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Título del Test:
protocolos

Descripción:
repaso temas

Fecha de Creación: 2026/01/25

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30

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La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue proclamada en: 1956 en Roma. 1939 en Nueva York. 1948 en París. 1978 en Ginebra.

El artículo 10.1 de la Constitución Española se centra principalmente en: La organización del sistema educativo. La dignidad de la persona y los derechos inviolables. El derecho a la educación. La convivencia escolar.

El Plan Estratégico de Convivencia Escolar es elaborado por: Los centros educativos. Las comunidades autónomas. El Ministerio de Educación. El Consejo Escolar del Estado.

El Plan Estratégico de Convivencia Escolar va de lo más abstracto a lo más concreto en: 2 niveles. 3 pasos. 4 fases. 5 dimensiones.

¿Cuál de los siguientes documentos es el más abstracto?. LOMLOE. Plan de Convivencia. Declaración Universal de los Derechos Humanos. RRI.

Los observatorios para la convivencia son: Órganos disciplinarios. Equipos de intervención directa. Órganos permanentes de observación y asesoramiento. Equipos directivos.

Una función principal de los observatorios es: Sancionar al alumnado. Intervenir en las aulas. Obtener datos objetivos sobre la convivencia. Elaborar el RRI.

Los observatorios para la convivencia son órganos: Exclusivos de educación. Temporales. Interdepartamentales. Unipersonales.

Los observatorios NO tienen como función: Asesorar a la comunidad educativa. Difundir datos sobre convivencia. Intervenir directamente en las aulas. Formular iniciativas de mejora.

El registro de incidencias tiene un carácter: Disciplinario. Jurídico. Estadístico y preventivo. Punitivo.

¿Quién debe rellenar el registro de incidencias?. El tutor del grupo. El profesorado implicado. El orientador. El equipo directivo.

El registro de incidencias es: Público. Nominal. Anónimo. Voluntario.

Uno de los objetivos del registro de incidencias es: Castigar al alumnado. Adaptar las líneas de intervención a la realidad. Informar a las familias. Elaborar el RRI.

El registro central de incidencias permite: Solo análisis cuantitativo. Solo análisis cualitativo. Análisis cuantitativo y cualitativo. Análisis jurídico.

¿Cuál de los siguientes NO es un dato identificativo del registro?. Fecha de registro. Número de incidencia. Colectivos afectados. Nombre del alumno.

Las incidencias se tipifican como: Leves y graves. Leves, graves y muy graves. Simples y complejas. Académicas y disciplinarias.

La difusión de imágenes con insultos o palizas se considera: Falta leve. Conducta contraria a la convivencia. Conducta muy grave. Incidencia administrativa.

Los protocolos de actuación tienen una función principalmente: Sancionadora. Judicial. Orientativa. Evaluadora.

En Andalucía, las unidades especializadas se denominan: UEO. EOE. UDI. EOEP.

Las unidades especializadas se activan: Siempre automáticamente. Por decisión del claustro. A solicitud del centro y aprobación del inspector. Por las familias.

Estas unidades pueden actuar de oficio cuando: Lo solicite el tutor. Exista denuncia o situación grave. Haya bajo rendimiento. Lo decida el alumnado.

¿Cuál de los siguientes perfiles NO forma parte de las UEO?. Trabajo social. Audición y lenguaje. Abogacía. Orientación educativa.

El documento más amplio es: RRI. NOFC. Plan de Convivencia. Reglamento autonómico.

El RRI se define como: Documento pedagógico. Norma interna del centro. Instrumento estadístico. Protocolo de intervención.

El Plan de Convivencia tiene como objetivo principal: Sancionar conductas. Prevenir conflictos y gestionarlos pacíficamente. Controlar al alumnado. Evaluar al profesorado.

El Plan de Convivencia debe incluir: Solo medidas disciplinarias. Solo medidas preventivas. Diagnóstico, medidas, seguimiento y evaluación. Únicamente el RRI.

El coordinador de igualdad y convivencia actualmente se denomina: Coordinador pedagógico. Tutor de convivencia. Coordinador de bienestar y protección. Inspector educativo.

Esta figura fue introducida por: LOE 2006. LOMLOE y Ley 8/2021. Constitución Española. Plan Director.

Todos los centros educativos deben contar con esta figura: Solo los públicos. Solo los concertados. Solo los de secundaria. Independientemente de su titularidad.

El orden correcto de organización de los elementos es: Observatorio – Normativa – RRI – Unidades. Normativa – Observatorio – Unidades – Planes de convivencia/RRI. RRI – Normativa – Observatorio – Unidades. Unidades – Observatorio – Normativa – RRI.

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