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Título del Test:![]() pm1A Descripción: parte 9 |




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PREGUNTA: ¿Cómo se reparten los ejemplares en que se expida la carta de porte de un transporte sometido al CMR?. A: Dos ejemplares quedarán en poder del transportista y una copia se le entregará al remitente. B: Un ejemplar quedará en poder del transportista y dos copias se le entregarán al remitente. C: Un ejemplar se lo quedará el transportista y otro se entregará al remitente. D: El primer ejemplar se entregará al remitente, el segundo acompañará a la mercancía y el tercero será conservado por el transportista. PREGUNTA: ¿Cuántos ejemplares se expedirán de la carta de porte de un transporte sometido a las reglas del Convenio CMR?. A: Se expedirán un ejemplar original y tres copias. B: Se expedirán tres ejemplares originales. C: Se expedirán dos ejemplares originales y dos copias. D: Se expedirán un ejemplar original y tantas copias como soliciten el cargador o el transportista. PREGUNTA: ¿Cuál es el ámbito de responsabilidad del transportista en un transporte sujeto al Convenio CMR?. A: El transportista responderá de sus propios actos, exclusivamente. B: El transportista responderá de sus propios actos y de los de sus empleados. C: El transportista responderá de los actos de otras personas a cuyo servicio recurra para la ejecución del transporte. D: Las respuestas B y C son correctas. PREGUNTA: ¿Las disposiciones del Convenio CMR se pueden alterar por pacto entre las partes?. A: Sí, en todos los casos. B: Sí, pero solo para acordar su no aplicación al tráfico fronterizo. C: Sí, pero solo se pueden modificar parcialmente, como en el caso de aumentar las causas de irresponsabilidad del transportista y otras similares. D: No, en ningún caso. PREGUNTA: ¿A cuál de los transportes enumerados a continuación se aplica el Convenio CMR?. A: Transportes en vehículos de hasta 3,5 toneladas de masa máxima autorizada. B: Transportes bajo regulación de convenios postales internacionales. C: Transportes funerarios. D: Transportes de mudanzas. PREGUNTA: ¿Se aplicará el Convenio CMR en una mudanza internacional realizada por carretera, entre dos países que son firmantes de dicho convenio, y efectuada por un transportista perteneciente a un país que también ha firmado el convenio?. A: Sí, siempre que los países por los que discurra el transporte sean también firmantes del convenio. B: Sí, en todos los casos. C: Sí, como norma general, salvo en el caso de que la mudanza pertenezca a un organismo oficial. D: No, en ningún caso. PREGUNTA: ¿Se aplicará el Convenio CMR en un transporte internacional con destino a un país firmante de este convenio, en el que el cargador es un organismo internacional y el consignatario un organismo oficial del país de destino?. A: Sí, se aplicará como norma general, salvo que se trate de transportes excluidos por razón de la mercancía. B: Sí, pero solo se aplicará si el vehículo pertenece a un transportista particular de un país firmante del CMR. C: Sí, se aplicará en todo caso. D: No, el convenio solo se aplica a los transportes privados. PREGUNTA: ¿El CMR se aplica a todos los contratos de transporte?. A: Sí, sin excepciones. B: No, solo se aplica a los contratos de transporte internacional. C: No, solo se aplica a los contratos de transporte internacional de mercancías por carretera a título oneroso, que tengan origen y destino en dos países distintos, uno de los cuales sea firmante del Convenio, y se admiten excepciones. D: No, solo se aplica a los contratos de transporte dentro de la Comunidad Europea. PREGUNTA: El remitente, según el Convenio CMR, ¿puede modificar el punto de entrega?. A: Sí, incluso después de haber sido entregada la mercancía al destinatario. B: Sí, incluso aunque suponga dividir la consignación. C: Sí, antes de que la mercancía se entregue al consignatario. D: No. PREGUNTA: Si el Convenio CMR regula las condiciones por las que se rigen los contratos de transporte internacional de mercancías por carretera, ¿para qué sirve la regulación del contrato de transporte contenida en la Ley 15/2009?. A: Son lo mismo y tienen igual aplicación. B: El Convenio CMR es más moderno y completa a la Ley 15/2009. C: La Ley 15/2009 regula la parte del transporte realizada dentro de España y el CMR se aplica al trayecto fuera de España. D: El CMR solo se aplica a los contratos de transporte internacional, mientras que la Ley 15/2009 se aplica a los contratos de transporte nacional. PREGUNTA: Cuando un transporte internacional de mercancías, sujeto a las prescripciones del Convenio CMR, está pactado en un único contrato, pero es ejecutado por sucesivos transportistas, ¿cada uno de ellos responde ante el cargador de la totalidad del transporte?. A: Sí, una vez acepta la mercancía y la carta de porte. B: No, solo responde de los daños sufridos durante el trayecto que efectivamente transportó. C: No, solo responde el transportista que contrató con el cargador. D: No, solo responden el primer y el último transportista. PREGUNTA: ¿Quiénes deben firmar la carta de porte correspondiente a un transporte sujeto al Convenio CMR?. A: Cargador y remitente. B: Remitente y transportista. C: Remitente y destinatario. D: Destinatario y transportista. PREGUNTA: El Convenio sobre el contrato de transporte internacional de mercancías por carretera, CMR, ¿es de aplicación a los servicios de transporte internacional por carretera efectuados con vehículos de temperatura dirigida?. A: Sí. B: Sí, pero depende de los países firmantes y de las épocas. C: Sí a los isotermos refrigerados, no a los frigoríficos y caloríficos. D: No. PREGUNTA: Si el que tiene derecho sobre la mercancía transportada, conforme al Convenio CMR, prueba que resultó perjudicado por la mora en la entrega y no existe en la carta de porte una declaración de interés especial en la entrega, ¿cuál es el límite de responsabilidad para el transportista?. A: El precio del transporte. B: El valor de la mercancía. C: La suma del valor de la mercancía más el precio del transporte. D: El doble del precio del transporte. PREGUNTA: En el Convenio CMR se establece un tipo uniforme de contrato de transporte. ¿Cómo se denomina el documento en el cual se formaliza dicho contrato?. A: Albarán de carga CMR. B: Carta de porte. C: Declaración administrativa de porte. D: Tríptico CMR. PREGUNTA: ¿Qué se conoce con las siglas CMR?. A: El Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías. B: El Convenio relativo al contrato de transporte terrestre internacional de mercancías. C: El contrato de transporte regular de mercancías por carretera. D: El Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera. PREGUNTA: Según el Convenio CMR, ¿corresponde al transportista probar que la pérdida o avería de una mercancía se ha producido por circunstancias inevitables durante el transporte?. A: Sí, en todos los casos. B: Sí, pero solo en ciertos supuestos. C: No, la prueba le corresponde al consignatario. D: No, la prueba le corresponde al remitente. PREGUNTA: Según el Convenio CMR, en el caso de que se acepten sin embalar y sin reservas mercancías expuestas a riesgos por su naturaleza, ¿a quién o quiénes corresponderá la responsabilidad?. A: Al consignatario. B: Al transportista. C: Al remitente. D: En estos casos se comparte la responsabilidad entre transportista y cargador. PREGUNTA: Según el Convenio CMR, ¿el transportista puede aducir defecto de los vehículos utilizados para exonerarse de responsabilidad?. A: Sí, pues una avería en el medio de transporte es una causa legal de exención de responsabilidad del transportista. B: Sí, cuando la avería del vehículo sea causa única del daño a la mercancía. C: No puede aducir dicha causa. D: Sí, cuando la avería del vehículo no sea previsible. PREGUNTA: Según el Convenio CMR, ¿es responsable el transportista en caso de pérdida o avería de la mercancía transportada?. A: Sí, pero solo cuando la pérdida o avería de la mercancía deriva de vicio propio de esta. B: Sí, cuando la pérdida o avería se produzca entre la recepción y entrega de la mercancía y no sea por vicio propio de la mercancía o por circunstancias que el transportista no pudo evitar y cuyas consecuencias no pudo impedir. C: Sí, siempre. D: Sí, pero solo cuando la pérdida ocurre a causa de un accidente de tráfico. PREGUNTA: ¿Puede el transportista, según el Convenio CMR, proceder a la venta de las mercancías transportadas?. A: En ningún caso. B: Cuando así lo justifique la naturaleza perecedera o el estado de las mercancías. C: Siempre que lo justifique su derecho lesionado, puede proceder a la venta de las mercancías transportadas. D: Solo con autorización expresa del remitente. PREGUNTA: Si el transportista no hace la anotación de reservas en la carta de porte CMR, ¿se presume que la mercancía y su embalaje estaban en buen estado cuando fue entregada para el transporte?. A: Sí. B: No. C: No está permitida la anotación de reservas en la carta de porte regulada por el Convenio CMR. D: Las reservas se refieren a la obligación de guardar espacio en el vehículo para un transporte y no al estado de la mercancía. PREGUNTA: La pérdida de la carta de porte en un transporte de mercancías sujeto al Convenio CMR, ¿afecta a la validez del contrato?. A: No afecta a la existencia ni a la validez del contrato de transporte. B: Sí le afecta, pues es imprescindible para dejar constancia de la existencia del contrato de transporte internacional. C: Sí le afecta y obliga a la inmediata detención de los vehículos ya que no pueden circular sin dicha carta de porte. D: Sí le afecta y supondrá considerar que el transporte tiene carácter de nacional. PREGUNTA: Si, en un transporte internacional de mercancías sujeto al Convenio CMR, no se confecciona la carta de porte, ¿en qué afecta al contrato?. A: No afecta a la existencia ni a la validez del contrato de transporte. B: Es imprescindible dicha carta de porte, pues es un elemento esencial para la existencia del contrato de transporte internacional. C: El contrato se entenderá nulo y no producirá efectos jurídicos. D: No tendrá carácter de internacional y se someterá a la legislación del país en que se encuentre en cada momento, aunque ese país sea firmante del Convenio CMR. PREGUNTA: ¿Están sujetos al Convenio CMR los contratos de transporte internacional de mudanzas por carretera?. A: Sí, siempre. B: No. C: Según lo elijan las partes contratantes. D: Solo están excluidos los que no se realizan en vehículos capitoné. PREGUNTA: ¿Cuál es el ámbito de aplicación del Convenio CMR?. A: Todos los contratos de transporte de mercancías por carretera por cuenta ajena efectuados entre dos o más países. B: Cualquier contrato de transporte terrestre de mercancías internacional y por cuenta ajena. C: Solo las actividades de intermediación en transporte internacional de mercancías. D: Los contratos de transporte internacional de mercancías por carretera, siempre que el lugar de carga o el de descarga se encuentren en un país firmante del Convenio. PREGUNTA: ¿Cuándo prescribe la responsabilidad por la pérdida o avería de las mercancías en un servicio de transporte internacional por carretera sometido al CMR?. A: Como regla general, al cabo de un año y, si existiera dolo, a los tres años. B: Como regla general, a los cinco años y, si existiera dolo, a los diez años. C: No existe plazo para la prescripción. D: A los seis meses de la finalización del transporte o del día que debía haber llegado la mercancía. PREGUNTA: En el ámbito del Convenio CMR, ¿puede emitirse por medios electrónicos algún documento?. A: Sí, la carta de porte. B: Sí, una instrucción. C: No. D: Las respuestas A y B son correctas. PREGUNTA: En el ámbito del Convenio CMR, en caso de utilizar la carta de porte electrónica: A: el remitente entregará al transportista, a solicitud de este, un recibo de las mercancías. B: el transportista entregará al remitente, a solicitud de este, un recibo de las mercancías. C: no habrá obligación, por parte del remitente ni del transportista, de entregar ningún documento. D: La carta de porte electrónica solo se puede utilizar en transportes nacionales. PREGUNTA: En un transporte internacional sometido al Convenio CMR, ¿qué debe hacer el transportista si, antes de llegar al destino, se hace imposible la ejecución del contrato en los términos previstos en la carta de porte?. A: Solicitar siempre instrucciones del remitente. B: Solicitar siempre instrucciones del destinatario. C: Solicitar siempre instrucciones de quien tenga en ese momento derecho de disposición de la mercancía. D: Ejecutar el transporte en el modo en que resulte posible. |