Plazos en la Ley 39/2015
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Título del Test:![]() Plazos en la Ley 39/2015 Descripción: Plazos hasta el Titulo II |




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Art. 5.6: Plazo para presentar la acreditacion de representante o subsanar el defecto. 15 dias. Más de 10 dias si las circunstancias lo requieren. 10 dias. Son correctas B y C. Art. 6.6: Plazo validez máxima del poder. 2 años. 3 años. 4 años. 5 años. Art. 21.2 Plazo máximo para la notificación. 6 meses. 3 meses. 1 mes. El fijado por la norma reguladora. Art. 21.2 Plazo máximo en el que deberá notificarse la resolución expresa. Nunca más de 3 meses. Nunca más de 6 meses. Nunca más de 2 meses. Nunca más de 1 año. Art. 21.2 Cuando puede exceder el plazo máximo de notificacion de resolución expresa. Cuando lo diga un Decreto Ley. Cuando lo diga una norma con rango de Ley. Cuando así venga previsto en el Derecho de la UE. La respuestas B y C son correctas. Art. 21.2 Plazo máximo de notificacion si la norma reguladora no lo fija. 1 mes. 6 meses. 3 meses. 2 meses. Art. 21.4 Plazo para la comunicacion del acuerdo de iniciación a solicitud del interesado. 10 dias desde su recepción. 15 dias desde su recepción. 1 mes desde la entrada en el registro. Ninguna de las anteriores. Art. 22.1.d Plazo máximo de suspensión para solicitar informes preceptivos a un organo de la misma o distinta Administración. 6 meses. Nunca más de 6 meses. 3 meses. Nunca más de 3 meses. Art. 22.2.b Plazo para la realización de actuaciones complementarias por el organo que resuelve. 7 dias. No más de 10 dias. No más de 15 dias. 10 dias. Art. 22.2.b Plazo para las alegaciones de los interesados. 7 dias. 10 dias. 15 dias. 20 dias. Art. 24.4 Plazo para la expedición de oficio del certificado acreditativo del silencio. 1 mes desde el fin del plazo para resolver. 6 meses desde el fin del plazo para resolver. 10 dias desde el fin del plazo para resolver. 15 dias desde el fin del plazo para resolver. Art. 27.4 Plazo para la expedición de copias auténticas. 10 dias desde la recepción de la solicitud. 10 dias a contar desde el siguiente a la recepción de la solicitud. 15 dias desde la recepción de la solicitud. 15 dias a contar desde el siguiente a la recpción de la solicitud. Art. 28.2 Plazo para remitir informes preceptivos ya elaborados por un organo distinto al que tramita. 1 mes desde su solicitud. 2 meses desde su solicitud. 7 dias desde su solicitud. 10 dias desde su solicitud. Art. 9.2 Plazo máximo para emitir la autorización de la Secretaria General de Administración Digital del Ministerio de Politica Territorial y Funcion Publica. 1 mes. 2 meses. 6 meses. 3 meses. Art. 30.3 Desde cuando se cuentan los plazos expresados en dias,meses o años. Desde el dia en que se notifica o publica el acto o desde que se produce la estimacion o desestimación por silencio. Desde el dia siguiente a que se notifica o publica el acto o desde el siguiente al que se produce la estimación o desestimación por silencio. Ninguna de las anteriores. |