PREGUNTAS DE VERDADERO Y FALSO
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Comprender el concepto, los fundamentos, las funciones y las características de los derechos humanos es esencial para entender el género. F. V. Comprender el concepto, los fundamentos, las funciones y las características de los derechos humanos es esencial para entender el género. F. V. Incorporar el enfoque de derechos humanos es crucial en la lucha para ejercer los derechos humanos de manera digna, libre e igual. F. V. Existe la creencia errónea de que los derechos humanos están asociados solo a una organización que protege a ciertos sujetos específicos y carecen de base normativa. F. V. Los derechos humanos son vistos por algunos como un conjunto de postulados ideales que son alcanzables para todas las personas. F. V. Algunas personas perciben que los derechos humanos no agregan valor a las posibles soluciones para las difíciles circunstancias que enfrentan millones de personas en el mundo. F. V. Según la corriente crítica o emancipatoria progresista, la condición humana es suficiente para disfrutar de los derechos humanos. F. V. . La corriente crítica o emancipatoria progresista cuestiona los consensos históricos que invisibilizan a las personas en mayor situación de vulnerabilidad. F. V. Joaquín Herrera Flores sostiene que los derechos humanos no están relacionados con las luchas sociales. F. V. Para la teoría crítica de los derechos humanos, el contenido básico de los derechos humanos se define como el conjunto de luchas por la dignidad, cuyos resultados deben ser garantizados por normas jurídicas, políticas públicas y una economía abierta a las exigencias de la dignidad. F. V. Las declaraciones de independencia de Estados Unidos, Francia y México no tuvieron ningún impacto en la positivación de derechos. F. V. La Revolución Rusa de febrero de 1917 fue motivada en parte por la falta de alimentos y la guerra. F. V. El movimiento internacional de mujeres a partir de la década de los sesenta del siglo XX promovió la adopción de marcos de protección a su integridad y libertades fundamentales. F. V. Las luchas por el derecho al trabajo, la propiedad, el capital y el trato justo no forman parte de la historia de los derechos humanos desde una perspectiva crítica. F. V. La dignidad humana se refiere a la condición que permite a cada ser humano ser tratado como semejante a los demás, independientemente de sus características individuales. F. V. El reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas entre 1969 y 2007 no tiene antecedentes en los procesos insurreccionales del siglo XIX en Suramérica y Centroamérica. F. V. Immanuel Kant explicó que cada persona debe ser considerada como un fin en sí misma y nunca solo como un medio. F. V. La dignidad es un concepto moderno y no tiene antecedentes en la filosofía de siglos anteriores. F. C. La afirmación de la dimensión colectiva de la dignidad ha sido especialmente reivindicada por los pueblos indígenas y africanos. F. V. La igualdad como atributo del ser humano implica que todas las personas, aunque diferentes en muchos aspectos, son iguales en dignidad y derechos. F. V. Las diferencias individuales deben ser utilizadas para perjudicar a una persona o a un pueblo en detrimento de otro. F. V. La afirmación de la igualdad como fundamento de los derechos humanos se basa en la constatación de que todas las personas son iguales en identidad y condiciones. F. V. La igualdad y las diferencias se interrelacionan y no se contradicen, según Luigi Ferrajoli. F. V. La Corte Interamericana de Derechos Humanos considera inadmisible crear diferencias de tratamiento entre seres humanos que no se correspondan con su única e idéntica naturaleza. F. V. Según Norberto Bobbio, la libertad es una cualidad de un ente y la igualdad es un modo de establecer un tipo de relación entre los entes de una totalidad. F. V. La igualdad se considera un atributo genérico que se desprende de las relaciones entre las distintas partes que constituyen la humanidad. F. V. La libertad no tiene ninguna relación con la igualdad según el texto. F La libertad no está expuesta a las restricciones del injusto orden económico y de desarrollo mundial. F. V. La libertad, como fundamento de los derechos humanos, es una cualidad intrínseca e inalienable de cada ser humano. F. V. El Estado ecuatoriano se define como un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico según el artículo 1 de la CRE (2008). F. V. En Ecuador, las y los gobernantes se eligen de modo no democrático y su ejercicio político es indefinido. F. V. El Estado ecuatoriano se organiza en cinco funciones: Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y Transparencia y Control Social. F. V. Los diversos niveles de gobierno en Ecuador están obligados a garantizar los derechos económicos, sociales y culturales y la protección integral de las personas habitantes de Ecuador. F. V. La estructura política y jurídica del Estado ecuatoriano no está relacionada con su obligación de promoción, protección, respeto y garantía de los derechos humanos. F. V. Según la Constitución de Ecuador, el derecho a la objeción de conciencia no puede afectar a otros derechos ni causar daño a las personas o a la naturaleza. F. V. La objeción de conciencia, al igual que otros derechos, es un derecho absoluto y no tiene límites. F. V. . Todos los ciudadanos de Ecuador tienen el derecho de negarse a usar la violencia y a participar en el servicio militar. F. V. Según la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP), los servidores públicos en Ecuador no tienen derecho a la objeción de conciencia. F. V. Todos los servidores públicos en Ecuador tienen derecho a la objeción de conciencia, incluso si están sujetos a órdenes legítimas de sus superiores jerárquicos. F. V. Los derechos del buen vivir están descritos en los artículos del 12 al 34 de la Constitución de la República del Ecuador. F. V. Los derechos de grupos de atención prioritaria están contemplados en los artículos 35 al 55 de la CRE y se dirigen a grupos históricamente marginados para garantizar el ejercicio pleno de sus derechos fundamentales. F. V. Los derechos de participación, incluidos en los artículos 61 al 65 de la Constitución ecuatoriana, permiten que las personas participen en decisiones de interés colectivo y en el servicio público. F. V. Los derechos de la naturaleza, establecidos en los artículos 71 al 74 de la CRE, reconocen a la naturaleza como sujeto de derechos y garantizan su existencia a través del mantenimiento y regeneración de los ciclos vitales. F. V. Los derechos de protección, que se encuentran en los artículos 75 al 82 de la Constitución ecuatoriana, resguardan a las personas en relación con los procesos judiciales y aseguran la tutela efectiva de derechos y otros aspectos relacionados con el debido proceso. F. V. Los Estados tienen una visión única de construcción de las obligaciones frente a los derechos humanos. F. V. . La Convención Americana de Derechos Humanos es uno de los documentos que rige a todos los países de la OEA. F. V. La Convención Americana entró en vigor el 18 de julio de 1978. F. V. El Ecuador firmó la Convención Americana el 22 de noviembre de 1969. F. V. El artículo 1 de la Convención Americana establece que los Estados Partes se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella. F. V. El Ecuador tiene tres obligaciones como parte de la Convención Americana. F. V. La Constitución del Ecuador establece que el país se organiza en forma de monarquía. F. V. La Constitución del Ecuador de 1998 priorizaba el principio de legalidad. F. V. Las Fuerzas Armadas en la actualidad tienen como misión fundamental la conservación de la soberanía nacional. F. V. El Decreto Ejecutivo No 884 del 03 de octubre del 2019 establece que la movilización de las Fuerzas Armadas es independiente de las acciones de la Policial Nacional. F. V. Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional tienen la misma misión y funciones según la Constitución del 2008. F. V. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) indica que las Fuerzas Armadas deben ser utilizadas para el control del orden público siempre que sea necesario. F. V. La Constitución del Ecuador permite la declaración de estado de excepción en cinco casos específicos. Durante el estado de excepción, se pueden limitar hasta seis derechos. F. V. La Constitución del Ecuador permite el empleo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional durante un estado de excepción. F. V. El Decreto Presidencial No 883 del 1 de octubre de 2019 declaró el estado de excepción debido a un desastre natural. F. V. Durante el estado de excepción, las Fuerzas Armadas pueden actuar de manera independiente de la Policía Nacional. F. V. El Decreto Ejecutivo 884 establece que las Fuerzas Armadas pueden participar en el restablecimiento del orden público de forma complementaria a la Policía Nacional. F. V. El Gobierno Nacional ha dispuesto la participación de las Fuerzas Armadas en el restablecimiento del orden público en circunstancias ordinarias. F. V. El Decreto Ejecutivo 1017 del 16 de marzo de 2020 declaró el estado de excepción debido a una grave conmoción interna. F. V. Durante el estado de excepción por calamidad pública, las Fuerzas Armadas solo pueden colaborar en el control de las limitaciones de derechos dispuestas. F. V. La movilización de las Fuerzas Armadas durante un estado de excepción está dirigida principalmente a combatir al enemigo. F. V. La Constitución del Ecuador establece que las Fuerzas Armadas deben ser utilizadas en el mantenimiento del orden público de forma prioritaria. F. V. El Ecuador cumple con los estándares internacionales de derechos humanos al limitar el empleo de las Fuerzas Armadas en el control del orden público. F. V. La movilización de las Fuerzas Armadas durante un estado de excepción se realiza de acuerdo con el marco legislativo vigente en materia de Seguridad Pública y del Estado. F. V. La igualdad se analiza desde tres dimensiones en el texto. F. V. La igualdad significa homogeneidad y uniformidad entre las personas. F. V. La igualdad como principio se refiere al reconocimiento de los derechos sin distinción de diversas categorías. F. V. La igualdad como principio apareció por primera vez en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. F. V. La Revolución Francesa sostuvo el principio de igualdad de manera inclusiva desde sus inicios. F. V. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 establece la igualdad como principio sustantivo. F. V. La igualdad como principio se ha incluido en la mayoría de las Constituciones después de 1948. F. V. El derecho a la igualdad es la base esencial del concepto de ciudadanía. F. V. La igualdad como derecho se define como una capacidad formal garantizada por el marco jurídico de los Estados. F. V. La igualdad en el derecho tiene funciones que pueden cuestionar, cambiar o conservar las realidades sociales. La igualdad es una categoría estática según el texto. F. V. La igualdad como concepto relacional dinámico implica la relación entre dos objetos o personas. La igualdad de derechos se refiere principalmente a igualdad en la ley y ante la ley. F. V. Ser iguales ante la ley significa ser tratado como un miembro respetado, responsable y participativo de la sociedad. F. V. La igualdad implica recibir igual tratamiento y respeto ante la ley, pero no necesariamente igual protección de la ley. F. V. La igualdad es un principio constitucional en el Ecuador que debe estar presente en el quehacer del Estado y las relaciones sociales. F. V. Según la Constitución del Ecuador, nadie puede ser discriminado por razones de identidad cultural, lugar de nacimiento, edad, entre otros. F. V. La igualdad formal y material se fundamentan en la valoración de las diferencias existentes en la sociedad, ignorándolas para propiciar el desarrollo personal y colectivo. F. V. . La no discriminación y la igualdad de trato son conceptos diferentes según el texto. F. V. Los prejuicios se forman a partir de juicios de valor aplicados a una persona antes de conocer su verdadera esencia. F. V. La sociedad alemana justificó la discriminación contra la población judía debido a prejuicios que consideraban a los judíos una amenaza para el empleo y la riqueza de los alemanes. F. V. Los comentarios sobre extranjeros quitando empleos a nacionales generalmente están respaldados por estadísticas que muestran una alta incidencia de inmigración en el desempleo. F. V. Los comentarios sobre extranjeros quitando empleos a nacionales generalmente están respaldados por estadísticas que muestran una alta incidencia de inmigración en el desempleo. FALSO. V. La discriminación hacia los refugiados se justifica debido a que muchos podrían ser guerrilleros. F. V. . En Ecuador, el principio de igualdad y no discriminación se vincula al concepto de "buen vivir" y obliga al Estado a trabajar para erradicar la discriminación en todas sus formas. F. V. La pluriculturalidad implica relaciones horizontales entre culturas, sin distinción de culturas mayoritarias o dominantes. F. V. Bajo el enfoque de interculturalidad en Ecuador, se reconocen a nivel constitucional los derechos colectivos de diversos grupos étnicos, como los pueblos indígenas y afrodescendientes. F. V. La Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo de Ecuador establece que el enfoque intercultural busca mantener las relaciones de poder asimétricas entre grupos culturales diferentes. F. V. El enfoque intercultural permite reconocer la discriminación racial como un acto concreto basado en la superioridad de unas razas sobre otras. F. V. . La lucha contra el racismo en Ecuador tiene una estrecha relación con el reconocimiento de los derechos colectivos y la implementación del enfoque intercultural. F. V. La premisa de que todos los latinos saben bailar salsa es realista y comprobable. F. V. Todos los afrodescendientes tienen buena voz para el canto, según el texto. F. V. El término intergeneracionalidad hace referencia a las interacciones, del tipo que sean, entre los miembros de distintas generaciones. F. V. El término intergeneracionalidad hace referencia a las interacciones, del tipo que sean, entre los miembros de una misma raza. F. V. .El concepto de intergeneracionalidad es mencionado en la Constitución en tres sentidos. F. V. El concepto de intergeneracionalidad es mencionado en la Constitución en 12 sentidos. F. V. Una generación es un grupo de personas de un determinado rango de edad que comparten visiones y prácticas. F. V. EL Adultocentrismo se refiere a la discriminación. F. V. .EL Adultocentrismo se refiere a la cultura. F. V. La Interseccionalidad hace referencia a la situación en la cual una clase concreta de discriminación interactúa con dos o más grupos de discriminación creando una situación única. F. V. La Interseccionalidad hace referencia a la situación actual de la cultura. F. V. La Constitución del Ecuador provee el marco normativo para la construcción de la sociedad y del Estado, basado 109.en los principios de la doctrina de los derechos humanos. F. V. La Constitución del Ecuador provee el marco normativo para la construcción de la sociedad y del Estado, basado en los principios de la doctrina de los derechos humanos. f. v. La Constitución del Ecuador no provee el marco normativo para la construcción de la sociedad y del Estado. F. V. La Constitución proclama la decisión de construir una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad. F. V. La Constitución concede igual jerarquía a todos los derechos humanos. F. V. .La Constitución no proclama la decisión de construir una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad. F. V. La Constitución no concede igual jerarquía a todos los derechos humanos. F. V. El artículo 44 de la CRE, establece el interés superior de niñas, niños y adolescentes como una consideración primordial. F. V. El artículo 48 de la CRE, establece el interés superior de niñas, niños y adolescentes como una consideración primordial. F. V. El artículo 45 de la Constitución se dispone que, las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica. F. V. El artículo 48 de la Constitución no dispone que, las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica. F. V. El interés superior del niño es un principio jurídico-social. F. V. El interés superior del niño no es un principio jurídico-social. F. V. .El término adolescencia fue introducido en la literatura científica en el año de 1904. F. V. .El término adolescencia fue introducido en la literatura científica en el año de 1900. F. V. .El término adolescencia fue introducido en la literatura científica por el psicólogo y educador F. Franklin Pazos. F. V. La CRE, establece en el artículo 39 la garantía de los derechos de las jóvenes y los jóvenes. F. V. La CRE, establece en el artículo 39 la garantía de los derechos de las mujeres. F. V. La CRE, establece en el artículo 50 la garantía de los derechos de las mujeres. F. V. El Estado reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país. F. V. El Estado no reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país. F. V. .El Estado no reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país. F. V. Las personas adultas mayores recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. F. V. El artículo 4 de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores (LOPAM, 2019) establece que, para la aplicación de los derechos, constituyen principios fundamentales, entre otros, los principios de igualdad formal y material y el principio de protección. F. V. Las personas adultas mayores recibirán atención prioritaria y especializada en ningún ámbito. F. V. .Las personas adultas mayores recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos privado. F. V. Las personas adultas mayores recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público. F. V. .El término adolescencia fue introducido en la literatura científica en el año de 1800. F. V. El artículo 40.1 de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores (LOPAM, 2019) establece que, para la aplicación de los derechos, constituyen principios fundamentales, entre otros, los principios de igualdad formal y material y el principio de protección. F. V. Los aspectos interrelacionados de Butler son tres. F. V. Los aspectos interrelacionados de Butler son uno. F. V. Las Actitudes discriminatorias es uno de los aspectos interrelacionados de Butler. F. V. Las Prácticas discriminatorias es uno de los aspectos interrelacionados de Butler. F. V. Prácticas institucionales y políticas que perpetúan estereotipos hacia las personas adultas mayores es uno de los aspectos interrelacionados de Butler. F. V. El adultocentrismo se manifiesta en prácticas sociales discriminatorias. F. V. Los aspectos interrelacionados de Butler son ocho. F. V. La discriminación por edad ocurre mediante prácticas que excluyen o tratan negativamente a personas mayores. F. V. La discriminación por edad ocurre mediante prácticas que incluyen positivamente a las personas mayores. F. V. El pilar de la igualdad tiene dos aspectos. F. V. El pilar de la igualdad tiene ocho aspectos. F. V. La igual protección de la ley, es un el pilar de la religión. F. V. La igualdad frente al contenido de las normas, es un el pilar de la religión. F. V. La igualdad de deberes y derechos se materializa en la existencia de políticas públicas que garanticen derechos a través de servicios. F. V. La igualdad de oportunidades se materializa en la posibilidad de que las personas tengan igual oportunidad de acceso a los servicios públicos y privados. F. V. La igual protección de la ley, es un el pilar de la igualdad. F. V. .La igualdad frente al contenido de las normas, es un el pilar de la igualdad. F. V. .El pilar de la igualdad tiene cuatro aspectoos. F. V. La Distribución equitativa de la riqueza tiene que ver con la necesidad de corregir desigualdades estructurales derivadas de un reparto inequitativo de los recursos sociales. F. V. El Estado no está obligado a realizar acciones destinadas a eliminar las desigualdades económicas. F. V. .La igualdad de trato se debe dar también a las relaciones que se generan entre los particulares. F. V. El Estado está obligado a realizar acciones destinadas a eliminar las desigualdades económicas. F. V. .La igualdad de trato se considera, tanto en la relación de los agentes del Estado con los ciudadanos y ciudadanas, como en el trato entre las personas en la convivencia cotidiana. F. V. .La desigualdad de trato se debe dar también a las relaciones que se generan entre los particulares. F. V. La garantía de derechos de los grupos generacionales, se efectiviza diseñando y ejecutando políticas y acciones basadas en información sobre realidad demográfica y su situación de cumplimiento de derechos. F. V. Una garantía es todo mecanismo para hacer efectivo un derecho. F. V. Una principio es todo mecanismo para hacer efectivo un derecho. F. V. Una deber es todo mecanismo para hacer efectivo un derecho. F. V. .Los organismos que componen un sistema de protección se pueden clasificar según sus atribuciones en 8 tipos. F. V. .Los organismos que componen un sistema de protección se pueden clasificar según sus atribuciones en 7 tipos. F. V. Los Mecanismos para garantizar los derechos de los grupos generacionales son el Sistemas de Protección de Derechos y Enfoque sistémico. F. V. La Constitución de la República del 2008 en su artículo 1, al reconocer el carácter plurinacional e intercultural del país. F. V. La Constitución de la República del 2018 en su artículo 1, al reconocer el carácter plurinacional e intercultural del país. F. V. La Constitución de la República del 2028 en su artículo 1, al reconocer el carácter plurinacional e intercultural del país. F. V. La Costumbre es la manera habitual de obrar una persona, animal o colectividad, establecida por un largo uso o adquirida por la repetición de actos de la misma especie. F. V. La Costumbre no es la manera habitual de obrar una persona, animal o colectividad, establecida por un largo uso o adquirida por la repetición de actos de la misma especie. F. V. El Grupo social es el Conjunto de individuos (dos o más personas) que desempeñan un rol social dentro de una sociedad. F. V. .El Grupo social es el Conjunto de una persona que desempeñan un rol social dentro de una sociedad. F. V. La Justicia social es un valor que promueve el respeto igualitario de los derechos y las obligaciones de cada ser humano. F. V. Las Nacionalidades Indígenas son entidades territoriales milenarias constituidas por pueblos u organizaciones locales. F. V. .El estado plurinacional es la organización política y jurídica de los Pueblos y Naciones originarias y de la sociedad del país. F. V. La Justicia social no es un valor que promueve el respeto igualitario de los derechos y las obligaciones de cada ser humano. F. V. Las Nacionalidades Indígenas son entidades territoriales milenarias constituidas por pueblos u organizaciones no locales. F. V. El estado plurinacional es la organización política de las Naciones no originarias de la sociedad del país. F. V. La Identidad Cultural es un conjunto de valores, tradiciones, símbolos, creencias y modos de comportamiento. F. V. La sociedad intercultural es un horizonte que no debe orientar las relaciones humanas y sociales La Identidad nacional es un conjunto de valores, tradiciones, símbolos, creencias y modos de comportamiento. F. V. Las características de la justicia indígena son nueve. F. V. Las etapas básicas de la justicia indígena son nueve. F. V. La administración de justicia indígena conserva su jurisdicción para conocer y dar solución a los conflictos internos que se producen entre sus miembro. F. V. La consulta previa es un derecho colectivo que garantiza la participación de comunidades, pueblos y nacionalidades en las distintas medidas, planes y programas que puedan afectarles. F. V. El artículo 56 señala que, las comunidades, pueblos, y nacionalidades indígenas, el pueblo afroecuatoriano, el pueblo montubio y las comunas forman parte del Estado ecuatoriano, único e indivisible. F. 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