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PREGUNTAS DE AMBITO INTERNO

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Título del Test:
PREGUNTAS DE AMBITO INTERNO

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Fecha de Creación: 2026/09/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50

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La o el servidor militar o policial que destruya abandone o inutilice de forma injustificada bienes destinados a la seguridad pública o a la defensa nacional, poniendo en peligro la seguridad del Estado, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años, incurre en el delito de: Destrucción o inutilización de bienes. Usurpación y retención ilegal del mando. Actos hostiles contra el Estado. Daños a los bienes públicos y privados.

La persona que tome el mando político, militar o policial sin estar autorizada para ello o lo retenga excediendo las atribuciones de las cuales goza, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años y la inhabilitación para el ejercicio de cargo público por seis meses, incurre en el delito de: Actos hostiles contra el Estado. Sedición. Usurpación y retención ilegal de mando. Insubordinación.

La persona que participe en actos de hostilidad o en conflictos armados contra el Estado será sancionada con pena privativa de libertad de diez a trece años en cualquiera de los siguientes casos: a) Suministre información que facilite la agresión por parte de otro Estado. b) Tome las armas en contra del Estado ecuatoriano. c) Permita que se establezcan bases o instalaciones militares extranjeras o cedan bases nacionales o fuerzas militares a otros Estados con propósitos militares, incurre en el delito de: Actos hostiles contra el Estado. Destrucción o inutilización de bienes. Quebrantamiento de tregua o armisticio. Sedición.

Será sancionada con pena privativa de la libertad de diez a trece años la persona que participe en actos de hostilidad o en conflictos armados contra el Estado y realice además una de las siguientes actividades: No permita que establezcan bases o instalaciones militares extranjeras. Tome las armas a favor del Estado Ecuatoriano. Suministre información que facilite la agresión por parte de otro Estado. Todas las anteriores.

La persona que realice acciones violentas y que además realice uno o varios de los siguientes actos, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años: Colabore a que se realicen las elecciones convocadas. Promueva o ayude a lograr la paz del Estado. Promueva, ayude o sostenga cualquier movimiento armado. Usurpación y retención ilegal del cargo.

Art. 336.- Rebelión. “La persona que se alce o realice acciones violentas que tengan por objeto el desconocimiento de la Constitución de la República o el derrocamiento del gobierno legítimamente constituido, sin que ello afecte el legítimo derecho a la resistencia, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. MM - DCS - 08 18 La persona que realice uno o varios de los siguientes actos, será sancionado con pena privativa de libertad de siete a diez años. a) Se levante en armas, para derrocar al gobierno o dificultar el ejercicio de sus atribuciones. b) Impida la reunión de la Asamblea Nacional o la disuelva. c) Impida las elecciones convocadas. d) Promueva, ayude o sostenga cualquier movimiento armado para alterar la paz del Estado.” Las o los servidores militares o policiales que, empleando armas, con el fin de impedir transitoriamente el libre funcionamiento del régimen constitucional o legal vigente, serán sancionados con pena de privación de libertad de uno a tres años, incurre en el delito de: Rebelión. Sabotaje. Insubordinación. Sedición.

Art. 342.- Sedición. “Las o los servidores militares o policiales que, empleando armas, con el fin de impedir transitoriamente el libre funcionamiento del régimen constitucional o legal vigente, serán sancionados con pena de privación de libertad de uno a tres años, cuando realicen cualquiera de los siguientes actos: a) Desobedecer, dentro de una operación militar o policial, órdenes legítimas recibidas. b) Pretender impedir la posesión de cargo de un superior o destituirlo de su función. c) La o el servidor militar o policial que incite a miembros de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional a cometer actos de sedición, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años. d) La o el servidor militar o policial que haga apología de este delito o de quienes lo cometan, será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a un año. e) La o el servidor militar o policial que no adopte las medidas necesarias o no emplee los medios racionales a su alcance para evitar la sedición en las unidades o servicios a su mando o que, teniendo conocimiento de que se trate de cometer este delito, no lo denuncie a sus superiores, será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a un año La o el servidor policial o militar que en tiempo de conmoción interna y sin que lo justifique la situación, deje de emprender o cumplir una misión, se abstenga de ejecutar un operativo, cuando deba hacerlo, o no emplee en el curso de las operaciones todos los medios que exige el cumplimiento de los preceptos de la Ley y órdenes legítimas recibidas, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años, incurre en el delito de: Sabotaje a una instalación militar. Abstención de la ejecución de operaciones en conmoción interna. Paralización de un servicio público. Destrucción de registros militares.

Art. 344.- Abstención de la ejecución de operaciones en conmoción interna. “La o el servidor policial o militar que en tiempo de conmoción interna y sin que lo justifique la situación, deje de emprender o cumplir una misión, se abstenga de ejecutar un operativo, cuando deba hacerlo, o no emplee en el curso de las operaciones todos los medios que exige el cumplimiento de los preceptos de la Ley y órdenes legítimas recibidas, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años.” La o el servidor militar o policial que ordene la movilización de la tropa armada de una unidad, reparto o instalación, sin una orden legítima será acusado de: Sabotaje. Sedición. Rebelión. Insubordinación.

Art. 343.- Insubordinación. “La o el servidor militar o policial que realice uno o más de los siguientes actos, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años cuando: La persona que con el fin de trastornar el entorno económico del país o el orden público, destruya instalaciones industriales o fabriles, centros comerciales, puertos, canales, embalses, minas, polvorines, vehículos o cualquier otro medio de transporte, bienes esenciales para la prestación de servicios públicos o privados, depósitos de mercancías, de explosivos, de lubricantes, combustibles, materias primas destinadas a producción o al consumo nacional, vías u obras destinadas a la comunicación o interrumpa u obstaculice la labor de los equipos de emergencia, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años, incurre en el delito de: Sedición. Paralización de un servicio público. Sabotaje. Destrucción de registros.

ART 345 La persona que impida entorpezca o paralice la normal prestación de un servicio público o se resista violentamente al restablecimiento del mismo; o, se tome por fuerza un edificio o instalación pública, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años, incurre en el delito de: Incitación a discordia entre ciudadanos. Abstención de la ejecución de operaciones en conmoción interna. Incumplimiento de ordenes legitimas. Paralización de un servicio público.

ART 346 La persona que promueva dirija o participe en organizaciones armadas, comandos, grupos de combate, grupos o células terroristas, destinadas a subvertir el orden público, sustituir las fuerzas armadas y policía nacional, atacarlas o interferir su normal desempeño, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años, incurre en el delito de: Instrucción militar ilegal. Grupos subversivos. Infiltración en zonas de seguridad. Traición a la Patria.

ART 349 La persona que imparta o reciba instrucción militar sin permiso de la autoridad competente, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años, incurre en el delito de: Traición a la Patria. Instrucción militar ilegal. Infiltración en zonas de seguridad. Espionaje.

ART 350 La persona que se introduzca injustificadamente en zonas de seguridad, cuyo acceso al público ha sido prohibido, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años, incurre en el delito de: Traición a la Patria. Ocultamiento de objetos para el socorro. Infiltración en zonas de seguridad. Terrorismo.

ART 351 La persona que destruya de cualquier modo, registros auténticos o instrumentos originales de autoridad pública o procesos judiciales, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años, incurre en el delito de: Daño a la propiedad privada y pública. Incitación a discordia entre ciudadanos. Destrucción de registros. Enfrentamiento armado.

ART 347 La persona que promueva la discordia entre los ciudadanos, armando o incitando a armarse unos contra otros, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años, incurre en el delito de: Instrucción militar ilegal. Grupos subversivos. Incitación a discordia entre ciudadanos. Terrorismo.

ART 348 Las o los servidores militares que empleando armas, pretendan impedir la posesión de cargo de un superior o destituirlo de su función, incurre en el delito de: Rebelión. Tentativa de asesinato contra la o el presidente de la república. Sedición. Traición a la patria.

ART 342 Señale cuál de los siguientes enunciados no es considerados como traición a la patria: Desertar hacia las fuerzas del enemigo. Facilitar a las fuerzas del enemigo el ingreso al territorio nacional o a naves. Ejecutar sabotaje con el propósito de dificultar las operaciones militares nacionales o facilitar las del enemigo. Ocultar información relevante a los mando militares o policiales.

ART 353 Seducir tropas ecuatorianas para enlistarlas en filas enemigas es un delito de: Sabotaje. Traición a la patria. Instrucción militar ilegal. Infiltración en zonas de seguridad.

La o el servidor militar que en tiempo de paz intercepte, sustraiga, copie información, archivos, fotografías, filmaciones, grabaciones u otros sobre tropas, equipos, operaciones o misiones de carácter militar o policial será sancionado con una pena privativa de: Cinco a siete años. Siete a diez años. Siete a doce años. Tres a siete años.

ART 354 ESPIONAJE El espionaje es una actividad que el COIP la tipifica como delito para: Un militar o un policía. Un servidor metropolitano. Un ciudadano. Un periodista.

ART 354 ESPIONAJE Difundir, obtener, falsee o inutilizar información clasificada legalmente y que su uso por un país extranjero atente contra la seguridad del Estado, es un delito de: Sabotaje. Espionaje. Atentar contra la seguridad de las operaciones. Traición a la patria.

ART 354 ESPIONAJE Enviar documentos, informes, gráficos u objetos que pongan en riesgo la seguridad o la soberanía del Estado, es un delito de: Insubordinación. Sabotaje. Espionaje. Traición a la patria.

ART 354 ESPIONAJE Rendirse o huir en el desarrollo de una operación militar o policial sin haber agotado los medios de defensa y seguridad que exigen las órdenes recibidas es un delito de: Abandono de bandera. Insubordinación. Atentado contra la seguridad de las operaciones militares o policiales. Instrucción ilegal.

ART 356 El tráfico ilícito de armas de fuego, armas químicas, nucleares o biológicas es un delito en el que se incurre cuando: Patrocine, financia, administra, organiza o dirige actividades destinadas a producción ilícita de armas. Fabrique, suministre, adquiera, comercialice o transporte sin autorización armas, partes o piezas. Adquiere un arma de forma legal. Atenta contra la seguridad del Estado.

Con qué pena privativa de libertad será sancionado la o el reservista, que en caso de conflicto armado, sea llamado e injustificadamente no concurra dentro de cinco días a desempeñar las funciones militares: De dos a cinco años. De tres a cinco años. De uno a tres años. De uno a cuatro años.

La persona que de forma individual o asociada y armada provoque un sentimiento de terror en la población está cometiendo un delito de: Sabotaje. Terrorismo. Traición a la patria. Instigación.

Los actos que ponen en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas es considerado como un delito de: Traición a la patria. Incitación a la discordia. Inseguridad. Terrorismo.

Los lineamientos para la ejecución del apoyo a otras instituciones del Estado son recibidos por el CCFFAA y son emitidos por: Plan Nacional de Seguridad. Ministerio de Defensa Nacional. Presidencia de la República. CCFFAA.

En qué documento, plan, política u otro, se establece como amenaza al crimen organizado: Política de la Defensa Nacional. Código Integral Penal. Constitución de la República. Manual de Conducción Militar.

Qué bienes o lugares, al ser incendiados, provocan una sanción con pena privativa de libertad para sus autores: Aeronaves, almacenes comunes, cuarteles. Astilleros, edificios habitables y escritorios. Edificios, lugares deshabitados, computadores. Embarcaciones, aeronaves, lugares que contengas depósitos de pólvoras.

¿Cuáles son los ámbitos que abarca la seguridad integral?. La seguridad y la cultura. La formación militar y policial. La política y la defensa. La protección de los habitantes y la defensa del Estado.

¿Qué enfrenta el plan de seguridad integral?. Amenazas y países beligerantes. Amenazas y riesgos sociales. Corrupción, desafíos en seguridad y daño social. Amenazas, preocupaciones y otros desafíos de seguridad hemisférica.

¿Qué elementos permiten construir la seguridad nacional?. Identidad del Estado, equilibrio en el poder nacional, alto patriotismo. Partidos políticos, asamblea nacional y gobierno nacional. Unidad inquebrantable, civismo y educación. Fuerzas armadas, Policía Nacional y Control Jurídico adecuado.

¿Cómo se entiende la seguridad en el ámbito nacional?. Percepción ciudadana de seguridad. Condición en el Gobierno actúa libremente. Condición en la que el Estado actúa libremente. Fortalecimiento del poder nacional y militar.

Los objetivos de la defensa nacional son: Seguridad, Defensa y Orden Público. Apoyo a las empresas privadas. Control efectivo del territorio y fortalecimiento de la capacidad estratégica. Ninguna de las anteriores.

Cuáles son las misiones que establece la Política de Defensa Nacional para las FF.AA. Apoyar a las instituciones del Estado, Defender los centros carcelarios, controlar el narcotráfico y la corrupción. Contribuir a la paz regional y mundial, luchar con la corrupción y narcotráfico. Defender la soberanía e integridad territorial; Apoyar a las instituciones de Estado; Apoyar al desarrollo nacional en el ámbito de la defensa; Contribuir a la paz regional y mundial. Únicamente se debe defender la soberanía e integridad territorial.

La misión complementaria de apoyo a instituciones del estado se ejecuta: En tiempos de conflicto bélico. En tiempos de paz y con la emisión del decreto de estado de excepción. En tiempos de guerra. En tiempos de paz y conflicto armado.

Las operaciones militares en el ámbito interno son conducidas por: El Presidente de la República. FFAA de forma aislada. Ministerio de Defensa de forma sistemática. FFAA de forma sistemática.

Una condición externa o interna generada por origen natural o antrópica es considerada como: Peligro. Amenaza. Riesgo. Desastre.

Una amenaza se caracteriza por: Ser un riesgo muy potente. Mucha motivación y poca organización. Ser de origen externo. Capacidad, motivación e intencionalidad.

Una visión sistémica que busca garantizar y proteger la justicia y seguridad ciudadana es un concepto que describe a: Seguridad nacional. Seguridad total. Soberanía nacional. Seguridad integral.

La aprehensión es una actividad que permite al personal militar. Detener a una persona en cualquier momento. Detener a una persona en delito flagrante. Detener a una persona que realiza un escándalo público. Atender a una persona que requiere apoyo humanitario.

La pérdida parcial de los bienes de una persona por razones de intereses públicos contenidas en la legislación es: Incautación. Requisa. Decomiso. Hurto.

El estado de excepción deberá contener la determinación de: Causal y su motivación, periodicidad, disposiciones transitorias. Ámbito territorial, causal y su motivación, reglas de enfrentamiento. Período de duración, causal y su motivación, normas de comportamiento. Causal y su motivación, ámbito territorial, período de duración, medidas a aplicarse, otras.

Para la planificación de las operaciones militares de ámbito interno se puede prever la participación de los siguientes organismos: Ministerio de Gobierno, Ministerio de Defensa, Del Poder Judicial, COE Nacional. Del Poder Judicial, Del SNGRE, COE Nacional, Del Ministerio de Gobierno, Ministerio de Relaciones Exteriores. Del SNGRE, De la Seguridad Pública, Del Poder Judicial, Del Ministerio de Gobierno. Del Ministerio de Relaciones Exteriores, De la Seguridad Publica, Del Ministerio de Defensa, Del Poder Judicial.

Las operaciones de ámbito interno y las operaciones militares de ámbito interno están definidas en función de los variados escenarios de empleo de las FF.AA. en el ámbito interno, tomando en consideración que: Se apoyará a los sectores más vulnerables de la población para minimizar los efectos de la influencia negativa que se pueda generar ante la presencia de amenazas o riesgos. Se va a prevenir o frustrar acciones que afecten las normales actividades en el ámbito interno. Con una adecuada coordinación entre las entidades del Estado se atenderá la emergencia o situación que se presente. A través de las mismas se busca la complementariedad sistémica de los elementos de esta institución y permitir una estrecha coordinación con otras instituciones del Estado.

De acuerdo a la estructura y organización de la Seguridad Pública y del Estado, cuáles son los órganos de control: Secretaría de Inteligencia, Dirección Nacional de Movilización, DIRMOV. Ministerio de Defensa, Ministerios del Interior, Fuerzas Armadas. Legislativo, judicial, control y transparencia social. Ejecutivo, legislativo, judicial, electoral.

Que funciones tiene el Consejo de Seguridad Pública y del Estado: Asesorar y recomendar al presidente de la República sobre las políticas, planes y estrategias de Estado, y sobre sus procedimientos, en materia de integración de las entidades del Estado para solventar cualquier eventualidad. Asesorar en cuanto a la forma de enfrentar las amenazas o riesgos que afecten al normal desarrollo de la nación. Asesorar y recomendar al presidente de la República sobre las políticas, planes y estrategias de Estado, y sobre sus procedimientos, en materia de seguridad pública. Contribuir de manera excepcional con programas que mitiguen los efectos de las eventualidades que puedan presentarse.

Una vez que se eliminó el Ministerio de Coordinación de Seguridad, el Ministerio de Defensa Nacional asumió sus funciones, por lo que es responsable de: Coordinar con los organismos del Estado para la planificación y ejecución de las operaciones en apoyo a las entidades del Estado. Elaborar las políticas públicas, la planificación integral y la coordinación de los organismos que conforman el Sistema de Seguridad Pública y del Estado. Elaborar las políticas públicas, la planificación de las operaciones y la coordinación de los organismos que conforman el Sistema de Seguridad Pública y del Estado. Disponer al CCFFAA la organización, planificación, elaboración y ejecución de los diferentes planes para atender las emergencias nacionales.

Que coordinaciones se realizan entre los Ministerios de Defensa y de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana: Específicamente temas de seguridad y apoyo a los migrantes ecuatorianos. La coordinación de las operaciones y misiones que se cumplen en el exterior. El cumplimiento de becas en el exterior para los militares destacados de los cursos de perfeccionamiento. La cooperación, intercambio de información y operaciones militares combinadas con otros países.

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