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R.D. 1890/2008 efici. ener. alum. ext. ITC-EA-03 Test 01

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Título del Test:
R.D. 1890/2008 efici. ener. alum. ext. ITC-EA-03 Test 01

Descripción:
R.D. 1890/2008 eficiencia ener. alumbrado ext. ITC-EA-03 Test 01

Fecha de Creación: 2022/01/13

Categoría: Otros

Número Preguntas: 6

Valoración:(28)
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Según la Instrucción Técnica Complementaria EA - 03 "Resplandor luminoso nocturno y luz intrusa o molesta", del Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior, se clasifican las diferentes zonas en función de su protección contra la contaminación luminosa, según el tipo de actividad a desarrollar en cada una de las zonas; Las áreas con entornos ó paisajes oscuros se clasifican como Zonas... E1. E2. E3. E4.

Según la Instrucción Técnica Complementaria EA - 03 "Resplandor luminoso nocturno y luz intrusa o molesta", del Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior, se clasifican las diferentes zonas en función de su protección contra la contaminación luminosa, según el tipo de actividad a desarrollar en cada una de las zonas; Las áreas de brillo ó luminosidad baja se clasifican como Zonas... E1. E2. E3. E4.

Según la Instrucción Técnica Complementaria EA - 03 "Resplandor luminoso nocturno y luz intrusa o molesta", del Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior, se clasifican las diferentes zonas en función de su protección contra la contaminación luminosa, según el tipo de actividad a desarrollar en cada una de las zonas; Las áreas de brillo ó luminosidad media se clasifican como Zonas... E1. E2. E3. E4.

Según la Instrucción Técnica Complementaria EA - 03 "Resplandor luminoso nocturno y luz intrusa o molesta", del Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior, se clasifican las diferentes zonas en función de su protección contra la contaminación luminosa, según el tipo de actividad a desarrollar en cada una de las zonas; Las áreas de brillo ó luminosidad alta se clasifican como Zonas... E1. E2. E3. E4.

Se limitará al máximo los tramos con iluminación nocturna en zonas naturales, sobre todo con presencia de fauna de interés, incluidas dentro de la zonificación lumínica denominada como: E1: Zonas de máxima protección; y E2: Zonas periurbanas, extrarradios, suelos no urbanizables o entornos rurales. E0: Zonas donde no cabe la iluminación por efecto nocivo contra la biodiversidad; y E1: Zonas de máxima protección. E0: Zonas donde no cabe la iluminación por efecto nocivo contra la biodiversidad; y E2: Zonas periurbanas, extrarradios, suelos no urbanizables o entornos rurales. E0: Zonas donde no cabe la iluminación por efecto nocivo contra la biodiversidad.

Según el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07, se limitaran las emisiones luminosas hacia el cielo en las instalaciones de alumbrado exterior, con excepción de las de alumbrado: Extrarradios de las ciudades. Zonas urbanas residenciales. Festivo y navideño. Vías peatonales.

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