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Fecha de Creación: 2026/06/03

Categoría: Otros

Número Preguntas: 33

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1. 2. 1.

Según la normativa vigente, ¿qué define el marco orgánico y funcional para la protección de personas y bienes en caso de grave riesgo?. Las tácticas operativas de intervención inmediata. Los planes de protección civil de las administraciones. Los protocolos de actuación del sistema SOS-Deiak. Los catálogos de medios y recursos de emergencias.

¿Qué instrumentos se consideran útiles para la planificación en protección civil a los efectos de la integración del sistema de atención de emergencias según el texto?. Los planes de autoprotección y las tácticas operativas. Los planes especiales y los procedimientos de actuación. Los mapas de riesgos y los planes de actuación municipal. Los planes territoriales y los catálogos de recursos.

En la elaboración de los planes, ¿qué característica debe regir su redacción técnica?. Una descripción exhaustiva de los recursos materiales. Claridad y economía expresiva conforme a un léxico único. Una separación absoluta entre los anexos y el cuerpo del plan. Una estructura rígida adaptada a cada municipio afectado.

¿A quién corresponde la aprobación del Plan Territorial de Protección Civil de Euskadi?. La persona titular del Departamento de Seguridad competente en Seguridad Publica. Al Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejera de Seguridad. A la Comisión de Protección Civil de Euskadi en pleno. Al Lehendakari previo informe del Consejo de Seguridad.

¿Qué órgano es competente para la homologación de los planes especiales previstos en la normativa básica estatal?. La Comisión de Protección Civil de la Comunidad Autónoma. La Comisión Estatal de Protección Civil. El Consejo de Gobierno del País Vasco por decreto oficial. La Secretaría de la Comisión de Protección Civil de Euskadi.

¿A qué órgano serán remitidos los planes para que sean informados o en su caso homologados?. A la Secretaría de la Comisión de Protección Civil de Euskadi. A la Comisión Estatal de Protección Civil de la Administración. Al Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejera de Seguridad. Al Centro de Coordinación de Emergencias SOS-Deiak del Gobierno.

El organo competente para la homolgación del Plan de Proteccion Civil de Euskadi es: La comision Estatal de Proteccion Civil. La comision de Proteccion Civil de Euskadi. La comision de Proteccion Civil de las Diputaciones Forales. El consejo de Gobierno a propuesta de la Consejera de Seguridad.

Los Planes Territoriales municipales y forales, y los planes especiales no previstos en la Norma Basica Estatal seran homolgados. La Comision Estatal de Proteccion Civil. La comision de Proteccion Civil de Euskadi. La comision de Proteccion Civil de las Diputaciones Forales. El consejo de Gobierno a propuesta de la Consejera de Seguridad.

Se considera que los planes sujetos a homologación por la Comisión de Euskadi no seran de aplicación hasta tanto no se produzca su homologación expresa o táctica: Por el transcurso de tres meses desde la fecha de presentación. Por un mes desde su presentación en el registro correspondiente. Hasta el momento de su publicación obligatoria en el BOPV. Por el transcurso de cinco meses desde su publicación en el BOPV.

Si un plan territorial municipal no es homologado por deficiencias técnicas, ¿qué plan será de aplicación?. Las tácticas operativas de los servicios ordinarios. El plan territorial de ámbito superior más amplio. El plan de autoprotección del riesgo más significativo. El protocolo de actuación del centro SOS-Deiak.

La vigencia de los planes es: Indefinida, sin perjuicio de las actualizaciones y modificaciones que procedan. 5 años, sin perjuicio de las actualizaciones y modificaciones que procedan. 10 años, sin perjuicio de las actualizaciones y modificaciones que procedan. 3 años, sin perjuicio de las actualizaciones y modificaciones que procedan.

¿Qué fase corresponde normalmente a circunstancias asociadas a fenómenos naturales con previsión meteorológica, pero que también pueden producirse en otros ámbitos, tanto tecnológicos como antrópicos.?. Fase de Recuperación. Fase de Alerta. Situación 0 de Emergencia. Situación 1 de Emergencia.

¿Qué fase responde a escenarios con previsiones de emergencias no manifestadas, pero que dadas las circunstancias y en caso de una evolución desfavorable, es posible su desencadenamiento?. Fase de Recuperación. Fase de Alerta. Situación 0 de Emergencia. Situación 1 de Emergencia.

En las Fases de Emergencia, ¿qué define el inicio de la intervención de los servicios?. La previsión meteorológica de carácter muy adverso. La existencia de daños o incidentes que precisen la intervención de servicios. La convocatoria obligatoria del Consejo Asesor del Plan. El aviso a la población mediante sistemas acústicos.

¿Que fase corresponde a escenarios en los que ya se han producido daños o incidentes que precisan de la intervención de servicios integrados en el Sistema Vasco de Atención de Emergencias?. Fase de Alerta. Fase de Emergencia. Fase de Recuperación. Fase de Prealarma.

Quedan incluidas en esta fase aquellos escenarios que la gravedad de las previsiones hagan preciso la adopción de medidas extraordinarias, tales como la interrupción de servicios públicos, requisa de medios, privación de derechos,... Fase de Alerta. Fase de Emergencia. Fase de Recuperación. Fase de Prealarma.

¿Qué situación describe emergencias de ámbito municipal controladas mediante respuesta local o foral?. Situación 0. Situación 1. Situación 2. Situación 3.

¿Cuándo se incluyen en la fase de emergencia escenarios donde aún no hay daños producidos?. Cuando se active el interés supraautonómico del Estado. Cuando la gravedad haga precisas medidas extraordinarias. Siempre que se prevea la activación de medios forales. En ningún caso, la fase de emergencia requiere daños reales.

¿Qué función realiza el Plan Territorial de Euskadi durante la Situación 0?. Dirección única de todos los medios y recursos locales. Seguimiento, evaluación y garantía de apoyos necesarios. Movilización obligatoria de todos los grupos de acción. Transferencia inmediata del mando a la autoridad estatal.

¿En qué situación el Plan Territorial de Protección Civil de Euskadi realiza funciones de seguimiento y evaluación y garantiza, en su caso, a las direcciones de los planes municipales y forales la prestación de los apoyos correspondientes.?. Situación 0. Situación 1. Situación 2. Situación 3.

¿Qué situación supone una interfase que permite la integración de los mencionados planes locales y forales en el Plan Territorial de Protección Civil de Euskadi caso de que la situación, al complicarse, lo requiriera?. Situación 0. Situación 1. Situación 2. Situación 3.

Dentro de esta situación también se enmarcan escenarios de post-emergencias en los que la situación no es lo suficientemente estable como para declarar el fin de la emergencia y su consiguiente paso a la fase de recuperación. Situación 0. Situación 1. Situación 2. Situación 3.

¿Qué situación se considera también una interfase?. Situación 0. Situación 1. Situación 2. Situación 3.

Se trata de emergencias que tienen una afectación del territorio limitada con población, bienes o medio ambiente en situación moderadamente vulnerable. Situación 0. Situación 2. Situación 1. Situación 3.

Puede requerirse una respuesta coordinada por parte de las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma, ya por afectar a más de un municipio, ya por ser precisa la activación de medios y recursos propios o asignados al Plan Territorial de Protección Civil de Euskadi. Situación 0. Situación 1. Situación 2. Situación 3.

Se trata de emergencias que, por su naturaleza, gravedad o extensión del riesgo, sobrepasan las posibilidades de respuesta de las administraciones municipales y forales. Situación 0. Situación 1. Situación 2. Situación 3.

¿Cuándo se considera que una emergencia entra en Situación 2?. Cuando afecta a más de un municipio de un mismo territorio. Cuando sobrepasa las posibilidades de respuesta de administraciones locales. Cuando se declara el interés supraautonómico de la zona. Siempre que se movilicen medios de la administración estatal.

Son situaciones muy graves que afectan de forma intensa a la población, sus bienes o el medio ambiente, o pudieran afectarlos de existir incertidumbre sobre su evolución. Situación 0. Situación 1. Situación 2. Situación 3.

Situaciones en las que esté presente el interés supraautonómico conforme a lo previsto en la Norma Básica de Protección Civil. Situación 0. Situación 1. Situación 2. Situación 3.

¿Qué define a la Situación 3 según el marco operativo de protección civil?. La declaración de zona catastrófica por el Gobierno Vasco. La presencia del interés supraautonómico del Estado. El agotamiento total de los recursos operativos de Euskadi. La necesidad de ayuda internacional coordinada por el plan.

¿En qué momento se da por finalizada la fase de emergencia?. Al iniciarse las tareas de realojo y apoyo psicológico. Cuando no existen posibilidades significativas de reactivación. Al activarse el CECOPI con la autoridad estatal presente. Cuando se movilizan los servicios ordinarios de limpieza.

¿Cuando deben comenzar los trabajos de atención a las víctimas, realojo de las mismas, apoyo psicológico, atención sanitaria, etc.?. Una vez controlado el foco de la emergencia. Desde los primeros momentos de la emergencia. Horas después de haber controlado el foco de la emergencia. Inmediatamente después de haber controlado el foco de la emergencia.

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