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PRÁCTICA PROCESAL PENAL PARTE 3

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Título del Test:
PRÁCTICA PROCESAL PENAL PARTE 3

Descripción:
EXÁMENES AÑO 2025

Fecha de Creación: 2025/12/04

Categoría: Otros

Número Preguntas: 8

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Temario:

1. Las reformas del Código Penal se explican por muy diversas razones, entre las que se encuentran: a) La necesidad de adaptarse a la realidad social. b) La transposición de directivas europeas. c) La introducción de nuevas conductas delictivas ajustadas a los nuevos riesgos de lesión de bienes jurídicos surgidos por el desarrollo de la tecnología o el avance de la técnica. d) Todas son correctas.

2. La parte especial del Código Penal: a) Tipifica todas las conductas constitutivas de delito del ordenamiento jurídico. b) Solo tipifica las conductas constitutivas de delito que afecten a bienes jurídicos individuales y a determinados intereses del Estado. c) No tipifica todas las conductas constitutivas de delito del ordenamiento jurídico, pues existen leyes penales que contienen delitos específicos. d) Ninguna es correcta.

3. La teoría de los bienes jurídicos: a) El derecho solo se ocupa de los males jurídicos provocados por el delito, nunca de los bienes. b) Tiene como principal defensor a FRIEDMAN. c) Ha supuesto abandonar como fundamento del Derecho Penal actual, otras concepciones que se basan en la religión, la moral social, las ideologías o el sentimiento. d) Está determinado y claramente especificado el bien jurídico protegido.

4. El denominado punitivismo se presenta como: a) Solución fácil o parcial a la resolución de grandes problemas sociales. b) El derecho de los ciudadanos a tomarse la justicia por su mano. c) La doctrina que defiende aplicar penas mayores. d) Ninguna de las respuestas es correcta.

5. En qué se fundamenta el principio de inherencia, recogido en el artículo 67 del CP. a) En el principio de legalidad. b) En el principio non bis in idem. c) En el principio de ofensividad. d) En el principio de culpabilidad.

6. La culpabilidad es: a) Un juicio de reproche objetivo. b) Un juicio de reproche individual. c) Un juicio de reproche colectivo. d) Ninguna de las respuestas es correcta.

7. ¿Qué define la coautoría en el CP español según el artículo 28?. a) La realización conjunta del hecho, lo que implica que todos los coautores deben ejecutar todos los elementos materiales del tipo penal. b) La participación activa de cada individuo en la planificación del delito, sin que sea necesario que cada uno realice actos materiales delictivos. c) La ejecución individual de cada elemento del tipo penal por parte de los coautores aunque no haya acuerdo previo entre ellos. d) La implicación de al menos un individuo en el delito sin que se requiera la voluntad común de los particulares.

8 ¿En cuál de estos supuestos de exención de la responsabilidad criminal no procede aplicar una medida de seguridad?. a) Cuando el exento de responsabilidad criminal haya obrado impulsado por miedo insuperable. b) Cuando el exento de responsabilidad criminal, al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión. c) Cuando el exento de responsabilidad criminal, al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión. d) Cuando el exento de responsabilidad criminal, por sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la infancia tenga alterada gravemente la conciencia de la realidad.

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