Preg T-4 Comun Parte 1
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Título del Test:![]() Preg T-4 Comun Parte 1 Descripción: Preg T-4 Comun Parte 1 |



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¿Qué debe constar necesariamente en una solicitud de acceso a la información pública?. La motivación del solicitante. El número de expediente concreto. La identidad del solicitante. Firma manuscrita. ¿Qué ocurre si no se indica la motivación de la solicitud de acceso a la información pública?. Se deniega automáticamente. Se paraliza hasta que se motive. No afecta al procedimiento. Se inadmite por falta de motivación. Si una solicitud se dirige a un órgano que no tiene la información, ¿qué debe hacer la Administración?. Archivar la solicitud. Inadmitir la solicitud. Derivarla al órgano competente si lo conoce. Requerir al solicitante que busque el órgano adecuado. Si la solicitud es imprecisa, la Administración: La deniega directamente. La admite parcialmente. Pide al solicitante que la concrete. La deriva automáticamente. ¿Qué efecto tiene la falta de concreción de una solicitud en el plazo para resolver?. Se duplica. Se suspende. Se reduce. No afecta. ¿Cuánto tiempo como mínimo debe darse al solicitante para concretar una solicitud imprecisa?. 5 días. 10 días. 15 días. 20 días. ¿Puede presentarse una nueva solicitud tras el archivo de una anterior por falta de concreción?. No. Solo si se recurre. Sí, cumpliendo los requisitos legales. Solo una vez al año. ¿Cuál de las siguientes es causa de inadmisión de una solicitud?. Que esté mal redactada. Que sea una consulta jurídica. Que no tenga firma digital. Que no se justifique el motivo. ¿Qué documentos no pueden solicitarse mediante acceso a la información pública?. Informes finalizados. Resúmenes con interés público. Borradores sin relevancia pública. Resoluciones firmadas. ¿Qué debe hacerse si la información solicitada está en fase de elaboración y se hará pública en tres meses?. Se inadmite. Se estima parcialmente. Se deniega por ley. Se archiva la solicitud. ¿Puede inadmitirse una solicitud si requiere una tarea compleja de elaboración?. No. Sí, pero puede ofrecerse información desglosada. Solo con autorización judicial. Solo si lo aprueba el solicitante. ¿Qué debe incluir toda inadmisión?. Firma de abogado. Comunicación verbal. Motivación por escrito. Justificación técnica. Si la solicitud afecta a terceros, ¿cuánto tiempo tienen para presentar alegaciones?. 5 días. 10 días. 15 días. 20 días. ¿Qué efecto tiene el trámite de alegaciones en el procedimiento?. Lo acelera. Lo suspende. Lo anula. Lo cierra automáticamente. ¿Debe indicarse siempre la identidad del solicitante al tercero afectado?. Sí. No, solo si el solicitante lo autoriza. No necesariamente. Siempre se debe mantener en anonimato. ¿Quién resuelve una solicitud dirigida a la Administración local?. El secretario municipal. El alcalde o su delegado. El pleno del ayuntamiento. El defensor del pueblo. ¿Cuál es el plazo ordinario para resolver una solicitud de acceso?. 10 días. 15 días. 1 mes. 3 meses. ¿Puede prorrogarse ese plazo?. No. Sí, por un mes adicional. Sí, por la mitad del plazo inicial. Solo por motivos económicos. ¿Qué efecto tiene la falta de resolución en el plazo legal?. Silencio desestimatorio. Silencio suspensivo. Silencio estimatorio. Nulo de pleno derecho. ¿Puede denegarse el acceso a pesar del silencio estimatorio?. No, bajo ningún concepto. Solo con autorización judicial. Sí, si concurren límites legales. Sí, si el solicitante no es ciudadano español. Si se estima una solicitud sin oposición de terceros, ¿qué puede sustituir a la resolución?. Comunicación simple. Decreto ley. Acta de la administración. Citación presencial. ¿En qué casos puede suministrarse la información en un formato diferente al solicitado?. Siempre que la Administración lo decida. Por razones técnicas justificadas. Nunca. Solo si el solicitante lo pide. ¿Qué ocurre si el formato solicitado puede dañar el soporte original de la información?. Se inadmite la solicitud. Se entrega igualmente. Se entrega en formato distinto. Se archiva el expediente. ¿Cuál de estas situaciones permite cambiar el formato solicitado por otro?. Que se solicite en papel. Que el solicitante lo desconozca. Que sea más económico y no dificulte el acceso. Que sea información pública. ¿En qué caso es gratuito el acceso a la información pública?. Siempre. Solo si se solicita en papel. Si se consulta en el lugar donde está depositada. Si el interesado tiene certificado digital. ¿Cuándo puede exigirse contraprestación económica por el acceso?. Siempre que se entregue información. Solo si hay solicitud verbal. Si se expiden copias o se cambia el formato. Si la solicitud se realiza fuera de plazo. ¿Quién puede ejercer el derecho de acceso a la información pública?. Solo ciudadanos españoles. Solo funcionarios. Cualquier persona. Solo mayores de edad. ¿Qué debe hacer la Administración tras recibir una solicitud?. Esperar 30 días. Confirmar la recepción e informar del responsable y plazos. Convocar al solicitante. Derivarla al Parlamento. ¿Qué debe hacerse si una solicitud va dirigida a una administración distinta?. Archivar la solicitud. Notificar la inadmisión. Informar al solicitante e indicarle la administración competente. Pedirle que la reenvíe personalmente. ¿Qué tipo de resoluciones deben ser siempre motivadas?. Todas. Las estimatorias sin oposición. Las que cambian el formato de entrega. Las que afectan a entes públicos. ¿Qué indica el artículo 35 sobre el silencio administrativo?. Se entiende desestimado. Se considera nulo. Se entiende estimado, salvo ley en contra. Se notifica al defensor del pueblo. ¿Qué consecuencia puede tener la denegación tras silencio estimatorio?. Pérdida de derechos. Multa al solicitante. Exigencia de responsabilidad a la Administración. Archivo del expediente. ¿Qué debe hacer la Administración si la solicitud ya ha sido publicada provisionalmente?. Ignorar la solicitud. Rechazar el acceso. Indicar al solicitante dónde puede acceder a ella. Estimar parcialmente. ¿Puede accederse a información que afecte a derechos de propiedad intelectual?. No, bajo ningún concepto. Sí, con autorización expresa del titular. Solo si el solicitante paga derechos. Sí, con resolución motivada que identifique al titular. |





