Preguntas Oficiales Tema 5 Aduanero Parte 1
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![]() Preguntas Oficiales Tema 5 Aduanero Parte 1 Descripción: Repaso Tema 5 Aduanero Parte 1 |



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A los efectos del CAU, se entenderá por declaración sumaria de entrada: El acto por el que una persona informa a las autoridades aduaneras, en la forma y el modo establecidos, y dentro de un plazo concreto, de que determinadas mercancías van a entrar en el territorio aduanero de la Unión. El acto por el que una persona informa a las autoridades aduaneras, en la forma y el modo establecidos, y dentro de un plazo concreto, de que determinadas mercancías van ser vinculadas a un régimen aduanero. El acto por el que una persona informa a las autoridades aduaneras, en la forma y el modo establecidos, y dentro de un plazo concreto, de que determinadas mercancías van a almacenarse temporalmente bajo vigilancia aduanera. El acto por el que una persona informa a las autoridades aduaneras, en la forma y el modo establecidos, y dentro de un plazo concreto, de que determinadas mercancías van a ser objeto de depósito temporal. Señale la respuesta correcta en relación con el estatuto aduanero de una mercancía: El estatuto aduanero de una mercancía es un concepto equivalente al origen de la mercancía. El estatuto aduanero de una mercancía nunca se pierde. Sólo existen dos posibles estatutos aduaneros para una mercancía. Existen tantos posibles estatutos aduaneros para una mercancía como territorios aduaneros. Cuando las mercancías para las que se haya presentado una declaración de depósito temporal no se presenten en aduana, las autoridades aduaneras invalidarán dicha declaración: Dentro de los 45 días siguientes a la presentación de la declaración. Dentro de los 30 días siguientes a la presentación de la declaración. Dentro de los 20 días siguientes a la presentación de la declaración. Dentro de los 60 días siguientes a la presentación de la declaración. En el caso de que las mercancías sean introducidas en el territorio aduanero de la Unión por vía marítima, la declaración sumaria de entrada será presentada a la aduana de primera entrada, con carácter general, para los cargamentos a granel o a granel con embalajes: A más tardar 24 horas antes de la llegada del buque al primer puerto de entrada en el territorio aduanero de la Unión. A más tardar 2 horas antes de la llegada del buque al primer puerto de entrada en el territorio aduanero de la Unión. A más tardar 12 horas antes de la llegada del buque al primer puerto de entrada en el territorio aduanero de la Unión. A más tardar 4 horas antes de la llegada del buque al primer puerto de entrada en el territorio aduanero de la Unión. Las mercancías de la Unión se convertirán en mercancías no pertenecientes a ella.…: Señale la respuesta incorrecta: Cuando salgan del territorio aduanero de la Unión, siempre que no se apliquen las normas sobre tránsito interno. Cuando se incluyan en régimen de perfeccionamiento pasivo, siempre que la legislación aduanera así lo establezca. Cuando se incluyan en un régimen de tránsito externo, de depósito o de perfeccionamiento activo, siempre que la legislación aduanera así lo establezca. Cuando la declaración de despacho a libre práctica sea invalidada después de haberse efectuado el levante de las mercancías. ¿Qué mercancías se pueden introducir en un ADT (almacén de depósito temporal)?. Las mercancías no pertenecientes a la Unión que, habiendo transcurrido 90 días desde su presentación en aduana, no hayan sido incluidas en ningún régimen aduanero. Las mercancías no pertenecientes a la Unión, presentadas en la aduana, que todavía no han sido despachadas. Las mercancías no pertenecientes a la Unión que hayan sido despachadas previamente. Sólo aquellas mercancías que se vayan a reexportar. De acuerdo con lo establecido en el artículo 133 del Código aduanero de la Unión, el operador de un buque marítimo o de una aeronave que entre en el territorio aduanero de la Unión notificará su llegada a la aduana de primera entrada: En el momento en que esa llegada tenga lugar. En el momento de entrada en el territorio aduanero de la Unión. En el momento de presentación de las mercancías en aduana. A más tardar, una hora antes de la llegada. ¿Quién de los siguientes sujetos no está autorizado a presentar la Declaración Sumaria de Entrada (ENS)?. El transportista. El importador. El consignatario. La autoridad aduanera. La declaración en aduana podrá ser invalidada después de su admisión y a solicitud del declarante cuando. La inclusión de las mercancías en el régimen aduanero para el que fueron declaradas ya no esté justificada, bajo circunstancias especiales. Las autoridades aduaneras hayan informado al declarante la intención de examinar las mercancías. Cuando el solicitante sea Operador Económico Autorizado. Las autoridades aduaneras lo consideren oportuno ya que no existe limitación alguna a la invalidación. Señale la respuesta INCORRECTA. Las mercancías de la Unión se convertirán en mercancías no pertenecientes a ella: Cuando la declaración de despacho a libre práctica sea invalidada después de haberse efectuado el levante de las mercancías;. Cuando se incluyan en un régimen de tránsito externo, de depósito o de perfeccionamiento activo, siempre que la legislación aduanera así lo establezca;. Cuando se incluyan en un régimen de destino final y sean posteriormente, o bien abandonadas en beneficio del Estado, o bien destruidas, y terminen como residuos. Cuando salgan del territorio aduanero de la Unión, siempre que se apliquen las normas sobre tránsito interno. La declaración sumaria de entrada contendrá los datos necesarios para: La determinación del estatuto aduanero de la mercancía. La cuantificación de la deuda aduanera. Incluir la mercancía en un régimen aduanero. El análisis de riesgos a efectos de seguridad y protección. NO será posible efectuar ninguna rectificación sobre una declaración de depósito temporal después de que: Las autoridades aduaneras hayan comunicado a la persona que presentó la declaración su intención de examinar las mercancías. Las autoridades aduaneras hayan concedido el levante de las mercancías. Hayan transcurrido 30 días desde la presentación de la declaración sumaria de entrada. No es posible rectificar datos de la declaración de depósito temporal. Señale la respuesta FALSA: No se permitirá la rectificación de uno o más de los datos de la declaración en aduana después de que esta haya sido admitida por la aduana. No se permitirá rectificar uno o más datos de la declaración en aduana cuando las autoridades aduaneras hayan comprobado la inexactitud de los datos de la declaración en aduana. La rectificación de una declaración en aduana no permitirá utilizarla para mercancías distintas de las contempladas originalmente en ella. No se permitirá la rectificación de uno o más de los datos de la declaración en aduana cuando se haya autorizado el levante de las mercancías. Señale la opción incorrecta. De acuerdo con el artículo 127 del código aduanero de la Unión, la declaración sumaria de entrada podrá ser presentada por: El transportista. El importador o consignatario,. Cualquier persona en cuyo nombre o por cuya cuenta actúe el importador;. Cualquier persona que esté en condiciones de presentar o de disponer que se presenten las mercancías de que se trate ante la aduana de entrada. De acuerdo con el artículo 5.17 del código aduanero de la Unión, se puede definir el depósito temporal como: La situación en la que mercancías no pertenecientes a la Unión se almacenan temporalmente bajo vigilancia aduanera en el periodo entre su presentación en aduana y su inclusión en un régimen aduanero o su reexportación. La situación en la que mercancías pertenecientes a la Unión se almacenan temporalmente bajo vigilancia aduanera en el periodo entre su presentación en aduana y su inclusión en un régimen aduanero o su reexportación. La situación en la que mercancías no pertenecientes a la Unión se almacenan temporalmente bajo ningún tipo de vigilancia aduanera en el periodo entre su presentación en aduana y su inclusión en un régimen aduanero o su reexportación. La situación en la que mercancías no pertenecientes a la Unión se almacenan definitivamente bajo vigilancia aduanera en el periodo entre su presentación en aduana y su inclusión en un régimen aduanero o su reexportación. Señale la afirmación incorrecta. En lo referente a la declaración sumaria de entrada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 del código aduanero de la Unión, no será posible efectuar ninguna rectificación: Cuando las mercancías ya hayan sido presentadas en aduana. Después de que las autoridades aduaneras hayan comunicado a la persona que presenta la declaración sumaria de entrada su intención de examinar las mercancías. Después de que la declaración sumaria haya sido presentada. Después de que las autoridades aduaneras hayan comprobado la inexactitud de los datos de la declaración sumaria de entrada. El acto por el que una persona expresa, en la forma y el modo establecido, la voluntad de incluir las mercancías en un determinado régimen aduanero, con mención, en su caso, de las disposiciones particulares que deban cumplir, es lo que el artículo 5 del código aduanero de la Unión se denomina: Notificación de entrada en la aduana. Declaración de depósito temporal. Declaración sumaria de entrada. Declaración en aduana. Las mercancías no pertenecientes a la Unión que se encuentren en depósito temporal, se incluirán en un régimen aduanero o se exportarán antes de que transcurran: 90 días. 120 días. 30 días. No existe plazo máximo. De acuerdo con el artículo 145 del Reglamento (UE) nº 952/2013, las autoridades aduaneras podrán aceptar que la declaración de depósito temporal adopte alguna de las siguientes formas: Una declaración sumaria manifestada de salida presentada para las mercancías de que se trate, supervisada y contrastada por la vigilancia aduanera con los datos de declaración de zona franca o depósito franco, según los casos. Un manifiesto que contenga los datos de una declaración de depósito de combustible, incluida una referencia a los peligros inherentes a esta clase de mercancías, por el riesgo de deflagración y/o explosión de los depósitos aduaneros, especialmente en áreas portuarias. Una referencia a cualquier declaración sumaria de entrada presentada para las mercancías de que se trate, completada con los datos de una declaración de depósito temporal. Una declaración jurada responsable manifestando los documentos de transporte, que contenga los datos de una declaración de depósito temporal, excluyendo referencias a cualquier declaración sumaria de entrada de las mercancías de que se trate, a fin de evitar errores. Se podrá efectuar una rectificación en una declaración sumaria: Después de que las autoridades aduaneras hayan comunicado a la persona que presentó la declaración sumaria de entrada su intención de examinar las mercancías. Después de que las autoridades aduaneras hayan comprobado la inexactitud de los datos de la declaración sumaria de entrada. En ningún momento. Antes de que las mercancías ya hayan sido presentadas en aduana. En relación al depósito temporal de mercancías, ¿en qué supuestos, el declarante, ya no podrá rectificar uno o varios datos de la declaración?: Después de que las autoridades aduaneras hayan comunicado su intención de examinar la mercancía o hayan comprobado la inexactitud de los datos de la declaración. Podrá realizar la rectificación de la declaración dentro de los 30 días siguientes a su presentación. Podrá realizar la rectificación de la declaración dentro de los 45 días siguientes a su presentación. No se puede rectificar en ningún caso. Conforme el artículo 127.3 del Código Aduanero de la Unión ¿dónde se debe presentar una declaración sumaria de entrada?: En la Aduana de salida. En la Aduana de primera entrada. En cualquier entidad colaboradora. En el puesto de la Guardia Civil. ¿Las mercancías introducidas en el territorio aduanero de la Unión, a partir de qué momento se hallarán bajo vigilancia aduanera?: Desde la presentación de una declaración sumaria. Desde su presentación a la Aduana. Desde su introducción. Desde que se determine su destino aduanero. Según el artículo 135.4 del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el Código Aduanero de la Unión, se asimilarán a mercancías introducidas en el territorio aduanero de la Unión: Las mercancías que, aunque estén aún fuera de dicho territorio, puedan estar sujetas al control de las autoridades aduaneras de un Estado miembro en virtud de un acuerdo celebrado con el país o territorio de que se trate situado fuera del territorio aduanero de la Unión. Las mercancías de la Unión que, estando dentro o fuera del territorio aduanero de la Unión, deban estar sujetas al control de las autoridades aduaneras de un Estado miembro en virtud de un acuerdo celebrado con el país o territorio de que se trate situado dentro del territorio aduanero de la Unión. Las mercancías que, aunque estén aún fuera de dicho territorio, puedan estar sujetas al control de las autoridades aduaneras de un Estado miembro en virtud de agenda de cooperación o comunicación diplomática con el país o territorio de que se trate situado fuera del territorio aduanero de la Unión. No cabe en el derecho aduanero de la Unión la posibilidad de asimilación a mercancías introducidas en el territorio aduanero de la Unión. Las mercancías de la Unión se convertirán en mercancías no pertenecientes a ella, conforme al artículo 154 del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el Código Aduanero de la Unión: Cuando salgan del territorio aduanero de la Unión, siempre que no se apliquen las normas sobre tránsito interno. Cuando se incluyan en un régimen de tránsito interno o de perfeccionamiento pasivo, siempre que la legislación aduanera así lo establezca. Cuando se incluyan en un régimen de perfeccionamiento pasivo y sean posteriormente o bien abandonadas en beneficio de un Estado tercero, o bien destruidas, y terminen como residuos. Cuando la declaración de despacho a libre práctica sea invalidada antes de haberse efectuado el levante de las mercancías. Indique cuál es la respuesta CORRECTA. Las mercancías introducidas en el territorio aduanero de la Unión, a partir del momento de su introducción: Deberán ser trasladadas a una zona franca, para determinar cuál es su estatuto aduanero. Deberán recibir un destino aduanero en el plazo máximo de 30 días. Se incluirán en depósito aduanero y podrán ser examinadas bajo vigilancia aduanera. Se hallarán bajo vigilancia aduanera y podrán ser objeto de controles aduaneros. |





