Protección Civil y Atención de Emergencias
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Título del Test:![]() Protección Civil y Atención de Emergencias Descripción: Protección Civil y Atención de Emergencias |




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Disposiciones Generales. Ley Foral 8/2005 tiene por OBJETO. Son acciones de Protección Civil. Por Atención de Emergencias se entienden. Cual es la Ley Foral por la que se rige la Protección Civil. Ley Foral 8/2005. Ley Foral 8/2006. Ley Foral 18/2008. Ley Foral 25/2008. Definiciones. Peligro. Amenaza. Riesgo. Definiciones. Potencial de ocasionar daño en determinadas situaciones a colectivos de personas/bienes que deben ser preservados por la protección civil. Peligro. Amenaza. Riesgo. Definiciones Situación en la que personas y bienes preservados por la protección civil están expuestos en mayor/menor medida a un peligro inminente o latente. Peligro. Amenaza. Riesgo. Definiciones Posibilidad de que una amenaza llegue a afectar a colectivos de personas o a bienes. Peligro. Amenaza. Riesgo. Definiciones. Peligro. Amenaza. Riesgo. Definiciones. Vulnerabilidad. Emergencia. Posibilidad de que una amenaza llegue a afectar a colectivos de personas/bienes. Peligro. Vulnerabilidad. Riesgo. Definiciones Característica de una colectividad de personas o bienes que los hace susceptibles de ser afectados en mayor/menor grado por un peligro en determinadas circunstancias. Peligro. Vulnerabilidad. Emergencia. Definiciones. Peligro. Vulnerabilidad. Riesgo. Amenaza. Definiciones. Catástrofe. Servicios Esenciales. Alerta. Definiciones. Alerta. Alarma. Urgencia. Definiciones Aviso/llamada de atención ante la probabilidad de un riesgo o peligro importante. Alerta. Alarma. Servicios esenciales. Urgencia. Definiciones Aparición fortuita, en cualquier lugar/actividad, de un problema de causa diversa y gravedad variable que genera la conciencia de una necesidad inminente de atención por parte del sujeto que la sufre. Urgencia. Catástrofe. Calamidad Pública. Alerta. Definiciones. Alerta. Peligro. Alarma. Riesgo. Definiciones. Emergencia. Urgencia. Catástrofe. Definiciones. Atención de Emergencias. Servicios Esenciales. Acción Pública en Materia de Protección Civil y Gestión de Emergencias. Finalidades Básicas. Identificación, localización y análisis de los distintos riesgos en la comunidad para: Evaluación de sus consecuencias y de la vulnerabilidad del territorio. Implantación de sistemas de detección, alarma y transmisiones que permitan: Alerta temprana. Implantación de medidas que promuevan y favorezcan la autoprotección de forma que: La población sea capaz de prever y prevenir cualquier suceso no deseable. Planificación de la respuesta en caso de producirse daños a personas y bienes: Estableciendo planes de emergencia que contemplen estructura jerárquica y funcional. Intervención simultánea e inmediata sobre las causas del siniestro de forma que: Se anulen, se limite su extensión, se reduzcan sus efectos y se proteja/socorra a los ciudadanos. Principios de Actuación. El Conjunto de las AP de Navarra, dispondrá de. Dicho sistema dará respuesta a. Principios sobre los que actuarán. Adecuarán sus actuaciones conforme. Principios de Actuación. Cooperación, Coordinación, Eficiencia y Proporcionalidad. Cooperación, Coordinación, Eficacia y Proporcionalidad. Cooperación, Coordinación, Cohesión y Adecuación. Cooperación, Coordinación, Subsidiariedad y Proporcionalidad. Principios Actuación. Principios. Actuaciones. Actuaciones Protección Civil (Actuaciones Básicas). Previsión y Prevención de situaciones de riesgo. Planificación, intervención, Coordinación, Dirección. Recuperación de la normalidad. Información/Formación de la población en general y del personal de los servicios de emergencia. Previsión Catálogo y Mapa de Riesgos Navarra. Administración de la CF procederá a la elaboración de. Contendrá y se incluirán. Corresponde al Departamento competente en materia de Protección Civil. Formará parte. Catálogo y Mapa de Riesgos Navarra. Se incluirán. Estará integrado. Formarán parte. Prevención. Las distintas AP en el ámbito territorial de la CF promoverán. Prestarán especial atención. Velarán por el. Ejercerán. Que potestades ejercerán las distintas administraciones públicas para velar por el cumplimiento de las disposiciones normativas. Potestad de Inspección y Sanción. Potestad de Desarrollo y Difusión. Prevención. Potestades. Personas, Empresas y Entidades que realizan actividades ( ). Están obligadas a. Catálogo de Actividades susceptibles de generar grave riesgo para los personas/bienes. Los titulares deberán disponer. En el catálogo se podrán establecer. Informe. Prevención. La celebración de espectáculo/ actividad que genere gran concentración de personas/ desplazamiento de equipos: Exigirá. Deberá solicitarse acompañada de. Informe del organismo competente. Prevención. Espectáculos y Actividades. El informe será vinculante. Informe vinculante cuando sea POSITIVO o imponga medidas preventivas. Informe vinculante cuando sea NEGATIVO o imponga medidas preventivas. Red de Alarma y Alerta. Def. Gestión le corresponde a. Gestor de la Red de Alarma y Alerta. Red de Alarma y Alerta. Sistema de: Sistema de PREVISIÓN, DETECCIÓN y SEGUIMIENTO de las situaciones de emergencia. Sistema de COMUNICACIÓN de avisos de emergencia a las autoridades competentes. Gestor Red de Alarma y Alerta. Promoverá Convenios de Colaboración. Establecerá. Realizará. Ordenación del territorio y urbanismo. Las actuaciones de ordenación del territorio y urbanismo. Instrumentos de ordenación del territorio y los urbanísticos tras su APROBACIÓN INICIAL. El Informe será vinculante. Informe de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Será vinculante. Deberá ser emitido. Problema de Plazo. Plazo para emisión de Informe de Territorio y Urbanismo. 2 meses. 4 meses. 6 meses. 2 años. Planes de Protección Civil. Def. Se establecen. Ajustarán su estructura y contenido. Tipos. 1. Planes Territoriales. Def. Objetivo. Diferencia entre Plan Territorial y Plan Territorial de Protección Civil de Navarra. Plan Territorial. Plan Territorial Protección Civil Navarra. Plan Territorial de Protección Civil de Navarra. Def. Corresponde al Gobierno de Navarra. Tendrá la consideración de. Plan Territorial de Protección Civil Navarra. Corresponde al GN, a propuesta de la consejería titular del Departamento competente en materia de protección civil y previo informe de la Comisión de Protección Civil de Navarra, aprobar por ( ) el Plan Territorial de Protección Civil de Navarra. Acuerdo. Ley Foral. Ley Decreto. Otro. El Plan Territorial de Protección Civil de Navarra tendrá la consideración de INSTRUMENTO DE ORDENACIÓN TERRITORIAL a los efectos de lo dispuesto en el Decreto Foral Legislativo 1/2017. Verdadero. Falso. 2. Planes Territoriales de Protección civil MUNICIPALES/SUPRAMUNICIPALES. Def. Están obligados a elaborar un plan municipal/supramunicipal. Serán aprobados. Deberán ser homologados. Los Planes Territoriales de protección civil municipales/supramunicipales deberán ser homologados por. Consejo de Protección Civil de Navarra. Comisión de Protección Civil de Navarra. Concejo de Protección Civil de Navarra. Plan Territorial de Protección Civil municipal/supramunicipal. Deberán ser homologados. Serán Aprobados. En que consistirá la homologación. Planes Supramunicipales. Los Planes Supramunicipales se someterán a un TRÁMITE de AUDIENCIA ante los propios municipios afectados. Verdadero. Falso. 3. Planes Especiales y Planes Específicos. Plan Especial. Plan Específico. Plan Especial. Def. Plan Director. Establecerán. Aprobados. Plan Específico. Def. Se incluyen dentro de los Planes Específicos. Elaborados. Aprobados. Definiciones de los Planes. Plan Especial. Plan Específico. Plan Territorial. Definición Plan. Instrumento organizativo general de respuesta para hacer frente a riesgos de ESPECIAL transcendencia en Navarra, que no dispongan de la correspondiente directriz básica de planificación para su elaboración. Plan Especial. Plan Específico. Planes de Contingencia para los servicios esenciales básicos. Doble Finalidad. Deberán coordinarse y complementarse con. Aprobación de estos planes. Los Planes de Contingencia para los Servicios Esenciales Básicos deberán constar de. Análisis y Evaluación de los Riesgos/Elementos Vulnerables. Impactos y áreas críticas para la continuidad del Servicio y su Recuperación. Medios redundantes para garantizar condiciones mínimas de servicio. Análisis y Evaluación de tiempos que pueden permanecer con sistemas redundantes. Medidas para recuperación de procesos críticos y recursos destinables a tal fin. Medidas para implementación, mantenimiento y actualización planes. Planes de Actuación Municipal. Def. Procedimiento aprobación. Diferencias entre Plan TERRITORIAL de protección civil municipal/supramunicipal y Plan de ACTUACIÓN MUNICIPAL. Plan de Actuación Municipal. Plan Territorial de Protección Civil Municipal/Supramunicipal. Procedimiento de aprobación planes. Planes de Autoprotección. Responsabilidad Planes Autoprotección. Aprobación Planes Autoprotección. Planes de Autoprotección. Contenido Mínimo. Identificación de la persona titular responsable y del Director del Plan de Autoprotección. Descripción de la actividad y de las instalaciones en las que se realiza. Identificación y evaluación de los riesgos que genere la actividad. Plan de Prevención que establezca las medidas dirigidas a reducir/eliminar los riesgos Criterios de coordinación e integración con los planes territoriales, especiales o específicos que les afecten. Plan de Emergencia que contemple las medidas y actuaciones a desarrollar ante dichas situaciones Alarma, Socorro y Evacuación. Medidas de información, formación y equipamiento adecuado de personas que trabajan en instalaciones. Planes de Autoprotección. Obligaciones. Autoridades de protección Civil podrán. Transcurrido el plazo concedido sin atender al requerimiento. Medidas que se toman. Planes de Autoprotección Obligaciones. Transcurrido el plazo concedido sin atender al requerimiento:. Si los obligados a ello no elaboran, modifican, revisan o actualizan los planes de autoprotección. OBLIGACIONES de los titulares de empresas y entidades. Planes de Autoprotección. Contenido de los Planes. Organización frente a la emergencia integrada por:. Servicios Operativos (Grupos de Acción). Infraestructuras Operativas (Mínimo). Niveles de aplicación del plan que deben corresponderse con situaciones de. Planes de Autoprotección (Contenido Planes). Características territorio, población y bienes comprendidos. Análisis riesgos presentes y actuaciones para hacer frente a los riesgos existentes. Organización frente a la emergencia: Director del Plan + Consejo Asesor + Gabinete Información. Servicios operativos (Grupos Acción): Auxilio y Salvamento, Seguridad, Sanidad, Acción Social y Abastecimiento/Soporte Logistico. Infraestructuras Operativas: Centro Receptor Alarmas, Centro Coordinación Operativa y Centro Mando Avanzado. Procedimiento Activación Plan + Relación e Integración con otros Planes. Programa de implantación y Simulacros + Programa de Mantenimiento, actualización y revisión del plan. Planes de Protección Civil. Contenido Planes. Organización frente emergencia. Servicios Operativos (Grupos de Acción). Infraestructuras Operativas. El Gobierno de Navarra. El Gobierno de Navarra podrá completar REGLAMENTARIAMENTE la estructura de contenido de: 1. Planes de Protección Civil Municipales/Supramunicipales 2. Planes Especiales/Específicos 3. Planes de Autoprotección. Verdadero. Falso. Activación de los Planes de Protección civil Territoriales, Especiales y Específicos. Activación formal. Dirección y Coordinación de todas las actuaciones para afrontar emergencia. Cuando evolución emergencia, naturaleza del riesgo o disponibilidad de los recursos a movilizar. Activación de los planes de Autoprotección. Serán Activados. El Director de un plan territorial, especial o específico. Finalizada la situación de emergencia. Activación de los Planes de Autoprotección. Medidas de Emergencia. Medidas de Emergencia. Activación de los planes. Coordinación y Dirección de los Planes de Protección Civil. Movilización de Recursos se adecuará. En situación de activación de planes de protección civil. Coordinación y Dirección. En situación de activación de Planes de Protección Civil, el ( ) será el instrumento a través del cual se canalizará la coordinación entre los sujetos intervinientes. Centro de Gestión de Emergencias. Director del Plan. Centro de Gestión Civil. Centro de Gestión de Elementos. Activación de los Planes en Situación de Emergencia. Podrá ser declarada por el GN como Catástrofe. Que supondrá la declaración de la situación de catástrofe. Corresponde al GN. En caso de ser declarado por el Estado el interés supracomunitario/Estado de Alarma. Activación de los Planes de Protección en Situaciones Catástrofe. La declaración de la situación de catástrofe supondrá la asunción de la dirección del Plan Territorial de Navarra por el. Presidente de España. Director del Plan. Presidente Gobierno Navarra. Director del Consejo Emergencia. De la recuperación (Es el último punto) Comisión Recuperación. En los casos en que: Hubiera sido declarada la situación de Catástrofe Se crea conveniente. En la Comisión de Recuperación participarán. Finalidad. La Comisión de Recuperación centralizará el. Colaboración Ciudadana Derechos a la información y participación. Derechos a la información y participación. La información NO PODRÁ. Derechos a la información y participación. La colaboración regular con las AP competentes en materia de protección civil se encauzará a través de las agrupaciones y organizaciones de. Protección Civil, Bomberos Voluntarios y cualesquiera otras que fuesen precisas. Protección Civil. Bomberos Voluntarios. Deberes de la ciudadanía. Obligado a colaborar personal y materialmente en tareas de protección civil. Obligada a facilitar información. Las prestaciones de servicios obligatorios de carácter personal. |