Práctica relativa a los Derechos Fundamentales UNED
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() Práctica relativa a los Derechos Fundamentales UNED Descripción: Exámenes anteriores DDFF UNED |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
La incongruencia omisiva de una resolucion judicial es un reajuste entre las pretensiones formuladas por las partes y el fallo emitido que. Puede consistir en una defectuosa fundamentación juridica. Consiste en denegar una pretensión. No llega a vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva. Existe cuando el órgano judicial deja sin respuesta lo pretendido. El derecho fundamental a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa se aplica: En todos los procesos. Solo en los procesos penales. Solo en los procesos penales y los procedimientos administrativos sancionadores. Solo en los procesos penales y contenciosos administrativos. La indefensión material que causa la inadmision o inejecución de una prueba... Ha de ser justificada y acreditada por quien aduce vulneración de su derecho fundamental a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa. Ha de ser indagada de oficio por el órgano judicial. Basta con que sea argumentada por el recurrente. No es requisito indispensable para apreciar que se ha vulnerado el derecho fundamental a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa. Para entender vulnerado el derecho fundamental a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa: Basta presentar la prueba en la forma y momento oportunos. Basta justificar indefensión material. Es preciso que la práctica de la prueba pretendida no se haya frustrado por causas imputables a quien alega la vulneración. Basta que el medio de prueba esté autorizado por el ordenamiento. Para que se satisfaga el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE): Basta que la resolucion judicial sea motivada. Basta que la resolucion judicial sea motivada y fundada en Derecho. Si el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE) se presenta en conexión con otro derecho fundamental el deber de motivación es más riguroso. Basta que la resolución judicial no incurra en error patente. Para justificar que una resolucion se basa en un error que técnicamente se pueda calificar como error patente, es decir, error que hace que la resolucion no sea fundada en derecho, sino vulnerado del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE) debemos argumentar: Basta justificar que se trata de un error fáctico (no jurídico). Basta justificar que se trata de un error fáctico (no jurídico) y que es inmediatamente verificable de forma incontrovertible a partir de las actuaciones judiciales. Que se trata de un error fáctico (no jurídico), que es inmediatamente verificable de forma incontrovertible a partir de las actuaciones judiciales, que es determinante (fundamento único o básico) de la decisión y que produce efectos negativos en la esfera juridica del ciudadano. Que se trata de un error fáctico (no juridico) que es inmediatamente verificable de forma incontrovertible a partír de las actuaciones judiciales y que es determinante (fundamento único o básico) de la decisión. El principio de intagibilidad de las resoluciones judiciales firmes: Deriva del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE). Permite revisar las resoluciones judiciales definitivas y firmes que no se ajusten a la legalidad. Impide modificar las resoluciones definitivas y firmes incluso en los supuestos taxativamente previstos en la ley. No se incluye entre los derechos susceptibles de amparo ante el TC. El derecho a ser informado de la acusación incluye el derecho a conocer: La relación exhaustiva de los hechos objeto de acusación. Solamente los hechos relevantes y esenciales para efectuar la calificación jurídica. Los hechos relevantes y esenciales para la calificación juridica, esta última y la sanción que se propone. Los hechos relevantes y esenciales para la calificación juridica y esta última. El TEDH, con base en el artículo 1 del Protocolo Adicional de Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH): Protege solo la propiedad de personas físicas. Protege la propiedad de personas físicas y de personas jurídicas. Protege solo la propiedad de personas jurídicas. No protege la propiedad. El juez ordinario predeterminado por ley debe ser determinado: En una ley en sentido estricto. En ley o decreto-ley. En una ley orgánica necesariamente. Con discrecionalidad gubernativa, si así lo permite la ley. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha constatado que un Estado parte del Convenio para la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales, hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950, ha vulnerado un derecho amparado por dicho Convenio Europeo y así lo declara en sentencia definitiva. Señale la respuesta correcta en relación a la ejecución de dicha sentencia: La sentencia será ejecutada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, siendo la Gran Sala la que tomará las oportunas medidas que sea preciso adoptar para la ejecución. El Estado parte habrá de acatar dicha sentencia, que será transmitida al Comité de Ministros del consejo de Europa, y este comité de ministros velará por su ejecución. La sentencia será ejecutada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, siendo un Comité de Jueces el órgano que tomará las oportunas medidas que sea preciso adoptar para la ejecución. La sentencia será ejecutada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, siendo la Gran Sala la que tomará las oportunas medidas que sea preciso adoptar para la ejecución y si contiene la concesión al perjudicado de una satisfacción equitativa esta última podrá ser ejecutada directamente por un Comité de Jueces. El Juzgado de lo C-A nº1 de Madrid decide plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Indique cuál es el procedimiento a seguir. Deberá hacerlo de conformidad con el procedimiento previsto para el planteamiento de una cuestion de inconstitucionalidad. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión. Europea, los órganos que conozcan asuntos en primera instancia no están facultados para planea cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Deberá hacerlo de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y, en todo caso, mediante auto, previa audiencia de las partes y del Ministerio Fiscal. Deberá hacerlo de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y en todo caso, mediante auto, previa audiencia de las partes. Berta, abogada, ejerce la defensa de una clienta ante la Audiencia Provincial de Alicante. Durante la tramitación del procedimiento se ha discutido el sentido de una norma del Derecho de la Unión Europea que la Audiencia Provincial debe aplicar par resolver adecuadamente este litigio. ¿Puede plantear la Audiencia Provincial una cuestion prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea?. Sí, puesto que cualquier órgano jurisdiccional de un Estado miembro está legitimado para hacerlo. No, puesto que solo aquellos órganos jurisdiccionales de un Estado miembro cuyas decisiones no sean susceptibles de ulterior recurso judicial de Derecho interno tienen legitimación para plantear cuestiones prejudiciales. No, puesto que solo el Tribunal Supremo está legitimado para plantear cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. No, porque solo están legitimados los particulares, personas físicas o jurídicas que, por haber sufrido un perjuicio, tengan interés legítimo en dicha interposición. Verónica quiere comprender mejor la estructura del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y realiza una consulta. Señale la afirmación correcta: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comprenderá el Tribunal de Justicia, el Tribunal de la Función Publica y los tribunales especializados. El Tribunal de Justicia estará compuesto por un juez por estado miembro. Estará asistido por abogados generales. El Tribunal de Justicia de la unión Europea comprenderá el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y, en su caso, los tribunales especializados. El Tribunal de Justicia estará compuesto por un juez por Estado miembro. Estará asistido por abogados generales. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comprenderá el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados. El Tribunal de Justicia estará compuesto por un juez por estado miembro. Estará asistido por abogados y fiscales. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comprenderá el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados. El Tribunal de Justicia estará compuesto por un juez por cada 2 Estados miembros. Estará asistido por abogados generales. Adolfo quiere conocer si puede pedir la responsabilidad patrimonial del Estado español por el incumplimiento del Derecho de la Unión Europea. Conforme a la sentencia del tribunal de justicia de 19 de noviembre de 1991, Francovich, asuntos acumulados C-6/90 y 9/90, para que se origine la responsabilidad de un Estado miembro por la no adopción de todas las medidas necesarias para conseguir el resultado prescrito por una Directiva: Se requiere un requisito. "El único requisito es que el resultado prescrito por la Directiva implique la atribución de derechos a favor de los particulares.". Se requiere un requisito. "El único requisito es que exista relación de causalidad entre el incumplimiento de la obligación que incumbe al Estado y el daño sufrido por las personas afectadas.". Se requieren 2 requisitos. "El primero de estos requisitos es que la Directiva sea clara. El segundo requisito es que exista una relación entre el incumplimiento de la obligación que incumbe al Estado y el daño sufrido por las personas afectadas.". Se requieren 3 requisitos. "El primero de estos requisitos es que el resultado prescrito por la Directiva implique la atribución de derechos a favor de particulares. El segundo requisito es que el contenido de estos derechos Leda ser identificado basándose en la disposiciones de la Directiva. Por último, el tercer requisito es que exista una relación de causalidad entre el incumplimiento de la obligación que incumbe al Estado y el daño sufrido por las personas afectadas. La atribución de competencias prevista en el artículo 93 de la Constitución Española: Permite la atribución de la titularidad de algunas competencias a la Unión Europea. Permite la atribucion del ejercicio de algunas competencias a la Unión Europea. No permite la atribución ni de la titularidad ni del ejercicio de competencias a la Unión Europea. No prevé la posibilidad de atribución de competencias a la Unión Europea, pero sí de cederlas por un periodo temporal de 2 años prorrogable. Las limitaciones a los derechos y libertades reconocidos en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea: Debe ser establecida por ley y respetar el contenido esencial de los derechos y libertades. Debe ser establecida por ley pero hay garantía de protección del contenido esencial en el Derecho de la Unión. Debe ser establecida necesariamente en una disposición general por las instituciones europeas, respetando el contenido esencial. Debe ser autorizada con carácter previo por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Julio desconoce si la Unión Europea puede adherirse al Convenio de Derechos Humanos. De conformidad con lo previsto en el artículo 6.2 del Tratado de la Unión Europea, señale la respuesta correcta: La Unión Europea forma parte, ex Tratado, del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, dado que todos los estados miembros lo han ratificado. La Unión Europea puede, si así lo decide, adherirse al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. La Unión Europea se adherirá al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales. La Unión Europea se adherirá en el plazo de 20 años al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos humanos y de las libertades fundamentales. La opinion consultiva prevista en el Protocolo nº 16 del CEDH. Tiene carácter vinculante y el tribunal nacional que haya planteado la consulta deberá resolver el asunto conforme a la opinión emitida por el TEDH. Tiene carácter vinculante para todos los tribunales nacionales de los Estados parte, que deberán resolver los casos en los que sea aplicable de conformidad con la opinión consultiva emitida por el TEDH. Carece de efectos vinculantes, sin perjuicio de que pueda tener influencia y el tribunal nacional que la solicito la aplique salvo que sea contraria al ordenamiento jurídico. Carece de efectos vinculantes y no debe tener ninguna influencia en la resolucion del asunto por parte del tribunal nacional que la planteó. En la relación con la ejecución de las sentencias del TEDH, señale la respuesta correcta: Corresponde a la Comisión Europea velar por el cumplimiento y ejecución de las sentencias. Corresponde a los Estados parte en el Convenio velar por el cumplimiento y ejecución de las sentencias. Corresponde al Comité de Ministros velar por la ejecución de las sentencias. Corresponde a la Fiscalía Superior de Derechos Humanos velar por la ejecución de sentencias. El derecho a no autoincriminarse: No se incluye en la constitución. No implica que la declaración del acusado tenga que ser voluntaria. Incluye un derecho absoluto a guardar silencio ante preguntas sobre los hechos en que se basa una acusación. Exige, que el imputado, tan pronto como el procedimiento se dirija contra él, sea informado de sus derechos y en particular de su derecho a no prestar declaración contra sí mismo y a no confesar su culpabilidad. Los derechos contenidos en la Carta se interpretarán: Los derechos fundamentados en artículos de los Tratados se ejercerán en las condiciones y dentro de los límites determinados por estos (artículo 52.2 CDFUE). Los derechos fundamentados en artículos de los Tratados se ejercerán en las condiciones establecidas en la Carta, prevaleciendo sobre los límites determinados por aquellos (artículo 52.2 CDFUE). Los derechos fundamentales en artículos de los Tratados se ejercerán en las condiciones determinadas por estos salvo en caso de conflicto con la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión (artículo 52.2 CDFUE). Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Una sentencia que no contesta en su fundamentación juridica a una alegación de la demanda que, de ser atendida, podría haber determinado un fallo distinto,. Vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE) por defectuosa motivación. Presenta una incongruencia omisiva. Vulnera el derecho de acceso a la justicia. No vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE). El derecho fundamental a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa corresponde: Solo al demandante y al querellante. Solo al demandante y al acusado. A todas las partes en un proceso. No corresponde a la acusación particular. Para que pueda considerar vulnerado el derecho fundamental a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa es necesario que la inadmision o inejecución de una prueba se refiera a una (prueba): Que se haya propuesto en la forma y momento legalmente establecidos, que no se haya denegado motivando razonablemente, que sea decisiva en términos de defensa, que la desestimación de la pretensión se base en la ausencia de prueba que precisamente se pretendía y que la vulneración se denuncie en la primera oportunidad procesal. Basta que la vulneración del derecho fundamental a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa se denuncie en la primera oportunidad procesal. Basta que la prueba propuesta sea decisiva en términos de defensa. Basta justificar y acreditar indefensión material. Se considera que una prueba es pertinente: Si es presentada en el momento oportuno. Si es ejecutada en el momento oportuno. Si tiene relación con el objeto del juicio y con lo que ha de decidir el órgano judicial. Si la presenta una parte del proceso. Si una resolución judicial es "arbitraria, manifiestamente irrazonada o irrazonable". Está incursa en error patente. Debe tener motivación reforzada. Puede considerarse, no obstante, aplicación de la legalidad. No es una resolucion fundada en Derecho y por tanto, vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE). El incidente de nulidad de actuaciones previo al recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional: Procede solo en el orden jurisdiccional civil. Procede solo en los órdenes penal y contencioso-administrativo. Procede solo en los órdenes civil y penal. Es común a todos los órdenes jurisdiccionales. El principio pro actione es aplicable cuando lo que se discute es: El derecho de acceso a la jurisdicción o el derecho al recurso. El derecho de acceso a la jurisdicción, pero no el derecho al recurso. El derecho a la tutela judicial efectiva. El derecho a utilizar los medios de prueba precedentes para la defensa. Una resolución judicial basada en la aplicación de una ley derogada: Vulnera la legalidad ordinaria, pero no un derecho fundamental. Vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva. Vulnera la ley en vigor, pero no la Constitución. Vulnera la ley que derogó la ley aplicada, pero no un derecho fundamental. El derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE) incluye: Solo el derecho de acceso a la jurisdicción. Solo el derecho de acceso a los recursos legales. Solo el derecho a una resolución judicial fundada en Derecho. El derecho a que los fallos judiciales se cumplan "en sus propios términos". El derecho al juez ordinario predeterminado por la ley: Se refiere solo a la jurisdicción competente. Se refiere solo al órgano judicial competente. Se refiere solo a lo indicado en los apartados a y b. Alcanza también a la composición personal del órgano judicial. En el caso de que los derechos contenidos en la Carta están contenidos tambien en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, se interpretarán... Con el sentido y alcance equivalente, sin que impida que el DUE conceda una protección más reducida o extensa, constituyendo el CEDH un estándar medio de protección (artículo 52.3 y 53 CDFUE). Con un sentido y alcance superior, debiendo el DUE conceder una protección más extensa (artículo 52.3 y 53 CDFUE). Con el sentido y alcance equivalente, sin que impida que el DUE conceda una protección mas reducida si fuera necesario, constituyendo el CEDH un estándar máximo de protección (artículo 52.3 y 53 CDFUE). Con el sentido y alcance equivalente, sin que impida que el DUE conceda una protección más extensa, constituyendo el CEDH un mínimo estándar de protección (artículos 52.3 y 53 CDFUE). Conforme a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia: Para garantizar la tutela judicial efectiva resulta primordial preservar la independencia de los órganos jurisdiccionales. La independencia de los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros no es una cuestión que tenga relevancia desde el punto de vista del Derecho de la Unión Europea. Para garantizar la tutela judicial efectiva el nombramiento de los órganos jurisdiccionales nacionales debe ser aprobado por la Unión europea. Para garantizar la tutela judicial efectiva el nombramiento de los órganos jurisdiccionales nacionales debe ser aprobado por el Consejo de Europa. En el desempeño de su misión, el Defensor del Pueblo: Llevará a cabo las investigaciones que la mande la Comisión europea, salvo que los hechos alegados sean o hayan sido objeto de un procedimiento jurisdiccional. Llevará a cabo las investigaciones que considere justificadas. Llevará a cabo las investigaciones que considere justificadas, bien por iniciativa propia, bien sobre la base de las reclamaciones recibidas directamente o a través de un miembro de la Comisión Europea, salvo que los hechos alegados sean o hayan sido objeto de un procedimiento jurisdiccional. Llevará a cabo las investigaciones que considere justificadas, bien por iniciativa propia, bien sobre la base de las reclamaciones recibidas directamente o a través de un miembro del Parlamento europeo, salvo que los hechos alegados sean o hayan sido objeto de un procedimiento jurisdiccional. De acuerdo con lo previsto en el artículo 267 TFUE, el Tribunal de Justicia de la UE es competente para pronunciarse: Sobre la validez e interpretación de los Tratados y de los actos adoptados por las instituciones, órganos u organismos de la Unión. Sobre la interpretación de los tratados y sobre la validez e interpretación de los actos adoptados por las instituciones, órganos u organismos de la Unión. Sobre la validez e interpretación únicamente de los tratados. Sobre la validez e interpretación únicamente de los actos adoptados por las instituciones, órganos u organismos de la Unión. Los litigios entre la Unión y sus agentes: Son competencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, dentro de los límites y en las condiciones establecidas en el Estatuto de los funcionarios de la Unión y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión. Son competencia exclusiva del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sin limitación, conforme a lo previsto en el Estatuto de los funcionarios de la Unión, y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión. Son competencia con carácter general, de los tribunales nacionales del Estado donde el agente resida, conforme a lo previsto en el Estatuto de los funcionarios de la Unión y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión. Son competencia, con carácter general, de los tribunales nacionales donde tenga la sede la institución, órgano u organismo para la que trabaje el funcionario, conforme a lo previsto en el Estatuto de los funcionarios de la unión, y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión. Las funciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea son: De carácter general sobre cualquier cuestión que afecte al Derecho de la Unión Europea. Son funciones de atribución, no generales, y por tanto, no tiene competencias residuales o inherentes. Son funciones de atribución, pero tiene competencia residual en materia comunitaria. Son funciones de atribución, no generales, pero tiene competencias inherentes para resolver los litigios en los que intervenga la Unión. En materia de Política Exterior y de Seguridad Común, el TJUE: Tiene control con carácter general, si bien hay excepciones previstas en el artículo 275 TFUE. No tiene control con carácter general, si bien hay excepciones previstas en el artículo 275 TFUE, ya que somete a su control únicamente las medidas y los procedimientos de la PESC para que no invadan competencias fuera de la misma. No tiene control con carácter general, si bien hay excepciones previstas en el artículo 275 TFUE, ya que somete a su control únicamente los recursos de anulación de particulares contra decisiones en materia de PESC que establezcan medidas restrictivas de sus derechos. No tiene control con carácter general, si bien hay excepciones previstas en el artículo 275 TFUE, ya que somete a su control las medidas y los procedimientos de la PESC, para que no invadan competencias fuera de la misma; así como sobre los recursos de anulación de particulares contra decisiones en materia de PESC que establezcan medidas restrictivas de sus derechos. Elena tiene dudas sobre si puede recurrir un acto de una institución de la Unión Europea. A efectos de poder ayudarle, ¿cuál de las siguientes afirmaciones cree que describe correctamente la legitimación activa de los particulares según el artículo 263.4 TFUE?. Los particulares pueden impugnar directamente ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los actos de las instituciones órganos u organismos de la Unión Europea, si son actos reglamentarios que les afecten directa e individualmente. Los particulares solo pueden impugnar ante el TJUE los actos de las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea si han agotado previamente todas las vías de recurso administrativo disponibles a nivel nacional. Los particulares pueden impugnar los actos de los que sean destinatarios o que les afecten directa e individualmente y contra los actos reglamentarios que la afectan directamente y que no incluyan medidas de ejecución. Los particulares tienen la capacidad de impugnar ante el TJUE los actos de las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea si tienen un interés suficientemente directo e individual en la anulación de dicho acto, independientemente de su naturaleza. Yolanda, joven procuradora de los tribunales, quiere especializarse en Derecho de la Unión Europea. ¿Podría indicarle qué Tribunales integran el sistema judicial de la Unión Europea?. El Tribunal General de la Unión europea y los tribunales especializados. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal de 1 Instancia de la Unión Europea. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal General de la Unión Europea y el Tribunal Europeo de Derechos humanos. El Tribunal General de la Unión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y en su caso, los tribunales especializados. Alfonso, procurador de los tribunales ejerciente en Valencia, sabe que son diversos los recurso y procedimientos judiciales que pueden seguirse ante el TJUE, y que podrían servir para tutelar derechos y libertades, pero,¿cuáles de estos recursos tienen por objeto controlar la legalidad de las actuaciones (y no actuaciones) de las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea?. Recurso de anulación y recurso por incumplimiento. Recurso de incumplimiento y recurso de omisión. Recurso de anulación y recurso por omisión. Cuestión prejudicial y recurso por omisión. El derecho a no autoincriminarse, es decir, a no confesarse culpable y a no declarar contra sí mismo (artículo 24.2 CE): Determina la inconstitucionalidad del deber de someterse a la prueba de alcoholemia. Es compatible con el deber de someterse a la prueba de alcoholemia. Determina la inconstitucionalidad del deber de colaboración que se impone al obligado tributario de proporcionar a la Administración los datos, informes, antecedentes y justificantes que tengan relación con el hecho imponible. Determina la inconstitucionalidad del deber del propietario de un vehículo de identificar al conductor responsable de la infracción cometida con su vehículo. De acuerdo con el Convenio para la Protección de los derechos y de las libertades fundamentales, hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es cierta sobre la legitimación para presentar demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos?. Solo tienen legitimación las personas físicas individuales que hayan sido víctimas de una violación de sus derechos. Un Estado firmante del Convenio no podrá demandar ante el Tribunal a otro Estado firmante del Convenio por posibles incumplimientos de lo dispuesto en el Convenio y sus protocolos, pues en este caso, solo cabe establecer una negociación en el Comité de Ministros del Consejo de Europa. Las organizaciones no gubernamentales estañan expresamente excluidas de la posibilidad de interponer demanda ante el Tribunal. Las personas físicas, organizaciones no gubernamentales, o grupos de particulares que se consideren víctimas de una violación pueden presentar demanda ante el Tribunal. Los Estados firmantes del Convenio tambien pueden presentar demanda por los incumplimientos que consideren que pueden ser imputados a otros estados firmantes. |