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PROCESAL

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Título del Test:
PROCESAL

Descripción:
TEST PROCESAL

Fecha de Creación: 2026/05/11

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

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Temario:

¿Cuál es el procedimiento inicial para la declaración judicial de discapacidad ynombramiento de curador?. Juicio verbal. Expediente de Jurisdicción Voluntaria. Proceso ordinario. Proceso monitorio.

Según la Ley 8/2021, ¿qué término peyorativo desaparece en la legislación sobre discapacidad?. Curador. Incapacitado/a. Guarda de hecho. Defensor Judicial.

¿Qué figura jurídica sustituye principalmente a la tutela en la nueva legislación de apoyo a personas con discapacidad?. Curatela. Guarda de hecho. Defensor Judicial. Procurador.

¿Qué documento es imprescindible acompañar a la solicitud de medidas de apoyo ante el tribunal?. Certificado médico únicamente. Documentos que acrediten la necesidad y dictamen pericial social y sanitario. Informe policial. Declaración jurada del solicitante.

¿Qué ocurre si alguien se opone a la declaración judicial de discapacidad en el expediente de jurisdicción voluntaria?. Se archiva el expediente. Se abre la vía contenciosa prevista en la LEC. Se dicta sentencia inmediata. Se suspende el procedimiento indefinidamente.

¿Cuál es la característica principal de la guarda de hecho?. Es una medida judicial formal. Es una situación informal donde una persona cuida al discapacitado sin autorización judicial. Es un tipo de curatela representativa. Es un procedimiento judicial para incapacitar.

¿Cuándo se extingue la guarda de hecho?. Cuando la persona con discapacidad fallece. Cuando la persona apoyada lo solicita o desaparecen las causas que la motivaron. Cuando el guardador es removido judicialmente. Cuando se nombra un defensor judicial.

¿Quiénes pueden ser nombrados curadores según la legislación vigente?. Solo familiares directos. Personas mayores de edad o fundaciones sin ánimo de lucro con fines de asistencia. Cualquier persona mayor de edad sin restricciones. Solo abogados especializados.

¿Cuál es una causa para la remoción de un curador?. Que el curador informe periódicamente al juez. Notoria ineptitud o incumplimiento de deberes. Que el curador sea familiar del discapacitado. Que el curador haya sido designado por el propio discapacitado.

¿En qué supuestos es necesario nombrar un defensor judicial?. Cuando la persona con discapacidad no puede prestar apoyo y existe conflicto de intereses. Siempre que se nombre un curador. Solo cuando el curador renuncia. Cuando la persona con discapacidad fallece.

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