Protección de datos personales
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El artículo 18.1 de la Constitución Española garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a: La protección de datos de carácter personal. La confidencialidad. La propia imagen. El secreto profesional. Cuando los plazos se señalen por días en el RGPD o en la LO 3/2018, se entiende que estos: Son naturales. Son hábiles, de lunes a sábado; excluyéndose del cómputo los domingos y los declarados festivos. Son naturales; excluyéndose del cómputo los declarados festivos. Son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. El RGPD considera "destinatario" : A la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo al que se comuniquen datos personales, siempre que se trate de un tercero. A la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo al que se comuniquen datos personales, se trate o no de un tercero. A la autoridad pública que pueda recibir datos personales en el marco de una investigación concreta de conformidad con el Derecho de la Unión o de los Estados miembros. A la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u organismo distinto del interesado, del responsable del tratamiento, del encargado del tratamiento y de las personas autorizadas para tratar los datos personales bajo la autoridad directa del responsable o del encargado. EI RGPD denomina a la autoridad pública independiente establecida por un Estado miembro: Agencia Nacional de Protección de Datos. Representante. Autoridad de control. Autoridad de referencia. Cómo denomina el RGPD el tratamiento de datos personales de manera tal que ya no puedan atribuirse a un interesado sin utilizar información adicional, siempre que dicha información adicional figure por separado y esté sujeta a medidas técnicas y organizativas destinadas a garantizar que los datos personales no se atribuyan a una persona física identificada o identificable: Seudonimización. Anonimización. Generalización. Encriptación. Qué título de la LO 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se refiere a los principios de la protección de datos?. Título I. Título Il. Título III. Título IV. Respecto a la naturaleza de la LO 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Todo su articulado tiene carácter de ley orgánica. Los títulos I a V tienen carácter de ley orgánica y los títulos restantes, carácter de ley ordinaria. Los títulos I a X tienen carácter de ley orgánica, mientras que las disposiciones adi-cionales, transitorias, derogatoria y finales tienen carácter de ley ordinaria. Algunos títulos, artículos y disposiciones tienen carácter de ley ordinaria. Lo dispuesto en los Títulos I a IX y en los artículos 89 a 94 de la LO 3/2018 se aplica: Al tratamiento no automatizado de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero. A los tratamientos excluidos del ámbito del RGPD. A los tratamientos de datos de personas fallecidas. A los tratamientos sometidos a la normativa sobre protección de materias clasificadas. En virtud de qué principio previsto por el Reglamento General de Protección de Datos, los datos personales serán adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados: Principio de exactitud. Principio de limitación de la finalidad. Principio de responsabilidad proactiva. Principio de minimización de datos. En relación al consentimiento, el Reglamento General de Protección de Datos dis- pone que: El consentimiento puede deducirse del silencio o de la inacción de los ciudadanos. Se permite el llamado consentimiento tácito. No es admisible el consentimiento del interesado dado en el contexto de una declaración escrita que también se refiera a otros asuntos. Quienes recopilen datos personales deben ser capaces de demostrar que el afectado les otorgó su consentimiento. Conforme al artículo 3 de la LO 3/2018, las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho así como sus herederos: No podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento para solicitar el acceso a los datos personales de aquella, si no es por vía judicial. Sólo podrán dirigirse al encargado del tratamiento, siempre que sea con objeto de rectificar datos manifiestamente falsos. Podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento siempre que sea con objeto de solicitar la supresión de los datos personales de aquella sin posibilidad de acceder a ellos. Podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento al objeto de solicitar el acceso a los datos personales de aquella y, en su caso, su rectificación o supresión. El artículo 4 de la LO 3/2018 señala que, conforme al artículo 5.1.d) del Reglamento (UE) 2016/679, los datos serán exactos y, si fuere necesario: Actualizados. Aproximados. Normalizados. Digitalizados. Toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante un identificador, como por ejemplo un nombre, un número de identificación, datos de localización, un identificador en línea o uno o varios elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona, se considerará persona física: Identificable. Fichada. Legal. Tratable. 14. Los datos personales serán tratados de tal manera que se garantice una seguridad adecuada de los mismos, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas; todo ello en virtud del principio de: Responsabilidad proactiva. Integridad y confidencialidad. Limitación de la finalidad. Licitud, lealtad y transparencia. Conforme al principio de limitación de la finalidad, los datos personales serán recogidos con fines determinados, explícitos y: Limitados. Transparentes. Compatibles. Legítimos. El derecho a la portabilidad de los datos: Se podrá aplicar a los tratamientos que sean necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. A diferencia de otros derechos, podrá afectar negativamente a los derechos y libertades de otros. Supone la obligación de que, en todo caso, los datos personales se transmitan directamente de responsable a responsable. Requiere que el tratamiento se efectúe por medios automatizados. El tratamiento de datos personales solo podrá considerarse fundado en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable cuando derive de una competencia atribuida por: Una norma con rango de ley. El Reglamento General de Protección de Datos. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Un reglamento. Conforme al artículo 9 de la LO 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, cuál de los siguientes tratamientos de datos fundados en el Derecho español deberá estar amparado en una norma con rango de ley: Tratamiento necesario con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica. Tratamiento efectuado, en el ámbito de sus actividades legítimas y con las debidas garantías, por una fundación, una asociación o cualquier otro organismo sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea política, filosófica, religiosa o sindical, siempre que el tratamiento se refiera exclusivamente a los miembros actuales o antiguos de tales organismos o a personas que mantengan contactos regulares con ellos en relación con sus fines y siempre que los datos personales no se comuniquen fuera de ellos sin el consentimiento de los interesados. Tratamiento necesario para fines de medicina preventiva o laboral, evaluación de la capacidad laboral del trabajador, diagnóstico médico, prestación de asistencia o tratamiento de tipo sanitario o social, o gestión de los sistemas y servicios de asistencia sanitaria y social. Tratamiento referido a datos personales que el interesado ha hecho manifiestamente públicos. Cuando las solicitudes de ejercicio de los derechos de un interesado en un tratamiento de datos de carácter personal sean manifiestamente infundadas o excesivas, especialmente debido a su carácter repetitivo, el responsable del tratamiento podrá cobrar un canon razonable en función de los costes administrativos afrontados para facilitar la información o la comunicación o realizar la actuación solicitada. A menos que exista causa legítima para ello, se podrá considerar repetitivo el ejercicio del derecho de acceso en más de una ocasión durante el plazo de (a partir de): 3 meses. 6 meses. 10 meses. 1 año. Conforme al artículo 16 del RGPD, teniendo en cuenta los fines del trata-miento, el interesado tendrá derecho a que se completen los datos personales que sean incompletos, inclusive mediante: Levantamiento de acta. Certificación de modificación. Una declaración adicional. Elaboración de anexos. Conforme al artículo 5.1 de la LO 3/2018, estarán sujetas al deber de confiden-cialidad: Únicamente los responsables del tratamiento. Los responsables y encargados del tratamiento. Los responsables y encargados del tratamiento de datos así como todas las personas que intervengan en cualquier fase de este. Los responsables y encargados del tratamiento de datos así como todas las personas que intervengan en todas las fases de este. Uno de los objetos de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, es: Adaptar el ordenamiento jurídico español al Reglamento General de Protección de Datos y completar sus disposiciones. Establecer las normas relativas a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos personales y las normas relativas a la libre circulación de tales datos. Adaptar el Reglamento General de Protección de Datos al ordenamiento jurídico español y completar sus disposiciones. Garantizar la seguridad de la transferencia de datos entre países de la Unión Europea. En referencia al derecho de oposición, el artículo 21 del RGPD señala que: Cuando el tratamiento de datos personales tenga por objeto la mercadotecnia di-recta, el interesado tendrá derecho a oponerse en todo momento al tratamiento de los datos personales que le conciernan. A más tardar en el momento de la segunda comunicación con el interesado, e derecho de oposición será mencionado explícitamente al interesado y será presentado claramente y al margen de cualquier otra información. Aun cuando el tratamiento de datos personales tenga por objeto la mercadotecnia directa, el interesado no podrá oponerse a la elaboración de perfiles relacionada con la citada mercadotecnia. Los motivos legítimos para el tratamiento por parte del responsable del tratamiento no pueden prevalecer sobre los intereses, derechos y libertades del interesado. En relación al derecho de acceso, el responsable del tratamiento debe facilitar una copia de los datos personales objeto de tratamiento. Cuando el afectado elija un medio distinto al que se le ofrece que suponga un coste desproporcionado: La solicitud será considerada excesiva y, por lo tanto, no tenida en consideración. El afectado asumirá parte del exceso de costes que su elección comporte. En este caso, solo será exigible al responsable del tratamiento la satisfacción del derecho de acceso sin dilaciones indebidas. Será cumplimentada gratuitamente y sin dilaciones indebidas. Según el artículo 7.1 de la LO 3/2018, el tratamiento de los datos personales de un menor de edad únicamente podrá fundarse en su consentimiento cuando sea mayor de: 12 años. 13 años. 14 años. 16 años. Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Ley Orgánica 3/2018, 5 de diciembre. Ley Orgánica 2/2017, 5 de octubre. Ley Orgánica 3/2020, 5 de enero. Objeto , ámbito de aplicación y datos de personas fallecidas. TITULO I. TITULO III. TITULO II. PRINCIPIOS DE LA PROTECCION DE DATOS. TITULO I. TITULO III. TITULO II. DERECHOS DE LAS PERSONAS. TITULO III. TITULO I. TITULO II. |