Plan General de Ordenación Urbanística Normativa de usos.
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() Plan General de Ordenación Urbanística Normativa de usos. Descripción: Normativa de usos. Zonificación |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
Según el PGOU vigente la parcela mínima en UAD-2 es de: 150 m². 210 m². 100 m². 220 m². Según el PGOU vigente la parcela mínima en UAD-1 es de: 150 m². 210 m². 100 m². 220 m². Según el PGOU vigente la parcela mínima en CTP-1 es de: 150 m². 80 m². 100 m². 70 m². Según el PGOU vigente la parcela mínima en CTP-2 es de: 150 m². 80 m². 100 m². 70 m². Según el PGOU vigente la parcela mínima en Manzana Cerrada (MC) es de: 300 m². 70 m². 100 m². 210 m². Según el PGOU vigente la ocupación máxima en Manzana Cerrada (MC) es de: En Planta Baja 100% y en Planta Alta 75%. En Planta Baja 100% y en Planta Alta 90%. En Planta Baja 100% y en Planta Alta 80%. En Planta Baja 100% y en Planta Alta 60%. Según el PGOU vigente la ocupación máxima en OA-2 es de: En Planta Baja 100% y en Planta Alta 75%. En Planta Baja 100% y en Planta Alta 90%. En Planta Baja 100% y en Planta Alta 80%. En Planta Baja 100% y en Planta Alta 60%. Según el PGOU vigente la parcela mínima en OA-1 es de: 300. 400. 250. 500. Según el PGOU vigente la parcela mínima en OA-2 es de: 300. 400. 250. 500. Según el PGOU vigente las Normas de Ordenación Abierta se divide en: 2 Subzonas. 5 Subzonas. 3 Subzonas. No se divide en Subzonas. Según el PGOU vigente la edificabilidad neta en OA-1 es de: 2,20 m2t/m2s. 1,60 m2t/m2s. 1,50 m2t/m2s. No se establece para esta subzona índice de edificabilidad neta específica. Según el PGOU vigente la edificabilidad neta en OA-2 es de: 2,20 m2t/m2s. 1,60 m2t/m2s. 1,50 m2t/m2s. No se establece para esta subzona índice de edificabilidad neta específica. Según el PGOU vigente, las Normas de Ordenación Ciudad Jardín se divide en: 2 Subzonas. 5 Subzonas. 4 Subzonas. No se divide en Subzonas. Según el PGOU vigente la parcela mínima CJ-3 es de: 300 m². 500 m². 100 m². 210 m². Según el PGOU vigente la parcela mínima CJ-4 es de: 300 m². 500 m². 100 m². 210 m². Según el PGOU vigente las Normas de Vivienda Unifamiliar Aislada (UAS) se divide en: 2 Subzonas. 5 Subzonas. 4 Subzonas. No se divide en Subzonas. Según el PGOU vigente las la altura máxima y el número de plantas en Vivienda Unifamiliar Aislada (UAS) será: Para todas las subzonas, PB+1, con un total de 7 m de altura. Para todas las subzonas, PB+2, con un total de 8 m de altura. Para todas las subzonas, PB+1, con un total de 8 m de altura. Depende la subzona. Según el PGOU vigente las Normas de Ordenación Vivienda Unifamiliar Adosada (UAD) se divide en: 2 Subzonas. 5 Subzonas. 4 Subzonas. No se divide en Subzonas. Según el PGOU vigente la subzona de Vivienda Unifamiliar Adosada (UAD) que comprende las áreas que, dentro de esta zona de Vivienda Unifamiliar Adosan se caracterizan por su mayor intensidad y parcelación más pequeña: Subzona UAD-1. Subzona UAD-2. Subzona UAD-3. Subzona UAD-4. Según el PGOU vigente la subzona de Vivienda Unifamiliar Adosada (UAD) que comprende las áreas que, dentro de esta zona de vivienda Unifamiliar Adosada, se caracterizan por su grado más bajo de intensidad y una parcelación de mayor superficie unitaria: Subzona UAD-1. Subzona UAD-2. Subzona UAD-3. Subzona UAD-4. Según el PGOU vigente como criterio general no se podrán edificar conjuntos de viviendas adosadas con una longitud mayor de: 50 m. 100 m. 300 m. 75 m. Según el PGOU vigente, las Normas de Ordenación en Colonia y Edificación Tradicional Popular (CTP) se divide en: 2 subzonas. 5 subzonas. 4 subzonas. No se divide en subzonas. Según el PGOU vigente, las llamadas “casas de vivienda” o “casas-mata” con las que se colonizaron los sectores más próximos al casco en el Plan de Ensanche del año 29, se encuentran dentro de las zonas de: Colonia y Edificación Tradicional Popular (CTP). Vivienda Unifamiliar Adosada (UAD). Ciudad Jardín (CJ). Ordenación Abierta (OA). Según el PGOU vigente, la ocupación máxima en CTP es de: En Planta Baja 100% y en Planta Alta 75%. En Planta Baja 100% y en Planta Alta 90%. En Planta Baja 100% y en Planta Alta 80%. En Planta Baja 100% y en Planta Alta 60%. Según el PGOU vigente, las zonas de uso productivo que se compone de edificación compacta con alta ocupación de parcela y predominio de la edificación adosadas a linderos: Productivo 1. Productivo 2. Productivo 3. Productivo 4. Según el PGOU vigente, las zonas de uso productivo que se compone de menor compacidad de edificación con presencia de edificaciones pareadas y aisladas en la parcela: Productivo 1. Productivo 2. Productivo 3. Productivo 4. Según el PGOU vigente, las zonas de uso productivo que se compone de implantaciones singulares, de volumetría específica tipología edificatoria variada o con capacidad de acoger usos productivos diversos en un mismo edificio y cuya regulación requiere un tratamiento individualizado: Productivo 1. Productivo 2. Productivo 3. Productivo 4. Según el PGOU vigente, las zonas de uso productivo que se compone de áreas industriales existentes, del planeamiento anterior.: Productivo 1. Productivo 2. Productivo 3. Productivo 4. Según el PGOU vigente, en su artículo 12.3.2. establece los Niveles de protección para los Edificios Protegidos, se establecen los siguientes: Catalogación BIC, Protección Integral Grado I, Protección integral Grado II y Protección de Conjunto. Protección Integral Total, Protección Integral Grado I, Protección integral Grado II y Protección de Conjunto. Catalogación BIC, Catalogación BIC con entorno y pinturas murales. Protección Integral, Protección Arquitectónica Grado I, Protección Arquitectónica Parcial Grado II y Protección de Conjunto. Según el PGOU vigente, en su artículo 12.3.2. el nivel de protección que comprende los edificios que deberán ser conservados íntegramente por su carácter singular y monumental, y por razones histórico artísticas, preservando todas sus características arquitectónicas: Nivel de “Protección Integral”,. Nivel de “Protección Arquitectónica (Grado I)". Nivel de “Protección Arquitectónica Parcial (Grado II)". Nivel de “Protección de Conjunto”. Según el PGOU vigente, en su artículo 12.3.2. el nivel de protección que comprende los edificios que, por su valor arquitectónico, su implantación en la estructura urbana, y las posibilidades de su puesta en buen uso, deben ser protegidos, controlando las actuaciones que sobre ellos se hagan e impidiendo su desaparición o sustitución: Nivel de “Protección Integral”,. Nivel de “Protección Arquitectónica (Grado I)". Nivel de “Protección Arquitectónica Parcial (Grado II)". Nivel de “Protección de Conjunto”. Según el PGOU vigente, en su artículo 12.3.2. el nivel de protección que comprende los edificios que, sin interés arquitectónico general, contiene elementos que deben ser conservados o disposiciones tipológicas que deben ser reproducidas conceptualmente en proyectos de nueva planta: Nivel de “Protección Integral”,. Nivel de “Protección Arquitectónica (Grado I)". Nivel de “Protección Arquitectónica Parcial (Grado II)". Nivel de “Protección de Conjunto”. Según el PGOU vigente, en su artículo 12.3.2. el nivel de protección que comprenden las barriadas y ordenaciones urbanas que deben ser protegidas por su interés arquitectónico y urbanístico controlando determinadas actuaciones sobre ellas. Nivel de “Protección Integral”,. Nivel de “Protección Arquitectónica (Grado I)". Nivel de “Protección Arquitectónica Parcial (Grado II)". Nivel de “Protección de Conjunto”. Según el PGOU vigente, la actuación máxima permitida en Edificios Protegidos con Nivel de Protección Integral es: Restauración. Rehabilitación. Renovación parcial. Renovación completa. Según el PGOU vigente, la renovación parcial se entiende como la actuación que tiene por objeto la nueva edificación o sustitución del edificio, salvo en aquellos aspectos que por su interés arquitectónico habrán de ser conservados, con las siguientes posibilidades: Conservación tipológica. Conservación de elementos. Conservación de fachada. Todas las anteriores son correctas. Según el PGOU vigente, la actuación máxima permitida en Edificios Protegidos con Nivel de Protección Arquitectónica Grado I es: Restauración. Rehabilitación. Renovación parcial. Renovación completa. Según el PGOU vigente, la actuación máxima permitida en Edificios Protegidos con Nivel de Protección Arquitectónica Grado II es: Restauración. Rehabilitación. Renovación parcial. Renovación completa. La ciudad histórica de Málaga comprende: Centro Histórico, perchel sur, perchel alto y trinidad perchel. Centro Histórico, trinidad y perchel. Centro Histórico, Trinidad sur y perchel. Casco Histórico, perchel sur, perchel norte y trinidad. |