procesal penal
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Título del Test:![]() procesal penal Descripción: Test de derecho procesal penal, ulpgc |




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en el proceso penal abreviado, cuando el juez de instrucción considere que existen motivos para procesar a una persona. deberá continuar adelante con la instrucción y solo citará cuando las demás diligencias de investigación estén realizada. deberá dictar auto de procesamiento. deberá citarlo a declarar como imputado, haciéndole saber los derechos que le asisten. Entre ellos el de guardar silencio, no contestar y estar asistido de Abogado. deberá dictar Auto de hechos imputables. De las tres garantías del proceso penal, el derecho a los recursos la incluimos en. el derecho del proceso debido. el derecho al juez natural. el derecho a la jurisdicción penal. en ninguna de ellas ya que en el proceso penal no existe un derecho a los recursos. De las siguientes afirmaciones referidas a la querella ¿cuál es la falsa?. el querellante se convierte en parte del proceso. el querellante está obligado a probar sus alegaciones. la querella es una declaración de voluntad por la que su autor manifiesta su intención de convertirse en parte procesal. ninguna de las afirmaciones es correcta. en el proceso penal del jurado, el magistrado presidente les preguntará a los jurados, una vez terminadas las sesiones del juicio oral, sobre la culpabilidad o no culpabilidad del acusado, esto se lleva a cabo. a través del pliego de posiciones. a través del auto de procesamiento. a través del veredicto. a través del auto de hechos justiciables. ¿Disfruta un agente de la policía judicial de la garantía de inmovilidad o puede ser trasladado por razones de servicio?. La inamovilidad es una cualidad de la que solo disfrutan jueves y magistrados. Sí, goza de inamovilidad, que se va a mantener hasta que concluya la investigación judicial que esté abierta, bien porque se archiva o bien porque se pasa la fase de juicio oral. Los miembros de la policía judicial, como todos los funcionarios públicos, podrán ser removidos de su puesto por razones de servicio. El agente de policía judicial que se encuentre realizando labores de investigación a cargo del juez o fiscal goza de inamovilidad,salvo que este juez o fiscal lo autorice. El atestado policial. Tendrá la eficacia de una simple denuncia. Tendrá la eficacia de un simple denuncia, si bien las diligencias practicadas y obtenidas con las formalidades legales que no se pueden reproducir en el juicio tendrán la consideración de prueba preconstituida. Tendrá el valor y la eficacia de una querella. Deberá ir informado por los agentes. Si una persona quiere transmitir la notitia criminis y, además quiere ser parte en el proceso penal que se incoe, deberá... Presentar una querella, porque esta implica que el querellante se convierte en parte en el proceso. Presentar una denuncia y manifestar su intención, de ser parte del proceso. Podrá presentar una denuncia o una querella ya que si manifiesta su intención de ser parte en el proceso se le tendrá por tal. Podrá presentar una querella y, posteriormente, manifestar que quiere ser parte en el proceso. No es un efecto que produzca la interposición de la querella. Que se interrumpan los plazos de preincripción del delito. Que el juez tenga que citar a declarar al querellado. Que el querellante se convierta en parte procesal. Que se inicia el plazo para considerar la prejudicialidad penal. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones, no es correcta?. La querella debe formularse por escrito, que contendrá, al menos, una breve relación de los hechos. La denuncia puede formularse tanto verbalmente como por escrito, incluso por una persona en nombre de otra. La querella confiere a que la formula, la condición de parte en el proceso. La querella debe presentarse ante el juez competente para conocer el asunto. El atestado policial recogerá las declaraciones que hubieren hecho los testigos y personas presentes en el lugar de los hechos, estas diligencia del atestado en el juicio oral tendrán la consideración de... Prueba documental. Prueba presencial. Prueba testifical. Prueba pericial. ¿Quién es el encargado de instruir las diligencias de un juicio rápido?. No tiene consecuencias en el proceso ni en la pena. Es motivo para anular el procedimiento y dictar sentencia absolutoria. Supondría la existencia de una atenuante cualificada. Dará derecho a una indemnización a favor del imputado. Que un proceso penal se hayan cometido dilaciones indebidas. No tiene consecuencias en el proceso ni en la pena. Es motivo para anular el procedimiento y dictar sentencia absolutoria. Supondría la existencia de un atenuante cualificada. Dará derecho a una indemnización a favor del imputado. Ante el ministerio fiscal se presenta una denuncia por unos hechos aparentemente constituidos de delitos y que deberían ser enjuiciados a través de un procedimiento abreviado, el fiscal ordena la detención del denunciado y le toma la declaración, tras esta declaración acuerda el archivo de la denuncia y de las actuaciones realizadas. ¿es esto posible?. El enunciado es incorrecto ya que el Ministerio Fiscal no puede ordenar la detención de una persona. Sí, el Ministerio Fiscal puede actuar de esa manera conforme previene el artículo 773 lecrim. No, el Ministerio Fiscal no puede actuar de esa manera por prohibirlo el artículo 773 lecrim. Por tratarse de unos hechos que tendrían que ser enjuiciados por un procedimiento abreviado, podría archivar la denuncia y las actuaciones, pero debe dar conocimiento al Juez de Instrucción (art 3 EOMF). Si no se sabe el lugar en el que se cometió un delito, el orden subsidiario que establece el artículo 15 lecrim. Para determinar el juzgado de instrucción competente es. 1º el del lugar donde se han descubierto pruebas materiales del delito, 2º cualquiera que hubiera tenido noticia del delito. 3º el del lugar de residencia del presunto reo. 4º en del lugar en que el presunto reo haya sido aprehendido. 1ºel del lugar donde se han descubierto pruebas materiales del delito, 2º en del lugar en que el presunto reo haya sido aprehendido, 3º el del lugar de residencia del presunto reo, 4º cualquiera que hubiere tenido noticia del delito. 1º el del lugar donde se han descubierto pruebas materiales del delito, 2ºen del lugar en que el presunto reo haya sido aprehendido, 3º cualquiera que hubiere tenido noticia del delito, 4 el del lugar de residencia del presunto reo. 1º cualquiera que hubiere tenido noticia del delito, 2º en del lugar en que el presunto reo haya sido aprehendido, 3º el del lugar de residencia del presunto reo, 4º el del lugar donde se han descubierto pruebas materiales del delito. En el proceso penal español tiene una estructura bifásica compuesta de. Fase y de enjuiciamiento. Fase de intruccion y de juicio oral. Fase de investigación y de juicio oral. Fase de investigación y de instrucción. ¿Quién instruye los delitos en que resulte afectado un aforado ante el tribunal supremo?. El tribunal Supremo solo tiene competencias en el ámbito del recurso de casación penal. Un Magistrado del propio Tribunal Supremo que luego no podrá formar Sala para el enjuiciamiento. El juzgado Central de instrucción. El juzgado de Instrucción que corresponda. De los siguientes, ¿qué delito no podrá ser enjuiciado por un juicio rápido?. Delito de amenazas, castigados con pena de prisión de 5 años. Delito de violencia psíquica sobre la pareja de hecho, castigado con pena de 4 años de prisión, salvo que la instrucción sea sencilla. Delito de blanqueo de capitales, castigado con pena de 6 años de prisión. Delito de robo, castigado con pena de 3 años de prisión. No forma parte del derecho de defensa en el proceso penal, pudiendo serlo de otras garantías. Que el órgano jurisdiccional llamado a instruir sea diferente del llamado a dictar sentencia. Que el investigado sea informado de manera clara y precisa de los hechos que se le imputan. Que el investigado no tiene obligación de declarar. Todas las garantías anteriormente forman parte del derecho de defensa. Según el artículo 17 lecrim, de los siguientes supuestos, no sería un delito conexo a efectos procesales. Los diferentes delitos de hurto cometido en un mismo comercio en un mismo periodo de tiempo. Los delitos cometidos para conseguir la impunidad de otros delitos. Los delitos de daños o lesiones cometidos por diferentes personas entre sí. Todos los supuestos anteriores son delitos conexos a efectos procesales. El derecho al juez natural en el proceso penal se manifiesta en que. El Juez que instruye no puede participar en el juicio oral y en las sentencias que se dicte. El Juez que se instruye debe ser el mismo a lo largo de toda causa. El Juez de Instrucción no puede abstenerse de conocer una causa. Las respuestas a y c son correctas. El proceso penal abreviado comprende delitos castigados con pena de prisión. Hasta 9 años. Hasta 11 años. Hasta 5 años. Hasta 7 años. La acusación que lleva a cabo el Ministerio Fiscal también se conoce. Acusación pública. Acusación gubernativa. Acusación Fiscal. Todas las expresiones anteriores son sinónimas. El derecho a los recursos en el proceso penal tiene un contenido constitución, sin embargo, no se encuentra recogido en la constitución, se encuentra... El enunciado es incorrecto, ya que sí se encuentra implícito en el artículo 24CE. En la ley de Enjuiciamiento Criminal, que lo equipara al derecho a la jurisdicción. En el artículo 14 de Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos. En la Ley Orgánica del Poder Judicial, que forma parte del bloque de constitucionalidad. El denunciante, al presentar su denuncia. Está obligado a probar los hechos que denuncia. Asume la responsabilidad que se derivaría si la denuncia resulta falsa. Adquiere la condición de parte del proceso. Deberá interponer posteriormente la querella. En el proceso penal abreviado, cuando el juez de instrucción considere que existan motivos para procesar a una persona. Deberá dictar Auto de hechos imputables. Deberá citarlo a declarar como imputado, haciéndole saber los derechos que le asisten, entre ellos el de guardar silencio, no contestar y estar asistido por un abogado. Deberá continuar adelante a la instrucción, y solo lo citará las demás diligencias de investigación estén realizando. Deberá dictar auto de procedimiento. ¿Quién instruirá los delitos que son competencia de la audiencia nacional?. La Audiencia Nacional no tiene competencia en el ámbito penal. El juzgado de instrucción que corresponda. El juzgado Central de instrucción. Un Magistrado de la propia Audiencia que luego no podrá formar Sala para el enjuicimiento. El proceso penal comienza. Cuando el Ministerio Fiscal comienza su investigación. Cuando se dicta el Auto de procesamiento. Cuando la policía judicial prepara el atestado. Cuando el juez de instrucción recibe la notitia criminis y abre diligencias previas. De las tres garantías del proceso penal, el derecho a los recursos la incluimos en. El derecho a la jurisdicción penal. El derecho al juez natural. En ninguna de ellas ya que en el proceso penal no existe un derecho a los recursos. El derecho al proceso debido. El atestado tiene conferido el monopolio o exclusividad de la potestad punitiva (ius puniendi). Para limitar este monopolio. Se ha instaurado la figura del Ministerio Fiscal, que deberá velar en todo momento la defensa de la legalidad. Se establece un sistema de garantías la criminalidad y la de justicia o procesal. Se articula un sistema de juzgado de instrucción, sometidos unicamente al imperio de la ley y cuya actuación está regida por el principio inquisitivo. Las tres respuestas anteriores son correctas. El Ministerio Fiscal en el proceso penal. Deberá actuar en defensa del acusado en los supuesto de delitos privados. Deberá instarla absolución del acusado si considera que no es culpable de la acusación que otro dirige contra él. Puede adoptar una posición neutra, solo como garante de la legalidad, sin acusar ni solicitar la absolución. Actúa siempre como parte acusadora, ya que su función es ejercitar la acción penal. ¿Qué valor probatorio tendrán las manifestaciones contenidas en el atestado policial presentando ante el juez y que fueron realizadas por testigos presenciales?. Harán prueba plena si los agentes actuantes se ratifican del contenido de esas manifestaciones en presencia judicial. No tendrán ningún valor por si mismas, sino que deberán ser ratificadas en el juicio oral. Harán prueba plena de los contenido y del modo en que ocurrieron los hechos. Tendrán valor suficiente para citar al sospechoso en sede judicial y para enervar la presunción de inocencia. En el proceso penal abreviado, cuando el juez de instrucción considere que existen motivos para procesar a una persona. Deberá dictar Auto de hechos imputables. Deberá dictar Auto de procesamiento. Deberá citarlo a declarar como un imputado, haciéndole saber los derechos que le asisten, entre ellos de guardar silencio, no contestar y estar asistido de un abogado. Deberá continuar adelante la instrucción, y solo lo citará cuando las demás diligencias de investigación estén realizadas. Quién instruye los delitos en que resulte afectado un aforado ante el Tribunal Supremo. Un Magistrado del propio Tribunal Supremo que luego no podrá formar Sala para el enjuicimiento. El Tribunal Supremo solo tiene competencia en el ámbito del recurso de casación penal. El juzgado Central de instrucción. El juzgado de instrucción que corresponda. La reformatio in peius implica. Que si la sentencia solo la recurre el condenado, la segunda sentencia que se dicte no puede perjudicar los establecido en la sentencia recurrida. Que ningún caso la sentencia que se dicte tras un recurso puede ser peor que la sentencia dictada en un primer momento. Que la pena a que condene la primera sentencia nunca puede ser agravada en una segunda instancia. Todas las repuestas anteriores son correctas. No es un efecto que produzca la interposición de la querella. Que se inicia el plazo para considerar la prejudicilidad penal. Que se interrumpan los plazos de prescripción del delito. Que el querellante se convierta en parte procesal. Que el juzgado tenga que citar a declarar al querellado. ¿Se puede incoar un procedimiento rápido mediante denuncia del afectado?. El procedimiento rápido siempre incoa de oficio. Solo si además de la denuncia del afectado existe atestado policial. Si, el afectado tiene derecho a denunciar o a interponer querella, que dará lugar a la apertura de diligencias urgentes. No, solo a través del atestado policial. En el procedimiento penal del jurado, el magistrado presidente les preguntará a los jurados, una vez determinadas las sesiones del juicio oral, sobre la culpabilidad o no culpabilidad del acusado, esto se lleva a cabo. A través del Auto de Hecho Justiciables. A través del Pliego de Posiciones. A través del veredicto. A través del Auto de Procesamiento. De los siguientes derechos, ¿cuál no tendría el investigado?. Derecho a poner en conocimiento de un familiar su situación. Derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita. Derecho a la traducción e interpretación gratuitas. Derecho a guardas silencio y a no prestar declaración si no deseas hacerlo. EL JUZGADO DE VIOLENCIA DE GÉNERO: Es un órgano colegiado que tiene como función instruir los delitos cometidos en el ámbito de la violencia de género. Es un órgano colegiado que tiene como función enjuiciar los delitos cometidos en el ámbito de la violencia de género. Es un órgano unipersonal encargado de la instrucción de los delitos cometidos en el ámbito de la violencia de género. Es un órgano unipersonal encargado de enjuiciar los delitos cometidos en el ámbito de la violencia de género. EL PROCEDIMIENTO POR ACEPTACIÓN DE DECRETO CULMINA CON UNA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN QUE DEBERÁ EMITIR: El Letrado de la Administración de Justicia. El Juez de Instrucción. El propio investigado que acepta la condena. El Fiscal asignado al caso. SEGÚN LA LECRim. LA DETENCIÓN PUEDE SER PRACTICADA POR UN PARTICULAR, POR LA POLICÍA JUDICIAL O POR EL JUEZ. PERO ¿QUE DICE SOBRE LA PRACTICADA POR EL MINISTERIO FISCAL?. La LECrim. no dice nada al respecto y se equipara a la detención por particular. La LECrim. no dice nada al respecto y por lo tanto el Ministerio Fiscal no puede ordenar detenciones. La LECrim. no dice nada al respecto y se equipara a la detención por el Juez. La LECrim. no dice nada al respecto y se equipara a la detención por la Policía Judicial. EN UN PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO EN EL QUE LA POLICÍA JUDICIAL ESTÁ LLEVANDO A CABO ACTOS DE AVERIGUACIÓN, SI REQUIRIERA EL AUXILIO DE OTRAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD. Recabará ese auxilio y estarán obligados a prestárselo, conforme dispone el artículo 772 LECrim. Deberá dirigirse al Juez Instructor que esté al frente de la investigación para que éste autorice ese auxilio, conforme dispone el artículo 778 LECrim. Deberá dirigirse por escrito al superior jerárquico para que dé las instrucciones precisas en orden a ese auxilio, conforme dispone el artículo 770 LECrim. No podrá recabar ese auxilio ya que las funciones de policía judicial no son delegables. PORQUÉ SE DICE QUE EL ATESTADO POLICIAL EQUIVALE A UNA DENUNCIA: Porque se puede formular por escrito o de forma verbal, mediante comparecencia ante la autoridad competente. Porque, aunque en el atestado intervienen funcionarios, la fuerza probatoria de su contenido no constituyen prueba de cargo hasta que se reproduce en el juicio oral. Porque las diligencias que se contienen en el atestado tienen valor probatorio. Porque con el atestado se inicia el proceso penal, pero no por ello la policía se convierte en parte del proceso. Solamente cumple una obligación. EL INVESTIGADO, QUE NO SE ENCUENTRE DETENIDO, NO TENDRÁ DERECHO A. Ser revisado médicamente por el médico forense. Disponer de un traductor o la lengua de la Comunidad Autónoma en que se practique la diligencia. Derecho a que la causa dure el tiempo necesario, sin dilaciones indebidas. El investigado sí tiene reconocidos los derechos anteriores. ES NECESARIA UNA ORDEN JUDICIAL PARA PODER OBTENER UNA MUESTRA DEL IMPUTADO SOBRE LA QUE PRACTICAR UNA PRUEBA DE ADN. Se puede obtener esa muestra sin una orden judicial, y tendrá valor de diligencia de investigación; pero no podrá ser utilizada como prueba en el acto del juicio según el 520.6.c. Sí es preceptiva dicha autorización por afectar un Derecho Fundamental conforme al art. 363 LECrim. No, cuando la muestra se pueda obtener sin violentar la intimidad del imputado, por ejemplo, un pelo existente en su cepillo, la colilla de un cigarrillo o una servilleta usada según dispone el 520.6.c. La obtención de muestras requiere siempre el consentimiento del investigado. SEGÚN EL ART. 109.BIS LECrim. EN UN DELITO CON PLURALIDAD DE VÍCTIMAS. Deberán actuar en el proceso de manera independiente con su propia representación. Podrán actuar en el proceso de manera independiente, pero el Juez podrá obligarlas a que actúen agrupadas, para preservar el buen orden del proceso. Deberán actuar todas ellas unidas bajo la misma representación. Deberán agruparse en uno o varios grupos. LAS NORMAS PROCESALES PENALES SON IMPRORROGABLES, LO QUE IMPLICA QUE LA FALTA DE COMPETENCIA DEL JUEZ QUE LLEVA UN PROCEDIMIENTO ES CAUSA DE NULIDAD DE LO ACTUADO. ¿QUÉ DERECHO CONSTITUCIONAL SE INFRINGE CUANDO EN JUEZ INCOMPETENTE CONOCE DE UN ASUNTO QUE NO LE CORRESPONDE?. El enunciado es incorrecto ya que la falta de competencia es un requisito subsanable tan pronto se ponga de manifiesto. El derecho al Juez natural. El derecho a la tutela judicial efectiva. El derecho a la jurisdicción. ¿DISPONEN LOS AGENTES DE LA POLICÍA JUDICIAL DE LA GARANTÍA DE INAMOVILIDAD MIENTRAS ESTÁN EN FASE DE INVESTIGACIÓN DE UN DELITO?. No, no son inamovibles. Sí, y no pueden ser apartados de la investigación por ninguna autoridad. Sí, y solo pueden ser apartados de la investigación por autorización del juez o fiscal que la esté llevando a cabo. Son inamovibles, salvo por causas operativas debidamente justificadas. DE LAS SIGUIENTES, NO SURTIRÁ EFECTO COMO DENUNCIA. La presentada ante un Juzgado de Instrucción que no sea competente. . La presentada ante un agente de la autoridad. La presentada sin que conste el denunciante, aunque los hechos que se relatan puedan tener apariencia de delito. . En todos los casos señalados surtirá efecto. LAS MEDIDAS CAUTELARES DE CARÁCTER PERSONAL EN EL PROCESO PENAL. Persiguen el fin típico de toda medida cautelar que es que la sentencia final, si es Condenatoria, pueda ser ejecutada. Persiguen garantizar que la sentencia condenatoria que se dicte pueda ser ejecutada, y además, asegurar la presencia del investigado en todas las fases del proceso. Persiguen el fin típico de toda medida cautelar, que es el aseguramiento del objeto litigioso. Persiguen garantizar que la sentencia condenatoria que se dicte pueda ser ejecutada, y además, que el investigado no pueda seguir delinquiendo mientras se sustancia el proceso. ¿EN CUÁNTO TIEMPO MÁXIMO SE DEBE RESOLVER UN PROCEDIMIENTO DE HABEAS CORPUS?. Máximo 24 horas desde que el detenido es puesto a disposición judicial. No hay un plazo establecido, pero no podrá durar más de 72 horas. Ha de ser rapidísimo, y durar menos de lo que dure la detención. Es inmediato, no debería durar más de 6 horas. DE LOS SIGUIENTES SUJETOS QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO PENAL, NO PRECISARÁ DE PROCURADOR. La acusación pública. La acusación popular. La acusación particular. Todos los anteriores precisan de procurador. UN DELITO DE PREVARICACIÓN ESPECIAL, CASTIGADO CON PENA DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA CARGO PÚBLICO DE 12 AÑOS SERÁ ENJUICIADO. A través de un procedimiento abreviado. A través de un procedimiento ordinario. Como se trata de inhabilitación especial, a través un procedimiento rápido. A través de un procedimiento de jurado. CUANDO ESTEMOS ANTE UN DELITO DE VIOLENCIA DE GÉNERO QUE NO SE SEPA DÓNDE SE COMETIÓ, LA COMPETENCIA PARA CONOCER DE LAS DILIGENCIAS PREVIAS LA TENDRÁ. En estos casos deberá conocer un Juzgado de Instrucción hasta que se determine el lugar donde se cometió el delito. El Juzgado de violencia de género del lugar donde haya sido aprehendido el presunto culpable o donde se hayan encontrado restos del delito. El Juzgado de violencia de género que determine la Audiencia Provincial. El Juzgado de violencia de género del domicilio de la víctima, siendo indiferente el lugar en que se cometió. SI EN FASE DE INSTRUCCIÓN, SE INTERVINIERA UN CARGAMENTO DE DROGA (COCAINA) DE 600 KGS., ¿SERÍA POSIBLE GUARDAR UNA PARTE DE ESA DROGA, PARA FUTURAS PRUEBAS, Y DESTRUIR EL RESTO O SERÍA NECESARIO CONSERVARLA TODA?. Sí, hay que guardar una parte, así lo dispone el artículo 367.ter de la LECrim. No es posible, ya que se trataría del cuerpo del delito, y el artículo 334 LECrim. obliga a su conservación. Sólo sería posible cuando todas las partes estuvieren de acuerdo, y exista en la causa al menos dos análisis de esa sustancia efectuados por dos laboratorios distintos, conforme dispone el art. 263.bis.2. Solo será posible su destrucción parcial cuando suponga un riesgo para la seguridad o la salud, como ocurre con los explosivos. En otro caso, la ley no contempla la posibilidad de su destrucción. ¿PUEDE UN JUEZ DE INSTRUCCIÓN QUE HA PRESENCIADO LA PERPETRACIÓN DE UN DELITO INCOAR DILIGENCIAS PREVIAS DE OFICIO?. Sí, si puede si fuera un asunto de su competencia. No puede, salvo que estuviera además en funciones de guardia. No, no puede. Si puede, pero deberá dictar un Auto de hechos justiciables previamente. ¿SE PUEDE ACORDAR COMO MEDIDA DE INVESTIGACIÓN DE UN DELITO DE ESTAFA COMETIDO POR UNA EMPRESA INMOBILIARIA EL QUE LA POLICíA PUEDA INSTALAR UN SOFTWARE PARA EL CONTROL REMOTO DE LOS EQUIPOS INFORMÁTICOS DE ESA EMPRESA?. No, porque los delitos de estafa no están dentro de la categoría de delitos a los que se le puede aplicar esta medida. Sí, las medidas de investigación informática están especialmente previstas en la LECrim. y entre ellas se contempla el control remoto de los equipos informáticos. No, esa medida no está expresamente prevista en la LECrim. y no podrá acordarse. Sí, porque está prevista en la LECrim., pero se requiere que la medida se ajuste a los principios de idoneidad, especialidad, proporcionalidad, necesidad y excepcionalidad. UN DELITO DE ALLANAMIENTO DE MORADA CASTIGADO CON PENA DE PRISIÓN DE 3 AÑOS Y 6 MESES SERÁ ENJUICIADO: Como la pena es inferior a cinco años de prisión, a través un procedimiento rápido. A través de un procedimiento ordinario. A través de un procedimiento abreviado. A través de un procedimiento de jurado. ¿PUEDE UN PERITO DECLARAR ANTE EL JUEZ A TRAVÉS DE VIDEOCONFERENCIA?. Si, el art. 325 LECrim. contempla esa posibilidad también para el encausado, los testigos o cualquier otra persona. No, la declaración del perito debe ser presencial según el art. 477. Solo en aquellos supuestos en que no hubiera perito en la localidad donde se esté instruyendo el procedimiento, según el 459 LECrim. Sí podrá, pero la videoconferencia deberá recogerse por escrito y firmada por el perito, por si hubiera que repetir la pericia en otro momento, conforme el art. 229.3 LOPJ. SI SE DICE QUE LAS PRUEBAS EN QUE SE FUNDE LA SENTENCIA PENAL HAN DE SER CONSTITUCIONALMENTE LEGÍTIMAS, ¿DE QUÉ GARANTÍA PROCESAL DERIVA ESA AFIRMACIÓN?. Deriva del derecho al Juez Natural. Es consecuencia del derecho a la presunción de inocencia. Está derivada del derecho de defensa. Es una manifestación de la garantía de congruencia. ¿SE PUEDE ACORDAR LA PRISIÓN PROVISIONAL PARA UNA PERSONA QUE ESTÁ SIENDO INVESTIGADA POR UNOS HECHOS CASTIGADOS CON PENA INFERIOR A DOS AÑOS DE PRISIÓN?. Se puede, ya que el límite mínimo para decretar la prisión provisional es por delitos a partir de un año de prisión. No se puede, salvo que se trate de delito relacionado con el crimen organizado. Se puede, pero solo si tuviera antecedentes penales no cancelados por delito doloso. No, no se puede. ¿A QUIÉN DEBERÁ REMITIR LA POLICÍA JUDICIAL EL ATESTADO?. A la Audiencia Provincial respectiva, en el plazo de 24 horas. Al Juez de Instrucción que esté de guardia en el plazo de 24 horas. Al Ministerio Fiscal en el plazo de 24 horas. Al Juez de Instrucción que esté de guardia en el plazo de 24 horas y al Ministerio Fiscal (772.2). SI EL MINISTERIO FISCAL QUIERE EJERCER LA ACCIÓN PENAL. Deberá presentar una denuncia y, posteriormente, una querella. Deberá dar traslado de sus diligencias informativas tan pronto sepa que existen unas diligencias previas abiertas. Deberá presentar una denuncia o querella. Deberá manifestarlo expresamente en el primer escrito que reciba del Juzgado en que se esté instruyendo la causa. EN EL PROCEDIMIENTO PENAL ABREVIADO ESTÁ PREVISTO QUE SI EL ATESTADO FUERA SUFICIENTE PARA QUE EL FISCAL SOSTENGA LA ACUSACIÓN, EL JUEZ INSTRUCTOR DARÁ TRASLADO DEL ATESTADO PARA CALIFICACIÓN Y SE ABSTENDRÁ DE PRACTICAR DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN, EXCEPTO. La documental, consistente en el propio atestado. La declaración del imputado. El ofrecimiento de acciones a la víctima. El enunciado es incorrecto ya que, aunque el atestado sea suficiente para sostener la acusación, eso no impide que el Juez Instructor practique las diligencias de investigación que estime convenientes. AL OBJETO DE ACORDAR LA INTERVENCIÓN DE UN AGENTE ENCUBIERTO, SEGÚN EL ARTÍCULO 282.BIS DE LA LECrim., ¿A CUÁL DE LOS SIGUIENTES GRUPOS SE CONSIDERARÍA DELINCUENCIA ORGANIZADA?. Al que se dedica a la importación de animales exóticos sin los oportunos permisos. Una peña del Real Madrid. Al que se plantea como objetivo atentar contra la Corona. El grupo que prepara matrimonios de conveniencia para obtener la nacionalidad fraudulentamente. SI, COMO CONSECUENCIA DE UNA DENUNCIA, LA POLICÍA PRACTICA DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN Y ELABORA UN ATESTADO, PARA CONCLUIR QUE NO EXISTEN INDICIOS DE DELITO. ¿DEBERÁ PONER ESTE ATESTADO EN CONOCIMIENTO DEL JUEZ COMPETENTE?. No, ya que al no existir indicios de delito no tiene sentido informar al Juez. Si, la policía comunicará al juzgado competente de todos los atestados que se elaboren. Sí, salvo que no se haya podido identificar al autor. No, la comunicación al Juzgado competente queda a criterio del Comisario o Inspector responsable. LA ENTRADA Y REGISTRO EN UN DOMICILIO REQUIERE AUTORIZACIÓN JUDICIAL EN FORMA DE AUTO MOTIVADO. PARA QUE EL JUEZ AUTORICE ESA DILIGENCIA, ES NECESARIO. Que exista una sospecha razonable de que en el interior de ese lugar se puede encontrar al investigado o vestigios del delito. Que el interesado se encuentre presente en todo moment. Que la solicitud de entrada y registro lleve el visto bueno del Ministerio Fisca. Todas las respuestas anteriores serían necesarias. CON LA SIGUIENTE AFIRMACIÓN: “ES EL TITULAR DEL BIEN JURÍDICAMENTE PROTEGIDO POR LA NORMA PENAL EN LOS DELITOS PÚBLICOS” ¿A QUÉ PARTE PROCESAL NOS REFERIMOS?. Al responsable civil. Al acusador popula. Al acusador particular. Al Ministerio Fiscal. DE LAS MEDIDAS CAUTELARES EN EL PROCESO PENAL. Que sean provisionales, esto es, que su duración esté subordinada a la duración del proceso principal al que sirven. Que para su adopción sea necesaria la instancia de parte, pudiendo el Juez o Tribunal acordarlas de oficio si considera que existe riesgo para la causa. Que sean jurisdiccionales, esto es, que solo pueden ser acordadas por Resolución judicial, pudiendo ser acordadas por el Ministerio Fiscal o la Policía Judicial. Que sean declaratorias, esto es, que sirven para adelantar los efectos de la sentencia que pudiera dictarse en cada caso. LA LECrim. SE REFIERE EN EL ARTÍCULO 260 A QUE NO ESTÁN OBLIGADOS A DENUNCIAR LOS IMPÚBERES, SE REFIERE. Los menores de 14 años. Los menores de 16 años. Los menores de 18 años. Quienes padezcan de algún defecto psíquico. DE LOS SIGUIENTES, ¿QUIÉN NO ESTÁ OBLIGADO A DENUNCIAR?. Viandante que presencia la comisión de un hecho presuntamente delictivo. Persona que alcanza la mayoría de edad el mismo día que presencia la comisión de un hecho presuntamente delictivo. Un hermano respecto del delito que ha podido cometer otro hermano. En todos los casos anteriores se está obligado a denunciar. ¿ES CIERTO QUE LA ACCIÓN PENAL POPULAR ESTÁ RECONOCIDA A NIVEL CONSTITUCIONAL?. Sí, en el artículo 125 CE. Sí, en el artículo 124 CE. Sí, en los artículos 19.1 y 125 CE. No, no es cierto. Está reconocida en la LOPJ pero no en la Constitución. SI LA PRISIÓN PROVISIONAL SE ACUERDA CON LA FINALIDAD DE EVITAR LA OCULTACIÓN, ALTERACIÓN O DESTRUCCIÓN DE LAS FUENTES DE PRUEBA, ¿CUÁNTO PODRÁ DURAR DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 504 LECRIM.?. Como máximo dos años, prorrogables por otros dos. Como máximo seis meses, sin opción a prórroga. Como máximo seis meses, con opción a prórroga de otros seis meses. Como máximo un año, prorrogable por un año más. AGUSTÍN M. HA COMETIDO UN DELITO DE DETENCIÓN ILEGAL AL TENER RETENIDA A UNA MUJER EN CONTRA DE SU VOLUNTAD. LA PENA PREVISTA ES DE PRISIÓN DE CUATRO A SEIS AÑOS. A AGUSTÍN LO HA DETENIDO LA POLICÍA MIENTRAS COMETÍA EL DELITO Y DISPONE DE LA DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA INCULPANDO A AGUSTÍN POR LA DETENCIÓN ILEGAL. ¿SERÁ AGUSTÍN ENJUICIADO A TRAVÉS DE UN JUICIO RÁPIDO?. No porque la pena señalada a ese delito supera los cinco años de prisión. Sí porque se encuentra detenido. Sí porque se presume que la instrucción va a ser sencilla y de duración breve. La respuesta correcta sería la b) y la c) juntas, esto es, se puede enjuiciar por un juicio rápido ya que Agustín está detenido y la instrucción se presume que será sencilla. ¿ES COMPETENCIA DEL PROCEDIMIENTO ANTE EL JURADO EL DELITO DE PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA?. Sí, cuando ha sido cometido por un empleado público, sea funcionario o no. Solo cuando ha sido cometido por un funcionario. Sólo si es cometido por un funcionario público o cargo electo, no por el personal laboral al servicio de la Administración. No, no es de su competencia. LA DETENCIÓN POLICIAL DURARÁ. El tiempo estrictamente necesario para la práctica de las diligencias tendentes al esclarecimiento de los hechos. El límite legal es de 24 horas, prorrogables hasta 72 horas más. El tiempo que en cada momento se considere adecuado sin que se pueda cesar en la práctica de diligencias de investigación. Como máximo 72 horas, debiendo en ese plazo pasar a disposición judicial. ¿QUÉ MODALIDADES DE JURADO EXISTEN?. El de jurado puro. El de jurado mixto y escabinado. El de jurado puro y escabinado. El de jurado escabinado. LA POLICÍA JUDICIAL LE PIDE AL JUEZ INTERVENIR LOS ORDENADORES DE UN "SALON DE APUESTAS" PORQUE SOSPECHA QUE A SU TRAVÉS SE PODRÍAN ESTAR COMETIENDO DELITOS DE BLANQUEO DE CAPITALES. SI EL JUEZ ACCEDIERA A ELLO, ¿QUÉ PRINCIPIO QUE SE REGULA EN EL 588.BIS.A SE ESTARÍA INCUMPLIENDO?. El de especialidad, por no estar permitidas las intervenciones "a prevención" o sin base objetiva. El de proporcionalidad, ya que intervenir todos los ordenadores no permite conocer la identidad de quien estaría cometiendo esos delitos. El de idoneidad, ya que la intervención de un ordenador no es la mejor manera de investigar un delito de blanqueo de capitales. No se estaría infringiendo ningún principio. ¿QUIÉN ES LA AUTORIDAD ENCARGADA DE INFORMAR A LA VÍCTIMA DEL DELITO DE SUS DERECHOS DENTRO DEL PROCESO PENAL, UNA VEZ ÉSTE SE HA INICIADO?. El Juez de Instrucción. El Letrado de la Administración de Justicia. El Ministerio Fiscal. Todos los anteriores según vayan teniendo acceso a la víctima. PORQUÉ SE DICE QUE EL ATESTADO POLICIAL EQUIVALE A UNA DENUNCIA. Porque con el atestado se inicia el proceso penal, pero no por ello la policía se convierte en parte del proceso. Solamente cumple una obligación. Porque las diligencias que se contienen en el atestado tienen valor probatorio. Porque, aunque en el atestado intervienen funcionarios, la fuerza probatoria de su contenido no constituyen prueba de cargo hasta que se reproduce en el juicio oral. Porque se puede formular por escrito o de forma verbal, mediante comparecencia ante la autoridad competente. ¿ES POSIBLE PARA LA POLICÍA JUDICIAL LEVANTAR UN CADÁVER SOSPECHOSO DE CRIMINALIDAD ANTES DE QUE HAGA ACTO DE PRESENCIA EL JUEZ DE INSTRUCCIÓN O EL FORENSE DELEGADO?. No, en ningún caso. No se puede, salvo que estuviera presente el Letrado de la Administración. Sí, en cualquier caso, ya que la policía judicial es la encargada de documentar esa diligencia. Sí, si el cadáver interrumpe una vía pública de tráfico rodado. LA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA PRACTICADA ANTE LA POLICÍA, SIN LA PRESENCIA DEL JUEZ NI DEL ABOGADO DE LA DEFENSA ¿TIENE CARÁCTER DE PRUEBA PARA EL MOMENTO DEL JUICIO?. Sí, ya que no se puede repetir en el momento del juicio. Sí, pero debe venir acompañada de otros indicios o circunstancias para que sea inculpatoria. No, no tiene valor de prueba. Tiene carácter de prueba si los agentes comparecen el día del juicio a ratificar su atestado. LA FASE DE JUICIO ORAL DE UN PROCEDIMIENTO PENAL ORDINARIO QUE NO SEA COMPETENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL SE SEGUIRÁ. Ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia. Siempre ante el Juzgado de lo Penal. Si la pena solicitada supera los seis años de prisión será ante la Audiencia Provincial, en otro caso será ante el Juzgado de lo Pena. Siempre en la Audiencia Provincial correspondiente. ¿SE PUEDE INCOAR UN PROCEDIMIENTO RÁPIDO MEDIANTE DENUNCIA DEL AFECTADO?. Sí, es una forma de iniciar el procedimiento penal. No, el juicio rápido solo se puede incoar a través de atestado policial. No, el juicio rápido solo se puede incoar a través de atestado policial o querella. Sí, pero deberá ratificar su denuncia en la primera comparecencia que se celebre ante el Juez. DE LOS SIGUIENTES SUJETOS, ¿QUIÉN ES EL SUJETO PASIVO DE LA NOTITIA CRIMINIS?. El investigado. El Juzgado de Instrucción. La acusación. La víctima. ¿ES CIERTA LA SIGUIENTE AFIRMACIÓN?: “LA PRISIÓN PROVISIONAL SÓLO SE ADOPTARÁ CUANDO OBJETIVAMENTE SEA NECESARIA Y CUANDO NO EXISTAN OTRAS MEDIDAS MENOS GRAVOSAS PARA EL DERECHO A LA LIBERTAD”. Si, porque la prisión provisional es la más eficaz de las medidas cautelares y también es la menos gravosa. Sí, así se expresa el artículo 502 LECrim. No, la prisión provisional no es la única medida cautelar que puede adoptarse. No, la prisión provisional se acordará por razones subjetivas, no objetivamente. |