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Policía Administrativa 16

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Título del Test:
Policía Administrativa 16

Descripción:
Calidad Ambiental 4

Fecha de Creación: 2021/09/29

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

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Temario:

Informe sobre el estado del medio ambiente. Artículo 8. Artículo 7. Artículo 9. Artículo 10.

Elaborará y publicará cada año, un informe de carácter completo sobre el estado del medio ambiente en la Comunidad Autónoma. La Consejería competente en materia de medio ambiente. La Junta de Andalucía. La Comunidad Autónoma. Las Administraciones públicas, organismos y demás entes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Facilitarán los datos ambientales de que dispongan a la Consejería competente en materia de medio ambiente y se arbitrarán los mecanismos de colaboración y financiación necesarios para hacer efectivo el flujo de información. Las Administraciones públicas. Los organismos. Los entes públicos. Todas las respuestas son correctas.

Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental Red de información ambiental de Andalucía. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo 12.

Se crea la Red de Información Ambiental de Andalucía que tendrá como objeto. Respuesta. No lo se.

La Red de Información Ambiental de Andalucía. Respuesta. No lo se.

Toda la información alfanumérica, gráfica o de cualquier otro tipo sobre el medio ambiente en Andalucía, generada por. Todo tipo de centros productores de información ambiental en la Comunidad Autónoma. Las Administraciones públicas, organismos y demás entes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Consejería competente en materia de medio ambiente. La Comunidad Autónoma de Andalucía.

Corresponde la organización, gestión y evaluación de la Red de Información Ambiental de Andalucía. A la Consejería competente en materia de medio ambiente. A la Comunidad Autónoma de Andalucía. A cada una de las Administraciones públicas, organismos y demás entes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. A todo tipo de centros productores de información ambiental en la Comunidad Autónoma.

El funcionamiento y estructura, así como el contenido de la Red de Información Ambiental de Andalucía, se determinarán. reglamentariamente. por una norma con rango de ley. por ley. ninguna de las respuestas es correcta.

Podrá suscribir convenios de colaboración con organismos, Administraciones públicas, universidades, centros de investigación, empresas y organizaciones sociales, entre otros, con el fin de ampliar y mejorar la Red de Información Ambiental de Andalucía. La Consejería competente en materia de medio ambiente. La Comunidad Autónoma de Andalucía. Las Administraciones públicas, organismos y demás entes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Ninguna de las respuestas es correcta.

Para garantizar el flujo de la información ambiental disponible, fomentará políticas de colaboración con otras Administraciones públicas con el fin de integrar y coordinar, en su caso, los sistemas de información existentes. La Consejería competente en materia de medio ambiente. La Comunidad Autónoma de Andalucía. Las Administraciones públicas, organismos y demás entes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Ninguna de las respuestas es correcta.

Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental PARTICIPACIÓN EN LAS DECISIONES MEDIOAMBIENTALES. Capítulo II. Capítulo I. Capítulo III. Capítulo IV.

Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental PARTICIPACIÓN PÚBLICA EN ASUNTOS CON INCIDENCIA MEDIOAMBIENTAL. Artículo 10. Artículo 11. Artículo 12. Artículo 9.

Para promover una participación real y efectiva de la ciudadanía en la elaboración, modificación y revisión de los planes y programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la materia, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx velará............... la Administración de la Junta de Andalucía. la Comunidad Autónoma de Andalucía. la Consejería competente en materia de medio ambiente. las Administraciones públicas, organismos y demás entes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Para promover una participación real y efectiva de la ciudadanía en la elaboración, modificación y revisión de los planes y programas medioambientales, se velará porque: Los Andaluces y Andaluzas tengan acceso a la Red de Información Ambiental de Andalucía. La ciudadanía tenga acceso a la Red de Información Ambiental de Andalucía. Los ciudadanos tengan acceso a la Red de Información Ambiental de Andalucía. Las Administraciones públicas, organismos y demás entes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Para promover una participación real y efectiva de la ciudadanía en la elaboración, modificación y revisión de los planes y programas medioambientales, se velará porque: Se informe a la ciudadanía, a través de los medios apropiados, sobre cualquier iniciativa de elaboración de propuestas de planes y programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la materia, o, en su caso, de su modificación o de su revisión y se ponga a disposición de la misma la información pertinente sobre tales iniciativas. Se informe a la ciudadanía, a través de cualquier medio, sobre cualquier iniciativa de elaboración de propuestas de planes y programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la materia, o, en su caso, de su modificación o de su revisión y se ponga a disposición de la misma la información pertinente sobre tales iniciativas. Se informe a la ciudadanía, a través de cualquier medio admitido en derecho, sobre cualquier iniciativa de elaboración de propuestas de planes y programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la materia, o, en su caso, de su modificación o de su revisión y se ponga a disposición de la misma la información pertinente sobre tales iniciativas. Se informe a la ciudadanía, a través de los medios reglamentarios, sobre cualquier iniciativa de elaboración de propuestas de planes y programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la materia, o, en su caso, de su modificación o de su revisión y se ponga a disposición de la misma la información pertinente sobre tales iniciativas.

Para promover una participación real y efectiva de la ciudadanía en la elaboración, modificación y revisión de los planes y programas medioambientales, se velará porque: Que la ciudadanía pueda formular observaciones y alegaciones antes de que se adopte la decisión sobre el plan, programa o disposición de carácter general, la forma en que lo pueden hacer y que éstas sean debidamente tenidas en cuenta por la Administración pública. Que la ciudadanía pueda formular observaciones y alegaciones antes de que se adopte la decisión sobre el plan, programa o disposición de carácter general, la forma reglamentaria y que éstas sean debidamente tenidas en cuenta por la Administración pública. Que la ciudadanía pueda formular observaciones y alegaciones antes de que se adopte la decisión sobre el plan, programa o disposición de carácter general, la forma legalmente establecidas y que éstas sean debidamente tenidas en cuenta por la Administración pública. Que la ciudadanía pueda formular observaciones y alegaciones antes de que se adopte la decisión sobre el plan, programa o disposición de carácter general, la forma adecuada y que éstas sean debidamente tenidas en cuenta por la Administración pública.

Para promover una participación real y efectiva de la ciudadanía en la elaboración, modificación y revisión de los planes y programas medioambientales, se velará porque: Se informe a la ciudadanía del resultado definitivo de las decisiones adoptadas y de los motivos y consideraciones en los que se basan las mismas. Se informe a la ciudadanía de las resoluciones definitivas de las decisiones adoptadas y de los motivos y consideraciones en los que se basan las mismas. Se informe a la ciudadanía de las resoluciones firmes de las decisiones adoptadas y de los motivos y consideraciones en los que se basan las mismas. Se informe a la ciudadanía del resultado positivo de las decisiones adoptadas y de los motivos y consideraciones en los que se basan las mismas.

Garantizará/n, a través de la información pública y la audiencia a las personas interesadas, la participación en los procedimientos administrativos de autorización ambiental integrada, autorización ambiental unificada, evaluación ambiental de planes y programas y calificación ambiental. Las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Administración de la Junta de Andalucía. La Consejería competente en materia de medio ambiente. La Comunidad Autónoma de Andalucía.

3. Las decisiones, acciones y omisiones que impidan o limiten la participación en los procedimientos de toma de decisiones medioambientales xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx A tal fin, se pondrá a disposición de la ciudadanía la información relativa a los recursos tanto administrativos como judiciales que en cada caso procedan. se podrán impugnar en los términos previstos en la normativa vigente. se sancionará en los términos previstos en la normativa vigente. se podrán sancionar en los términos previstos en la normativa vigente. se podrán sancionar en los términos previstos en la normativa vigente.

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