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Policía 1

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Título del Test:
Policía 1

Descripción:
policia

Fecha de Creación: 2020/07/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 39

Valoración:(13)
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Tienen la consideración de servicios portuarios los siguientes: Servicio de recepción de desechos generados por buques, que incluye: la recepción de los desechos y residuos de los anexos I, IV, V o VI del Convenio MARPOL 73/78, según lo establecido en el artículo 132 de la Constitución Española. Todas son ciertas. Servicio al pasaje, que incluye: el embarque y desembarque de pasajeros, la carga y descarga de equipajes, y la de vehículos en régimen de pasaje.

Se prohíben los vertidos o emisiones contaminantes. los producidos por las obras de relleno con materiales de origen terrestre o marítimo para la modificación o ampliación de puertos. Ya sean, sólidos, líquidos o gaseosos.

La Autoridad Portuaria remitirá correspondiente los datos de las cantidades vertidas del material de dragado, la localización de la zona o zonas de vertido y, cuando exista riesgo de que el posible desplazamiento del material afecte a la navegación marítima, se remitirá a aquélla los resultados del seguimiento de la evolución de dicho material vertido, a los siguientes organismos (indique la/s correcta/s): Administración Marítima. Ministerio de Fomento. Comunidad Autónoma. Puertos del Estado.

Cuando en el título de otorgamiento se haya previsto expresamente la posibilidad de una o varias prórrogas, en cuyo caso, a petición del titular y a juicio de la Autoridad Portuaria, podrá ser prorrogado, sin que el plazo inicial unido al de las prórrogas pueda superar el plazo máximo de. 35 años. 50 años.

Responsabilidad civil. el Gobierno determinará los supuestos en que los buques extranjeros que naveguen por la zona económica exclusiva, zona contigua, mar territorial o aguas interiores españolas deban tener asegurada la responsabilidad civil que pueda derivarse de su navegación, así como el alcance de dicha cobertura. Las empresas navieras españolas estarán obligadas a tener asegurada la responsabilidad civil en la que puedan incurrir en el curso de la explotación de sus buques, en los términos que reglamentariamente se determinen por el Gobierno de acuerdo con las coberturas usuales de este ramo en el mercado internacional. Todas son correctas.

El Gobierno, a propuesta del Ministro de Fomento y previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, podrá establecer obligaciones generales de servicio público en los servicios regulares de navegación interior y de cabotaje en los casos en que las empresas operadoras no los prestarían si tuviesen en cuenta exclusivamente su propio interés comercial, y que resulten necesarios para asegurar el servicio de transporte entre distintas localidades o para garantizar su prestación en condiciones razonablemente aceptables de. Ninguna es correcta. frecuencia, precio, calidad o versatilidad. frecuencia, precio, proporcionalidad o universalidad.

El Gobierno, a propuesta del Ministro de Fomento y previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, podrá establecer obligaciones generales de servicio público en los servicios regulares de navegación interior y de cabotaje en los casos en que las empresas operadoras no los prestarían si tuviesen en cuenta exclusivamente su propio interés comercial, y que resulten necesarios para asegurar el servicio de transporte entre distintas localidades o para garantizar su prestación en condiciones razonablemente aceptables de. frecuencia, precio, calidad o universalidad. frecuencia, precio, proporcionalidad o universalidad. Ninguna es correcta.

Será vinculante el informe de. del Ministerio del Interior respecto del ámbito de competencias del citado Ministerio. del Director General de la Marina Mercante en cuanto se refiera a la seguridad de los buques y de la navegación, el salvamento marítimo y la contaminación producida desde buques, plataformas fijas u otras instalaciones ubicadas en las aguas situadas en zonas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción. Ambas son correctas.

El importe de las tasas se fijará: Tasas de utilización: tomando en consideración la utilidad derivada de la utilización de las infraestructuras portuarias y además tendrá en cuenta los costes directos e indirectos asociados a la dotación y mantenimiento de las infraestructuras portuarias, incluyendo los de estructura que se le imputen, los financieros, los de amortización del inmovilizado y los necesarios para garantizar el adecuado desarrollo de la infraestructura y de los servicios inherentes a la misma en función de las necesidades y requerimientos de la demanda. Tasa de actividad: tomando como referencia la utilidad derivada del aprovechamiento del dominio público para el usuario. Tasa de ayudas a la navegación: para todo el sistema portuario de titularidad estatal y tomando en consideración los costes directos e indirectos asociados a la dotación y adecuado mantenimiento del conjunto de instalaciones de ayuda a la navegación marítima en el litoral marítimo español, excluidas las que sirven de aproximación y acceso a los puertos y su balizamiento. Todas son correctas. Tasa de ocupación: tomando como referencia el valor de mercado correspondiente al bien de dominio público portuario ocupado.

Podrán estar representadas en el Consejo de Navegación las siguientes: Los Sindicatos más representativos en los sectores marítimo y portuario en el ámbito territorial de Puertos del Estado. Las Corporaciones de Derecho Público y entidades u organizaciones privadas cuya actividad esté relacionada con las actividades portuarias o marítimas. Ambas son correctas.

El Capitán Marítimo, sin perjuicio de las instrucciones emanadas de la Dirección General de la Marina Mercante, ejercerá la dirección, organización y control de todos los servicios de la Capitanía Marítima, así como, entre otras, las siguientes funciones: a) La autorización o prohibición de entrada y salida de buques en aguas situadas en zonas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, así como el despacho de buques, sin perjuicio de las preceptivas autorizaciones previas que correspondan a otras autoridades. b) La determinación por razones de seguridad marítima de las zonas de fondeo y de maniobra en aguas situadas en zonas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, correspondiendo a la Administración portuaria competente la autorización de fondeo y asignación de puestos en la zona de servicio de los puertos. c) La intervención en los procedimientos de determinación de las condiciones de los canales de entrada y salida de los puertos, mediante informe vinculante en lo que afecte a la seguridad marítima. d) La fijación por razones de seguridad marítima de los criterios que determinen las maniobras, excluyendo el atraque, a realizar por buques que porten mercancías peligrosas o presenten condiciones excepcionales.

El Capitán Marítimo, sin perjuicio de las instrucciones emanadas de la Dirección General de la Marina Mercante, ejercerá la dirección, organización y control de todos los servicios de la Capitanía Marítima, así como, entre otras, las siguientes funciones: e) La disponibilidad por razones de seguridad marítima de los servicios de amarre y remolque en aguas situadas en zonas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción. g) Y, en general, todas aquellas funciones relativas a la navegación, seguridad marítima, salvamento marítimo y lucha contra la contaminación del medio marino en aguas situadas en zonas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, salvo en los casos de contaminación que se produzca en la zona de servicio de los puertos, que corresponde a las Autoridades Portuarias, con las que tendrán un deber de especial colaboración en esos supuestos. f) La dirección y control organizativos de la función inspectora de los buques civiles españoles, de los que se hallen en construcción en España, de los extranjeros en casos autorizados por los acuerdos internacionales y de las mercancías a bordo de los mismos, especialmente de las clasificadas internacionalmente como peligrosas, así como de los medios de estiba y desestiba en los aspectos relacionados con la seguridad marítima.

En el ámbito de lo dispuesto en el artículo 7, corresponden al Ministerio de Fomento las competencias en materia de ordenación general de la navegación marítima, de conformidad con las normas europeas correspondientes, y de la flota civil, excepción hecha de las que en relación con la actividad de la flota pesquera y la ordenación del sector pesquero corresponden al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. En especial, son competencias del Ministerio de Fomento las siguientes: a) Las relativas a la seguridad de la vida humana en la mar y de la navegación en relación con todas las plataformas fijas o los buques civiles españoles, así como con los extranjeros cuando se encuentren en aguas situadas en zonas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción y de acuerdo con el Derecho Internacional. b) Las relativas al salvamento de la vida humana en la mar, así como la limpieza de las aguas marítimas y la lucha contra la contaminación del medio marino, en zonas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, adoptando las medidas que pudieran resultar precisas y en particular las señaladas en la letra d) del artículo 310.2 de la presente ley y en los términos que le atribuyan los planes y programas previstos en el artículo 264, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Comunidades Autónomas en los casos de vertidos procedentes de tierra. e) La ordenación y ejecución de las inspecciones y los controles técnicos, radioeléctricos, de seguridad y de prevención de la contaminación de todos los buques civiles españoles, de los que se hallen en construcción en España, y de los extranjeros en los casos autorizados por los acuerdos internacionales. En este ámbito se incluyen las aprobaciones y homologaciones de los aparatos y elementos del buque o de los materiales o equipos del mismo, por razones de tutela de la seguridad marítima, de la vida humana en la mar y de la navegación. d) El otorgamiento de concesiones o autorizaciones de servicios de navegación marítima, salvo en el supuesto en que una Comunidad Autónoma tenga competencias en materia de transporte marítimo y éste transcurra entre puertos o puntos de la misma, sin conexión con puertos o puntos de otros ámbitos territoriales. c) Las referentes al control de la situación, del registro y del abanderamiento de todos los buques civiles españoles, así como la regulación del despacho, sin perjuicio de las autorizaciones previas que correspondan a otras autoridades.

Artículo 222. Tipo de gravamen. T-4 Tasa de la Pesca Fresca (Con utilización de lonja no concesionada o autorizada). 1.º A la pesca descargada por vía marítima: el 2,2 por ciento del valor de la base. 2.º A la pesca que accede al recinto pesquero por vía terrestre: el 1,8 por ciento del valor de la base.

Artículo 222. Tipo de gravamen. T-4 Tasa de la Pesca Fresca (Sin uso de lonja). 1.º A la pesca descargada por vía marítima: el 1,4 por ciento del valor de la base. 2.º A la pesca que accede al recinto pesquero por vía terrestre: el 1,5 por ciento del valor de la base.

Artículo 222. Tipo de gravamen. T-4 Tasa de la Pesca Fresca (Con utilización de lonja concesionada o autorizada). 1.º A la pesca descargada por vía marítima: el 0,2 por ciento del valor de la base. 2.º A la pesca que accede al recinto pesquero por vía terrestre: el 0,3 por ciento del valor de la base.

Articulo 227. Superficie ocupada por el buque o embarcación. La superficie ocupada por el buque o la embarcación será el resultado del producto de la eslora total de la misma por su manga. La superficie ocupada por el buque o la embarcación será el resultado del producto de la eslora total de la misma por su proa.

El valor de la cuantía básica de la tasa por utilización de la zona de tránsito (T) se establece para todas las Autoridades Portuarias en. 0,105 euros. 0,124 euros. 0,207 euros.

El valor de la cuantía básica de la tasa del pasaje (P) se establece para todas las Autoridades Portuarias en. 1,23 €. 3,23 €. 1,23€.

El valor de la cuantía básica de la tasa de la mercancía (M) se establece para todas las Autoridades Portuarias en. 1,65 €. 2,60 €. 2,69 €. 2,65 €.

El valor de la cuantía básica de la tasa de embarcaciones deportivas y de recreo (E) se establece para todas las Autoridades Portuarias en. 0,234 €. 0,124 €. 1,124 €.

Articulo 26. Del ejercicio de las funciones en materia de planificación, proyecto y construcción de obras, gestión del dominio público mediante el otorgamiento de concesiones y autorizaciones y la regulación y control del tráfico portuario, el fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con aquél, las tarifas y su aplicación y la coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte en el espacio portuario, las Autoridades Portuarias deberán suministrar a Puertos del Estado la información que les solicite. Verdadero. Falso.

Artículo 25. Competencias. Autoridad Portuaria. a) La prestación de los servicios generales, así como la gestión y control de los servicios portuarios para lograr que se desarrollen en condiciones óptimas de eficacia, economía, productividad y seguridad, sin perjuicio de la competencia de otros organismos. b) La ordenación de la zona de servicio del puerto y de los usos portuarios, en coordinación con las Administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo. c) La planificación, proyecto, construcción, conservación y explotación de las obras y servicios del puerto, y el de las señales marítimas que tengan encomendadas, con sujeción a lo establecido en esta ley. e) La optimización de la gestión económica y la rentabilización del patrimonio y de los recursos que tengan asignados. d) La gestión del dominio público portuario y de señales marítimas que les sea descrito.

Artículo 25. Competencias. Autoridad Portuaria. f) El fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico marítimo o portuario. h) La ordenación y coordinación del tráfico portuario, solo marítimo. g) La coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte en el espacio portuario.

La Ley 60/1962, de 24 de diciembre, hace referencia a: las competencias sobre auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimas con el objeto de adaptarlas a lo previsto en la letra f) del artículo 263 de esta ley, dichas competencias seguirán siendo ejercidas por los órganos de la Armada. las competencias sobre auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimas con el objeto de adaptarlas a lo previsto en la letra g) del artículo 263 de esta ley, dichas competencias seguirán siendo ejercidas por los órganos de la Armada,. las competencias sobre auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos, extracciones marítimas y recaudaciones internacionales con el objeto de adaptarlas a lo previsto en la letra f) del artículo 263 de esta ley, dichas competencias seguirán siendo ejercidas por los órganos de la Armada,.

Se considera, en todo caso, incompatible con los criterios de ocupación del dominio público portuario establecidos en esta ley el mantenimiento de concesiones otorgadas a perpetuidad, por tiempo indefinido o por plazo superior a 35 años a contar desde la entrada en vigor de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre. Falso. Verdadero.

El Ministerio de Fomento establecerá los criterios por los cuales se considerará que los rendimientos de las tasas son razonables, a través de: Orden Ministerial. Real Decreto. Ninguna es correcta. Reglamento.

Extintor: os hay de muchos tamaños y tipos, desde los muy pequeños, que suelen llevarse en los automóviles, hasta los grandes que van en un carrito con ruedas. El contenido varía desde 1 a 10 kilogramos de agente extintor. es un artefacto que sirve para apagar fuegos. Suelen consistir en un recipiente metálico (bombona o cilindro de acero) que contiene un agente extintor a presión, de modo que al abrir una válvula el agente sale por una tobera que se debe dirigir a la base del fuego. Ambas son correctas.

El plazo máximo de la licencia para la prestación de los siguientes servicios portuarios será el siguiente: a) Servicio de practicaje: 10 años. b) Amarre y desamarre: 6 años. c) Remolque portuario: 10 años. Todas son correctas.

El plazo máximo de la licencia para la prestación de los siguientes servicios portuarios será el siguiente: a) Servicio de practicaje: 10 años. b) Amarre y desamarre: 6 años. c) Remolque portuario: 10 años. d) Servicios al pasaje y de manipulación de mercancías: Sin inversión significativa: 6 años. a) Servicio de practicaje: 20 años. b) Amarre y desamarre: 4 años. c) Remolque portuario: 15 años. d) Servicios al pasaje y de manipulación de mercancías: Sin inversión significativa: 3 años.

La CIAIM: Podrá formular recomendaciones sobre seguridad basándose en un análisis resumido de los datos y en los resultados generales de las investigaciones de seguridad realizadas. Tales recomendaciones de seguridad no podrán, bajo ningún concepto, determinar la responsabilidad ni atribuir la culpa de un siniestro. Publicará un informe, incluidas sus conclusiones y cualquier posible recomendación, que estará a disposición del público y, muy especialmente, de todo el sector marítimo en el plazo de once meses a partir de la fecha del siniestro. Si no fuera posible presentar a tiempo el informe definitivo, se deberá publicar un informe provisional en dicho plazo. Todas son correctas.

58/1994, 21 enero hace referencia a: servicios esenciales. servicios portuarios. servicios generales.

Cuales de las siguientes Tasas de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general son ciertas ?. Tasa por ocupación privativa del dominio público portuario. Tasa por utilización especial de las instalaciones portuarias. Ambas son correctas.

Tarifas por servicios de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general. c) Tarifas por servicios portuarios generales. a) Tarifa por servicios comerciales prestados por las Autoridades Portuarias. b) Tarifa relativa al servicio de recepción de desechos generados por buques. A y B son correctas.

Las Autoridades Portuarias elaborarán los proyectos de los Planes Directores de Infraestructuras y de Empresa, cuyo contenido será acordado con Puertos del Estado. En el caso de que no se alcance acuerdo, quien deberá resolver la discrepancia?. corresponderá al Ministro de Fomento resolver la discrepancia. corresponderá al Ministro de Hacienda resolver la discrepancia. corresponderá al Organismo Publico Puertos del Estado resolver la discrepancia. corresponderá al Consejo de Ministros resolver la discrepancia.

Corresponde a puertos del Estado la propiedad de los buques abandonados en la zona de servicio del puerto. Falso. Verdadero.

Artículo 303. Operaciones de desguace. En las operaciones de desguace de buques, instalaciones marítimas y material inservible que se realicen en aguas portuarias, se exigirá previamente el informe vinculante de _____ a los efectos de dar cumplimiento a la normativa sobre seguridad marítima. Capitán Marítimo. Capitán del buque. Autoridad Portuaria.

a) Para las infracciones relativas al uso del puerto y al ejercicio de las actividades que se prestan en él: (grave). 1.º En los supuestos del artículo 307.1.b), c), e), f), g) y h), multa de hasta 120.000 euros. 2.º En los supuestos del artículo 307.1.a) y d), multa de hasta 300.000 euros. 2.º En los supuestos del artículo 307.1.i) y j), multa de hasta 600.000 euros.

Multas y sanciones accesorias: (grave). b) En las infracciones contra la seguridad marítima, multa de hasta 180.000 euros. c) En las infracciones contra la ordenación del tráfico marítimo, multa de hasta 120.000 euros. d) En las infracciones por contaminación del medio marino, multa de hasta 601.000 euros. e) En las infracciones en la prestación de servicios portuarios, multa de hasta 602.000 euros.

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