procesal mf
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Título del Test:![]() procesal mf Descripción: precesal mf |




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Las fuentes del derecho primarias son: Ley y Costumbres. Doctrina. El principio de aplicación de la norma procesal en el tiempo: irretroactividad. territorialidad. legalidad. Cuáles de estos elementos son únicos en el acto jurisdiccional: executio. Notio. coertio. La jurisdicción voluntaria: Integra, constituye o acuerde eficacia a un estado o relación privada. . Dirime un conflicto de intereses entre dos o más partes. Cuál de los modos de plantear la incompetencia es variable: Planteada una vía no puede cambiarse a la otra. Declaratoria. Inhibitoria. Caracteres de la petición extracontenciosa: Es un acto caracterizado como declaración petitoria. dualidad. fundada o infundada. Que se opone a la pretensión: Excepciones. Demanda. Los procesos por su estructura se clasifican en: Ordinarios y Sumarísimos. Individuales y colectivos. El impulso procesal dispositivo corresponde a: Las partes. el juez. Los principios de concentración y celeridad responden a: La economía procesal. la preclusión. Los jueces en sus cargos son: Sedentarios. Trasladables. La garantía de la intangibilidad del art. 110 de la Constitución Nacional está relacionada a: A sus haberes o remuneraciones. Desempeño del juez. Los jueces de Primera Instancia deben dictar sentencia definitiva en: 40 días hábiles. 20 días hábiles. Después de la reforma Constitucional de 1994, los jueces de primera instancia se designan: De una terna presentada por el Consejo de la Magistratura. A elección del poder ejecutivo con acuerdo del senado. Los Jueces se remueven por juicio político: Sólo los de Corte Suprema o Tribunal Superior. En todas las instancias. El Ministerio Público atiende y defiende: Intereses de orden público y social. Intereses privados y de orden económico. La capacidad para ser parte está reglada en: El código civil de la Nación. los códigos procesales provinciales. Un litisconsorcio es una pluralidad de: Partes. Pretensiones. Los plazos procesales actualmente son: Perentorios. Prorrogables. El Principio general de las notificaciones es: Por Ministerio de Ley. La cedula electrónica. Por carta documento. La demanda debe contener: Un relato circunstanciado de los hechos. un breve relato de los hechos. . Un detallado y minucioso relato de los hechos. La notificación por edictos es procedente cuando: El demandado se trata de persona incierta. el demandado se ausento de su domicilio. La persona a demandar no tiene trabajo fijo. En la contestación de demanda se debe: Reconocer y negar todos y cada uno de los hechos expuestos en la demanda. Negar todos y cada uno de los hechos expuestos en la demanda. Solo reconocer los hechos expuestos en la demanda. Son excepciones de previo y especial pronunciamiento dilatorias: Falta de personería y defecto legal. conciliación y cosa juzgada. Incompetencia y desistimiento. Son excepciones de previo y especial pronunciamiento perentorias: La cosa juzgada. las defensas temporales. el arraigo. La rebeldía se produce cuando: Por pedido de la parte actora ante el vencimiento del plazo para contestar demanda. La parte demandada no contesta la demanda, no constituyó domicilio procesal. La parte demandada no comparece al juicio. La declaración de puro derecho se produce en el proceso cuando: No hay hechos controvertidos que merezcan comprobación judicial. Hay hechos controvertidos y conducentes que corresponde comprobar. Las partes piden se declare de puro derecho pero no prescinden de la prueba ofrecida. Los hechos nuevos pueden plantearse hasta: El quinto día de notificada la audiencia preliminar. El momento de celebración de la audiencia preliminar. El momento en que se declara el puro derecho. La audiencia preliminar se celebra cuando: Finalizó la etapa introductiva y se resolvieron las excepciones previas si las hubiere. La parte actora contestó la reconvención. La parte demandada contestó la demanda. En la audiencia preliminar se efectivizan los siguientes principios procesales: La concentración e inmediación. La congruencia. La preclusión. En la prueba confesional, podrán ser citados personalmente a absolver posiciones en forma oral las siguientes personas: Los representantes de los incapaces por los hechos en que hayan intervenido, personalmente en ese carácter. . Los representantes del poder ejecutivo nacional, provincial y municipal, por los actos que hayan intervenido en ese carácter. Los representantes de organismos descentralizados del Estado Nacional, provincial o municipal, o empresas o sociedades del Estado o sociedades con participación estatal mayoritaria Nacional, Provincial o municipal, por los actos que hayan intervenido, personalmente en ese carácter. Los testigos son terceros ajenos al proceso que percibieron los hechos a través de sus sentidos, pero están excluidas de declarar las siguientes personas: Los padres, hijos, suegros y yernos. Los tíos, abuelos y primos. En la prueba testimonial ofrecida en el proceso ordinario el límite de testigos es de: 8 testigos. 10 testigos. 20 testigos. Los ciudadanos que sean ofrecidos como testigos en los procesos judiciales tienen los siguientes deberes: Están obligados a comparecer, declarar y decir verdad. Están obligados a comparecer y declarar. Están obligados a asistir, pero pueden negarse a declarar. La prueba de informativa consiste en la solicitud a las oficinas públicas, escribanos con registro y entidades privadas de información respecto de actos o hechos que resulten de la documentación, archivo o registros contables del informante, no siendo admisible en el siguiente supuesto: Cuando el pedido de informes pretenda ampliar los hechos expuestos y articulados en los escritos postulatorios de demanda, reconvención y contestación. Cuando el pedido de informes requiera a las oficinas públicas la remisión de expedientes, testimonios o certificados, relacionados con el juicio. Cuando el pedido de informes tienda a sustituir o a ampliar manifiestamente otro medio de prueba que específicamente corresponda por ley o por la naturaleza de los hechos controvertidos. En los procesos ordinarios la prueba pericial estará a cargo de un perito único designado de oficio por el juez, salvo que se trate de la siguiente excepción: En el proceso de nulidad de testamento se autoriza al juez a designar de oficio tres (3) peritos cuando por la importancia y complejidad del asunto lo considere conveniente. En el proceso de nulidad de matrimonio se autoriza al juez a designar de oficio tres (3) peritos cuando por la importancia y complejidad del asunto lo considere conveniente. El traslado de demanda en el proceso ordinario se realiza por el plazo de: 15 dias. 10 dias. 5 dias. La identificación de pretensiones a qué excepciones puede dar lugar: Litispendencia. cosa juzgada. Incompetencia. La notificación de la demanda se realiza por: Cédula. Acta Notarial. carta documento. La regla general para acompañar la prueba documental es con la demanda, reconvención y contestación de ambas, salvo la siguiente excepción: Se pueden acompañar documentos después de interpuesta la demanda, de fecha posterior, o anteriores, bajo juramento o afirmación de no haber antes tenido conocimiento de ellos. Se pueden acompañar documentos en el momento de la designación de los peritos, de fecha posterior, o anteriores, bajo juramento o afirmación de no haber antes tenido conocimiento de ellos. En el proceso de ejecución de sentencia los medios de prueba admisibles en caso de oposición de excepciones son los siguientes: Sólo las constancias del juicio o los documentos emanados del ejecutante. Todos los medios de prueba son admisibles. Se admite la prueba documental, la prueba testimonial y la prueba pericial caligráfica. La base general del proceso de ejecución de sentencia es: Una sentencia de mérito o definitiva. Una sentencia dictada en juicio ejecutivo. Una sentencia del ámbito administrativo. Son admisibles en el juicio ejecutivo las siguientes excepciones: Incompetencia, falta de legitimación y defecto legal. Falta de personería, litispendencia y prescripción. Incompetencia, arraigo y defensas temporales de fondo. En el juicio ejecutivo son irrenunciables los siguientes actos: La intimación de pago, la citación para oponer excepciones y la sentencia. La demanda, el embargo de bienes muebles y la sentencia. La demanda, la oposición de excepciones y la sentencia. El juicio ejecutivo tiene como requisitos de existencia los siguientes: Un título que traiga aparejada ejecución, con obligación exigible de dar cantidades líquidas de dinero, o fácilmente liquidables. Un título que traiga aparejada ejecución, sin obligación exigible de dar cantidades líquidas de dinero, pero con monto determinado. Un reconocimiento de adeudar un crédito indeterminado al acreedor, con fecha cierta de creación, no exigible. La medida cautelar de anotación de litis es admisible en los aquellos procesos cuyo objeto tenga lugar: Cuando la pretensión deducida pudiere tener como consecuencia la modificación de una inscripción en el Registro de la Propiedad. Cuando la pretensión deducida pudiere tener como consecuencia la modificación de un estado de cosas anterior a la promoción de la acción. Cuando se pretendiera o persiguiera la modificación de las relaciones jurídicas entre las partes. |