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Procedimiento Administrativo.

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Título del Test:
Procedimiento Administrativo.

Descripción:
Test procedimiento adm.

Fecha de Creación: 2024/05/30

Categoría: Otros

Número Preguntas: 40

Valoración:(6)
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El procedimiento administrativo se inicia: Siempre de oficio. De oficio o por denuncia de un particular. De oficio o a instancia de interesado, o de ambas formas, según el procedimiento de que se trate.

Según el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas los interesados en un procedimiento tendrán derecho a conocer los actos de trámite dictados: En cualquier momento. Con anterioridad al trámite de audiencia. Cuando le sean expuestos por el órgano instructor.

El procedimiento se impulsa: De oficio. Por denuncia de un particular. Siempre a impulso de los interesados.

La iniciación del procedimiento por denuncia de un particular se entiende: De oficio. A instancia de un particular. Puede ser de oficio o a instancia de un particular.

¿En qué momento el órgano correspondiente podrá adoptar, de oficio o a instancia de parte, las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer?. Antes de iniciar el procedimiento administrativo. Iniciado el procedimiento administrativo. Antes del trámite de audiencia.

Las medidas provisionalísimas estarán vigentes: Mientras no se resuelva el procedimiento administrativo. Sólo hasta que se inicie el procedimiento, ya que en ese momento deben ser confirmadas, modificadas o alzadas. Mientras no se adopte el acuerdo de levantarlas por el órgano competente para ello.

¿Cuáles de los siguientes procedimientos administrativos no puede iniciarse a instancia de una parte?. Procedimiento común. Procedimiento sancionador. Procedimiento de responsabilidad patrimonial.

Los interesados pueden presentar alegaciones: En cualquier momento de la instrucción del procedimiento mientras la instrucción no haya concluido. Sólo durante la fase de alegaciones. En cualquier momento de la instrucción del procedimiento anterior al de audiencia y vista del expediente.

El periodo de información pública tiene carácter: Es obligatorios en todo tipo de procedimiento. Siempre es facultativo, ya que en ningún procedimiento la información pública es obligatoria. Como regla general es facultativo, si bien será obligatorio si la norma que regula un procedimiento así lo determina.

Los informes, salvo una norma que diga lo contrario, son: Son siempre obligatorios, pero no siempre son vinculantes. Como regla general no es obligatorio solicitarlos, pero si se solicitan son vinculantes. Como regla general no es obligatorio solicitarlos, ni tampoco son vinculantes. salvo que la norma que regula un procedimiento establezca lo contrario.

El silencio negativo: Al igual que el silencio positivo, es un acto administrativo presunto. Es una mera ficción legal, si bien, una vez producido, la Administración no puede resolver el procedimiento de forma expresa. Es una mera ficción legal que permite al interesado reaccionar contra la desestimación de su solicitud.

¿Cómo debe actuar la Administración, según la LPAC, cuando el interesado hubiera desistido o renunciado al derecho, pero sin embargo la cuestión suscitada por la incoación del procedimiento entrañase interés general?. Podría limitar los efectos de dicho desistimiento o renuncia, prosiguiendo el procedimiento. Podría limitar los efectos de dicho desistimiento o renuncia, ampliando el plazo máximo de resolución del mismo. Podría suspender los efectos de dicho desistimiento o renuncia, por un plazo máximo de 20 días.

Las normas sancionadoras no tendrán efectos retroactivos: Nunca, no se permite la retroactividad. Si no favorecen al presunto infractor, tanto a lo referido a la tipificación de la infracción como a la sanción y los plazos de prescripción, incluso respecto de las sanciones pendientes de cumplimiento al entrar en vigor la nueva disposición. En cuanto favorezcan al presunto infractor o al infractor, tanto a lo referido a la tipificación de la infracción como a la sanción y los plazos de prescripción, incluso respecto de las sanciones pendientes de cumplimiento al entrar en vigor la nueva disposición.

Constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales infracciones: Por una norma con rango de ley. Por una norma superior al real decreto. Por una ley, real decreto u orden.

El silencio positivo: Es una presunción, una ficción legal, que permite que el órgano competente resuelva de forma expresa, aunque se haya producido el silencio sin tener en cuenta el sentido del mismo. Es un acto administrativo presunto, que impide resolver posteriormente sin tener en cuenta el sentido del silencio. Es un acto administrativo que impide en cualquier caso resolver el procedimiento.

El apremio sobre el patrimonio es un medio de ejecución forzosa que se utiliza en el caso de: Actos personalísimos de dar. Actos personalísimos de hacer. Deudas líquidas.

Es una característica de las sanciones administrativas que: Si son de naturaleza no pecuniaria, en ningún caso podrán implicar, directa o subordinadamente, privación de libertad. Sean o no de naturaleza pecuniaria, en ningún caso podrán implicar, directa o subordinadamente, privación de libertad. Si son de naturaleza pecuniaria, en ningún caso podrán implicar, directa o subordinadamente, privación de libertad.

Cuando la Administración ejecute subsidiariamente una obligación que el interesado no haya ejecutado: La administración se hará cargo de la ejecución y correrá con los gastos. La administración se hará cargo de la ejecución y podrá imponer una sanción al particular para resarcirse de los gastos. La administración ejecutará el acto y los gastos serán de cuenta del obligado.

¿Qué afirmación no es correcta en relación con la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas?. En todo caso, el daño alegado por el particular deberá ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. La anulación en vía administrativa o por el orden jurisdiccional contencioso administrativo de los actos o disposiciones administrativas no presupone, por sí misma, derecho a la indemnización. La anulación en vía administrativa o por el orden jurisdiccional contencioso administrativo de los actos o disposiciones administrativas presupone, por sí misma, derecho a la indemnización.

En relación con los casos de responsabilidad patrimonial es correcta la afirmación: No serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños que este no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Sólo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños que este tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Sólo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños que este no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley.

El régimen de responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas contenido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, es: Un régimen unitario que rige para todas las Administraciones públicas, general que abarca toda la actividad administrativa, directo y objetivo. Un régimen unitario -que rige para todas las Administraciones públicas-, general -que abarca toda la actividad administrativa-, directo y subjetivo. Un régimen unitario -que rige para todas las Administraciones públicas-, general -que abarca toda la actividad administrativa-, subsidiario y objetivo.

El daño alegado habrá de ser: Efectivo, directivo, subjetivo. Efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. Efectivo, evaluable económicamente y podrá ser generalizado en relación a una pluralidad indeterminada de personas.

El procedimiento para exigir la responsabilidad patrimonial de la administración: Se inicia siempre de oficio. Se inicia siempre por solicitud del interesado. Se inicia de oficio o por solicitud del interesado.

En caso de que la solicitud de responsabilidad no se resuelva en plazo: Se produce un silencio negativo. Se produce un silencio positivo. Se produce la caducidad del procedimiento.

En el procedimiento de exigencia de responsabilidad patrimonial: El dictamen del Consejo de Estado es preceptivo y vinculante. El dictamen del Consejo de Estado o del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma es preceptivo y no vinculante. El dictamen, que ha de emitir siempre el Consejo de Estado no pudiendo ser dictado por los órganos consultivos de las Comunidades Autónomas, es preceptivo y vinculante.

El procedimiento de elaboración de disposiciones generales: Se inicia siempre de oficio. Se inicia siempre por solicitud del interesado. Se inicia de oficio o a solicitud del interesado.

En el procedimiento de elaboración de disposiciones generales: La audiencia al interesado no es preceptiva en ningún caso. La audiencia es preceptiva cuando afecte a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos. La audiencia y la información pública son obligatorias cuando se trate de disposiciones generales elaboradas por la Administración General del Estado.

En el procedimiento de elaboración de disposiciones generales por parte de las Comunidades Autónomas, salvo que exista una norma específica de la propia Comunidad Autónoma: La información pública es siempre obligatoria. La audiencia al interesado es siempre potestativa. La audiencia al interesado es obligatoria cuando afecte a derechos o intereses legítimos de los ciudadanos.

En la elaboración de disposiciones generales por las administraciones locales: La audiencia sigue las reglas generales pero la información pública es obligatoria. Tanto la audiencia al interesado como la información pública son obligatorias en todo caso. La audiencia al interesado es obligatoria pero la información pública sigue siendo potestativa.

En el procedimiento de elaboración de disposiciones generales, la audiencia corporativa: Es obligatoria para todas las entidades que tengan un interés en el asunto. Es obligatoria respecto de las asociaciones o colegios profesionales que por Ley tengan atribuida la representación de intereses sectoriales y profesionales. Es obligatoria exclusivamente respecto de los colegios profesionales que por Ley tengan atribuida la representación de intereses profesionales.

En el procedimiento de elaboración de disposiciones generales, el informe de los órganos consultivos: Es obligatorio para toda disposición general. Es potestativo siempre, pero si se solicita sus efectos son vinculantes. Es obligatorio respecto de los reglamentos o disposiciones generales que se dicten en ejecución de las leyes, así como de sus modificaciones.

Los reglamentos entran en vigor: Desde que se aprueban, si bien sus efectos sólo comienzan con la notificación a los interesados. Desde que se aprueban y son publicados por cualquier medio. Es obligatorio respecto de los reglamentos o disposiciones generales que se dicten en ejecución de las leyes, así como sus modificaciones.

La preparación, selección y adjudicación de los contratos del sector público: Se regulan en el Texto Refundido de la Ley del Sector Público sólo para los contratos de las Administraciones Públicas. Se regulan en el Texto Refundido de la Ley del Sector Público para todos los contratos del sector público. Se regulan en el Texto Refundido de la Ley del Sector Público para los contratos del sector público, excepto para los contratos privados.

La contratación del sector público se rige por los siguientes principios: Publicidad, discriminación, concurrencia y garantía de los concurrentes. Publicidad, no discriminación, concurrencia y garantía de los concurrentes. Publicidad, discriminación, concurrencia limitada y garantía de los concurrentes.

Las respectivas obligaciones contractuales, esto es, el contenido de un contrato se regula: Es una norma reglamentaria aprobada por el Gobierno y aplicable a todo tipo de contratos. En los pliegos de prescripciones técnicas. En los pliegos de cláusulas administrativas particulares.

Los procedimientos normales de selección del contratista son: El abierto, el restringido y el diálogo competitivo. El abierto, el restringido y el negociado. El abierto y el restringido.

En el procedimiento abierto: Sólo pueden presentar proposiciones los empresarios previamente seleccionados por la Administración. Pueden presentar proposiciones cualquier empresario, aunque no cumpla los requisitos para contratar con la Administración. Pueden presentar proposiciones cualquier empresario siempre que cumpla los requisitos para contratar con la Administración.

El recurso de alzada puede presentarse: Contra actos que pongan fin a la vía administrativa. Contra actos de trámite que no pongan fin a la vía administrativa. Contra resoluciones que no pongan fin a la vía administrativa.

El recurso de reposición se interpone: Contra actos de trámite que no ponen fin a la vía administrativa. Contra resoluciones que ponen fin a la vía administrativa. Contra actos de trámite que ponen fin a la vía administrativa.

El recurso de reposición: Es potestativo, por lo que el interesado puede interponerlo o ir directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa. Es potestativo, por lo que se puede al mismo tiempo interponer el recurso de reposición y acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa. Es potestativo u obligatorio según si interponga contra un acto que pone fin a la vía administrativa o no lo hace.

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