Este seguro cubre daños o pérdidas a los bienes asegurados por incendio, rayo, explosión. V F. Este seguro no cubre colisión de vehículos terrestres o embarcaciones acuáticas. F V. Este seguro no cubre caída de aviones u otras naves aéreas o sus partes. F V. Este seguro cubre terremoto y erupción volcánica. V F. Este seguro no cubre inundación. F V. Este seguro cubre hundimiento de terreno, corrimiento de tierra y caída de rocas. V F. Este seguro cubre daños o pérdidas causados directa o indirectamente y/u ocurridos o
agravados por guerra, invasión, actividades de enemigos extranjeros. F V. Este seguro no cubre daños o pérdidas causados directa o indirectamente y/u ocurridos o
agravados por reacción nuclear, radiación nuclear o contaminación radioactiva. V F. Este seguro no cubre heladas o aludes. F V. Este seguro cubre daños o costes causados por dilatación o contracción de los bienes
asegurados a consecuencia de fluctuaciones de temperatura. F V. Este seguro no cubre daños directa o indirectamente causados por acto intencional o
negligencia manifiesta del asegurado o sus representantes. V F. El Asegurado, por cuenta propia, tomará todas las precauciones razonables y cumplirá con
las recomendaciones hechas por la compañía de seguros con el objeto de prevenir pérdidas o
daños. V F. Una vez notificado el siniestro por parte del Asegurado, podrá realizar reparaciones o
reemplazos de pérdidas de menor cuantía. V F. Este seguro puede terminarse, a petición del Asegurado, en cualquier momento. V F. Si la suma asegurada es inferior al valor de reposición del bien asegurado, se considera un
supraseguro. F V. Si la suma asegurada es superior al valor de reposición del bien asegurado, se considera un
infraseguro. F V. La compañía de seguros indemnizará al asegurado en la forma y hasta los límites estipulados,
los daños o pérdidas, ocurridos durante el periodo del seguro o durante otros periodos
sucesivos por los que el asegurado abonó la prima correspondiente. V F. Este seguro cubre explosión. V F. Este seguro se extiende a cubrir errores de diseño, defectos de construcción, fundición, por
medio de una cobertura adicional. V F. En caso de siniestro, los gastos adicionales generados por tiempo extra, trabajo nocturno y en
días festivos, se cubre sin pedir el endoso respectivo. F V. Este seguro no cubre daños o pérdidas de los bienes asegurados por humo, hollín, gases,
líquidos o polvos corrosivos. F V. Se cubre huelga, motín, asonada, conmoción civil y actos mal intencionados mediante endoso
a la póliza. V F. Este seguro no cubre daños o pérdidas, ocurridos o agravados por el asegurado, al no
mantener los bienes asegurados en buen estado. V F. Cuando existe infraseguro se aplica la regla proporcional. V F. El Asegurado está en la obligación a dar aviso del siniestro dentro de los cinco (5) días
posteriores en que tuvo conocimiento del mismo. F V. El Asegurado está en la obligación a dar aviso del siniestro dentro de los tres (3) días
posteriores en que tuvo conocimiento del mismo. V F. Este seguro cubre daños o pérdidas que sean causados por dilatación o contracción de los
bienes asegurados a consecuencia de fluctuaciones de temperatura. F V. El seguro de obra civil terminada pertenece al ramo de incendio. F V.
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