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Protocolo de Actuación Policial en Flagrancia en Santa Fe

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Título del Test:
Protocolo de Actuación Policial en Flagrancia en Santa Fe

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Fecha de Creación: 2026/04/27

Categoría: Otros

Número Preguntas: 149

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¿Según el artículo 213 del Código Procesal Penal de Santa Fe, cuándo se considera flagrancia?. Cuando el autor es sorprendido cometiendo el delito. Cuando el autor es sorprendido cometiendo el delito, es señalado inmediatamente después por la víctima o un tercero, es perseguido o aparece en un registro audiovisual inmediatamente después de la comisión, posee objetos o rastros que lo vinculan al delito, o se fuga de un establecimiento penitenciario. Cuando la policía tiene conocimiento de la comisión de un delito.

¿Cuál es la primera medida común que debe tomar el personal policial al preservar el lugar del hecho?. Entrevistar a los testigos. Mantener la intangibilidad del espacio físico para evitar alteración o contaminación de pruebas. Aislar a los sospechosos.

¿Qué debe incluir la Inspección Ocular?. Solo la descripción del lugar. Las condiciones climáticas, de visibilidad y luminosidad, descripción del lugar, accesos, trayecto de los autores, lugar de aprehensión y ubicación de los efectos secuestrados. Solo la ubicación de los efectos secuestrados.

¿Cuántas fotografías panorámicas se deben tomar como mínimo en las Vistas Fotográficas?. Una. Cuatro. No hay un número mínimo especificado.

¿Qué se debe hacer si el Gabinete Criminalístico no está presente y se toman fotografías en el lugar del hecho?. Guardar las fotos y no entregarlas a nadie. Entregarlas a la dependencia policial. Publicar las fotos en redes sociales para que la comunidad colabore.

¿Qué se debe hacer con las cámaras de seguridad privadas en caso de flagrancia?. Ignorarlas si no son públicas. Contactar al morador y solicitar resguardo de las imágenes. Borrar las grabaciones para no interferir con la investigación.

¿Qué información se debe detallar al secuestrar efectos de interés probatorio?. Solo el tipo de objeto. Las características del objeto y el lugar donde fue hallado. El nombre del testigo que presenció el secuestro.

¿Qué información específica se debe detallar si se secuestra un arma de fuego?. El color y el tamaño del arma. Marca, modelo, calibre, número de serie, cargador y cartuchos. El nombre del fabricante.

¿Qué se debe hacer con un celular secuestrado?. Apagarlo inmediatamente. Colocarlo en MODO AVIÓN y no apagarlo. Borrar el contenido para proteger la privacidad.

¿Qué datos se deben registrar al entrevistar a víctimas y testigos?. Solo el nombre y el teléfono. Nombre, apellido, edad, DNI, domicilio, teléfono fijo y celular, correo electrónico. Solo el nombre y la dirección.

¿Qué se debe evitar al entrevistar a víctimas y testigos?. Preguntarles sobre los hechos. El contacto de la víctima o testigo con el imputado. Tomar una exposición precisa de lo sucedido.

¿Cuándo se debe realizar la requisa personal durante una aprehensión en flagrancia?. Después de haber asegurado al detenido. Para determinar si posee elementos de peligrosidad o sustraídos. Solo si hay sospechas fundadas de que porta armas.

¿Qué se debe hacer con los aprehendidos entre sí?. Mantenerlos juntos para que colaboren. Aislarlos entre sí. Permitirles comunicarse para que lleguen a un acuerdo.

¿Con quién debe realizarse toda aprehensión?. Con la presencia de un abogado. Frente a testigos. Con la presencia de la víctima.

¿Qué información se debe consignar en el Acta de Procedimiento?. Solo los datos del personal policial. Fecha, hora, lugar, datos del personal policial, datos del aprehendido, datos de la víctima, datos del testigo, redacción del hecho, descripción del secuestro, descripción de los elementos personales en depósito y constancia de la presencia del Gabinete Criminalístico. Solo la redacción del hecho y los datos del aprehendido.

¿A quién está prohibido brindar información sin autorización del fiscal?. A otros policías. A particulares o medios de comunicación. A otros fiscales.

¿Qué se debe registrar en las Cartas de Incidencia?. Solo el número de la llamada al 911. El número de carta de incidencia de la Central 911 en el Acta de Procedimiento. La ubicación de la Central 911.

¿Qué se debe consultar con la víctima en casos de Lesiones (art 89,90,91 CP)?. Si desea iniciar la acción penal. Si necesita asistencia médica. Si vio al agresor.

En lesiones culposas leves en accidentes de tránsito, ¿el presunto responsable debe quedar aprehendido?. Sí, siempre. No, no es necesario. Solo si hay daños materiales.

¿Qué datos se deben registrar en el croquis ilustrativo e inspección ocular de un accidente de tránsito con lesiones?. La ubicación precisa de los vehículos al momento del siniestro, el sentido de circulación de las calles, la ubicación de los semáforos, los carteles de señalización vial y todo otro dato de interés. Solo la ubicación de los vehículos. El color de los vehículos.

¿Qué se debe constatar antes de la devolución de vehículos involucrados en un accidente?. Que el conductor tenga licencia de conducir. La documental correspondiente que acredite la titularidad de los mismos (Cédula de Identificación vehicular o Título Registral, carnet de conducir y póliza de seguro vigente). Que el vehículo esté en buen estado.

¿En qué casos de lesiones no se aprehende al presunto responsable?. En lesiones graves. En lesiones leves. En lesiones gravísimas.

¿A quién se convoca en casos de Lesiones Graves y Gravísimas?. Al Gabinete Criminalístico. Al Gabinete Accidentológico de PDI. A un médico legista.

¿Qué muestras se deben extraer a los conductores en casos de lesiones graves o gravísimas y en qué plazo?. Muestras de sangre y orina en un plazo no mayor de 24 horas. Muestras de cabello en un plazo no mayor de 48 horas. Muestras de saliva en un plazo no mayor de 2 horas.

¿Qué se debe preservar al investigar un caso de Abuso de Armas?. Solo el arma encontrada. El lugar del hecho y señalar la ubicación de armas de fuego y/o vainas servidas. Las huellas dactilares de todas las personas presentes.

¿A quién se debe convocar en casos de Privación ilegítima de la libertad (art 141CP)?. Al Gabinete de Investigación Forense. Al Gabinete Criminalístico de la PDI. A un psicólogo forense.

¿Qué información se debe solicitar a la víctima en casos de Amenazas (art 149 bis y ter CP)?. Solo si hubo testigos. Que describa las amenazas en forma textual y en primera persona, si se usaron armas o si fueron anónimas. El motivo de las amenazas.

¿Qué se debe constatar en casos de Violación de domicilio (art 150 CP)?. Si el imputado tiene antecedentes. Si hay daños, realizar constatación, inspección ocular y croquis ilustrativo. Si la puerta estaba cerrada con llave.

¿Qué detalles se deben obtener al entrevistar a la víctima en casos de Hurto/Robo (art 162 y ss. CP)?. Solo el valor de lo sustraído. Detalles del hecho, objetos sustraídos, circunstancias, si hubo violencia, lugar, cantidad de autores, etc. Si el robo fue a mano armada.

¿Qué información se debe requerir a la víctima en casos de Extorsión (art 168 CP)?. El monto exigido. Información respecto del contenido y medio utilizado para realizar la extorsión, número de teléfono, usuario de redes sociales, y tomar captura de pantalla. Si la víctima conoce al extorsionador.

¿Qué se debe precisar al entrevistar a la víctima en casos de Estafa (art 172 CP)?. Si la víctima conoce al estafador. Cuál fue el ardid o engaño, cuál fue el perjuicio económico y forma en que se llevó a cabo. Si la víctima denunció el hecho anteriormente.

¿Qué se debe constatar en casos de Usurpación?. Si hay vecinos que hayan presenciado la usurpación. La presencia de los ocupantes y requerir documentación, y entrevistar al denunciante para que acredite su titularidad. Si el inmueble estaba deshabitado.

¿Qué se debe describir en casos de Daños (art 183 y 184 CP)?. El tipo de daño causado. Con precisión el bien o elementos dañados (ej: móviles policiales, monumentos, muros privados). Si los daños fueron intencionales.

¿Qué se debe hacer en casos de Incendio y otros estragos (art 186 CP)?. Solo llamar a los bomberos. Convocar defensa civil de la municipalidad, solicitar SIES si es necesario, convocar a pericia de bomberos, al gabinete criminalístico de la PDI y proceder al secuestro de elementos causales. Investigar si fue un acto accidental.

¿Qué se debe arbitrar en casos de Cortes en la vía pública (art 194 CP)?. Permitir el corte hasta que la protesta termine. Arbitrar medio suficiente para liberar inmediato la libre circulación de vehículos y personas, corroborar si el corte se efectuó mediante otro delito, y tomar vista fotográfica y fílmica. Pedir permiso a los manifestantes.

¿Qué se debe detallar en casos de Intimidación pública (art 211CP)?. Si la intimidación fue por redes sociales. Con precisión la conducta desplegada y el medio por el cual se hubiera manifestado, convocar brigada de explosivos si es necesario, y corroborar la llamada al 911. Si hubo testigos de la intimidación.

¿Qué información se debe recabar en casos de Atentado y resistencia a la autoridad (art 237 y 238CP)?. Solo los nombres de los funcionarios intervinientes. Quiénes fueron los funcionarios públicos que intervinieron, cuál fue la orden impartida, en qué consistieron las acciones, si hubo lesionados, uso de armas, y detalles de persecuciones policiales. Si el imputado estaba ebrio.

¿Qué se debe determinar en casos de Desobediencia a la autoridad?. Si la desobediencia fue verbal o escrita y a quién estaba destinada. Si el imputado es reincidente. Si la autoridad que dio la orden estaba presente.

¿Qué se debe determinar en casos de Abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público (artículo 248 y 249 del CP)?. Si el funcionario actuó por órdenes superiores. Autoridad con datos individualizados y la conducta que efectuó o debía efectuar. Si el funcionario tiene antecedentes.

¿Qué información se debe requerir en casos de Cohecho y exhalaciones ilegales (art. 256 y 266 del CP)?. Solo el monto del soborno. La calidad de la persona, relación con la función pública, acción llevada a cabo, qué solicitó, prometió y/o entregó. Si el soborno fue en efectivo.

¿Qué información se debe requerir en casos de Encubrimiento (art 277CP) si hay vehículos involucrados?. El color del vehículo. Descripción del vehículo, fecha del robo, modalidad de sustracción, comisaría o sección policial donde se realizó la denuncia, datos del denunciante, juzgado interviniente y número de causa. Si el vehículo tenía seguro.

¿Con quién se debe consultar urgentemente en casos de Evasión y facilitación de la evasión (art 280 y 281 CP)?. Con el director de la cárcel. Con la fiscalía de turno. Con el defensor del evadido.

¿Qué se debe detallar en casos de Adulteración y de guarismos (art 289 inciso 3 CP)?. Solo el número de motor. Circunstancias de la identificación, objeto adulterado, inspección ocular de los guarismos, fotografías y afirmaciones del objeto, motor, chasis, patente, etc. Si la adulteración fue reciente.

¿Qué se debe hacer si una persona desaparecida es hallada en el marco de la Averiguación de paradero?. Liberarla inmediatamente sin más trámites. Seguir las instrucciones del protocolo y realizar la entrega controlada. Interrogarla sobre su paradero.

¿En qué casos se debe consultar obligatoriamente al 0800-MPA?. En todos los casos de delitos menores. En casos de personas aprehendidas, homicidios y delitos sexuales, entre otros. Solo cuando el fiscal lo solicite.

¿Cuál es el objetivo principal del Programa Recompensas?. Reducir los gastos del gobierno. Reducir los niveles de violencia e impunidad, ofreciendo recompensas por datos sobre homicidios no esclarecidos. Premiar a los ciudadanos por su colaboración en cualquier tipo de delito.

¿Qué garantiza el Programa Recompensas respecto a la identidad de quienes brindan información?. Que su identidad será revelada a la prensa. La reserva absoluta de la identidad. Que solo se revelará la identidad si la información es crucial.

¿A quién se puede contactar para aportar datos al Programa Recompensas?. Directamente a la policía. A través de correo electrónico a recompensas@mpa.santafe.gov.ar o llamar al 911. A cualquier funcionario público.

¿Cómo se realiza el pago de la recompensa?. En efectivo, directamente al colaborador. En un sobre cerrado lacrado, que no forma parte del expediente. Mediante transferencia bancaria.

¿Qué ley y decretos reglamentan parcialmente el Fondo Provincial de Recompensas?. Ley N° 13494 y Decretos 2358/2016, 1838/2017, 0055/2018. Ley de Seguridad Pública. Código Penal.

¿A qué porcentaje del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se destina anualmente al Fondo Provincial de Recompensas?. El 1% del presupuesto. El cuarenta y cinco centésimos por ciento (0,45%). El 0,10% del presupuesto.

¿Quién dispone el ofrecimiento de la compensación dineraria por recompensa?. El Ministerio Público de la Acusación. El Juez interviniente. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a requerimiento del Ministerio Público de la Acusación.

¿Qué se tendrá en cuenta para establecer el monto de la recompensa?. La gravedad del delito, complejidad, alarma social causada y dificultades para obtener información. El nivel de pobreza del informante. La cercanía del informante con la víctima.

¿Quién realiza la exclusión de la recompensa y bajo qué informe?. El Fiscal, bajo informe del Juez. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, previo informe del Ministerio Público de la Acusación. El Ministerio Público de la Defensa, previo informe del Fiscal.

¿En qué casos se puede excluir a alguien de recibir la recompensa?. Si la información es falsa. Si la persona participó en el delito como autor, cómplice, instigador o encubridor, o si es miembro de fuerzas de seguridad en actividad. Si el informante tiene antecedentes penales.

¿Cómo se mantiene la confidencialidad de la identidad del adjudicatario de la recompensa?. Se mantiene en secreto antes, durante y después de la investigación y/o proceso judicial, aunque puede ser convocado como testigo. Se divulga después de finalizado el proceso. Solo se mantiene en secreto durante la investigación.

¿Cuándo entró en vigor el nuevo Código Procesal Penal Juvenil en Santa Fe?. El 21 de junio de 2023. El 21 de junio de 2025. El 1 de enero de 2024.

¿Qué implica la implementación del nuevo Código de Menores?. La creación de nuevos juzgados para menores. La eliminación de la antigua 'Justicia de Menores' y un nuevo régimen de acusación y enjuiciamiento a cargo del Ministerio Público de la Acusación (MPA). La ampliación de las penas para menores infractores.

¿A qué personas se aplica el nuevo régimen procesal juvenil?. A todos los menores de edad. A personas que al momento de la comisión del hecho delictivo tengan menos de 18 años y que conforme la ley penal sustantiva, puedan ser imputadas y responsables penalmente. Solo a menores de entre 16 y 18 años.

¿Qué principio se aplicará en el proceso penal juvenil?. Principio de represalia. Principio de justicia restaurativa. Principio de castigo ejemplar.

¿Qué garantías se respetarán en los procesos con menores de edad?. Solo las garantías propias de los adultos. Los derechos y garantías reconocidos a los imputados mayores de edad, además de los propios por su condición de persona en crecimiento. Solo las garantías establecidas en la Convención de los Derechos del Niño.

¿Qué principio constitucional requiere que los órganos judiciales tengan competencia específica para actuar con menores infractores?. Principio de especialidad/especificidad. Principio de humanidad. Principio de proporcionalidad.

¿Cuándo se puede imponer la privación de la libertad ambulatoria a un menor?. Como primera medida ante cualquier delito. Como último recurso y por el menor tiempo posible. Si el delito es grave.

¿Con qué periodicidad se revisarán las medidas que impliquen encierro de menores?. Cada seis meses. Como máximo cada 90 días. Una vez al año.

¿Quién tendrá a su cargo el ejercicio de la acción penal pública en el proceso penal juvenil?. El Juez de la Investigación Penal Preparatoria Juvenil. El Ministerio Público de la Acusación (MPA). El Defensor Penal Público.

¿Qué se puede solicitar para la suspensión del procedimiento a prueba en menores?. Solo con acuerdo del fiscal. Con el acuerdo del imputado menor de edad y su defensor. Sin necesidad de acuerdo.

¿Qué tribunales conformarán los procesos penales seguidos a personas menores de edad?. Tribunales de Menores y Tribunales de Familia. Tribunales de la Investigación Penal Preparatoria Juvenil, Tribunales de Juicio de Responsabilidad Penal Juvenil y Tribunales de Determinación de la pena. Tribunales de Primera Instancia y Tribunales Colegiados.

¿Quiénes serán partes procesales esenciales en el proceso penal juvenil?. El Fiscal, la víctima y los testigos. La persona imputada menor de edad, su defensor, el Fiscal y el querellante adhesivo. El Juez, el Fiscal y el Defensor.

¿A qué tiene derecho la persona imputada menor de edad en cuanto a la explicación de la causa?. A una explicación técnica y compleja. A conocer y recibir explicación en lenguaje oral y comprensible para su edad y grado de madurez del significado y alcance de la causa, hechos y calificación legal. A que se le explique solo la pena que podría recibir.

¿Puede una persona menor de edad ser sometida a interrogatorio por parte de autoridades policiales o fuerzas de seguridad?. Sí, si el delito es grave. No, está prohibido. Solo si está presente el defensor.

¿Quiénes pueden proponer un defensor de confianza para un menor imputado?. Solo el Fiscal. Cualquiera de sus progenitores, tutores o personas adultas responsables, siempre que no existan intereses contrapuestos. Solo el Ministerio Público de la Defensa.

¿Se permitirá la autodefensa de la persona menor de edad?. Sí, en todos los casos. No, no se permitirá. Solo si el menor es mayor de 17 años.

¿Quiénes deben ser informados sobre el caso de una persona imputada menor de edad, sin ser considerados parte en el proceso?. Solo los progenitores. Las personas adultas que ejercen la responsabilidad parental, referentes afectivos o apropiados. La víctima del delito.

¿Qué se garantiza a las víctimas en un proceso penal juvenil, sin necesidad de patrocinio letrado?. Solo el derecho a ser escuchadas. Los derechos reconocidos para las víctimas, sin necesidad de contar con patrocinio letrado. El derecho a una indemnización automática.

¿Qué organismo tiene a su cargo el impulso y desarrollo de las medidas de justicia restaurativa?. El Ministerio Público de la Acusación. La Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia. El Tribunal de Juicio de Responsabilidad Penal Juvenil.

¿Quién intervendrá como titular de la acción penal pública en causas contra menores de edad?. El Juez de la Investigación Penal Preparatoria Juvenil. El Ministerio Público de la Acusación. El Defensor Penal.

¿Qué equipos intervienen en la investigación penal preparatoria a requerimiento de las partes?. Equipos de la Policía. Equipos interdisciplinarios dependientes de la Corte Suprema de Justicia. Equipos de expertos en criminología.

¿Podrá constituirse como querellante adhesivo un particular?. Sí, sin ninguna limitación. Solo con los límites de las pretensiones ejercidas por el actor penal público. Solo si el fiscal lo autoriza explícitamente.

¿Quién inicia la investigación penal preparatoria en el proceso penal juvenil?. El Juez de la Investigación Penal Preparatoria Juvenil. Exclusivamente por decisión del Fiscal. La víctima del delito.

¿En qué casos el personal policial podrá privar de la libertad a una persona menor de edad?. En cualquier circunstancia. Solo por orden emitida por el Fiscal, o en el supuesto de aprehensión en comisión flagrante de delito. Si el menor se niega a cooperar.

¿Queda prohibida la incomunicación de toda persona menor de edad?. Sí, siempre. Sí, con excepción de aquellos casos en los cuales exista grave riesgo para la investigación y así lo disponga el Fiscal. Solo si el menor es menor de 14 años.

¿Está permitido el alojamiento de menores con personas mayores de edad en dependencias policiales?. Sí, siempre. No, está prohibido, salvo en casos excepcionales y con carácter provisorio. Solo si no hay otra opción.

¿Cuándo citará el Fiscal a una audiencia de imputación a un menor de edad?. Cuando tenga sospechas vagas. Cuando estime que de los elementos reunidos de la investigación surja la probabilidad sobre la existencia del hecho delictual y la participación del menor. Después de la detención.

¿En qué plazo máximo, si la persona imputada se encontrare detenida, deberá realizarse la audiencia de imputación?. Dentro de las 24 horas. Dentro de las 48 horas, prorrogable por 24 horas a solicitud del Fiscal. Dentro de los 10 días.

¿Qué carácter tendrán las medidas cautelares contra una persona menor de edad sometida a proceso penal?. Ordinario. Excepcional. Obligatorio.

¿Qué plazo máximo puede exceder una medida de privación de libertad en instituciones para menores?. Un año. Dos años, prorrogable por un año más. Cinco años.

¿Qué tipo de medidas se pueden imponer a un menor imputado, que pueden ser autónomas o accesorias?. Medidas cautelares. Medidas socioeducativas. Medidas punitivas.

¿Qué clases de medidas socioeducativas se mencionan?. Solo internamiento en instituciones. Inclusión en programas de enseñanza, adquisición de oficio, participación comunitaria, tratamiento médico/psicológico, reparación del daño, entre otras. Suspensión del juicio a prueba.

¿Qué se podrá solicitar de forma conjunta al Juez en el Procedimiento Abreviado para menores?. Solo la apertura del juicio de responsabilidad. La apertura del Procedimiento Abreviado, tanto para el juicio de responsabilidad como para el de determinación de pena o su innecesariedad. Solo la suspensión del juicio.

¿En cuántas etapas se llevará a cabo el enjuiciamiento de una persona menor de edad?. Una etapa. Dos etapas: responsabilidad penal y determinación de pena. Tres etapas: investigación, responsabilidad y pena.

¿Qué contendrá el requerimiento acusatorio para ser válido?. Solo los datos personales del imputado. Datos personales, relación clara y precisa del hecho, fundamentos de la acusación, calificación legal y solicitud de apertura del juicio de responsabilidad. Solo la calificación legal de los hechos.

¿Quiénes podrán participar de la audiencia de debate en el juicio de responsabilidad penal de un menor?. Solo el Fiscal y el Juez. El Fiscal, el menor imputado con su defensor, responsables parentales, la víctima, equipo interdisciplinario y representantes del órgano de aplicación. El Fiscal, el Defensor y la víctima.

¿Qué derecho tendrá la víctima en el debate sobre el impacto del delito?. Solo a ser escuchada. A ser escuchada, pudiendo hacer uso de este derecho por escrito o por medios audiovisuales. A presentar pruebas.

¿En qué plazo máximo se dará lectura a la decisión del Juez o Tribunal después de terminado el debate?. Cinco días. Dos días. Veinticuatro horas.

¿Qué podrá contener la sentencia en el juicio de responsabilidad penal de un menor?. Solo la declaración de responsabilidad. Declarar la ausencia de responsabilidad penal y absolución, o declarar la responsabilidad y determinar medidas cautelares o socioeducativas. Solo la imposición de una pena.

¿Cuándo se procederá a la audiencia de determinación y aplicación de pena?. Antes de la audiencia de responsabilidad. En caso de sentencia firme de responsabilidad penal, a solicitud del Fiscal. Inmediatamente después del debate.

¿A qué se procederá si en los casos de adolescentes no punibles se da intervención al órgano administrativo de aplicación de la ley 12967?. A la detención inmediata del adolescente. A la adopción de medidas de protección, prácticas de justicia restaurativa y auto de sobreseimiento. A la apertura de un proceso penal.

¿En qué casos se procederá conforme a los artículos siguientes para adolescentes que no han alcanzado la edad mínima de responsabilidad penal?. En todos los casos. En casos con apariencia de delitos graves, comprobada la existencia del mismo y presumir probable participación del adolescente, o que involucren grave violencia o uso de arma. Solo si el delito es leve.

¿Qué podrá solicitar el Fiscal ante el Juez de la Investigación Penal Preparatoria Juvenil en la audiencia de atribución del hecho?. La inmediata detención del adolescente. La postulación de la existencia del hecho, la calificación legal y la intervención del adolescente. La absolución del adolescente.

¿Qué se debe ofrecer a la víctima en la audiencia de atribución del hecho?. Nada, ya que no es parte del proceso. Su derecho a ser escuchada con las garantías establecidas en la ley 14181. Una indemnización económica.

¿Qué se considerará si hay sospecha o indicios ciertos respecto de personas que pudieran relacionarse con la preparación o comisión de un hecho ilícito?. Que no es necesario actuar. Causa objetiva para la demora. Motivo para arrestar inmediatamente.

¿Cuál es el plazo máximo de demora permitido para una persona?. Tres horas. Seis horas corridas. Veinticuatro horas.

¿A quién se debe dar aviso inmediato en caso de demora de una persona?. Al fiscal de turno. Al Servicio Público Provincial de la Defensa Penal. A los familiares del demorado.

¿En qué lugares no podrán ser alojados los demorados trasladados a dependencias policiales?. En celdas comunes. En lugares destinados a los detenidos por delitos o contravenciones. En salas de espera.

¿Qué derecho tiene la persona demorada respecto a las comunicaciones?. Derecho a una llamada telefónica. Derecho a dos llamadas telefónicas. Derecho a comunicarse por video llamada.

¿Qué información deberá constar en el acta de demora?. Solo la hora de la detención. Causa de la demora, fecha, hora de la medida, firmada por el funcionario, demorado y dos testigos. El motivo por el cual se realizó la demora.

¿Cómo deberá actuar el personal interviniente durante un operativo de control?. Con rudeza y prepotencia. Con firmeza y respeto, identificándose ante los ciudadanos. Con indiferencia.

¿Cuándo se realizará un registro exhaustivo en automóviles durante un operativo?. Siempre. Cuando haya sospecha fundada de que en el mismo se esconden o transportan elementos relacionados con un delito. Solo si el conductor lo autoriza.

¿Qué se debe verificar en caso de motovehículos durante un operativo?. Solo la documentación del conductor. Documentación del conductor y acompañante, y especial atención a los elementos por ellos portados (mochilas, bolsos, etc.). Si el vehículo tiene seguro.

¿Cuál es el nuevo nombre de la Dirección General de Seguridad Vial?. Policía de Tránsito. Guardia Provincial. Agencia de Seguridad Vial.

¿Cuál es el enfoque de la nueva Guardia Provincial?. Centrarse en la siniestralidad vial y control de tránsito. Adoptar un perfil operativo-policial, enfocado en la prevención del delito en rutas y accesos. Principalmente en la fiscalización vehicular.

¿Cuáles son las principales funciones de la Guardia Provincial en cuanto al control territorial y patrullaje?. Vigilar rutas, caminos, pasos estratégicos, zonas limítrofes y corredores viales críticos, y establecer retenes y puntos de control. Solo patrullar las zonas urbanas. Inspeccionar solo vehículos de carga.

¿En qué áreas colabora la Guardia Provincial en investigaciones?. Solo en la búsqueda de prófugos. Participar en la búsqueda y captura de prófugos o personas desaparecidas, y coordinar con fuerzas federales o provinciales en operativos conjuntos. Solo en la coordinación de operativos.

¿En qué consiste la prevención de delitos complejos por parte de la Guardia Provincial?. Solo en la prevención del narcotráfico. Colaborar en la detección e investigación de delitos como narcotráfico, contrabando, trata de personas, y participar en la prevención del delito rural. Solo en la prevención del contrabando.

¿Qué programa se crea dentro de la Agencia Provincial de Seguridad Vial para fortalecerla?. Programa de Fortalecimiento Institucional. Programa de Capacitación Policial. Programa de Equipamiento de Seguridad.

¿Cuál es el objetivo del Programa de Fortalecimiento Institucional?. Formar agentes civiles especializados, incorporar nuevo personal civil y proveer equipamiento para la transición. Solo formar agentes especializados. Solo proveer equipamiento.

¿Qué artículo de la Constitución Provincial reconoce el derecho a la seguridad pública y ciudadana?. Artículo 25. Artículo 30. Artículo 10.

¿Cuáles son las fuerzas esenciales del Estado mencionadas en la Constitución Provincial?. La Policía y el Ejército. La Policía y el Servicio Penitenciario. La Policía y la Gendarmería.

¿Qué se establece respecto a las políticas de seguridad en la norma provincial?. Obliga al Ejecutivo a diseñarlas y ejecutarlas, y habilita a la ciudadanía a exigir su cumplimiento. Dejan la responsabilidad de las políticas de seguridad a la libre elección del gobierno. Permite a la ciudadanía elegir las políticas de seguridad.

¿En qué debe basarse la Provincia para promover políticas públicas integrales de seguridad?. Solo en la planificación estratégica. En la planificación estratégica, producción y análisis de información, evaluación de resultados, articulación con Nación y gobiernos locales, y participación comunitaria. Solo en la participación de la comunidad.

¿Quiénes son responsables del mantenimiento del orden, prevención del delito y actuación ante emergencias?. Solo la Policía. Las fuerzas de seguridad y demás órganos encargados de la seguridad ciudadana. El Ministerio Público.

¿Qué debe garantizar la Provincia respecto a las fuerzas de seguridad?. Solo la capacitación inicial. La capacitación continua y la profesionalización, así como promover políticas de integridad, transparencia y rendición de cuentas. Solo la profesionalización.

¿Quién ejerce el monopolio de la fuerza?. La Policía. La Provincia. El Ejército.

¿Qué implica la declaración del Ministerio Público de la Acusación (MPA) como extrapoder?. Que depende directamente del Poder Ejecutivo. Implica presupuesto propio, administración autónoma y un régimen de traspaso de personal que protege sedes, jerarquías y remuneraciones. Que sus designaciones son políticas.

¿Quiénes se componen el Ministerio Público?. El Ministerio Público de la Acusación y el Ministerio Público de la Defensa. El Fiscal General y el Defensor General. El Poder Judicial y el Ministerio Público.

¿Cuál es la función principal del Ministerio Público de la Acusación (MPA)?. Garantizar el acceso a la justicia. Diseñar, planificar y ejecutar la política de persecución penal, y defender los intereses de las víctimas. Proporcionar asistencia jurídica integral.

¿Cuál es la función principal del Ministerio Público de la Defensa (MPD)?. Ejercer la acción penal pública. Garantizar el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral a quienes lo necesiten. Investigar delitos.

¿Cómo son designados el fiscal general y el defensor general?. Por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa. Por elección popular directa. Por el Poder Judicial.

¿Cuánto tiempo duran en el cargo el fiscal general y el defensor general, si conservan su idoneidad?. Cinco años. Diez años. Hasta cumplir 75 años de edad.

¿Quiénes remueven al fiscal general y al defensor general?. El Poder Ejecutivo. La Asamblea Legislativa, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros. El Tribunal Supremo de Justicia.

¿Cuáles son las causales de remoción para el fiscal general y el defensor general?. Mal desempeño de sus funciones o comisión de delito doloso. Falta de acuerdo con el Poder Ejecutivo. Edad avanzada.

¿Bajo qué condiciones gozan de inamovilidad los fiscales y defensores?. Mientras conserven su idoneidad física, intelectual y ética y el buen desempeño de sus funciones. Por un período fijo de cinco años. Mientras no cometan delitos.

¿Cuándo cesan de pleno derecho en sus cargos los fiscales y defensores?. Al cumplir 70 años de edad. Al cumplir setenta y cinco años de edad. Al cumplir 65 años de edad.

¿De qué derecho goza toda persona respecto a su libertad personal?. Derecho a ser privado de ella en cualquier momento. Derecho a la libertad personal y a no ser privado de ella ni restringido su ejercicio, sino por disposición de autoridad competente. Derecho a la libertad personal solo si no comete delitos.

¿En caso de detención, a quién se debe dar aviso inmediato?. Al fiscal. A un juez, para que revise la medida en el plazo máximo de 24 horas. A la familia del detenido.

¿Cuál es el plazo máximo de incomunicación de una persona detenida?. Veinticuatro horas. Cuarenta y ocho horas, salvo resolución judicial. Indefinido si hay riesgo para la investigación.

¿Quedan prohibidos la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes?. Solo si la persona es menor de edad. Sí, quedan prohibidos, al igual que cualquier otra forma de violencia sobre las personas sometidas a privación o restricción de su libertad ambulatoria. Solo si no hay pruebas en contra del detenido.

¿En qué casos se puede efectuar registros, inspecciones o secuestros en un domicilio?. En cualquier momento. Solo en los casos y en las condiciones que fije la ley. Si hay sospecha de un delito.

¿Cuál es la pena para la contravención de ebriedad escandalosa (Art. 89)?. Arresto hasta treinta días. Arresto hasta quince días. Multa de hasta 5 'jus'.

¿Cuál es el plazo máximo de internación para el tratamiento de ebrios habituales?. Noventa días. Treinta días. Quince días.

¿Qué se sanciona en el Art. 84 bis (Acoso Sexual Callejero)?. Cualquier acto de naturaleza sexual. Actos de naturaleza sexual en espacios públicos que hostiguen a la víctima sin consentimiento, creando un ambiente de intimidación u ofensivo. El acoso sexual solo si es delito.

¿Cuáles son las posibles sanciones para el acoso sexual callejero (Art. 84 bis)?. Arresto hasta quince días. Multa de 1 a 5 unidades 'jus' y/o realización de curso presencial sobre violencia de género. Solo inhabilitación para conducir.

¿Qué define la conducción peligrosa (Art. 105)?. Conducir un vehículo a cualquier velocidad. Circular en lugares poblados de forma que ponga en riesgo la seguridad pública, conducir sin habilidad, o con exceso de velocidad. Conducir vehículos de noche.

¿Cuál es la pena base para la conducción peligrosa?. Arresto hasta 30 días y multa de hasta 6 'jus'. Arresto hasta 15 días y multa de hasta 3 'jus'. Inhabilitación para conducir por 90 días.

¿Cómo se agrava la pena en casos de conducción peligrosa si el infractor está ebrio?. Se duplica la multa. Se incrementa a arresto hasta 30 días y multa hasta 6 'jus'. Se aplica solo inhabilitación para conducir.

¿Cuáles son los requisitos indispensables en el procedimiento policial según el Art. 10 bis de la LOP, salvo los casos de flagrancia?. Detener o restringir la libertad corporal de las personas sin orden de autoridad competente. El personal policial no podrá detener o restringir la libertad corporal de las personas sin orden de autoridad competente. Pedir permiso a la persona antes de detenerla.

¿Qué se considera flagrancia según el Art. 213° CPP?. Que el sospechoso esté cerca del lugar del delito. Que el presunto autor sea sorprendido en el momento de intentar o cometer el hecho, o sea indicado por víctima/tercero, o aparezca en registro audiovisual inmediatamente después, o tenga objetos/rastros, o se fugue de un establecimiento penitenciario. Que haya testigos del hecho.

¿Por cuánto tiempo podrán ser demoradas las personas en el lugar o dependencia policial hasta constatarse su identidad?. Por un máximo de tres horas. Por un máximo de seis horas corridas. Hasta que se constate la identidad sin límite de tiempo.

¿Qué deben adoptar las autoridades para preservar la integridad de las personas y del personal actuante durante un procedimiento?. Solo medidas de seguridad básica. Todas las medidas de seguridad necesarias. No se requieren medidas de seguridad especiales.

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