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Procesal Laboral. Tema 3

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Título del Test:
Procesal Laboral. Tema 3

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Fecha de Creación: 2025/05/18

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30

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Los principios específicos del proceso laboral son. La oralidad, la inmediación, la concentración y la celeridad. La oralidad, la mediación, la concentración y la celeridad. La oralidad, la inmediación, la dispersión y la celeridad. La escritura, la inmediación, la concentración y la celeridad.

Los autos son resoluciones judiciales. que deciden definitivamente el pleito en cualquier instancia o grado. que resuelven cuestiones que se suscitan durante el pleito, como incidentes, cuestiones sobre presupuestos procesales, recursos contra providencias…. que tienen siempre carácter escrito. que sirven para realizar la ordenación material del proceso.

Las sentencias que se dictan en el proceso laboral…. son siempre orales. son siempre escritas. pueden ser orales o escritas, a libre criterio del juez. pueden ser orales o escritas, pero en algunas materias son necesariamente escritas.

Los escritos que las partes dirigen al órgano jurisdiccional. Según la LRJS se pueden presentar siempre en el juzgado de guardia. Según la LEC se pueden presentar siempre en el juzgado de guardia. Según la LRJS, en determinadas circunstancias, se pueden presentar en el juzgado de guardia, pero este sistema es subsidiario del mecanismo previsto en la LEC. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

A efectos de realizar las actuaciones procesales en días y horas hábiles debe tenerse en cuenta…. que el mes de agosto se considera siempre inhábil. que las horas hábiles son las que median entre las 09:00 y las 21:00 horas. que los sábados, domingos y festivos son inhábiles. que sólo los sábados, domingos y festivos son inhábiles.

La forma de llevar a cabo los actos de comunicación. se puede decidir libremente por el órgano jurisdiccional entre los distintos sistemas previstos en la ley. se realiza siempre en la sede del órgano jurisdiccional. está regulada en las normas procesales y su incumplimiento no determina nunca la nulidad del acto. está regulada en las normas procesales y su incumplimiento puede determinar la nulidad del acto.

La ley sobre asistencia jurídica gratuita de 1996 reconoce como beneficiarios de la misma. los trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social, con independencia de su nivel de rentas. sólo a los trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social, siempre que demuestren que sus rentas no rebasan un umbral determinado. a cualquier trabajador, beneficiario de la Seguridad Social o empresario, con independencia de su nivel de rentas. a las Administraciones públicas.

La resolución por la que se resuelve definitivamente un pleito en cualquier instancia o grado de la jurisdicción es…. un auto. una sentencia. una providencia. un decreto.

Un emplazamiento es un acto de comunicación judicial. Que se emplea para ordenar personarse y actuar dentro de un plazo. Se emplea para ordenar personarse y actuar dentro de un término, es decir, en una fecha concreta. Se emplea para ordenar cualquier actuación distinta de comparecer. Es un tipo de resolución que realizan los letrados de la Administración de justicia.

La realización de comunicaciones fuera de la sede del órgano judicial: deberá realizarse en primer lugar, mediante entrega de cédula domiciliaria al destinatario; en segundo lugar, mediante la publicación de edictos; y subsidiariamente, mediante correo certificado con acuse de recibos. deberá realizarse únicamente mediante edictos. deberá realizarse únicamente mediante correo certificado con acuse de recibo. deberá realizarse en primer lugar, por correo certificado con acuse de recibo; en segundo lugar, mediante la entrega de cédula domiciliaria; y subsidiariamente, mediante la publicación de edictos.

Dª. María Torregrosa, titular de un Juzgado de lo Social, ha fallecido repentinamente, dejando una serie de juicios ya celebrados sin su correspondiente sentencia. Habrá que repetir los juicios ante un nuevo juez quien se encargará de dictar las sentencias correspondientes. El Letrado de la Administración de Justicia que haya celebrado la vista junto a Dª María se encargará de dictar la sentencia, pues conoce el asunto. El decanato correspondiente decretará una nulidad de todo lo actuado y el demandante deberá de interponer una nueva demanda. Se nombrará un juez sustituto a quien se le entregarán todos los autos ya tramitados y se encargará solo de dictar sentencia.

D. Juan Jiménez, juez titular de un Juzgado de lo Social, ha sido separado de su juzgado por motivos disciplinarios. Una vez firme la sanción, hay una serie de juicios ya celebrados respecto los que aún no ha recaído sentencia. D. Juan dictará en todo caso las sentencias en cuestión, a pesar de estar inhabilitado. Habrá que repetir los juicios ante un nuevo juez quien se encargará de dictar sentencia. D. Juan suspenderá los procesos y cuando se alce la sanción procederá a dictar las sentencias pendientes. Se nombrará un juez sustituto a quien se le entregarán todos los autos ya tramitados y se encargará solo de dictar sentencia.

D. Pablo Tabacco, futbolista profesional de primera división con una ficha más que sustanciosa, pretende interponer una demanda contra su club reclamando unas primas no abonadas. De conformidad con la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita: D. Pablo no obtendrá el reconocimiento del beneficio de justicia gratuita porque tiene medios más que suficientes. D. Pablo obtendrá el reconocimiento del beneficio de justicia gratuita solo en la medida en que acredite la insuficiencia de recursos. D. Pablo es titular del beneficio de justicia gratuita que podrá incluir una pluralidad de contenidos a concretar en su petición (por ejemplo, asistencia letrada y representación, gratuidad de anuncios o edictos, exención de tasas, pericial gratuita, etc.). D. Pablo obtendrá el reconocimiento del beneficio de justicia gratuita, pero con un alcance limitado a gastos inferiores a la cuarta parte de sus ingresos.

Dª Pilar Miranda era titular de pequeño negocio y cuenta con cuatro empleados. Las dificultades financieras han determinado el cierre del negocio y uno de los trabajadores ha demandado a Dª Pilar por despido, quien se plantea si tendrá derecho al beneficio de justicia gratuita. Dª Pilar no puede obtener dicho beneficio porque en el orden social la justicia gratuita sólo se reconoce a los trabajadores y beneficiarios del sistema de Seguridad Social. Dª Pilar podrá obtener dicho beneficio solo en el caso de que acredite la condición de empresaria emprendedora. Dª Pilar podrá obtener dicho beneficio solo en el caso de que haya cotizado en el RETA durante los últimos cinco años. Dª Pilar podrá obtener dicho beneficio en la medida en que acredite la insuficiencia de recursos.

D. Pedro Jiménez presentó una demanda en reclamación de cantidad y, ante los riesgos de que la empresa se colocase en situación de insolvencia, solicitó poco después embargo preventivo, el cual ha sido denegado por el órgano jurisdiccional. Para ello el juez competente habrá dictado: Un decreto. Una sentencia. Un auto. Una providencia.

Dª Inés de Freire interpuso una demanda en reclamación de cantidad. El Letrado de la Administración de Justicia, tras comprobar que no concurre defecto alguno, ha procedido a admitirla a trámite, dictando para ello: Un decreto. Una diligencia de constancia. Una diligencia de ordenación. Un auto.

Dª María Abagnara interpuso demanda por despido ante el Juzgado de lo Social de Córdoba, el cual se ha considerado incompetente, dictándose para ello: Una providencia. Un auto. Un decreto. Una diligencia de ordenación.

D.ª Raquel Trabe Gota interpuso demanda por despido. La empresa y la mencionada trabajadora fueron debidamente citados para los actos de conciliación y juicio. Una vez llegada la fecha, D.ª Raquel no ha comparecido al acto de conciliación judicial a celebrar ante el Letrado de la Administración de Justicia (LAJ). Así las cosas, en principio, el LAJ le tendrá por desistido dictando para ello: Un decreto. Un auto. Una diligencia de ordenación. Una diligencia de constancia.

Hoy se cumplía el plazo previsto en el ET para que D. Jesús presentase su demanda por despido; se le ha pasado el día volando y se ha percatado de que son las 22:00. D. Jesús todavía puede presentar hoy su demanda, pues los Juzgados no cierran hasta las 24:00. D. Jesús debe presentar su demanda ante el juzgado de guardia, pues esa es su función. D. Jesús todavía puede presentar su demanda, ya que de conformidad con la LRJS cuenta con un plazo de gracia hasta las 15:00 del primer día hábil siguiente. D. Jesús ya no puede presentar su demanda, pues aunque hoy es el día del vencimiento, los juzgados cierran a las 20:00.

El juzgado de lo social de Elche debe realizar una comunicación a una de las partes fuera de la sede del órgano judicial: deberá realizarse en primer lugar, por correo certificado con acuse de recibo; en segundo lugar, mediante la entrega de cédula domiciliaria; y subsidiariamente, mediante la publicación de edictos. deberá realizarse únicamente mediante edictos. deberá realizarse únicamente mediante correo certificado con acuse de recibo. deberá realizarse en primer lugar, mediante entrega de cédula domiciliaria al destinatario; en segundo lugar, mediante la publicación de edictos; y subsidiariamente, mediante correo certificado con acuse de recibo.

El principio de concentración... … determina la necesidad de que el juzgador esté presente de manera directa, sin elementos interpuestos, en todas las actuaciones procesales que se realicen, de manera especial, en las alegaciones y pruebas. … aspira a que las distintas actuaciones procesales estén lo más agrupadas posibles, a poder ser, que tengan lugar en unidad de acto. … aparece como una derivación del derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas, es decir, el derecho a que el conflicto se resuelva rápidamente. … aparece como una derivación del art. 24 CE e implica que nadie puede ser condenado sin haber sido previamente oído y vencido en juicio.

El proceso laboral adopta como principio rector de carácter específico. El principio de necesidad de forma pura. El principio de oportunidad en su forma pura. El principio de necesidad, pero no en su forma pura, sino con ciertos matices. El principio de oportunidad, pero no en su forma pura, sino con ciertos matices.

El principio de celeridad... … aspira a que las distintas actuaciones procesales estén lo más agrupadas posibles, a poder ser, que tengan lugar en unidad de acto. … aparece como una derivación del derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas, es decir, el derecho a que el conflicto se resuelva rápidamente. … aparece como una derivación del art. 24 CE e implica que nadie puede ser condenado sin haber sido previamente oído y vencido en juicio. … determina la necesidad de que el juzgador esté presente de manera directa, sin elementos interpuestos, en todas las actuaciones procesales que se realicen, de manera especial, en las alegaciones y pruebas.

El principio de contradicción o audiencia... … aspira a que las distintas actuaciones procesales estén lo más agrupadas posibles, a poder ser, que tengan lugar en unidad de acto. … aparece como una derivación del derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas, es decir, el derecho a que el conflicto se resuelva rápidamente. … aparece como una derivación del art. 24 CE e implica que nadie puede ser condenado sin haber sido previamente oído y vencido en juicio. … determina la necesidad de que el juzgador esté presente de manera directa, sin elementos interpuestos, en todas las actuaciones procesales que se realicen, de manera especial, en las alegaciones y pruebas.

El principio dispositivo implica. Que las partes inician el proceso y pueden darlo por cerrado en cualquier momento; ahora bien, la determinación del objeto litigioso corresponde al órgano jurisdiccional que puede ampliar o reducir las cuestiones que se hayan suscitado. Que las partes inician el proceso y determinan el objeto litigioso, si bien, una vez iniciado, la decisión de cerrarlo tan sólo corresponde al órgano jurisdiccional. Que el proceso se inicia necesariamente de oficio por parte del órgano jurisdiccional. Que las partes inician el proceso, fijan su objeto y pueden darlo por finalizado, siendo obligación del órgano jurisdiccional la de ser congruente con lo que le hayan planteado.

En el proceso laboral, rige…. El principio dispositivo, el de aportación de parte, el impulso de parte y la valoración legal de la prueba. El principio dispositivo, el de aportación de parte y el impulso de parte, pero no la valoración legal de la prueba. El principio dispositivo y el de aportación de parte, pero no el impulso de parte ni la valoración legal de la prueba. El principio de necesidad y sus consecuencias.

Los mandamientos son…. …son actos de comunicación que permiten instrumentar el “auxilio a la justicia” y que se emplean para ordenar el libramiento de certificaciones o testimonios y la práctica de cualquier actuación cuya ejecución corresponda a los Registradores de la Propiedad, Mercantiles, de Buques, de ventas a plazos de bienes muebles, notarios, o funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. …son actos de que permiten instrumentar el “auxilio a la justicia” y que se emplean para ponerse en contacto con las autoridades no judiciales y ciertos funcionarios. … son actos que permiten instrumentar el “auxilio judicial”. .. son órdenes que se dan a las partes que participan en un proceso judicial o a sus representantes.

Una citación es…. … un escrito que tiene por objeto solicitar a una persona que comparezca ante el órgano judicial en un lugar, fecha y hora determinada. … un escrito que tiene por objeto convocar a las partes o un tercero para que comparezca o se persone ante un órgano judicial dentro de un plazo. … un escrito que tiene por objeto compeler a una persona para ordenarle una conducta o una inactividad. … un escrito cuyo destinatario ha de ser necesariamente alguna de las partes en un proceso.

Un emplazamiento es…. … un escrito que tiene por objeto solicitar a una persona que comparezca ante el órgano judicial en un lugar, fecha y hora determinada. … un escrito que tiene por objeto convocar a las partes o un tercero para que comparezca o se persone ante un órgano judicial dentro de un plazo. … un escrito que tiene por objeto compeler a una persona para ordenarle una conducta o una inactividad. … un escrito cuyo destinatario ha de ser necesariamente alguna de las partes en un proceso.

Un requerimiento es…. … un escrito que tiene por objeto solicitar a una persona que comparezca ante el órgano judicial en un lugar, fecha y hora determinada. … un escrito que tiene por objeto convocar a las partes o un tercero para que comparezca o se persone ante un órgano judicial dentro de un plazo. … un escrito que tiene por objeto compeler a una persona para ordenarle una conducta o una inactividad. … un escrito cuyo destinatario ha de ser necesariamente alguna de las partes en un proceso.

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