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RAPQuímicos

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Título del Test:
RAPQuímicos

Descripción:
test 1 general

Fecha de Creación: 2025/12/27

Categoría: Otros

Número Preguntas: 57

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El Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos tiene por objeto principal: a) Regular únicamente el transporte de productos químicos peligrosos. b) Establecer las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos. b) Establecer las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento, de productos químicos peligrosos. b) Establecer las condiciones de seguridad del transporte de productos químicos peligrosos.

A efectos del Reglamento, se consideran productos químicos peligrosos aquellos que. b) Estén definidos como peligrosos por el Reglamento (CE) n.º 1272/2008 (CLP). a) Sean inflamables. c) Estén recogidos en el Reglamento (CE) n.º 1907/2006. Sean residuos industriales.

El Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos se aplica a sustancias y mezclas peligrosas en estado: Exclusivamente líquido Líquido y gaseoso Sólido y líquido. Exclusivamente líquido. Líquido y gaseoso Sólido y líquido. Sólido, líquido o gaseoso.

Además de los productos químicos peligrosos definidos por el CLP, el Reglamento también incluye: Los líquidos combustibles con punto de inflamación superior a 60 °C e inferior o igual a 100 °C almacenados en recipientes fijos. Los líquidos combustibles con punto de inflamación superior a 50°C e inferior o igual a 80°C almacenados en recipientes fijos. Los líquidos combustibles con punto de inflamación superior a 60 °C e inferior o igual a 100 °C almacenados en recipientes portátiles. Los líquidos combustibles con punto de inflamación superior a 50°C e inferior o igual a 80 °C almacenados en recipientes portátiles.

El Reglamento APQ y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITCs) se aplican a: Instalaciones de nueva construcción y a ampliaciones o modificaciones de las existentes. Únicamente a instalaciones ya existentes. Únicamente a modificaciones de las existentes. Únicamente de nueva construcción.

Las ampliaciones o modificaciones a las que se aplica el Reglamento son aquellas que: Están integradas en las unidades de proceso. No están integradas en las unidades de proceso. Se realizan en instalaciones de transporte. Afectan solo a productos no peligrosos.

El Reglamento no será aplicable a productos o actividades: Para las que existan reglamentaciones de seguridad industrial específicas. Sin etiquetado de peligro. Que superen determinadas capacidades. Para las que no existan reglamentaciones de seguridad industrial específicas.

En el caso de productos con reglamentación específica, el Reglamento. No se aplica si dicha reglamentación recoge las condiciones de seguridad del almacenamiento. Se aplica si dicha reglamentación recoge las condiciones de seguridad del almacenamiento. No se aplica si dicha reglamentación recoge las condiciones de almacenamiento. Se aplica si dicha reglamentación recoge las condiciones de seguridad.

Cuál de las siguientes situaciones queda excluida del ámbito de aplicación del Reglamento. Almacenamiento durante el transporte en vehículos, cisternas o contenedores. Almacenamiento en establecimientos comerciales no abiertos al público. Almacenamiento en recipientes estacionarios. Almacenamiento fijo en un almacén industrial.

Las estancias temporales intermedias destinadas exclusivamente a cambios de modo de transporte: Están excluidas del Reglamento. Están sometidas al Reglamento. Requieren autorización expresa. Solo están reguladas por su normativa.

El almacenamiento en tránsito excluido del Reglamento es el definido en. El artículo 2.6 de la ITC MIE APQ-0. La ITC MIE APQ-. El artículo 1 del Reglamento. El Reglamento CLP.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento los almacenamientos de productos químicos: De capacidad inferior a la indicada en la columna 5 de la tabla I. Solo los destinados al autoconsumo. Únicamente los de líquidos inflamables. De cualquier capacidad.

Según la normativa sobre instalaciones excluidas, ¿qué debe entregar el fabricante de productos químicos al titular de la instalación?. Las fichas de datos de seguridad o documentación similar. El manual de mantenimiento de la instalación. Un informe. Un certificado.

En las instalaciones excluidas, las medidas de seguridad que se deben seguir: Se deben seguir las propuestas por el fabricante, aunque exista otra normativa aplicable. Solo se aplican si no existe otra normativa vigente. No es obligatorio seguir ninguna medida de seguridad específica. Deben seguirse las propuestas por el mantenedor, aunque exista otra normativa aplicable.

La aplicación de este Reglamento: Se entiende sin perjuicio de la exigencia de cumplir otras normas como la Ley 31/1995 y los reales decretos aplicables. Sustituye automáticamente cualquier otra normativa vigente en materia de riesgos laborales o seguridad industrial. Solo es aplicable a edificios de uso residencial. Exime al titular de la instalación de cumplir la normativa sobre transporte de mercancías peligrosas.

Entre las normas que no se ven afectadas por la aplicación de este Reglamento se incluyen: Todas las anteriores. El Real Decreto 2267/2004 sobre seguridad contra incendios en establecimientos industriales. El Código Técnico de la Edificación para edificios de uso industrial. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

La aplicación de este Reglamento: Se entiende sin perjuicio de la exigencia de cumplir otras normas específicas sobre riesgos laborales, accidentes graves con sustancias peligrosas, autoprotección, ordenación de la edificación, seguridad contra incendios y transporte de mercancías peligrosas. Solo es aplicable a actividades industriales que no estén reguladas por ninguna otra ley. No afecta a la aplicación de otras normativas, como la Ley 31/1995, el Real Decreto 840/2015, la Ley 38/1999 o el Código Técnico de la Edificación. Sustituye automáticamente otras normativas, como la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 840/2015, cuando exista conflicto.

Entre las normas cuya exigencia debe cumplirse junto con este Reglamento se incluyen: Todas las anteriores normas y disposiciones reguladoras del transporte de mercancías peligrosas. La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y su normativa de desarrollo. El Real Decreto 840/2015 sobre control de riesgos en accidentes graves con sustancias peligrosas, y el Real Decreto 393/2007 sobre autoprotección en centros y establecimientos. La Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, el Código Técnico de la Edificación para edificios industriales, y el Real Decreto 2267/2004 sobre seguridad contra incendios en establecimientos industriales.

Antes de la puesta en servicio de instalaciones destinadas a almacenar productos químicos peligrosos, el titular debe presentar ante el órgano competente: El proyecto del almacenamiento, certificación técnica y documentación del seguro o aval. El manual de mantenimiento de las instalaciones. la declaración responsable de disponer de la documentación. el certificado de seguro de responsabilidad civil.

El proyecto del almacenamiento debe: Justificar el cumplimiento del Reglamento, las medidas de seguridad y, si existe ITC, redactarse conforme a ella. Justificar la ubicación del almacén y el cumplimiento del Reglamento. Redactarse según las normas internas de la empresa, sin necesidad de ITC. Ser firmado por el titular de la instalación y técnico competente.

Si no existe instrucción técnica complementaria (ITC), el proyecto del almacenamiento debe redactarse: Según recomendaciones del fabricante y normas de reconocido prestigio, considerando las fichas de datos de seguridad del REACH. Según recomendaciones del mantenedor y normas de reconocido prestigio, considerando las fichas de datos de seguridad del REACH. Según recomendaciones del fabricante y normas de reconocido prestigio, considerando las fichas de datos de seguridad. Según recomendaciones del mantenedor y normas de reconocido prestigio, considerando las fichas de datos de seguridad del REACH.

La certificación del técnico director de obra debe incluir: Que las instalaciones se han ejecutado y probado conforme al proyecto y cumplen el Reglamento y, en su caso, la ITC. Que las instalaciones se han ejecutado y cumplen el Reglamento y, en su caso, la ITC. Que las instalaciones se han probado conforme al proyecto y cumplen el Reglamento y, en su caso, la ITC. Que las instalaciones se han ejecutado y probado conforme al proyecto.

La documentación sobre seguro, aval u otra garantía financiera debe:. Cubrir la responsabilidad civil que pudiera derivarse del almacenamiento de productos químicos peligrosos. Cubrir daños materiales al propio almacén. Cubrir accidentes laborales del personal del almacén. No es obligatoria, solo recomendada.

La declaración responsable de disponer de la documentación: se puede presentar si lo determina la Comunidad Autónoma. No tiene validez legal. Es obligatoria para todas las instalaciones, independientemente de la Comunidad Autónoma. Siempre sustituye al proyecto del almacenamiento y al seguro.

En los casos de ampliación, modificación o traslado de instalaciones de almacenamiento de productos químicos peligrosos, el proyecto: Debe referirse tanto a lo ampliado, modificado o trasladado como a lo que, como consecuencia, resulte afectado. Solo debe referirse a la nueva parte añadida, sin incluir lo afectado. Solo requiere documentación mínima, justificando medidas de seguridad. No es obligatorio presentarlo si el mantenedor considera que no hay riesgos.

Los documentos mínimos del proyecto en casos de ampliación, modificación o traslado: Pueden simplificarse proporcionalmente al objeto del proyecto, siempre que no se afecte la seguridad, y sin perjuicio de que el órgano competente de la Comunidad Autónoma requiera documentación complementaria. No pueden simplificarse proporcionalmente al objeto del proyecto, sin perjuicio de que el órgano competente de la Comunidad Autónoma requiera documentación complementaria. No pueden modificarse bajo ninguna circunstancia. Pueden eliminarse si el titular ya presentó el proyecto inicial.

En caso de ampliación o modificación, para determinar la necesidad de presentar proyecto o memoria: Se tendrán en cuenta las cantidades de productos afectados de acuerdo con las columnas 5 y 6 de la tabla I. No se consideran las cantidades de productos almacenados. Solo se evalúa el tamaño físico de la ampliación. Se requiere siempre un proyecto completo sin excepción.

En caso de ampliación o modificación de instalaciones de almacenamiento de productos químicos peligrosos, para determinar la necesidad de presentar proyecto o memoria:. Se tendrán en cuenta las cantidades de productos afectados según los valores de las columnas 5 y 6 de la tabla I. Solo se evalúa el número de contenedores sin importar su contenido. Se considera únicamente el volumen total del almacén. No es necesario tener en cuenta ninguna cantidad si la modificación es menor.

En el caso de edificios, el proyecto de la instalación de almacenamiento de productos químicos peligrosos: Puede desarrollarse como parte del proyecto general del edificio o en un proyecto específico. Puede desarrollarse como parte del proyecto general del edificio. Puede desarrollarse como parte de un proyecto específico. Siempre debe ser un proyecto independiente, separado del proyecto general del edificio.

Cuando el proyecto de almacenamiento se realiza como proyecto específico y el autor es distinto del del proyecto general: Debe actuar coordinadamente con el autor del proyecto general y ateniéndose a los aspectos básicos reflejados en él. No es necesario que exista coordinación entre ambos técnicos. Puede ignorar los aspectos básicos del proyecto general. Solo necesita aprobación del titular de la instalación, no del técnico del proyecto general.

El proyecto específico de la instalación de almacenamiento de productos químicos peligrosos: Debe ser redactado y firmado por un técnico titulado competente. Puede ser sustituido únicamente por la documentación del fabricante. Puede ser sustituido por la documentación del mantenedor. Puede ser redactado por cualquier persona con conocimientos especificos de seguridad.

La documentación del proyecto de la instalación de almacenamiento: Puede presentarse en formato electrónico. No puede presentarse en formato electrónico. Solo puede presentarse en formato papel. No es necesario presentarla al órgano competente si se entrega el certificado del técnico.

En los almacenamientos cuya capacidad máxima esté comprendida entre los valores establecidos en las columnas 5 y 6 de la tabla I, o según lo indicado en cada ITC: El proyecto podrá sustituirse por un documento (memoria) firmado por el titular del almacenamiento o su representante legal. El proyecto no podrá sustituirse por un documento (memoria) firmado por el titular del almacenamiento o su representante legal. Siempre se debe presentar un proyecto completo, sin excepciones. Solo se requiere un certificado emitido por el técnico director de obra.

Para las instalaciones que no precisen proyecto, se requiere: Un certificado suscrito por un organismo de control habilitado, acreditando el cumplimiento del Reglamento y, en su caso, de las instrucciones técnicas complementarias. Solo la declaración responsable del titular, sin necesidad de certificado. Un proyecto simplificado redactado por un técnico. No se requiere ningún tipo de documentación adicional.

El desmontaje parcial de una instalación se considera: Una modificación de la instalación. Una actuación sin efectos administrativos. Una instalación nueva. Una baja de la instalación.

El desmontaje total de una instalación se considera: Una baja (puesta fuera de servicio) de la instalación. Una modificación de la instalación. Una instalación nueva. Una ampliación de la instalación.

El montaje de una instalación en una ubicación diferente se considera: Una instalación nueva. Una ampliación de la instalación anterior. Una baja de la instalación anterio. Una modificación de la instalación.

Cuando una instalación se da de baja o se modifica hasta quedar excluida de la aplicación del Reglamento, se debe: Comunicarlo a la Comunidad Autónoma, acompañando la documentación acreditativa de la situación de la instalación. Notificar únicamente al mantenedor de la instalación. No hacer ninguna comunicación, solo conservar la documentación interna. Presentar un proyecto completo como si fuera nueva.

El contenido del proyecto de la instalación de almacenamiento de productos químicos peligrosos debe incluir: Plan de mantenimiento y revisión de las instalaciones Plan de autoprotección Otros documentos establecidos específicamente en las ITC aplicables o en la normativa complementaria, en la forma que proceda Índice o relación de documentos, memoria técnica y planos. Plan de mantenimiento Plan de autoprotección Otros documentos establecidos específicamente en las ITC aplicables o en la normativa complementaria, en la forma que proceda Índice o relación de documentos, memoria técnica. Plan de autoprotección Otros documentos establecidos específicamente en las ITC aplicables o en la normativa complementaria, en la forma que proceda Índice o relación de documentos, memoria técnica y planos. Plan de mantenimiento y revisión de las instalaciones Plan de autoprotección Índice o relación de documentos, memoria técnica y planos.

Pregunta: Para la elaboración del proyecto de una instalación de almacenamiento de productos químicos peligrosos, se recomienda utilizar como guia. La norma UNE 15700. La norma UNE 15701. El Reglamento de Transporte de Mercancías Peligrosas. El Código Técnico de la Edificación exclusivamente.

La memoria técnica del proyecto de almacenamiento de productos químicos peligrosos debe incluir, entre otros: Identificación de los productos químicos peligrosos, almacenamiento conjunto, normas y referencias, descripción de la instalación y justificación del cumplimiento de las prescripciones de seguridad. la identificación de los productos químicos y los planos del almacén. la capacidad máxima de almacenamiento y el coste estimado de la instalación. Identificación de los productos químicos peligrosos, almacenamiento conjunto, normas y referencias, descripción de la instalación.

Además de la descripción de los productos y la instalación, la memoria técnica debe incluir: Instrucciones para el uso, conservación y seguridad de la instalación, protegiendo a las personas, los bienes y el medio ambiente. Instrucciones para el uso, conservación y seguridad de la instalación. Instrucciones para protección a las personas, los bienes y el medio ambiente. la normativa de transporte de productos químicos peligrosos.

Cuando se conocen los productos químicos que se van a almacenar, la identificación en la memoria del proyecto debe incluir: La relación de identificadores de los productos conforme al artículo 18 del Reglamento (CE) n.º 1272/2008 y sus clasificaciones, así como la cantidad máxima de cada producto. la cantidad máxima de cada producto. la clase de peligro de los productos. las fichas de datos de seguridad.

Además de los identificadores y clasificaciones, se debe adjuntar en la memoria del proyecto. Las fichas de datos de seguridad correspondientes a cada producto. certificado del fabricante. un resumen de la normativa aplicable. La relación de proveedores.

Cuando no se conocen los productos de forma específica, se debe indicar: en la memoria del proyecto. La clase de peligro de los productos según el anexo I del Reglamento (CE) n.º 1272/2008 y la capacidad máxima del almacenamiento. La clase de peligro de los productos según el anexo I del Reglamento (CE) n.º 1272/2008 y la capacidad minima del almacenamiento. La clase de los productos según el anexo I del Reglamento (CE) n.º 1272/2008 y la capacidad máxima del almacenamiento. La clase de productos según el anexo I del Reglamento (CE) n.º 1272/2008 y la capacidad racional del almacenamiento.

La cantidad máxima de cada producto químico peligroso debe constar en la memoria del proyecto. Siempre, tanto si se conocen los productos específicos como si solo se conoce la clase de peligro. Nunca, tanto si se conocen los productos específicos como si solo se conoce la clase de peligro. Solo si el producto es inflamable. Solo cuando el producto está sujeto a transporte especial.

En el apartado de almacenamiento conjunto de la memoria técnica se debe incluir: la descripción de las incompatibilidades entre los productos almacenados, incluyendo las químicas y las derivadas de las fichas de datos de seguridad u otras fuentes. la descripción de las compatibilidades entre los productos almacenados, incluyendo las químicas y las derivadas de las fichas de datos de seguridad u otras fuentes. la descripción de las incompatibilidades entre los productos adulterados, incluyendo las químicas y las derivadas de las fichas de datos de seguridad u otras fuentes. la descripción de los productos almacenados, incluyendo las químicas y las derivadas de las fichas de datos de seguridad u otras fuentes.

En el apartado de Normas y referencias de la memoria técnica se debe incluir: La relación de las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) aplicables, otras disposiciones legales y normas técnicas utilizadas. los planos de la instalación. los productos químicos almacenados. los certificados del técnico responsable de la instalación.

Almacenamiento de la memoria técnica, los recipientes fijos deben incluir: Capacidades, dimensiones, presiones y temperaturas, equipamiento de seguridad y control, normativa de diseño y construcción. Capacidades, dimensiones y temperaturas, equipamiento de seguridad y control, normativa de diseño y construcción. Capacidades, presiones y temperaturas, equipamiento de seguridad y control, normativa de diseño y construcción. Dimensiones, presiones y temperaturas, equipamiento de seguridad y control, normativa de diseño y construcción.

almacenamiento de la memoria técnica Los recipientes móviles deben ser descritos indicando: El tipo de recipiente, por ejemplo: bidones, GRG, botellas, etc. Únicamente la capacidad máxima. Solo la presión máxima permitida. Solo la marca del fabricante.

almacenamiento de la memoria técnica Los elementos de sustentación de los recipientes incluyen: Cimentaciones, cunas, estanterías, plataformas y control del montaje. el cálculo de carga máxima. La clasificación de los productos almacenados. las estanterías.

En la memoria técnica Los sistemas de contención de posibles fugas y derrames deben incluir: Cubetos, balsas y otros sistemas equivalentes. cubetos de plástico. sistemas de alarma. Ningún sistema adicional si el producto es estable.

Los sistemas, equipos y medios de protección contra incendios deben incluirse en la memoria técnica y. Definir las normas de dimensionado aplicables y efectuar los cálculos exigidos. efectuar los cálculos exigidos. Definir las normas de dimensionado aplicables. Ser opcionales si la instalación tiene menos de 100 m².

Los otros elementos de seguridad deben incluirse en la memoria técnica y facilitar. Descripción de características, protecciones de materiales contra corrosión u otros efectos peligrosos. señalización de seguridad. Ningún detalle adicional si los productos son inertes. Descripción efectos peligrosos.

En la manipulación de los productos almacenados, se deben describir: de la memoria técnica. Elementos de trasiego, características y dimensionado. Elementos de dimensionado. las fichas de datos de seguridad. la ubicación.

Para los equipos de traslado y colocación de recipientes móviles se debe indicarse en la memoria técnica. Tipo de equipo y características de uso seguro. características de uso seguro. a velocidad máxima de trasiego. Tipo de equipo.

El estudio de zonas clasificadas debe realizarse según: de la memoria técnica. El Reglamento electrotécnico de baja tensión en vigor. el CTE. La normativa urbanística. No es necesario si la instalación está cubierta.

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