Práctica fiscal
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Título del Test:
![]() Práctica fiscal Descripción: Administración y finanzas tema 3 |



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Los intereses por aplazamientos correspondientes a periodos impositivos posteriores a la entrega: No se incluyen en la base imponible. Forman parte del IVA. Se incluyen en la base imponible. Siempre están exentos. Las exportaciones de bienes están: Exentas plenas. Sujetas y no exentas. Exentas limitadas. No sujetas. La porrata general permite deducir: Ningún IVA. Solo el IVA de bienes de inversión. Todo el IVA soportado. Un porcentaje sobre el total de cuotas soportadas. En porrata el porcentaje definitivo se regulariza: En la última autoliquidación anual. Cada dos años. Mensualmente. Nunca. La regla de la prorrata especial es obligatoria cuando: La prorrata general excede en más de un 10 % sobre la especial. El contribuyente lo solicita. Se trata de bienes de inversión. Nunca es obligatoria. Tipos de RE asociados a los tipos de IVA (21%, 10%, 4%) son, respectivamente. 6%, 3%, 1%. 4%, 1%, 0,5%. 5%, 2%, 1%. 5,2%, 1,4%, 0,5%. El periodo de liquidación general del IVA es: Trimestral. Semestral. Mensual. Anual. El IVA se aplica en: Únicamente en la Peninsula. Solo en la Península y Baleares. En todo el territorio de la UE. Todo el territorio español, incluidas Canarias, Ceuta y Melilla. En recargo de equivalencia, los proveedores facturan a minoristas: Solo el IVA. IVA + RE. Sin impuestos. Solo RE. Las cuotas soportadas en bienes de inversión se regularizan durante: 2 años (10 en inmuebles). 5 años (10 en terrenos /edificaciones). 4 años (9 en terrenos/edificaciones). 10 años para todo. En el IVA, el contribuyente final es. El profesional. La Agencia Tributaria. El consumidor final. El empresario. ¿Quién es el sujeto pasivo en entregas de bienes y prestaciones de servicios?. El consumidor final. El transportista. El importador. El empresario o profesional que realiza la operación. En el régimen simplificado, la cuota devengada por operaciones corrientes se calcula. Por operaciones emitidas. Como un porcentaje de ventas reales. Por estimación directa. Aplicando módulos de la Orden Ministerial. En régimen simplificado, es deducible adicionalmente (difícil justificación): 2% de la cuota integral. 0,5% de la cuota devengada. No existe deducción adicional. 1 % de la cuota devengada. Están obligados a liquidar mensualmente, entre otros: Quienes tributan en módulos IRPF. Todos los autónomos. Quienes presentan modelo 111. Quienes superaron 6.010.121,04 € de volumen de operaciones. Se consideran bienes de inversión a efectos de IVA cuando su valor supere: 6.010,12€. 300,00€. 3.005,06€. 12.000,00€. Tipo superreducido (4%) se aplica, entre otros a: Flores y plantas vivas. Espectáculos taurinos. Pan, leche, huevos. Discotecas. En entregas intracomunitarias realizadas por empresario español: La operación está exenta en origen. Se repercute IVA español. Se aplica tipo superreducido. Se aplica recargo de equivalencia. En importaciones, el devengo del IVA se produce. Al cobro. En el despacho de aduanas, junto a los derechos de importación. En la entrega al cliente final. En la factura del proveedor. El devengo del IVA en entregas de bienes se produce: Al final del trimestre. Cuando se ponen a disposición los bienes. En la emisión de factura. En el cobro. Las operaciones exentas limitadas implican que el empresario: No repercute IVA y sí deduce soportado. No repercute IVA y no deduce soportado. Repercute IVA pero no deduce soportado. Repercute IVA y deduce soportado. ¿En qué año se implantó el IVA en España?. 1986. 1978. 2002. 1992. En recargo de equivalencia, respecto a bienes de inversión: Se repercute solo RE. No se repercute IVA. Se repercute doble RE. El proveedor no repercute RE. El resumen del IVA se presenta en el modelo: 190. 347. 349. 390. Tipo reducido (10%) se aplica, entre otros, a: Libros y periódicos digitales. Hostelería y transporte de viajeros. Alcoholes y tabaco. Medicamentos de uso humano. La autoliquidación del cuarto trimestre del 303 se presenta: Del 1 al 20 de enero. Del 1 al 30 de enero. Del 1 al 31 de marzo. Del 15 al 31 de diciembre. Los minoristas en recargo de equivalencia: Presentan modelo 303 mensual. No repercuten IVA en ventas. No liquidan IVA y no llevan libros de IVA. Deben repercutir RE a clientes. La deuda tributaria del IVA se calcula como: IVA soportado - IVA repercutido. IVA repercutido - IVA soportado. BI x TG - BI. Ingresos - Gastos. No se incluyen en la base imponible: Comisiones. Primas por prestaciones anticipadas. Envases reutilizables. Descuentos previos o simultáneos. ¿Qué ley regula fundamentalmente el IVA en España?. Ley 37/1992, de 28 de diciembre. Ley 27/2014, del impuesto sobre Sociedades. Ley 58/2003, General Tributaria. Real Decreto 1619/2012 de facturación. |




