados procedimientos sean naturales. En el supuesto anterior, la Administración confirió un plazo de 10 días hábiles. Ante la consulta de la empresa Teleco SL sobre el día final del plazo, ¿qué deberá tener usted en cuenta? Indique la respuesta correcta: Los sábados se consideran días hábiles. Los sábados se consideran días inhábiles. Habrá que conocer si la Consejería en cuestión tiene o no oficinas abiertas en sábado para determinar si cuentan los sábados o no. Los sábados cuentan o no en función de si el escrito se presenta electrónicamente o en papel. Su cliente, la empresa Teleco SL debe presentar un recurso de alzada, le indica que la notificación de la resolución se ha producido el día 31 de enero y le pregunta cuál es el último día del plazo para recurrir. Indique la respuesta correcta: El 1 de marzo, pues el plazo de un mes empezó a contar al día siguiente, 1 de febrero. El 31 de febrero. El día que corresponda tras contar 30 días hábiles desde el 31 de enero. El 28 de febrero (o el 29 si se trata de un año bisiesto). La empresa Teleco S.L. ha formulado una solicitud a la Consejería de Industria y ha transcurrido ya el plazo en el que tenía que haber resuelto, debiendo entenderse en este caso que existe un acto presunto y que el sentido del silencio es negativo. Se le consulta sobre el plazo para interponer recurso administrativo contra dicha desestimación presunta. Indique la respuesta correcta: No existe silencio negativo ante una solicitud. El plazo es de un mes contado a partir de que se produzca el acto presunto. Lo que procede es acudir a la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses desde que se produzca el acto presunto. El día inicial del plazo es el siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto, pero no hay día final para recurrir en vía administrativa cuando el acto no es expreso. La empresa Derribos S.A. ha interpuesto un recurso de reposición contra la desestimación de su solicitud de demolición de un inmueble, y dado que han transcurrido más de dos meses sin que se haya resuelto el recurso, pretende plantear recurso contencioso-administrativo. ¿En qué plazo ha de plantear el recurso contencioso para que no se considere extemporáneo? Indique la respuesta correcta: En dos meses contados desde que se entiende que existe desestimación presunta. En estos casos se considera que no hay plazo para acudir al contencioso. En seis meses contados desde que se entiende que existe desestimación presunta. En estos casos se considera que no cabe acudir al contencioso hasta que no se resuelva el recurso. En el supuesto anterior, una vez interpuesto el recurso contencioso-administrativo, y antes de formalizar la demanda, Derribos S.A. recibe la notificación de la desestimación del recurso de reposición que interpuso en su día. ¿Qué debe recomendar a Derribos S.A. ante esta nueva situación? Indique la respuesta correcta: Desistir del iniciado y plantear un nuevo contencioso en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Sin necesidad de desistir del proceso ya iniciado, plantear un nuevo contencioso en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. incluir en la demanda argumentos encaminados a desvirtuar los fundamentos de la desestimación del recurso de reposición. En el plazo de dos meses a partir de la notificación de la desestimación del recurso de reposición, solicitar la ampliación del proceso iniciado a la desestimación expresa del recurso. El funcionario municipal Sr González pretende acudir al Juzgado contencioso para impugnar un proceso selectivo para ocupar un puesto de trabajo en un Ayuntamiento, y le pregunta si es preciso que cuente con abogado y procurador en el proceso. Señale la respuesta correcta. No es preciso ni abogado ni procurador, por tratarse de un funcionario y de una cuestión de personal. No es preciso procurador, por tratarse de un órgano unipersonal, pero si abogado. En este caso necesariamente deberá conferir su representación a un abogado. Es preciso que confiera su representación a un procurador, y será asistido en todo caso por abogado. En el supuesto anterior, el Sr. González ha decidido contratarle como abogado para que plantee el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado provincial ¿con qué tipo de escrito tendrá que comenzar el proceso? Indique la respuesta correcta: Con un escrito de demanda, en el que consten todos los fundamentos de hecho y de derecho. Con un escrito de interposición limitado a indicar quién recurre y lo que recurre. Con un escrito limitado a solicitar que se le tenga como demandado. Con un escrito limitado a solicitar que se adopten medidas cautelares. Como letrado en un proceso contencioso-administrativo, su cliente le consulta sobre la posible fase de conclusiones. Elija la respuesta correcta. Si en el proceso no hubo fase de prueba, no cabe que haya fase de conclusiones. Las partes pueden solicitar que se celebre conclusiones escritas o vista en la demanda, o en 5 días desde que termine la fase de prueba. La fase de conclusiones solo es necesaria en el procedimiento abreviado. Todas las partes tienen un plazo común de conclusiones, para respetar así el principio de igualdad de las partes en el proceso. Usted es el letrado del funcionario municipal Sr. González que ha planteado un proceso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso-administrativo provincial en relación con una reclamación sobre su sueldo, fundada en el Estatuto Básico del Empleado Público, habiéndose fijado la cuantía en 15.000 €. Elija la respuesta correcta en relación con los posibles recursos contra la sentencia, si fuese desestimatoria: Contra la sentencia cabrá recurso de apelación. Contra la sentencia cabrá recurso de casación para la unificación de la doctrina. Contra la sentencia cabrá recurso de casación si mantiene una doctrina gravemente dañosa para los intereses generales. Contra la sentencia no cabe recurso alguno. Su cliente tiene una sentencia que le es favorable, y le pregunta por las consecuencias de que el órgano jurisdiccional pueda reconocer que, por causas materiales o legales, es imposible para la Administración ejecutar la sentencia. Señale la respuesta correcta. Ese caso no puede darse. Su cliente puede pedir que se imponga al funcionario responsable una multa coercitiva. Su cliente tiene derecho a una indemnización. Procede la expropiación por causas de utilidad pública o de interés social. La empresa TELECO S.L. le solicita un presupuesto en relación con un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. A la hora de elaborar el presupuesto usted tiene que tener en cuenta que: Usted al menos tendrá que llevar a cabo un escrito de preparación ante el órgano jurisdiccional a quo, en el plazo de 30 días, en el que necesariamente tendrá que fundamentar el interés casacional objetivo del caso. Si el órgano jurisdiccional a quo tiene por preparada la casación, tendrá usted que preparar necesariamente un escrito de interposición ante el Tribunal Supremo. La admisión del recurso dependerá de la cuantía establecida en el proceso en el que se dictó la sentencia recurrida. Si el Tribunal Supremo admite el recurso, la sentencia que dicte finalmente condenará en costas a la parte no favorecida por la misma. El funcionario municipal Sr. González ha obtenido sentencia firme del Juzgado contencioso provincial que le reconoce su derecho a ocupar un puesto de trabajo en el Ayuntamiento, y le consulta acerca del momento a partir del que comienza a computar el plazo de dos meses para ejecutar la sentencia. Señale la respuesta correcta: Dependerá de si se notifica antes la firmeza al representante o al órgano autor del acto anulado. Desde que se notifica la firmeza de la sentencia al representante de la Administración. Desde la fecha en que acusa recibo de la comunicación de la firmeza de la sentencia el órgano autor del acto anulado. Desde la fecha de la sentencia. En el supuesto anterior, una vez notificada la sentencia a las partes, el Pleno municipal, -tras la intervención del Alcalde en la que expone que no le parece oportuno que el Sr. González desempeñe el puesto, pues mantiene con él diferencias personales-, vota el acuerdo de suprimir el puesto de trabajo. Exponga cuál es la actuación que debe recomendar al Sr. González. Indique la respuesta correcta: Solicitar al Juez la extensión de los efectos de la sentencia. Iniciar un nuevo proceso contencioso contra el acuerdo de suprimir el puesto. Solicitar al Juez que declare nulo el acuerdo. Plantear recurso administrativo de reposición ante el Pleno municipal. El día que vence un plazo resulta ser festivo en la Comunidad Autónoma en que reside su cliente, pero es hábil en Madrid, donde está la sede del órgano administrativo. ¿Qué día termina el plazo en ese caso? Indique la respuesta correcta: Ese día, porque es hábil donde está la sede del órgano administrativo. Al día siguiente hábil, porque es inhábil en la localidad donde tiene su domicilio el interesado. El último día del mes. Ese día, porque siempre prevalecen los plazos de la capital del reino. Su cliente se refiere a un plazo señalado en meses, y el último día del plazo resulta ser inhábil, ¿Cuándo acaba el plazo? Indique la respuesta correcta: El día siguiente que sea hábil. El último día del mes. El anterior que sea hábil. El que determine la Administración en cada caso. El Ministerio de Justicia inicia un procedimiento administrativo en el que Sandra tiene la condición de interesada. Con anterioridad a la incoación del procedimiento, el Ministerio acordó el embargo preventivo de un bien. Sandra acude a usted, abogado en ejercicio, para que le asesore sobre si el Ministerio actuó legalmente. ¿Es acorde con el ordenamiento jurídico la adopción de dicha medida provisional? Indique la respuesta correcta: No, dado que el Ministerio no puede adoptar medidas provisionales sin conceder previamente audiencia a los interesados. No, dado que el Ministerio no puede adoptar medidas provisionales antes de la iniciación del procedimiento. Sí, puesto que el Ministerio puede adoptar de forma motivada medidas provisionales antes de la iniciación del procedimiento, siempre que se trate de un caso de urgencia inaplazable y para la protección provisional de los intereses implicados. Sí, puesto que el Ministerio puede adoptar medidas provisionales antes de la iniciación del procedimiento, siempre que así lo solicite alguna parte interesada. El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad ha abierto un procedimiento en el que la empresa INTEL S.L. tiene la condición de interesada. Esta sociedad cree que algunos de los actos dictados por el Ministerio en el seno del procedimiento administrativo deberían haberse motivado, razón por la que acude a usted, abogado en ejercicio, para que le asesore. ¿Cuál de los siguientes actos NO requerirá motivación? Indique la respuesta correcta: El acto que inicie el procedimiento. Un acto que rechace pruebas propuestas por INTEL S.L. Un acto que se separe del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órganos consultivos. Un acto que acuerde la terminación del procedimiento por la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La empresa GRADEFES S.A. presentó una solicitud ante el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital. Ya en la fase de instrucción y debido a un pico de actividad en la empresa, GRADEFES S.A. no ha podido cumplir con los trámites que le solicitaba el Ministerio. Al considerar que estos trámites son indispensables para dictar resolución, el órgano competente ha paralizado el procedimiento. Transcurridos 3 meses, GRADEFES S.A. acude a usted, abogado en ejercicio, para informarse sobre la posible terminación del procedimiento. ¿Qué le indica? Indique la respuesta correcta: Si la Administración le hubiera advertido convenientemente cuando se produjo la paralización, tendrá lugar la caducidad del procedimiento. Tendrá lugar la desestimación por silencio administrativo. Tendrá lugar la estimación por silencio administrativo, al ser un procedimiento iniciado a instancia del interesado. Se acordará la renuncia de GRADEFES S.A. a su solicitud. La empresa RUIDERA S.L solicitó una autorización al Ministerio del Interior, la cual fue denegada. Dicha resolución no pone fin a la vía administrativa y RUIDERA S.L. acude a usted, abogado en ejercicio, para que le informe sobre los recursos administrativos que puede interponer. Señale la respuesta correcta: RUIDERA S.L. puede interponer recurso de alzada en el plazo de 1 mes, tras lo cual podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo. RUIDERA S.L puede interponer recurso de alzada en el plazo de 3 meses, tras lo cual podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo. RUIDERA S.L. puede interponer recurso de alzada en el plazo de 1 mes, tras lo cual podrá interponer recurso contencioso-administrativo. RUIDERA S.L puede interponer recurso de alzada en el plazo de 3 meses, tras lo cual podrá interponer recurso contencioso-administrativo. Irene decide recurrir la liquidación de un tributo que ha efectuado la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), por considerar que es contraria al ordenamiento jurídico. Acude a usted, abogado en ejercicio, para que le asesore sobre los recursos que puede interponer. Señale la opción correcta: Irene debe presentar un recurso de reposición con carácter previo a la reclamación económico-administrativa. Irene puede presentar un recurso de reposición con carácter previo a la reclamación económico-administrativa. En tal caso, no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo. Irene puede presentar un recurso de reposición con carácter previo a la reclamación económico-administrativa, teniendo la posibilidad de promover en cualquier momento la reclamación económico-administrativa. Irene solo puede presentar una reclamación económico-administrativa. Siguiendo con el caso anterior, Irene decide finalmente interponer una reclamación económico-administrativa contra el acto de liquidación. ¿Cuándo y cómo deberá presentar la misma? Señale la opción correcta: En el plazo de 15 días desde el día siguiente al de la notificación del acto de liquidación, debiendo Irene actuar mediante representación. En el plazo de 15 días desde el día siguiente al de la notificación del acto de liquidación, pudiendo Irene actuar mediante representación. En el plazo de 1 mes desde el día siguiente al de la notificación del acto de liquidación, debiendo Irene actuar mediante representación. En el plazo de 1 mes desde el día siguiente al de la notificación del acto de liquidación, pudiendo Irene actuar mediante representación. La empresa DELI S.L considera que varios preceptos del Real Decreto por el que se regula la venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no son conformes a Derecho y resultan perjudiciales para sus intereses. Por ello, acude a usted, abogado en ejercicio, para la interposición de un recurso contencioso-administrativo contra dichos preceptos. ¿Podrá suspenderse la vigencia de los preceptos impugnados? Indique la respuesta correcta: No, dado que la suspensión de una disposición general es contraria a los intereses generales. No, dado que no concurrirían los requisitos de urgencia exigidos por la Ley. Sí, debiendo solicitar la suspensión de la vigencia de los preceptos impugnados en el escrito de interposición o en el de demanda. Sí, pudiendo solicitar la suspensión de la vigencia de los preceptos impugnados en cualquier estado del proceso. El Ministro de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente dictó el 3 de mayo un acto que afectaba desfavorablemente a la empresa ALLARD S.A. Dos meses después, el 3 de julio, ALLARD S.A. constató que uno de los documentos que se había incorporado al expediente incurría en un error de hecho. Acude a usted, abogado en ejercicio, para que le aconseje sobre los recursos administrativos que puede interponer. Indique la respuesta correcta: Puede interponer el recurso de alzada, dado que el acto no agota la vía administrativa y no ha terminado el plazo para interponerlo. Puede interponer el recurso de reposición, dado que el acto pone fin a la vía administrativa y está dentro del plazo para interponerlo. Ya ha trascurrido el plazo para interponer recursos administrativos, por lo que solo cabe interponer un recurso contencioso-administrativo. Cabe interponer el recurso extraordinario de revisión, dado que está dentro de plazo y concurren los requisitos para interponerlo. Usted, abogado en ejercicio, asiste a Ricardo en un procedimiento contencioso-administrativo en el que éste ostenta la posición de recurrente. En la demanda no solicita el recibimiento del proceso a prueba. En el escrito de contestación a la demanda, la parte demandada hace referencia a nuevos hechos, que Ricardo considera trascendentales. ¿Podrá solicitarse el recibimiento del proceso a prueba? Indique la respuesta correcta: No, se recibirá el proceso a prueba cuando exista disconformidad en los hechos y éstos fueran de trascendencia, a juicio del órgano jurisdiccional, para la resolución del pleito, sin que se permita a las partes solicitar dicho trámite. No, solamente se podrá pedir el recibimiento del proceso a prueba por medio de otrosí, en los escritos de demanda y contestación. Sí, si de la contestación a la demanda resultaran nuevos hechos de trascendencia para la resolución del pleito, el recurrente podrá pedir el recibimiento a prueba y expresar los medios de prueba que se propongan dentro de los 5 días siguientes a aquel en que se haya dado traslado de la misma. Sí, se puede solicitar el recibimiento del proceso a prueba en cualquier momento anterior a que se dicte sentencia. Usted, abogado en ejercicio, interpuso en representación de Olivia un recurso contencioso-administrativo contra un acto del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. En el seno de dicho procedimiento, el órgano judicial adoptó una medida cautelar. ¿Hasta cuándo tendrá vigencia la misma? Indique la respuesta correcta: Hasta que recaiga sentencia firme que ponga fin al procedimiento, o hasta que éste finalice por cualquiera de las causas previstas en la Ley. No obstante, podrán ser modificadas o revocadas durante el curso del procedimiento si cambiaran las circunstancias en virtud de las cuales se hubieran adoptado. Hasta que se solicite el fin de su vigencia por alguna de las partes. No obstante, podrán ser modificadas o revocadas durante el curso del procedimiento si cambiaran las circunstancias en virtud de las cuales se hubieran adoptado. Hasta que lo acuerde el órgano judicial, pudiendo mantenerse la vigencia con posterioridad al momento en que recaiga sentencia firme. No obstante, podrán ser modificadas o revocadas durante el curso del procedimiento si cambiaran las circunstancias en virtud de las cuales se hubieran adoptado. Hasta que se declare el proceso concluso para sentencia. No obstante, podrán ser modificadas o revocadas durante el curso del procedimiento si cambiaran las circunstancias en virtud de las cuales se hubieran adoptado. Juan es funcionario público en la Administración General del Estado. Desea interponer un recurso contencioso-administrativo para la defensa de sus derechos estatutarios. En concreto, mantiene una discrepancia con la Administración en relación a sus retribuciones económicas. Acude a usted, abogado en ejercicio, para que le asesore sobre la representación y defensa que se le exige ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Señale la respuesta correcta: Juan, al igual que cualquier otro ciudadano, puede conferir su representación a un Procurador y debe ser asistido, en todo caso, por Abogado, tanto si actúa ante un órgano unipersonal como si lo hace ante un órgano colegiado. Juan, al igual que cualquier otro ciudadano, debe conferir su representación a un Procurador y ser asistido por Abogado, tanto si actúa ante un órgano unipersonal como si lo hace ante un órgano colegiado. Juan puede comparecer por sí mismo, al tratarse de un funcionario público, y pretender la defensa de sus derechos estatutarios, aunque solo si actúa ante un órgano unipersonal. Juan puede comparecer por sí mismo, al tratarse de un funcionario público y pretender la defensa de sus derechos estatutarios, tanto si actúa ante un órgano unipersonal como si lo hace ante un órgano colegiado. Usted, abogado en ejercicio, asesora a sus clientes sobre la posibilidad de interponer recursos ante la jurisdicción contencioso-administrativa. ¿Cuál de los siguientes sujetos NO estaría legitimado para interponer un recurso contencioso-administrativo?: La Comunidad Autónoma de Castilla y León respecto a un acto del Ministerio de Fomento que afecta a su ámbito de autonomía. El Consejo Superior de Deportes, un organismo autónomo dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con respecto a una disposición de una Comunidad Autónoma que afecta al ámbito de sus fines. La propia Administración actora del acto administrativo impugnado. Un particular que obre por delegación de la Administración General del Estado, con respecto a un acto de la misma. Eric, de nacionalidad estadounidense, es residente en Madrid y acude a usted, abogado en ejercicio, para que le asesore sobre los derechos que le corresponden. ¿Cuál de los siguientes derechos NO le está reconocido en España?. Derecho de conservar la documentación que acredite su identidad, expedida por las autoridades competentes de Estados Unidos, así como la que acredite su situación en España. Derecho de reunión y manifestación. Derecho de sindicación. Derecho de sufragio, en las elecciones autonómicas, en los términos establecidos en la Constitución, en los tratados internacionales, en su caso, y en la Ley. Se ha iniciado un procedimiento administrativo contra Anja, de nacionalidad tunecina, que puede derivar en su devolución a su país de origen. Acude a usted, abogado en ejercicio, para que le asesore sobre sus derechos en el seno del procedimiento. Señale la afirmación correcta: Al tratarse de un procedimiento administrativo, no tiene derecho a asistencia letrada ni a la asistencia de intérprete. Al tratarse de un procedimiento administrativo, no tiene derecho a asistencia letrada, aunque sí a la asistencia de intérprete. Tiene derecho a asistencia letrada y a la asistencia de intérprete, de forma gratuita si carece de recursos económicos suficientes. No tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita en ningún caso. La Agencia de Protección de datos inicia un procedimiento contra la empresa DIGITAL MARKETING S.A. por tratamiento ilegal de datos de carácter personal. Antes de la finalización de dicho procedimiento, y debido al carácter reiterado de la infracción, se inicia un nuevo procedimiento sancionador contra la empresa. DIGITAL MARKETING S.A. acude a usted, abogado en ejercicio, para que le asesore sobre si es correcta dicha incoación. Señale la afirmación correcta: La Administración no podrá iniciar nuevos procedimientos de carácter sancionador contra un mismo sujeto por cualesquiera infracciones, hasta la resolución de los incoados con anterioridad. La Administración no podrá iniciar nuevos procedimientos de carácter sancionador por hechos o conductas tipificadas como infracciones en cuya comisión el infractor persista de forma continuada, en tanto no haya recaído una primera resolución sancionadora, con carácter ejecutivo. La Administración no podrá iniciar nuevos procedimientos de carácter sancionador por hechos o conductas tipificadas como infracciones, en tanto no haya recaído una primera resolución sancionadora, con carácter ejecutivo, salvo que el infractor persista de forma continuada en su comisión. La Administración podrá iniciar nuevos procedimientos de carácter sancionador por hechos o conductas tipificadas como infracciones, aunque en la resolución debe garantizar en todo caso el principio de non bis in idem. El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha impuesto una sanción a la empresa NORTH S.L. Ésta desea recurrir la resolución, que tiene carácter ejecutivo, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y que el Ministerio suspenda la ejecución de la sanción. Acude a usted, abogado en ejercicio, para que le asesore sobre dicha posibilidad. Señale la opción correcta: La resolución se puede suspender cautelarmente, si NORTH S.L manifiesta a la Administración su intención de interponer recurso contencioso-administrativo contra la resolución firme en vía administrativa. La resolución se puede suspender cautelarmente, si NORTH S.L manifiesta a la Administración haber interpuesto recurso contencioso-administrativo, se haya solicitado o no en el mismo la suspensión cautelar de la resolución impugnada. La resolución se suspenderá cautelarmente, si NORTH S.L manifiesta a la Administración la existencia de intereses legítimos que puedan verse afectados. NORTH S.L. tan solo puede solicitar la suspensión cautelar de la resolución firme en vía administrativa ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El Ayuntamiento de Bilbao contrata para la Semana Grande de la ciudad a un grupo musical para que dé un concierto. Existen discrepancias entre el Ayuntamiento y el grupo en relación al cumplimiento del contrato. ¿Qué orden jurisdiccional es competente para resolver dichas cuestiones litigiosas? Indique la respuesta correcta: El orden jurisdiccional contencioso-administrativo, ya que se trata de un contrato administrativo de una Administración Pública. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo, ya que se trata de un contrato privado de una Administración Pública. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo, ya que se trata de una cuestión litigiosa en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de un contrato privado de una Administración Pública. El orden jurisdiccional civil, ya que se trata de una cuestión litigiosa en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de un contrato privado de una Administración Pública. El Ministerio de Fomento ha publicado los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establecen las condiciones que deben regir la contratación de un servicio de mantenimiento y reparación sujeto a regulación armonizada. La empresa REPARA S.A. desea interponer un recurso especial en materia de contratación contra dichos actos y acude a usted, abogado en ejercicio, para que le asista. ¿Podrá REPARA S.A. interponer el recurso? Indique la respuesta correcta: No, dado que solo cabe interponer el recurso contra los acuerdos de adjudicación. No, dado que no cabe interponer el recurso contra actos relativos a contratos de servicios. No, dado que no cabe interponer el recurso contra actos relativos a contratos de servicios no sujetos a regulación armonizada. Sí, dado que cabe interponer el recurso contra los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, en contratos de servicios sujetos a regulación armonizada. Usted, abogado en ejercicio, asiste a Paula en un proceso contencioso-administrativo contra un acto del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente en el que ésta obtuvo una sentencia firme favorable a su pretensión. No obstante, cumplido el plazo señalado en la sentencia para su cumplimiento, el Ministerio aún no la ha llevado a efecto. Señale la respuesta correcta: Cualquiera de las partes podrá instar la ejecución forzosa de la sentencia. El órgano judicial podrá declarar la inejecución total o parcial del fallo. Se suspenderá la ejecución de la sentencia hasta la comprobación de las causas del incumplimiento. Ninguna de las partes puede instar la ejecución forzosa, debiendo esperar al transcurso de mínimo un año desde la notificación de la sentencia. Al entrar en la consulta de su médico en un centro de salud público, se desprende sobre Andrea el techo de escayola, produciéndole heridas graves. Una vez recuperada, acude a su despacho para informarse sobre cómo podría exigir una indemnización. Señale, en materia de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, cuál de las siguientes afirmaciones NO es correcta: Los procedimientos de responsabilidad patrimonial se inician siempre a solicitud de persona interesada. El derecho a reclamar prescribirá al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. Transcurridos seis meses desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído y se notifique resolución expresa, podrá entenderse que la resolución es contraria a la indemnización. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo conocerá de las cuestiones que se susciten en relación con la responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas, cualquiera que sea la naturaleza de la actividad o el tipo de relación de que derive, no pudiendo ser demandadas aquellas por este motivo ante los órdenes jurisdiccionales civil o social, aun cuando en la producción del daño concurran con particulares o cuenten con un seguro de responsabilidad. Siguiendo con el caso anterior, Andrea finalmente presenta una reclamación de responsabilidad patrimonial a la Comunidad Autónoma de Andalucía, donde se encuentra su centro de salud, por una cuantía de 25.000 euros. Dicha reclamación es desestimada por el Consejero de Salud, por lo que Andrea vuelve a contactar con usted para interponer un recurso contencioso-administrativo contra dicha resolución. ¿Qué órgano jurisdiccional conocerá en única o primera instancia de dicho recurso?. La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Los Juzgados de lo Contencioso-administrativo. La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. Los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo. Cristina tiene una finca en Zaragoza que ha sido expropiada por el Ministerio de Fomento para ampliar el número de carriles en uno de los accesos a la ciudad. Ha transcurrido 1 año desde la iniciación legal del expediente expropiatorio, sin que se haya fijado la indemnización a la que tiene derecho Cristina. Acude a usted, abogado en ejercicio, para que le informe sobre sus derechos en relación a dicho retraso. Señale la respuesta correcta: Al haber transcurrido 6 meses desde la iniciación legal del expediente expropiatorio sin haberse determinado por resolución definitiva el justo precio de la finca, el Ministerio de Fomento estará obligado a abonar a Cristina una indemnización que consistirá en el interés legal del justo precio hasta el momento en que se haya determinado, que se liquidará con efectos retroactivos, una vez que el justiprecio haya sido efectuado. Debe esperar hasta haber transcurrido 2 años desde la iniciación legal del expediente expropiatorio sin haberse determinado por resolución definitiva el justo precio de la finca para poder reclamar el abono de ninguna indemnización. Habrá de procederse a evaluar de nuevo la finca objeto de expropiación. Tendrá derecho a recuperar inmediatamente la finca expropiada. Carmen presenta una solicitud al Ministerio de Hacienda y Función Pública. Ésta acude a usted, abogado en ejercicio, para que le informe sobre sus derechos en materia de prueba en el seno del procedimiento administrativo iniciado. Señale la respuesta correcta: Carmen podrá proponer la práctica de pruebas, estando el órgano competente obligado a abrir el correspondiente período de pruebas por un plazo no inferior a 20 y no superior a 30 días. Carmen podrá proponer la práctica de pruebas, estando el órgano competente obligado a abrir el correspondiente período de pruebas por un plazo de no inferior a 15 y no superior a 30 días. Carmen podrá proponer la práctica de pruebas, que solo podrán ser rechazadas por el órgano competente cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias, mediante resolución motivada. Carmen no puede proponer pruebas, que solo podrán ser acordadas de oficio por el órgano competente. Usted, abogado en ejercicio, defiende a Pilar en un procedimiento ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo ha dictado sentencia en única instancia. Dado que es contraria a los intereses de su cliente, se plantea interponer un recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. ¿En cuál de los siguientes supuestos NO concurre el interés casacional necesario?: Una sentencia dictada en el seno de un procedimiento relativo al derecho constitucional de fundación. Una sentencia que resuelva un proceso en el que se impugnó el Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas. Una sentencia que interprete y aplique el Derecho de la Unión Europea en contradicción aparente con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia. Una sentencia que afecte a un gran número de situaciones, bien en sí misma o por trascender del caso objeto del proceso. Arrepentido, Jorge G. acude a su despacho y le explica que, junto con otras personas, ha participado en la comisión de una infracción de naturaleza administrativa. Jorge G. se interesa por la posibilidad de denunciar los hechos a la Administración y eximirse del pago de la multa que correspondería. ¿Podrá Jorge G. en este caso quedar eximido del pago de la multa? Indique la respuesta correcta: No, en ningún caso se le podrá eximir del pago de la multa. Sí. Para ello deberá cumplir, entre otras condiciones, las siguientes: ser el primero en aportar elementos de prueba que permitan iniciar el procedimiento o comprobar la infracción, siempre y cuando en el momento de aportarse aquellos no se disponga de elementos suficientes para ordenar la misma. Sí. Para ello deberá cumplir, sin más condiciones, las siguientes: ser el primero en aportar elementos de prueba que permitan iniciar el procedimiento o comprobar la infracción, siempre y cuando en el momento de aportarse aquellos no se disponga de elementos suficientes para ordenar la misma. Sí. Para ello deberá cumplir, sin más condiciones, las siguientes: aportar elementos de prueba, aunque no sea el primero en hacerlo, que permitan iniciar el procedimiento o comprobar la infracción, siempre y cuando en el momento de aportarse aquellos no se disponga de elementos suficientes para ordenar la misma. La empresa SECURPLUS S.A. ha solicitado una autorización para la prestación de servicios de seguridad privada. El Ministerio del Interior le ha concedido dicha autorización para un plazo de dos años. SECURPLUS S.A. sabe que con carácter general, las autorizaciones deben tener carácter indefinido por lo que acude a usted, abogado en ejercicio, para que le asesore sobre si es correcta la actuación del Ministerio. De acuerdo con la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, ¿en qué supuesto NO podría limitarse la duración de una autorización?. Cuando la autorización se renueve automáticamente o sólo esté sujeta al cumplimiento continuo de los requisitos. Cuando el número de autorizaciones disponibles sea limitado. Cuando la complejidad de los requisitos necesarios para la concesión de la autorización así lo exija. Cuando pueda justificarse la limitación de la duración de la autorización por la existencia de una razón imperiosa de interés general. Pablo acude al despacho de Pilar, abogada, y le pide que reclame los daños sufridos en su vehículo por haber caído en una zanja no señalizada, que atravesaba un camino titularidad del Ayuntamiento. Los daños ascienden a 3.000 €. Pilar consulta con su compañero de despacho qué acción debe emprender: Interponer una reclamación económico-administrativa ante el TEAR, en el plazo de un mes desde la fecha del accidente. Interponer una reclamación administrativa previa ante la Administración autonómica competente, en el plazo de un año, a contar desde el día siguiente al de la fecha del accidente. Formular una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el Ayuntamiento, en el plazo de un año a contar desde la fecha en la que se produjeron los daños. Formular una demanda por responsabilidad civil contra el Ayuntamiento, ante el juzgado de primera instancia competente y en el plazo de un año. Pedro acude al despacho de Carlos, abogado, al habérsele notificado un Decreto de Alcaldía de carácter sancionador en fecha de 31 de enero de 2019, jueves. Pedro pregunta a Carlos cuándo vence el plazo para interponer el recurso potestativo de reposición. El 4 de marzo de 2019, lunes, porque el cómputo de 30 días naturales del plazo para recurrir termina el 2 de marzo. Como se trata de un sábado, el plazo se prorroga al primer día hábil siguiente, esto es, el 4 de marzo. El 14 de marzo de 2019, jueves, porque para el cómputo del plazo de un mes para recurrir hay que descontar todos los sábados y domingos, dado que solo computan los días hábiles. El 28 de febrero de 2019, jueves, porque los plazos señalados en meses se computan de fecha a fecha y, dado que en el mes de vencimiento no hay día equivalente al 31 de enero, el plazo expira el último día del mes. El 1 de marzo de 2019, viernes, porque el plazo empieza a contarse desde el día siguiente al de la notificación. El lunes 30 de julio de 2018, el Ayuntamiento notificó a Rosa una resolución por la que le impuso una multa de 1.000 € en un expediente de autorización de terraza de un bar. Rosa acude al despacho de la abogada Mercedes para que interponga un recurso contencioso-administrativo. ¿En qué fecha vence el plazo de interposición del recurso?. El domingo 30 de septiembre de 2018. El lunes 1 de octubre de 2018. El martes 30 de octubre de 2018. El miércoles 31 de octubre de 2018. El Ayuntamiento notificó a Rosa una resolución por la que le impuso una multa de 1.000 € en un expediente de autorización de terraza de un bar. Rosa acude al despacho de la abogada Mercedes para que interponga un recurso contencioso-administrativo. Rosa pregunta a Mercedes si resulta obligatorio contratar a un Procurador: No, porque la intervención tanto de abogado como de procurador es siempre potestativa. Sí, porque la intervención tanto de abogado como de procurador es siempre preceptiva. No, porque la intervención de procurador es preceptiva únicamente ante tribunales colegiados, pero en un recurso ante un juzgado unipersonal Rosa puede conferir a Mercedes tanto la defensa como la representación. En ningún caso puede Mercedes ostentar la representación de su cliente, que debe comparecer personalmente en el juzgado. El Ayuntamiento notificó a Rosa una resolución por la que le impuso una multa de 1.000 €, en un expediente de autorización de terraza de un bar. Rosa acude al despacho de Mercedes, y esta observa que la resolución fue notificada una vez transcurrido el plazo legal máximo para la resolución del procedimiento. Mercedes valora la estrategia a seguir: Puede alegar la caducidad del procedimiento administrativo, pero la Administración tendrá la posibilidad de incoar un nuevo procedimiento sancionador a Rosa si la infracción no ha prescrito aún. Puede alegar la caducidad del procedimiento, y la Administración no podrá perseguir la infracción en otro procedimiento por los mismos hechos porque la infracción también ha caducado. Puede alegar la caducidad del procedimiento, pero solamente en un recurso contencioso-administrativo que tenga ese único objeto, sin entrar en cuestiones de fondo. No puede alegar la caducidad del procedimiento administrativo, si no lo hizo previamente en vía administrativa. El Ayuntamiento notificó a Rosa una resolución por la que le impuso una multa de 1.000 € en un expediente de autorización de terraza de un bar. Rosa acudió al despacho de Mercedes para interponer un recurso contencioso-administrativo, que terminó con una sentencia desestimatoria. Mercedes valora con Rosa qué recurso se puede interponer frente a la sentencia: Cabe interponer un recurso de reposición ante el juzgado, en el plazo de 15 días. Cabe interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de 15 días. No cabe interponer recurso de apelación. Cabe promover un incidente de nulidad de actuaciones en el juzgado, en el plazo de 5 días, que será resuelto por el Tribunal Superior de Justicia. El Ayuntamiento notificó a Rosa una resolución por la que le impuso una multa de 1.000 € en un expediente de autorización de terraza de un bar. Rosa acudió al despacho de Mercedes, y esta interpuso un recurso contencioso-administrativo que terminó con una sentencia desestimatoria. Rosa pregunta a Mercedes si cabe el recurso de casación: Sí, siempre cabe recurso de casación contra las sentencias de Juzgados de lo Contencioso-administrativo dictadas en única instancia. No, porque sólo son susceptibles de recurso de casación las sentencias dictadas por las Salas de lo Contencioso-administrativo, de cuantía superior a los 600.000 €. No, porque las sentencias de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo sólo son susceptibles de recurso de casación en interés de la ley, cuando contengan doctrina que se repute gravemente dañosa para los intereses generales, y sean susceptibles de extensión de efectos. Si, pero de forma previa habrá tenido que promover un incidente de nulidad de actuaciones. Pablo recibió una sentencia del Tribunal Superior de Justicia por la que se considera ajustada a Derecho una resolución desestimatoria de una subvención de 100.000 €. Ignacio, su abogado, informa a Pablo cuál es la condición sine qua non para la admisión a trámite del recurso de casación: Que el recurso se limite a las cuestiones de derecho, con exclusión de las cuestiones de hecho a las que el cliente da suma importancia. Que tenga por objeto la anulación de la sentencia, pero no la concesión de la subvención. Que los escritos de las partes cumplan estrictamente los requisitos de extensión máxima, tipografía y otras condiciones extrínsecas fijadas por el Tribunal Supremo. Que el Tribunal estime que el recurso presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia. Pablo recibió una sentencia del Tribunal Superior de Justicia por la que se considera contraria a Derecho una resolución desestimatoria de una subvención de 100.000 €, y condena a la Administración a la entrega de la subvención por dicho importe líquido. La Administración no ha ejecutado voluntariamente la sentencia, por lo que Pablo consulta a Ignacio, su abogado, cuándo puede instar su ejecución forzosa: Desde el mismo momento en que la sentencia adquirió firmeza. Transcurridos tres meses desde que la sentencia firme fue comunicada al órgano administrativo competente, por tratarse de condena dineraria a la Administración. Desde el mismo momento en que la sentencia firme fue comunicada al órgano administrativo competente, siempre que la condena sea por cantidad líquida. Desde que la Administración identificó al órgano responsable del cumplimiento de la sentencia y lo comunicó al tribunal. María, cliente de la abogada Olga, formuló una solicitud al Ayuntamiento para autorizar una terraza sobre la acera de la Calle Mayor, y otra en solicitud de una indemnización por responsabilidad patrimonial de la Administración, debido a una orden de clausura que resultó anulada. La respuesta de la Administración se demoró más allá de los plazos legalmente establecidos, por lo que María consultó a Olga si sus peticiones habían sido estimadas por silencio administrativo. Indique la respuesta correcta: Se trata de un supuesto de silencio positivo (la terraza), y otro de silencio negativo (la responsabilidad patrimonial). Son dos casos de silencio positivo. Se trata de supuestos de silencio negativo y positivo, respectivamente. Ambos supuestos son de silencio negativo. María, cliente de la abogada Olga, formuló una solicitud al Ayuntamiento para la autorización de una terraza sobre la acera de la calle Mayor, y otra solicitando una indemnización por responsabilidad patrimonial de la Administración debido a una orden de clausura que resultó anulada. El Ayuntamiento dictó dos resoluciones expresas: una denegatoria de la solicitud para la terraza, y otra desestimatoria de la solicitud de responsabilidad patrimonial. María consulta a Olga las posibilidades de recurso administrativo. Indique la respuesta correcta: Cabe interponer sendos recursos de alzada ante el Pleno del Ayuntamiento. interponer un recurso de alzada acumulado ante el Alcalde. Cabe interponer un recurso de revisión ante el Delegado del Gobierno. Cabe interponer dos recursos potestativos de reposición ante el Alcalde. Carolina, cliente de Mateo, abogado, presentó ante el Ayuntamiento una declaración responsable de apertura de tienda de ropa, y una comunicación previa de obras menores de acondicionamiento del local. Señale cuál de las siguientes respuestas es la correcta: Si la Administración no resuelve en el plazo establecido, se produce el silencio administrativo negativo. Si la Administración no resuelve en el plazo establecido, se produce el silencio administrativo positivo. La Administración no está obligada en estos casos a resolver y notificar expresamente. Aunque transcurra el plazo establecido, permanece la obligación de la Administración de resolver expresamente y notificar. A Vicente, cliente de Juan, abogado, le han expropiado un terreno para un jardín público. No se consiguió pactar el precio por mutuo acuerdo, y el expediente de justiprecio se remitió al Jurado de Expropiación Forzosa, que lo estableció en la cantidad de 100.000 €. Juan se plantea interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia, y entiende que es necesario proponer la prueba pericial judicial. Indique el momento procesal en que puede proponer la práctica de dicha prueba: Al interponer el recurso contencioso-administrativo, mediante otrosí. Solamente en el escrito de demanda, mediante otrosí. En el escrito de demanda, mediante otrosí, o, en otro caso, en los cinco días siguientes al traslado del escrito de contestación a la demanda. En cualquier momento del proceso, en tanto no quede señalado para votación y fallo. Juan interpone un recurso contencioso-administrativo frente a una resolución administrativa. Después de que su abogado, Ismael, formule la correspondiente demanda, el abogado de la Administración, una vez emplazado para contestarla, comprueba que el procurador que encabeza dicha demanda no figura en el poder de representación procesal que se adjuntó al escrito de interposición. ¿Que puede hacer el abogado de la administración ante esa situación?. No es un defecto que pueda alegarse más que a través de un incidente de nulidad de actuaciones. No puede alegar la existencia del defecto de representación procesal por haber sido ya admitido a trámite el recurso por el Letrado de la Administración de Justicia, si no se ha recurrido en su momento contra dicha admisión. El defecto de representación sólo puede ser apreciado de oficio por el juzgado, sin que puedan alegarlo las partes del proceso. Puede alegar el defecto de representación en el escrito de contestación a la demanda, y también a través de un escrito de alegaciones previas, a presentar en los cinco días siguientes al emplazamiento para proceder a dicha contestación. Juan, cliente de Adela, abogada, ha visto en un anuncio público que el Ministerio de Fomento le expropia un terreno. ¿Qué dos sujetos intervienen en esa expropiación?: Expropiante y beneficiario. Delegación del Gobierno y expropiado. Expropiante y expropiado. Expropiado y Jurado Provincial de Expropiación Forzosa. Enric, cliente de Adela, abogada, ha sido informado en el Ministerio de Fomento de que le van a expropiar un terreno pero que, en todo caso, le corresponde el premio de afección. Enric pregunta a Adela qué es el premio de afección: Una cantidad equivalente al 5% del justiprecio del terreno, que se abona en todos los casos de expropiación. Una cantidad indemnizatoria que se establece con carácter general para todos los expropiados, si se alcanza un mutuo acuerdo en el justiprecio. Una cantidad equivalente a la renta catastral del terreno expropiado, que se aplica en todas las expropiaciones tramitadas por el procedimiento urgente. Una cantidad añadida al justiprecio, que se abona en todos los casos de expropiación, previa reclamación por el expropiado y justificación de su cuantía. Estrella, cliente de Adolfo, abogado, quiere instalar un chiringuito en la playa. Estrella pregunta a Adolfo si se trata de alguno de los contratos regulados en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. Seleccionar la respuesta correcta: Es un supuesto de contrato de obras para la construcción de las instalaciones. Es un supuesto de contrato de servicios para la explotación del mismo. Es un contrato de concesión de servicios, porque se transfiere al solicitante el riesgo operacional del negocio. Las Autorizaciones o Concesiones de Bienes de Dominio Público son relaciones jurídicas excluidas de la Ley 9/2017. Estrella, cliente de Adolfo, abogado, explota el negocio de un chiringuito en una playa a través de una sociedad limitada. En el caso de que Adolfo, en su condición de abogado de la sociedad, presente un escrito de alegaciones ante la Administración competente, deberá hacerlo: A través de medios exclusivamente electrónicos, porque está obligado cuando actúe en representación de un interesado que, a su vez, esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. A través de medios electrónicos o en papel, dada su condición de abogado ejerciente por cuenta propia y persona física. Solamente en papel, sin perjuicio de que las notificaciones se puedan hacer por medios electrónicos. Puede presentar las alegaciones en papel, pero los recursos administrativos únicamente por medios electrónicos. María, cliente de Pablo, abogado, participa en una licitación para la gestión del Museo Municipal de las Musarañas, en la que el valor del contrato es de 500.000 €. Se dictó una resolución por la que se adjudicó el contrato a otro licitador, y María encomendó a Pablo la interposición de un recurso especial. María consulta a Pablo si puede paralizar el procedimiento de contratación. Indique la respuesta correcta: La suspensión es automática si se recurre la adjudicación. Solamente puede pedir la suspensión de la adjudicación en el recurso contencioso-administrativo. Puede pedir la suspensión en vía administrativa mediante la aportación de una garantía que cubra los perjuicios que se puedan causar. No cabe la suspensión al tratarse de un acto ejecutivo en beneficio de un tercero. El Ayuntamiento de Villa Morosa adeuda a Pilar, cliente de Josefina, 61.000 € por impago de un contrato de suministro. En el caso de interponer recurso contencioso-administrativo por la inactividad de la Administración derivada de dicho impago, ¿qué medida cautelar puede solicitar, según la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público?. La suspensión del acto administrativo. El anticipo de las costas procesales. El pago inmediato de la deuda. No cabe solicitar medida cautelar en este tipo de procedimiento porque la Administración siempre es solvente según la ley. El Ayuntamiento de Villa Morosa adeuda a Pilar, cliente de Josefina, 61.000 € por impago de un contrato de suministro. En el caso de interponer recurso contencioso-administrativo por la inactividad de la Administración derivada de dicho impago, indique qué órgano jurisdiccional es competente: Un juzgado provincial de lo contencioso-administrativo. El Tribunal Administrativo de Contratación Pública. El Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma. Un juzgado central de lo contencioso-administrativo. Iñaki debe informar a su cliente, Hussein, sobre el riesgo de condena en costas en un procedimiento sobre extranjería, seguido ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo. ¿Qué respuesta, de las siguientes, daría a su cliente?. No hay condena en costas en materia de extranjería, aunque se desestime la demanda. No hay diferencia con el régimen de costas de la ley de enjuiciamiento civil, que se aplica supletoriamente. El tribunal puede condenarle en las costas en caso de desestimar la demanda, y limitarlas a una cantidad determinada. Solamente se impondrán las costas en el caso de apreciarse mala fe o temeridad en la demanda. Eustaquio, funcionario de carrera de un ayuntamiento, solicitó una comisión de servicios y fue destinado a otro ayuntamiento. A punto de concluir la comisión, y antes de pedir el reingreso en su ayuntamiento de origen, pregunta a Evaristo, su abogado, si puede ser no readmitido pues hay un nuevo gobierno municipal. Indique la respuesta correcta: No, pues al ser funcionario de carrera es inamovible. En efecto, puede no ser readmitido mediante resolución motivada, mientras no haya plaza vacante. Pasará a ser considerado excedente voluntario hasta que consiga una nueva plaza. Pasará a estar en situación de servicios especiales hasta que consiga una nueva plaza. Su cliente, Nekane, es madre de un niño diagnosticado de parálisis cerebral. Es escolarizado en un centro ordinario, pero carece, entre otras cosas, de un pupitre adaptado a sus necesidades. El curso se inicia y no se adoptan medidas para corregir esta situación. En el caso de promover un recurso para la protección de derechos fundamentales ante la administración educativa, indique la respuesta correcta: Es un procedimiento en el que interviene el ministerio fiscal. El derecho a la educación no es objeto de este procedimiento especial. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo es de dos meses a contar desde la fecha de inicio del curso. Es un procedimiento que no puede utilizarse para casos de inactividad administrativa. Paloma comenta con su abogada, Pilar, que el Ayuntamiento le ha pedido un certificado de empadronamiento para una solicitud de ayudas públicas. Indique cuál de los siguientes es el consejo correcto: Como regla general, el Ayuntamiento le puede exigir cualquier documento que sea procedente, por tratarse de una potestad administrativa. Su cliente debe aportar todos los documentos justificativos que se le soliciten, por ser un deber general de todo ciudadano. Debido a que el certificado de empadronamiento tiene una validez de tres meses, su cliente está obligado a aportarlo cada vez. Su cliente no está obligado a presentar documentos, datos o certificados que ya obren en poder de la Administración. En un procedimiento administrativo en el que Ignacio, persona física, ha formulado alegaciones en formato papel, la Administración le envía un aviso electrónico para informarle de la puesta a su disposición de una notificación en la sede electrónica: Esto solo es posible cuando las notificaciones, a elección de Ignacio, se realicen por medios electrónicos. Los avisos electrónicos tendrán lugar con independencia de que las notificaciones se realicen en papel o por medios electrónicos. La falta de este aviso conllevará la falta de validez de la notificación. La práctica de este aviso está sujeta a que Ignacio manifieste que cuenta con los medios técnicos adecuados para su recepción. Ana, funcionaria de justicia, ha sido notificada de una resolución que agota la vía administrativa por la cual se le sanciona con suspensión de empleo y sueldo por seis meses. Ernesto, abogado, informa a Ana de que puede solicitar del juzgado una medida cautelar inaudita parte por circunstancias de especial urgencia. En tal caso: La medida cautelar así adoptada se mantendrá hasta que se dicte la sentencia que ponga fin al proceso, sin posibilidad de recurso. La medida se podrá adoptar mediante auto, pero esta resolución podrá ser recurrida por la Administración. El juez o tribunal podrá adoptar la medida urgente solicitada, pero posteriormente pedirá alegaciones a la parte demandada o citará a las partes a una comparecencia para decidir si mantiene o no la medida cautelar. Las medidas cautelares en ningún caso se pueden adoptar sin previa caución por el solicitante. Tras presentar una solicitud ante la Consejería con competencias en medioambiente, ésta le confiere a su cliente un plazo de 15 días para aportar una concreta documentación. Para calcular el día en que acaba el plazo usted ha de considerar: Los plazos señalados en días en derecho administrativo se entiende que son días naturales. Los días serán hábiles o naturales según establezca la Administración en cada notificación en que confiera un plazo. En derecho administrativo los plazos fijados en días siempre son hábiles, no pudiendo establecerse plazos con días naturales. En el caso de que por ley o norma de la U.E. se haya establecido que en ese procedimiento los plazos son con días naturales, se hará constar en la notificación. Oliver acude a su despacho con una resolución denegatoria de una licencia dictada por un Ayuntamiento, que se le ha notificado varios meses después de que él entendiera que se le había concedido por silencio positivo, según se indicaba en la notificación que recibió en su día, en que se tenía por presentada la solicitud, y se informaba de que el transcurso del plazo sin resolver traería consigo la estimación por silencio. En relación con esta cuestión la respuesta correcta es: La estimación por silencio administrativo es un acto administrativo favorable, y la resolución expresa posterior solo puede dictarse si confirma la estimación. En el caso de licencias municipales no se da silencio positivo, sino que el transcurso del plazo ha de entenderse en sentido desestimatorio. Plantear recurso contra esta resolución denegatoria no tiene sentido, al no haber solicitado Oliver certificación que acredite que existe silencio positivo. La Administración podrá dictar válidamente esta resolución denegatoria si la fundamenta en la concurrencia de razones imperiosas de interés general. Martín Martínez figuraba en la lista de excluidos a una oposición por no considerarse idónea su titulación para acceder al proceso selectivo. Tras reclamar oportunamente contra la resolución que aprobaba la lista provisional de admitidos y excluidos, según se indicaba en la convocatoria, ha sido excluido de la relación definitiva de admitidos. En relación con el posible recurso administrativo a interponer, usted debe informarle de lo siguiente: No cabe recurso administrativo porque la convocatoria es una disposición de carácter general. Por tratarse de un acto de trámite que determina la imposibilidad para el interesado de continuar con el procedimiento, podrá interponer el recurso de alzada, o potestativo de reposición que corresponda. Contra esta resolución no cabe interponer recurso, porque el proceso selectivo no ha terminado. Dado que se trata de un acto de trámite, no cabe recurso, podrá únicamente hacer alegaciones que se considerarán en la resolución que ponga fin al procedimiento selectivo. El Ayuntamiento ha denegado una licencia a la empresa Pérez S.A., y notifica a esta la resolución el 2 de febrero de 2018, indicándole que tiene un mes para presentar recurso de reposición, contado a partir del día siguiente de la notificación. ¿Qué día acaba el plazo para recurrir?. El 3 de marzo de 2018. El 5 de marzo de 2018. El 2 de marzo de 2018, que no es inhábil. El plazo para el recurso de reposición no es de 1 mes sino de 30 días hábiles. El daño que el particular alegue para poder exigir responsabilidad a la Administración debe ser: Imputable a la Administración y que no concurra culpa de la víctima. Efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación a una persona o grupo de personas. Causado por algún funcionario público identificable, existiendo nexo causal entre el daño y la actividad de éste. Derivado del mal funcionamiento de un servicio público. En la cuantía de la indemnización por responsabilidad patrimonial debe incluirse: No solo el daño emergente, sino también el del lucro cesante. Exclusivamente el daño emergente y los daños morales que se causen. Los daños alegados por el particular, incluso aquellos de los que no acredite fehacientemente que se hubiesen producido. Los daños emergentes, y la expectativa de lo que hubiese ganado la víctima en caso de no haber existido el daño. Su cliente le pregunta si se podrá aplicar el procedimiento simplificado para exigir la responsabilidad patrimonial. Elija la respuesta correcta. No cabe aplicar el procedimiento simplificado ya que se desconoce la identidad del funcionario causante del daño. Cabrá tramitar procedimiento simplificado solo si exista Dictamen del Consejo de Estado o del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma aprobando el inicio del procedimiento simplificado. Se podrá aplicar de oficio porque la relación de causalidad, la valoración del daño y la cuantía son inequívocas. Se podrá aplicar porque hay concurrencia de culpas entre la víctima y la Administración. A su cliente se le está tramitando un procedimiento sancionador simplificado. Diga cuál de estos enunciados es correcto: El procedimiento puede ser simplificado porque se prevé calificar los hechos como infracción leve. El interesado puede oponerse a que se le tramite como procedimiento simplificado. El procedimiento sancionador simplificado no caduca por el transcurso del tiempo sin que se resuelva. El procedimiento sancionador simplificado solo caduca por el transcurso de seis meses sin que se dicte y notifique la resolución. Jon Nieve acude a su despacho y le expone que se ha enterado de que uno de sus vecinos, suponiendo que Jon ha cometido una infracción urbanística, le ha denunciado ante el Ayuntamiento. Cuál de las siguientes informaciones que le debe dar usted es la correcta. Dado que el expediente sancionador está iniciado mediante denuncia, debe hacer alegaciones por escrito ante el Ayuntamiento. En caso de que el Ayuntamiento acuerde la iniciación del expediente sancionador y se lo notifique a Juan Nieve, le conferirá plazo para hacer alegaciones. Las únicas denuncias que pueden iniciar un expediente sancionador son las de los agentes de policía. El acuerdo de iniciación que adopte el Ayuntamiento debe notificarse siempre tanto al denunciante como al denunciado. Rosa Espinosa ha participado en un procedimiento selectivo para trabajar de jardinera en la sede del Tribunal Constitucional. La convocatoria se hizo por el órgano competente del Tribunal Constitucional, y respetó los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad. Rosa pretende que usted le informe de la jurisdicción y tribunal ante la que ha de acudir para impugnar una actuación ilegal que se ha producido durante el desarrollo de los exámenes del proceso selectivo. Dado que se va a contratar al trabajador que lo supere en régimen de derecho laboral, el control sobre el procedimiento selectivo corresponde a la jurisdicción laboral, en concreto a los juzgados de lo social de Madrid. Dado que se trata de un acto en materia de personal sujeto al derecho público adoptado por el órgano competente del Tribunal Constitucional, corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa, en concreto al Tribunal Supremo. Dado que se trata de un acto en materia de personal sujeto al derecho público adoptado por el órgano competente del Tribunal Constitucional, corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa, en concreto a los juzgados de la provincia de Madrid. Dado que se va a controlar un acto de un órgano del Tribunal Constitucional, corresponde que se pronuncie al propio Tribunal Constitucional, una de cuyas secciones conocerá del asunto. Una comunidad de propietarios ha interpuesto un recurso de reposición contra la desestimación de su solicitud de licencia al Ayuntamiento para llevar a cabo obras en el jardín. Considerando que por el transcurso del plazo su recurso de reposición ha sido desestimado por silencio, pretende plantear recurso contencioso-administrativo. ¿A partir de qué momento el recurso contencioso se considera extemporáneo?. Se considerará extemporáneo si transcurren más de dos meses contados desde que se entiende que existe desestimación presunta. En estos casos se considera que no hay plazo para acudir al contencioso. Se considerará extemporáneo si transcurren más de seis meses contados desde que se entiende que existe desestimación presunta. En estos casos se considera que no cabe acudir al contencioso hasta que no se resuelva expresamente el recurso. Un funcionario municipal considera que una actuación administrativa en relación con un concurso de traslado ha vulnerado su derecho a acceder en condiciones de igualdad a un puesto de trabajo, y asimismo considera que se ha incumplido con lo establecido en una de las bases de la convocatoria, y tras interponer el recurso administrativo oportuno, le solicita asesoramiento para acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa para que ésta se pronuncie sobre ambas cuestiones. Elija la respuesta correcta. El funcionario deberá plantear un proceso especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, en el que se podrán discutir tanto la vulneración del acceso en condiciones de igualdad, como el incumplimiento de las bases de la convocatoria. No es posible, el funcionario deberá plantear un proceso abreviado, pero en éste únicamente se podrá discutir el incumplimiento de las bases de la convocatoria. El funcionario deberá plantear un proceso ordinario, en el que se podrá discutir tanto la vulneración del derecho fundamental como el incumplimiento de las bases de la convocatoria. El funcionario deberá plantear un proceso abreviado, y en el mismo podrá discutir tanto la vulneración del derecho fundamental como el incumplimiento de las bases de la convocatoria. Un vecino de Villarriba impugna la denegación de una licencia con fundamento en la ilegalidad del artículo de la Ordenanza que sustenta dicha denegación, citando lo establecido en el artículo 26.1 de la Ley 29/1998. La sentencia del Juzgado contencioso-administrativo es estimatoria y ha devenido firme. ¿Cabe que se declare ilegal el artículo de la Ordenanza en cuestión?. Sí, para ello el vecino tendrá que dirigirse al Juzgado y solicitarle que declare ilegal el artículo de la Ordenanza mediante el procedimiento de cuestión de ilegalidad. Sí, pero el vecino no puede plantear cuestión de ilegalidad contra la ordenanza, si no formuló en su día alegaciones a la aprobación inicial en el trámite de información pública. Sí, el Juzgado dictará Auto planteando cuestión de ilegalidad ante el Tribunal Superior de Justicia y emplazando a las partes. Sí, para ello el vecino tendrá que dirigirse al Tribunal Superior de Justicia, planteándole cuestión de ilegalidad en un plazo de dos meses desde la firmeza de la sentencia. Doña Rosa Clavel, en su calidad de vecina de Montecillo de las Habas, pretende plantear recurso contencioso-administrativo, -en concreto ante el Juzgado, según se le indica en la resolución notificada- y le consulta sobre la necesidad de Procurador y Abogado para litigar contra el Ayuntamiento en relación con un impuesto municipal. Señale la respuesta correcta: Doña Rosa necesita Abogado, que también podrá ser su representante, por lo que de conferir poder al Abogado, no sería necesaria la intervención de Procurador. Doña Rosa puede comparecer por sí misma, y no requiere ni abogado ni procurador por ser el asunto de mínima cuantía. Doña Rosa es funcionaria de la Junta de Andalucía, por lo que puede comparecer por sí misma, y no requieres ni abogado ni procurador. Doña Rosa requiere que la represente un Procurador y la asista un Abogado. Usted es el abogado de una empresa y ha planteado una demanda contencioso-administrativa en un juicio abreviado. Diga cuál de estas peticiones por otrosí es IMPROCEDENTE incluir. Una solicitud referida a cuál debe ser la cuantía del proceso. Una solicitud de medidas cautelares. Una solicitud de que el proceso se falle sin necesidad de vista ni de recibimiento a prueba. Una solicitud de que el proceso se falle sin dar traslado a la otra parte. Usted, abogado en ejercicio está redactando la demanda de un recurso contenciosoadministrativo ordinario y tiene que proponer prueba. Señale cuál de las opciones es la correcta: Tiene usted que indicar expresamente que el expediente se admita como prueba. Tiene usted que indicar de forma ordenada cuáles son los hechos que quiere probar y los medios de prueba que propone. Tiene usted que indicar de forma ordenada los hechos que quiere probar y proponer la única prueba que procede en el contencioso, que es la documental. Únicamente puede proponer prueba testifical y pericial, pues los documentos están adjuntos a la demanda. A su cliente le han impuesto una sanción y niega los hechos que la Administración considera que la justifican. En relación con el proceso contencioso-administrativo que han planteado, diga cuál de estas afirmaciones es la correcta: Sólo se acordará el recibimiento a prueba si lo piden todas las partes. El proceso no se recibirá a prueba si existen suficientes datos en el expediente. Por tratarse de una sanción únicamente cabe pedir prueba pericial. El proceso se recibirá a prueba porque existe disconformidad en los hechos. D. Ramón Pérez pretende impugnar una actuación administrativa en vía de hecho, y le consulta sobre la solicitud y posibilidad de obtener una medida cautelar de suspensión de la vía de hecho en tanto se tramita el proceso. Diga cuál de estas respuestas sería la correcta: La medida cautelar tiene que solicitarse siempre antes de interponer el recurso y se tramitará como urgentísima. La medida cautelar en los supuestos de vía de hecho se tramita siempre como urgentísima. La medida cautelar se adoptará salvo que se aprecie con evidencia que no hay tal vía de hecho o la medida ocasione una perturbación grave de los intereses públicos o de tercero. Si la medida cautelar se solicita antes de interponer el recurso, seguirá vigente durante tres meses desde que se notifique su adopción, pudiendo interponerse el recurso y solicitarse la ratificación durante ese plazo. Señale en cuál de estos supuestos la resolución del órgano jurisdiccional adopta la forma de Providencia. La declaración de que es incompetente. La estimación o desestimación de las alegaciones previas. La de fijación de la cuantía. La que tiene por preparado recurso de casación. Ante una Diligencia de Ordenación del Letrado de Administración de Justicia del Juzgado contencioso-administrativo señale qué recurso procede: Recurso de reposición ante el propio Letrado de Administración de Justicia. Recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia. Recurso de revisión ante el Juez. No cabe presentar recurso alguno. La empresa Harinas de fuerza S.A. ha obtenido una sentencia desestimatoria de su recurso de apelación contra una sentencia del juzgado, que también fue desestimatoria, en un proceso en el que la cuantía se fijó en 35.000 €, y le pregunta a usted si cabe plantear algún otro recurso contencioso-administrativo. Señale cual es la respuesta correcta: Cabría interponer recurso de casación que se admitiría si el Tribunal de casación entiende que existe interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia. No cabe interponer recurso de casación contra sentencias de apelación. No cabe interponer recurso de casación por tratarse de una cuantía inferior a 600.000 €. No cabe interponer recurso de casación tras dos sentencias desfavorables para la parte. Dª Ana Pola del Campo tiene derecho a una reducción en el Impuesto sobre la Renta, pero la Agencia Tributaria no se lo reconoce, y el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid le dictó la semana pasada una resolución desestimando su reclamación económicoadministrativa. Dª Ana acude a su despacho con una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid hace dos años a favor de otra persona en su misma situación, D. Fermín de Navarra que reconoce a éste el derecho a la reducción. Señale cual debe ser la información a facilitar a Dª Ana. Dª Ana Pola del Campo podrá dirigirse a la Agencia Tributaria y solicitar la extensión de los efectos de la sentencia dictada a D, Fermín de Navarra. Dª Ana Pola del Campo tendrá que iniciar un nuevo proceso contencioso-administrativo porque ha transcurrido más de un año desde que se notificó la sentencia a favor de D, Fermín de Navarra. Dª Ana Pola del Campo podrá solicitar del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que le extienda los efectos de la sentencia dictada a D, Fermín de Navarra. Dª Ana Pola del Campo tendrá que iniciar un nuevo proceso porque la extensión de efectos se limita a las materias de personal al servicio de las Administraciones Públicas y la Disciplina de Mercado. Carmen ha obtenido una sentencia firme que le reconoce su derecho a una devolución de ingresos indebidos ¿Cuándo empieza a contar el plazo que tiene la Agencia Tributaria para abonar dicha cantidad?. Desde la firmeza de la sentencia. Dependerá de si la firmeza se notifica antes al representante o al órgano autor del acto anulado. Desde que se notifica la firmeza de la sentencia al representante de la Administración. Desde la fecha en que acusa recibo de la comunicación de la firmeza el órgano autor del acto anulado. Tras el procedimiento correspondiente, el órgano jurisdiccional reconoce que es imposible materialmente para la Administración ejecutar la sentencia. Diga qué procede en ese caso. Ese caso no puede darse. La parte favorecida por la sentencia puede pedir que se imponga al funcionario responsable una multa coercitiva. La parte favorecida por la sentencia tiene derecho a una indemnización. El Tribunal ordenará la expropiación de los derechos reconocidos en la sentencia. Su cliente le informa que le van a expropiar y que se ha dictado acuerdo de urgente ocupación. Usted debe explicarle en qué consiste. Elija la respuesta correcta. Es un acuerdo que se da en todas las expropiaciones, al principio del procedimiento. Es otra forma de denominar el acuerdo de necesidad de ocupación. Es el acta previa a la ocupación. Es un supuesto en que al acuerdo de necesidad de ocupación se añade la declaración de que tal necesidad es urgente, lo que permite la ocupación de los bienes expropiados antes del abono del justiprecio. Su cliente, ciudadano de la Unión Europea, le consulta sobre los requisitos que ha de cumplir para tener derecho a residir en España con carácter permanente. Señale la opción correcta: Es imprescindible que haya residido en España durante cinco años consecutivos. Como norma general, cuando haya residido en España durante cinco años consecutivos, existiendo excepciones que dan derecho a la residencia permanente habiendo permanecido en España menos de cinco años. Si ha trabajado y residido en España durante tres años consecutivos, aunque tenga su residencia en otro Estado miembro. Simplemente, solicitando el Certificado de Residencia Permanente de Ciudadano de la Unión, aunque haya estado residiendo o trabajando en otro Estado de la Unión. A su cliente le han notificado una liquidación de un impuesto estatal con la que no está conforme, y en la notificación se le informa de que puede interponer contra la misma recurso de reposición o reclamación económico-administrativa. Elija la explicación correcta: Antes de acudir al contencioso, es preciso interponer uno de estos dos recursos, que se pueden elegir. La desestimación de cualquiera de ellos permite acudir al recurso contencioso-administrativo. Agotar la reclamación económico-administrativa es un presupuesto para la impugnación procesal. El recurso de reposición es potestativo, y podrá interponerse antes de plantear la reclamación económicoadministrativa. En materia de tributos estatales se puede acudir directamente al contencioso, siendo el recurso de reposición y la reclamación económico-administrativa potestativas. En materia de tributos estatales basta con plantear el recurso de reposición, y ante la desestimación expresa o presunta de éste acudir al recurso contencioso-administrativo. Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos: Potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, a través del recurso extraordinario de revisión. Directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, a través del recurso extraordinario de revisión, previo anuncio de su interposición ante el superior jerárquico del órgano que los haya dictado. Preceptivamente en reposición ante el órgano superior jerárquico del que los hubiera dictado y, si fuere desestimado, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, a través del procedimiento que corresponda. A elección del recurrente, en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, a través del procedimiento que corresponda. Los actos presuntos desestimatorios podrán ser recurridos en reposición: En el plazo de quince días, a partir del día siguiente a aquel en que se tenga por producido el acto presunto. En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente en que se tenga por producido el acto presunto. En cualquier momento, a partir del día siguiente en que se tenga por producido el acto presunto. En el plazo de un mes, a partir del día de expedición del certificado acreditativo del silencio administrativo expedido por el órgano competente. Además de la impugnación directa de un reglamento ilegal en vía contencioso-administrativa: Es posible la impugnación directa en vía administrativa mediante el recurso de reposición. Es posible la impugnación directa en vía administrativa mediante la previa declaración de lesividad del reglamento. Es posible la impugnación del reglamento cuando se impugne cualquier acto de ejecución del mismo en vía contenciosoadministrativa, fundada en que el reglamento es contrario a Derecho. Es posible mediante el planteamiento de la cuestión de ilegalidad directa ante el Tribunal Constitucional. - Con arreglo al principio de inderogabilidad singular de las disposiciones administrativas, también llamado legem patere quam fecisti: Las resoluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, aunque aquellas procedan de un órgano de igual o superior jerarquía al que dictó la disposición general. Ninguna disposición general administrativa puede vulnerar los preceptos de una disposición general de rango superior. Ninguna disposición general administrativa podrá vulnerar los preceptos de un reglamento de la Unión Europea. Ninguna disposición general administrativa podrá regular materias reservadas a la ley o la Unión Europea. Un acto administrativo favorable al interesado que proviniera de la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas, podrá ser declarado lesivo para el interés público: Cuando sea anulable por infringir el ordenamiento jurídico, mediante acuerdo que se adoptará por el órgano de cada Administración competente en la materia antes de que hayan transcurrido cuatro años desde que se dictó. Cuando así lo aprecie la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia al conocer de un recurso. La declaración de lesividad se adoptará por el Consejo de Estado al emitir su preceptivo dictamen. La declaración de lesividad se adoptará por el órgano competente de cada Administración Pública, sin sometimiento a plazo cuando sea nulo de pleno derecho. ¿Cuándo un acto administrativo incurre en "desviación de poder"?: Cuando su contenido es de imposible realización. Cuando supone el ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico. Cuando ha sido dictado por órgano manifiestamente incompetente o prescindiendo totalmente del procedimiento establecido para dictarlo. Cuando lesione derechos y libertades susceptibles de amparo constituciona. ¿Cuándo prescribe el derecho a reclamar la responsabilidad patrimonial de la Administración?. Al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas. A los cinco años de declarado por el órgano competente el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas. Al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde la fecha en que se produjera el daño. Al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. En caso de daños de carácter material, el plazo empezará a computarse desde la evaluación de los daños producidos. Si la Administración cometiere un error aritmético en un acto administrativo que beneficiara al administrado, ¿cómo podría rectificarlo?: El plazo máximo para rectificar es de tres meses desde que se dictó el acto, de oficio o a instancia del interesado. Para realizar la rectificación es necesario recabar el consentimiento del interesado afectado por el acto, dentro del plazo de cuatro años desde que se dictó el acto. La rectificación puede realizarse a instancia de los interesados o de oficio, en cualquier momento. Para realizar la rectificación es necesario obtener previamente un dictamen favorable del Consejo de Estado. Si la Administración pretendiere revocar un acto desfavorable o de gravamen para el interesado: Puede hacerlo en cualquier momento, siempre que no fuere contraria al interés público, notificándolo al interesado. Puede hacerlo en cualquier momento mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, previo dictamen favorable del Consejo de Estado. Puede hacerlo en cualquier momento mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, siempre que no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes. Todas las anteriores son incorrectas. - ¿Qué daños serán indemnizables en caso de responsabilidad patrimonial si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional o de una norma declarada contraria al Derecho de la Unión Europea?. Los daños producidos en el plazo de los cinco años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declara la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa. Los daños producidos en el plazo de los cuatro años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea. Los daños producidos en el plazo de los cinco años anteriores a la fecha en la que se dicte la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley, o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea. Los daños producidos en el plazo de los diez años anteriores a la fecha en la que se dicte la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley, o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que hayan prescrito con anterioridad. Las Administraciones Públicas podrán iniciar de oficio un procedimiento de responsabilidad patrimonial cuando: El órgano que inicie el procedimiento sea de carácter territorial. Se haya formulado una solicitud previa por un interesado. Se haya declarado así en un dictamen del Consejo de Estado. No haya prescrito el derecho a la reclamación de los posibles interesados. Contra el acto administrativo expreso que no ponga fin a la vía administrativa el interesado podrá interponer el recurso de alzada: En el plazo de un mes, y se interpondrá ante el órgano que deba fiscalizar el cumplimiento de la resolución recurrida. En el plazo de quince días a partir del día en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo. Se interpondrá, necesariamente, ante el mismo órgano que dictó el acto. En el plazo de un mes, contado de fecha a fecha, a partir del día siguiente a aquel en que haya sido notificado. Se interpondrá ante el órgano que dictó el acto o ante el competente para resolverlo. En el plazo de un mes, contado a partir del día en que fue dictado. Se interpondrá ante el superior jerárquico del órgano que lo dictó. Cuando el recurso de alzada se haya interpuesto contra la desestimación presunta por silencio administrativo de una reclamación patrimonial: La resolución del recurso deberá ser necesariamente estimatoria si no se ha dictado dentro del plazo de tres meses desde su interposición. La resolución del recurso deberá ser necesariamente estimatoria si no se ha notificado dentro del plazo de tres meses desde su interposición. La resolución del recurso podrá ser estimatoria o desestimatoria cualquiera que sea el momento en que se dicte. La resolución del recurso se entenderá siempre desestimatoria, aunque se hubiese incurrido en silencio administrativo al dictar aquella. Podrán interponer recurso contencioso-administrativo contra la actividad de una Administración Pública: Cualquier ciudadano, en ejercicio de la acción popular, en los casos expresamente previstos por la ley. El Ministerio Fiscal para intervenir en los procesos que determine la ley. En los casos de acoso sexual o acoso por razón de sexo, únicamente estará legitimada la persona acosada, y no los sindicatos y asociaciones legalmente constituidas para la defensa de la igualdad de trato entre mujeres y hombres, respecto de sus afiliados y asociados, respectivamente. Todas las respuestas anteriores son correctas. La representación en un proceso contencioso-administrativo deberá ser conferida: En todo caso a un procurador de los tribunales. A un procurador de los tribunales, salvo que el interesado prefiera comparecer por sí mismo. A un abogado o a un procurador de los tribunales, a elección del interesado, cuando la demanda se interponga ante un juzgado de dicha jurisdicción. A una persona física con capacidad de obrar o a una persona jurídica, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos. Al escrito que inicia el recurso contencioso-administrativo le deben acompañar una serie de documentos, entre los que están: El que acredite haber cumplido los requisitos para poder entablar acciones las personas jurídicas con arreglo a sus normas o estatutos. El que acredite la representación del compareciente. La copia o traslado de la disposición o del acto expreso que se recurran, o indicar el expediente en que haya recaído el acto o bien el periódico oficial en que dicha disposición se haya publicado. Todos los anteriores son correctos. Se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo sin necesidad de previo recurso administrativo: Contra un acto administrativo firme y definitivo. Contra un acto administrativo de trámite, que cause indefensión. Contra un acto administrativo dictado por una Administración Pública cuando la recurrente sea otra Administración Pública. Contra un acto administrativo que tenga por destinatarios a una pluralidad indeterminada de personas. La cuantía de un recurso contencioso-administrativo vendrá determinada: Cuando existan varios demandantes, por el valor económico de la pretensión deducida por cada uno de ellos, y no a la suma de todos. Por la diferencia de la cuantía entre el objeto de la reclamación y el del acto que motivó el recurso, si la Administración hubiera reconocido parcialmente, en vía administrativa, las pretensiones del demandante. Cuando el demandante solicite solamente la anulación del acto, se atenderá al contenido económico del mismo, para lo cual se tendrá en cuenta el débito principal, pero no los recargos, las costas ni cualquier otra clase de responsabilidad, salvo que cualquiera de estos fuera de importe superior a aquel. Todas las respuestas anteriores son ciertas. Si el juzgado o tribunal inadmitiere un recurso contencioso-administrativo por falta de jurisdicción o de competencia: El demandante deberá presentar, en todo caso, una nueva demanda en el órgano que estime competente. Si la inadmisión es por falta de jurisdicción, el demandante tiene el plazo de un mes para personarse ante el orden jurisdiccional que el auto de inadmisión haya señalado como competente. Si la inadmisión es por falta de competencia, el demandante tendrá que interponer su demanda ante el órgano que el auto de inadmisión haya estimado competente. El auto de inadmisión no es recurrible, sin perjuicio de que el demandante pueda presentar una nueva demanda. - La extensión de los efectos de una sentencia de la jurisdicción contencioso-administrativa podrá solicitarse: Cuando la sentencia resuelva un recurso en materia de dominio público o urbanístico. Cuando la sentencia resuelva un recurso en materia tributaria o de personal al servicio de la Administración Pública. Cuando la sentencia resuelva un recurso en materia de expropiación forzosa o propiedades especiales. Cuando la sentencia resuelva un recurso en materia de obras públicas del Estado y contratación administrativa. La ejecución de las sentencias dictadas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa corresponderá: Al juzgado o tribunal que haya dictado la sentencia a ejecutar. Al juzgado o tribunal que haya dictado la sentencia en primera o única instancia. Al órgano de la Administración que haya dictado el acto recurrido. Al órgano de la Administración que haya resuelto el recurso de alzada o reposición previo al recurso contenciosoadministrativo. En el caso de que la Administración fuese condenada al pago de una cantidad líquida: Acordará el pago con cargo al crédito presupuestario correspondiente, si fuese suficiente. Si el crédito no fuese suficiente, deberá solicitar una modificación presupuestaria que deberá estar concluida en el plazo de un año desde la notificación de la sentencia. Acordará el pago con cargo al crédito presupuestario correspondiente, que tendrá carácter ampliable. Podrá negarse al cumplimiento de la sentencia si el pago supusiera un trastorno grave a la Hacienda pública, poniéndolo en conocimiento del tribunal. La condena en costas se impondrá: En primera y única instancia, a la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, en todo caso. En primera y única instancia, a la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, salvo que el tribunal estime que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho. En primera y única instancia, al Ministerio Fiscal cuando haya visto rechazadas todas sus pretensiones. En primera y única instancia, a la parte que haya sostenido su acción con evidente mala fe o temeridad. Las medidas cautelares en un procedimiento contencioso-administrativo: Podrán solicitarse solo en la demanda por medio de otrosí. Podrán modificarse o revocarse en razón al avance que vaya haciendo el proceso principal. Podrán denegarse cuando de las medidas puedan provocar una perturbación grave de los intereses generales o de tercero. No podrá exigirse garantía o caución a quien propone la medida cautelar, pero responderá de los daños y perjuicios que provoque. Admitido en ambos efectos un recurso de apelación en un procedimiento contencioso-administrativo: No podrá pedirse la ejecución provisional de la sentencia. Podrán solicitarse o prorrogarse las medidas cautelares procedentes. El efecto devolutivo es uno de los efectos implícitos en el recurso de apelación. La Administración condenada en la sentencia de instancia deberá devolver o consignar las cantidades indebidamente cobradas. |