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PRACTICA PENAL I

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Título del Test:
PRACTICA PENAL I

Descripción:
Test de 20 preguntas

Fecha de Creación: 2026/06/04

Categoría: Otros

Número Preguntas: 22

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El día 1 de marzo de 2015, un sujeto amenaza de manera leve a otro. Esta infracción tenía previsto, en el momento de su comisión, un plazo de prescripción de seis meses. Sin embargo, el día 1 de julio de 2015 entra en vigor una reforma del Código penal que establece para esa misma conducta punible un nuevo plazo de prescripción de un año. El 15 de septiembre de ese mismo año se inicia el procedimiento penal contra el autor de las amenazas. Si se aplicara la ley vigente en ese momento, el delito no se consideraría prescrito, pues no habría transcurrido un año desde la comisión de la infracción. Sin embargo, si se aplicara la ley que estaba en vigor en el momento de la comisión de la infracción, esta ya habría prescrito. ¿Qué plazo de prescripción habría que aplicar al autor de este delito de amenazas leves?: La de un año, pues la prescripción no tiene naturaleza penal, y, por lo tanto, no resulta de aplicación el principio de retroactividad de la ley penal más favorable. La de 6 meses, pues la prescripción tiene naturaleza penal, y, por lo tanto, resulta de aplicación el principio de retroactividad de la ley penal más favorable. Quedaría a criterio del propio tribunal, que podría aplicar cualquiera de las dos, una vez oídas las partes. Quedaría a criterio de las partes, ya que, como señala el art. 2.2 CP, en caso de du-da sobre la determinación de la Ley más favorable, estas serán oídas.

Brigitte, ciudadana extranjera que lleva varios días en España, es sorprendida cultivando en su terraza cuatro plantas de cannabis grandes que superan la cantidad para poder ser considerado autoconsumo. Brigitte alega que en su país dicha conducta está despenalizada y que desconocía que en España era constitutiva de delito. El tribunal aprecia un error de prohibición vencible. ¿Cuál es la consecuencia jurídica de dicho error?: Brigitte quedará exenta de responsabilidad penal, pues actuó creyendo que su conducta era lícita. Se aplicará la pena prevista para el delito rebajada en uno o dos grados. Se sustituirá la pena de prisión por una medida de internamiento terapéutico. Se aplicará la pena del delito doloso íntegramente, dado que el error de prohibición solo tiene relevancia cuando es invencible.

Felipe quiere matar a Gema, para quedarse con su puesto de trabajo. Con tal finalidad le prepara una bebida con veneno de alta dosis letal y se la deja en la mesa de trabajo de Gema. Gema, al notar un olor extraño, desecha la bebida sin ingerirla. ¿Cómo ha de calificarse la conducta de Felipe?: Tentativa acabada de homicidio, pues Felipe realizó todos los actos ejecutivos necesarios para producir el resultado. Tentativa inacabada de homicidio, pues Felipe no consiguió el resultado previsto. Conspiración para cometer delito de homicidio. Desistimiento inacabado de delito de homicidio.

Eloísa proporciona a Fermín la única copia de la llave de una caja fuerte que contiene joyas valoradas en 200.000 €, sabiendo que Fermín pretende apoderarse de ellas. Sin esa llave, Fermín no habría podido abrir la caja y apoderarse de las joyas tal como hizo. ¿Cómo debería calificarse la participación de Eloísa?. Autora mediata, porque sin su aportación el delito no se habría podido cometer. Cómplice, porque la aportación de Eloísa no fue imprescindible en sentido estricto. Cooperadora necesaria, pues realizó una aportación al delito ejecutado por Fermín sin la cual el delito no se habría podido ejecutar tal y como fue planeado. Inductora, porque entregó los medios materiales que dieron origen al plan delictivo de Fermín.

Juan está cumpliendo condena de 10 años de prisión por un delito contra la libertad sexual del artículo 181.2 CP. ¿Puede acceder Juan al tercer grado antes del cumplimiento de la mitad de la condena (periodo de seguridad)?: Sí, pues el requisito de tener cumplida la mitad de la condena para el acceso al tercer grado (periodo de seguridad) sólo se aplica a determinados delitos, entre los que no se incluye el cometido por Juan. En principio no, salvo que concurra pronóstico individualizado favorable a su reinserción, se proponga el acceso por parte de la Junta de Tratamiento y se apruebe por el Juez de Vigilancia Penitenciaria. No, en este tipo de delito no se puede acceder en ningún caso al tercer grado (ni antes ni después del cumplimiento de la mitad de la condena). No, en este caso, sólo podrá acceder al tercer grado una vez cumplida la mitad de la condena (el periodo de seguridad).

6.- El día 1 de enero de 2020, Paco detiene de manera ilegal a Pedro y lo encierra en un caserío que se encuentra alejado del núcleo urbano. Pedro, tras un mes de encierro, convence a Paco para que le libere, bajo promesa de que no denunciará jamás los hechos a las autoridades. Finalmente, Paco accede y libera a Pedro el 1 de febrero de 2020. A pesar de su promesa, el 15 de enero de 2030, rememorando todo lo sufrido durante el encierro, Pedro termina denunciando los hechos a la Guardia Civil y al día siguiente se dicta resolución judicial motivada en la que se atribuye a Paco su presunta participación en un delito de detención ilegal. ¿Tendría Paco responsabilidad penal por la detención ilegal?: No, ya que el delito habría prescrito al haber transcurrido más de 10 años desde el momento de su consumación. No, ya que el cómputo del plazo para la prescripción comienza en el mismo momento en que Pedro es privado de libertad, y ya han transcurrido los 10 años que establece el Código Penal para la prescripción de este delito. Sí, ya que, aunque han transcurrido más de 10 años desde el momento en que Pedro fue privado de libertad, estamos ante un delito de efectos permanentes en el que los plazos de prescripción comienzan a contarse desde el día en que cesa la situación antijurídica cuando se le libera -. Sí, ya que, aunque han transcurrido más de 10 años desde el momento en el que Pedro es privado de libertad, el plazo de prescripción en este tipo de delitos contra las personas se suspende hasta el mismo momento en que la víctima denuncia los he-chos.

Marisa es condenada como autora de un delito de robo con violencia consumado. El tribunal aprecia dos circunstancias agravantes genéricas y ninguna atenuante. El marco penal abstracto del delito es de 2 a 5 años de prisión. ¿Cuál sería el marco penal concreto que debería aplicarse a este caso?: De 2 a 5 años de prisión, ya que el tribunal podrá recorrer toda la extensión de la pena, desde el mínimo hasta el máximo. De 2 años a 3 años y 6 meses de prisión. De 3 años, 6 meses y un día a 5 años de prisión. De 5 años a 7 años y 6 meses de prisión.

Julián es condenado en una misma sentencia por cuatro delitos, con penas de 8, 6, 5 y 4 años de prisión respectivamente (total: 23 años). ¿Cuál será el máximo de cumplimiento efectivo que podrá cumplir Julián?. 23 años, que es la suma total de las penas impuestas. 24 años, equivalente al triple de la pena más grave. 20 años, ya que el triple de la pena más grave supera el límite general de 20 años, por lo que se aplica dicho límite. 16 años, equivalente al doble de la pena más grave.

Manuel, en un mes de julio caluroso en Badajoz, sale de su cortijo y prepara una hoguera entre unas piedras con la intención de hacer unas brasas para una barbacoa que celebrará a mediodía. Mientras se consumen los leños, Manuel se va a darle de comer al ganado y la hoguera comienza a generar chispas muy peligrosas (debido al viento y al calor extremo). Juan, su vecino, ve la hoguera, se acerca corriendo y la apa-ga, recriminando a Juan que el fuego estaba desatendido y con las altas temperaturas del verano era muy peligroso hacer brasas. Si Juan no hubiera intervenido a tiempo, las chispas hubiesen prendido en un rastrojo cercano y se hubiese provocado un incendio. ¿Puede Manuel ser castigado por tentativa de incendio imprudente?: Sí, porque creó un riesgo relevante para el bien jurídico. No, porque los delitos de incendio solo se castigan cuando se cometen de manera dolosa, no cuando se provocan por una imprudencia. Sí, pero únicamente como tentativa por imprudencia leve de delito de incendio. No, porque la tentativa no se castiga en los delitos imprudentes.

Luis, que se encuentra cumpliendo una pena de prisión, le pregunta a su abogado si le conviene solicitar la libertad condicional o si es mejor permanecer en tercer grado. Señala la respuesta incorrecta: La libertad condicional, después de la LO 1/2015, es más onerosa para las personas privadas de libertad que su versión anterior: puede alargar el tiempo bajo tutela administrativa y, en caso de revocación, implica la pérdida del tiempo pasado en libertad condicional. La libertad condicional, tras la reforma llevada a cabo por la LO 1/2015, supone la suspensión de la condena. Por ello, conviene en todo caso acceder a la misma, ya que nunca puede ser revocada. Tras la LO 1/2015, la libertad condicional deja de ser tiempo de cumplimiento de condena. Esto es, la pena privativa de libertad que se está cumpliendo se suspende y, en caso de revocación, el tiempo en libertad condicional no se considera tiempo de condena cumplido. La libertad condicional puede incluir reglas de conducta que se han de cumplir durante su concesión.

Eladio obtiene la suspensión de la ejecución de una pena de 18 meses de prisión por un plazo de 2 años. Ocho meses después de concedérsele la suspensión, comete un nuevo delito doloso y es condenado por él, en firme, cuando aún quedan 4 meses para que expire el plazo de suspensión. ¿Qué sucederá con su previa pena de prisión suspendida?: La suspensión se mantiene, pues Eladio ya había cumplido más de la mitad del plazo cuando delinquió, y había superado el periodo de seguridad. El juez revocará la suspensión solo si el plazo de prisión de la nueva pena impuesta supera la que fue suspendida. El juez revocará la suspensión cuando la condena por el nuevo delito cometido durante el periodo de suspensión ponga de manifiesto que la expectativa en la que se fundaba la decisión de suspensión adoptada ya no puede ser mantenida. La suspensión ya concedida no puede ser revocada con posterioridad, pues tiene efecto de cosa juzgada.

Mariano, cansado de que el perro de su vecino orinase todos los días en la puerta del negocio que regentaba, decide dar muerte al can, para lo que, un día determinado, deja unas salchichas con alfileres justo a la hora en la que cada día pasaba por su lo-cal. Sin embargo, unos minutos antes pasa otro perro que ingiere las salchichas, lo que le produce unas lesiones que terminan causándole la muerte. ¿Qué responsabilidad penal cabe atribuir a Mariano por su conducta?. Mariano será autor responsable de un delito imprudente contra los animales domésticos, por la muerte del can, en concurso ideal con ese mismo delito en grado de tentativa con respecto al perro de su vecino. Mariano será autor responsable de un delito doloso contra los animales domésticos, por la muerte del can, en concurso real con ese mismo delito en grado de tentativa con respecto al perro de su vecino. Mariano será autor responsable de un único delito doloso contra los animales domésticos, por la muerte del can, pues a pesar de que no tenía la intención de matar a ese perro concreto, sí quería y consiguió matar a un animal doméstico, que es lo que protege el tipo penal en cuestión. La conducta de Mariano es impune, por lo que, en su caso, responderá en vía civil por la muerte del can, ya que no tenía intención de matar a ese perro concreto y, con respecto al perro de su vecino, el tipo penal no admite la modalidad imprudente, como tampoco admite la tentativa.

Mario fue condenado a prisión permanente revisable por la comisión de un único asesinato. El hecho no está relacionado con el terrorismo, ni con la criminalidad organizada. Como regla general, cuándo podrá acceder Mario al tercer grado penitenciario?: En cualquier momento a partir de que empiece a cumplir la pena, incluso desde el inicio. Cuando haya cumplido 20 años de condena. Cuando haya cumplido 15 años de condena. Cuando haya cumplido 8 años de condena.

Cayo, ciudadano español, cometió un delito de robo con violencia en Ecuador. El delito de robo con violencia también está tipificado en el Código Penal de Ecuador. Ca-yo regresó a España y, tras localizarlo, una de las víctimas interpuso una querella contra Cayo en los tribunales españoles. ¿Serían competentes los tribunales españoles para aplicar la ley española a Cayo, aunque haya cometido el delito en el extranjero?: No, en ningún caso. Sí, pues concurren todos los requisitos para aplicar el principio de protección real de intereses. Sí, pues concurren todos los requisitos para aplicar el principio de jurisdicción universal. Sí, pues concurren todos los requisitos para aplicar el principio de personalidad activa.

Juan quiere que Lucía se apodere de unos documentos estratégicos de la empresa en la que trabaja. Para ello, queda con Lucía y le ofrece una gran cantidad de dinero por hacerlo. Lucía, que nunca había pensado en cometer el delito, acepta cometer el delito pues necesita el dinero para comprarse una casa. Una noche, Lucía se apodera de los documentos secretos y se los entrega a Juan. ¿En qué calidad han cometido el delito de apoderamiento de secreto Lucía y Juan?. Juan sería autor y Lucía cooperadora necesaria. Juan es autor mediato y Lucía no tendrá responsabilidad penal, pues es utilizada como un instrumento. Juan sería inductor y Lucía autora. Juan sería cooperador necesario y Lucía autora.

La empresa FARMEX S.A., dedicada a la distribución de medicamentos, es investigada por un presunto delito de cohecho. Un empleado del departamento comercial ofreció pagos irregulares a médicos de la Seguridad Social para que prescribiesen sus productos, actuando en nombre de la sociedad y con la finalidad de incrementar su facturación. ¿Qué debe acreditar la acusación para que prospere la responsabilidad penal de la persona jurídica por esta vía de imputación?: Únicamente que el empleado cometió el delito, sin necesidad de probar ningún incumplimiento de los deberes de supervisión, pues la responsabilidad de la persona jurídica es objetiva cuando el delito lo comete un empleado. Que los administradores conocían personalmente la conducta del empleado y la toleraron, no bastando la mera imprudencia en la supervisión. Que los administradores de FARMEX S.A incumplieron gravemente los deberes de supervisión, vigilancia y control sobre la actividad del empleado, y que dicho incumplimiento fue el que posibilitó la comisión del delito en beneficio de la entidad. Que el empleado ha actuado eludiendo fraudulentamente las medidas de supervisión y control que la empresa había establecido para la prevención de los delitos de cohecho.

INVERSIONES ATLANTICO S.A. es investigada por blanqueo de capitales. Duran-te la instrucción se acredita que la persona física responsable del blanqueo, que dirigía el esquema delictivo, ha fallecido, sin que haya podido ser formalmente imputada ni juzgada. La sociedad alega que no puede ser condenada penalmente al no existir condena previa ni simultánea de persona física alguna. ¿Es correcta dicha alegación?: Sí, porque la responsabilidad penal de la persona jurídica es siempre accesoria a la de la persona física, de modo que sin condena de esta última no puede existir aquella. No, porque el Código Penal permite condenar a la persona jurídica, aunque no sea posible dirigir el procedimiento contra la persona física autora del hecho, entre otros supuestos, por haber fallecido esta, siempre que se acredite que el delito tuvo que cometerse por quien ostentase los cargos o funciones previstos en el art. 31 bis 1 CP. Sí, porque sin identificación de la persona física autora del delito no existe hecho punible sobre el que fundar la responsabilidad de la persona jurídica. Dependerá del delito, pues algunos tipos delictivos no necesitan tener autor para imputar responsabilidad penal a los partícipes. En este caso concreto, la alegación es incorrecta pues el blanqueo de capitales es, por definición, un delito automático, que no ha de ser cometido por ninguna persona física para generar responsabilidad penal a terceros.

Lucía es juzgada por un delito de estafa. Su defensa alega la atenuante de dilaciones indebidas, acreditando que el procedimiento estuvo paralizado durante ocho meses en una primera fase, y durante otros siete meses en una segunda fase. La paralización se debió a que Lucía se encontraba, voluntariamente, en paradero desconocido (al haber ocultado dolosamente su domicilio de notificación y no haber nombrado representación procesal), por lo que no pudo serle notificado ni el auto de transformación ni el de apertura de juicio oral durante un tiempo. El Ministerio Fiscal se opone a la aplicación de la atenuante. ¿Procedería apreciar la atenuante de conformidad con la regulación del Código Penal?: No procede en ningún caso, porque ninguno de los períodos de paralización individualmente considerados supera el año, umbral mínimo exigido para la atenuante sim-ple en el Código Penal. Procede la atenuante simple, pues el procedimiento estuvo paralizado y es lo único que exige el Código Penal. No procede porque la dilación indebida, según su regulación en el Código Penal, so-lo se aplica a los delitos contra las personas, no a los delitos contra el patrimonio, que, por su complejidad, suelen ser más largos. No procede, pues la dilación indebida es atribuible a la propia inculpada, que al evitar dolosamente ser notificada durante un tiempo, consiguió dilatar el procedimiento.

Rodrigo, funcionario de la Agencia Tributaria, utiliza su acceso privilegiado a las bases de datos de la Administración -obtenido en el ejercicio de su cargo- para recabar información fiscal confidencial de varios empresarios y, a continuación, extorsionarles amenazándoles con filtrar dichos datos si no le abonan determinadas cantidades de dinero. ¿Qué agravante le sería aplicable?. La de actuar con abuso de confianza. La de actuar por precio, recompensa o promesa. La de prevalimiento del carácter público. La de alevosía.

Mario, al momento de cometer un delito, se encuentra en un estado de inimputabilidad por un estado de intoxicación plena que, previa y dolosamente, él mismo se había provocado para llevar a cabo el delito en ese estado. ¿Qué teoría se aplica para que se le pueda imputar responsabilidad penal por ese hecho a Mario?: La actio libera in causa. La prohibición de regreso. El principio del libre albedrío. El principio de nemo tenetur.

El administrador de Tau S.A. cometió un delito de estafa de inversores del artículo 282 bis CP. La empresa no tenía implantado ningún plan de prevención y supervisión de riesgos penales ni de compliance. Parte de los beneficios obtenidos fueron reinvertidos en la empresa. ¿Qué tipo de responsabilidad tendría Tau S.A?: Ninguna, pues el delito de estafa de inversores (art.282 bis CP) no provoca la responsabilidad penal de la persona jurídica. Únicamente tendría responsabilidad civil, pero no penal, pues el delito de estafa de inversores (art. 282 bis CP) no provoca la responsabilidad penal de la persona jurídica. Tendría responsabilidad penal y tendría también la condición de responsable civil di-recto por los daños causados por el delito cometido. Sería únicamente responsable civil subsidiario ex artículo 120.4 CP, ya que el delito cometido no provoca la responsabilidad penal de la persona jurídica.

Kansky, ciudadano rumano con residencia legal en España (durante 5 años previos a la comisión del delito), es condenado a tres años de prisión por un delito de robo con violencia. El tribunal, de oficio, examina la posibilidad de sustituir la pena por la ex-pulsión del territorio nacional. La acusación solicita que se acuerde la expulsión directa sin cumplimiento previo de pena alguna. ¿Cuál es la solución jurídicamente correcta?: Procede la expulsión directa sin necesidad de cumplimiento previo alguno, al ser un ciudadano extranjero condenado a una pena de prisión superior a un año. No procede la expulsión en ningún caso, pues Kansky ostenta residencia legal en España, lo que excluye la aplicación de la sustitución por expulsión. Como ciudadano de la Unión Europea, la expulsión solo procederá si representa una amenaza grave para el orden público o la seguridad pública, atendiendo al delito cometido y a sus circunstancias personales. Para que proceda la expulsión, debe aceptarla voluntariamente Kansky, al ser un privilegio que se aplica a los ciudadanos de la Unión Europea.

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