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PRACTICA PENAL III

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Título del Test:
PRACTICA PENAL III

Descripción:
Test de 20 preguntas

Fecha de Creación: 2026/06/10

Categoría: Otros

Número Preguntas: 22

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Cayo, ciudadano español, vive en Alemania. Cometió un delito de estafa en Alema-nia que produjo allí su resultado. ¿Tendrían jurisdicción los tribunales españoles para enjuiciar el delito de Cayo cometido en Alemania si la querella la interpone el perjudica-do en España?. No, porque en España rige el principio de territorialidad. Sí, pero condicionado a que el hecho cometido en Alemania sea punible en el lugar de ejecución y que Cayo no hubiese sido absuelto, indultado o penado en Alemania por los mismos hechos. Si, pero condicionado a que la víctima del delito fuese también española. En caso contrario la querella sería inadmitida. Sí, en aplicación del principio real o de interés del Estado español, contemplado en el art. 23.3 LOPJ.

Lucio cometió un delito de malversación de caudales públicos. Fue condenado a una pena de 5 años de prisión, valorándose el daño causado a la administración en 2 millones de €, responsabilidad civil a la que fue condenado como autor del delito. Lucio comenzó a cumplir su condena. Tras ello, se modifica el Código Penal y el marco penal abstracto del delito por el que fue condenado Lucio pasa a ser de 6 meses a 1 año. Cuando entró en vigor la reforma del Código Penal, Lucio ya había cumplido 2 años de prisión. ¿Qué efecto tendría en el cumplimiento de la condena de Lucio?. Ninguno, pues al ser la condena firme y estar cumpliendo la pena, no se le podría aplicar la reforma del Código Penal, aunque le favorezca. Deberá ser puesto en libertad, ya que la reforma retroactiva del Código Penal le be-neficia y ya ha cumplido el plazo máximo de prisión que se contempla para el delito. Podrá solicitar su puesta en libertad, pero esta no podrá ser concedida hasta que haya pagado la responsabilidad civil derivada del delito. Si no la paga, no se podrá be-neficiar de los efectos favorable de la nueva ley penal. Dependerá del informe de la Junta de Tratamiento del centro penitenciario. Si es po-sitivo, se le podrá aplicar de manera retroactiva la ley penal. Si es negativo, se seguirá aplicando el Código Penal vigente al momento de los hechos.

Cayo fue condenado como autor de un delito de detención ilegal a una pena de 5 años de prisión. Ingresó en un centro penitenciario y comenzó a cumplir la condena. Tras varios años, consigue su primer permiso penitenciario de fin de semana. Cayo salió de permiso pero nunca regresó, pues se fugó a Gambia. Cayo se pregunta ¿cuándo comienza a computar el plazo de la prescripción de la pena?. Nunca, pues las penas por la comisión de delitos permanentes, como el de deten-ción ilegal, no prescriben. Desde la fecha en que la pena adquirió firmeza y comenzó a cumplir la condena. Desde la fecha del quebrantamiento de la condena. Desde el día que se consumó el delito.

Lucio cometió un delito de lesiones agravadas. En el juicio quedó probado que en el momento de los hechos estaba aquejado de una enfermedad mental que le impedía conocer lo que hacía y actuar conforme dicha comprensión. En la sentencia se le de-claró inimputable. ¿Qué consecuencias jurídicas se le podrían imponer a Lucio en la sentencia?. Se le podrán aplicar solo determinadas penas dado su estado de inimputabilidad como la multa y la inhabilitación. Únicamente se le podrán aplicar medidas de seguridad, dado su estado probado de inimputabilidad. Se podrán aplicar conjuntamente penas y medidas de seguridad. No se le puede aplicar ninguna consecuencia jurídica, ni una pena ni una medida de seguridad.

Mario fue condenado a la pena de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo por tiempo de 10 años. Mario se acerca a su despacho y le pregunta de específicamente qué efecto tiene dicha condena: Se le priva del derecho de ejercer el voto en las elecciones generales, autonómicas o locales. Se le priva del derecho de ser elegido para cualquier cargo electivos públicos mien-tras dure la condena. Supone la pérdida del cargo electivo que el condenado disfrutase, y la imposibilidad de presentarse a su elección en un futuro. Se le priva del derecho de intervenir públicamente en las elecciones, aunque no se presente como candidato.

Cayo fue condenado a una pena de multa de 4 meses, con una cuota diaria de 6 € al día. ¿Qué importe deberá pagar Cayo?. 720. 240. 120. 1040.

Lucio fue condenado a una pena de 10 años de prisión. Tras 8 años de cumplimien-to se le concede la libertad condicional, con un plazo de suspensión de la pena de 2 años. No obstante, tras un año de libertad condicional, Lucio incumple de manera reite-rada las condicione que se le impusieron y vuelve a delinquir. El juez considera que ya no se puede mantener el pronóstico de baja peligrosidad y revoca la concesión de la li-bertad condicional. ¿Qué efecto tendrá la revocación para el cumplimiento de la conde-na?. Que se deberá ejecutar la parte pendiente de cumplimiento, por lo que Lucio deberá ingresar en prisión y cumplir los dos años de prisión que fueron suspendidos. Que se deberá ejecutar la parte pendiente de cumplimiento, descontado el tiempo que cumplió las condiciones, por lo que Lucio deberá ingresar en prisión y cumplir el año en prisión que le queda pendiente. Que se deberá ejecutar la pena pendiente de cumplimiento, incrementada en un ter-cio derivado del incumplimiento de la suspensión. Tendrá efecto pecuniario, pues se impondrá una multa a Lucio, pero una vez conce-dida la libertad ya no se puede revocar pues tiene naturaleza de cosa juzgada.

Pedro es cómplice de un delito consumado de homicidio doloso, delito que tiene prevista una pena principal de prisión de 10 a 15 años. Concurre en la persona de Pedro una atenuante simple. ¿Cuál de las siguientes penas principales se podría imponer a Pedro teniendo en cuenta las reglas de determinación de la pena previstas en el vi-gente Código penal?: 11 años de prisión. 6 años de prisión. 9 años de prisión. 8 años de prisión.

Juan, Pedro y Manuel quedan durante tres noches seguidas en un bar del centro para reflexionar sobre la posibilidad de cometer un robo en la empresa en la que traba-jan. Saben que se mueve mucho efectivo y podrían realizar el robo de un modo relati-vamente fácil y seguro. Durante esos días valoran los pros y contras, pero finalmente deciden no cometer el delito y desisten de seguir adelante. ¿Esta conducta es penal-mente relevante?. Sí, pues es constitutiva de un acto preparatorio de provocación para cometer robo. No. Sí, pues es constitutiva de un acto preparatorio de proposición para cometer robo. Sí, pues es constitutiva de una tentativa de conspiración para cometer robo.

Luis, de 17 años de edad, quiere trabajar como actor en una película pornográfica porque pagan muy bien. Consciente de que no le contratarán por su minoría de edad, asegura a Mario, productor de la película, que tiene 19 años. Mario le exige el DNI a Luis para cerciorarse de que sea mayor de edad y Luis le entrega uno falsificado de gran calidad. Mario, una vez convencido de la mayoría de edad del actor, rueda con él la película. El art. 189 CP castiga la elaboración de material pornográfico en que apa-rezcan menores de edad, algo que conoce Mario. En la conducta de Mario se puede identificar: Un error de tipo invencible. Un error de tipo vencible. Un error de prohibición esencial. Un error de prohibición vencible.

Cayo mantiene una vieja rencilla con Mario por la venta de unos corderos. Una tarde, Cayo coincide en el bar del pueblo con Mario. Cayo se acerca y le dice que es un ladrón y que como no le pague, le va a dar una paliza (lo que se entiende como una provocación suficiente valorada ex ante). Mario enfurecido lanza un puñetazo a Cayo. Este lo esquiva y para defenderse le da una patada en la entrepierna de Mario, que cae al suelo dolorido. La patada le provocó a Mario una lesión leve en la zona inguinal. ¿Se le debería aplicar a Cayo la legítima defensa?. No, porque provocó previamente a Mario, de manera que no puede aplicarse ni co-mo eximente completa, ni incompleta, aunque concurran los demás elementos. Sí, la legítima defensa completa que eximiría a Cayo de responsabilidad penal, ya que concurren tanto los elementos esenciales como los no esenciales de la legítima de-fensa. Sí, pero solo como causa de justificación incompleta, al faltar un elemento no esen-cial. En este caso se atenuaría la pena de Cayo. No, porque en estos casos solo caben eximentes incompletas basadas en la inexigi-bilidad de la conducta conforme a derecho.

Lucio pretende atracar la joyería de su primo Mario, pero quiere evitar que lo reco-nozcan. Para llevar a cabo la acción se compra una peluca, gafas oscuras y una barba de pega. Una tarde se pone el atuendo y se dirige a realizar el atraco. Cuando lo está llevando a cabo, la barba le comienza a producir alergia y estornuda varias veces, per-diendo la peluca y las gafas. En ese momento Mario le reconoce y Lucio sale huyendo sin el botín. Mario se pregunta si le sería aplicable a Lucio la agravante de uso del dis-fraz: No, pues a pesar de haberlo utilizado ha sido reconocido, por lo que no ha sido efec-tivo. Sí, ya que es una circunstancia agravante de tendencia, donde lo determinante es que desde una perspectiva ex ante la consecución del objetivo no aparezca como ab-solutamente improbable. No, porque esta agravante exige que el rostro se tape completamente y solo se vean los ojos. No, porque el robo no se consumó, por lo que no puede aplicarse esta agravante en un delito cometido en grado de tentativa.

Juan es juzgado por un delito grave de lesiones tras agredir violentamente a un transeúnte. Durante el proceso judicial, el tribunal cuenta con informes psiquiátricos que indican que Juan sufre un trastorno mental que afecta gravemente a su capacidad de controlar impulsos agresivos, y los expertos consideran que existe una alta probabi-lidad de que vuelva a cometer un delito similar en el futuro. El tribunal debe ahora deci-dir qué consecuencia jurídica imponer. Teniendo en cuenta los informes periciales y la peligrosidad de Juan, el tribunal debería: Aun cuando Juan resultase absuelto por considerar que no hubo prueba suficiente para declararle autor, imponer una medida de internamiento en un centro psiquiátrico, para prevenir que como sujeto peligroso cometa un delito en el futuro, por ser predeci-ble. Condenarle únicamente a una pena de prisión para castigar el delito cometido. Imponer una medida de internamiento en un centro psiquiátrico, para tratar su condi-ción mental y prevenir futuras conductas delictivas. El internamiento no podrá exceder del tiempo que habría durado la pena privativa de libertad, si hubiera sido declarado responsable el sujeto. Imponer una pena de prisión y, al finalizar la condena, el internamiento en un centro psiquiátrico. Ello porque es previsible que en el futuro cometa un delito.

Rosa ha sido condenada a prisión permanente revisable por haber matado a su hi-jo recién nacido. Dado que se trata de una pena cuya duración no está determinada, duda de cuándo podrá acceder a los permisos penitenciarios y al tercer grado. La norma penal no prevé la posibilidad de acceso a permisos o tercer grado en rela-ción a la pena de prisión permanente revisable. Han de transcurrir 8 y 15 años para poder acceder a permisos y tercer grado, res-pectivamente. La pena ha de transformarse, si se dan los requisitos para ello, en una pena deter-minada. Sólo entonces se aplicarán los cómputos habituales para el acceso a los per-misos y el tercer grado. Los permisos y el tercer grado sólo serán posibles una vez transcurran 20 años des-de la fecha de la sentencia.

Juan desea matar a Julio, pero quiere hacerlo de un modo que tienda especial-mente a asegurar el resultado, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa del ofendido. Juan se plantea cometer el delito: Con ensañamiento. Con alevosía. Con abuso de superioridad. Con prevalencia.

Luis y José son policías nacionales. Han detenido a un peligroso miembro de una banda criminal. Lo llevan a los calabozos y allí, con la intención de sacarle información, lo someten a torturas físicas. Ambos no sabían que todo eso se estaba grabando, por lo que se inicia un procedimiento penal por tortura y lesiones. ¿Quiénes serían civil-mente responsables por los daños causados, en caso de ser condenados?. Únicamente serán responsables civiles Luis y José, ya que toda persona criminal-mente responsable de un delito lo es también civilmente si del hecho se derivaren da-ños o perjuicios. Si son dos o más los responsables de un delito los jueces o tribunales señalarán la cuota de que deba responder cada uno. Luis y José serán responsables civiles directos, y el Estado (como administración pública) será responsable civil subsidiario. Serán responsables civiles directos tanto Luis, José y el Estado (como administra-ción pública). El Estado (como administración pública) será responsable civil directo del delito со-metido por sus funcionarios. Luis y José serán responsables civiles subsidiarios.

¿Qué elemento NO representa un criterio de imputación de la persona jurídica, ex artículo 31.bis b) CP, cuando el delito lo comete un empleado de una empresa?. Que el delito se haya cometido en el ejercicio de actividades sociales. Que el delito se haya cometido por cuenta y en beneficio directo o indirecto de la persona jurídica. Que los hechos se hayan podido realizar por haberse incumplido gravemente por los representantes de la persona jurídica los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad atendidas las concretas circunstancias del caso. Que el delito sea doloso, pues la comisión de delitos imprudentes no provoca la res-ponsabilidad penal de la persona jurídica.

18.- En la empresa Martirio S.A se han cometido por parte de su administrador varios delitos fiscales respecto del impuesto de sociedades y de IVA. La empresa cambia de administrador y establece, antes del comienzo del juicio oral, medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que en el futuro pudieran cometerse con los medios o bajo la cobertura de la persona jurídica. ¿Qué efecto podría tener esa medida en la pe-na de la persona jurídica?. Ninguna, ya que el delito se ha cometido por la inexistencia de las medidas de pre-vención de delitos. Agravante, pues la empresa reconoce expresamente que no tenía medidas de pre-vención adecuadas, por lo que se impone la pena en su mitad superior. Atenuante, pues está expresamente contemplada como una circunstancia atenuante de la responsabilidad penal de la persona jurídica. Como una eximente post delictiva. La implantación del plan de prevención de delitos impediría que la persona jurídica fuese condenada.

Cayo quiere acabar con la vida de su anciano tío, para cobrar su herencia. Para ello, vierte un veneno en la sopa que le lleva para la cena. Esa noche, se reúne con su tío y le sirve la sopa en el plato. No obstante, antes de que su tío pruebe la sopa, arre-pentido por su actuación, da un manotazo al plato y tira la sopa al suelo. ¿Tendría res-ponsabilidad penal Cayo por esa conducta?. Sí, sería responsable de una tentativa de asesinato, ya que la acción ya ha comen-zado. Sí, sería responsable del acto preparatorio del homicidio, por lo que la pena se im-pondría en la inferior en grado. No, pues ha desistido voluntariamente del delito de asesinato. Sí, sería responsable como autor de una tentativa relativamente inidónea del delito de asesinato y la pena se atenuaría en 2 grados.

Lucas es el ingeniero que ha diseñado las medidas de seguridad que tiene un banco. Su novia María lo sabe y le pide su ayuda para atracar el banco. Lucas debe darle todos los planos y medidas de seguridad para que puedan llevar a cabo el robo sin que salten las alarmas. Lucas accede y les aporta todos los datos necesarios para poder sortear el sistema de seguridad, pero les deja claro que el no intervendrá en los hechos. Llegado el día, se lleva a cabo el robo de manera exitosa. Sin la aportación de Lucas, no se podría haber llevado a cabo el robo del modo en que se realizó pues aportó una información no accesible. ¿Cómo debería ser calificada la intervención de Lucas en el ámbito de la autoría y participación?. Lucas será coautor. Lucas será cómplice. Lucas será cooperador necesario. Lucas será autor mediato.

Juan consume a lo largo de una noche de fiesta alcohol y cocaína. Nunca lo había hecho anteriormente y desconoce los efectos de dicho consumo sobre su persona. Como resultado, pasa por momentos depresivos y otros puntuales de euforia que ha-cen que se acerque a Rubén con intención de acabar la noche juntos. Éste accede y van a casa de Juan. Una vez en su casa, después de haber mantenido relaciones se-xuales, Juan piensa que Rubén quiere hacerle daño y robarle. Presa de un estado mental paranoico provocado por el consumo previo, Juan golpea reiteradamente y con violencia inusitada a Rubén, hasta causarle la muerte. ¿Podría aplicarse a Juan la exi-mente (completa o incompleta) de intoxicación plena o lo impediría el principio actio li-bera in causa?. Sí, podría aplicarse, pues no era previsible el resultado que produjo la ingesta de al-cohol y droga. No, ya que Juan debió prever los efectos que el consumo de drogas iban a provocar en su organismo. Sí, se debe aplicar, ya que el principio actio libera in causa no tiene relación ni inter-fiere en la aplicación de la eximente de intoxicación plena. No se puede aplicar como eximente, sino como agravante del hecho, ya que cometió un delito contra las personas bajo el efecto de las drogas.

Según el vigente Código penal español, la responsabilidad personal subsidiaria por impago de la pena de multa no se impondrá a los condenados: A pena privativa de libertad superior a 5 años. A pena privativa de libertad superior a 4 años. A pena privativa de libertad superior a 3 años. A pena privativa de libertad, sea cual sea su duración.

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