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PRL CONTRUCCION Y OBRAS

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Título del Test:
PRL CONTRUCCION Y OBRAS

Descripción:
TEST PRIMER 1627

Fecha de Creación: 2026/04/10

Categoría: Otros

Número Preguntas: 14

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RD 1627/97. Artículo 3. Designación de los coordinadores en materia de SyS. En obras incluidas en este RD; ¿cuándo deberá designar el promotor una coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto?. Cuando intervengan varios proyectistas. Cuando intervengan más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos. Los coordinadores siempre serán los promotores.

RD 1627/97. Artículo 3. Designación de los coordinadores en materia de SyS. En obras incluidas en este RD; ¿cuándo deberá designar el promotor una coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra?. Cuando intervengan varios proyectistas. Cuando intervengan más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos. Los coordinadores siempre serán los promotores.

RD 1627/97. Artículo 3. Designación de los coordinadores en materia de SyS. En obras incluidas en este RD; ¿La designación de los coordinadores eximirá al promotor de sus responsabilidades?. Si. No. Si, solo en la elaboración del proyecto.

RD 1627/97. Artículo 3. Designación de los coordinadores en materia de SyS. En obras incluidas en este RD; ¿El coordinador de SyS durante la elaboración de la obra y el coordinador de SyS durante la ejecución, podrá ser la misma persona?. Si. No, solo en el caso de obras menores. Si, solo en la elaboración del proyecto.

RD 1627/97. Artículo 4. Obligatoriedad del Estudio de SyS o del Estudio básico de SyS en las obras. El Promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio de SyS en los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes: ¿Qué el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a?. 75 millones de pesetas. 50 millones de pesetas. 25 millones de pesetas.

RD 1627/97. Artículo 4. Obligatoriedad del Estudio de SyS o del Estudio básico de SyS en las obras. El Promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio de SyS en los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes: ¿Que la duración estimada sea superior a ---- días laborables, empleándose en algún momento a más de ---- trabajadores simultáneamente?. 30 días / 20 trabajadores. 30 días / 30 trabajadores. 20 días / 30 trabajadores.

RD 1627/97. Artículo 4. Obligatoriedad del Estudio de SyS o del Estudio básico de SyS en las obras. El Promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio de SyS en los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes: ¿Qué el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra sea superior a?. 500. 400. 300.

RD 1627/97. Artículo 4. Obligatoriedad del Estudio de SyS o del Estudio básico de SyS en las obras. El Promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio de SyS en los proyectos de obras en que se den alguno de los supuestos siguientes: ¿Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas?. Si, en todo caso. Si, si el presupuesto supera los 75 millones de pesetas. No se incluye en este RD.

RD 1627/97. Artículo 4. Obligatoriedad del Estudio de SyS o del Estudio básico de SyS en las obras. ¿Cuando estará obligado el promotor a que en fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio Básico de SyS?. Cuando en los proyectos de obras no estén incluidos en ninguno de los supuesto del apartado 1 del Artículo 4 del presente RD. Siempre junto con el Estudio de SyS. Solo en obras menores.

RD 1627/97. Artículo 5. Estudio de seguridad y salud. ¿Quien lo elaborará?. por un técnico competente designado por el promotor. Cuando deba existir un coordinador de SyS en la elaboración del proyecto de obra, le corresponderá a éste. las dos opciones son correctas.

RD 1627/97. Artículo 6. Estudio Básico de seguridad y salud. ¿Quien lo elaborará?. por un técnico competente designado por el promotor. Cuando deba existir un coordinador de SyS en la elaboración del proyecto de obra, le corresponderá a éste. las dos opciones son correctas.

RD 1627/97. Artículo 7. Plan de seguridad y salud en el trabajo. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico ¿Quien elaborará al plan de seguridad y salud en el trabajo?. por un técnico competente designado por el promotor. un coordinador de SyS en la elaboración del proyecto de obra. Contratista.

RD 1627/97. Artículo 7. Plan de seguridad y salud en el trabajo. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico ¿Quien debe aprobarlo al plan de seguridad y salud en el trabajo?. por un técnico competente designado por el promotor. un coordinador de SyS en la elaboración del proyecto de obra. un coordinador de SyS en la elaboración de ejecución de obra.

RD 1627/97. Artículo 7. Plan de seguridad y salud en el trabajo. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico ¿Podrá ser modificado por el contratista el plan de seguridad y salud en el trabajo?. No. Si, siempre que lo apruebe el coordinador de SyS en la elaboración del proyecto de obra. Si, siempre que lo apruebe el coordinador de SyS en la elaboración de ejecución de obra.

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