Proce penal 2
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Título del Test:
![]() Proce penal 2 Descripción: tus muertos |



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Alfredo ha arrojado una tasa de alcohol en aire espirado de 0,8 miligramos por litro en un control preventivo de alcoholemia que le ha practicado la Guardia Civil. Tramitándose las actuaciones como diligencias urgentes ante el Juzgado de Guardia, no habiéndose constituido acusación particular, ¿podría Alfredo beneficiarse de la reducción legalmente prevista en un tercio de la pena que haya solicitado el Ministerio Fiscal en su escrito de acusación?. - Sí, siempre y cuando muestre su conformidad ante el juzgado de guardia y dicte éste Sentencia de conformidad. - Sí, y podrá hacerlo hasta el momento previo al inicio del acto del juicio oral en el Juzgado de lo Penal. - No, porque el delito en cuestión no lo permite. - No, porque para que fuera posible se necesitaría que estuviera personada la acusación particular. José Antonio ha recibido una citación para comparecer al acto de juicio como denunciado por un delito leve de daños, castigado con pena de multa de uno a tres meses. En esa citación, único documento que se le facilita, se le informa de que puede ser asistido por Abogado si lo desea y de que deberá acudir al juicio con los medios de prueba de que intente valerse. ¿En qué error u omisión incurre esta citación?. - La representación por Procurador es facultativa, pero la de Abogado resulta preceptiva. - Es incompleta, porque no acompaña copia de los antecedentes penales del denunciado. - Es incompleta, porque no acompaña copia de la querella o de la denuncia que se haya presentado. - La representación por Procurador y la asistencia de Abogado resulta preceptiva. Roberto ha interpuesto querella contra Francisco por delitos de injuria y calumnia entre particulares. Roberto, en su condición de querellante y Francisco en su condición de querellado son citados al acto del juicio. Sin embargo, llegado el día de su celebración Francisco no comparece. ¿Puede celebrarse el juicio en su ausencia?. - Sí, si lo solicita el querellante. - Sí, siempre que el querellado resultare haber sido citado en forma. - No, al tratarse de un proceso penal especial tiene derecho a una segunda citación para el acto del juicio. - No, salvo que el querellado lo autorice expresamente por escrito. El Juzgado de Instrucción número 2 de El Ferrol ha acordado decretar la prisión provisional sin fianza de Iñigo con la finalidad de evitar la ocultación, alteración, o destrucción de las fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento al existir un peligro fundado y concreto. A la hora de valorar la existencia de ese peligro el Instructor ha tenido que atender: - Conjuntamente a la naturaleza del hecho, la gravedad de la pena y la capacidad de Iñigo para acceder por sí o a través de terceros a las fuentes de prueba. - Conjuntamente a la naturaleza del hecho, la gravedad de la pena y la capacidad de Iñigo para acceder por sí o a través de terceros a las fuentes de prueba, así como a la posibilidad de afectar a bienes jurídicos de la víctima. - A la capacidad de Iñigo para acceder por sí o a través de terceros a las fuentes de prueba o para influir sobre otros investigados o encausados, testigos o peritos o quienes pudieran serlo. - Única y exclusivamente a la falta de colaboración de Iñigo en el curso de la investigación. ¿Qué consecuencia se deriva del planteamiento de un conflicto de competencia por un juzgado de lo social a un juzgado de lo penal, por considerar el primero que es competente para el conocimiento de la causa criminal de la que está conociendo el segundo?. Al tratarse de un conflicto de competencia entre juzgados de distinto orden jurisdiccional, el mismo se resolverá por una Sala especial del Tribunal Supremo. No es posible que se plantee tal conflicto. Ningún juez o tribunal podrá plantear conflicto de competencia a los órganos del orden jurisdiccional penal. Se resolverá por la Sala de Conflictos de la Jurisdicción, al tratarse de un conflicto de competencia entre juzgados de distinto orden jurisdiccional. Se resolverá por la Audiencia Provincial como órgano inmediato superior común a los juzgados entre los que se plantea el conflicto de competencia. En el caso de que esté acusada una persona jurídica, ¿quién le representa en el acto del juicio?. Las personas jurídicas no pueden estar representadas en el acto del juicio. Quien ocupe el cargo de administrador de dicha persona jurídica. La persona que, en su caso, especialmente designe, sin que pueda celebrarse el juicio en ausencia de esta persona. La persona que, en su caso, especialmente designe, pudiendo celebrarse la vista si ésta no compareciese. ¿Cuánto durará la prisión provisional?. El plazo imprescindible para alcanzar cualquiera de los fines previstos en el artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en tanto subsistan los motivos que justificaron su adopción. Un año si el delito tuviere señalada pena privativa de libertad igual o inferior a tres años, o de dos años si la pena privativa de libertad señalada para el delito fuera superior a tres años y no es susceptible de prórroga. Dos años si el delito tuviere señalada pena privativa de libertad igual o inferior a tres años, o de cuatro años si la pena privativa de libertad señalada para el delito fuera superior a tres años. No puede superar en ningún caso los dos años. En un juicio seguido contra varios acusados, si uno de ellos no comparece en el acto del juicio, ¿puede continuar el juicio para los restantes?. En ningún caso, porque les generaría indefensión. Solo en el caso de que dicho acusado haya dejado de comparecer sin motivo legítimo, y el juez o tribunal, oídas las partes, acuerde la continuación del juicio para los restantes. Solo en el caso de que la pena pedida por las acusaciones para dicho acusado no supere los dos años de prisión. Solo si presta su conformidad a ello el abogado defensor del acusado ausente. ¿Qué recursos pueden interponerse contra los decretos de los letrados de la Administración de Justicia?. El recurso de reposición, excepto en aquellos supuestos en que proceda la interposición directa de recurso de revisión por así preverlo expresamente la Ley. Los recursos de reforma, queja y casación. Sus resoluciones no son susceptibles de recurso. Únicamente el recurso de reposición. Una vez solicitada la orden de protección, ¿en qué plazo debe el juez convocar la audiencia prevista en la Ley de Enjuiciamiento Criminal?. En 72 horas desde que el presunto agresor es detenido. Debe convocar a una audiencia urgente a la víctima, al solicitante, al presunto agresor, asistido, en su caso, de abogado y al Ministerio Fiscal. En cualquier caso la audiencia habrá de celebrarse en un plazo máximo de 72 horas desde la presentación de la solicitud. En 48 horas desde la presentación de la solicitud. En el plazo más breve posible y, en todo caso, antes de 48 horas desde la presentación de la solicitud. |





