Preguntas para practicar de lo mío. Parte 3
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Título del Test:
![]() Preguntas para practicar de lo mío. Parte 3 Descripción: Preguntas de 100-150 |



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La Comisión Corporativa de Traslados por Motivos de Salud de Osakidetza tiene como función: Evaluar los riesgos de puestos de trabajo y las peticiones de traslado por motivos de salud. Investigación y mejora de las condiciones de trabajo como acción preventiva en materia de traslados por motivos de salud. Análisis de las solicitudes de adaptación de puestos de trabajo por motivos de salud que no puedan ser resueltas dentro de cada organización de servicios. a) b) y c) son incorrectas. Según el Decreto 106/2008 es uno de los requisitos que el personal sin relación de empleo fijo en la administración debe reunir, además de los requisitos generales que establezcan las convocatorias: Haber prestado dos años de servicios en Osakidetza en la misma categoría desde la que se solicita el desarrollo profesional. Haber tomado parte en el último proceso de Oferta Pública de Empleo convocado, con realización efectiva del examen de la categoría desde la que opte. Haber prestado servicios en cualquiera de las Administraciones Públicas o en instituciones sanitarias de titularidad privada. Haber formado parte de las listas de contratación temporal de Osakidetza por un periodo mínimo de seis meses. En relación a la consideración de servicios prestados a efectos de desarrollo profesional: Al personal sin relación de empleo fijo se le computarán los servicios prestados en otras administraciones a razón de un 30%. Al personal fijo se le computarán los servicios prestados en otras administraciones, en diferentes grupos profesionales, a razón de un 20%. Al personal fijo se le computarán los servicios prestados en otras administraciones, en el mismo grupo profesional, a razón de un 50%. Al personal que ha accedido a promoción interna se le computarán los servicios prestados en otras administraciones, a razón de un 40%. La Comisión paritaria de seguimiento del desarrollo profesional tiene como función: Establecer y actualizar los criterios para la promoción interna del personal de Osakidetza. Determinar las fechas para las convocatorias correspondientes al periodo transitorio. Informar a las Centrales Sindicales de los criterios de baremación establecidos para las convocatorias. Recibir información sobre el desarrollo de los procedimientos de evaluación y de reconocimiento de grado. El Decreto 106/2008, de 3 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo alcanzado en la Mesa Sectorial de Sanidad, en su reunión del día 14 de marzo de 2008, en materia de conciliación de la vida laboral y familiar, y más concretamente en relación a la licencia por gestación recoge que todo el personal femenino (no sólo el sanitario): NO podrá realizar guardias durante los cuatro meses anteriores y posteriores. Tendrá la opción de realizar guardias durante los dos meses anteriores y posteriores. NO podrá realizar noches, pero sí podrá realizar guardias en los tres meses anteriores y posteriores. Tendrá la opción de no realizar guardias y noches durante los tres meses anteriores y posteriores. En el compromiso de crecimiento de plantilla estructural para el período 2007 2009 contemplado en el Decreto 106/2008, el mayor incremento de plazas correspondía al grupo profesional de: Médicos EAP y Pediatras. DUE´s Atención Primaria. Matronas. Auxiliares de Enfermería. En relación a la Euskaldunización, el Decreto 106/2008 establece la realización de: Una convocatoria anual de acreditación de perfiles lingüísticos. Dos convocatorias anuales de acreditación de perfiles lingüísticos. Tres convocatorias anuales de acreditación de perfiles lingüísticos. Cuatro convocatorias anuales de acreditación de perfiles lingüísticos. El Decreto 106/2008, en relación a las externalizaciones de servicios determina que: En sucesivas adjudicaciones de un mismo servicio las nuevas empresas adjudicatarias decidirán si subrogan a los/as trabajadores/as. Las subcontrataciones o externalizaciones de servicios deberán hacerse con empresas adjudicatarias de la Comunidad Autónoma. Las empresas adjudicatarias de los servicios subcontratados podrán subcontratar a su vez los servicios a terceros. Se primará a las empresas con mayor porcentaje de plantilla estable. |




