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Preguntas 298-440

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Título del Test:
Preguntas 298-440

Descripción:
Ope psicóloga

Fecha de Creación: 2026/07/07

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 43

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Conforme al art. 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, ¿se puede conceder una petición de acceso a información pública que concierna a datos personales que hagan referencia a la salud de las personas?. Sí, pero solo cuando se cuente con el consentimiento expreso de la persona afectada o la petición estuviera amparada por una norma con rango de ley. No, procede la denegación en todos los casos. Sí, previa ponderación suficientemente razonada del interés público en la divulgación de la información y del derecho de la persona afectada, sin necesidad de su consentimiento ni de habilitación legal o reglamentaria. Sí, sin limitación alguna.

La solicitud de acceso a la información pública: Puede ser anónima. Debe justificar los motivos por los que desea acceder a la información. Deberá dirigirse al titular del órgano administrativo o entidad que posea la información. Es un derecho de petición del art. 29 de la Constitución.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones es verdadera?. La resolución que conceda o deniegue la solicitud de acceso a información pública es irrecurrible en vía contencioso-administrativa. La resolución que dé respuesta a la solicitud de acceso a información pública deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de seis meses desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver. Transcurrido el plazo máximo legal para el dictado y notificación de la resolución expresa de la solicitud de acceso, se entenderá que la solicitud ha sido estimada. Serán motivadas, entre otras, las resoluciones de acceso a información pública cuando concedan el acceso parcial.

Las disposiciones en materia de publicidad activa serán aplicables a: Los partidos políticos. Todas las entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas. Todas las sociedades mercantiles en cuyo capital social tengan alguna participación las Administraciones. Todas las fundaciones que reciban aportaciones de las Administraciones.

La normativa de publicidad activa obliga a publicar: El texto íntegro de todos los contratos. La información relativa a los contratos menores, con carácter mensual. Los presupuestos, con descripción de todas las partidas presupuestarias. Las cuentas anuales que deban rendirse.

La normativa de publicidad activa obliga a publicar: Las declaraciones trimestrales de bienes y actividades de los representantes locales. Las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos. La relación de los bienes muebles e inmuebles que sean de su propiedad. Las retribuciones percibidas anualmente por todos los empleados.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el ejercicio del derecho de acceso a la información pública previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno es INCORRECTA?. El solicitante no está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información. Se inadmitirán a trámite, mediante resolución motivada, las solicitudes relativas a información para cuya divulgación sea necesaria una acción previa de reelaboración. Transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya dictado y notificado resolución expresa se entenderá que la solicitud ha sido estimada. Si la información solicitada pudiera afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente identificados, se les concederá un plazo de quince días para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas.

¿Quiénes tienen derecho de acceso a la información pública?. Solo las personas que tengan residencia en el ámbito de actuación del sujeto obligado. Solo las personas físicas. Solo las personas con nacionalidad en uno de los Estados miembros de la Unión Europea. Todas las personas.

La publicación de la información relativa a los contratos menores: Deberá realizarse mensualmente. Deberá realizarse trimestralmente. Podrá realizarse mensualmente. Podrá realizarse trimestralmente.

Si la información solicitada pudiera afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente identificados: Se realizará el trámite de información pública en el boletín oficial. Se les concederá un plazo de quince días para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas. Se solicitará dictamen al órgano consultivo correspondiente. Se podrá interponer recurso ante el Consejo de Transparencia.

Los ciudadanos y las ciudadanas de Gipuzkoa podrán denunciar los incumplimientos de las obligaciones de publicidad activa y atención a las solicitudes sobre derecho de acceso a la información pública: Ante el Consejo de Gobierno de la Diputación Foral. Ante el/la diputado/a foral competente en materia de transparencia. Ante la Comisión de Reclamaciones en materia de Transparencia. Ante la Comisión Arbitral del País Vasco.

De acuerdo con la Ley 19/2013, la información sujeta a las obligaciones de transparencia: Será publicada en los correspondientes boletines oficiales de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables. Será publicada en las correspondientes sedes electrónicas o páginas web y de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables. Será publicada en las correspondientes sedes electrónicas o páginas web y de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formatos no reutilizables. Será comprensible, de acceso fácil y se exigirá el pago de una cantidad que no exceda de su coste real.

La Norma Foral 4/2019, de 11 de marzo, de Buen Gobierno en el marco de la gobernanza pública foral, en relación con la resolución que resuelva el derecho de acceso a la información pública, señala que: La resolución que se dicte será susceptible de reclamación potestativa ante la Comisión de Reclamaciones en materia de Transparencia en el plazo de un mes. La resolución que se dicte será susceptible de reclamación potestativa ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en el plazo de un mes. La resolución que se dicte será susceptible únicamente de recurso contencioso-administrativo. La resolución que se dicte será susceptible de recurso potestativo de reposición ante el diputado o diputada general o la diputada o diputado foral del departamento que ha tramitado la solicitud en el plazo de un mes.

La Norma Foral 4/2019, de 11 de marzo, de Buen Gobierno en el marco de la gobernanza pública foral, en relación con la apertura y reutilización de datos, dispone que: La apertura de datos se hará de forma progresiva en función de los recursos humanos y materiales de que disponga la Administración, priorizando aquellos de mayor impacto y utilidad, así como aquellos más solicitados por la ciudadanía. La apertura de datos se hará de forma progresiva en base a lo dispuesto en el Plan Estratégico vigente, que priorizará aquellos de mayor impacto y utilidad, así como aquellos más solicitados por la ciudadanía. La apertura de datos se hará de forma progresiva en base a lo dispuesto en el Plan Estratégico vigente, que priorizará aquellos de contenido tributario por ser la información que más impacto económico conllevan. La apertura de datos se hará de forma paulatina en función de los recursos humanos y económicos de que disponga la Administración, priorizando aquellos más solicitados por la ciudadanía.

De conformidad con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIP), para acceder a una determinada información, ¿es necesario que el procedimiento del que forme parte se encuentre terminado?. Sí, ya que según lo dispuesto en el artículo 18 de la LTAIP, se inadmitirán a trámite las solicitudes que se refieran a información que esté en curso de elaboración o de publicación general. Sí, puesto que el concepto de información pública se refiere a la información sujeta a las obligaciones de publicidad activa, según los artículos 6 a 8 de la LTAIP, por lo que es necesario que el procedimiento al que pertenezca esté terminado. No, puesto que la LTAIP únicamente vincula la posibilidad de acceder a una determinada información a que los expedientes o procedimientos hayan sido tramitados en el ejercicio de sus funciones. No, puesto que la LTAIP no condiciona el acceso a la información al estado del expediente o procedimiento administrativo en el que dicha información se haya elaborado o recibido por parte de la Administración.

Según el artículo 19.3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIP), cuando la información solicitada afecta a derechos o intereses de terceros: Esos terceros tienen veinte días para presentar alegaciones que estimen oportunas, y el plazo para dictar resolución se suspende, informándose de ello al solicitante. Esos terceros tienen quince días para presentar alegaciones que estimen oportunas, y el plazo para dictar resolución se ampliará por ese periodo, informándose de ello al solicitante. Se remitirá la solicitud a los terceros para que decidan sobre el acceso, en el plazo de veinte días. Esos terceros tienen quince días para presentar alegaciones que estimen oportunas y el plazo para dictar resolución se suspende, informándose de ello al solicitante.

De conformidad con la Norma Foral 4/2019, de 11 de marzo, de Buen Gobierno en el marco de la gobernanza pública foral, las solicitudes de acceso a la información y datos abiertos contendrán la siguiente información: Identidad de la persona solicitante, que se corresponderá con una persona física. Información a la que desea tener acceso y el motivo. Formato o forma de materializar la información y dirección de contacto, preferentemente electrónica. La solicitud se deberá hacer por cualquier medio escrito (presencial o electrónico) y bastará con especificar la información a la que se desea tener acceso.

Según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, ¿qué debe hacer el sujeto al que se dirige la solicitud si la información solicitada está en su poder, pero ha sido elaborada o generada en su integridad o parte principal por otro?. Pedirá al solicitante que subsane la solicitud en un plazo de diez días, con indicación de que, en caso de no hacerlo, se le tendrá por desistido, así como de la suspensión del plazo para dictar resolución. Pedirá al solicitante que subsane la solicitud en un plazo de quince días, con indicación de que, en caso de no hacerlo, se le tendrá por desistido, así como de la suspensión del plazo para dictar resolución. Si la información solicitada obra en el poder del sujeto al que se dirige la solicitud, éste será quien resuelva previa consulta al sujeto que elaboró o generó la información en su integridad o parte principal. Deberá remitir la solicitud al sujeto que elaboró o generó la información en su integridad o parte principal para que decida sobre el acceso.

De conformidad con la Norma Foral 4/2019, de 11 de marzo, de Buen Gobierno en el marco de la gobernanza pública foral, la Diputación Foral, en el ámbito de sus competencias, publicará: En cuanto a la información de relevancia jurídica, publicará el texto completo de todos los acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno Foral. En cuanto a la información sobre personal cargo público foral, publicará la relación de viajes oficiales realizados con indicación de su objeto, lugar de destino, fecha, participantes y coste. En cuanto a la información sobre contratación, publicará el plan anual de contratación pública de contratos a partir del valor estimado de 100.000 euros en caso de servicios y suministros o de 1.000.000 euros en el de obras y concesión de obras y servicios. En cuanto a la información sobre subvenciones, en las concedidas en régimen de libre concurrencia competitiva bastará con la publicación del importe, objetivo, finalidad y personas beneficiarias.

De conformidad con la Norma Foral 4/2019, de 11 de marzo, de Buen Gobierno en el marco de la gobernanza pública foral, en el ámbito de la Diputación Foral, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la tramitación del expediente de acceso?. En el ámbito de la Diputación Foral, la solicitud se tramitará por el Servicio del departamento en cuyo poder se encuentre la información solicitada. Las Secretarías Técnicas de los departamentos prestarán la máxima colaboración y darán la máxima prioridad a las peticiones que reciban de los servicios de los departamentos o unidad administrativa tramitadora. Si la información solicitada se encuentra en poder de varios departamentos, corresponderá la tramitación a la Secretaría Técnica o unidad administrativa del departamento que la haya elaborado o generado en su parte principal. Si la información solicitada se encuentra en poder de varios departamentos, corresponderá la tramitación a los servicios o unidad administrativa del departamento que la haya elaborado o generado en último lugar.

Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos: Podrán solicitar al responsable del tratamiento el acceso a los datos personales de la persona fallecida. No podrán solicitar al responsable del tratamiento el acceso a los datos personales de la persona fallecida. Podrán acceder a los datos personales de la persona fallecida aunque ésta lo hubiese prohibido expresamente. No podrán solicitar al responsable del tratamiento la rectificación de los datos personales de la persona fallecida.

Según la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ¿cómo casa el deber de secreto impuesto en esta Ley Orgánica con el deber médico de secreto profesional?. Prevalece el secreto médico profesional sobre la protección de datos de carácter personal. Prevalece la protección de datos de carácter personal sobre el secreto médico profesional. Ambos serán complementarios. No puede darse la confluencia entre ambos, ya que la Ley Orgánica 3/2018 no es de aplicación a datos personales relacionados con la salud.

La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales NO es de aplicación a: Cualquier tratamiento totalmente automatizado de datos personales. Al tratamiento no automatizado de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero. Cualquier tratamiento parcialmente automatizado de datos personales. Los tratamientos de datos personales sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas.

El tratamiento de datos personales podrá considerarse fundado en el cumplimiento de una obligación legal exigible al responsable, cuando así lo prevea: Una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley. Una norma de Derecho de la Unión Europea o una norma con rango de ley o de reglamento. Una decisión motivada del órgano administrativo competente. Una decisión motivada del órgano administrativo competente únicamente amparada en motivos de interés general.

Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos: No podrán acceder a los datos del causante cuando la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente. No podrán dirigirse en ningún caso al responsable o encargado del tratamiento al objeto de solicitar el acceso a los datos personales. Podrán acceder en cualquier caso a los datos personales del fallecido. No podrán acceder a los datos de carácter patrimonial del causante.

El derecho de acceso del afectado se ejercitará sin ninguna limitación: Cualquiera que sea la cantidad de datos relativos al afectado. Aunque el ejercicio del derecho de acceso se haya producido en más de una ocasión durante el plazo de seis meses. Aunque el ejercicio del derecho de acceso se haya producido en más de una ocasión durante el plazo de tres meses. Cualquiera que sea la cantidad de datos relativos al afectado siempre que especifique los datos o actividades de tratamiento a los que se refiere la solicitud.

Las imágenes captadas a través de sistemas de cámaras o videocámaras para el ejercicio de las funciones de control de los trabajadores: Se podrán obtener aunque los empleadores no hayan informado con carácter previo. No se podrán obtener en ningún caso. No se podrán obtener en lugares destinados al descanso o esparcimiento de los trabajadores. Se podrán obtener en todo caso para la grabación de sonidos en el lugar de trabajo.

Según la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos serán: Genéricos. Secretos. Exactos. Inexactos.

Señale la respuesta correcta. El empleador podrá acceder a los contenidos derivados del uso de medios digitales facilitados a los trabajadores: Durante el horario laboral. A los solos efectos de controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales o estatutarias. A los solos efectos de garantizar la integridad de dichos dispositivos. A los solos efectos de controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales o estatutarias y de garantizar la integridad de dichos dispositivos.

En relación con el tratamiento de los datos de los menores de edad, la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, señala que: El tratamiento fundado en el consentimiento sólo será lícito cuando sea mayor de catorce años y en los casos en que una ley así lo prevea. El tratamiento fundado en el consentimiento de los menores de catorce años sólo será lícito si consta el del titular de la patria potestad o tutela. El tratamiento fundado en el consentimiento de los menores de catorce años deberá autorizarlo el Ministerio Fiscal. El tratamiento fundado en el consentimiento de los menores de catorce años no procede en ningún caso.

En relación con los derechos de protección de datos de carácter personal, ¿en quién recae la carga de la prueba del cumplimiento del deber de responder a la solicitud de ejercicio de sus derechos formulada por la persona afectada?. Sobre el propio afectado, titular de los datos personales. Sobre el responsable del tratamiento de datos personales. Sobre el encargado del tratamiento de datos personales, que actúa por cuenta del responsable. Sobre el encargado del tratamiento de datos personales, siempre que así se establezca en el contrato o acto jurídico que les vincule.

En relación con la garantía de los derechos digitales, la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, define el derecho al olvido en búsquedas de internet, que implica: Que los motores de búsqueda de internet eliminen de las listas de resultados que se obtuvieran tras una búsqueda efectuada a partir de un nombre los enlaces publicados que contengan información relativa a esa persona, eliminando toda información que se contenga en la web. Que los motores de búsqueda de internet eliminen de las listas de resultados que se obtuvieran tras una búsqueda efectuada a partir de un nombre los enlaces publicados que contengan información relativa a esa persona, aunque la información se mantenga en la web. Que los motores de búsqueda de internet eliminen todas las listas de resultados que contengan la información sobre una persona obtenidas a través de cualquier tipo de búsqueda. Que los motores de búsqueda de internet eliminen todas las listas de resultados que contengan la información sobre una persona en las redes sociales y servicios equivalentes.

De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos, en base al derecho de supresión («el derecho al olvido»): Con el cumplimiento de determinadas circunstancias, el interesado tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la supresión de los datos personales que le conciernan. El interesado siempre tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la supresión de los datos personales que le conciernan, salvo que el propio interesado haya hecho públicos los datos personales. El interesado tiene derecho a que los motores de búsqueda en Internet eliminen de las listas de resultados que se obtuvieran tras una búsqueda efectuada a partir de su nombre los enlaces publicados que contuvieran información relativa a su persona. Únicamente, cuando los datos personales hayan sido tratados ilícitamente, el interesado tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la supresión de los datos personales que le conciernan.

Según el artículo 11.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, cuando los datos personales sean obtenidos del afectado, el responsable del tratamiento podrá dar cumplimiento al deber de información facilitando al afectado la información básica. ¿Qué contenido mínimo deberá tener esta información?. La identidad del responsable del tratamiento y de su representante, en su caso. La finalidad del tratamiento. La identidad del responsable del tratamiento. Los datos de contacto del delegado de protección de datos. La finalidad del tratamiento. Las categorías de datos objeto de tratamiento. La finalidad del tratamiento. La posibilidad de ejercer los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679. La identidad del responsable del tratamiento y de su representante, en su caso. La finalidad del tratamiento. La posibilidad de ejercer los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679.

La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en relación con los datos de las personas fallecidas establece que, cuando la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente o lo establezca una ley, las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos: No podrán acceder a ningún dato del causante, ni solicitar su rectificación o supresión. Tendrán derecho de acceso a todos sus datos, pero no podrán solicitar su rectificación o supresión. No podrán acceder a los datos del causante, ni solicitar su rectificación o supresión, si bien dicha prohibición no afectará al derecho de los herederos a acceder a los datos de carácter patrimonial del causante. No podrán acceder a los datos del causante, ni solicitar su rectificación o supresión, si bien dicha prohibición no afectará al derecho de los herederos a acceder a los datos de salud del causante.

Según la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los responsables y encargados del tratamiento de datos, así como todas las personas que intervengan en cualquier fase de este estarán sujetas al deber de: Los responsables del tratamiento de datos están obligados a compartir la información con cualquier persona que lo solicite para asegurar la transparencia. El personal con acceso a datos personales debe mantener la confidencialidad de estos datos, aun cuando hubiese finalizado la relación del obligado con el responsable o encargado del tratamiento. El personal con acceso a datos personales debe mantener la confidencialidad de estos datos, cuando se trate de datos sensibles de los ciudadanos. El personal con acceso a datos personales debe mantener el secreto profesional, de conformidad con su normativa aplicable.

Según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ¿en qué plazo el responsable del tratamiento facilitará al interesado información relativa a sus actuaciones sobre la base de una solicitud con arreglo a los artículos 15 a 22 (derechos del interesado)?. En el plazo de dos meses a partir de la recepción de la solicitud, sin que dicho plazo pueda ser objeto de prórroga teniendo en cuenta el número de solicitudes. En el plazo de dos meses a partir de la recepción de la solicitud. Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos meses en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad y el número de solicitudes. En el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud. Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos meses en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad y el número de solicitudes. En el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud. Dicho plazo podrá prorrogarse otro mes, en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad de la solicitud.

Teniendo en cuenta los principios relativos al tratamiento establecidos en el artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ¿cómo deben ser tratados los datos personales?. En base al principio de limitación de la finalidad, los datos personales serán recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos, y no podrán ser tratados ulteriormente. En base al principio del interés legítimo, el tratamiento de datos personales puede basarse en el interés legítimo del responsable del tratamiento o de un tercero. En base al principio de responsabilidad proactiva, el responsable del tratamiento debe implementar medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad de los datos personales. En base al principio de minimización de datos, los datos personales serán adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados.

En el contexto del Reglamento General de Protección de Datos, ¿cuál de las siguientes afirmaciones describe correctamente la base de licitud que una Administración pública debe emplear para tratar datos personales al ejecutar sus competencias legales?. La Administración pública debe recabar siempre el consentimiento del interesado antes de tratar sus datos personales. La ejecución de un contrato entre la Administración pública y el interesado es la base de licitud general para el tratamiento de datos personales. La base de licitud principal para las Administraciones públicas es la satisfacción de intereses legítimos, siempre que no prevalezcan los derechos del interesado. La Administración pública puede tratar datos personales si el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Según el artículo 93 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, toda persona tiene derecho a que los motores de búsqueda en Internet eliminen de las listas de resultados que se obtuvieran tras una búsqueda efectuada a partir de su nombre los enlaces publicados que contuvieran información relativa a esa persona cuando fuesen inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos o hubieren devenido como tales por el transcurso del tiempo, teniendo en cuenta los fines para los que se recogieron o trataron, el tiempo transcurrido y la naturaleza e interés público de la información. Señala la respuesta correcta: El enunciado se corresponde con una garantía a un derecho digital que se denomina «Derecho al olvido en servicios de redes sociales y servicios equivalentes». El enunciado se corresponde con una garantía a un derecho digital que se denomina «Derecho al olvido en búsquedas de Internet». El ejercicio del derecho al que se refiere impedirá también el acceso a la información publicada en el sitio web a través de la utilización de otros criterios de búsqueda distintos del nombre de quien ejerciera el derecho. Las respuestas B y C son correctas.

El Reglamento (UE) 2016/679 se aplica: Al tratamiento de datos personales en el ejercicio de una actividad no comprendida en el ámbito de aplicación del Derecho de la Unión. Al tratamiento de datos personales efectuado por una persona física en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas. Al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes con fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales, o de ejecución de sanciones penales, incluida la protección frente a amenazas a la seguridad pública y su prevención. Al tratamiento total o parcialmente automatizado de datos personales, así como al tratamiento no automatizado de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero.

A efectos del Reglamento (UE) 2016/679, se entenderá por «encargado del tratamiento»: La persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo que, solo o junto con otros, determine los fines y medios del tratamiento. La persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo al que se comuniquen datos personales, se trate o no de un tercero. La persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo que trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento. La persona física o jurídica que, solo o junto con otros, determine los fines y medios del tratamiento.

A efectos del Reglamento (UE) 2016/679, los datos personales obtenidos a partir de un tratamiento técnico específico, relativos a las características físicas, fisiológicas o conductuales de una persona física que permitan o confirmen la identificación única de dicha persona, como imágenes faciales o datos dactiloscópicos son: Datos genéticos. Datos biométricos. Datos relativos a la salud. Datos de seguridad.

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