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PPE 2024-2026

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Título del Test:
PPE 2024-2026

Descripción:
MÚLTIPLE CHOICE PPE

Fecha de Creación: 2026/08/26

Categoría: Otros

Número Preguntas: 138

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Temario:

Las apologías que se hagan sobre conductas socialmente desviadas, como por ejemplo el suicido, tipifican en apología del delito. V. F.

Quien, simulando autoridad pública, o falsa orden de la misma, obligue a otro a entregar dinero comete chantaje. V. F.

El secuestro extorsivo consiste en sustraer, retener o ocultar una persona para sacar rescate. V. F.

Habrá favorecimiento personal cuando el agente ayude a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad. V. F.

Quien con amenazas de imputaciones contra el honor o violación de secretos obligue a otro a entregar documentos que produzcan efectos jurídicos comete coacción. V. F.

El funcionario público que por sí, o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva para dejar de hacer algo relativo a sus funciones comete cohecho activo. V. F.

La estafa requiere, para su configuración, los siguientes elementos concatenados en relación de causalidad: ardid o engaño, error en la víctima, disposición patrimonial y perjuicio. V. F.

Los que, sin revelarse contra el gobierno nacional, armasen a una provincia en contra de otra cometen motín. V. F.

El funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo comete peculado. V. F.

El hurto requiere un especial elemento subjetivo, distinto al dolo, consistente en la finalidad de uso, goce y/o destinación de la cosa por parte del agente. V. F.

Tomar parte en una asociación ilícita implica coincidir intencionalmente con los otros miembros sobre los objetivos asociados. F. V.

El delito de instigación a cometer delitos es una excepción al principio de accesoriedad de la participación respecto del hecho principal del autor. V. F.

La conducta del magistrado que se negare a juzgar so pretexto de oscuridad, insuficiencia o silencio de la ley tipifica en denegación de justicia. V. F.

El objeto del delito de abigeato son los cuadrúpedos de cierta alzada, que deben ser arreados para su transporte. V. F.

La falsedad material de documentos públicos se consuma con la sola creación total o parcial o con la adulteración, ya que con eso surge la posibilidad de perjuicio, ello en la medida de que son oponibles "erga omnes". V. F.

El delito de abandono de destino, efectuado por un funcionario público, no admite tentativa. V. F.

El dueño de la cosa mueble que la sustrajere de quien la tenga legítimamente en su poder, con perjuicio del mismo o de un tercero, comete frustración de los derechos originados en una tenencia acordada (hurto impropio). V. F.

La portación de armas de fuego de uso civil, sin la debida autorización legal, para su tipificación, requiere su tenencia por un sujeto no autorizado, cargada, en un lugar público y en condiciones de uso inmediato. V. F.

El hecho de que, por error, el autor haya dado muerte a otra persona que no pertenecía a la etnia o creencia, cuya aversión motivo el homicidio, no excluye la circunstancia agravante, pues igualmente obró por odio racial o religioso. V. F.

El juez que dicte resoluciones fundadas en hechos falsos no comete delito y sólo será sancionado administrativamente. F. V.

La simple tenencia de escasas municiones de guerra constituye delito. V. F.

La falsedad ideológica no es viable respecto de los instrumentos privados. V. F.

Sujeto pasivo de apremios ilegales pueden ser, únicamente, los detenidos. V. F.

La comisión del robo con un arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no pueda tenerse de ningún modo por acreditada, subsume en el tipo básico. V. F.

En el aborto, el bien jurídico tutelado es la vida desde el momento del nacimiento. F. V.

El delito de estafa se consuma cuando el sujeto pasivo realiza la disposición patrimonial perjudicial. V. F.

El funcionario público que por sí recibiere dinero para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones comete cohecho pasivo. V. F.

La administración infiel es una defraudación especial por abuso de confianza. V. F.

Las exacciones ilegales consisten en dar apariencia de legalidad al dinero o bienes procedentes de la comisión de un delito. V. F.

Comete hurto el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo. V. F.

La coacción consiste en amedrentar otro con el propósito de obligarlo, a hacer, no hacer o tolerar algo en contra de su voluntad. F. V.

El cheque de pago diferido puede ser objeto de libramiento de cheques sin provisión de fondos ni autorización para girar en descubierto (art. 302 inc. 1 del C.P.). V. F.

El delito de falsa denuncia sólo es compatible con dolo directo del autor. V. F.

La fuerza en las cosas para procurar impunidad, después de cometido al robo, es atípica. V. F.

El funcionario público que, directamente, se interese en cualquier contrato u operación en que intervenga por razón de su cargo comete peculado. V. F.

La demora injustificada de pago es un delito que sólo puede ser cometido por un funcionario público. V. F.

Para la configuración de la simple tenencia de ilegítima de armas de fuego, se requiere que el armamento se encuentre en condiciones de ser utilizado, es decir que sea apto para su funcionamiento. V. F.

El robo calificado por lesiones graves, se consuma con la producción del daño en el cuerpo o la salud de la víctima, aun cuando el robo quede tentado. V. F.

El que insertare en un instrumento público declaraciones falsas concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio, comete falsedad de documentos por supresión. V. F.

Se entenderá por tortura no solamente a los tormentos físicos, sino también a la imposición de sufrimientos psíquicos, cuando tengan gravedad suficiente. V. F.

El homicidio es un delito de comisión, que puede ser realizado por omisión cuando el autor haya contraído o tenga la obligación de preservar la vida del sujeto pasivo. V. F.

El homicidio con alevosía requiere que la agonía de la víctima implique un padecimiento extraordinario o innecesario para el caso en concreto. V. F.

La instigación al suicidio prevé una condición objetiva de punibilidad, es decir, requiere que el tercero, a quien se dirige la conducta típica, haya tentado o consumado el suicidio. V. F.

Las maniobras abortivas sobre un feto que está muerto en las entrañas de la madre son atípicas. V. F.

Las injurias proferidas por los litigantes en los escritos producidos ante los tribunales y no dados a publicidad, quedan sujetas, únicamente, a correcciones disciplinarias correspondientes. V. F.

La conducta de quien contacte personalmente a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier otro delito contra la integridad sexual, subsume en “grooming”. V. F.

El empleo de amenazas anónimas está previsto como agravante del tipo básico. V. F.

Los apremios ilegales son procedimientos coactivos, crueles, inhumanos y degradantes, de menor intensidad que la tortura, que tienen como finalidad lograr una determinada conducta del apremiado, por lo general, su confesión. V. F.

Podrán ser objeto de delito de hurto las cosas abandonadas por su dueño. V. F.

El funcionario público que, abusando de su cargo, exigiere el pago de una contribución, comete exacciones ilegales. V. F.

El delito de violación de las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la propagación de una epidemia, es un tipo penal en blanco, en tanto remite a otras disposiciones reglamentarias para complementar dicha subsunción. V. F.

Según el plenario “Coronel” de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, a los fines de la aplicación de la circunstancia agravante, en el delito de robo en poblado y en banda, resulta suficiente la participación de tres o más personas en la ejecución del hecho, sin necesidad de que integren, a su vez, una asociación ilícita. V. F.

Según el plenario “Palienko” de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, el atentado sólo es posible previo a la ejecución del acto del funcionario; mientras que, durante su realización, será viable únicamente la resistencia a la autoridad. V. F.

El funcionario público que por sí recibiere una dádiva, para dejar de hacer algo relativo a sus funciones, comete cohecho activo. F. V.

La falsedad ideológica puede recaer sobre documentos privados. V. F.

En el delito de encubrimiento, por regla general, están exentos de responsabilidad criminal quienes hubiesen obrado en favor de su cónyuge. V. F.

A los efectos del delito de falsificación de moneda, quedan equiparados a tal, los bonos del tesoro nacional. F. V.

El delito de retardo de justicia requiere, además de dolo, un especial elemento subjetivo, a saber, un obrar malicioso de parte del juez. V. F.

Alberto Pérez, funcionario público, quien se desempeña como secretario de Administración del Consejo de la Magistratura de la Nación, sustrae regularmente caudales cuya administración, percepción y custodia le han sido confiados, en razón de su cargo. Entonces, su conducta tipifica en: a. hurto calificado. b. peculado. c. administración fraudulenta.

Claudio quiso dar un escarmiento a Benito, a quien odia. Así, lo invitó a salir y se fueron de copas a un bar. Al regresar a la casa, Benito, que estaba muy ebrio, no podía meter la llave en la cerradura. En ese momento, el primero, al verlo agachado, le dio un golpe en la cabeza, provocándole lesiones que produjeron una debilitación permanente de su visión. Luego, su conducta tipifica en: a. tentativa de homicidio. b. lesiones graves. c. lesiones gravísimas.

El dar muerte a un concubino tipifica en homicidio calificado, en los términos del art. 80, inciso 1, del Código Penal. V. F.

Nuestra legislación prevé a la “premeditación” como circunstancia agravante del tipo básico de homicidio. V. F.

El abuso de armas implica disparar un arma de fuego en lugares no aptos para dicho fin. V. F.

En el delito de omisión de auxilio, el aviso inmediato a la autoridad elimina la tipicidad, aun cuando el agente hubiese podido brindar ayuda sin riesgo personal. V. F.

La introducción de objetos vía vaginal, mediante fuerza, en contra de la voluntad de la víctima, tipifica en abuso sexual gravemente ultrajante. F. V.

La promoción o facilitamiento a la prostitución de una persona mayor de edad es atípica, cuando mediare el consentimiento expreso de la última. F. V.

El delito de robo prevé como agravante la utilización de armas de fuego de utilería. V. F.

Los actos de fraude tipificados en la quiebra fraudulenta están taxativamente enunciados por la ley. V. F.

El delito de exacciones ilegales es un delito común, por lo tanto, su autor puede ser cualquier persona. V. F.

El delito de “peculado” se configura en el caso del funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo. V. F.

La falsedad ideológica sólo es posible respecto de los instrumentos públicos. V. F.

El funcionario público que por sí recibiere una dádiva, para hacer algo relativo a sus funciones, comete cohecho pasivo. V. F.

En el delito de encubrimiento, por regla general, están exentos de responsabilidad criminal quienes hubiesen obrado en favor de su hermano. F. V.

A los efectos del delito de falsificación de moneda, quedan equiparados a tal, las acciones emitidas por empresas nacionales o extranjeras. V. F.

Según el plenario “Contarino” de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, comete delito de usurpación el encargado de un edificio que se niegue a abandonar el inmueble cedido en virtud del contrato de trabajo, una vez que fuera despedido. V. F.

Según el plenario “Franco” de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, comete “petardismo” o “garronería” quien consume alimentos o bebidas en una casa de comidas sabiendo que no pagará el precio o con la intención de no pagarlo, delito que tipifica en estafa (art. 172 del Código Penal). V. F.

El juez que dicte sentencia fundada en hechos falsos comete prevaricato. V. F.

La evasión o quebrantamiento de pena perpetuada sin fuerza en las cosas o violencia física en las personas resulta atípica. V. F.

Ignacio se encuentra enamorado de su vecina Cristina, quien no lo corresponde. Una tarde, cuando la última sale de su domicilio, decide sustraerla, por medio de la fuerza, para menoscabar su integridad sexual. Entonces, su conducta tipifica en el delito de: a. rapto propio. b. privación ilegítima de la libertad. c. secuestro extorsivo.

Fernando, funcionario público, emplea, en provecho propio y en su domicilio, la labor de un jardinero que trabaja con él, cuyo sueldo es pagado por la administración pública nacional. Luego, su conducta subsume en el delito de: a. negociaciones incompatibles con la función pública. b. fraude a la administración pública. c. peculado de trabajos o servicios.

Comete administración fraudulenta el que, con ánimo de lucro, utilice engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. V. F.

El que vendiere o gravare como bienes libres, los que fueren litigiosos o estuvieren embargados o gravados, comete defraudación en la ejecución extrajudicial de inmuebles. F. V.

El que encontrare una cosa perdida que no le pertenezca y se la apropiare, comete defraudación atenuada. V. F.

El concurso civil fraudulento requiere, como presupuesto típico, la existencia de un deudor, no comerciante, con auto de apertura de concurso civil. V. F.

La instigación a cometer delitos es una excepción al principio de accesoriedad de la participación, respecto del hecho principal del autor. V. F.

El delito de daño se agrava cuando para su comisión se utilicen sustancias corrosivas. V. F.

Comete injuria quien deshonra o desacredita públicamente a un tercero. F. V.

El robo en poblado y en banda requiere, para su tipificación, la existencia de pluralidad de partícipes ejecutivos (como mínimo dos personas), sumado a los demás requisitos previstos para el delito de asociación ilícita. V. F.

La falsificación de un testamento cerrado constituye falsedad de instrumento público por equiparación. V. F.

El uso del documento o certificado falso por el mismo autor de esa falsificación es un acto posterior copenado, es decir, no será castigado de manera autónoma. V. F.

Las lesiones leves quedan subsumidas en la violencia física ejercida contra las personas para perpetuar el robo. V. F.

La retención indebida es una defraudación por fraude. V. F.

Al rapto impropio se lo denomina rapto por seducción, pues requiere el consentimiento de la víctima menor de 16 años. V. F.

La falsa denuncia requiere, como presupuesto típico, la falsa manifestación ante la autoridad de la perpetuación de un delito, con imputación a un sujeto o persona determinada. V. F.

La malversación de caudales públicos admite culpa. V. F.

Los objetos materiales del delito de “lavado” son el dinero y los bienes provenientes de un delito en el que el autor no ha participado. F. V.

Sujeto activo del delito de favorecimiento de evasión, de un detenido o condenado, sólo puede ser un funcionario público. V. F.

La conducta del militar que pusiere manos en su superior, sin lesionarlo, resulta atípica. V. F.

Gabino y Horacio trabajan juntos en un aserradero de madera, pero tienen una mala relación personal. Un día, Gabino ve que Horacio tiene su mano sobre la plancha de la sierra, muy cerca de la rueda dentada. Simulando un descuido, golpeó la palanca que la pone en marcha. La sierra cortó el brazo de Horacio, sin darle tiempo a reaccionar. El delito será tipificado como: a. lesiones grave. b. lesiones gravísimas. c. lesiones culposas.

Máximo amedrenta a Narcisa, compañera de trabajo, con delatarla por ciertas irregularidades económicas en la administración de fondos de la empresa, si no accede a hacerle un favor importante. El delito será tipificado como: a. amenazas. b. amenazas calificadas. c. coacción.

El delito de receptación, en su tipo básico, no requiere ánimo de lucro. V. F.

Quien, simulando autoridad pública, o falsa orden de la misma, obligue a otro a entregar dinero comete extorsión. V. F.

El funcionario público que empleare, en provecho propio, servicios pagados por la administración pública nacional comete peculado de servicios. V. F.

El dueño de una cosa mueble que la sustrajere de quien la tenga legítimamente en su poder, con perjuicio de éste o de un tercero, comete estelionato. F. V.

El hecho de que, por error, el autor haya dado muerte a otra persona que no pertenece a la etnia o creencia, cuyo aversión motivo el homicidio, excluye la circunstancia agravante de odio racial o religioso. F. V.

La conducta de quien encontrare perdida una cosa, que no le pertezca, y se la apropie tipifica en defraudación atenuada. V. F.

La falsa denuncia es un delito doloso; por ende, debe mediar conocimiento del agente de que lo denunciado es falso o que difiere de la realmente acontecido. V. F.

La concusión es un delito donde el funcionario público convierte las exacciones ilegales en provecho propio o de tercero. V. F.

En las defraudaciones por fraude se requiere que el autor realice un ardid o engaño, para inducir a error al sujeto pasivo y obtener de él una disposición patrimonial perjudicial. V. F.

Los que, sin revelarse contra el gobierno nacional, armasen a una provincia en contra de otra cometen sedición. V. F.

El funcionario público que, por sí, o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva para dejar de hacer algo relativo a sus funciones comete malversación de caudales públicos. V. F.

El funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo comete administración fraudulenta. F. V.

El despojo por abuso de confianza está previsto como medio comisivo de la usurpación. V. F.

Las apologías que se hagan sobre la comisión de faltas administrativas, tipifican en apología del delito. V. F.

Habrá favorecimiento real cuando el agente ocultare, alterare o hiciere desaparecer rastros de un delito. V. F.

La falsedad material de documentos privados se consuma recién con su utilización, no con la creación total o parcial, pues sólo con la primera surge la posibilidad de perjuicio. F. V.

La simple tenencia de armas de guerra, sin la debida autorización legal, requiere para su tipificación la posesión de ésta por un sujeto no autorizado, cargada, en un lugar público y en condiciones de uso inmediato. V. F.

Sujeto activo de concurso civil fraudulento, en materia penal, es el comerciante declarado previamente en quiebra, en sede comercial. V. F.

El abogado que defendiere o representare a partes contrarias en el mismo juicio comete prevaricato. F. V.

La asociación ilícita pueden estar conformada con algún sujeto inimputable. F. V.

El robo calificado por homicidio se consuma con la muerte de la víctima, aun cuando el robo quede tentado. F. V.

Comete peculado el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo. F. V.

El perito que niegue la verdad en su informe comete falso testimonio. F. V.

El funcionario público que directamente se interese en cualquier contrato u operación en que intervenga, por razón de su cargo, comete cohecho activo. F. V.

El vender o gravar, como bienes libres, los que fueren litigiosos o estuvieren embargados o gravados, constituye desbaratamiento de derechos acordados. F. V.

El Código Penal prevé una circunstancia agravante cuando el agente se dedicare con habitualidad a la comisión de hechos de encubrimiento. F. V.

El delito de cohecho pasivo es un delito especial propio, o sea, sólo puede ser cometido por una persona que tiene una característica especial de autor. F. V.

Las lesiones leves quedan subsumidas en la violencia fisica requerida para la consumación del tipo de robo. F. V.

El funcionario público que por sí recibiere dinero para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones comete exacciones ilegales. F. V.

La retención indebida es una defraudación especial por fraude. V. F.

La conducta de quien dé en pago un cheque “de pago diferido”, sin provisión de fondos, y no lo abonare moneda nacional, dentro de las 24 horas de habérsele comunicado la falta de pago mediante aviso bancario, es delito. V. F.

En la extorsión, el daño anunciado consiste en imputaciones contra el honor o violación de secretos. V. F.

La defraudación en la que el dueño de una cosa mueble la sustrae de quien la tenga legítimamente en su poder, con perjuicio de él o de un tercero, se denomina “hurto impropio”. V. F.

Las amenazas simples consisten en amedrentar a una o más personas con el propósito de obligarla, a hacer, no hacer o tolerar algo en contra de su voluntad. V. F.

Para la consumación de una defraudación por circunvención de incapaces, se requiere que el sujeto pasivo haya sido declarado incapaz en juicio. V. F.

Sujeto pasivo del delito de apremios ilegales puede ser cualquier persona. F. V.

Con el proceso de lavado de dinero se da apariencia de legalidad al dinero o bienes procedentes de la comisión de un delito. V. F.

Sujeto activo de torturas sólo pueden ser los funcionarios públicos. V. F.

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