Preguntas contexto de la intervención social
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Título del Test:
![]() Preguntas contexto de la intervención social Descripción: contexto de la intervención social |



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¿Cuál de los siguientes principios garantiza que los Servicios Sociales deben estar disponibles y ser accesibles para toda la ciudadanía, sin necesidad de contribuciones previas ni exclusiones por origen o estatus?. Subsidiariedad. Competencias. Universalidad. Beneficencia. ¿Qué concepto define el proceso por el cual una persona o grupo se ve alejado progresiva y multidimensionalmente de la participación plena en la vida social, económica y política de la comunidad?. Integración Social. Dependencia. Exclusión Social. Igualdad Formal. Señale el término que describe el catálogo de prestaciones y servicios, tanto económicos como profesionales y técnicos, que un sistema público de Servicios Sociales ofrece a sus usuarios. Prestación. Cartera de Servicios. Derechos Sociales. Acción Social. ¿Qué principio de la política social establece que las instancias sociales y administrativas de menor nivel (familia, individuo, municipio) tienen prioridad en la resolución de problemas, y solo en caso de incapacidad debe intervenir un nivel superior (ej. gobierno central)?. Universalidad. Subsidiariedad. Discriminación Positiva. Interdisciplinariedad. En el contexto de los Servicios Sociales, el término copago se refiere a: La obligación de que dos administraciones públicas compartan el coste total de un servicio o prestación. La parte del coste de un servicio que es asumida directamente por el usuario beneficiario, generalmente modulada según su renta y patrimonio. El pago completo que realiza la Administración al proveedor privado del servicio social. El derecho del usuario a elegir libremente entre dos servicios similares ofrecidos por la administración. ¿Qué concepto distingue la simple no discriminación legal, centrándose en la eliminación de barreras y la provisión de recursos para que todas las personas puedan alcanzar resultados equivalentes en la práctica y una igualdad real de oportunidades y condiciones de vida?. Igualdad Formal. Asistencialismo. Igualdad Material. Derechos Sociales. Una Renta Mínima de Inserción (RMI) es una: Prestación económica de carácter contributivo, ligada a la cotización previa a la Seguridad Social. Ayuda económica incondicional, sin requisitos de búsqueda de empleo o participación en itinerarios. Prestación finalista, no contributiva, cuyo objetivo es garantizar ingresos mínimos y fomentar la activación para la inserción sociolaboral. Para personas sin recursos suficientes. Medida de Protección Social destinada únicamente a personas con discapacidad o dependencia. La necesidad de que profesionales de diversas disciplinas (Trabajo Social, Psicología, Medicina, Educación) colaboren de manera coordinada para lograr una visión completa y un tratamiento integral de un caso social se denomina: Competencias. Interdisciplinariedad. Enfoque de Derechos. Universalidad. ¿Cuál de estos términos se aplica al conjunto de organizaciones privadas, sin ánimo de lucro, de carácter voluntario y con fines de interés general, que operan en el campo de lo social (como ONGs y fundaciones)?. Asistencialismo. Tercer Sector. Protección Social. Subsidiariedad. La Discriminación Positiva es una medida dirigida a: Garantizar que todas las personas reciban exactamente el mismo trato legal sin ninguna distinción. Establecer tratos diferentes y temporales a favor de colectivos históricamente desfavorecidos para compensar su desigualdad y promover la Igualdad Material. Otorgar prestaciones económicas de por vida a cualquier persona que se encuentre en situación de pobreza. Aplicar medidas punitivas a aquellas personas que incurran en cualquier tipo de discriminación social. ¿Cuál fue la característica de la Caridad ?. Se basaba en la intervención organizada y planificada del Estado. Su principal fuente de financiación era la contribución obligatoria de los trabajadores (cotizaciones). Era una acción religiosa, voluntaria y motivada por la salvación del alma del donante. Estaba universalizada como un derecho exigible por el ciudadano. El tránsito a la Beneficencia implicó: La sustitución total de la Iglesia por el Tercer Sector en la gestión de la ayuda. Una evolución en la acción social con la asunción de la responsabilidad pública del Estado y los derechos sociales, aunque asistencial y residual. La consolidación de la Seguridad Social obligatoria para todos los pobres. El establecimiento de la Renta Mínima. ¿Qué modelo de intervención social se caracteriza por considerar la pobreza como un problema de deficiencia individual o moral, y por ofrecer ayudas discrecionales, no exigibles como derecho?. Modelo de Derechos. Modelo Universalista. Modelo Caritativo/Asistencial. Modelo de Seguridad Social. El Estado del Bienestar se caracterizó, en relación con la protección social, por: La no intervención estatal en la economía y el empleo. El principio de laissez-faire, la mínima intervención estatal y un enfoque residual y penalizador hacia la pobreza. La creación de un sistema de cotizaciones sociales obligatorio financiado por la iglesia. El desarrollo de sistemas universales de protección social bajo el principio de Universalidad. Una de las características esenciales del Estado del Bienestar (Welfare State) es: La total privatización de los servicios sociales y la sanidad. El retorno al modelo de Beneficencia, con ayudas ligadas estrictamente a la caridad religiosa. La institucionalización de la Protección Social como un Derecho Social del ciudadano y la intervención correctora del Estado en el mercado. La eliminación de cualquier tipo de prestación económica no contributiva. ¿Qué implica el paso del Modelo Caritativo/Beneficencia al Modelo de Derechos en la concepción del usuario?. El usuario pasa de ser "sujeto de ayuda" a "objeto de caridad". El usuario pasa de ser "beneficiario de una gracia" a "titular de un derecho" exigible jurídicamente. El usuario pasa de ser evaluado por su necesidad a ser evaluado por su capacidad moral. El usuario pasa a ser exclusivamente una persona pobre sin capacidad de elección. ¿Cuál de los siguientes no es un "pilar" o área clave de intervención de un Estado del Bienestar moderno?. Seguridad Social (Pensiones, desempleo). Sanidad universal. Educación universal y obligatoria. La prohibición total del Tercer Sector y la iniciativa privada en lo social. ¿Qué documento internacional establece la base de los Derechos Sociales a nivel europeo, garantizando derechos como la protección social, jurídica y económica de la familia, los derechos de las personas con discapacidad y las personas mayores, el derecho a protección contra la pobreza y la exclusión social?. El Pacto Internacional de Derechos. La Carta Social Europea (revisada). El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La Declaración Universal de los Derechos Humanos. En el marco constitucional de los Derechos Sociales, ¿qué significa que son los derechos fundamentales?. No son exigibles ante los tribunales. Los Derechos Fundamentales son exigibles directamente ante los tribunales (recurso de amparo). Sólo son aplicables a nivel autonómico. Ninguna es correcta. En la distribución de competencias en Servicios Sociales en España, la legislación básica del Sistema de Seguridad Social y la coordinación general de la Sanidad son atribuciones exclusivas de: Las Corporaciones Locales (Ayuntamientos). Las Comunidades Autónomas. El Tercer Sector. El Estado Central. ¿Cuál es el nivel de administración que tiene la competencia de asistencia social, desarrollo legislativo y la gestión de la mayor parte de los Servicios Sociales de Atención Primaria y Especializada (incluyendo la dependencia), gestión de prestaciones de la seguridad social en determinados casos?. El Estado Central. Las Comunidades Autónomas. Las Diputaciones Provinciales. La Unión Europea. La Ley que establece el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) define la dependencia como: La necesidad de ayuda de terceras personas únicamente por razón de edad avanzada. La incapacidad total para el trabajo o la participación social. El estado de carácter permanente en que se hallan las personas que, por razones derivadas de la edad, enfermedad o discapacidad, precisan de la atención de otras o de ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria. Un estado transitorio de falta de recursos económicos. Los Servicios de Atención Primaria (o Básicos) dentro de la red de Servicios Sociales se caracterizan por: Estar reservados únicamente para casos de emergencia social y crisis. Ser la puerta de entrada al sistema, tener carácter polivalente, comunitario y preventivo, y ser gestionados principalmente a nivel municipal. Ofrecer únicamente prestaciones económicas. Ser exclusivos de las organizaciones del Tercer Sector y no requerir financiación pública. ¿Cuál es la principal diferencia entre un Servicio de Atención Primaria (ej. Información, Valoración y Orientación) y un Servicio Especializado (ej. Centro de Acogida Residencial para Personas con Discapacidad)?. Los servicios primarios son siempre gratuitos, mientras que los especializados tienen copago obligatorio. La Atención Primaria tiene un enfoque generalista, preventivo y territorial; la Atención Especializada ofrece intervenciones intensivas y específicas a un sector de población concreto. La Atención Especializada es competencia exclusiva de las ONGs, mientras que la Primaria es del Estado. Los servicios especializados no requieren una valoración previa del trabajador social, a diferencia de los primarios. Unos ejemplos de Sectores de Intervención Social dentro del sistema sería: La Interdisciplinariedad. El Copago. Personas Mayores o Infancia, o Inmigración, o Personas con Discapacidad. La subsidiariedad. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) de 1948, en el Artículo 22 y siguientes, estableció el reconocimiento internacional de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC), lo que reforzó la idea de: La necesidad de reducir la intervención del Estado en lo social. La eliminación de la Seguridad Social. La concepción de la Protección Social y el bienestar como un Derecho Humano fundamental, consolidando el camino hacia el Estado del Bienestar. La prioridad de la caridad privada sobre la acción pública. |




