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PRESUPUESTOS

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Título del Test:
PRESUPUESTOS

Descripción:
2 PRESUPUESTOS

Fecha de Creación: 2024/10/05

Categoría: Otros

Número Preguntas: 29

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la Subdirección pretende tramitar, por el procedimiento de anticipo de caja fija, un servicio de traducción de documentos, siendo el coste de 4.200 euros. Este servicio es necesario realizarlo con asiduidad, dada la actividad que desarrolla esta Subdirección. 10.-) ¿Podrá tramitarse el servicio de traducción mediante el procedimiento especial de anticipo de caja fija?. a)No, porque por la cuantía sólo puede tramitarse mediante un contrato menor. b)No, porque este tipo de gastos sólo puede realizarse mediante el procedimiento especial de pagos a justificar. c)No, por tratarse de un servicio y no de un suministro. d)Sí, porque por cuantía la normativa aplicable permite acudir a este procedimiento.

Indique el órgano competente para establecer las normas que regulan los pagos satisfechos mediante de anticipos de caja fija en el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales: a)El Ministro de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales. b)El Secretario General del Tesoro y Política Financiera. c)El Subsecretario de Hacienda y Función Pública. d)El Director General de la Administración Periférica.

Según la LGP, la cuantía global de los anticipos de caja fija NO podrá superar: a)Para cada ministerio u organismo autónomo el 5% del total de créditos del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente en cada momento. b)Para cada ministerio u organismo autónomo el 7% del total de créditos del capítulo 6 del presupuesto vigente en cada momento. c)Para cada ministerio u organismo autónomo el crédito total del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente. d)Para cada ministerio u organismo autónomo el 7% del total de créditos del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente en cada momento.

Conforme a la Ley General Presupuestaria, la aprobación de las normas reguladoras de los anticipos de caja fija mediante las que se indiquen los gastos que pueden ser satisfechos por dicho sistema y los créditos compete: a)Al Gobierno. b)Al Ministro de Economía y Hacienda. c)A los Ministros y Presidentes o Directores de los Organismos autónomos en relación con sus respectivos ámbitos. d)A los Ministros en relación con sus respectivos Departamentos, incluyendo los Organismos autónomos que tengan adscritos.

El sistema de anticipos de caja fija: a)Exclusivamente puede ser implantado en los Organismos Autónomos para hacer frente a gastos de inversión de carácter periódico y repetitivo. b)Tiene como limitación que la cuantía global de los anticipos de caja fija no podrá superar para cada ministerio u organismo autónomo el diez por ciento del total de créditos del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto de gastos inicial. c)Consiste en la provisión de fondos de carácter extrapresupuestario y permanente realizada a pagadurías, cajas y habilitaciones para la atención inmediata y posterior aplicación al capítulo de gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto del año en que se realicen, de gastos periódicos o repetitivos.

¿Cuál de los siguientes tipos de gastos puede realizarse mediante anticipos de caja fija?: a)Préstamos al personal por importe de dos mensualidades de retribuciones básicas. b)Gastos corrientes en bienes y servicios de carácter periódico o repetitivo. c)Contratos menores y obras de emergencia. d)Obras de emergencia solamente.

La cuantía global de los anticipos de caja fija no podrá superar para cada Ministerio u Organismo: a)El 7 por ciento del total de créditos del capítulo destinado a operaciones corrientes del presupuesto vigente en cada momento. b)El 14 por ciento del total de créditos del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente en cada momento. c)El 14 por ciento del total de créditos del capítulo destinado a operaciones corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente en cada momento. d)El 7 por ciento del total de créditos del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente en cada momento.

El límite de la cuantía global de los anticipos de caja fija concedidos por los Departamentos ministeriales y sus Organismos Autónomos será: a)El 7% de los créditos del capítulo 1 de su Presupuesto. b)El 7% de los créditos del capítulo 2 de su Presupuesto. c)El 7% de los créditos del capítulo 6 de su Presupuesto. d)El 7% de los créditos presupuestarios.

Señale cuál de los siguientes gastos NO se puede tramitar por el sistema de anticipo de caja fija: a)Combustible por 35.000,00 euros. b)Agua por 3.500,00 euros. c)Indemnizaciones por destino en el extranjero por 5.500,00 euros. d)Atenciones protocolarias y representativas por 100,00 euros.

Señale la cantidad máxima establecida para poder realizar, con cargo al anticipo de caja fija, pagos individualizados: a)5.000 €, en todo caso. b)5.000 €, excepto los destinados a gastos de teléfono, energía eléctrica, combustibles o indemnizaciones por razón del servicio. c)10.000 € en todo caso. d)10.000 €, excepto los destinados a gastos de teléfono, energía eléctrica, combustibles o indemnizaciones por razón del servicio.

Si una de las facturas que debe abonar la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación con cargo al libramiento realizado por la Dirección General se refiere a un gasto corriente del capítulo 2 del presupuesto de gastos del año en curso, ¿cuál será el modo de pago a realizar si no se supera la cuantía de 5.000 euros?. a)Un pago a justificar. b)Un anticipo de caja fija. c)Un pago en firme. d)Un pago a cuenta.

¿La compra de material de oficina para la sede del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital podría pagarse mediante anticipo de caja fija?. a)Si, la compra del material requerido podría pagarse mediante anticipo de caja fija. b)No, con cargo al anticipo de caja fija no podrán realizarse pagos individualizados superiores a 1.000 €. c)No, con cargo al anticipo de caja fija no podrán realizarse pagos individualizados superiores a 1.000 €, salvo que se fraccione el gasto en varios pagos que no excedan del límite máximo. d)No, pues con cargo al anticipo de caja fija solo podrán realizarse pagos destinados a la compra de material inventariable.

Los anticipos de caja fija se pueden utilizar para la atención inmediata de los gastos: a)Todos aquellos que sean periódicos o repetitivos. b)De personal. c)Corrientes en bienes y servicios. d)Todos los inferiores a 12.000 euros en el año natural.

Los perceptores de las órdenes de pago a justificar quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidades percibidas en el plazo máximo de: a)Tres meses. b)Un mes. c)Un año. d)Antes de la finalización del ejercicio presupuestario.

Según la LGP, el plazo de rendición de las cuentas en los pagos a justificar es de: a)3 meses, excepto las correspondientes a pagos de subvenciones y pagos en el extranjero que podrán ser rendidas en el plazo de 6 meses. b)2 meses, excepto las correspondientes a pagos de expropiaciones, subvenciones y pagos en el extranjero que podrán ser rendidas en el plazo de 6 meses. c)2 meses, excepto las correspondientes a pagos de expropiaciones y pagos en el extranjero que podrán ser rendidas en el plazo de 6 meses. d)3 meses, excepto las correspondientes a pagos de expropiaciones y pagos en el extranjero que podrán ser rendidas en el plazo de 6 meses.

En relación con el libramiento de pagos a justificar, ¿quiénes serán los responsables de la custodia y uso de los fondos?. a)Los perceptores de las órdenes de pago a justificar. b)La Intervención Delegada del Ministerio. c)En todo caso, la Ministra de Hacienda y Función Pública. d)La Ministra de Hacienda y Función Pública, salvo que reglamentariamente se establezca otra cosa.

Las modificaciones presupuestarias mediante las cuales se amplía un crédito existente en el Presupuesto de Gastos para atender una obligación específica y claramente determinada para la que resulta insuficiente el crédito existente, se denominan: a)Créditos extraordinarios. b)Generación de Crédito. c)Suplementos de Crédito. d)Transferencias de Crédito.

Las modificaciones presupuestarias que incrementan los créditos como consecuencia de la realización de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial se denominan: a)Generaciones de crédito. b)Créditos ampliables. c)Créditos extraordinarios. d)Suplementos de crédito.

En el Estado, ¿quién autoriza los créditos extraordinarios y suplementos de crédito para atender obligaciones del ejercicio corriente o de ejercicios anteriores si se hubiera anulado crédito en el ejercicio de procedencia, cuando se financian con cargo al Fondo de Contingencia?. a)Las Cortes Generales. b)El Consejo de Ministros. c)El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. d)El titular del Ministerio afectado.

¿Cuál es el órgano competente para autorizar los créditos extraordinarios y suplementos de crédito del Estado para atender obligaciones del ejercicio corriente o de ejercicios anteriores si se hubiera anulado crédito en el ejercicio de procedencia, cuando se financien con cargo al Fondo de Contingencia?. a)El Ministro de Hacienda y Función Pública. b)El Ministro titular del Departamento afectado. c)El Ministro titular del Departamento afectado, salvo cuando existe informe negativo de la Intervención Delegada del Departamento correspondiente y lo remita en discrepancia al Ministro de Hacienda y Función Pública. d)El Consejo de Ministros. e)Las Cortes Generales.

Según establece la Ley General Presupuestaria, corresponde al Gobierno: a)Autorizar las transferencias entre distintas secciones presupuestarias como consecuencia de reorganizaciones administrativas. b)Autorizar las incorporaciones de remanentes. c)Autorizar las transferencias no reservadas a la competencia del Consejo de Ministros que no puedan acordarse directamente por los titulares de los departamentos afectados. d)Autorizar las ampliaciones de créditos destinados al pago de pensiones de Clases Pasivas del Estado.

Una transferencia de crédito realizada desde el capítulo I al capítulo II del presupuesto de un mismo Ministerio, dentro del mismo servicio y programa, deberá ser autorizada por: a)El Ministro del Ministerio afectado. b)El Director General de Presupuestos. c)No se puede realizar una transferencia del capítulo I al capítulo II. d)El Ministro de Hacienda.

La competencia para autorizar las transferencias de crédito entre distintas secciones presupuestarias como consecuencia de reorganizaciones administrativas corresponde: a)Al Ministerio de Hacienda y Función Pública. b)A los Ministerios afectados, previa autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública. c)Al Congreso de los Diputados a propuesta del Gobierno, al tratarse de una modificación de la Ley de los Presupuestos Generales. d)Al Gobierno.

Según la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, ¿quién autorizaría un suplemento de crédito para atender la necesidad urgente del pago del I.B.I de un edificio de un organismo autónomo por valor de 18.000 euros?. a)El Presidente o Director del organismo autónomo. b)El Ministro del que dependa el organismo autónomo. c)La Ministra de Hacienda y Función Pública. d)El Consejo de Ministros.

Dentro de los créditos para gastos regulados en el LGP, se encuentra la posibilidad de adquirir compromisos de gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen, siempre que: a)El gasto que se impute a cada uno de los ejercicios posteriores no exceda de la cantidad que resulte de aplicar al crédito inicial a que corresponda la operación los siguientes porcentajes: en el ejercicio inmediato siguiente, el 60 por ciento; en el segundo ejercicio, el 50 por ciento; y en los ejercicios tercero y cuarto, el 40 por ciento. b)Su ejecución se inicie en el ejercicio anterior y que no superen los límites y anualidades fijados por Ley. c)Su ejecución se inicie en el propio ejercicio y que no superen los límites y anualidades fijados por Ley. d)El gasto que se impute a cada uno de los ejercicios posteriores no exceda de la cantidad que resulte de aplicar al crédito inicial a que corresponda la operación los siguientes porcentajes: en el ejercicio inmediato siguiente, el 50 por ciento; en el segundo ejercicio, el 40 por ciento; y en los ejercicios tercero y cuarto, el 20 por ciento.

De acuerdo con el artículo 47.2 de la LGP, en el caso de gasto plurianual el gasto que se impute a cada uno de los ejercicios posteriores deberá respetar los siguientes porcentajes: a)En el ejercicio inmediato siguiente y en el segundo ejercicio, el 70%, en el tercer ejercicio, el 60% y en el ejercicio cuarto el 50%. b)En el ejercicio inmediato siguiente, el 70%, en el segundo y tercer ejercicio, el 60% y en el cuarto, el 50%. c)En el ejercicio inmediato siguiente, el 70%, en el segundo ejercicio, el 60%, en el tercer ejercicio, el 50 % y en el ejercicio cuarto el 25%. d)En el ejercicio inmediato siguiente, el 70%, en el segundo ejercicio, el 60%, y en los ejercicios tercero y cuarto, el 50 %.

En el caso de los gastos plurianuales de los expedientes de contratación, la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (en adelante LGP) establece que: a)El número de ejercicios posteriores al año de inicio del gasto a que pueden aplicarse los gastos no será superior a dos. b)En la tramitación anticipada no existe límite en el número de ejercicios a que pueden aplicarse los gastos. c)El número de ejercicios posteriores al año de inicio del gasto a que pueden aplicarse los gastos no será superior a uno. d)El número de ejercicios posteriores al año de inicio del gasto a que pueden aplicarse los gastos no será superior a cuatro.

¿Existe la posibilidad de comprometer gastos para ejercicios futuros?: a)Si, pero respetando los siguientes porcentajes para cada uno de los ejercicios futuros: 70% para el primer ejercicio posterior; 60% para el segundo y 50% para tercero y cuarto. b)No, los créditos presupuestarios se agotan con el fin del ejercicio presupuestario. c)Si, pero respetando los siguientes porcentajes para cada uno de los ejercicios futuros: 70% para el primer ejercicio futuro y 50% para los demás. d)Si, pero respetando los siguientes porcentajes para cada uno de los ejercicios futuros: 60% para el primer ejercicio futuro, 50% para el segundo y tercero y 40% para el cuarto.

De acuerdo con la LGP, la adquisición de compromisos de gasto de carácter plurianual: a)Sólo cabe para gastos de inversión. b)Es posible, pero con un máximo de cuatro anualidades y el gasto que se impute a cada uno de los ejercicios posteriores no puede exceder de los siguientes porcentajes, aplicados al crédito inicial a que corresponda la operación: en el ejercicio inmediato siguiente, el 70%; en el segundo ejercicio, el 60%; y en el tercer y cuarto ejercicio, el 50%. c)Es posible, pero con un máximo de cinco anualidades y el gasto que se impute a cada uno de los ejercicios posteriores no puede exceder de los siguientes porcentajes, aplicados al crédito inicial a que corresponda la operación: en el ejercicio inmediato siguiente, el 80%; en el segundo ejercicio, el 70%; en el tercero, el 60%; y en el cuarto y quinto, el 50%. d)Es posible para gastos de duración indeterminada, previo acuerdo del Consejo de Ministros.

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