Protocolo de Actuación del Personal Naval en Funciones de Guardia Costera
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Título del Test:
![]() Protocolo de Actuación del Personal Naval en Funciones de Guardia Costera Descripción: promo 2026 |



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¿Cuál es la obligación principal del Estado Mexicano en relación con su territorio marítimo?. Expandir sus fronteras marítimas. Salvaguardar la soberanía y defender la integridad del territorio nacional. Explotar comercialmente todos los recursos marinos. ¿Qué área marítima abarca la obligación del Estado Mexicano?. 5'120,679 kilómetros cuadrados. 3'149,920 kilómetros cuadrados. El Golfo de México y el Mar Caribe. ¿Cuáles son las zonas que comprenden las Zonas Marinas Mexicanas?. Mar territorial, Zona económica exclusiva y Plataforma continental. Zona Económica Exclusiva, Zona Contigua, Mar territorial, Plataforma Continental y Plataformas Insulares. Aguas interiores, Zona contigua y Aguas territoriales. ¿Qué característica geográfica de México lo coloca en una posición estratégica para el comercio marítimo?. Su extensa costa. Su calidad bioceánica y acceso a rutas marítimas fundamentales. Su proximidad a Estados Unidos. ¿Qué organización internacional ha firmado México en materia marítima?. Organización Mundial del Comercio (OMC). Organización Marítima Internacional (OMI). Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). ¿Qué concepto establece la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar para los Estados ribereños?. Zona económica exclusiva. Guardia Costera. Plataforma continental. ¿Cuáles son algunas de las tareas que realiza una Guardia Costera según el derecho internacional?. Regulación del comercio internacional y diplomacia. Búsqueda y rescate en la mar, protección marítima y portuaria, vigilancia de zonas marinas. Investigación científica marina y explotación de recursos. ¿A través de qué institución la Armada de México ejerce las funciones de Guardia Costera?. La Secretaría de Marina. El Ministerio Público. La Policía Federal. ¿Qué tipo de acciones realiza la Armada de México en el ejercicio de sus funciones de Guardia Costera?. Vigilancia, verificación, visita, inspección y aplicación del marco legal. Control de fronteras terrestres y aduanas. Investigación de delitos en tierra y captura de criminales. ¿Qué reforma se realizó en mayo de 2017 en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal?. Se eliminó la atribución de la Secretaría de Marina. Se reformó el inciso b de la fracción IV y la fracción VII, y se adicionó un párrafo al inciso b del artículo 30. Se otorgaron nuevas facultades a la Policía Federal en materia marítima. ¿Qué atribución se le confiere a la Secretaría de Marina con la reforma mencionada?. Ejercer vigilancia, visita, inspección en zonas marinas, costas y recintos portuarios. Establecer acuerdos comerciales internacionales. Controlar el tráfico aéreo sobre el mar territorial. ¿Qué se debe hacer si se presenta la posible comisión de un delito durante el ejercicio de funciones de Guardia Costera?. Ignorar el hecho y continuar con la vigilancia. Poner a disposición ante la autoridad competente a las personas, objetos, instrumentos y productos relacionados. Informar únicamente al Mando Naval. ¿Cuál es el objetivo de mantener el estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, costas y recintos portuarios?. Fomentar el turismo. Garantizar la seguridad y el orden jurídico. Facilitar la pesca comercial. ¿Qué otra atribución se adiciona a la Ley Orgánica de la Armada de México mediante una fracción IV Bis?. Ejercer funciones de Guardia Costera para mantener el estado de derecho. Regular el comercio marítimo internacional. Establecer zonas de pesca restringida. ¿Qué implica el concepto de Guardia Costera para la Armada de México?. La creación de un nuevo servicio independiente. Un concepto legal que proporciona certeza jurídica a las funciones exclusivas de la Armada. La delegación de responsabilidades a otras agencias. ¿Con qué necesidad se encontró la Secretaría de Marina ante la implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio?. Necesidad de crear nuevas leyes. Necesidad de establecer criterios normativos para el personal naval en funciones de Guardia Costera. Necesidad de reducir el número de elementos navales. ¿Qué deben garantizar las actividades del personal naval en funciones de Guardia Costera dentro del marco del Sistema Procesal Penal Acusatorio?. La rapidez en las detenciones. La legalidad de su actuación, el respeto a los derechos humanos y la presunción de inocencia. La máxima explotación de los recursos marinos. ¿Qué principios deben regir la actuación del personal naval ante un hecho que la ley señale como delito en zonas marinas mexicanas?. Oportunidad, proporcionalidad, racionalidad y legalidad. Velocidad, discreción y contundencia. Confidencialidad, imparcialidad y objetividad. ¿Cuál fue el propósito de diseñar el presente Protocolo de Actuación del Personal Naval en funciones de Guardia Costera?. Eliminar la necesidad de coordinación con otras autoridades. Ser una herramienta para guiar la actuación ante hechos delictivos y establecer directrices de coordinación. Autonomizar completamente al personal naval en sus funciones. ¿Quiénes firman el protocolo en la Ciudad de México el 7 de marzo de 2018?. El Presidente de la República y el Secretario de Marina. El Secretario de Marina y el Subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales. El Comandante de la Armada y el Fiscal General de la República. ¿Cuál es el sustento jurídico del Protocolo de Actuación del Personal Naval en funciones de Guardia Costera?. Únicamente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, instrumentos jurídicos internacionales y normatividad nacional aplicable. Solo los convenios internacionales. ¿Cuál de los siguientes NO es un ordenamiento legal que sustenta el protocolo?. Código Penal Federal. Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Código de Comercio. ¿Qué Ley General se menciona como parte del marco jurídico del protocolo?. Ley General de Salud. Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Ley General de Educación. ¿Cuál es el objetivo general del protocolo?. Establecer sanciones para los infractores marítimos. Dotar al personal naval de un instrumento normativo para actuar ante hechos delictivos. Delegar la responsabilidad de la seguridad marítima a otras agencias. ¿Qué se busca establecer con los objetivos específicos del protocolo?. Procedimientos para guiar la actuación ante hechos delictivos y criterios de actuación que brinden certeza jurídica. Mecanismos para aumentar la flota naval. Regulaciones para la pesca deportiva. ¿Qué se debe priorizar en la actuación del personal naval ante una situación que implique la protección de la vida humana?. La detención y preservación. La vida humana sobre la persecución, detención y preservación. La investigación exhaustiva. ¿Qué se debe hacer en caso de actos no previstos en el protocolo?. Actuar según el criterio personal. Comunicarse con el Mando Naval y coordinar con el Ministerio Público de la Federación. Esperar instrucciones del superior jerárquico sin comunicarse con nadie más. ¿Cuál es la función principal del personal naval en funciones de Guardia Costera ante un hecho que pueda ser constitutivo de delito?. Investigar y sancionar directamente. Actuar bajo los supuestos de flagrancia, descubrimiento de indicios o aportación. Delegar toda la responsabilidad al Ministerio Público. ¿Cuándo se entiende que hay flagrancia?. Cuando la persona es detenida en cualquier momento posterior a la comisión del delito. Cuando la persona es detenida al cometer un delito o inmediatamente después. Cuando existe una orden de aprehensión. ¿Qué acción realiza el Personal Naval en funciones de Guardia Costera ante la flagrancia de un hecho posiblemente delictivo?. Investigar a fondo el caso. Identificar el nivel de riesgo. Detener inmediatamente a cualquier persona sospechosa. ¿Qué se evalúa para determinar si es posible realizar la detención de una persona en flagrancia?. La nacionalidad de la persona. Los medios disponibles y la posibilidad de eliminar, neutralizar o minimizar riesgos. La gravedad del delito según el código penal. ¿Qué sucede si no es posible realizar la detención de una persona en flagrancia?. Se abandona la intervención. Se informa al Mando Naval sobre los riesgos y la necesidad de apoyo. Se persigue al sospechoso sin importar los riesgos. ¿A qué está sujeto el uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas?. Únicamente a la orden del Mando Naval. A los principios de oportunidad, proporcionalidad, racionalidad y legalidad. A la decisión unilateral del personal en servicio. ¿Cuáles son los niveles del uso de la fuerza mencionados en el protocolo?. Disuasión, persuasión, utilización de fuerza no letal y utilización de fuerza letal. Observación, advertencia, acción y castigo. Intimidación, contención, inmovilización y neutralización. ¿Qué nivel de uso de la fuerza se aplica a través de la simple presencia física y la utilización adecuada del uniforme y equipo?. Persuasión. Utilización de fuerza letal. Disuasión. ¿En qué casos se aplica la utilización de fuerza no letal?. Cuando existe resistencia agresiva grave. Para controlar personas en casos de resistencia no agresiva y agresiva, usando instrumentos no letales. Cuando es necesario para la defensa propia. ¿Cuándo se aplica la utilización de fuerza letal?. En cualquier situación de resistencia. Cuando la persona a detener pone en riesgo real, actual o inminente la vida de integrantes de las fuerzas armadas o terceras personas. Cuando el sospechoso intenta escapar. ¿Qué se debe informar al Mando Naval si con motivo del uso de la fuerza resultan personas fallecidas o lesionadas?. El número de personas detenidas. La actuación realizada y los hechos suscitados. La causa del fallecimiento o lesión. ¿Qué información proporciona el Personal Naval en funciones de Guardia Costera al Ministerio Público de la Federación en caso de fallecidos?. La causa de muerte. El lugar de los hechos, la priorización y el traslado de la persona fallecida si es necesario. El historial del fallecido. ¿Qué acción realiza el Policía Ministerial/de Investigación al arribar al lugar de los hechos?. Entregar el lugar al personal naval. Recibir el lugar, actuar conforme a sus protocolos e informar sobre las acciones realizadas. Iniciar la detención de los sospechosos. ¿Qué medidas adopta el Personal Naval en funciones de Guardia Costera para personas lesionadas?. Trasladarlas directamente al Ministerio Público. Adoptar medidas a su alcance para procurar atención médica de urgencia y canalizarlas si es necesario. Dejarlas en el lugar hasta la llegada de los servicios médicos. ¿Cuándo procede el Personal Naval en funciones de Guardia Costera a la detención de una persona si no hay fallecidos ni lesionados por uso de la fuerza?. Inmediatamente después de la intervención. Cuando no existen fallecidos ni lesionados con motivo del uso de la fuerza. Al finalizar la investigación. ¿Qué información se registra en el Informe de Actividades de Guardia Costera al realizar una detención?. El número de testigos presenciales. La hora de la detención y los derechos informados a la persona. La causa del delito. ¿Qué se realiza por seguridad a la(s) persona(s) detenida(s)?. Una entrevista exhaustiva. La inspección. Una evaluación psicológica. ¿Quién coordina el traslado de la(s) persona(s) detenida(s) y objetos con el Mando Naval?. El Ministerio Público de la Federación. La Policía Ministerial/de Investigación. El Mando Naval. ¿Qué se realiza en el Ministerio Público de la Federación al trasladar a una persona detenida?. Se le libera inmediatamente. Se solicita certificado médico. Se inicia un interrogatorio. ¿Cuál es el primer paso del Personal Naval en funciones de Guardia Costera ante el descubrimiento de indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del hecho delictivo?. Asegurar el lugar. Valorar la situación e informar al Mando Naval. Detener a los presuntos responsables. ¿Qué actividades registra el Personal Naval en su Informe de Actividades de Guardia Costera al concluir la atención a víctimas?. Únicamente la identificación de los agresores. Fotografías, videograbación y/o croquis del lugar de los hechos o del hallazgo. La hora de llegada y salida de las víctimas. ¿Qué acciones se establecen para la preservación del lugar de los hechos o del hallazgo en costas y recintos portuarios?. Las establecidas en el protocolo. Las que decida el personal naval en el momento. Las que indique el Ministerio Público sin intervención naval. ¿Cómo se delimita y protege el lugar de los hechos o del hallazgo?. Mediante acordonamiento, estableciendo ruta única de entrada y salida. Con la simple presencia del personal naval. Únicamente con cinta de precaución. ¿Qué información recibe el Ministerio Público de la Federación para coordinar acciones consecuentes?. Información sobre el clima. Información sobre el descubrimiento de indicios y acciones realizadas. Información sobre las embarcaciones en tránsito. ¿Qué se hace en zonas marinas, zonas remotas o de difícil acceso donde no hay autoridad cercana y se aplica la priorización?. Se detiene la intervención hasta que llegue la autoridad. Se recolectan indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del hecho delictivo con los recursos disponibles. Se documenta el lugar sin recolectar nada. ¿Qué se debe hacer una vez concluida la recolección de indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del hecho delictivo?. Inmediatamente trasladar todo al Ministerio Público. Identificar, embalar, etiquetar y documentar mediante fotografías, videograbación y/o croquis. Ignorar la documentación y solo resguardar los elementos. ¿Qué se materializa al entregar físicamente al Ministerio Público de la Federación los elementos de puesta a disposición?. La detención de la persona. La puesta a disposición. La finalización del procedimiento. ¿Qué se entrega al Ministerio Público de la Federación como parte de la puesta a disposición?. Únicamente el Informe Guardia Costera. Persona(s) detenida(s) con certificado médico, víctima(s), indicios y el Informe Guardia Costera. Solo los indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del hecho delictivo. ¿Quién recibe la puesta a disposición en el Ministerio Público de la Federación?. El Mando Naval. El Ministerio Público de la Federación/Ministerio Público Especializado en el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. La Policía Ministerial/de Investigación. ¿Qué concluye el Personal Naval en funciones de Guardia Costera al informar al Mando Naval que ha concluido la puesta a disposición?. La detención de la persona. El procedimiento. La investigación del Ministerio Público. ¿Qué recibe el Personal Naval en funciones de Guardia Costera en el supuesto C (Aportación de indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del hecho delictivo con persona detenida)?. Únicamente los indicios. Los indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del hecho delictivo, así como a la persona detenida. Solo a la persona detenida. |





