Procesal Laboral
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Título del Test:![]() Procesal Laboral Descripción: Temas 5y6 |




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1. Jorge ha agotado el plazo de 365 días de la prestación de incapacidad temporal y ha recibido el alta médica por los órganos competentes. ¿Puede impugnarla su abogado?. Sí, podrá impugnarla sin necesidad de previo agotamiento de la vía administrativa. Sí, previo agotamiento de la vía administrativa. No se puede impugnar dicha alta médica. Nunca se puede impugnar el alta médica. La Seguridad Social ha dado el alta médica a Telmo tras más de 180 días de baja por enfermedad profesional. ¿Puede presentar demanda? a) b) c) . d). Puede presentar demanda directamente. Debe interponer reclamación previa ante la Entidad gestora como requisito necesario para formular demanda en materia de prestaciones de Seguridad Social, en el plazo de once días desde la notificación de la resolución. ...en el plazo de veinte días... Puede presentar demanda directamente... El INSS ha reconocido a Guillermo una pensión de jubilación. Disconforme con la cuantía, su abogado presenta directamente demanda. ¿Es correcta la actuación?. No, porque es preciso reclamación previa. Sí, porque es facultativa. Sí, solo obligatoria en invalidez. No, porque para formular demanda ante la jurisdicción social impugnando la resolución de jubilación es preciso interponer reclamación previa ante la Entidad gestora. A Cecilia no le gusta la fecha de vacaciones impuesta. ¿Debe intentar conciliación previa?. Puede hacerlo directamente ya que el proceso de vacaciones no exige conciliación previa. Debe presentar papeleta de conciliación. Reclamación previa administrativa. Es necesario manifestar su disconformidad por escrito. ¿Es obligatorio intentar conciliación en procesos sobre tutela de derechos fundamentales?. No, en ningún caso. Sí, es obligatorio. Sí, como parte del procedimiento. No, ya que este tipo de materia está exenta del trámite previo. Maribel, funcionaria, ha sido despedida por burofax. ¿Qué debe hacer?. Es preciso arbitraje previo. Es preciso mediación. El personal al servicio de la Administración puede demandar directamente a su empleador sin necesidad de realizar trámite previo. Solicitar arbitraje y demanda. Plazo para interponer reclamación previa en Seguridad Social: Debe interponerse en el plazo de 30 días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde el silencio administrativo. Debe interponerse en el plazo de 20 días desde la notificación de la misma... Debe interponerse en el plazo de 45 días... No cabe reclamación administrativa previa. ¿Cuánto tiempo tiene la entidad para contestar una reclamación previa?. Contestar en un plazo de 45 días, ya que en caso contrario se entenderá denegada la reclamación por silencio administrativo. Contestar en un plazo de 30 días... Contestar en un plazo de 20 días... Contestar en un plazo de 45 días naturales... José Miguel ha interpuesto una papeleta de conciliación. ¿Qué efecto tiene?. Suspende plazos hasta quince días. Interrumpe caducidad, excluye sábados... Suspende plazos, excluye sábados... **Interrumpe la prescripción. María José ha interpuesto solicitud de conciliación/mediación previa. ¿Qué le ha dicho su abogado?. Su abogado le ha comentado que transcurridos treinta días sin haberse celebrado el acto de conciliación o sin haberse iniciado mediación o alcanzado acuerdo en la misma, el procedimiento se dará por terminado y cumplido el trámite. Transcurridos veinte días…. Transcurridos cinco días…. Transcurridos treinta días… podrá interponer recurso de reposición. Juan Carlos, abogado de empresa, no asistió al acto de conciliación o mediación instado por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Las Palmas: Puede repetirse el acto a solicitud del demandante. La asistencia es obligatoria, pero puede alegar causa justificada. La asistencia no es obligatoria. Juan Carlos debe saber que la asistencia al acto es obligatoria y sin alegar justa causa, se tendrá por no presentada la papeleta de conciliación o solicitud de mediación. Construcciones Noroeste fue citada correctamente pero no asistió al acto: Puede solicitar repetición en 5 días hábiles. Puede solicitar repetición en 10 días hábiles. Este hecho se hará constar... y puede ser tenido en cuenta para imponer costas hasta 600€ si la sentencia coincide esencialmente con la papeleta. Igual que c, pero menciona límite de 500€. José quiere incluir reclamación de cantidades no mencionadas en la conciliación: Puede alegar hechos distintos aunque no sean nuevos. No pueden alegarse hechos distintos, salvo nuevos o desconocidos. Puede alegar que lo conoce ahora y por eso lo añade. Las respuestas a y c son correctas. María trabajaba en teletrabajo y la empresa le revoca esa modalidad: Debe cumplir intento de conciliación previa. Solo reversión está exceptuada. Los procesos sobre acceso, reversión y modificación están exceptuados. Solo acceso y modificación están exceptuados. Plazo para señalar vista en procedimiento de vacaciones: Dentro de los cinco días tras la admisión. Dentro de cinco días desde la presentación. Dentro de tres días tras admisión. Dentro de los tres días siguientes a la presentación. 16.- Josué ha interpuesto una demanda impugnando un despido disciplinario. La misma ha sido admitida mediante decreto y señalado juicio. El Abogado de Josué quiere que se cite a una testigo, para lo que requiere el auxilio judicial y solicita que sea citada para que comparezca el día del juicio. Indique la respuesta correcta. Podrá solicitar, al menos con diez días de antelación a la fecha del juicio, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en el mismo, requieran diligencias de citación o requerimiento, salvo cuando el señalamiento se deba efectuar con antelación menor, en cuyo caso el plazo será de tres días. Podrá solicitar, en cualquier momento debiendo suspenderse el acto de juicio oral si se hiciese en el acto de juicio. Podrá solicitar, al menos con cinco días de antelación a la fecha del juicio, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en el mismo, requieran diligencias de citación o requerimiento, salvo cuando el señalamiento se deba efectuar con antelación menor, en cuyo caso el plazo será de tres días. Podrá solicitarlo, en cualquier caso, al menos con tres días de antelación a la fecha del juicio, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en el mismo, requieran diligencias de citación o requerimiento. La presentación de un escrito sujeto a plazo en el procedimiento laboral: Podrá efectuarse hasta las quince horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo en el servicio común procesal creado a tal efecto o, de no existir este, en la sede del órgano judicial, en la sede del órgano judicial. Podrá efectuarse hasta las veintitrés horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo en el servicio común procesal creado a tal efecto, o de no existir este, en la sede del órgano judicial. Podrá efectuarse hasta las doce horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo en el servicio común procesal creado a tal efecto, o de no existir este, en la sede del órgano judicial. Podrá efectuarse hasta las dieciséis horas del día hábil siguiente al del vencimiento del plazo en el servicio común procesal creado a tal efecto, o de no existir este, en la sede del órgano judicial. Angie, víctima de violencia de género, ha solicitado a su empresa el cambio de centro de trabajo dado que su maltratador presta servicios para esta empresa y en el mismo centro de trabajo, y le preocupa que la situación se demore en el tiempo al encontrarse en periodo estival. ¿Podrá el abogado de Angie presentar demanda en el mes de agosto?. Los días del mes de agosto son inhábiles en el orden social. Sí, en el mes de agosto es hábil para el ejercicio de acciones laborales derivadas de los derechos establecidos en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Sí, el Juzgado de lo Social podrá habilitar días y horas inhábiles del mes de agosto mediante resolución motivada para el ejercicio de las acciones laborales derivadas de situaciones de violencia de género. Únicamente serán hábiles por razón de la materia dichos días para la adopción de actos preparatorios, medidas precautorias y medidas cautelares. Lola no ha percibido el pago de su salario durante tres meses adeudándole su empresa la cantidad de 4.050 euros y, a pesar de que les ha hecho varios requerimientos no han procedido a su abono. ¿Puede reclamar en el proceso monitorio?. Sí puede, ya que se trata de cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada que no excede de 6.000 euros. Sí puede, ya que se trata de cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada que no excede de 15.000 euros. No puede, ya que se trata de cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada que no excede de 6.000 euros derivadas de su relación laboral. No puede ya que se trata de cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada que no excede de 6.000 euros, derivadas de su relación laboral, si no lo ha pactado con el empresario en su contrato de trabajo. En la citación también se requerirá: en convocatoria separada y anticipada a la fecha del juicio podrá establecerse de oficio por el letrado o la letrada de la Administración de Justicia si entendiera que, por la naturaleza y circunstancias del litigio o por la solución dada judicialmente en casos análogos, pudiera ser factible que las partes alcanzaran un acuerdo. en convocatoria anticipada a la fecha del juicio podrá establecerse a instancia de cualquiera de las partes, si estimaran razonadamente que existe la posibilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio, o de oficio por el letrado o la letrada de la Administración de Justicia si entendiera que, por la naturaleza y circunstancias del litigio o por la solución dada judicialmente en casos análogos, pudiera ser factible que las partes alcanzaran un acuerdo. en convocatoria separada a la fecha del juicio podrá establecerse a instancia de cualquiera de las partes, si estimaran razonadamente que existe la posibilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio, o de oficio por el letrado o la letrada de la Administración de Justicia si entendiera que, por la naturaleza y circunstancias del litigio o por la solución dada judicialmente en casos análogos, pudiera ser factible que las partes alcanzaran un acuerdo. en convocatoria separada y anticipada a la fecha del juicio podrá establecerse a instancia de cualquiera de las partes, si estimaran razonadamente que existe la posibilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio, o de oficio por el letrado o la letrada de la Administración de Justicia si entendiera que, por la naturaleza y circunstancias del litigio o por la solución dada judicialmente en casos análogos, pudiera ser factible que las partes alcanzaran un acuerdo. En el proceso monitorio n.º000 seguido ante el Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara la empresa ha sido requerida de pago y ha transcurrido el plazo concedido sin abonar el importe reclamado y sin formular oposición. ¿Qué trámite ha de seguirse tras la reforma llevada a cabo por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo?. Se dará traslado a la parte demandante para que manifieste en el plazo de tres días lo que a su derecho convenga. Si solicita vista, se convocará a la misma siguiendo la tramitación del procedimiento ordinario. Se archivará el proceso. Se dará por terminado el proceso con traslado a la parte demandante para que inste el despacho de ejecución. Se dará traslado a la parte demandante por plazo de tres días para que, en su caso, solicite el archivo y terminación del proceso monitorio. La celebración de los actos de conciliación y juicio: el primero ante el letrado o la letrada de la Administración de Justicia y el segundo ante el juez, la jueza, el magistrado o la magistrada podrá tener lugar en distinta convocatoria, debiendo hacerse a este efecto la citación en forma, con entrega a los demandados, a los interesados y, en su caso, al Ministerio Fiscal, de copia de la demanda y demás documentos; así como requiriendo de la Administración pública la remisión del expediente administrativo, cuando proceda, dentro de los diez días siguientes a la notificación. el primero ante SMAC y el segundo ante el juez, la jueza, el magistrado o la magistrada podrá tener lugar en distinta convocatoria, solo en el caso de que lo soliciten las partes. el primero ante el SMAC y el segundo ante el letrado o la letrada de la Administración de Justicia de oficio o a petición de ambas partes. |