R. 17/ 2015 VOL 4
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Título del Test:![]() R. 17/ 2015 VOL 4 Descripción: TEST DE APRENDIZAJE |




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Prever los riesgos colectivos mediante acciones dirigidas a conocerlos anticipadamente y evitar que se produzcan o, en su caso, reducir los daños que de ellos puedan derivarse. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Planificar los medios y medidas necesarias para afrontar las situaciones de riesgo. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Llevar a cabo la intervención operativa de respuesta inmediata en caso de emergencia. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Adoptar medidas de recuperación para restablecer las infraestructuras y los servicios esenciales y paliar los daños derivados de emergencias. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Efectuar una coordinación, seguimiento y evaluación del Sistema para garantizar un funcionamiento eficaz y armónico del mismo. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Las actuaciones del Sistema se regirán por los: principios de. El Mapa Nacional de Riesgos de Protección Civil, como instrumento que permite identificar las áreas geográficas susceptibles de sufrir daños por emergencias o catástrofes. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Los catálogos oficiales de actividades que puedan originar una emergencia de protección civil, incluyendo información sobre los centros, establecimientos y dependencias en que aquéllas se realicen, en los términos que reglamentariamente se establezcan. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. El registro informatizado de los planes de protección civil, que los integrará a todos en los términos que reglamentariamente se establezcan. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Los catálogos de recursos movilizables, entendiendo por tales los medios humanos y materiales, gestionados por las Administraciones Públicas o por entidades de carácter privado, que puedan ser utilizados por el Sistema Nacional de Protección Civil en caso de emergencia, en los términos previstos en esta ley y que reglamentariamente se establezcan. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. El Registro Nacional de Datos sobre Emergencias y Catástrofes, que incluirá información sobre las que se produzcan, las consecuencias y pérdidas ocasionadas, así como sobre los medios y procedimientos utilizados para paliarlas. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Cualquier otra información necesaria para prever los riesgos de emergencias y facilitar el ejercicio de las competencias de las Administraciones Públicas en materia de protección civil, en los términos que reglamentariamente se establezcan. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Sabemos que la Todas las gestiones corresponden al Gobierno, pero en este caso se gestiona por el Ministro de interior a través del centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Red de alerta nacional de protección civil. Red nacional de información. Norma básica de protección civil. Consejo de seguridad de protección civil y emergencias. A parte de la gestión por el Ministro del interior, quien más gestiona la Red nacional de información ?. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. ¿ Quién elaborará previo acuerdo del Consejo nacional de protección civil, un plan nacional de interconexión de información de emergencias que permita la comunicación ágil entre las diferentes Administraciones públicas y la eficacia en la gestión, coordinación y seguimiento de las emergencias ?. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Divulgar periódicamente datos y estadísticas sobre emergencias y evaluar la conveniencia y forma de utilización de las redes sociales ante una emergencia de protección civil. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Actuar como Centro de Coordinación Operativa en las emergencias de interés nacional. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Actuar como punto de contacto para la comunicación e intercambio de información con los órganos de la Unión Europea, en el marco del Mecanismo de Protección Civil de la Unión y otros organismos internacionales, así como con los órganos homólogos de otros países con los que España haya establecido un Convenio o Tratado de cooperación en materia de protección civil. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Canalizar la información que deberán proporcionar los ciudadanos y las entidades públicas y privadas en los términos establecidos en esta ley. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. Análisis de peligrosidad, vulnerabilidad y riesgos. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Fondo de prevención de emergencias de protección civil. Mapas de riesgos de protección civil. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Fondo de prevención de emergencias de protección civil. Programas de sensibilización e información preventiva a los ciudadanos. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Fondo de prevención de emergencias de protección civil. Programas de educación para la prevención en centros escolares. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Fondo de prevención de emergencias de protección civil. El Ministerio del Interior podrá suscribir instrumentos de colaboración con otros departamentos ministeriales, con otras Administraciones Públicas y con entidades públicas o privadas, para la realización de las actividades recogidas en este capítulo, que serán financiadas total o parcialmente con cargo en: El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Sistema nacional de protección civil. Consejo nacional de protección civil. Fondo de prevención de emergencias de protección civil. COMPETENCIAS. GOBIERNO. MINISTRO DEL INTERIOR. COMPETENCIAS. GOBIERNO. MINISTRO DEL INTERIOR. En caso de Emergencia de interés nacional ¿ Quien asumirá la dirección operativa ?. Las fuerzas armadas. La unidad militar de emergencias. Ministro del interior. Gobierno. En caso de Emergencia de interés nacional la UME asumirá la dirección operativa pero en todo caso, bajo el mando de ?. Las fuerzas armadas. La unidad militar de emergencias. Ministro del interior. Gobierno. ¿ Quien actuará como Comité Español de la Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres de las Naciones Unidas ?. El centro nacional de seguimiento y coordinación de emergencias de protección civil. Ministro del interior. Consejo nacional de protección civil. Red nacional de información. El incumplimiento de las obligaciones derivadas de los planes de protección civil, cuando suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes. Infracciones muy graves. Infracciones graves. Infracciones leves. Ninguna es correcta. En las emergencias declaradas, el incumplimiento de las órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos efectuados por los titulares de los órganos competentes o los miembros de los servicios de intervención y asistencia, así como de los deberes de colaboración a los servicios de vigilancia y protección de las empresas públicas o privadas¸ cuando suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes. Infracciones muy graves. Infracciones graves. Infracciones leves. Ninguna es correcta. 7.7 Efectuar a su cargo la instalación y el mantenimiento de los sistemas de generación de señales de alarma a la población, en las áreas que puedan verse inmediatamente afectadas por las emergencias de protección civil que puedan generarse por el desarrollo de la actividad desempeñada cuando suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes. Infracciones muy graves. Infracciones graves. Infracciones leves. Ninguna es correcta. Los titulares de centros, establecimientos y dependencias, en los que se realicen actividades previstas en el artículo 9.2.b) que puedan originar emergencias, deberán informar con regularidad suficiente a los ciudadanos potencialmente afectados acerca de los riesgos y las medidas de prevención adoptadas, y estarán obligados a:. a) Comunicar al órgano que se establezca por la administración pública en cada caso competente, los programas de información a los ciudadanos puestos en práctica y la información facilitada cuando suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes. Infracciones muy graves. Infracciones graves. Infracciones leves. Ninguna es correcta. Los titulares de centros, establecimientos y dependencias, en los que se realicen actividades previstas en el artículo 9.2.b) que puedan originar emergencias, deberán informar con regularidad suficiente a los ciudadanos potencialmente afectados acerca de los riesgos y las medidas de prevención adoptadas, y estarán obligados a:. a) Comunicar al órgano que se establezca por la administración pública en cada caso competente, los programas de información a los ciudadanos puestos en práctica y la información facilitada cuando no suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes. Infracciones muy graves. Infracciones graves. Infracciones leves. Ninguna es correcta. 7.7 Efectuar a su cargo la instalación y el mantenimiento de los sistemas de generación de señales de alarma a la población, en las áreas que puedan verse inmediatamente afectadas por las emergencias de protección civil que puedan generarse por el desarrollo de la actividad desempeñada cuando no suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes. Infracciones muy graves. Infracciones graves. Infracciones leves. Ninguna es correcta. 7.7 Garantizar que esta información sea plenamente accesible a personas con discapacidad de cualquier tipo cuando suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes. Infracciones muy graves. Infracciones graves. Infracciones leves. Ninguna es correcta. 7.7 Garantizar que esta información sea plenamente accesible a personas con discapacidad de cualquier tipo cuando no suponga una especial peligrosidad o trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes. Infracciones muy graves. Infracciones graves. Infracciones leves. Ninguna es correcta. 7.7 Los medios de comunicación están obligados a colaborar de manera gratuita con las autoridades en la difusión de las informaciones preventivas y operativas ante los riesgos y emergencias en la forma que aquéllas les indiquen y en los términos que se establezcan en los correspondientes planes de protección civil cuando suponga una especial trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes. Infracciones muy graves. Infracciones graves. Infracciones leves. Ninguna es correcta. 7.7 Los medios de comunicación están obligados a colaborar de manera gratuita con las autoridades en la difusión de las informaciones preventivas y operativas ante los riesgos y emergencias en la forma que aquéllas les indiquen y en los términos que se establezcan en los correspondientes planes de protección civil cuando no suponga una especial trascendencia para la seguridad de las personas o los bienes. Infracciones muy graves. Infracciones graves. Infracciones leves. Ninguna es correcta. Infracciones. La comisión de una segunda infracción grave en plazo de un año. La comisión de una segunda infracción leve el plazo de un año. La comisión de una segunda infracción leve agrava la pena a grave ¿ Que requisito es necesario ?. que sea en el plazo de un año. que sea el plazo de dos meses. que sea en el plazo de cuatro años. que sea tipificada. La comisión de una segunda infracción grave agrava la pena a muy grave ¿ Que requisito es necesario ?. que sea en el plazo de un año. que sea el plazo de dos meses. que sea en el plazo de cuatro años. que sea tipificada. VS. Anticipación. Prevención. VS. PREVENCIÓN. ANTICIPACION. VS. RED NACIONAL DE INFORMACION. FONDO DE PREVENCION DE EMERGENCIAS. Donde se encuentran " EL REGISTRO INFORMATIZADO DE PLANES DE PROTECCION CIVIL ". RED NACIONAL DE INFORMACION. FONDO DE PREVENCION DE EMERGENCIAS. Donde se encuentran " PROGRAMAS DE SENSIBLIZACION E INFORMACION PREVENTIVA A LOS CIUDADANOS ". RED NACIONAL DE INFORMACION. FONDO DE PREVENCION DE EMERGENCIAS. Donde se encuentran " ANALISIS DE PELIGROSIDAD, VULNERABILIDAD Y RIESGOS. ". RED NACIONAL DE INFORMACION. FONDO DE PREVENCION DE EMERGENCIAS. Excepcionalmente, en supuestos de amenaza inminete. ¿ Que se podrá adoptar ?. Una serie de medidas provisionales. Una serie de medidas definitivas. Una seria de mediddas coercitivas. Una serie de medidas de ejecución forzoza. Las medidas provisionales en los supuestos de AMENAZA INMINENTE para personas o bienes.¿ Por quién podrán ser adoptadas ?. Por las autoridades competentes en materia de protección civil. Por el Gobierno, siempre. Por el Ministro de Interior. Por las autoridades competentes en materia que corresponda. Las medidas provisionales en caso de AMENAZA INMINENTE para personas o bienes. ¿ Cuando podrán ser ratificadas, modificadas o revocadas ?. En el plazo máximo de quince días. En el plazo de veinte días. En el plazo máximo de 10 días. En el plazo máximo de cinco días. Excepcionalmente, en los supuestos de amenaza inminente para personas o bienes, las medidas provisionales previstas en el apartado 2 del presente artículo podrán ser adoptadas por las autoridades competentes en materia de protección civil con carácter previo a la iniciación del procedimiento, debiendo ser ratificadas, modificadas o revocadas en el acuerdo de incoación en el plazo máximo de quince días. ¿ CUANDO QUEDARÁN SIN EFECT DICHAS MEDIDAS ?. Si transcurrido el plazo, no se incoa el procedimiento o el acuerdo de incoación no contiene pronunciamiento expreso acerca de las mismas. Si transcurrido el plazo, se incoa el procedimiento o el acuerdo de incoación no contiene pronunciamiento expreso acerca de las mismas. Si transcurrido el plazo, se incoa el procedimiento o el acuerdo de incoación no contiene pronunciamiento acerca de las mismas. Si transcurrido el plazo,no se incoa el procedimiento o el acuerdo de incoación contiene pronunciamiento expreso acerca de las mismas. Las medidas provisionales. El depósito en lugar seguro de los instrumentos o efectos utilizados para la comisión de las infracciones y, en particular, de objetos o materias peligrosas. El depósito en lugar de los instrumentos o efectos utilizados para la comisión de las infracciones y, en particular, de objetos o materias peligrosas. El depósito en lugar seguro de los instrumentos o efectos utilizados para la comisión de las infracciones y, en particular, de objetos o materias altamente peligrosas. El depósito en lugar de los instrumentos o efectos utilizados para la comisión de las infracciones y, en particular, de objetos o materias altamente peligrosas. Las medidas provisionales. La adopción de medidas de seguridad de las personas, bienes, establecimientos o instalaciones que se encuentren amenazados, a cargo de sus titulares. La adopción de medidas de seguridad de establecimientos o instalaciones que se encuentren en peligro, a cargo de sus titulares. La adopción de medidas de seguridad de bienes, establecimientos o instalaciones que no se encuentren amenazados, a cargo de sus titulares. La adopción de medidas de extraordinarias de las personas, bienes, establecimientos o instalaciones que se encuentren amenazados, a cargo de sus titulares. Las medidas provisionales. La suspensión o clausura preventiva de fábricas, locales o establecimientos. La suspensión o clausura definitiva de fábricas, locales o establecimientos. La suspensión o clausura permanente de fábricas, locales o establecimientos. La suspensión o clausura de fábricas, locales o establecimientos. Las medidas provisionales. La suspensión o clausura preventiva de fábricas. La suspensión o clausura preventiva de locales. La suspensión o clausura preventiva de establecimientos. Todas son correctas. Medidas provisionales. La suspensión parcial o total de las actividades en los establecimientos que sean notoriamente vulnerables y no tengan en funcionamiento los Planes de Autoprotección o las medidas de seguridad necesarias. La suspensión parcial o total de las actividades en los establecimientos que sean altamente vulnerables y no tengan en funcionamiento los Planes de Autoprotección o las medidas de seguridad necesarias. La suspensión parcial de las actividades en los establecimientos que sean notoriamente vulnerables y no tengan en funcionamiento los Planes de Autoprotección o las medidas de seguridad necesarias. La suspensión total de las actividades en los establecimientos que sean notoriamente vulnerables y no tengan en funcionamiento los Planes de Autoprotección o las medidas de seguridad necesarias. La formación de los recursos humanos. La formación de protección civil tendrá: el reconocimiento oficial del sistema educativo y de la formación profesional para el empleo, en el marco del sistema nacional de cualificacione y formación profesional. el reconocimiento del sistema nacional y de la formacion profesional en protección civil, en el marco del sistema nacional de cualificacione y formación profesional. el reconocimiento del instituto de crédito oficial y del Instituto nacional para el empleo, en el marco del sistema nacional de cualificacione y formación profesional. el reconocimiento oficial del Instituo nacional de empleo y del Sistema Educativo, en el marco del sistema nacional de cualificacione y formación profesional. La formación en protección civil tendrá el reconocimiento oficial del sistema educativo y de la formación profesional para el empleo, en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, en los términos establecidos . Marque la correcta. por el Gobierno, a propuesta de los Ministerios competentes. por el las Autoridades competentes. legalemente. legalmente por el Gobierno. |