test profesor 2
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Nuestro cliente no ha abonado nuestra minuta de honorarios pactados previamente, pese a que he intervenido en su defensa en un procedimiento civil ordinario hasta la sentencia en primera instancia. He interpuesto procedimiento de cuenta del abogado reclamando esos honorarios, que ha sido admitida a trámite, y se le ha dado traslado al obligado al pago para que abone mi minuta. Transcurrido el plazo procesal para oponerse, no paga ni se opone. Indique la contestación correcta: Se requerirá nuevamente al cliente, con apercibimiento de apremio de sus bienes. Se despacha ejecución por la cantidad que ascienda la minuta. Se dará traslado al colegio profesional correspondiente para la emisión del informe preceptivo y no vinculante sobre la adecuación y corrección de dichos honorarios de letrado. Interpondré el declarativo que corresponda por razón de la cuantía. Nuestro cliente no ha abonado nuestra minuta de honorarios pactados previamente, pese a que he intervenido en su defensa en un procedimiento civil ordinario hasta la sentencia en primera instancia. He interpuesto procedimiento de cuenta del abogado reclamando esos honorarios, que ha sido admitida a trámite, y se le ha dado traslado al obligado al pago para que abone mi minuta. En dicho plazo, ha impugnado nuestra minuta por excesiva. Indique la contestación correcta: Se dará traslado al letrado minutante por tres días para que se pronuncie sobre la impugnación, resolviendo el Letrado de Administración de Justicia mediante decreto. Se dará traslado al letrado minutante por cinco días para que se pronuncie sobre la impugnación, resolviendo el letrado de Administración de Justicia mediante auto. Se dará traslado al letrado minutante por cinco días para que se pronuncie sobre la impugnación, y si el abogado acepta la reducción, se pasa testimonio de los autos al Colegio de Abogados para que emita informe y tasación del Letrado de la Administración de Justicia. Se dará traslado al letrado minutante por cinco días para que se pronuncie sobre la impugnación, y si el abogado no acepta la reducción, se pasa testimonio de los autos al Colegio de Abogados para que emita informe y tasación del Letrado de la Administración de Justicia. El procedimiento de cuenta del abogado previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil, tiene por objeto: Hacer efectivo el crédito del abogado por honorarios devengados por su actuación procesal, sin que sea preceptiva la intervención de abogado y procurador. Hacer efectivo el crédito del abogado por honorarios devengados por su actuación procesal, siendo preceptiva la intervención de abogado y procurador. Hacer efectivo el crédito del abogado por honorarios devengados por su actuación procesal, siendo preceptiva la intervención de letrado, pero no de procurador. Hacer efectivo el crédito del abogado por honorarios devengados por su actuación procesal, sin que sea preceptiva la intervención de abogado, pero sí de procurador. Eduardo López, mi cliente, me comunica que le acaban de notificar demanda de juicio verbal en reclamación de 5.800 euros. Ese mismo día acude a mi despacho y compruebo que el juzgado competente territorialmente no es el aquel donde se está tramitando este procedimiento. Conteste la opción más correcta: Plantearé declinatoria dentro de los 10 primeros días del plazo para contestar a la demanda, con suspensión del plazo para contestar y el curso del procedimiento principal, bien ante el Tribunal que esté conociendo del asunto, o el Tribunal del domicilio del demandado, que debe remitirla al que esté conociendo del asunto para que la sustancie. Plantearé declinatoria dentro de los cinco primeros días del plazo para contestar a la demanda, con suspensión del plazo para contestar y el curso del procedimiento principal, bien ante el Tribunal que esté conociendo del asunto, o el Tribunal del domicilio del demandado, que debe remitirla al que esté conociendo del asunto para que la sustancie. Plantearé declinatoria dentro de los 10 primeros días del plazo para contestar a la demanda, con suspensión del plazo para contestar y el curso del procedimiento principal, ante el Tribunal que esté conociendo del asunto. h. Eduardo López, mi cliente, me comunica que le acaban de notificar demanda por el Juzgado de primera instancia nº 1 de Granada, en procedimiento verbal en reclamación de daños y perjuicios por importe de 5.800 euros contra el Ayuntamiento de Granada . Ese mismo día acude a mi despacho y compruebo que corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa. Conteste la opción más correcta: En tanto ha sido admitida a trámite por el Letrado de la Administración de Justicia del juzgado de primera instancia nº 1 de Granada, en base al principio perpetuatio iurisdiccionis, se habrá de seguir tramitando en este juzgado, dado que es materia compartida entre la jurisdicción civil y la contencioso administrativa. Formularé declinatoria por falta de jurisdicción, y si es estimada, el Tribunal se abstendrá de conocer y sobreseerá el proceso. Formularé incidente especial de juicio verbal por falta de jurisdicción, y si es estimada, el Tribunal se abstendrá de conocer y sobreseerá el proceso. Ha sido admitida a trámite, y por consiguiente, podré alegar esta cuestión únicamente en la vista oral que se celebre en el procedimiento verbal. Ejerzo la defensa letrada de Don Eduardo López contra la constructora PEREZ, S.L reclamando la existencia de defectos constructivos en la reforma que ha ejecutado en mi vivienda. Dichos defectos o vicios constructivos ascienden, según pericial al efecto, a la cantidad de 8,930 euros. Admitida a trámite y en fase de contestación por la parte demandada, me comunica mi cliente que le han notificado demanda interpuesta por PEREZ, S.L. reclamando cantidades por impago de facturas derivadas de contrato de ejecución de obra en su vivienda, por importe de 6.320 euros. Conteste la opción más correcta: No cabe la acumulación de procesos dado que el trámite procesal en el que me encuentro, no permite solicitar e instar tal acumulación, debiendo tramitarse ambos por separado. No existe conexión entre estos dos procesos de modo que, de seguirse por separado, podrían dictarse sentencias con pronunciamientos o fundamentos contradictorios, incompatibles o mutuamente excluyentes. Al tratarse de procesos declarativos que se sustancian por los mismos trámites o susceptibles de tramitarse conjuntamente sin pérdida de derechos procesales, y existir conexión entre ambos procesos de modo que, de seguirse por separado, pudieran dictarse sentencias con pronunciamientos o fundamentos contradictorios, incompatibles o mutuamente excluyentes si cabe la acumulación de procesos. Al tratarse de procesos declarativos que se sustancian por los mismos trámites o susceptibles de tramitarse conjuntamente sin pérdida de derechos procesales, y existir conexión entre ambos procesos de modo que, de seguirse por separado, pudieran dictarse sentencias con pronunciamientos o fundamentos contradictorios, incompatibles o mutuamente excluyentes si cabe la acumulación de procesos de oficio. Mi cliente, Eduardo López, me encarga demandar a la aseguradora de la responsabilidad civil de la comunidad de propietarios donde vive al haberse producido una caída con lesiones en las escaleras del edificio por un defectuoso mantenimiento de las mimas. No dispone de la póliza de seguros que cubre dichas contingencias, y la comunidad no la quiere facilitar. Responda a la pregunta más correcta: Interpondré medidas cautelares previas a la demanda, interesando del juzgado se requiera a la demandada para que aporte dicha póliza de seguros, pudiendo oponerse la comunidad de propietarios en el plazo de diez días, celebrándose vista, y resolviendo el juzgador mediante auto. Interpondré diligencias preliminares siendo preceptiva la intervención de abogado y procurador, salvo para las diligencias urgentes, con expresión de los fundamentos y referencia circunstanciada del asunto objeto del juicio posterior debiendo ofrecerse caución. Interpondré diligencias preliminares, no siendo preceptiva la intervención de abogado y procurador, con expresión de los fundamentos y referencia circunstanciada del asunto objeto del juicio posterior no siendo necesario ofrecerse caución. Interpondré medidas cautelares inaudita parte, siendo preceptiva la intervención de abogado y procurador, salvo para las diligencias urgentes, con expresión de los fundamentos y referencia circunstanciada del asunto objeto del juicio posterior debiendo ofrecerse caución. Mi cliente, Ferretería Eduardo López, me encarga que reclame una factura pendiente de pago por importe de 3.560 euros contra un cliente habitual de su negocio que ha comprado material en su establecimiento, y transcurrido el día en que se obligó a satisfacer dicha factura, no la ha abonado, sin justificación, ni excusa alguna posible. Responda a la respuesta más correcta: Interpondré necesariamente procedimiento monitorio al ser una deuda o crédito dinerario, líquida, determinada, vencida, exigible, acreditada documentalmente y ejecutiva. Interpondré procedimiento monitorio al ser una deuda o crédito dinerario, líquida, determinada, vencida, exigible, acreditada documentalmente y ejecutiva. Interpondré procedimiento monitorio al ser una deuda o crédito dinerario, líquida, determinada, vencida, exigible y acreditada documentalmente. Interpondré necesariamente procedimiento monitorio al ser una deuda o crédito dinerario, líquida, vencida, exigible y acreditada documentalmente. .- Mi cliente, Eduardo López, con domicilio en Granada, recibe del juzgado de primera instancia nº 2 de Motril procedimiento monitorio reclamando la cantidad de 2.300 euros por saldo deudor en cuenta corriente, siendo el peticionario/acreedor de dicho procedimiento el Banco Mundial, cuyo domicilio social es Motril. En el contrato de apertura de cuenta corriente, se establecía expresamente que de cualquier litigio derivado de dicho contrato, entenderían los juzgados y tribunales de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o juzgado. La respuesta correcta es: Se debería haber presentado en los juzgados de Granada y por tanto inadmitirse por el juzgado de Motril. Está bien admitida por el Juzgado de Motril dado el tenor del contrato suscrito entre las partes, que obliga a interponer cualquier demanda o reclamación derivado de dicha relación jurídica a los juzgados y tribunales de Motril. Está bien admitida por el Juzgado de Motril dado el tenor del contrato suscrito entre las partes, que obliga a interponer cualquier demanda o reclamación derivado de dicha relación jurídica a los juzgados y tribunales de Motril, y por ser este el domicilio de la parte peticionaria del monitorio. El juzgado de Motril debería admitirla, y remitirla a los juzgados del domicilio de mi cliente, por entender que no era competente territorialmente. Mi cliente, la Comunidad de propietarios del edificio Sol de calle Recogidas de Granada, me encarga reclame contra un propietario moroso por cuotas comunitarias. Decido interponer procedimiento monitorio. El comunero deudor tiene domicilio en Motril. Señale la opción correcta: La notificación debe hacerse en el domicilio previamente designado por el deudor para las notificaciones de todo tipo relacionadas con los asuntos de la comunidad de propietarios. Si no se designó tal domicilio, se intentará en el piso o local, y si no pudiera hacerse no se podrá acudir a la comunicación edictal. La notificación debe hacerse en el domicilio previamente designado por el deudor para las notificaciones de todo tipo relacionadas con los asuntos de la comunidad de propietarios. Si no se designó tal domicilio, se intentará en el piso o local, y si no pudiera hacerse se acudirá a la comunicación edictal, y notificación mediante publicación en el boletín oficial de la comunidad autónoma correspondiente. La notificación debe hacerse en el domicilio previamente designado por el deudor para las notificaciones de todo tipo relacionadas con los asuntos de la comunidad de propietarios, incluso a través de medios electrónicos o telemáticos. Si no se designó tal domicilio, se intentará en el piso o local, y si no pudiera hacerse se acudirá a la comunicación mediante publicaciones oficiales. La notificación debe hacerse en el domicilio previamente designado por el deudor para las notificaciones de todo tipo relacionadas con los asuntos de la comunidad de propietarios. Si no se designó tal domicilio, se intentará en el piso o local, y si no pudiera hacerse se acudirá a la comunicación edictal. En el procedimiento monitorio, ¿es preceptiva o no la intervención de abogado y procurador? Responda la opción más correcta: No es preceptiva la intervención de abogado ni de procurador para su interposición, pero si soy deudor-demandado, requerido de pago en dicho procedimiento, y pretendo oponerme, tendré que estar asistido de abogado y procurador para cuantías superiores a 3.000 euros. No es preceptiva la intervención de abogado ni de procurador para su interposición, pero si soy deudor-demandado, requerido de pago en dicho procedimiento, y pretendo oponerme, tendré que estar asistido de abogado y procurador para cuantías superiores a 2.000 euros. Es preceptiva la intervención de abogado y de procurador para la reclamación de deudas, y por cuantía superior a 6.000 euros. Hasta 6.000 euros no es preceptiva la intervención de abogado y procurador. Ninguna de las anteriores es correcta. He interpuesto demanda de procedimiento monitorio por importe de 345 euros, adoleciendo la petición de determinados defectos que hacen inviable procesalmente su al no ser una deuda dineraria. Indique la respuesta correcta: Se dictará decreto por el Letrado de Administración de Justicia inadmitiendo el procedimiento monitorio, y contra dicho decreto cabe recurso de apelación. Se dictará auto por el juez inadmitiendo el procedimiento monitorio, y contra dicho auto cabe recurso de revisión. Se dictará auto por el juez inadmitiendo el procedimiento monitorio, y contra dicho auto cabe recurso de reposición previo al recurso de apelación. Ninguna de las anteriores es correcta. He interpuesto procedimiento monitorio en reclamación de la cantidad de 600 euros. Admitido a trámite, se ha requerido de pago al deudor, y dentro del plazo conferido, ni ha pagado ni se ha opuesto. Indique la opción correcta: Se dictará auto del Letrado de la Administración de Justicia de finalización del monitorio y dicho Letrado de la Administración de Justicia dará traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución, con solicitud de ejecución. Se dictará decreto del Juez de finalización del monitorio y por el Letrado de la Administración de Justicia se dará traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución, con solicitud de ejecución. Se dictará auto del Juez de finalización del monitorio y el Letrado de la Administración de Justicia dará traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución, mediante demanda de ejecución. Se dictará decreto del Letrado de la Administración de Justicia de finalización del monitorio y dicho Letrado de la Administración de Justicia dará traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución, con solicitud de ejecución. Eduardo López, mi cliente, tiene una factura pendiente de pago por importe de 1.500 euros. Decido interponer procedimiento monitorio en reclamación de dicha factura. El domicilio del deudor, según dicha factura, es en Granada. Admitido a trámite el procedimiento monitorio, e intentado, sin efecto, el requerimiento al deudor en el domicilio conocido, se nos informa por el agente notificador que los vecinos indican que se ha mudado a Motril. Responda la opción correcta: Se dictará auto dando por terminado el proceso con reserva al acreedor a instar de nuevo el proceso ante el Juzgado competente. Contra dicho auto cabe recurso de reposición. Se dictará decreto dando por terminado el proceso con reserva al acreedor a instar de nuevo el proceso ante el Juzgado competente. Contra dicho decreto cabe recurso de reposición. Se dictará auto dando por terminado el proceso con reserva al acreedor a instar de nuevo el proceso ante el Juzgado competente. Contra dicho auto cabe recurso de apelación. Se dictará decreto dando por terminado el proceso con reserva al acreedor a instar de nuevo el proceso ante el Juzgado competente. Contra dicho decreto cabe recurso de apelación. .- Mi cliente, Eduardo López, es arrendador de una vivienda sita en Gran Via 333 de Granada. La inquilina María Garcia, lleva seis meses sin pagar la renta estipulada en contrato que fue afianzado y avalado por sus padres. El importe debido por rentas asciende a la cantidad de 6.500 euros. Decido interponer demanda acumulando la acción de desahucio y la de reclamación de rentas vencidas y no pagadas. Responda la opción más correcta: Podré acumular acciones en reclamación de rentas o cantidades análogas vencidas y no pagadas con acción de desahucio por falta de pago o por expiración legal o contractual del plazo a través de procedimiento monitorio. Asimismo, podrán acumularse las acciones ejercitadas contra el fiador o avalista solidario previo requerimiento de pago no satisfecho. Podré acumular acciones en reclamación de rentas o cantidades análogas vencidas y no pagadas con acción de desahucio por falta de pago o por expiración legal o contractual del plazo. No podrán acumularse las acciones ejercitadas contra el fiador o avalista solidario, debiendo interponer declarativo por razón de la cuantía contra dichos fiadores o avalistas. Podré acumular acciones en reclamación de rentas o cantidades análogas vencidas y no pagadas con acción de desahucio por falta de pago o por expiración legal o contractual del plazo, a través de procedimiento ordinario, al ser la cuantía superior a seis mil euros. Asimismo, podrán acumularse las acciones ejercitadas contra el fiador o avalista solidario previo requerimiento de pago no satisfecho. Podré acumular acciones, en juicio declarativo verbal, en reclamación de rentas o cantidades análogas vencidas y no pagadas con acción de desahucio por falta de pago o por expiración legal o contractual del plazo. Asimismo, podrán acumularse las acciones ejercitadas contra el fiador o avalista solidario previo requerimiento de pago no satisfecho. Mi cliente, Eduardo López, estaba en posesión, desde hace más de cinco años y hasta el día 15 de diciembre del 2018 de una plaza de aparcamiento en la planta sótano del edificio donde reside. Sin embargo, el día 15 de enero del 2019, la propia comunidad, en acuerdo adoptado en Junta General de Propietarios, decide utilizar dicha plaza de aparcamiento para usos comunes, especialmente para dejar allí los contenedores de basura de los miembros de dicha comunidad. Dicho acuerdo comunitario se ejecuta inmediatamente, comenzando el día 16 de enero del 2019 a usar dicho espacio para usos comunes del edificio. Eduardo López no está de acuerdo, y me encarga que ejercite las acciones para que se respete su derecho sobre dicha plaza de aparcamiento. Responda la opción correcta: Ninguna de las anteriores es correcta. Interpondré demanda ejecutiva de recobrar la posesión perdida solicitando la tutela sumaria de la posesión sobre dicha plaza de aparcamiento. Interpondré juicio ordinario de recobrar la posesión perdida solicitando la tutela sumaria de la posesión sobre dicha plaza de aparcamiento. ) Interpondré juicio verbal de recobrar la posesión perdida solicitando la tutela sumaria de la posesión sobre dicha plaza de aparcamiento. Dictada sentencia por el juzgado de primera instancia de Granada número 12, en procedimiento ordinario, autos 332/19, por la que se condena al demandado a abonar a mi cliente la cantidad de 12.350 euros, y transcurrido el plazo de veinte días sin que haya pagado cantidad alguna, decido ejecutar dicha sentencia para, mediante el apremio de bienes del demandado, se satisfaga íntegramente el interés económico de mi cliente. Conteste la opción más correcta: Interpondré demanda de ejecución ante el mismo juzgado que dictó la sentencia estimatoria de mis pretensiones, siendo preceptiva la intervención de abogado y procurador salvo en ejecución de sentencias dictadas en procesos declarativos en los que no se exija esa intervención, debiendo adjuntar el título judicial en que base dicha demanda de ejecución. Interpondré demanda de ejecución ante el mismo juzgado que dictó la sentencia estimatoria de mis pretensiones, siendo preceptiva la intervención de abogado y procurador salvo en ejecución de sentencias dictadas en procesos declarativos en los que no se exija esa intervención, sin que sea necesario adjuntar el título judicial en que base dicha demanda de ejecución. ) Interpondré demanda de ejecución ante el mismo juzgado que dictó la sentencia estimatoria de mis pretensiones, no siendo preceptiva la intervención de abogado y procurador, dado que el ordinario derivó de una procedimiento previo en el que no intervino procurador ni letrado al no ser su intervención preceptiva, debiendo adjuntar el título judicial en que base dicha demanda de ejecución. Ninguna de las anteriores es correcta. Dictada sentencia por el juzgado de primera instancia de Granada número 12, en procedimiento ordinario, autos 332/19, por la que se condena al demandado a abonar a mi cliente la cantidad de 12.350 euros, y transcurrido el plazo de veinte días sin que haya pagado cantidad alguna, decido ejecutar dicha sentencia para, mediante el apremio de bienes del demandado, se satisfaga íntegramente el interés económico de mi cliente. Se dicha auto conteniendo orden general de ejecución y despachando la demanda de ejecución. ¿Procede en este caso requerimiento al deudor? Conteste la opción más correcta: En todo caso se ha de requerir previamente de pago al ejecutado derivado de un título judicial por ser una deuda dineraria, líquida y exigible. Nunca se ha de requerir previamente de pago al ejecutado si fuese título no judicial. Unicamente procede requerir al ejecutado cuando la ejecución se funde en un título no judicial, salvo que se acompañe a la demanda ejecutiva acta notarial que acredite haberse requerido de pago al ejecutado con al menos 10 días de antelación. Unicamente procede requerir al ejecutado cuando la ejecución se funde en un título no judicial, salvo que se acompañe a la demanda ejecutiva acta notarial que acredite haberse requerido de pago al ejecutado con al menos 5 días de antelación. Dictada sentencia por el juzgado de primera instancia de Granada número 12, en procedimiento ordinario, autos 332/19, por la que se condena al demandado a abonar a mi cliente la cantidad de 12.350 euros, y transcurrido el plazo de veinte días sin que haya pagado cantidad alguna, decido ejecutar dicha sentencia para, mediante el apremio de bienes del demandado, se satisfaga íntegramente el interés económico de mi cliente. Se dicha auto conteniendo orden general de ejecución y despachando la demanda de ejecución. Al día siguiente, por el Letrado de Administración de Justicia, se dicta Decreto en el que se contienen las medidas ejecutivas concretas que resultaren procedentes, incluido si fuera posible el embargo de bienes, así como las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan. ¿ Contra dichas resoluciones judiciales procederá recurso? Conteste la opción correcta: Contra el auto autorizando y despachando la ejecución no se dará recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado. Contra el decreto dictado por el Letrado de la Administración de Justicia cabrá interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, ante el Tribunal que hubiere dictado la orden general de ejecución. Contra el auto autorizando y despachando la ejecución cabe recurso de apelación. Contra el decreto dictado por el Letrado de la Administración de Justicia cabrá interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, ante el Tribunal que hubiere dictado la orden general de ejecución. Ninguna de las anteriores es correcta. Contra el auto autorizando y despachando la ejecución no se dará recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado. Contra el decreto dictado por el Letrado de la Administración de Justicia cabrá interponer recurso directo de revisión, con efecto suspensivo, ante el Tribunal que hubiere dictado la orden general de ejecución. Dictada sentencia por el juzgado de primera instancia de Granada número 12, en procedimiento ordinario, autos 332/19, por la que se condena al demandado a abonar a mi cliente la cantidad de 12.350 euros, y sin haber transcurrido el plazo de veinte días desde la sentencia firme, decido ejecutar dicha sentencia para, mediante el apremio de bienes del demandado, se satisfaga íntegramente el interés económico de mi cliente. Se deniega mediante auto el despacho de la demanda de ejecución. Conteste la opción más correcta: Ese auto es directamente apelable y la apelación se entiende sólo con el acreedor. Ese auto es directamente revisable y el recurso de revisión n se entiende sólo con el acreedor. Ese auto es directamente apelable y la apelación se entiende con el acreedor y con el ejecutado. Ese auto no es susceptible de recurso alguno. Mi cliente MAQUINARIA EDUARDO LOPEZ S.L., es tenedor de varias letras de cambio derivado de varias transacciones comerciales operadas con Luis Garcia, Andrés Garcia, y Jose Garcia. El importe de dichas letras, asciende a 1.500 euros. Al vencimiento de las letras de cambio, han resultado impagadas. El domicilio de mi cliente es en Granada, y el de los demandados, dos viven en Granada, y el tercero en Motril. Decido interponer juicio cambiario. Conteste la opción más correcta: Será competente el Juzgado de 1.ª Instancia del domicilio de mi cliente. Al ser mi cliente el tenedor de las letras de cambio, y ser varios los deudores en base al mismo título, compete al del domicilio de cualquiera de ellos. Es preceptivo Abogado y Procurador, salvo para solicitar medidas urgentes previas al juicio, y además, deberé acompañar a la demanda las letras de cambio. Será competente el Juzgado de 1.ª Instancia del domicilio del demandado. Al ser mi cliente el tenedor de las letras de cambio, y ser varios los deudores en base al mismo título, compete al del domicilio de cualquiera de ellos. Es preceptivo Abogado y Procurador, salvo para solicitar medidas urgentes previas al juicio, y además, deberé acompañar a la demanda las letras de cambio. Será competente el Juzgado de 1.ª Instancia del domicilio de mi cliente. Al ser mi cliente el tenedor de las letras de cambio, y ser varios los deudores en base al mismo título, compete al del domicilio de cualquiera de ellos. Es preceptivo Abogado y Procurador, salvo para solicitar medidas urgentes previas al juicio, y al tratarse de títulos cambiarios no estaré obligado a acompañar a la demanda las letras de cambio. Será competente el Juzgado de 1.ª Instancia del domicilio de mi cliente. Al ser mi cliente el tenedor de las letras de cambio, y ser varios los deudores en base al mismo título, compete al del domicilio de cualquiera de ellos. No es preceptivo Abogado y Procurador, y además, deberé acompañar a la demanda las letras de cambio. Interpuesta demanda de juicio verbal ejercitando acción de desahucio, acumulando acción de reclamación de rentas debidas, una vez admitida a trámite la demanda, se requiere al demandado con los contenidos propios de esta acumulación de acciones. Notificada la demanda al arrendatario/demandado, este opta por desalojar la vivienda pero no abona cantidad alguna en concepto de rentas pendientes. Conteste la opción más correcta: Se dictará auto de archivo, dejando sin efecto la diligencia de lanzamiento, a no ser que el demandante interese su mantenimiento para que se levante acta sobre el estado en que se encuentre la finca, dando traslado al demandante para que inste el despacho de ejecución en cuanto a la cantidad reclamada. Se dictará decreto de archivo, dejando sin efecto la diligencia de lanzamiento, a no ser que al demandante el interese su mantenimiento para que se levante acta sobre el estado en que se encuentre la finca, dando traslado al demandante para que inste el despacho de ejecución en cuanto a la cantidad reclamada. Ninguna de las anteriores es correcta. Se dictará decreto de archivo, dejando sin efecto la diligencia de lanzamiento, a no ser que el demandante el interese su mantenimiento para que se levante acta sobre el estado en que se encuentre la finca, debiendo el demandante formular demanda de ejecución para el lanzamiento. Formulada demanda de juicio verbal, acumulando las acciones de desahucio y reclamación de rentas vencidas y no pagadas, se opone en el trámite correspondiente el demandado. Se señala vista para debatir y resolver dichos motivos de oposición formulados por el deudor. Indique la opción correcta: El demandado podrá oponer que ha existido incumplimiento del arrendador por no proceder a la reparación del grifo de la cocina, y que, por tanto, resultaba inútil el uso del bien objeto de arrendamiento, teniendo en consecuencia legitimación suficiente para negar el pago de las rentas debidas hasta la debida subsanación de la grave avería sufrida. El demandado podrá oponer que no ha usado la vivienda durante esos meses por los que se le reclama la renta, y que era una circunstancia que puso en conocimiento del arrendador al contemplarse expresamente esta situación en el contrato suscrito entre las partes. El demandado sólo podrá alegar el pago del importe del arrendamiento y de las rentas debidas y objeto de reclamación, o que es procedente la enervación por ser la primera reclamación que se produce sobre dichas rentas debidas. Todas las anteriores, son correctas. En un procedimiento ordinario, donde he demandado a la empresa Ferretería el Clavo, S.l., en reclamación de cantidad por importe de 6.800 euros, se dicta diligencia de ordenación por el Letrado de Administración de Justicia, convocando a las partes a la audiencia previa al juicio. Considero que dicha resolución adolece de determinados contenidos que infringen la ley procesal civil. Señale la opción correcta: Interpondré recurso de revisión ante el Juez de dicho Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la diligencia de ordenación, mediante escrito firmado por Abogado y Procurador cuando su intervención sea preceptiva, debiéndose expresarse la infracción en que incurre la resolución, y previa consignación del depósito exigido para recurrir. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida. Interpondré recurso de apelación ante el Juez de dicho Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la diligencia de ordenación, mediante escrito firmado por Abogado y Procurador cuando su intervención sea preceptiva, debiéndose expresarse la infracción en que incurre la resolución, y previa consignación del depósito exigido para recurrir. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida. Interpondré recurso de reposición ante el Juez de dicho Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la diligencia de ordenación, mediante escrito firmado por Abogado y Procurador cuando su intervención sea preceptiva, debiéndose expresarse la infracción en que incurre la resolución, y previa consignación del depósito exigido para recurrir. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida. Dicha resolución no admite recurso, sin perjuicio de hacer valer mi derecho en el acto de la audiencia previa al juicio. Contra un auto que resuelve el recurso de reposición frente a un auto no definitivo de cualquier Tribunal civil, se puede interponer: No cabe recurso, salvo los casos en que proceda el recurso de queja, sin perjuicio de reproducir la cuestión objeto de reposición al recurrir la resolución definitiva. Cabe recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación del indicado auto que resuelve el recurso de reposición. Cabe recurso de revisión, en el plazo de los tres días siguientes a la notificación del indicado auto que resuelve el recurso de reposición. Ninguna de las anteriores es correcta. Mi cliente, Eduardo López, me encarga reclamar a través de procedimiento ordinario contra la empresa PEREZ PEREZ, S.L., una cantidad de 3.400 euros por las deficiencias constructivas resultado de las reformas llevadas a cabo en mi vivienda. La demanda inicial que debo redactar como letrado, y presentar en el juzgado, deberá contener: Señale la opción correcta: Debe contener la identificación de las partes y domicilio o residencia, nombre y apellidos de abogado y procurador, exposición de hechos y fundamentos de derecho. Se expresan los documentos aportados. Petición o suplico. Expresión de su cuantía. Anuncio de dictámenes periciales, en su caso .Solicitud de designación judicial de perito, en su caso. Pago de la tasa judicial, salvo exención. Debe contener la identificación de las partes y domicilio o residencia, nombre y apellidos de abogado y procurador, exposición de hechos y fundamentos de derecho. Se expresan los documentos aportados. Expresión de su cuantía. Anuncio de dictámenes periciales, en su caso. Solicitud de designación judicial de perito, en su caso. Pago de la tasa judicial, salvo exención. Ninguna de las anteriores es correcta. Debe contener la identificación de las partes y domicilio o residencia, nombre y apellidos de abogado y procurador, exposición de hechos y fundamentos de derecho.. Petición o suplico. Expresión de su cuantía. Anuncio de dictámenes periciales, en su caso .Solicitud de designación judicial de perito, en su caso. Pago de la tasa judicial, salvo exención. Mi cliente, Eduardo López, me encarga reclamar contra Luis Pérez, por haber procedido éste último a la venta de la vivienda donde mi cliente es arrendatario desde hace más de diez años, cuando en el contrato se establecía a favor de Eduardo López un derecho preferente de adquisición. El valor de la finca, al tener poca superficie, ser muy antiguo y en una zona muy deprimida, asciende a 5.900 euros. Conteste la opción correcta: Demandaré a Luis Pérez a través de procedimiento ordinario. Demandaré a Luis Pérez a través de procedimiento declarativo verbal. Demandaré a Luis Pérez a través del proceso especial que la ley procesal civil establece en estos casos. Demandaré a Luis Pérez a través de procedimiento sumarial de protección y tutela de la posesión. El litisconsorcio pasivo necesario implica: Que en la misma demanda sea preceptivo que haya dos o más demandantes. Que la posición de demandado debe ocuparla una pluralidad de sujetos. Que el demandado puede pedir la intervención adhesiva de otro u otros sujetos. Que el demandado puede pedir la intervención principal de otro u otros demandados. Mi cliente, Eduardo Pérez, ha sido demandado por la empresa PEREZ CONSTRUCCIONES S.L., en reclamación de 8.500 euros que Eduardo ha dejado a deber a dicha empresa como consecuencia de la ejecución de una reforma que mi cliente ha realizado en su vivienda. Eduardo, me indica que no ha pagado esas cantidades dado que existen deficiencias en la ejecución de dichas reformas, y además se incumplió por Pérez Construcciones S.L. el plazo pactado en contrato para la finalización de las obras. Le he solicitado a mi cliente que me aporte un informe pericial que determine y cuantifique el importe de reparación de dichas deficiencias, y además, se pactó una cantidad diaria de penalización por el retraso. En definitiva, mi cliente, reclama a Pérez Construcciones, s.l. la cantidad de 9.000 euros. Conteste a la opción correcta: Mi cliente, como demandado, en el plazo de diez días desde que se le notificó la demanda, y en el trámite de contestación a la misma, podrá formular reconvención y reclamar, siendo preceptiva la intervención de procurador y abogado, a Pérez Construcciones la cantidad de 9.000 euros, dado que existe conexión entre sus pretensiones y el objeto de la demanda, y el juez tiene jurisdicción y es competente, y además, la naturaleza del procedimiento lo permite. Mi cliente, como demandado, en el plazo de veinte días desde que se le notificó la demanda, y en el trámite de contestación a la misma, podrá formular reconvención y reclamar, siendo preceptiva la intervención de procurador y abogado, a Pérez Construcciones la cantidad de 9.000 euros, dado que existe conexión entre sus pretensiones y el objeto de la demanda, y el juez tiene jurisdicción y es competente, y además, la naturaleza del procedimiento lo permite. No se podrá contestar a la demanda formulada por la parte actora, sin que se pueda formular reconvención dado que no existe conexión entre sus pretensiones y el objeto de la demanda. Mi cliente, como demandado, en el plazo de un mes desde que se le notificó la demanda, y en el trámite de contestación a la misma, podrá formular reconvención y reclamar, siendo preceptiva la intervención de procurador y abogado, a Pérez Construcciones la cantidad de 9.000 euros, dado que existe conexión entre sus pretensiones y el objeto de la demanda, y el juez tiene jurisdicción y es competente, y además, la naturaleza del procedimiento lo permite. Hemos obtenido sentencia estimatoria en procedimiento ordinario por el que declara que ha existido vulneración al honor de mi cliente. Se ha formulado recurso de apelación por el demandado. Mi cliente, Eduardo López, me pide ejecutar provisionalmente la sentencia dictada. Responda la opción correcta: El momento inicial de presentación de dicha ejecución provisional ha de ser en cualquier momento desde la notificación de la resolución que tenga por interpuesto el recurso o, en su caso, desde el traslado al apelante del escrito del apelado adhiriéndose al recurso. El momento inicial de presentación de dicha ejecución provisional ha de ser en cualquier momento desde la notificación de la sentencia, sin necesidad de esperar veinte días desde que dictó dicha resolución. Ninguna de las anteriores es correcta. El momento inicial de presentación de dicha ejecución provisional ha de ser en cualquier momento desde la formalización del recurso de apelación por el demandado. Hemos obtenido sentencia estimatoria en procedimiento ordinario por el que condena al demandado a abonar a mi cliente la cantidad de 8.500 euros . Se ha formulado recurso de apelación por el demandado. Mi cliente, Eduardo López, me pide ejecutar provisionalmente la sentencia dictada. Responda la opción más correcta: El ejecutado provisionalmente podrá oponerse a la ejecución en los 5 días siguientes a la notificación del auto despachando ejecución, y el ejecutante podrá contestar a dicha oposición en los 5 días siguientes a la recepción del escrito de oposición. El ejecutado provisionalmente podrá oponerse a la ejecución en los 10 días siguientes a la notificación del auto despachando ejecución, y el ejecutante podrá contestar a dicha oposición en los 10 días siguientes a la recepción del escrito de oposición. El ejecutado provisionalmente no podrá oponerse a la ejecución, salvo actuaciones concretas sobre el apremio de sus bienes. Ninguna de las anteriores es correcta. Hoy, día 3 de febrero del 2020 se nos ha notificado sentencia íntegramente desestimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Granada, en procedimiento verbal donde se reclamaba al demandado una cantidad de 2.820 euros. Mi cliente, Eduardo López, manifiesta no estar de acuerdo con la fundamentación expresada en dicha sentencia al no haberse tenido en cuenta el reconocimiento expreso de la deuda manifestada por el demandado por escrito al no constar su firma. Pretendemos formular recurso de apelación contra la sentencia referida. Conteste la opción correcta: Interpondré el recurso de apelación ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Granada, en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la notificación de la sentencia, con firma de Abogado y Procurador cuando su intervención sea preceptiva, sin que dicho recurso produzca efectos suspensivos respecto del acto objeto de procedimiento. Interpondré el recurso de apelación ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Granada, en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación de la sentencia, con firma de Abogado y Procurador cuando su intervención sea preceptiva, sin que dicho recurso produzca efectos suspensivos respecto del acto objeto de procedimiento. Interpondré el recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada, en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación de la sentencia, con firma de Abogado y Procurador cuando su intervención sea preceptiva, sin que dicho recurso produzca efectos suspensivos respecto del acto objeto de procedimiento. Ninguna de las anteriores es correcta. Después de dictarse sentencia íntegramente por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Granada, en procedimiento ordinario donde se reclamaba al demandado una cantidad de 12.820 euros. Mi cliente, Eduardo López, me manifestó no estar de acuerdo con la fundamentación expresada en dicha sentencia al no haberse tenido en cuenta el reconocimiento expreso de la deuda manifestada por el demandado por escrito al no constar su firma. Formulamos recurso de apelación contra la sentencia referida. Sin embargo, una vez presentado el recurso, se dicta auto por el mismo juzgado inadmitiendo el recurso por estar fuera de plazo. Considero que se ha computado por el juzgado erróneamente el cómputo de los días, y pretendo formular recurso contra dicho auto. Conteste la opción correcta: Contra dicho auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de reproducir la cuestión en recursos extraordinarios posteriores. Contra dicho auto cabe recurso de queja que interpondré ante la Audiencia Provincial de Granada, en el plazo de los diez días siguientes a la notificación del auto de inadmisión. Contra dicho auto cabe recurso de queja que interpondré ante la Audiencia Provincial de Granada, en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación del auto de inadmisión. Contra dicho auto cabe recurso de queja que interpondré ante el mismo Juzgado que dictó la referida resolución de inadmisión, en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación del indicado auto. Después de dictarse sentencia por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Granada, en procedimiento ordinario donde se reclamaba al demandado una cantidad de 12.820 euros, se ha desestimado íntegramente nuestra pretensión. Mi cliente, Eduardo López, me manifestó no estar de acuerdo con la fundamentación expresada en dicha sentencia al no haberse tenido en cuenta el reconocimiento expreso de la deuda manifestada por el demandado por escrito al no constar su firma. Formulamos recurso de apelación contra la sentencia referida. Admitido dicho recurso, se da traslado al demandado, ya parte apelada. ¿Qué plazo tiene la parte apelada para oponerse y para impugnar la sentencia recurrida?. Conteste la opción correcta: Diez días para oponerse y cinco para impugnar la sentencia recurrida. Diez días, como único plazo, tanto para la oposición a la apelación como para impugnar la sentencia recurrida. Veinte días, como único plazo, tanto para la oposición a la apelación como para impugnar la sentencia recurrida. Veinte días para impugnar la sentencia recurrida y diez días para oponerse al recurso de apelación. Hoy, se ha notificado sentencia de la Audiencia Provincial de Granada por la que se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Granada, en procedimiento ordinario en reclamación de la cantidad de 906.900 euros. Dicho recurso de apelación fue interpuesto por mí siguiendo instrucciones de mi cliente por no estar conforme con la fundamentación de la sentencia del Juzgado. Mi cliente, me indica que formule el recurso procedente que permita la Ley de Enjuiciamiento Civil . Conteste a la opción más correcta: Recurso de Casación que se interpondrá ante la Audiencia Provincial de Granada, en el plazo de los 20 días desde el siguiente al de la notificación de la resolución a recurrir. Recurso de Casación, que se interpondrá ante la sala de lo civil del Tribunal Supremo, en el plazo de los 20 días desde el siguiente al de la notificación de la resolución a recurrir. Recurso en interés de la ley que se interpondrá ante la Audiencia Provincial de Granada, en el plazo de los 20 días desde el siguiente al de la notificación de la resolución a recurrir. Ninguna de las anteriores es correcta. Mi cliente, Eduardo López, pretende demandar a Miguel Garcia, en reclamación de la cantidad de 46.700 euros que le adeuda por razón de determinadas relaciones comerciales que han mantenido ambos. La deuda está suficientemente documentada y acreditada. Mi cliente, me informa que Miguel dispone en cuentas bancarias con saldos y de otros bienes y derechos suficientes para hacer frente a dicho importe. Sin embargo, ha tenido conocimiento que Miguel pretende distraer dichos bienes y derechos a su nombre, transmitiendo, a título gratuito, los citados bienes a terceras personas para así evitar cualquier embargo o apremio con el exclusivo fin de evitar el pago que tiene que hacer a Eduardo. Mi cliente, Eduardo López, me pide que, urgentemente, inicie la vía judicial más rápida y eficaz para garantizar y asegurar el pago, incluso antes de la interposición del procedimiento declarativo correspondiente. Responda a la opción correcta: Interpondré diligencias preliminares ante el juzgado de primera instancia del partido judicial correspondiente al domicilio de Miguel García, interesado que cautelarmente se proceda al embargo de las cuentas corrientes del demandado, y a la anotación preventiva de la demanda en el registro de la propiedad donde estén inscritos bienes inmuebles del Sr. García, no siendo preceptiva en este caso la intervención de letrado y procurador. Interpondré medidas cautelares previas a la demanda interesando la adopción de aquellas medidas que fueran suficientes para asegurar la efectividad de la sentencia del proceso principal ante Juzgado de 1.ª Instancia que deba conocer del proceso principal, y si se adoptaren dichas medidas por el juzgado, se deberá presentar demanda en 20 días ante ese mismo órgano judicial que estimó nuestra solicitud de medidas cautelares. Ninguna de las anteriores es correcta. Interpondré medidas cautelares previas a la demanda interesando la adopción de aquellas medidas que fueran suficientes para asegurar la efectividad de la sentencia del proceso principal ante Juzgado de 1.ª Instancia que deba conocer del proceso principal, y si se adoptaren dichas medidas por el juzgado, se deberá presentar demanda en el plazo de un mes ante ese mismo órgano judicial que estimó nuestra solicitud de medidas cautelares. Mi cliente, Eduardo López, pretende demandar a Miguel Garcia, en reclamación de la cantidad de 46.700 euros que le adeuda por razón de determinadas relaciones comerciales que han mantenido ambos. La deuda está suficientemente documentada y acreditada. Mi cliente, me informa que Miguel dispone en cuentas bancarias con saldos y de otros bienes y derechos suficientes para hacer frente a dicho importe. Sin embargo, ha tenido conocimiento que Miguel pretende distraer dichos bienes y derechos a su nombre, transmitiendo, a título gratuito, los citados bienes a terceras personas para así evitar cualquier embargo o apremio con el exclusivo fin de evitar el pago que tiene que hacer a Eduardo. Mi cliente, Eduardo López, me pide que, urgentemente, inicie la vía judicial más rápida y eficaz para garantizar y asegurar el pago, incluso antes de la interposición del procedimiento declarativo correspondiente. Por el juzgado se han adoptado medidas urgentes para asegurar la efectividad de la sentencia que pudiera recaer en el proceso principal. Dicha resolución judicial se ha dictado sin audiencia del demandado. Responda a la opción correcta: Siempre se ha dar traslado al demandado en dicho proceso de medidas cautelares para que formule, si a su derecho interesa, oposición, celebrándose vista y resolviendo el juez lo procedente, que será podrá ser recurrida dicha resolución mediante la interposición de recurso de apelación. Siempre se ha dar traslado al demandado en dicho proceso de medidas cautelares para que formule, si a su derecho interesa, oposición, celebrándose vista y resolviendo el juez lo procedente, y no podrá ser recurrida dicha resolución. Se pueden adoptar medidas urgentes si lo pide el solicitante y acredita que hay razones de urgencia o que la audiencia del demandado puede comprometer el buen fin de la medida cautelar, y contra dicha resolución no cabe recurso alguno. Se pueden adoptar medidas urgentes si lo pide el solicitante y acredita que hay razones de urgencia o que la audiencia del demandado puede comprometer el buen fin de la medida cautelar, y contra dicha resolución cabe recurso de apelación. .- ¿Cómo ha de presentarse nuestra proposición de prueba en cualquier audiencia previa de un procedimiento ordinario? Responda a la opción más correcta: La prueba se propone de forma verbal, sin perjuicio de la obligación de las partes de aportar en el acto un escrito detallado o minuta de la misma, pudiendo completarlo durante la audiencia. La omisión de la presentación de dicho escrito no da lugar a la inadmisión de la prueba, quedando condicionada ésta a que se presente en el plazo de los 2 días siguientes. La prueba se propone de forma verbal, sin perjuicio de la obligación de las partes de aportar en el acto un escrito detallado o minuta de la misma, pudiendo completarlo durante la audiencia. La omisión de la presentación de dicho escrito da lugar a la inadmisión de la prueba, quedando condicionada ésta a que se presente en el plazo de los 2 días siguientes. Todas las anteriores son correctas. La prueba se propone de forma verbal o por escrito, a elección del proponente de la prueba, sin perjuicio de la obligación de las partes de aportar en el acto un escrito detallado o minuta de la misma, pudiendo completarlo durante la audiencia. La omisión de la presentación de dicho escrito no da lugar a la inadmisión de la prueba, quedando condicionada ésta a que se presente en el plazo de los 2 días siguientes. Mi cliente, Eduardo López, me encargó reclamar a María García, la cantidad de 7.800 euros por una factura pendiente de pago derivado de las relaciones comerciales que ambos tuvieron hace dos años y tres meses. Se ha interpuesto el oportuno procedimiento declarativo ordinario en mayo del 2019. El día anterior a la celebración de la audiencia previa, mi cliente Eduardo, me aporta un documento de hace dos años en el que se reconoce expresamente por María García la existencia de dicha deuda. Conteste a la respuesta correcta: No se pueden aportar nunca documentos de fecha posterior a la demanda. Si se puede aportar a la audiencia previa dado que no se pudo obtener con anterioridad a dicho momento procesal. Al ser de fecha anterior a la demanda, si se aporta, no será admitido. Al ser un documento esencial y fundamental para acreditar el hecho controvertido básico, aún siendo de fecha anterior a nuestra demanda, sí será admitido. .- Mi cliente, Eduardo López, me encargó reclamar a María García, la cantidad de 7.800 euros por una factura pendiente de pago derivado de las relaciones comerciales que ambos tuvieron hace dos años y tres meses. Se ha interpuesto el oportuno procedimiento declarativo ordinario en mayo del 2019. El día anterior a la celebración de la audiencia previa, mi cliente Eduardo, me aporta un documento de hace dos años en el que se reconoce expresamente por María García la existencia de dicha deuda. Es un documento esencial y fundamental que prueba y acredita la cierta realidad de la deuda y que no ha sido abonada y que Eduardo López omitió traerme al despacho. Lo propongo como prueba documental, verbalmente, y en mi minuta de prueba en el acto procesal de la audiencia previa. No es admitido por el juez. Conteste a la respuesta correcta: Formularé recurso de revisión, que se sustanciará y resolverán en el acto, y si se desestimare, formularé protesta al efecto de hacer valer sus derechos en la segunda instancia. Formularé recurso de reposición, que se sustanciará y resolverán en el acto, y si se desestimare, formularé protesta al efecto de hacer valer sus derechos en la segunda instancia. Formularé recurso de reposición, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la resolución que inadmitió la documental propuesta. Formularé recurso de queja, que se sustanciará y resolverán en el acto, y si se desestimare, formularé protesta al efecto de hacer valer sus derechos en la segunda instancia. Mi cliente, Eduardo López, es socio de la mercantil INDUSTRIAS PEREZ, S.L.. Se ha celebrado Junta General de Socios conforme a los estatutos de dicha persona jurídica. Uno de los acuerdos adoptados es contrario al artículo 14 de dichos estatutos, y mi cliente, pretende demandar a la sociedad para impugnar dicho acuerdo social. Conteste la opción correcta: En función a la cuantía del acuerdo concreto objeto de impugnación corresponderá el juicio declarativo conforme a dicha cuantía. Se tramitará por el procedimiento especial que para impugnación de acuerdos sociales prevean los estatutos sociales. Corresponderá por razón de la materia juicio verbal. Ninguna de las anteriores es correcta. Hemos presentado recurso de casación ante la sala de lo civil del Tribunal Supremo contra sentencia de la Audiencia Provincial de Granada. Admitido nuestro recurso a trámite, y formulada oposición por el recurrido, ¿en qué casos procede la celebración de vista ante el Tribunal Supremo? Conteste la opción más correcta: Basta que lo pida una de las partes o si el Tribunal lo considera conveniente. Lo han de pedir ambas partes o si el Tribunal lo considera conveniente. Basta que lo pida la recurrente para que se celebre vista. Todas las anteriores son correctas. Presentado recurso de apelación contra sentencia del juzgado de primera instancia, y admitido a trámite, pretendo que se practique prueba por la Audiencia Provincial. ¿En qué supuestos de los enumerados a continuación es posible proponer prueba en fase de apelación a una sentencia del juzgado de primera instancia?. A las indebidamente denegadas en primera instancia. A las propuestas y admitidas en primera instancia y no practicadas por causa no imputable al que las solicitó. A las referidas a hechos relevantes ocurridos después de comenzar el plazo para dictar sentencia en primera instancia. Todas las anteriores son correctas. ¿Aparte del depósito general para recurrir en apelación frente a cualquier sentencia de instancia, en qué procesos es necesario consignar un depósito especial previo para recurrir en apelación ante la audiencia provincial? Conteste la opción correcta: Procesos que llevan aparejado lanzamiento. Procesos derivados de la circulación de vehículos de motor. Procesos en que se pretenda la condena al pago de cantidades debidas por un propietario a la comunidad de vecinos. Todas las anteriores son correctas. Mi cliente, Eduardo López, me pide que reclame judicialmente tener la posesión inmediata de la vivienda de la que eran titulares su padres, ya fallecidos, de los que Eduardo es único y legítimo heredero. ¿Qué proceso judicial tendré que interponer para la defensa de los intereses de mi cliente? Conteste la opción correcta: Interpondré proceso judicial declarativo de adquisición de posesión hereditaria que corresponda por razón de la cuantía de los bienes, adjuntando, necesariamente, el documento en que conste fehacientemente la sucesión mortis causa en favor del demandante, así como la relación de los testigos que puedan declarar sobre la ausencia de poseedor a título de dueño o usufructuario. Interpondré proceso judicial verbal, por razón de la materia, de adquisición de posesión hereditaria que corresponda por razón de la cuantía de los bienes adjuntando, necesariamente, el documento en que conste fehacientemente la sucesión mortis causa en favor del demandante, así como la relación de los testigos que puedan declarar sobre la ausencia de poseedor a título de dueño o usufructuario. Interpondré proceso judicial ordinario, por razón de la materia, de adquisición de posesión hereditaria que corresponda por razón de la cuantía de los bienes adjuntando, necesariamente, el documento en que conste fehacientemente la sucesión mortis causa en favor del demandante, así como la relación de los testigos que puedan declarar sobre la ausencia de poseedor a título de dueño o usufructuario. Ninguna de las anteriores es correcta. .- Mi cliente, la Comunidad de propietarios del edificio Vista, ha comprobado que por el propietario de la vivienda de la escalera 5, piso 5º, letra A, se está ejecutando una obra sin autorización de Junta que afecta a elementos comunes. Dicha comunidad me pide que inicie el procedimiento correspondiente para la defensa de los derechos de la comunidad contra ese comunero que está ejecutando dicha obra sin autorización. Responda la opción más correcta: En función al valor de los elementos comunes que estén siendo ocupados ilegalmente y afectados por dicho propietarios, interpondré el juicio declarativo que corresponda según dicho valor. Interpondré juicio declarativo ordinario por razón de la materia. Interpondré juicio declarativo verbal por razón de la materia. Interpondré juicio especial de protección de bienes comunitarios previsto en la Ley de Propiedad Horizontal. Mi cliente, Eduardo López, es arrendador de una vivienda, estableciéndose en contrato de arrendamiento una renta mensual de 1000 euros. El inquilino lleva siete mensualidades sin pagar el importe de la renta. Eduardo, me pide que demande al inquilino para que abandone la vivienda y pague la cantidad debida. Al redactar la demanda como letrado, he de indicar una cuantía concreta. ¿Qué procedimiento judicial he de interponer? ¿Qué cuantía expresaré en el fundamento de derecho correspondiente? Responda la opción correcta: A través de juicio ordinario al ser la cuantía superior a seis mil euros, cuantificaré la demanda en un importe de siete mil euros. través de juicio verbal por razón de la materia, y cuantificaré la demanda en un importe de 12.000 euros. A través de un juicio verbal por razón de la materia, y cuantificaré la demanda en un importe de 7.000 euros. Ninguna de las anteriores es correcta. Mi cliente, Eduardo López, acude a mi despacho, solicitando que se reclame judicialmente contra Elena Gómez, por una deuda de 50 euros. Ambos tienen domicilio en Armilla ¿ante qué juzgado interpondré la demanda correspondiente? Conteste a opción correcta: Necesariamente, ante el juzgado de primera instancia del partido judicial al que corresponda la localidad de Armilla. Necesariamente, ante el juzgado de paz de Armilla. Indistintamente, a elección del demandante, bien en el juzgado de paz de Armilla o en el juzgado de primera instancia del partido judicial al que corresponda la localidad de Armilla. Ninguna de las anteriores es correcta. .- Se ha estimado íntegramente la pretensión de reclamación de cantidad instada por mi cliente, y en sentencia existe pronunciamiento a nuestro favor en materia de costas, condenando a la parte demandada a pagar dichas costas. Firme la sentencia, he de proceder a la oportuna tasación de las costas. ¿Qué conceptos podré incluir en dicha tasación? Conteste a la opción más correcta: Honorarios de la defensa y la representación técnica cuando preceptivas. Copias, certificaciones, notas, testimonios y documentos análogos que hayan de solicitarse conforme a la Ley. Inserción de anuncios o edictos que de forma obligada deban publicarse en el curso del proceso. ) Depósitos necesarios para presentación de recursos. Todas las anteriores son correctas. Se ha estimado íntegramente la pretensión de reclamación de cantidad instada por mi cliente, y en sentencia existe pronunciamiento a nuestro favor en materia de costas, condenando a la parte demandada a pagar dichas costas. Firme la sentencia, he de proceder a la oportuna tasación de las costas. ¿Qué conceptos no podré incluir en dicha tasación? Conteste a la opción más correcta: Los derechos correspondientes a escritos y actuaciones que sean inútiles, superfluas o no autorizadas por la Ley. Las partidas de las minutas que no se expresen detalladamente o se refieran a honorarios que no se hayan devengado en el pleito. Actuaciones o incidentes en que hubiese sido condenada expresamente la parte favorecida sobre costas en el asunto principal. Todas las anteriores son correctas. R.1.- Admite el juzgado recurso de apelación interpuesto fuera de plazo. Alberto que obtuvo a su favor la sentencia que se recurre, al conferírsele traslado del recurso: Debe promover ante el Juzgado incidente de nulidad de actuaciones, para que se deje sin efecto la providencia de admisión del recurso. Debe recurrir en reposición la providencia de admisión. Debe aquietarse a la admisión del recurso por el Juzgado, porque la Ley no permite que tras ello se revise este pronunciamiento. Debe denunciar, en el trámite de oposición al recurso, que el mismo no tuvo que ser admitido porque los motivos de inadmisión del recurso se convierten en causas de desestimación del mismo. Se ha presentado juicio verbal contra Rosa instando el desahucio de la vivienda que ocupa como arrendataria al no abonar las tres últimas mensualidades de renta. Conteste a la opción más correcta: Se habrá de indicar en la demanda las circunstancias concurrentes que puedan permitir o no, en el caso concreto, la enervación del desahucio, sin cuyo requisito no se admitirá dicha demanda. Se habrá de indicar en la demanda las circunstancias concurrentes que puedan permitir o no, en el caso concreto, la enervación del desahucio. No es necesario hacer referencia a la enervación. Se podrá subsanar con posterioridad a la presentación de la demanda, si concurre o no la enervación. Antonio acude a su despacho porque le acaban de notificar, como demandado, demanda de juicio ordinario reclamando daños y perjuicios. Antonio quiere que se conteste y, a su vez, que se demande al actor. Señale la opción correcta. Antonio puede contestar oponiéndose, como demandado, a la demanda recibida y reconvenir, como actor, en el plazo de 20 días desde que se le notificó la demanda principal. Antonio puede solo reconvenir, sin posibilidad de contestar a la demanda interpuesta. Antonio puede contestar sin posibilidad de reconvenir. Antonio podrá contestar a la demanda en el plazo de veinte días, y reconvenir, en el plazo de los veinte días siguientes a que hubiera contestado la demanda. Rubén, letrado director en un juicio verbal, quiere llamar como testigos a dos personas que no puede llevar al día de la vista. Señale la respuesta correcta. En el plazo de cinco días siguientes a la recepción de la citación, deberá indicar las personas que, por no poderlas presentar la parte, han de ser citadas por el Letrado de la Administración de Justicia a la vista para que declaren. b). En el plazo de tres días siguientes a la recepción de la citación, deberá indicar las personas que, por no poderlas presentar la parte, han de ser citadas por el Letrado de la Administración de Justicia a la vista para que declaren. Sólo se podrá proponer la prueba testifical de aquellas personas que la parte puede llevar a la vista. El Letrado de la Administración de Justicia sólo citará a los peritos que proponga la parte. En un juicio ordinario, Olga y Ramón llegaron a un acuerdo judicial que fue homologado mediante auto por el Juzgado de Primera Instancia nº. 4 de Zaragoza. Posteriormente Ramón incumple lo pactado, y Olga contacta con su abogado para conocer el procedimiento que ha de seguir. Señale la respuesta correcta: Olga podrá ejercitar una acción ejecutiva, ya que el auto que homologa acuerdos judiciales constituye un título ejecutivo. Olga deberá elevar el acuerdo a escritura pública para poder instar un procedimiento de ejecución de títulos no judiciales. Olga deberá solicitar la reapertura del juicio ordinario ante el Juzgado de Primera Instancia nº. 4 de Zaragoza, para que deje sin efecto la homologación del acuerdo y continúe con la tramitación del procedimiento. Olga deberá instar una nueva demanda judicial de proceso declarativo contra Ramón. |