LPMQLP
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Título del Test:
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1)-El Narcotráfico que constituye?. Una Empresa ilegal globalizada que se dedica al cultivo, fabricación, distribución, venta, control de mercados y lavado de activos relacionados con el consumo ilegal de drogas, promoción, favorecimiento, mantenimiento y compra de voluntades. Una Empresa legal globalizada que se dedica cuidado del cultivo, fabricación, distribución, venta, control de mercados y lavado de activos relacionados con el consumo ilegal de drogas, promoción, favorecimiento, mantenimiento y compra de voluntades. Una Empresa ilegal globalizada que se dedica al favorecimiento, mantenimiento y compra de estupefacientes. Ninguna. Que se disputan estas Organizaciones Internacionales?. El control del país, del consumo de estupefacientes y la obtención de beneficios económicos que les garanticen estabilidad a sus organizaciones mediante sobornos o connivencias, controlando medios de comunicación masivos, lavado de activos. El control del mercado global del consumo de estupefacientes y la obtención de beneficios económicos que les garanticen estabilidad a sus organizaciones mediante sobornos o connivencias, controlando medios de comunicación masivos, lavado de activos. Ninguna. El control del mercado provincial del consumo de estupefacientes y la obtención de beneficios económicos que les garanticen estabilidad a sus organizaciones mediante sobornos o connivencias, controlando medios de comunicación masivos, lavado de activos. Como expande su poder el Narcotráfico en la población?. Estableciendo el comercio de estupefacientes. Con la modalidad de Narcomenudeo o Microtráfico (último eslabón: producción, transporte, distribución, etc). Con la participación de la población. Ninguna. Diga que sanciono el Estado Argentino en el año 2005? ¿En qué radica el cambio?. La Ley 26.052, modificando sustancialmente la Ley de Estupefacientes N°23.737. En la Desfederalización de la competencia material para la investigación, conocimiento y juzgamiento de determinadas acciones típicas. Todas son correctas. Ninguna. En el año 2023, ¿qué asumió la Provincia de Santa Fe?. Asumió la competencia para juzgar los delitos de estupefacientes. Ninguna. La competencia para juzgar e investigar los delitos de microtráfico de estupefacientes. Asumió la competencia para juzgar e investigar los delitos de microtráfico y medicamentos. El sistema federal de gobierno que rige en nuestro país, que determina?. Que por su imperio de lo normado en el Art. Inc.12 de nuestra Constitución Nacional, las Provincias han delegado una serie de facultades en la administración central, reservándose todo el poder no delegado al gobierno federal (art. 120 C.N.) siendo entre ellos el dictado de códigos de procedimientos. Que por su imperio de lo normado en el Art. Inc.10 de nuestra Constitución Nacional, las Provincias han delegado una serie de facultades en la administración central, reservándose todo el poder no delegado al gobierno provincial (art. 12 C.N.) siendo entre ellos el dictado de códigos de procedimientos. Que por su imperio de lo normado en el Art. Inc.12 de nuestra Constitución Nacional, las Provincias han delegado una serie de facultades en la administración central, reservándose todo el poder no delegado al gobierno federal (art. 121 C.N.) siendo entre ellos el dictado de códigos de procedimientos. Ninguno. Que reviste la competencia federal?. Que por su imperio de lo normado en el Art. Inc.12 de nuestra Constitución Nacional, las Provincias han delegado una serie de facultades en la administración central. El carácter de excepcional (no solo intervenir en casos en que las Provincias expresamente lo hayan delegado a la Nación) debiendo estar expresa taxativamente contemplado en la norma, siendo así mismo inalterable e improrrogable. Se encuentra normado en el Art. 116 de la C.N. Ninguna. Donde se encuentra normado la COMPETENCIA FEDERAL?. Se encuentra normado en el Art. 115 de la C.N. Art. 32 del C.P.P. de la Nación y en las leyes complementarias. Se encuentra normado en el Art. 116 de la C.N. Art. 33 del C.P.P. de la Nación y en las leyes complementarias. Ninguna. Se encuentra normado en el Art. 114 de la C.N. Art. 31 del C.P.P. de la Nación y en las leyes complementarias. Diga que establece el Art. 33 del C.P.P. de la Nación: el Juez Federal concederá: a)-Los cometidos en el mar, a bordo de buques nacionales o piratas, ciudadanos o extranjeros b)-Los cometidos en aguas, islas o puertos arg. c)-Los cometidos en territorio de la capital. a)-Los cometidos en el mar, a bordo de buques nacionales o piratas, ciudadanos o extranjeros b)-Los cometidos en aguas, islas o puertos arg. c)-Los cometidos en territorio de la capital o en el de las provincias, o en violación de las leyes nacionales, como son todos aquellos que ofendan la soberanía y seguridad de la Nación, o defraudación de sus rentas, y corrompan el buen servicio de los empleados d)-Los de toda especie que se cometan en lugares o establecimientos donde el gobierno nacional tenga absoluta y exclusiva jurisdicción, con excepción de aquellos que por esta ley quedan sometidos a la jurisdicción ordinaria de los jueces de instrucción de la Capital. a)-Los cometidos en el domicilio, a bordo de buques nacionales o piratas, ciudadanos o extranjeros. Tanto la Ley N°20.771 y sucesora Ley 23.737 que establecía?. Que los delitos eran de competencia de la justicia provincial (art. 12 y 33) ello justificado en la naturaleza interprovincial del delito de narcotráfico y por entender que tales conductas afectaban, directa o indirectamente a la seguridad del Estado Nacional y sus instituciones. Que los delitos allí tipificados eran de competencia de la justicia federal (art. 11 y 34) ello justificado en la naturaleza interprovincial del delito de narcotráfico y por entender que tales conductas afectaban, directa o indirectamente a la seguridad del Estado Nacional y sus instituciones. Que los delitos allí tipificados eran de competencia de la justicia federal (art. 1 y 3) ello justificado en la naturaleza interprovincial del delito de menudeo y por entender que tales conductas afectaban, directa o indirectamente a la seguridad del Estado Nacional y sus instituciones. Ninguna. Con la sanción de la Ley Nacional de “Desfederalizacion” N°26.052, qué se modifica?. El Art. 34 de la Ley N°23.737. El Art. 35 de la Ley N°23.730. El Art. 3 de la Ley N°14.239. Ninguna. Con la sanción de la Ley Nacional de “Desfederalizacion” N°26.052, ¿que se modifica y que se establece?. El Art. 34 de la Ley N°23.700. Se establece la competencia provincial y de la ciudad autónoma de Buenos Aires para la investigación y sanción de determinados delitos vinculados al tráfico de estupefacientes en condiciones determinadas. El Art. 34 de la Ley N°23.737. Se establece la competencia provincial y de la ciudad autónoma de Buenos Aires para la investigación y sanción de determinados delitos vinculados al tráfico de estupefacientes en condiciones determinadas. El Art. 38 de la Ley N°23.737. Se establece la competencia federal y de la ciudad autónoma de Buenos Aires para la investigación y sanción de determinados delitos vinculados al tráfico de estupefacientes en condiciones determinadas. ¿Al ser el régimen penal de estupefacientes de carácter federal, la competencia de la justicia ordinaria en que caso será aplicable?. En los casos no previstos, pudiendo extenderse analógicamente o mediante la utilización de otro criterio interpretativo flexible para asumir la competencia en supuestos no tipificados. En los casos expresamente previstos, no pudiendo extenderse analógicamente o mediante la utilización de otro criterio interpretativo flexible para asumir la competencia en supuestos no tipificados. Pudiendo extenderse analógicamente o mediante la utilización de otro criterio interpretativo flexible para asumir la competencia en supuestos no tipificados. Ninguno. ¿Cuáles son los delitos que pueden ser investigados por la Justicia Provincial (Art. 2, Ley 26.052)?. 1)-Art. 5 Inc. c) y e) cuando se comercie, entregue, suministre o facilite estupefaciente fraccionados en dosis destinadas directamente al consumidor. Se establece la figura de “comercio” (incluida tenencia con fines de comercialización), “Entrega”, “Suministro” o Facilitamiento” de estupefacientes o de plantas o semillas. 2)-Art. 5°penultimo párrafo. Regula la tenencia de estupefacientes para consumo personal. 3)-Artículo 5° Último párrafo. Regula la entrega, suministro o facilitación ocasional y a título gratuito, que cuando por su escasa y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que es para uso personal de quien lo recepta. 4)-Art. 14. Tenencia Simple de Estupefacientes. 5)-ART. 29. Falsificación de recetas médicas. 6)-Art. 204-204 bis-204 ter y 204 quater del Código Penal. Suministro infiel o ilegal de medicamentos. Suministro imprudente de medicamentos. Producción o fabricación no autorizada de medicamentos Inobservancia de los deberes de control y vigilancia de establecimientos destinados a la producción y expendio de las sustancias medicinales. Todas son correctas. Ninguna. PRINCIPIO DE “PRIMACIA FEDERAL: Que establece la Ley N°26.052 en sus Art. 3 y 4?. el principio de Primacía Federal, otorgando preeminencia a la justicia provincial en cuanto a la intervención en casos de conexidad (objetiva), durante el trámite ante el superior de los conflictos de competencia, y en los casos dudosos (lagunas normativas o zonas grises). El principio de Primacía Federal, otorgando preeminencia a la justicia federal en cuanto a la intervención en casos de conexidad (objetiva/subjetiva), durante el trámite ante el superior de los conflictos de competencia, y en los casos dudosos (lagunas normativas o zonas grises). El principio Provincial, otorgando preeminencia a la justicia provincial en cuanto a la intervención en casos de conexidad (objetiva/subjetiva), durante el trámite ante el superior de los conflictos de competencia, y en los casos dudosos (lagunas normativas o zonas grises). Ninguna. Que establece el Art. 3 de la Ley N°26.052?. Establece en su primera parte que: “Sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 34 de la ley 23.737 y sus modificatorias, conocerá la justicia federal cuando la causa tuviere conexidad subjetiva y/u sus modificatorias, conocerá la justicia federal cuando la causa tuviere conexidad subjetiva y/u objetiva con otra sustanciada en dicho fuero. Establece en su primera parte que: “Sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 34 de la ley 23.737 y sus modificatorias, será la justicia provincial cuando la causa tuviere conexidad subjetiva y/u sus modificatorias, conocerá la justicia federal cuando la causa tuviere conexidad subjetiva y/u objetiva con otra sustanciada en dicho fuero. Ninguna. Cuando existe CONEXIDAD SUBJETIVA? De un ejemplo: Cuando se le imputa más de un delito en concurso real. Se deben unificar ante el fuero provincial una de las causas que posea una persona por infracción a la ley N°23.737. *Ejemplo: Proceder a la detención de una persona por venta al menudeo de estupefacientes, y al cotejar la información, el Fiscal responsable del MPA anoticie de que el sujeto posee una causa en trámite de la misma naturaleza (infracción a la ley N° 23.737) en la Justicia Federal. Cuando a una persona se le imputa más de un delito en concurso real. Se deben unificar ante el fuero federal todas las causas que posea una persona por infracción a la ley N°23.737. *Ejemplo: Proceder a la detención de una persona por venta al menudeo de estupefacientes, y al cotejar la información, el Fiscal responsable del MPA anoticie de que el sujeto posee una causa en trámite de la misma naturaleza (infracción a la ley N° 23.737) en la Justicia Federal. Ninguna. Existe CONEXIDAD OBJETIVA cuando: Los delitos imputados se afirmarán cometidos simultáneamente por varias personas reunidas o en distintos lugares de tiempo mediando acuerdo entre ellos. (sujeto-detenido-venta al menudeo en vivienda o kiosco luego de una inv a cargo de la Justicia Prov.). Cuando un delito se afirmará cometido para perpetrar otro, facilitar su comisión o procurar para si o para otra persona su provecho o impunidad. Cuando un delito se afirmará cometido para perpetrar otro, felicitar su comisión o procurar para si o para otra persona su provecho o impunidad. (sujeto-detenido-por la justicia provincial por delito detenencia con fines de comercialización, advirtiéndole luego que se encuentra con una investigación ante la justicia federal por el delito de Confabulación u organización de Estupefacientes). Todas son correctas. Ninguna. CONFLICTO DE COMPETENCIA: Diga que establece en su última parte el Art. 3 de la Ley N°26.052?. Establece en su segunda parte …cuando se genere una contienda de competencia, la investigación quedará a cargo de la justicia federal hasta que se resuelva dicha cuestión. Establece en su última parte …cuando se genere una contienda de competencia, la investigación quedará a cargo de la justicia federal hasta que se resuelva dicha cuestión: En este caso, hasta que el superior común (Corte Suprema de Justicia de la Nación) resuelva dicho conflicto, la causa deberá tramitar ante el fuero federal…. Ninguna. Establece en su primera …cuando se genere una contienda de competencia, la investigación quedará a cargo de la justicia federal hasta que se resuelva dicha cuestión: En este caso, hasta que el superior común (Corte Suprema de Justicia de la Nación) resuelva dicho conflicto, la causa deberá tramitar ante el fuero federal…. Duda: En caso de duda sobre la competencia que prevalecerá?. Prevalecerá la Justicia Federal (Ar. 4, Ley N°14.239). Prevalecerá la Justicia Federal (Ar. 4, Ley N°12.304). Prevalecerá la Justicia Federal (Ar. 4, Ley N°23.737). Prevalecerá la Justicia Federal (Ar. 4, Ley N°26.052). A que debe obedecer la duda?. A la evidencia recolectada y no a la intuición o conjetura del encargado de ejecutar la persecución penal, como así tampoco en la mera declaración del imputado. A razones objetivas fundadas en la evidencia recolectada y no a la intuición o conjetura del encargado de ejecutar la persecución penal, como así tampoco en la mera declaración del imputado. A razones subjetivas fundadas en la evidencia recolectada y no a la intuición o conjetura del encargado de ejecutar la persecución penal, como así en la mera declaración del imputado. A razones fundadas en la evidencia y no a la intuición o conjetura del encargado de ejecutar la persecución penal, como así tampoco en la mera declaración del imputado. TIPOS DE PENALES COMPRENDIDOS EN LA LEY DE MICROTRAFICO (Art. 34 Ley N°23.737) Delitos de Tenencias: Que presentan los Delitos relacionados a la Tenencia de estupefacientes?. Requiere tener poder de adquisición. Presentan un hecho común que justamente es el hecho de tener o poseer material estupefaciente. Presentan un hecho común que justamente es el hecho de tener o poseer mercadería. Que es un Estupefaciente?. El Art. 773 del Código Penal que el termino Estupefacientes comprende los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias susceptibles de producir dependencia, que se incluyan en las listas que se elaboren y actualicen periódicamente por decreto del Poder Ejecutivo Nacional. El Art. 77 del Código Procesar Penal que el termino Estupefacientes comprende los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias susceptibles de producir dependencia física o psíquica, que se incluyan en las listas que se elaboren y actualicen periódicamente por decreto del Poder Ejecutivo Nacional. Ninguna. A que hace mención el Art. 560/19 Anexo l y ll, que incluye?. En consonancia con la normativa internacional una lista de 1 sustancia, que se agrega a las ya dispuestas por el Anexo l del anterior Decreto N°852/26. En consonancia con la normativa internacional una lista de 134 sustancias, que se agregan a las ya dispuestas por el Anexo l del anterior Decreto N°852/19. Ninguna. Que dice el ART. 14, LEY N°23.737?. Que será reprimido con prisión de 1 a 2 años y multa de trecientos a seis mil australes el que tuviere en su poder estupefacientes. La pena será de 1 mes a 0 años de prisión, sugiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal. Que será reprimido con prisión de uno a seis años y multa de trecientos a seis mil australes el que tuviere en su poder estupefacientes. La pena será de 1 mes a 2 años de prisión, sugiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal. La normativa citada ut-supra regula 2 modalidades de tenencia. Si la posesión tuvo por finalidad inequívoca la ingesta personal sino estuvo destinada al consumo. Diga como es el Criterio de Política Criminal: Es simple, las sustancias de estupefacientes, de conformidad a las previsiones de Art. 77 C.P. y que se encuentren comprendidas en el Dcto 772/15, son tenencia ilícita, por comprender estas una cosa peligrosa por si misma y en consecuencia su posesión es reprimida jurídico penalmente. Es simple, las sustancias de estupefacientes, de conformidad a las previsiones de Art. 77 C.P. y que se encuentren comprendidas en el Dcto 772/26, son tenencia lícita, por comprender estas una cosa peligrosa por si misma y en consecuencia su posesión es reprimida jurídico penalmente. Es simple, las sustancias de estupefacientes, de conformidad a las previsiones de Art. 79 C.P. y que se encuentren comprendidas en el Dcto 77/15, son tenencia lícita, por comprender estas una cosa peligrosa por si misma y en consecuencia su posesión es reprimida jurídico penalmente. Ninguna. Que regula en su primer párrafo el tipo penal “Tenencia Simple”?. La figura típica no reprime con pena privativa de libertad y multa a aquella persona que tuviere en su poder estupefacientes. La figura típica reprime con pena privativa de libertad y multa a aquella persona que tuviere en su poder estupefacientes. La figura típica reprime con pena privativa de libertad y multa de 10 mil a aquella persona que tuviere en su poder estupefacientes. La figura típica reprime con pena privativa de libertad y multa a aquella persona que tuviere en su poder estupefacientes. Que pasa cuando en el curso de la Investigación no se ha comprobado la finalidad del comercio de estupefacientes ni consumo personal?. Debe estarse a la figura de TENENCIA SIMPLE prevista en el Art. 1 de la Ley 14.239. Debe estarse a la figura de TENENCIA SIMPLE prevista en el Art. 10 de la Ley 12.304. Debe estarse a la figura de TENENCIA SIMPLE prevista en el Art. 14 de la Ley 12.521. Debe estarse a la figura de TENENCIA SIMPLE prevista en el Art. 14 de la Ley 23.737. Ninguna. Como en la mayoría de las Investigaciones que es lo que se trata de verificar?. La consumación de un ilícito La evidencia recabada. Cantidad de droga secuestrada La forma en que se encontró acondicionada (distribuida en dosis). La idoneidad toxicológica Presencia de otros elementos (balanza de precisión). Identificación de la persona responsable. Todas son correctas. Ninguna. TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES PARA CONSUMO PERSONAL (ART. 14, 2°P.) ¿Que prevé el Art. 14, 2° Párrafo?. Todas son correctas. Una figura atenuada de la tenencia simple, reduciendo la pena conminada en abstracto entre 1 mes a 2 años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que la tenencia es para consumo personal. Una figura de la tenencia simple, reduciendo la pena conminada en abstracto entre 1 mes a 4 años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que la tenencia es para consumo personal. Una figura atenuada, reduciendo la pena conminada en abstracto entre 1 día a 2 días de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que la tenencia es para consumo personal. Ninguna. Que es lo que debemos tener en cuenta? De un ejemplo: Una figura atenuada de la tenencia simple, reduciendo la pena conminada en abstracto entre 1 mes a 2 años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que la tenencia es para consumo personal. Una figura simple, reduciendo la pena conminada en abstracto entre 1 mes a 3 años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que la tenencia es para consumo personal. Una figura atenuada de la tenencia simple, con la pena conminada en abstracto entre 1 mes a 10 años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que la tenencia es para consumo personal. Ninguna. EL PRINCIPIO DE RESERVA Y LA NO AFECTACION A LA ESFERA DE TERCERAS PERSONAS (FALLO ARRIOLA-C.S.J.N.) a)-En que radica la cuestión acerca de la constitucionalidad de la norma?. Radica en la potestad del Estado para reprimir la tenencia para consumo personal, reprime el principio de reserva regulado en el Art. 18 de la C.N. Radica en la potestad del Estado para reprimir la tenencia para consumo del personal, sin reprimir el principio de reserva regulado en el Art. 12 de la C.N. Radica en la potestad del Estado para reprimir la tenencia para consumo personal, sin reprimir el principio de reserva regulado en el Art. 19 de la C.N. Todas son correctas. Ninguna. Cual es la postura de Tribunal Supremo sobre la despenalización de la Tenencia de Estupefacientes?. CASO COLAVINI (1978). CASO BAZTERRICA (1986). CASO ARRIOLA (2009). CASO MONTALVO (1990). NINGUNO. Describa la doctrina del fallo Arriola. En la medida en que invade la privacidad persona. Lo cierto es que, estando vigente el Art. 14, 2° párrafo de la Ley 23.737, la tenencia de estupefacientes para consumo personal en nuestro país sigue siendo penalizada. Su hallazgo constituye un delito de acción publica, y se sigue disponiendo de su secuestro e identificación, sin prejuicio de que, una vez judicializado el caso, se interprete la inconstitucionalidad de la normativa señalada bajo el precedente del caso Arriola. Con la reforma del año 2012, se incorporan los tratados internacionales en el Art. 7 Inc. 22, la CSJN declaró inconstitucional el Art. 14, 2° párrafo, de la Ley N°23.737, en cuanto incrimina la tenencia de estupefacientes para consumo personal que se realice en condiciones tales que no traigan aparejado un peligro concreto o un daño a derechos o bienes de terceros, en tales circunstancias, si se podría conculcar el Art. 19 de la C.N. Con la reforma del año 1994, se incorporan los tratados internacionales en el Art. 75 Inc. 22, la CSJN declaró inconstitucional el Art. 14, 2° párrafo, de la Ley N°23.737, en cuanto incrimina la tenencia de estupefacientes para consumo personal que se realice en condiciones tales que no traigan aparejado un peligro concreto o un daño a derechos o bienes de terceros, en tales circunstancias, si se podría conculcar el Art. 19 de la C.N. en la medida en que invade la libertad personal excluida de la autoridad de los órganos estatales. Lo cierto es que, estando vigente el Art. 14, 2° párrafo de la Ley 23.737, la tenencia de estupefacientes para consumo personal en nuestro país sigue siendo penalizada. Su hallazgo constituye un delito de acción publica, y se sigue disponiendo de su secuestro e identificación, sin prejuicio de que, una vez judicializado el caso, se interprete la inconstitucionalidad de la normativa señalada bajo el precedente del caso Arriola. Todas son correctas. Ninguna. Mencione que se aplica desde el año 2023 en Santa Fe y que cambio?. Desde finales de 2023, Santa Fe aplica la Ley Provincial N.º 14.239 de Desfederalización del Microtráfico, que permite a la justicia provincial investigar delitos de drogas. Bajo este marco, las autoridades han definido criterios claros: >Prioridad en la venta: El Ministerio Público de la Acusación (MPA) ha instruido a fiscales y policías para no perseguir el consumo personal. El enfoque total está puesto en el narcomenudeo y el derribo de búnkeres. >Cantidades escasas: Si una persona es hallada con una cantidad pequeña de sustancia (como cannabis o cocaína) y no hay indicios de comercialización, la policía no debe realizar detenciones. >Situación legal: A nivel nacional, la Ley 23.737 aún criminaliza la tenencia (Art. 14). Sin embargo, en Santa Fe se aplica la doctrina del Fallo Arriola de la Corte Suprema, que considera inconstitucional penar la tenencia para consumo en el ámbito privado sin afectar a terceros. Desde finales de 2026, Santa Fe aplica la Ley Provincial N.º 26.052 de Desfederalización del Narcomenudeo, que permite a la justicia provincial investigar delitos de drogas. Bajo este marco, las autoridades han definido criterios claros: >Prioridad en la venta: El Ministerio Público de la Acusación (MPA) ha instruido a fiscales y policías para no perseguir el consumo personal. El enfoque total está puesto en el narcomenudeo y el derribo de búnkeres. >Cantidades escasas: Si una persona es hallada con una cantidad pequeña de sustancia (como cannabis o cocaína) y no hay indicios de comercialización, la policía no debe realizar detenciones. >Situación legal: A nivel nacional, la Ley 23.737 aún criminaliza la tenencia (Art. 14). Sin embargo, en Santa Fe se aplica la doctrina del Fallo Arriola de la Corte Suprema, que considera inconstitucional penar la tenencia para consumo en el ámbito privado sin afectar a terceros. Ninguna. Todas son correctas. TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACION (ART. 5 INC.C) ULTRAINTENCION: LA FINALIDAD DE COMERCIO a)- ¿A que hace mención el Art. 5, Ley 23.737?. Sera reprimido con prisión de 1 a 15 años y multa de 45 a 90 unidades fijas el que sin autorización o con destino ilegitimo: >comercialice estupefacientes, precursores químicos, u otro material o fabricación con fines de comercialización, distribuya, de pago, o almacene o transporte. Sera reprimido con prisión de 4 a 15 años y multa de 45 a 90 unidades fijas el que con autorización o sin destino ilegitimo: >comercialice estupefacientes, precursores químicos, u otro material o fabricación con fines de comercialización, distribuya, de pago, o almacene o transporte. Sera reprimido con prisión de 4 a 15 años y multa de 45 a 90 unidades fijas el que sin autorización o con destino ilegitimo: >comercialice estupefacientes, precursores químicos, u otro material o fabricación con fines de comercialización, distribuya, de pago, o almacene o transporte. Todas son correctas. Ninguna. La Tenencia con fines de comercialización es…Diga que es lo más importante: Ninguna. Una figura básica (Tenencia) que se encuentra agravada por su fin o propósito: COMERCIAL. Lo más importante es la probabilidad, siempre que la droga aún no ha sido vendida, esto es porque aún la tiene. Todas son correctas. Una figura básica que se encuentra agravada por su fin o propósito: COMERCIAL. Lo más importante es tener siempre que la droga aún no ha sido vendida, esto es porque aún la tiene. El consumo en el ámbito privado sin afectar a terceros. REQUISITOS EXIGIDOS POR LA NORMA PARA SU TRATAMIENTO EN SEDE PROVINCIAL: DISTRIBUCION EN DOSIS DESTINADO A CONSUMIDOR FINAL Diga que Ley Nacional entro en vigencia en el año 2005 y que vino a modifica?. Entro en vigencia la Ley 14.239 y vino a modificar radicalmente la Ley 23.737, en materia de narcotráfico. Entro en vigencia la Ley 26.052 y vino a modificar radicalmente la Ley 23.737, en materia de narcotráfico. Entro en vigencia la Ley 12.521 y vino a modificar radicalmente la Ley 14.239, en materia de narcotráfico. Ninguna. Todas son correctas. Mencione que modifico la Ley N°26.052?. El Art. 33° de la Ley 24.313, en lo que hace al delito de tráfico, quedando el mismo regulado de la siguiente manera: a)-Art. 34 que dice que los delitos previstos y penados por esta Ley serán de competencia de la justicia federal en todo el país, excepto en aquellas provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires b)-Art. 5° Inc. C) y E) cuando se comercie, entregue, suministre o facilite estupefacientes fraccionados en dosis destinadas directamente al consumidor. El Art. 34° de la Ley 23.737, en lo que hace al delito de tráfico, quedando el mismo regulado de la siguiente manera: a)-Art. 34 que dice que los delitos previstos y penados por esta Ley serán de competencia de la justicia federal en todo el país, excepto en aquellas provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires b)-Art. 5° Inc. C) y E) cuando se comercie, entregue, suministre o facilite estupefacientes fraccionados en dosis destinadas directamente al consumidor. Ninguna. Cuales son las 2 pautas que establece el Art.N°37?. Que el estupefaciente esta fraccionado en frasco y directamente destinada al menor. (El legislador tuvo la intención que recaiga en el ámbito provincial, persiguiendo la actividad de narcomenudeo). *La persona que fuera sorprendida en el punto fijo (bunker, espacio público-privado) deberá ser investigada y juzgada en el ámbito de la Justicia provincial. Que el estupefaciente esta fraccionado en gramos y directamente destinada al por mayor. (El legislador tuvo la intención que recaiga en el ámbito federal, persiguiendo la actividad de narcomenudeo). *La persona que fuera sorprendida en el punto fijo (permitiendo bunker, espacio público-privado) deberá ser investigada y juzgada en el ámbito de la Justicia provincial. Que el estupefaciente esta fraccionado en dosis y directamente destinada al consumidor. (El legislador tuvo la intención que recaiga en el ámbito provincial, persiguiendo la actividad de narcomenudeo). *La persona que fuera sorprendida en el punto fijo (bunker, espacio público-privado) deberá ser investigada y juzgada en el ámbito de la Justicia provincial. Ninguno. ENTREGA, SUMINISTRO O FACILITACION DE ESTUPEFACIENTES EN DOSIS DESTINADAS AL CONSUMIDOR FINAL (ART. 5, INC. E) 39)-¿Que dice el Art. 5°, Ley 23.737?. Sera reprimido con prisión de 1 a 10 años y multa de 40 a 100 unidades fijas el que sin autorización o con destino ilegitimo… e)-Entregue, suministre, aplique o facilite a otros estupefacientes a titulo oneroso. Si lo fuese a título gratuito, se aplicará prisión de 3 años a 12 años y multa de 15 a 300 unidades fijas. Sera reprimido con prisión de 4 a 15 años y multa de 45 a 900 unidades fijas el que sin autorización o con destino ilegitimo… e)-Entregue, suministre, aplique o facilite a otros estupefacientes a titulo oneroso. Si lo fuese a título gratuito, se aplicará prisión de 3 años a 12 años y multa de 15 a 300 unidades fijas. Sera reprimido con prisión de 2 a 13 años y multa de 45 a 300 unidades fijas el que con autorización o con destino ilegitimo… e)-Entregue, suministre, aplique o facilite a otros estupefacientes a titulo oneroso. Si lo fuese a título gratuito, se aplicará prisión de 3 años a 12 años y multa de 15 a 300 unidades fijas. Ninguna. Diga que entiende por ENTREGA-SUMINISTRAR-FACILITAR: a)-ENTREGA: Proveer en manos o a disposición de otro una cosa b)-SUMINISTRAR: Poner a una persona algo a alguien que lo necesita c)-FACILITAR: Proporcionar o entregar. a)-ENTREGA: Poner en manos o a disposición de otro una cosa b)-SUMINISTRAR: Proporcionar a una persona algo a alguien que lo necesita c)-FACILITAR: Pproveer o entregar. a)-ENTREGA: Poner en manos o a disposición de otro una cosa b)-SUMINISTRAR: Proveer a una persona algo a alguien que lo necesita c)-FACILITAR: Proporcionar o entregar. Ninguna. Cuando la entrega, suministro y facilitación de estupefacientes es de título gratuito, ¿que prevé la Ley?. Una reducción de la pena La actividad ilícita, en relación a las drogas, es la obtención de un beneficio económico. Un mayor aumento de la pena La actividad lícita, en relación a las drogas, es la obtención de un beneficio económico. Una reducción de la libertad La actividad ilícita, en relación a las drogas, es la obtención de un beneficio económico. Ninguna. DIFERENCIAS CON LA TENENCIAS CON FINES DE COMERCIALIZACION Cual es la característica principal?. Es la habitualidad o infrecuencia de la conducta del vendedor. La entrega de estupefacientes para consumo personal del receptor por parte del encausado, quedo demostrado a través de tareas de inteligencia, de la posterior intercepción y detención del receptor junto al hallazgo de una pequeña cantidad de droga en su bolso personal. Es la habitualidad o infrecuencia de la conducta transaccional. La entrega de estupefacientes de manera gratuita para consumo personal del receptor por parte del encausado, quedo demostrado a través de tareas de inteligencia, de la posterior intercepción y detención del receptor junto al hallazgo de una pequeña cantidad de droga en su bolso personal. Ninguna. LA ENTREGA O SUMINISTRO EN INSTITUTOS PENITENCIARIOS: Diga que sostiene el Art.11 Ley 23.737?. Las penas previstas en los artículos precedentes serán aumentadas al máximo a la mitad del mismo, sin que las mismas puedan exceder el máximo legal de la especie de pena que se trate… Cuando el delito se cometiere en las inmediaciones o en el exterior de un establecimiento de enseñanza, centro asistencial, lugar de detención, institución deportiva, cultural o social o en sitios donde se realicen espectáculos o diversiones públicos o en otros lugares a los que escolares y estudiantes acudan para realizar act. educativas, deportivas o sociales. Las penas previstas en los artículos precedentes serán aumentadas en un tercio del máximo a la mitad del mismo, sin que las mismas puedan exceder el máximo legal de la especie de pena que se trate… Cuando el delito se cometiere en las inmediaciones o en el interior de un establecimiento de enseñanza, centro asistencial, lugar de detención, institución deportiva, cultural o social o en sitios donde se realicen espectáculos o diversiones públicos o en otros lugares a los que escolares y estudiantes acudan para realizar act educativas, deportivas o sociales. Ninguna. Que es esencial verificar? (Planta). Descubrir drogas en gran cantidad, normalmente oculta en alimentos, efectos de higiene, o demás pertenencias que les son llevadas a los internos. Descubrir drogas en escasa cantidad, normalmente oculta en alimentos, efectos de higiene, o demás pertenencias que les son llevadas a los internos. Descubrir drogas en escasa cantidad, normalmente en alimentos, efectos de higiene, y demás pertenencias que les son llevadas a los familiares. Ninguna. Diga que es habitual en el marco de las requisas de las visitas de las personas privadas de su libertad?. La figura básica de entrega, el agravante previsto en el Art. 11 inc. E. De quedar la entrega en grado de tentativa, la pena se disminuye de un tercio a la mitad. (Art. 41 y ss C.P.). Descubrir drogas en escasa cantidad, normalmente oculta en alimentos, efectos de higiene, o demás pertenencias que les son llevadas a los internos. Las penas previstas en los artículos precedentes serán aumentadas en un tercio del máximo a la mitad del mismo, sin que las mismas puedan exceder el máximo legal de la especie de pena que se trate…. Ninguna. Todas son correctas. Descubierto el hecho en el interior del establecimiento de detención que figura debiera aplicarse?. La figura básica de entrega, el agravante previsto en el Art. 1 inc. G. De quedar la entrega en grado de tentativa, la pena se disminuye de un tercio a la mitad. (Art. 41 y ss C.P.). La figura básica de entrega, el agravante previsto en el Art. 2 inc. H. De quedar la entrega en grado de tentativa, la pena se disminuye de un tercio a la mitad. (Art. 41 y ss C.P.). La figura básica de entrega, el agravante previsto en el Art. 15 inc. Z. De dejar la entrega en grado de tentativa, la pena se disminuye a la mitad. (Art. 40 y ss C.P.). La figura básica de entrega, el agravante previsto en el Art. 11 inc. E. De quedar la entrega en grado de tentativa, la pena se disminuye de un tercio a la mitad. (Art. 41 y ss C.P.). Ninguna. SIEMBRA Y CULTIVO DE PLANTAS Y GUARDA DE SEMILLAS, MATERIAS PRIMAS O ELEMENTOS DESTINADOS A OBTENER ESTUPEFACIENTES PARA CONSUMO PERSONAL: Que establece el Art. 5°?. Penúltimo párrafo de la Ley N°14..239, establece que en caso de del inc a), cuando por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella esta destinada a obtener estupefacientes para consumo personal, la pena será de 1 mes a 2 años de prisión y serán aplicables los Art. 17, 19 y 21, resumiendo en este caso la competencia la Provincia de Santa Fe. Penúltimo párrafo de la Ley N°23.737, establece que en caso de del inc a), cuando por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella esta destinada a obtener estupefacientes para consumo personal, la pena será de 1 mes a 2 años de prisión y serán aplicables los Art. 17, 18 y 21, Asumiendo en este caso la competencia la Provincia de Santa Fe. Ninguna. Todas son correctas. Que es esencial verificar? (Planta). La productividad de la planta para producir estupefacientes, lo cual lo convierte en un eslabón potencial en la cadena de trafico e)-Que hay que determinar en las semillas? Establecer la capacidad germinativa, al no poseer el principio activo de la droga, estas carecen de la calidad de estupefacientes requerido por los delitos de tenencia. La productividad de la planta para producir estupefacientes, lo cual lo convierte en un potencial en la cadena de trafico e)-Que hay que determinar en el consumo? Establecer la capacidad germinativa, al no poseer el principio activo de la droga, estas carecen de la calidad de estupefacientes requerido por los delitos de tenencia. Ninguna. Todas son correctas. FALLO DE “PARISSI” CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL CAP FEDERAL, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (3 de abril de 2012) Que declaro la Cámara Federal de la Plata?. Declaro la Inconstitucionalidad del penúltimo párrafo del Art. 5°de la Ley 23.737, que castiga a quien siembre o cultive plantas o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes para consumo personal, por considerar que esa situación se encuadra dentro del ámbito de las acciones privadas protegidas por el Art. 19 de la C.N. En consecuencia, declaro el sobreseimiento de una pareja a quien se le había secuestrado plantas de marihuana y semillas que se encontraban en un vivero de su propiedad ubicado en el partido Ensenada, Prov. De Bs As. Declaro la Constitucionalidad del penúltimo párrafo del Art. 5°de la Ley 14.239, que castiga a quien siembre o cultive plantas o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes para consumo personal, por considerar que esa situación se encuadra dentro del ámbito de las acciones privadas protegidas por el Art. 1 de la C.N. En consecuencia, declaro el sobreseimiento de una pareja a quien se le había secuestrado plantas de marihuana y semillas que se encontraban en un vivero de su propiedad ubicado en el partido Ensenada, Prov. De Bs As. Ninguna. Según el camarista Cesar Álvarez que sostiene con respecto al que consume, siembra, cultiva: Existe destinatario más allá del consumidor, de los efectos de dicha conducta Es compatible con la letra y el objetivo de la primera frase del Art. 19 C.N. que se imponga una sanción por tal conducta. Sostiene que en el ámbito de la autonomía privada nos encontramos con la capacidad de cada individuo de definir su propio proyecto de vida, de elaborar sus propias reglas de conducta, en definitiva, de ser y de hacer consigo lo que mejor le parezca sin interferencias, ni de los otros ni del Estado. No existe destinatario más allá del autor, de los efectos de dicha conducta No es, de ninguna manera, compatible con la letra y el objetivo de la primera frase del Art. 19 C.N. que se imponga una sanción por tal conducta. Sostiene que en el ámbito de la autonomía privada nos encontramos con la capacidad de cada individuo de definir su propio proyecto de vida, de elaborar sus propias reglas de conducta, en definitiva, de ser y de hacer consigo lo que mejor le parezca sin interferencias, ni de los otros ni del Estado. Ninguna. CIRCUNSTANCIAS NO PREVISTAS EN LA NORMA ALMACENAMIENTO (ART. 5 INC. C LEY 23.737) Que han establecido la doctrina y la jurisprudencia?. Constituye una de las formas agravadas del tipo básico de la simple tenencia en el Art. 14 de la Ley 23.737, de acuerdo a la mayor peligrosidad que acarrea el bien jurídico protegido. Que la tenencia de droga debe ser significativa, y estar guardada y acondicionada en un lugar especial a tal efecto. Ninguna. Que han establecido la doctrina y la jurisprudencia?. Que la tenencia simple es la figura básica, mientras que el consumidor es una tenencia agravada por la cantidad. Que la tenencia agravada es la figura básica, mientras que el Almacenamiento es una tenencia simple por la cantidad. Que la tenencia simple es la figura del consumidor, mientras que el Almacenamiento es una tenencia simple por múltiple cantidad. Que la tenencia simple es la figura básica, mientras que el Almacenamiento es una tenencia agravada por la cantidad. Ninguna. "ALMACENAMIENTO" Que ha establecido la C.S.J.N. Que la figura de ALMACENAMIENTO prevista en el Art. 1° Inc. C de la Ley 23.736, configura un delito de peligro abstracto, en el cual se desvincula la acción del resultado y la punibilidad de la conducta esta determinada por la peligrosidad general de una acción para determinados bienes jurídicos. Por lo tanto, lo que la ley reprime es la guarda o almacenamiento, con un sentido de acopio de estupefacientes, castigado por el solo peligro que genera para el bien jurídico protegido por la ley, la salud pública. Ninguna. Que la figura de ALMACENAMIENTO prevista en el Art. 5° Inc. C de la Ley 23.737, configura un delito de peligro abstracto, en el cual se desvincula la acción del resultado y la punibilidad de la conducta esta determinada por la peligrosidad general de una acción para determinados bienes jurídicos. Por lo tanto, lo que la ley reprime es la guarda o almacenamiento, con un sentido de acopio de estupefacientes, castigado por el solo peligro que genera para el bien jurídico protegido por la ley, la salud pública. Que la figura de ALMACENAMIENTO prevista en el Art. 15° Inc. C de la Ley 23.733, configura un delito de peligro abstracto, en el cual se desvincula la acción del resultado y la punibilidad de la conducta esta determinada por la peligrosidad general de una acción para determinados bienes jurídicos. Por lo tanto, lo que la ley reprime es la guarda o almacenamiento, con un sentido de acopio de estupefacientes, castigado por el solo peligro que genera para el bien jurídico protegido por la ley, la salud pública. Que constituye el Almacenamiento de Estupefacientes?. Constituye una de las formas agravadas del tipo básico de la simple tenencia en el Art. 14 de la Ley 23.737, de acuerdo a la mayor peligrosidad que acarrea el bien jurídico protegido. Que la tenencia de droga debe ser significativa, y estar guardada y acondicionada en un lugar especial a tal efecto. Que el delito de transporte de estupefacientes no requiere la intención de comercialización. Que la ley reprime es la guarda o almacenamiento, con un sentido de acopio de estupefacientes, castigado por el solo peligro que genera para el bien jurídico protegido por la ley, la salud pública. Ninguna. Todas son correctas. Que ha establecido la Jurisprudencia para determinar la consumación del Almacenamiento?. Que la tenencia de consumo debe ser significativa, y estar guardada y acondicionada en un lugar publico a tal efecto. TRANSPORTE:. Que la tenencia de droga debe ser significativa, y estar guardada y acondicionada en un lugar especial a tal efecto. TRANSPORTE:. Ninguna. Que la tenencia de mercadería debe ser significativa, y estar guardada y acondicionada en un lugar especial a tal efecto. TRANSPORTE:. TRANSPORTE: Que sostiene la Jurisprudencia?. Que el delito de transporte de mercadería requiere la intención de comercialización o venta del material transportado, o la certeza de que quien lo transporta lo hace con la finalidad de participar en la cadena del TRAFICO. Que el delito de transporte de estupefacientes no requiere la intención de comercialización o venta del material transportado, o la certeza de que quien lo transporta lo hace con la finalidad de participar en la cadena del TRAFICO. Ninguna. Que el delito de estupefacientes requiere la intención de comercialización o venta del material transportado, o la certeza de que quien lo transporta lo hace con la finalidad de participar en la cadena del TRAFICO. En autos “VALLEJOS Facundo Ezequiel”, fecha 18/02/2021, ¿que sostuvo la Cámara Federal de Casación Penal?. Sostuvo que el delito de estupefacientes consiste en el acto de dejar en un lugar, dentro de una cadena de tráfico, con prescindencia de la distancia, del medio utilizado y de la forma de posesión, en consecuencia, el sujeto lleva a cabo la infracción donde el movimiento en que comienza el traslado del material y con independencia de la producción del efecto que haya intentado obtener con su accionar, es decir que no resulta necesario que los estupefacientes lleguen a su efectivo destino, como tampoco importa si el primigenio plan se vio frustrado. Sostuvo que el delito de transporte de estupefacientes consiste en el acto de su desplazamiento de un lugar a otro, dentro de una cadena de tráfico, con prescindencia de la distancia, del medio utilizado y de la forma de posesión, en consecuencia, el sujeto lleva a cabo la infracción donde el movimiento en que comienza el traslado del material y con independencia de la producción del efecto que haya intentado obtener con su accionar, es decir que no resulta necesario que los estupefacientes lleguen a su efectivo destino, como tampoco importa si el primigenio plan se vio frustrado. Ninguna. En que consiste la acción típica?. En el traslado de los estupefacientes de un lugar a otro. Ese traslado puede ser personal a través de otra persona o por cualquier medio idóneo sin intervención de material humano sin que importe el destino final. Ninguna. Ambas son correctas. DELITO DE COMERCIO Y TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACION Que dispone el Art. 5°de la Ley 23.737?. Que será reprimido con prisión de 04 a 15 años y multa de 45 a 900 unidades fijas el que sin autorización o con destino ilegitimo: c)- Comercie estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima para su producción o fabricación o los tenga con fines de comercialización, o los distribuya, o de en pago, o almacene o transporte…. Que será reprimido con prisión de 01 a 20 años y multa de 45 a 900 unidades fijas el que sin autorización o con destino ilegitimo: c)- Comercie estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima para su producción o fabricación o los tenga con fines de comercialización, o los distribuya, o de en pago, o almacene o transporte…. Ninguna. Que debe pasar para que se configure Comercio?. En el traslado de los estupefacientes de un lugar a otro. Se debe acreditar la intención de mercadear la droga (ultra intención). Ejercer actos de comercio con fines de lucro. Ninguna. A qué se infiere el Articulo 5 Ley 23.737?. Que la normativa engloba tanto comercio de estupefacientes como la tenencia de comercialización y corresponde siempre la Justicia de la Provincia de Santa Fe. Se debe acreditar la intención de mercadear la droga (ultra intención). Que será reprimido con prisión de 04 a 15 años y multa de 45 a 900. Todas son correctas. Ninguna. Que debe pasar para que se configure Comercio?. Se debe acreditar la intención de mercadear la droga (ultra intención). Ejercer actos de comercio con fines de lucro. Se debe acreditar la intención de mercadear la droga (sin intención). Ninguna. Cual es la acción típica de este delito? "Comercio". Ejercer el comercio sin fines de lucro, bastando la comprobación de la existencia del hecho para que el reproche penal recaiga sobre el autor. Ejercer actos de comercio con fines de lucro, bastando la comercialización de la existencia del hecho para que el reproche penal recaiga sobre el autor. Ejercer el comercio con ganancias, bastando la comprobación de la existencia del hecho para que el reproche penal recaiga sobre el autor. Ejercer actos de comercio con fines de lucro, bastando la comprobación de la existencia del hecho para que el reproche penal recaiga sobre el autor. Ninguna. Que es necesario para señalar la posesión efectiva de los estupefacientes?. Acreditar la habitualidad, su disponibilidad. Ejercer actos de comercio con fines de lucro. Acreditar la intención de mercadear la droga. Ninguna. SITUACION EN LA PROVINCIA DE SANTA FE En el año 2023 que Ley sanciona la Provincia de Santa Fe?. Acreditar la intención de mercadear la droga (ultra intención). La Ley de “ADHESION A LA DESFEDERALIZACION PARCIAL DE LA COMPETENCIA PENAL EN MATERIA DE ESTUPEFACIENTES”, registrada bajo N°14.239 cuyo fin se relaciona con la investigación de los delitos vinculados al trafico de estupefacientes, conforme al Art. 34 de la Ley N°23.737. Investigar y sancionar los delitos previstos en dicha norma en las condiciones y con los alcances que la misma establece. Ninguna es correcta. Que establece la normativa provincial en su Art. 1° Ley 14.239, y que asume?. El Artículo 1° de la Ley Provincial N° 14.239 de Santa Fe establece la adhesión de la provincia a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley Nacional N° 23.737. La Provincia de Santa Fe adhiere a lo dispuesto en el Art. 34° de la Ley Nacional N° 23.737 y consecuentemente asume su competencia para investigar y sancionar los delitos previstos en dicha norma en las condiciones y con los alcances que la misma establece. Ejercer esta facultad bajo las condiciones y con los alcances que la norma nacional establece. Todas son correctas. Ninguna. A que refiere el Art. 34?. Que los delitos previstos en la Ley 14.239 serán de competencia de la justicia federal en todo el país, excepto para aquellas provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que los delitos previstos y penados por esta ley serán de competencia de la justicia provincial en toda la provincia, excepto para aquellas provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que los delitos previstos y penados por esta ley serán de competencia de la justicia federal en todo el país, excepto para aquellas provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ninguna. Ley N° 23.737 "Según el Articulo 5° cuales son los delitos alcanzados?. Se refiere a la organización operativa (la Unidad Fiscal), los delitos alcanzados por la competencia provincial (según la adhesión al artículo 34 de la Ley Nacional 23.737 que realiza la norma en su conjunto) son aquellos vinculados al último eslabón de la cadena de comercialización. Sera reprimido con de 4 a 15 años y multa de 45 a 900 unidades fijas el que sin autorización o con destino ilegitimo, c)-comercie estupefacientes, precursores químicos o cualquier otro material. Ninguna. Ambas son correctas. Ley 23.737. Qué dice el Inc. e)?. El que entregue, suministre, aplique o facilite a otros, estupefacientes a titulo oneroso. Si fuese a título gratuito, se aplicará prisión de 3 a 12 años y multa de15 a 300 unidades fijas. El que entregue, suministre, aplique o facilite a otros, estupefacientes a titulo oneroso. Si fuese a título gratuito, se aplicará prisión de 1 a 20 años y multa de1 a 30 unidades fijas. El que entregue, suministre, aplique o facilite a otros, estupefacientes. Si fuese a título gratuito, se aplicará prisión de 3 a 12 años y multa de1 a 3000 unidades fijas. Ninguna. Que sostiene el Inc a)?. Cuando por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella no esta destinada a obtener estupefacientes para consumo personal, la pena será de 1 mes a 2 años y serán aplicables los art 15, 28 y 21. Cuando por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella esta destinada a obtener estupefacientes para consumo personal, la pena será de 1 mes a 2 años y serán aplicables los art 17, 28 y 21. Cuando por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella esta destinada a obtener estupefacientes para consumo personal, la pena será de 1 mes a 5 años y serán aplicables los art 17, 28 y 22. Ninguna. Que dice el Art 14 de la Ley 23.737?. Que será reprimido con prisión de 1 a 2 años y multa 30 a 600 mil australes el que tuviere en su poder estupefacientes. Cuando la entrega, suministro o facilitación fuere ocasional y a titulo gratuito y por su escasa cantidad y demás circunstancias sugiere inequívocamente que es para uso personal. Sera reprimido con prisión de 6 meses a 3 años el que falsificare con recetas médicas, o a sabiendas las imprimiera con datos o con datos ciertos sin autorización del profesional responsable de la matricula, quien suscribiere sin facultad para hacerlo o quien las aceptare teniendo conocimiento de su legitima procedencia. Que será reprimido con prisión de 1 a 6 años y multa 300 a 600 mil australes el que tuviere en su poder estupefacientes. Que sostiene el Art 29 de la Ley 23.737?. Sera reprimido con prisión de 6 meses a 3 años el que falsificare con recetas médicas, o a sabiendas las imprimiera con datos o con datos ciertos sin autorización del profesional responsable de la matricula, quien suscribiere sin facultad para hacerlo o quien las aceptare teniendo conocimiento de su legitima procedencia o irregularidad. Se aplicará la accesoria de inhabilitación para ejercer el comercio por el doble de tiempo de la condena. Que será reprimido con prisión de 1 a 4 años y multa 300 a 6000 mil australes el que tuviere en su poder estupefacientes. Sera reprimido con prisión de 6 días a 3 años el que falsificare con recetas médicas, o a sabiendas las imprimiera con datos o con datos ciertos sin autorización responsable de la consulta, quien suscribiere sin facultad para hacerlo o quien las aceptare teniendo conocimiento de su legitima procedencia o irregularidad. Se aplicará la accesoria de inhabilitación para ejercer el comercio por el doble de tiempo de la condena. Ninguna. A que refiere el Art 34 del CP y del inc 6° de la Ley 23.737?. *suministro infiel o irregular de medicamentos (art 204 CP) *suministro imprudente de medicamentos (204 Bis CP). *producción o fabricación no autorizada de medicamentos (art ter CP). *inobservancia de los deberes de control y vigilancia de establecimientos destinados a la producción o expendio de sustancias medicinales (art 204 quater CP). Ninguna. Todas son correctas. Que sostiene el Art 4 de La Ley?. *La persecución penal del microtráfico se enfoca prioritariamente a los siguientes supuestos: b)-Participación de los traficantes en otras act delictivas o contravencionales, o utilización de armas de fuego. c)-Participación o involucramiento de menores de edad o de personas en situación de vulnerabilidad, o distribución de estupefacientes a los mismos. e)-Alteración de la tranquilidad publica, apropiación de instalaciones o lugares de uso público o degradación del espacio urbano. a)-Mercados abiertos, que se desarrollen en espacios públicos o con posibilidad de acceso público. f)-Los que determine la fiscalía general, por razones de política criminal o utilidad social. d)-Distribución en Búnkeres, puestos fijos y demás espacios públicos. Todas son correctas. Ninguna. Que es lo que le solicita el Registro Nacional de Precursores Químicos al Juez? Art. 44. El Juez entregara una muestra para la realización de una pericia para determinar el consumo y cantidad de los precursores y sustancias químicas presentes en la empresa. La concentración se realizará en un acto público dentro de los 5 días siguientes de haberse practicado las correspondientes pericias y separación de muestras en presencia del Juez. El Juez entregara una muestra para la realización de una pericia para determinar la naturaleza y cantidades de los precursores y sustancias químicas presentes en la misma. La destrucción se realizará en un acto público dentro de los 5 días siguientes de haberse practicado las correspondientes pericias y separación de muestras en presencia del Juez. Ninguna. Todas son correctas. FINALIDAD POLITICA DE LA PERSECUSION DEL MICROTRAFICO EN SANTA FE De lo expuesto hasta aquí que podemos deducir?. Que la norma tiene como política persecutoria a la conflictividad personal, cuyo origen remite en la disputa territorial entre diferentes objetos por la venta de estupefacientes al menudeo. Con la mirada orientada a la desactivación del puesto de venta al menudeo, que ante la noticia del ilícito personal policial actúe inmediatamente procediendo a la aprehensión muchas veces en flagrancia. Que la norma tiene como política persecutoria dedicada a la baja o disuasión de la conflictividad social, cuyo origen remite en la disputa territorial entre diferentes sujetos por la venta de estupefacientes al menudeo. Con la mirada orientada a la desactivación del puesto de venta al menudeo, que ante la noticia del ilícito personal policial actúe inmediatamente procediendo a la aprehensión muchas veces en flagrancia. Ninguna. Cual es el objetivo de la persecución penal?. Sera orientada al mejoramiento de la calidad de la vida de las personas y al desaliento sosteniendo de la conducta ilícita...(art. 3, ley 14.239). Sera orientada al mejoramiento de la calidad de la vida de las personas y al desaliento sosteniendo de la conducta ilícita...(art. 3, ley 23.737). Sera orientada al mejoramiento de la calidad de la vida de las personas y al desaliento sosteniendo de la conducta ilícita...(art. 1, ley 14.238). INVESTIGACION DEL MICROTRAFICO: Con respecto a la Ley 23.737, Art. 34 Bis las personas que denuncien cualquier delito previsto en esta ley o el art. 866 del Código Aduanero, se mantendrán…. *se mantendrán en el CTD. *se mantendrán en contacto. *se mantendrán en el anonimato. DENUNCIA CON RESERVA DE IDENTIDAD: Es un medio de prueba en el cual los datos particulares del sujeto que anoticia el hecho delictivo se mantienen en anonimato, en principio durante la IPP. Que dispone el Art. 174 en el CPPSF?. Dispone que “Las partes podrán solicitar al Ministerio de Seguridad protección de un testigo con el objeto de preservarlo de la intimidación y represalia. El Tribunal acordara la protección cuando el peligro invocado, la gravedad de la causa y la importancia del testimonio, lo justificaran, impartiendo instrucciones precisas para eficaz cumplimiento de la medida. Dispone que “Las partes podrán solicitar al Tribunal protección de un testigo con el objeto de preservarlo de la intimidación y represalia. El Tribunal acordara la protección cuando el peligro invocado, la gravedad de la causa y la importancia del testimonio, lo justificaran, impartiendo instrucciones precisas para eficaz cumplimiento de la medida. Ninguna. En la etapa intermedia (etapa preliminar), donde el MPA deberá revelar los datos de identidad del testigo, con el fin de que la defensa pueda conocer de quien se trata y solicitar prueba para evaluar su confiabilidad. ¿En el caso de que el MPA se niegue a revelar la identidad del testigo por considerar que existe riesgo, quien será el que deba evaluar el caso concreto?. JUEZ. FISCAL. GOBERNADOR. DENUNCIA ANONIMA *Refiere al sujeto no identificado anoticia de un hecho ilícito al fiscal o la policía, por medio tel, con reserva de identidad. ¿Como se ha pronunciado la JURISPRUDENCIA?. Las partes podrán solicitar al Tribunal protección de un testigo con el objeto de preservarlo de la intimidación y represalia. Se ha dejado afirmativamente en cuanto a la palidez como noticia crimines de la denuncia anónima, para que el fiscal pueda valerse de ella para iniciar la investigación, siempre sujeto a la verificación posterior considerando la seriedad y veracidad de los hechos informados. El Tribunal acordara la protección cuando el peligro invocado, la gravedad de la causa y la importancia del testimonio, lo justificaran, impartiendo instrucciones precisas para eficaz cumplimiento de la medida. Se ha pronunciado afirmativamente en cuanto a la validez como noticia criminis de la denuncia anónima, para que el fiscal pueda valerse de ella para iniciar la investigación, siempre sujeto a la verificación posterior considerando la seriedad y veracidad de los hechos informados. DENUNCIA ¿Cuándo se considera invalida?. Cuando tenida como prueba la Denuncia, impide a la victima junto con su defensa técnica interrogar a los testigos de cargo. Cuando tenida como medio de prueba, impide al imputado junto con su defensa técnica interrogar a los testigos de cargo. Se ha pronunciado afirmativamente en cuanto a la validez como noticia. En nuestra provincia está regulada la Denuncia Anónima?. Esta expresamente regulada, puede ser utilizada como fuente por parte deL Ministerio y fiscales para la realización de distintas medidas probatorias tendientes a su colaboración en los casos relacionados con delitos de microtráfico. Cuando tenida como medio de prueba, impide al imputado junto con su defensa técnica interrogar a los testigos de cargo. No esta expresamente regulada, puede ser utilizada como fuente de anoticiamiento por parte de la policía y fiscales para la realización de distintas medidas probatorias tendientes a su colaboración en los casos relacionados con delitos de microtráfico. Las partes podrán solicitar al Tribunal protección de un testigo con el objeto de preservarlo de la intimidación y represalia. TECNICAS DE INVESTIGACION: ¿Como se pronuncio la CSJN en relación al Agente encubierto?. Se pronuncio sobre la admisibilidad de esta figura en autos “Fiscal E. Hernández estableciendo que: Es criterio de esta corte que el empleo de un AGENTE ENCUBIERTO para la averiguación de los delitos no es por si mismo contrario a las garantías constitucionales. La CSJN se pronuncio sobre la admisibilidad de esta figura en autos “Fiscal C. Fernández estableciendo que: Es criterio de esta corte que el empleo de un AGENTE ENCUBIERTO para la averiguación de los delitos no es por si mismo contrario a las garantías constitucionales. Ambas son correctas. Ninguna. Que permite la C.N.?. Permite aceptar, bajo restricciones, el empleo de agentes encubiertos de modo similar al que se lo admite en otros países en los que las reglas del Estado de Derecho proscriben garantías análogas a las que se rigen en la Republica Argentina, entre los cuales cabe citar EE. UU. El anoticiamiento por parte de la policía y fiscales para la realización de distintas medidas probatorias tendientes a su colaboración en los casos relacionados con delitos de microtráfico. Permite aceptar, bajo restricciones, el empleo de agentes encubiertos de modo similar al que se lo admite en otros países en los que las reglas del Estado de Derecho proscriben garantías análogas a las que se rigen en la Republica Argentina, entre los cuales cabe citar EE. UU. Ninguno. Todas son correctas. Por que Ley esta regulada la figura del Agente Encubierto?. A nivel Nacional, por la Ley de Delitos Complejos N°24.319, disponiendo en sus Art. 1° y 2°. por parte de la policía y fiscales para la realización de distintas medidas probatorias tendientes a su colaboración en los casos relacionados con delitos de microtráfico. A nivel Nacional, por la Ley de Delitos Complejos N°27.319, disponiendo en sus Art. 3° y 4°. Quien puede ser considerado como AGENTE ENCUBIERTO?. El funcionario de las fuerzas de seguridad autorizado, altamente calificado, que presta su consentimiento y ocultando su identidad, se infiltra o introduce en las organizaciones criminales o asociaciones delictivas, con el fin de identificar o detener a los autores, participes o encubridores, de impartir la consumación de un delito, o para reunir información y elementos de pruebas necesarios para la investigación, con autorización judicial. Dispuesta la actuación por el Juez, de oficio a pedido del Ministerio Publico Fiscal, su designación y la instrumentación necesaria para su protección esta a cargo del Ministerio de Seguridad de la Nación con control judicial. Tendrán capacitación y no podrán tener antecedentes penales. Todas son correctas. Ninguna. AGENTE REVELADOR: ¿Qué establece el Art. 5 de la Ley 27.319?. Sera considerado agente revelador todo aquel agente de las fuerzas de seguridad o policiales que designados a fin de simular interés y/o ejecutar el transporte, compra o consumo, para para si o para terceros de dinero, bienes, personas, servicios, armas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o participar de cualquier otra actividad de un grupo criminal, con la finalidad de identificar a las personas implicadas en un delito, detenerlas, incautar los bienes, liberar a las víctimas, o recolectar material probatorio que sirva para el esclarecimiento de los hechos ilícitos. Sera considerado agente revelador todo aquel agente de las fuerzas de seguridad o policiales que designados a fin de simular interés. El funcionario de las fuerzas de seguridad autorizado, altamente calificado, que presta su consentimiento y ocultando su identidad, se infiltra o introduce en las organizaciones criminales o asociaciones delictivas, con el fin de identificar o detener a los autores, participes o encubridores. Todas son correctas. Ninguna. Como es el accionar del Agente revelador?. No es de ejecución continuada ni se perpetua en el tiempo, no está destinado a infiltrarse dentro de las organizaciones criminales como parte de ellas. Es de ejecución continuada ni se perpetua en el tiempo, no está destinado a infiltrarse dentro de las organizaciones criminales como parte de ellas. Todas son correctas. Ninguna. ¿Qué dispone el Art. 6? Ley 27.319. El Juez de oficio o a pedido del Juez podrá disponer que, de agentes de las fuerzas policiales, y seguridad en act, lleven a cabo las tareas necesarias a fin de relevar alguna de las conductas prevista en la presente ley, actuando como agente revelador. El Juez de oficio o a pedido del MPA podrá disponer que, de agentes de las fuerzas policiales, y seguridad en act, lleven a cabo las tareas necesarias a fin de relevar alguna de las conductas prevista en la presente ley, actuando como agente revelador. Todas son correctas. Ninguna. Cuales son las diferencias que existen entre el A.E. y A.R.?. Deberán adoptarse las medidas de protección adecuadas para salvaguardar la Vida y la integridad física del informante y su familia. El primero se infiltra en la organización criminal y el segundo el A.R. simula tener un interés y de este modo investiga, pero no está destinado a infiltrarse en asociaciones criminales como parte de ellas. Ninguna. Ambas son correctas. Diga que tarea hace un Informante?. Simula tener un interés y de este modo investiga, a la par de la fuerza policial. No se infiltra ni simula interés, bajo identidad reservada aporta datos, documentos, informes, testimonios, etc. Útiles para la investigación a cambio de beneficio económico. Se infiltra con interés, bajo su identidad aporta datos, documentos, informes, testimonios, etc. Útiles para la investigación a cambio de beneficio económico. Ninguna. Todas son correctas. ¿Mencione a que hace referencia el Art. 13, Ley 27.319?. Ninguna. El Juez de oficio o a pedido del MPA podrá disponer que, de agentes de las fuerzas policiales, y seguridad en act, lleven a cabo las tareas necesarias a fin de relevar alguna de las conductas prevista en la presente ley, actuando como agente revelador. Sera considerado agente revelador todo aquel agente de las fuerzas de seguridad o policiales que designados a fin de simular interés y/o ejecutar el transporte. Ambas son correctas. ¿Mencione a que hace referencia el Art. 13, Ley 27.319?. El Investigador se infiltra en la organización criminal y el segundo el A.R. simula tener un interés y de este modo investiga, pero no está destinado a infiltrarse en asociaciones criminales como parte de ellas. Tendrá carácter de informante aquella persona que, bajo reserva de identidad, a cambio de un beneficio económico, aporte a las fuerzas de seguridad, u otros organismos encargados de la investigación de hechos ilícitos, datos, informes, documentación o cualquier otro elemento o referencia pertinente y útil que permita iniciar una investigación para la detección de individuos u organizaciones dedicados a la planificación, preparación, comisión, apoyo financiamiento de los delitos contemplados en la presente ley. Ambas son correctas. Ninguna. Cuando no será admisible la información aportada por el informante?. Si este pasa la prohibición de denunciar establecida en el art 177 del CPP. Deberán adoptarse las medidas de protección adecuadas para salvaguardar la Vida y la integridad física del informante y su familia. Si este no vulnera la prohibición de denunciar establecida en el art 17 del CN. Deberán adoptarse las medidas de protección adecuadas para salvaguardar la Vida y la integridad física del informante y su familia. Si este vulnera la prohibición de denunciar establecida en el art 178 del CPPN. Deberán adoptarse las medidas de protección adecuadas para salvaguardar la Vida y la integridad física del informante y su familia. CUESTIONES COMUNES Ley 27.319 Artículo 7°. El AE y el AR serán convocado a juicio, únicamente cuando resultare absolutamente imprescindible. La información que vayan logrando el AE y AR será puesta en conocimiento ante el Juez, y representante del MPA, interviene en la forma que resultare mas conveniente. Cuando el AE y ER hubiesen resultado imputados en un proceso, harán saber confidencialmente su carácter al Juez interviniente, quien en forma reservada recabara la pertinente información a la autoridad que corresponda. Ninguna. Todas son correctas. CUESTIONES COMUNES Ley 27.319 Artículo 8°. Cuando el AE y ER hubiesen resultado imputados en un proceso, harán saber confidencialmente su carácter al Juez interviniente, quien en forma reservada recabara la pertinente información a la autoridad que corresponda. Ninguna. La información que vayan logrando el AE y AR será puesta en conocimiento ante el Juez, y representante del MPA, interviene en la forma que resultare mas conveniente. El AE y el AR serán convocado a juicio, únicamente cuando resultare absolutamente imprescindible. Si la declaración resultara un riesgo para su integridad o de otras personas, o cuando frustrare una intervención ulterior, se emplearán recursos técnicos necesarios para impedir que pueda identificarse al declarante por su voz o su rostro. CUESTIONES COMUNES Ley 27.319 Artículo 9°. No será punible el AE y ER que, como consecuencia la actuación encomendada, se hubiese visto compelido a incurrir en un delito, siempre que éste no implique poner peligro la vida o la integridad psíquica o física de una persona o la imposición de un grave sufrimiento físico o moral a otro. La información que vayan logrando el AE y AR será puesta en conocimiento ante el Juez, y representante del MPA, interviene en la forma que resultare mas conveniente. Todas son correctas. Cuando el AE y ER hubiesen resultado imputados en un proceso, harán saber confidencialmente su carácter al Juez interviniente, quien en forma reservada recabara la pertinente información a la autoridad que corresponda. CUESTIONES COMUNES Ley 27.319 Artículo 10°. Cuando el AE y ER hubiesen resultado imputados en un proceso, harán saber confidencialmente su carácter al Juez interviniente, quien en forma reservada recabara la pertinente información a la autoridad que corresponda. La información que vayan logrando el AE y AR será puesta en conocimiento ante el Juez, y representante del MPA, interviene en la forma que resultare mas conveniente. Cuando el ER no resulte imputado en un proceso, harán saber confidencialmente su carácter al Juez interviniente, quien en forma reservada recabara la pertinente información a la autoridad que corresponda. Ninguna. CUESTIONES COMUNES Ley 27.319 Artículo 11°. La información que vayan logrando el AE y AR será puesta en conocimiento ante el Juez, y representante del MPA, interviene en la forma que resultare mas conveniente. Ningún integrante de la fuerza podrá ser obligado actuar como AE o AR. La negativa no será tenida encuentra como antecedente. Ninguno. No será punible el AE y ER que, como consecuencia la actuación encomendada, se hubiese visto compelido a incurrir en un delito, siempre que éste no implique poner peligro la vida o la integridad psíquica o física de una persona o la imposición de un grave sufrimiento físico o moral a otro. CUESTIONES COMUNES Ley 27.319 Artículo 12°. La información que vayan logrando el AE y AR será puesta en conocimiento ante el Juez, y representante del MPA, interviene en la forma que resultare mas conveniente. Ninguna. Cuando peligre la seguridad del AE o AR por haberse debelado su identidad, esta tendrá derecho a optar entre permanecer activo o pasar a retiro, cualquiera fuese la cantidad de servicio que tuviera. Se le reconocerá un haber de retiro igual al que le corresponda a quien tenga dos (02) grados de escalafón mayor por el que cumpliera su función. Cuando el AE y ER hubiesen resultado imputados en un proceso, harán saber confidencialmente su carácter al Juez interviniente, quien en forma reservada recabara la pertinente información a la autoridad que corresponda. Todas son correctas. DECLARACION PREMIADA -IMPUTADO COLABORADOR: Según la Ley 27.304, Art. 41 ter del C.P. cómo queda redactado la modificación efectuada: Las causas penales no podrán reducirse a las de la tentativa respecto de los participes o autores por algún delito de los detallados a continuación, cuando durante la sustanciación del proceso del que sean parte, brinden información o datos precisos, comprobables y verosímiles. El poder sobre el cual se aporten datos o información deberá estar vinculado a los siguientes delitos: Delito de consumo, trafico, transporte, siembra, almacenamiento o comercialización de estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima, fabricación prevista en la ley 14.239. Ninguno. Las escalas penales podrán reducirse a las de la tentativa respecto de los participes o autores por algún delito de los detallados a continuación, cuando durante la sustanciación del proceso del que sean parte, brinden información o datos precisos, comprobables y verosímiles. El proceso sobre el cual se aporten datos o información deberá estar vinculado a los siguientes delitos: Delito de producción, trafico, transporte, siembra, almacenamiento o comercialización de estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima, fabricación prevista en la ley 23.737. Según la Ley 27.304: La adopción de las disposiciones contenidas en la ley a que deberán estar supeditada?. A un examen poco razonabilidad, sin criterio restrictivo, en el que el Juez deberá la imposibilidad de utilizar la medida más idónea para esclarecer los hechos que motivan la investigación o el paradero de los autores, participes o encubridores. Ninguna. A un examen de razonabilidad, con criterio restrictivo, en el que el Juez deberá la imposibilidad de utilizar la medida más idónea para esclarecer los hechos que motivan la investigación o el paradero de los autores, participes o encubridores. Ambas son correctas. Según la Ley 27.304: Que será necesario para la procedencia de este beneficio?. Sera necesario que los datos o información aportada contribuyan a evitar o impedir el comienzo, la permanencia o consumación de un delito, esclarecer el hecho de la investigación u otros conexos, revelar identidad o paraderos de autores, coautores, instigadores o participes de estos hechos investigados o de otros conexos, brindar datos que permitan significativos avances, indicar las fuentes de financiamiento de las organizaciones criminales…. 15 años de prisión. Delito de producción, trafico, transporte, siembra, almacenamiento o comercialización de estupefacientes, precursores químicos o cualquier otra materia prima, fabricación prevista en la ley 23.737. Ninguna. Cuando el delito atribuido al imputado estuviere reprimido con prisión y/o reclusión perpetua, la pena a cuantos años podrá reducirse?. 1 años de prisión. 5 años de prisión. 10 años de prisión. 15 años de prisión. La reducción de pena no procederá a qué?. A las penas de inhabilitación o multa. En Santa Fe tampoco fue estipulada en el Código de Procedimiento. A la fuerza de ser obligatorio actuar. La negativa no será tenida encuentra como antecedente. La Cesación provisoria del estado antijuridico producido. Ninguna. Todas son correctas. CESE DE ESTADO ANTIJURIDICO ¿Qué establece la Ley 14.239, en su Art. 6°?. Que todos los integrantes del cuerpo de Fiscales tienen, bajo la coordinación y supervisión de la UFE en el Art. 5° los siguientes deberes y atribuciones: Adoptar y solicitar las medidas urgentes para hacer cesar el estado antijuridico. Estas medidas podrán incluir la relocalización asistida de personas o grupos, el derribo de las instalaciones montadas para el tráfico ilícito, el desalojo de inmuebles usurpados o apropiados para dicho fin... Todas son correctas. La restitución inmediata a sus legítimos poseedores, todo sin perjuicio de las ulteriores acciones civiles que pudieran corresponder. Ninguna. Que dispone el Art. 207 del CPPSF?. La Cesación provisoria del estado antijuridico producido. A las penas de inhabilitación o multa. En Santa Fe tampoco fue estipulada en el Código de Procedimiento. Que disponga provisoriamente las medidas del caso para que cese el estado antijuridico o evite que se agrave el darlo producido por el hecho investigado con apariencia de delito en las cosas o efectos. Todas son correctas. Ninguna. ¿Diga el Fiscal, la Victima, el damnificado o querellante o IMPUTADO que podrán solicitar al Juez de la IPP?. Que disponga provisoriamente las medidas del caso para que cese el estado antijuridico o evite que se agrave el darlo producido por el hecho investigado con apariencia de delito en las cosas o efectos. Sera sustanciada en audiencia oral y resuelta sin recurso alguno, aunque no se hubiese celebrado la audiencia imputativa. Sera apelable si causare gravamen irreparable. La Cesación provisoria del estado antijuridico producido. Ninguna. Todas son correctas. Como será sustanciada la incidencia?. Que disponga provisoriamente las medidas del caso para que cese el estado antijuridico o evite que se agrave el darlo producido por el hecho investigado con apariencia de delito en las cosas o efectos. Podrá ordenarse el desalojo inmediato y por la fuerza publica de los intrusos y restitución del inmueble a quien parezca como legitimo tenedor o hubiera sido victima de desplazamiento forzado, todo sin perjuicio de las acciones civiles. Sera sustanciada en audiencia oral y resuelta sin recurso alguno, aunque no se hubiese celebrado la audiencia imputativa. Sera apelable si causare gravamen irreparable. Ninguna. Todas son correctas. Cuando la actividad presumiblemente delictiva hubiera implicado el desplazamiento forzado de personas de su lugar de residencia o la aprobación de inmuebles para el desarrollo de actividades ilícitas que podrá ordenarse?. Podrá ordenarse el desalojo inmediato y por la fuerza publica de los intrusos y restitución del inmueble a quien parezca como legitimo tenedor o hubiera sido victima de desplazamiento forzado, todo sin perjuicio de las acciones civiles. Podrá ordenarse la inactivación física de inmuebles, cuando los mismo hubieran sido para la actividad ilícita, o susceptible de otra utilización. Todas son correctas. Ninguna. Que podrá delegar el Juez en el Fiscal o Autoridad administrativa?. La determinación del técnico, pudiendo en su caso proceder a la demolición total, al desmontaje selectivo de materiales o al bloqueo físico de aberturas. Se dará noticia al Fiscal y en su caso al Juez. La contratación del medio técnico de inactivación, pudiendo en su caso proceder a la demolición total, al desmontaje selectivo de materiales o al bloqueo físico de aberturas. No se dará noticia al Fiscal y en su caso al Juez. Ninguna. La determinación del medio técnico de inactivación, pudiendo en su caso proceder a la demolición total, al desmontaje selectivo de materiales o al bloqueo físico de aberturas. Se dará noticia al Fiscal y en su caso al Juez. De la normativa se deduce que esta figura exige análogos requisitos que las medidas cautelares: La interacción disuasiva y confidencial con elementos subordinados del microtráfico, pudiendo a tal fin exhibirles todo o parte de la evidencia material que podría ser usada en su contra en caso de persistir en la actividad ilícita. a)-Apariencia de responsabilidad del derecho a efectuar por la medida cautelar, b)-peligro en la demora, c)-proporcionalidad. La determinación del medio técnico de inactivación, pudiendo en su caso proceder a la demolición total, al desmontaje selectivo de materiales o al bloqueo físico de aberturas. Se dará noticia al Fiscal y en su caso al Juez. Ninguna. INTERACCION DISUASIVA: Que prevé la Ley Provincial en su Art. 5 inc. F) como facultad de la Unidad Fiscal?. La interacción disuasiva y confidencial con elementos subordinados del microtráfico, pudiendo a tal fin exhibirles todo o parte de la evidencia material que podría ser usada en su contra en caso de persistir en la actividad ilícita. La intención disuasiva y confidencial con 5 elementos subordinados del microtráfico, pudiendo a tal fin exhibirles todo o parte de la evidencia material que podría ser usada en su contra en caso de persistir en la actividad ilícita. La interacción y confidencial con elementos subordinados de narcomenudeo, pudiendo a tal fin exhibirles todo o parte de la evidencia material que podría ser usada en su contra en caso de persistir en la actividad ilícita. |




