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Programa de Recompensas establecido por el Gobierno Provincial

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Título del Test:
Programa de Recompensas establecido por el Gobierno Provincial

Descripción:
concurso 2026

Fecha de Creación: 2026/03/03

Categoría: Otros

Número Preguntas: 9

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La Provincia de Santa Fe cuenta con normativa específica que regula el denominado “Programa Provincial de Protección y Acompañamiento de Testigos y Víctimas y Fondo Provincial de Recompensas” mediante que ley. mediante la Ley 13.494. mediante la Ley 12.521.

El Artículo 39 “El Fondo Provincial de Recompensas se destinará a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden datos útiles para. esclarecer o individualizar autores, cómplices, encubridores o instigadores de la comisión de delitos que, por su gravedad, complejidad o alarma social causada, justifiquen la recompensa.”. esclarecer o individualizar autores, cómplices, encubridores o instigadores de la comisión de delitos que, por su gravedad, complejidad o alarma social causada, que no justifiquen la recompensa.”.

En la práctica, el programa suele aplicarse a: Homicidios (en especial los de funcionarios públicos, femicidios, o con repercusión pública). • Desapariciones de personas. • Delitos graves contra la integridad sexual o la libertad personal. • Casos vinculados al crimen organizado o narcotráfico, cuando la información pueda contribuir a desarticular bandas o ubicar prófugos. Homicidios (en especial los de funcionarios públicos, femicidios, o con repercusión pública). • Delitos graves contra la integridad sexual o la libertad personal. • Casos vinculados al crimen organizado o narcotráfico, cuando la información pueda contribuir a desarticular bandas o ubicar prófugos .• No Desapariciones de personas.

El Artículo 40 regula. Fondo Provincial de Recompensas, estipulando que se integrará anualmente en el Presupuesto de la Provincia y estará constituido por un porcentaje asignado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. la constitución e integración del Fondo Provincial de Recompensas, estipulando que se integrará anualmente en el Presupuesto de la Provincia y estará constituido por un porcentaje asignado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

El Artículo 41 prevé. el ofrecimiento de la recompensa: éste será dispuesto por resolución fundada del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, actuando a requerimiento del Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe (MPA), con conocimiento previo del fiscal general a cargo de la causa. el ofrecimiento de la recompensa: éste será dispuesto por resolución fundada del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, actuando a requerimiento del Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe (MPA), con conocimiento previo del Juez a cargo de la causa.

El programa busca. busca reducir los niveles de violencia y la impunidad. Para ello propone el ofrecimiento de un monto de dinero para aquellas personas que puedan aportar datos para dar con los autores de homicidios que no fueron esclarecidos desde el año 2014 a la fecha. busca reducir la impunidad. Para ello propone el ofrecimiento de un monto de dinero para aquellas personas que puedan aportar datos para dar con los autores de homicidios que no fueron esclarecidos desde el año 2014 a la fecha.

El programa que busca reducir, y que propone en cueento a la identidad de quienes brinden información. los niveles de violencia y la impunidad. Para ello propone el ofrecimiento de un monto de dinero para aquellas personas que puedan aportar datos para dar con los autores de homicidios que no fueron esclarecidos desde el año 2014 a la fecha. propone que sean adjudicatarios de la recompensa, será mantenida en secreto antes, durante y después de finalizada la investigación y/o proceso judicial. los niveles de violencia y la impunidad. Para ello propone el ofrecimiento de un monto de dinero para aquellas personas que puedan aportar datos para dar con los autores de homicidios que no fueron esclarecidos desde el año 2008 a la fecha.propone que sean adjudicatarios de la recompensa, será mantenida en secreto antes, durante y después de finalizada la investigación y/o proceso judicial.

Procedimiento: • El Ministerio Público de la Acusación (MPA) puede solicitar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que se ofrezca una recompensa. • El Ministerio, mediante resolución fundada, dispone el ofrecimiento con conocimiento del juez de la causa (art. 41). • La identidad del colaborador se mantiene reservada. • El Ministerio Público de la Acusación (MPA) puede solicitar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que se ofrezca una recompensa. • El Ministerio, mediante resolución fundada, dispone el ofrecimiento con conocimiento del juez de la causa (art. 98). • La identidad del colaborador se mantiene reservada.

Este mecanismo de Recompensas se suma al sistema ya vigente. La diferencia fundamental es que el programa que ya existía se establecía para casos específicos y a través de un pedido puntual. Hoy, el trabajo es absolutamente general y transversal a todos los homicidios que hayan ocurrido desde el 2014. Por lo tanto, en aquellos casos ocurridos desde esa fecha y que no tengan una resolución, está abierta la posibilidad de que quien sepa algo pueda aportar datos y, si es válido, cobrar una recompensa. La diferencia fundamental es que el programa que ya existía se establecía para casos específicos y a través de un pedido puntual. Hoy, el trabajo es absolutamente general y transversal a todos los homicidios que hayan ocurrido desde el 2010. Por lo tanto, en aquellos casos ocurridos desde esa fecha y que no tengan una resolución, está abierta la posibilidad de que quien sepa algo pueda aportar datos y, si es válido, cobrar una recompensa.

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