Pnal I
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Título del Test:![]() Pnal I Descripción: T.23 parte 1 |




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Para poder apreciar la eximente de miedo insuperable, el Tribunal Supremo español exige, constantemente: que el miedo sea uno de los motivos del hecho. que el miedo sea el único de los motivos del hecho. que el miedo sea motivo preponderante del hecho. el Tribunal Supremo no se ha pronunciado sobre esta aspecto. Para apreciar la eximente de miedo insuperable, nuestro Tribunal Supremo, en jurisprudencia constante, exige que el mal amenazante sea. un mal jurídicamente no desaprobado. un mal jurídicamente deseado. un mal jurídicamente propio. un mal jurídicamente desaprobado. Para que una persona pueda quedar exenta apelando al miedo insuperable es necesario: que el mal causado no sea mayor que el que se trata de evitar. que el sujeto obre impulsado por dicho miedo insuperable. que el ejercicio del miedo sea legitimo. que la situación no haya sido provocada por el sujeto. ¿Qué debemos hacer si un sujeto se encuentra en un error invencible sobre la concurrencia de un estado de necesidad como causa de exculpación?. imponerle la pena del delito doloso atenuada en uno o dos grados. castigarle por la comisión de un delito imprudente. castigarle por delito doloso o imprudente, pero atenuando la pena en uno o dos grados. considerar que queda exento de responsabilidad criminal. Según la regulación de nuestro Código penal del encubrimiento entre parientes como eximente, la misma puede aplicarse en los casos de: favorecimiento real y favorecimiento personal. favorecimiento objetivo y favorecimiento subjetivo. receptación con y sin ánimo de lucro. favorecimiento material y favorecimiento ideal. ¿Cuál de las siguientes eximentes se considera mayoritariamente una causa de exculpación?. el cumplimiento de un deber. el consentimiento de la víctima. la legítima defensa. el miedo insuperable. El encubrimiento entre parientes como eximente puede aplicarse en determinados casos de: favorecimiento real, favorecimiento personal y auxilio complementario. auxilio complementario y favorecimiento real. auxilio complementario y favorecimiento personal. favorecimiento real y favorecimiento personal. Para poder apreciar la eximente de miedo insuperable nuestro Tribunal Supremo exige, de manera constante, que el mal amenazante sea. insuperable. superable. jurídicamente aprobado. jurídicamente desaprobado. La idea de la no exigibilidad como elemento de la culpabilidad y la polémica en torno al contenido de dicho elemento y de la propia categoría de la culpabilidad, nace en Alemania a raíz de la discusión suscitada. por la regulación existente en aquel país del estado de necesidad. por la regulación existente en aquel país del miedo insuperable. por la regulación existente en aquel país de la legítima defensa. por la regulación existente en aquel país del error de prohibición. señale la frase incorrecta en relación con la eximente de encubrimiento de parientes. la eximente se puede aplicar, con determinados límites, en los casos de favorecimiento real y de favorecimiento personal. la conducta deberá realizarse a favor de un ascendiente, descendiente, hermano por naturaleza o por adopción, afines en los mismos grados, cónyuges y personas a quien se hallen ligados de forma estable por análoga relación de afectividad. la regulación del código penal español exige expresamente la existencia de afecto hacia el pariente encubierto, lo que resulta en la práctica difícil de demostrar. la doctrina mayoritaria en la actualidad la concibe como una causa de exculpación o inculpabilidad. Según la postura doctrinalmente mayoritaria, la eximente de miedo insuperable tiene naturaleza de: atenuante. causa de inimputablidad. causa de justificación. causa de inculpabilidad. María, conocedora de que Pedro, su hermano de adopción, ha cometido un delito, y, a pesar de que no siente gran afecto por su hermano, a petición de este, le auxilia para que se beneficie del producto del delito, sin ánimo de lucro propio. María comete así el delito tipificado en el artículo 451.1 del Código penal. Señale la afirmación correcta. María podrá beneficiarse de la eximente de encubrimiento de parientes. María no podrá beneficiarse de la eximente de encubrimiento de parientes porque la misma no se extiende a los supuestos hermanos adoptivos. María no podrá beneficiarse de la eximente de encubrimiento de parientes porque la redacción legal de la misma exige que se actúe impulsado por un móvil de afecto familiar. María no podrá beneficiarse de la eximente de encubrimiento de parientes porque la misma no se aplica a esta clase de conductas. Señale cuál de las siguientes es, según la doctrina mayoritaria, una causa de inculpabilidad o exculpación: el estado de necesidad cuando el mal causado es menor que el que se trata de evitar. el miedo insuperable. la anomalía o alteración psíquica. todas las anteriores. Señale cuál de los siguientes NO es un requisito legal de la eximente de miedo insuperable, aunque viene siendo exigido por la jurisprudencia: que la conducta se realice impulsada por el miedo. que el miedo lo sea a un mal real y no imaginario. que el miedo se considere insuperable. ninguno de los anteriores, pues todos ellos son requisitos expresados en la ley. Según la opinión mayoritaria la eximente de miedo insuperable tiene naturaleza de: causa de justificación. causa de inimputabilidad. causa de inculpabilidad. atenuante. Señale cuál de los siguientes sujetos no está englobado en la eximente de encubrimiento de parientes. persona ligada al sujeto encubierto de forma estable por relación de afectividad análoga al matrimonio. hermanos por adopción. cuñados. novio que no convive con la persona encubierta. Omar se ha refugiado en España tras estar acusado de crímenes de guerra en su país, pero cuando llega una orden internacional de detención contra él su esposa Olaya le ayuda a esconderse de la policía y prepara su huida a otro país. Olaya_. responderá por un delito de encubrimiento. está amparada por la eximente de encubrimiento de parientes. actúa de forma atípica. actúa amparada por una causa de justificación. Sergio C., inspector de policía, abusando de su puesto, facilita la fuga a su hermana Ascensión cuando esta iba a ser detenida por la policía por tráfico de estupefacientes. Según opinión dominante en la doctrina, Sergio C. ha realizado: El tipo del delito de encubrimiento, pero actúa amparado por la causa de exculpación de encubrimiento de parientes. una conducta atípica. una conducta típica, antijurídica y culpable. una conducta típica, pero amparado en la causa de justificación de encubrimiento de parientes. Hans retiene contra su voluntad a Carolina durante seis días, sometiéndola a malos tratos y amenazas. Finalmente Carolina, viendo la posibilidad de escapar en un descuido de su captor se hace con una barra de hierro y golpea repetidas veces en la cabeza a Hans hasta que se da cuenta de que ha perdido el conocimiento. En realidad habría sido suficiente un golpe para escapar pero Carolina, presa del nerviosismo y el miedo, se excede claramente en la reacción defensiva. Si usted fuera su abogado, ¿qué alegaría para conseguir eximir de responsabilidad a Carolina por las lesiones causadas más allá de lo necesario para escapar, es decir, para eximir de responsabilidad por el exceso en su actuación?. legítima defensa. estado de necesidad. miedo insuperable. ejercicio legítimo de un derecho. Según la opinión doctrinal mayoritaria, también compartida por algunas sentencias del Tribunal Supremo, el miedo insuperable constituye: una causa de inimputabilidad. una causa de justificación. una causa de exculpación. un supuesto de error de prohibición indirecto. |